<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:dcterms="http://purl.org/dc/terms/" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"  xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" version="2.0">
  <channel>
    <title><![CDATA[elDiario.es - Tu economía]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Tu economía]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
    <ttl>10</ttl>
    <atom:link href="https://www.eldiario.es/rss/economia/tu-economia/" rel="self" type="application/rss+xml"/>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobran las pensiones en octubre de 2026: la fecha de ingreso en cada banco]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobran-pensiones-octubre-2026-fecha-ingreso-banco_1_13590984.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7d713643-ff69-42aa-88ba-dc4f703624c3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x913y251.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobran las pensiones en octubre de 2026: la fecha de ingreso en cada banco"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los bancos adelantarán el pago en fechas distintas, por lo que algunos pensionistas recibirán el dinero varios días antes que otros</p><p class="subtitle">Cuándo se cobra el paro en octubre 2026: las fechas de abono en cada banco</p></div><p class="article-text">
        El cobro de las pensiones vuelve a ganar importancia con la llegada de la segunda mitad de octubre. Aunque la mensualidad corresponde al mismo periodo para todos los beneficiarios, el d&iacute;a en el que el dinero aparece disponible en la cuenta puede variar seg&uacute;n la entidad financiera. Cada banco aplica su propio calendario de adelantos y eso hace que existan diferencias de varios d&iacute;as entre unos clientes y otros.
    </p><p class="article-text">
        En octubre de 2026, las previsiones sit&uacute;an los principales abonos entre el jueves 22 y el lunes 26. Dentro de ese margen se reparten las distintas entidades, de manera que algunos pensionistas podr&aacute;n disponer del dinero antes del fin de semana, mientras que otros tendr&aacute;n que esperar hasta los d&iacute;as posteriores. La referencia m&aacute;s &uacute;til ser&aacute;, por tanto, el banco en el que est&eacute; domiciliada la pensi&oacute;n y la fecha que acostumbre a manejar para este tipo de ingresos. 
    </p><p class="article-text">
        Que el dinero no llegue al mismo tiempo que a otros beneficiarios no significa necesariamente que exista un problema. Antes de considerar que se ha producido un retraso, conviene consultar el d&iacute;a previsto por la propia entidad y esperar a que termine de procesarse el movimiento. Si ese plazo ya ha pasado y la pensi&oacute;n contin&uacute;a sin aparecer, entonces s&iacute; puede ser necesario comprobar tanto la cuenta bancaria como la situaci&oacute;n del pago.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo paga cada banco la pensi&oacute;n en octubre</h2><p class="article-text">
        El calendario previsto para las pensiones de octubre de 2026 comienza el jueves 22. Ese d&iacute;a, Bankinter y Unicaja tienen previsto realizar el ingreso, por lo que sus clientes estar&iacute;an entre los primeros en disponer de la mensualidad. Un d&iacute;a despu&eacute;s, el viernes 23, llegar&aacute; otro grupo importante: Banco Santander, Banco Sabadell, Ibercaja y Caja Rural manejan esa jornada como referencia.
    </p><p class="article-text">
        Los pagos continuar&aacute;n durante el fin de semana. CaixaBank sit&uacute;a el abono el s&aacute;bado 24 de octubre, mientras que BBVA e ING tienen se&ntilde;alado el domingo 25. Que estas fechas coincidan con s&aacute;bado y domingo muestra que los adelantos bancarios no se limitan necesariamente a jornadas laborables. Para cada pensionista, lo importante ser&aacute; atender al calendario de su entidad y no tomar como referencia el d&iacute;a en el que haya cobrado otra persona.
    </p><p class="article-text">
        El &uacute;ltimo grupo incluido en estas previsiones efectuar&iacute;a el ingreso el lunes 26 de octubre. Abanca y Laboral Kutxa manejan esa fecha, con lo que se completar&iacute;a el periodo comprendido entre el jueves 22 y el lunes 26. De este modo, los abonos quedar&iacute;an repartidos a lo largo de cinco d&iacute;as consecutivos seg&uacute;n el calendario aplicado por cada banco, sin que esa diferencia altere la mensualidad que corresponde a cada beneficiario. La pensi&oacute;n es la misma en todos los casos; lo que cambia es el momento en el que cada banco la pone a disposici&oacute;n de sus clientes.
    </p><p class="article-text">
        Estas fechas, en cualquier caso, deben entenderse como una referencia y pueden producirse peque&ntilde;as variaciones por cuestiones operativas. Tambi&eacute;n puede cambiar la hora concreta a la que el movimiento se refleja en la cuenta. Por eso, que la pensi&oacute;n no figure a primera hora del d&iacute;a se&ntilde;alado no implica necesariamente que exista una incidencia. Del mismo modo, cobrar unas horas o incluso un d&iacute;a despu&eacute;s que otro cliente de una entidad distinta tampoco permite concluir por s&iacute; solo que haya un retraso.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; comprobar si la pensi&oacute;n no aparece</h2><p class="article-text">
        Si llega el d&iacute;a previsto y el dinero todav&iacute;a no figura en la cuenta, lo primero es comprobar que no se trate simplemente de una diferencia en los tiempos de procesamiento. Los adelantos no funcionan igual en todas las entidades y comparar el cobro con el de otros pensionistas no permite saber por s&iacute; solo si ha surgido un problema. La fecha realmente &uacute;til es la que maneja el banco donde est&aacute; domiciliada la prestaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Cuando la jornada indicada ya ha pasado y la cantidad sigue sin aparecer, puede ser recomendable contactar con el banco. La entidad podr&aacute; revisar si el movimiento contin&uacute;a pendiente de contabilizaci&oacute;n, si se ha producido alguna demora o si existe alg&uacute;n inconveniente relacionado con la cuenta. Esta comprobaci&oacute;n puede resultar especialmente &uacute;til cuando se han realizado cambios recientes en los datos bancarios o en la domiciliaci&oacute;n de la pensi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Si el banco no encuentra ninguna incidencia que explique la ausencia del abono, la consulta puede trasladarse a la Seguridad Social. A trav&eacute;s de sus canales de atenci&oacute;n es posible comprobar si la orden de pago se ha emitido correctamente y si los datos asociados al expediente est&aacute;n actualizados. Para facilitar la gesti&oacute;n, conviene disponer de la informaci&oacute;n personal necesaria, los datos de la cuenta y cualquier comunicaci&oacute;n reciente relacionada con la prestaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n merece la pena revisar si existen avisos pendientes o modificaciones que todav&iacute;a no se hayan incorporado correctamente. Lo importante es distinguir entre un desfase relacionado con el adelanto que aplica cada entidad y una incidencia real en la tramitaci&oacute;n. Que la mensualidad no aparezca exactamente en el momento esperado no permite concluir autom&aacute;ticamente que exista un problema, especialmente cuando estas previsiones pueden sufrir peque&ntilde;os ajustes y el ingreso puede reflejarse a distintas horas del d&iacute;a.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobran-pensiones-octubre-2026-fecha-ingreso-banco_1_13590984.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 20 Oct 2026 05:00:00 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/7d713643-ff69-42aa-88ba-dc4f703624c3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x913y251.jpg" length="2468880" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/7d713643-ff69-42aa-88ba-dc4f703624c3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x913y251.jpg" type="image/jpeg" fileSize="2468880" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobran las pensiones en octubre de 2026: la fecha de ingreso en cada banco]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/7d713643-ff69-42aa-88ba-dc4f703624c3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x913y251.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Pensiones,Pensionistas,Bancos,Jubilación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Últimos días para solicitar los 400 euros del Bono Cultural Joven 2026: quién puede pedirlo y hasta cuándo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/ultimos-dias-solicitar-400-euros-bono-cultural-joven-2026-pedirlo-pm_1_13595374.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2c63adcb-9204-48ce-95ef-79d24baab7bf_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x580y317.jpg" width="1200" height="675" alt="Últimos días para solicitar los 400 euros del Bono Cultural Joven 2026: quién puede pedirlo y hasta cuándo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los jóvenes nacidos en 2008 tienen hasta el 31 de octubre para solicitar esta ayuda, que permite comprar libros, asistir a conciertos y disfrutar de otras actividades culturales</p><p class="subtitle">Los mejores planes culturales para este fin de semana
</p></div><p class="article-text">
        El plazo para solicitar el Bono Cultural Joven 2026 est&aacute; a punto de terminar. <strong>Las personas que cumplen 18 a&ntilde;os durante este a&ntilde;o tienen hasta el pr&oacute;ximo 31 de octubre para pedir los 400 euros</strong> que ofrece el Ministerio de Cultura. La ayuda est&aacute; destinada a facilitar el acceso de los j&oacute;venes a distintas actividades y productos culturales.
    </p><p class="article-text">
        El programa alcanza este a&ntilde;o su quinta edici&oacute;n y ya ha despertado un notable inter&eacute;s. Seg&uacute;n los datos facilitados por el Ministerio de Cultura, <strong>se han registrado 337.157 solicitudes en toda Espa&ntilde;a</strong>. Andaluc&iacute;a encabeza la lista, con 67.091 peticiones, seguida de Catalunya, con 53.294, y la Comunidad de Madrid, con 52.596.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2111022518257537113?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><h2 class="article-text">Qui&eacute;n puede solicitarlo y c&oacute;mo hacerlo</h2><p class="article-text">
        El requisito principal para acceder al Bono Cultural Joven es <strong>haber nacido en 2008</strong>, es decir, cumplir 18 a&ntilde;os a lo largo de 2026. Los interesados pueden presentar la solicitud por internet, identific&aacute;ndose mediante el sistema Cl@ve, con registro b&aacute;sico o avanzado, o utilizando un certificado digital.
    </p><p class="article-text">
        El tr&aacute;mite puede realizarlo el propio beneficiario o un adulto en su representaci&oacute;n. En este &uacute;ltimo caso, <strong>es necesario adjuntar el formulario correspondiente firmado por el joven</strong>. La solicitud debe completarse antes de que finalice el plazo del 31 de octubre.
    </p><p class="article-text">
        Una vez concedida la ayuda, los beneficiarios reciben <strong>una tarjeta de prepago de 400 euros</strong>, disponible en formato virtual para el tel&eacute;fono m&oacute;vil o en formato f&iacute;sico. Esta tarjeta puede utilizarse en los establecimientos y entidades adheridos al programa, que actualmente suman 4.159 en toda Espa&ntilde;a.
    </p><h2 class="article-text">En qu&eacute; se pueden gastar los 400 euros</h2><p class="article-text">
        El dinero del Bono Cultural Joven se reparte en tres categor&iacute;as. <strong>Hasta 200 euros pueden destinarse a actividades culturales en directo</strong>, como conciertos, espect&aacute;culos, cine, teatro o visitas relacionadas con el patrimonio cultural.
    </p><p class="article-text">
        Otros <strong>100 euros est&aacute;n reservados para productos culturales en formato f&iacute;sico</strong>, entre ellos <a href="https://www.eldiario.es/cultura/libros/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">libros</a>, revistas, videojuegos, discos de vinilo y CD. Los 100 euros restantes pueden utilizarse para consumo digital, como suscripciones a plataformas musicales y audiovisuales, libros electr&oacute;nicos o prensa digital.
    </p><p class="article-text">
        El programa tambi&eacute;n permite dedicar toda la ayuda a una &uacute;nica categor&iacute;a cuando se trata de cursos y talleres de contenido cultural, como actividades de creaci&oacute;n art&iacute;stica o aprendizaje musical. <strong>Los j&oacute;venes disponen de un a&ntilde;o para gastar el dinero desde que se les concede el bono</strong>.
    </p><p class="article-text">
        El Bono Cultural Joven comenz&oacute; a funcionar en 2022 y ha ido aumentando su alcance con el paso de los a&ntilde;os. En su primera edici&oacute;n, 277.607 j&oacute;venes recibieron la ayuda, una cifra que ha ido creciendo hasta alcanzar <strong>los 363.054 beneficiarios en 2025</strong>. En total, el programa ha llegado a 1.298.764 personas durante sus cuatro primeras ediciones, seg&uacute;n los datos del Ministerio de Cultura.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Daniel Casanova]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/ultimos-dias-solicitar-400-euros-bono-cultural-joven-2026-pedirlo-pm_1_13595374.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 18 Oct 2026 14:00:39 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/2c63adcb-9204-48ce-95ef-79d24baab7bf_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x580y317.jpg" length="299620" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/2c63adcb-9204-48ce-95ef-79d24baab7bf_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x580y317.jpg" type="image/jpeg" fileSize="299620" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Últimos días para solicitar los 400 euros del Bono Cultural Joven 2026: quién puede pedirlo y hasta cuándo]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/2c63adcb-9204-48ce-95ef-79d24baab7bf_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x580y317.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Bono cultura,Jóvenes,Libros,Conciertos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cómo obtener el informe que acredita tu edad legal de jubilación]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/obtener-informe-acredita-edad-legal-jubilacion-pm_1_13587145.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5ce4271f-ca97-4834-ba1e-533295e6e0f3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x778y136.jpg" width="1200" height="675" alt="Cómo obtener el informe que acredita tu edad legal de jubilación"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La herramienta permite descargar un certificado inmediato desde el portal Tu Seguridad Social, sin compartir datos económicos ni realizar una simulación completa de la pensión</p><p class="subtitle">La Seguridad Social explica cómo cobrar la pensión de jubilación y seguir trabajando en 2026
</p></div><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/temas/seguridad-social/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Seguridad Social</a> ha habilitado un nuevo servicio que permite a los ciudadanos consultar y acreditar su edad legal ordinaria de <a href="https://www.eldiario.es/temas/jubilacion/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">jubilaci&oacute;n</a> y la fecha exacta en la que la alcanzar&aacute;n. El documento puede obtenerse de forma inmediata a trav&eacute;s del portal <a href="https://sede-tu.seg-social.gob.es/" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tu Seguridad Social</a>, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina. La herramienta, dada a conocer el pasado 30 de septiembre, resulta especialmente <strong>&uacute;til para quienes necesitan justificar estos datos ante su empresa</strong> u otra entidad para realizar tr&aacute;mites relacionados con el final de su vida laboral.
    </p><p class="article-text">
        El informe recoge &uacute;nicamente dos datos: <strong>la edad ordinaria de jubilaci&oacute;n que corresponde a cada persona y el d&iacute;a en que la cumplir&aacute;. </strong>Hasta ahora, esta informaci&oacute;n pod&iacute;a obtenerse mediante el simulador de jubilaci&oacute;n, aunque el documento generado tambi&eacute;n pod&iacute;a incluir otros detalles personales y econ&oacute;micos, como la vida laboral, la <a href="https://www.eldiario.es/temas/pensiones/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pensi&oacute;n</a> estimada o las posibilidades de retrasar la retirada. El nuevo certificado evita compartir informaci&oacute;n adicional <strong>cuando solo es necesario demostrar cu&aacute;ndo se alcanza la edad legal </strong>para jubilarse.
    </p><p class="article-text">
        Para calcular la fecha, el Instituto Nacional de la Seguridad Socia<strong>l utiliza los antecedentes que constan en sus bases de datos y aplica los mismos criterios que el simulador de pensiones.</strong> El c&aacute;lculo presupone que todas las cotizaciones est&aacute;n ingresadas y que la situaci&oacute;n laboral actual del interesado se mantiene hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilaci&oacute;n. Cuando concurren circunstancias personales relacionadas con los hijos o una discapacidad que pueden modificar esa edad, es necesario incorporarlas mediante el simulador para obtener el informe correspondiente.
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo descargar el informe de edad legal de jubilaci&oacute;n </h2><p class="article-text">
        Las personas cuya edad de jubilaci&oacute;n pueda determinarse exclusivamente a partir de su trayectoria de cotizaci&oacute;n pueden obtener el documento desde la p&aacute;gina principal de Tu Seguridad Social, dentro del apartado &ldquo;Otras gestiones&rdquo;. All&iacute; deben seleccionar la opci&oacute;n &ldquo;Informe de edad legal de jubilaci&oacute;n&rdquo;, que permite generar el certificado sin realizar una simulaci&oacute;n completa de la futura pensi&oacute;n. Esta v&iacute;a est&aacute; <strong>prevista para quienes no necesitan incorporar circunstancias relacionadas con hijos o discapacidad.</strong>
    </p><p class="article-text">
        Cuando existen factores personales que pueden modificar la edad ordinaria de jubilaci&oacute;n, el procedimiento es diferente. En estos casos, es necesario acceder al simulador de pensi&oacute;n de jubilaci&oacute;n e introducir la informaci&oacute;n correspondiente. Una vez completada la simulaci&oacute;n, <strong>el usuario debe seleccionar &ldquo;Informe edad legal de jubilaci&oacute;n&rdquo;, una opci&oacute;n situada junto al bot&oacute;n &ldquo;Informe PDF&rdquo;</strong>. De esta manera, el documento puede reflejar las circunstancias adicionales que influyen en la fecha calculada.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-youtube ratio">
    
                    
                            
<script src="https://www.youtube.com/iframe_api"></script>
<script type="module">
    window.marfeel.cmd.push(['multimedia', function(multimedia) {
        multimedia.initializeItem('yt-6-dRBX0ygdo-5834', 'youtube', '6-dRBX0ygdo', document.getElementById('yt-6-dRBX0ygdo-5834'));
    }]);
</script>

<iframe id=yt-6-dRBX0ygdo-5834 src="https://www.youtube.com/embed/6-dRBX0ygdo?enablejsapi=1" frameborder="0"></iframe>
            </figure><h2 class="article-text">Qu&eacute; identificaci&oacute;n se necesita para obtenerlo</h2><p class="article-text">
        Para descargar el informe mediante cualquiera de las dos v&iacute;as, es suficiente identificarse utilizando un c&oacute;digo de verificaci&oacute;n enviado por SMS. Para emplear este sistema, el n&uacute;mero de tel&eacute;fono m&oacute;vil del interesado debe figurar previamente registrado en las bases de datos de la Seguridad Social, ya que la clave se remite a ese contacto. Quienes no tengan actualizado su n&uacute;mero<strong> pueden consultar la gu&iacute;a oficial para mantener al d&iacute;a sus datos personales antes de utilizar este procedimiento.</strong>
    </p><p class="article-text">
        La Seguridad Social tambi&eacute;n prev&eacute; ampliar las funcionalidades del servicio. Entre las mejoras anunciadas figura la posibilidad de acreditar la edad de jubilaci&oacute;n cuando existen bonificaciones vinculadas a determinadas actividades profesionales. Adem&aacute;s, est&aacute; <strong>previsto desarrollar un documento espec&iacute;fico para la jubilaci&oacute;n parcial</strong>, con el que los trabajadores puedan demostrar ante sus empresas que re&uacute;nen la edad y las dem&aacute;s condiciones necesarias para acogerse a un plan de jubilaci&oacute;n parcial. Estas prestaciones adicionales todav&iacute;a se encuentran entre las ampliaciones previstas, por lo que no forman parte de las funcionalidades descritas para el nuevo informe.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ada Sanuy]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/obtener-informe-acredita-edad-legal-jubilacion-pm_1_13587145.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 16 Oct 2026 06:30:46 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/5ce4271f-ca97-4834-ba1e-533295e6e0f3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x778y136.jpg" length="73656" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/5ce4271f-ca97-4834-ba1e-533295e6e0f3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x778y136.jpg" type="image/jpeg" fileSize="73656" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cómo obtener el informe que acredita tu edad legal de jubilación]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/5ce4271f-ca97-4834-ba1e-533295e6e0f3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x778y136.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Seguridad Social,Jubilación,Pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Seguridad Social explica cómo cobrar la pensión de jubilación y seguir trabajando en 2026]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/seguridad-social-explica-cobrar-pension-jubilacion-seguir-trabajando-2026-pm_1_13584085.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/17e70c39-3968-49de-b672-fa03a5e56ba2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x398y108.jpg" width="1200" height="675" alt="La Seguridad Social explica cómo cobrar la pensión de jubilación y seguir trabajando en 2026"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las modalidades activa, parcial y flexible establecen distintos requisitos y porcentajes para mantener ingresos laborales mientras se percibe una prestación</p><p class="subtitle">Un nuevo intento de estafa puede llegarte por SMS o por correo electrónico: esta vez se hacen pasar por la DGT</p></div><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/temas/seguridad-social/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Seguridad Social</a> ha detallado las distintas opciones disponibles en 2026 para <strong>compatibilizar el cobro de una </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/pensiones/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>pensi&oacute;n</strong></a><strong> de </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/jubilacion/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>jubilaci&oacute;n</strong></a><strong> con una actividad laboral </strong>o prolongar voluntariamente la vida profesional. Las modalidades de jubilaci&oacute;n activa, parcial y flexible permiten mantener determinados ingresos del trabajo mientras se percibe una prestaci&oacute;n, aunque sus <strong>requisitos y cuant&iacute;as son diferentes.</strong> A estas alternativas se suma la jubilaci&oacute;n demorada, dirigida a quienes prefieren retrasar el acceso a la pensi&oacute;n para mejorar sus condiciones econ&oacute;micas.
    </p><p class="article-text">
        Una de las principales posibilidades es la<strong> jubilaci&oacute;n activa, dirigida a quienes acceden a la pensi&oacute;n al menos un a&ntilde;o despu&eacute;s de alcanzar su edad ordinaria de jubilaci&oacute;n</strong>. Para acogerse a ella es necesario haber acreditado el periodo m&iacute;nimo de cotizaci&oacute;n exigido en la fecha en que se cumpli&oacute; dicha edad, mientras que quienes se hayan jubilado anticipadamente quedan excluidos. Esta modalidad <strong>permite trabajar por cuenta propia o ajena,</strong> tanto a jornada completa como parcial, sin necesidad de abandonar previamente la actividad profesional.
    </p><p class="article-text">
        La proporci&oacute;n de pensi&oacute;n compatible con el trabajo depende del tiempo que se haya retrasado la jubilaci&oacute;n. Quienes demoren su retirada un a&ntilde;o<strong> pueden cobrar el 45% de la prestaci&oacute;n</strong>, porcentaje que aumenta al 55% despu&eacute;s de dos a&ntilde;os, al 65% tras tres y al 80% despu&eacute;s de cuatro. A partir de cinco a&ntilde;os de demora se permite percibir el 100%. Adem&aacute;s, el porcentaje compatible aumenta cinco puntos por cada doce meses consecutivos de jubilaci&oacute;n activa, hasta alcanzar el m&aacute;ximo establecido. Para determinados aut&oacute;nomos existen <strong>condiciones espec&iacute;ficas que permiten cobrar el 75% de la pensi&oacute;n </strong>cuando el retraso ha sido de entre uno y tres a&ntilde;os.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/5c45e25d-c2fb-42e0-8797-645488713a47_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0_x576y260.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/5c45e25d-c2fb-42e0-8797-645488713a47_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0_x576y260.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/5c45e25d-c2fb-42e0-8797-645488713a47_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0_x576y260.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/5c45e25d-c2fb-42e0-8797-645488713a47_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0_x576y260.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/5c45e25d-c2fb-42e0-8797-645488713a47_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x576y260.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/5c45e25d-c2fb-42e0-8797-645488713a47_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x576y260.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/5c45e25d-c2fb-42e0-8797-645488713a47_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x576y260.jpg"
                    alt="CCOO pide al Congreso convalidar el decreto sobre jubilación parcial del personal laboral de las AAPP"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                CCOO pide al Congreso convalidar el decreto sobre jubilación parcial del personal laboral de las AAPP                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><h2 class="article-text">Jubilaci&oacute;n parcial y flexible: dos formas de reducir la jornada </h2><p class="article-text">
        <strong>La jubilaci&oacute;n parcial</strong> est&aacute; destinada a trabajadores por cuenta ajena que desean <strong>reducir su jornada antes de retirarse definitivamente. </strong>Con car&aacute;cter general, permite disminuir el tiempo de trabajo entre un 25% y un 75% y cobrar la parte de pensi&oacute;n correspondiente a esa reducci&oacute;n. En determinados supuestos puede solicitarse hasta tres a&ntilde;os antes de la edad ordinaria, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y la empresa formalice simult&aacute;neamente un contrato de relevo indefinido y a tiempo completo, que deber&aacute; mantenerse al menos hasta dos a&ntilde;os despu&eacute;s de la finalizaci&oacute;n de la jubilaci&oacute;n parcial. Cuando el anticipo supera los dos a&ntilde;os, la reducci&oacute;n de jornada <strong>durante el primer a&ntilde;o debe situarse entre el 20% y el 33%.</strong>
    </p><p class="article-text">
        En cambio,<strong> la jubilaci&oacute;n flexible est&aacute; pensada para quienes ya cobran una pensi&oacute;n y deciden reincorporarse al mercado laboral. </strong>El Real Decreto 416/2026, en vigor desde el 28 de agosto, ha ampliado esta posibilidad a determinadas actividades por cuenta propia, siempre que el pensionista no hubiera estado dado de alta como aut&oacute;nomo durante los tres a&ntilde;os anteriores a su jubilaci&oacute;n. Tambi&eacute;n permite trabajar por cuenta ajena con una jornada <strong>comprendida entre el 33% y el 80% de la correspondiente a un empleo a tiempo completo comparable.</strong>
    </p><p class="article-text">
        En esta &uacute;ltima modalidad, <strong>la pensi&oacute;n se reduce en funci&oacute;n de la jornada realizada</strong>. Por ejemplo, trabajar el 60% de una jornada completa permite percibir, con car&aacute;cter general, el 40% de la prestaci&oacute;n. No obstante, quienes comiencen por primera vez una actividad a tiempo parcial despu&eacute;s de seis meses de jubilaci&oacute;n pueden beneficiarse de incrementos adicionales sobre el importe de la pensi&oacute;n compatible: del 25% si trabajan entre el 55% y el 80% de la jornada, o del 15% cuando la dedicaci&oacute;n se sit&uacute;a entre el 33% y menos del 55%. Si la actividad es por cuenta propia, la pensi&oacute;n compatible equivale al 25%.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/2d9d54ac-1d20-4acb-befe-06ec43564160_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/2d9d54ac-1d20-4acb-befe-06ec43564160_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/2d9d54ac-1d20-4acb-befe-06ec43564160_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/2d9d54ac-1d20-4acb-befe-06ec43564160_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/2d9d54ac-1d20-4acb-befe-06ec43564160_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/2d9d54ac-1d20-4acb-befe-06ec43564160_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/2d9d54ac-1d20-4acb-befe-06ec43564160_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Persona mayor trabajando en un ordenador"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Persona mayor trabajando en un ordenador                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><h2 class="article-text">Retrasar la jubilaci&oacute;n tambi&eacute;n permite aumentar los ingresos</h2><p class="article-text">
        <strong>Otra alternativa es la jubilaci&oacute;n demorada,</strong> que consiste en <strong>continuar trabajando despu&eacute;s de alcanzar la edad ordinaria sin comenzar todav&iacute;a a cobrar la pensi&oacute;n. </strong>A diferencia de las modalidades anteriores, no permite percibir simult&aacute;neamente la prestaci&oacute;n y el salario. La Seguridad Social contempla tres f&oacute;rmulas de compensaci&oacute;n: incrementar el importe de la futura pensi&oacute;n, recibir una cantidad mediante un pago &uacute;nico o combinar ambas opciones. La regulaci&oacute;n vigente desde finales de agosto de 2026 ha introducido mejoras en el c&aacute;lculo de la modalidad mixta y permite computar periodos semestrales a partir del segundo a&ntilde;o de demora.
    </p><p class="article-text">
        Las consecuencias al finalizar la actividad tambi&eacute;n var&iacute;an seg&uacute;n la modalidad elegida. Tanto en la jubilaci&oacute;n activa como en la flexible se restablece el cobro &iacute;ntegro de la pensi&oacute;n, pero las cotizaciones efectuadas durante estos periodos no mejoran, con car&aacute;cter general, la prestaci&oacute;n reconocida. En la flexible existe una excepci&oacute;n para determinados casos de jubilaci&oacute;n anticipada involuntaria, en los que se recalcula la cuant&iacute;a teniendo en cuenta los nuevos periodos cotizados. Por su parte, quienes opten por la jubilaci&oacute;n parcial <strong>acceder&aacute;n a la pensi&oacute;n que les corresponda cuando se retiren definitivamente</strong>, de acuerdo con sus cotizaciones y las condiciones de c&aacute;lculo aplicables.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ada Sanuy]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/seguridad-social-explica-cobrar-pension-jubilacion-seguir-trabajando-2026-pm_1_13584085.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 14 Oct 2026 09:30:37 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/17e70c39-3968-49de-b672-fa03a5e56ba2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x398y108.jpg" length="35062" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/17e70c39-3968-49de-b672-fa03a5e56ba2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x398y108.jpg" type="image/jpeg" fileSize="35062" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La Seguridad Social explica cómo cobrar la pensión de jubilación y seguir trabajando en 2026]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/17e70c39-3968-49de-b672-fa03a5e56ba2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x398y108.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Seguridad Social,Jubilados,Jubilación,Pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La OCU recuerda que te tienen que devolver el dinero si te han cancelado una actividad con motivo de las elecciones generales]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/ocu-recuerda-devolver-dinero-si-han-cancelado-actividad-motivo-elecciones-generales-pm_1_13580158.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fb17625d-9135-4613-ac5c-13edd212fdff_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x936y721.jpg" width="1200" height="675" alt="La OCU recuerda que te tienen que devolver el dinero si te han cancelado una actividad con motivo de las elecciones generales"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El 29N obliga a reprogramar carreras, conciertos o espectáculos que requieren dispositivos de seguridad o la ocupación de espacios públicos, pero se deben garantizar los derechos del usuario</p><p class="subtitle">Descuentos en el precio de la gasolina y diésel: cómo quedan tras el anuncio de prórroga del Gobierno</p><p class="subtitle">En Barcelona ya puedes pedir esta ayuda si cambias tu ciclomotor de combustión por uno eléctrico</p></div><p class="article-text">
        La <strong>Organizaci&oacute;n de Consumidores y Usuarios</strong> (<strong>OCU</strong>) quiere recordar que los ciudadanos tienen derecho a recuperar la totalidad del dinero invertido en <strong>actividades</strong> deportivas, culturales o de ocio que resulten <strong>canceladas o aplazadas</strong> a causa de la convocatoria de las <a href="https://www.eldiario.es/temas/elecciones-generales-2026/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">elecciones generales</a> fijadas para el pr&oacute;ximo <strong>29 de noviembre</strong>. La coincidencia de la cita con las urnas con eventos de gran magnitud obliga a reprogramar m&uacute;ltiples espect&aacute;culos que requieren dispositivos especiales de seguridad o la ocupaci&oacute;n de espacios p&uacute;blicos, garantizando que el usuario afectado mantenga intactos sus derechos.
    </p><p class="article-text">
        Desde el organismo de defensa del consumidor se explica que la convocatoria electoral constituye un <strong>supuesto legal de fuerza mayor</strong>, al tratarse de una situaci&oacute;n sobrevenida, imprevisible e inevitable para organizadores y asistentes. No obstante, la existencia de esta causa no faculta a las entidades promotoras para retener los importes cobrados por prestaciones no ejecutadas en las condiciones pactadas. Si la actividad cambia de fecha u hora y el comprador no puede asistir, el contrato queda resuelto y <strong>debe restituirse la totalidad de la suma pagada</strong> al usuario.
    </p><p class="article-text">
        Las repercusiones del adelanto electoral ya se aprecian en el calendario de numerosos acontecimientos a lo largo de toda la geograf&iacute;a nacional, destacando casos emblem&aacute;ticos como la <strong>Medio Marat&oacute;n de Sevilla</strong>, trasladada al 13 de diciembre. De igual modo, en Canarias se han modificado citas multitudinarias como la <strong>Carrera por la Vida en Tenerife</strong> o el festival gastron&oacute;mico <strong>Saborea Lanzarote</strong>. Adem&aacute;s, se estima que al menos <strong>diez grandes conciertos</strong> en capitales de provincia deber&aacute;n reestructurar su celebraci&oacute;n debido a los requerimientos log&iacute;sticos y policiales que exige la jornada de votaci&oacute;n en cada municipio.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/3aacf460-286e-4a9a-9f9d-9a23ba3a4707_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/3aacf460-286e-4a9a-9f9d-9a23ba3a4707_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/3aacf460-286e-4a9a-9f9d-9a23ba3a4707_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/3aacf460-286e-4a9a-9f9d-9a23ba3a4707_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/3aacf460-286e-4a9a-9f9d-9a23ba3a4707_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/3aacf460-286e-4a9a-9f9d-9a23ba3a4707_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/3aacf460-286e-4a9a-9f9d-9a23ba3a4707_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Se estima que varios conciertos en capitales de provincia deberán reestructurar su celebración debido a los requerimientos logísticos y policiales que exige la jornada de votación en cada municipio"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Se estima que varios conciertos en capitales de provincia deberán reestructurar su celebración debido a los requerimientos logísticos y policiales que exige la jornada de votación en cada municipio                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        El derecho al <strong>reintegro</strong> abarca la devoluci&oacute;n &iacute;ntegra de las sumas abonadas por los asistentes, lo que incluye tanto el precio nominal de las entradas, inscripciones o dorsales como las comisiones de gesti&oacute;n. La legislaci&oacute;n sobre defensa de los consumidores considera abusiva cualquier cl&aacute;usula contractual que pretenda penalizar al cliente o retener porcentajes cuando la modificaci&oacute;n del servicio es decidida por la entidad organizadora. Aquellos usuarios que acepten voluntariamente la nueva fecha propuesta conservar&aacute;n la validez del t&iacute;tulo adquirido previamente para el acceso.
    </p><p class="article-text">
        El escenario presenta mayor complejidad cuando se analiza el impacto en las <strong>reservas</strong> complementarias de <strong>hotel</strong> o <strong>transporte</strong> contratados independientemente. La <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a> precisa que la suspensi&oacute;n del espect&aacute;culo no conlleva la anulaci&oacute;n autom&aacute;tica de los pasajes ni de las estancias, dado que dichos proveedores pueden continuar prestando sus servicios con normalidad en las fechas acordadas. Por ello, aerol&iacute;neas, compa&ntilde;&iacute;as ferroviarias y establecimientos tur&iacute;sticos no est&aacute;n obligados a realizar devoluciones de manera directa salvo que la tarifa suscrita lo contemple.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el usuario puede exigir el resarcimiento de estos costes de viaje cuando logre acreditar una <strong>vinculaci&oacute;n directa</strong> entre el evento suspendido y los servicios de traslado o hospedaje contratados. Esta posibilidad cobra fuerza en el caso de paquetes tur&iacute;sticos combinados o de tarifas promocionales para participantes o p&uacute;blico del evento. Ante estos supuestos, resulta vital revisar las condiciones particulares de cada contrato, as&iacute; como las coberturas en las p&oacute;lizas de seguro de cancelaci&oacute;n para determinar el alcance exacto de las indemnizaciones a reclamar.
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo reclamar</h2><p class="article-text">
        A fin de tramitar las solicitudes de reembolso con las mayores garant&iacute;as de &eacute;xito, la OCU recomienda a todos los perjudicados <strong>guardar</strong> de manera sistem&aacute;tica toda la <strong>documentaci&oacute;n</strong>. Es imprescindible conservar comprobantes de pago, entradas, billetes, reservas hoteleras y copia de cualquier comunicado oficial enviado por las promotoras. Las reclamaciones deben formalizarse siempre por escrito ante el canal de venta utilizado, indicando el n&uacute;mero de pedido, la fecha original y el importe abonado, verificando que la devoluci&oacute;n del dinero se efect&uacute;e mediante el mismo m&eacute;todo de pago empleado en la transacci&oacute;n inicial.
    </p><p class="article-text">
        En aquellos supuestos en los que las empresas organizadoras o las plataformas de venta se nieguen a efectuar la devoluci&oacute;n o no ofrezcan una respuesta satisfactoria, los usuarios pueden acudir a las <strong>Oficinas Municipales de Informaci&oacute;n al Consumidor</strong> o a la <strong>Direcci&oacute;n General de Consumo</strong> de cada comunidad aut&oacute;noma. Asimismo, la OCU recuerda la posibilidad de recurrir al <strong>Sistema Arbitral de Consumo</strong>, un mecanismo p&uacute;blico y gratuito que permite solucionar estos conflictos de forma vinculante y &aacute;gil sin necesidad de iniciar costosos procedimientos judiciales ante los tribunales de justicia de la jurisdicci&oacute;n ordinaria.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/ocu-recuerda-devolver-dinero-si-han-cancelado-actividad-motivo-elecciones-generales-pm_1_13580158.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 13 Oct 2026 08:30:45 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/fb17625d-9135-4613-ac5c-13edd212fdff_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x936y721.jpg" length="723911" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/fb17625d-9135-4613-ac5c-13edd212fdff_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x936y721.jpg" type="image/jpeg" fileSize="723911" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[La OCU recuerda que te tienen que devolver el dinero si te han cancelado una actividad con motivo de las elecciones generales]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/fb17625d-9135-4613-ac5c-13edd212fdff_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x936y721.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[OCU - Organización de Consumidores y Usuarios,Elecciones,Consumo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un nuevo intento de estafa puede llegarte por SMS o por correo electrónico: esta vez se hacen pasar por la DGT]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/nuevo-estafa-llegarte-sms-correo-electronico-vez-pasar-dgt-pm_1_13571804.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e3efc972-cab1-4e77-88c5-bd21b880cd2e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un nuevo intento de estafa puede llegarte por SMS o por correo electrónico: esta vez se hacen pasar por la DGT"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las autoridades recuerdan que Tráfico jamás notifica sanciones a través de estos canales</p><p class="subtitle">Este es el sistema que ha entrado en vigor para acabar con las estafas a través de mensajes SMS de ciberdelincuentes</p></div><p class="article-text">
        El <strong>Instituto Nacional de Ciberseguridad</strong> (INCIBE) y la <strong>Organizaci&oacute;n de Consumidores y Usuarios</strong> (OCU) han alertado sobre una campa&ntilde;a de <strong>estafa digital</strong> que trata de suplantar a la <strong>Direcci&oacute;n General de Tr&aacute;fico</strong> (DGT). Los ciberdelincuentes distribuyen mensajes SMS y correos electr&oacute;nicos para enga&ntilde;ar exigiendo el pago urgente de una supuesta multa pendiente. La trampa utiliza la autoridad del organismo y la amenaza de sanciones para sembrar p&aacute;nico. Para lograr credibilidad, los atacantes replican el logotipo institucional, lo que hace que muchas personas accedan al enlace por temor a recargos. Las autoridades recuerdan que la DGT jam&aacute;s notifica sanciones por estos canales.
    </p><p class="article-text">
        El funcionamiento de este <strong>fraude</strong> combina ingenier&iacute;a social con p&aacute;ginas web fraudulentas muy elaboradas. La estafa comienza al recibir un aviso sobre una multa cuyo importe aumenta si no se abona de inmediato. Los mensajes advierten que la sanci&oacute;n inicial de 100 euros subir&aacute; a 200 y alcanzar&aacute; 400 en apenas 24 horas. Esta estrategia busca anular la capacidad cr&iacute;tica del receptor para evitar que verifique la autenticidad del mensaje. Al pulsar en el enlace, la v&iacute;ctima llega a un portal malicioso que imita la sede electr&oacute;nica de la DGT. Una vez dentro, se exige ingresar el nombre y la matr&iacute;cula para consultar el expediente falso.
    </p><p class="article-text">
        Las modalidades incluyen tanto mensajes de texto conocidos como <strong>smishing</strong> o correos denominados en este caso <strong>phishing</strong>. En los correos identificados por las autoridades se emplean asuntos enga&ntilde;osos sobre expedientes en curso o recordatorios de recargos. Los SMS suelen mostrar siglas oficiales en el remitente e invitan a revisar el expediente. Al analizar la direcci&oacute;n del remitente, se observa que no pertenece al dominio oficial de la <strong>DGT</strong>. A pesar de incluir siglas institucionales en el enlace, la URL dirige a servidores maliciosos administrados por ciberdelincuentes. La apariencia profesional confunde a los usuarios, convirtiendo esta campa&ntilde;a en un peligro constante.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/8857d3f0-578c-4ca6-aac4-2717f8f02dc6_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/8857d3f0-578c-4ca6-aac4-2717f8f02dc6_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/8857d3f0-578c-4ca6-aac4-2717f8f02dc6_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/8857d3f0-578c-4ca6-aac4-2717f8f02dc6_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/8857d3f0-578c-4ca6-aac4-2717f8f02dc6_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/8857d3f0-578c-4ca6-aac4-2717f8f02dc6_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/8857d3f0-578c-4ca6-aac4-2717f8f02dc6_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="El mail asegura que existe una multa que ha pasado de 100 a 200 euros y que aumentará a 400 euros en 24 horas, prometiendo devolver el incremento si se paga de inmediato"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                El mail asegura que existe una multa que ha pasado de 100 a 200 euros y que aumentará a 400 euros en 24 horas, prometiendo devolver el incremento si se paga de inmediato                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Tras acceder a la plataforma fraudulenta e introducir la matr&iacute;cula, la p&aacute;gina muestra <strong>una sanci&oacute;n inventada </strong>por exceso de velocidad. Para persuadir a la v&iacute;ctima de completar el pago, la web exige una cantidad reducida de 70 euros, una cifra suficientemente baja para no generar alarma. A continuaci&oacute;n, el sistema redirige a una pasarela falsa donde se requiere la numeraci&oacute;n de la tarjeta, fecha de caducidad y c&oacute;digo de seguridad. Algunas versiones muestran pantallas de validaci&oacute;n que solicitan claves SMS que nunca llegan. Si la v&iacute;ctima introduce sus credenciales bancarias en esta interfaz, los estafadores obtienen el control absoluto sobre sus fondos.
    </p><p class="article-text">
        Detectar este tipo de fraudes resulta fundamental para proteger la privacidad de los conductores frente al ciberdelito. Entre las principales se&ntilde;ales destaca la extrema urgencia transmitida, as&iacute; como plazos desproporcionados exigidos bajo amenaza de severos recargos. Asimismo, la presencia de erratas tipogr&aacute;ficas, fallos gramaticales o correos no corporativos deber&iacute;a encender las alarmas de cualquier ciudadano. Desde la <strong>DGT</strong> aclaran que las sanciones solo se notifican por correo postal, Direcci&oacute;n Electr&oacute;nica Vial o edictos. Ninguna instituci&oacute;n p&uacute;blica solicita datos financieros ni pagos instant&aacute;neos mediante enlaces enviados por mensajer&iacute;a.
    </p><h2 class="article-text">Medidas a tomar</h2><p class="article-text">
        En caso de recibir un mensaje sospechoso en el m&oacute;vil o en el correo, se recomienda mantener la <strong>calma</strong> y no interactuar. Bajo ninguna circunstancia se debe pulsar en los enlaces, descargar archivos ni rellenar formularios. La conducta adecuada consiste en realizar <strong>capturas de pantalla</strong> como evidencia, bloquear al remitente y eliminar la comunicaci&oacute;n. Si existen dudas sobre infracciones reales, el ciudadano debe verificar la informaci&oacute;n accediendo independientemente a la web oficial de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/dgt/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">DGT</a>. Reportar estos incidentes al canal de ciberseguridad ayuda a frenar la propagaci&oacute;n de nuevos ataques en el pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Cuando una persona ha sido enga&ntilde;ada y ha facilitado datos bancarios en la web falsa, debe activar un <strong>protocolo de emergencia</strong> inmediato. Es prioritario contactar con la entidad financiera para solicitar el bloqueo preventivo de la tarjeta y revisar movimientos recientes. Adicionalmente, se deben conservar las pruebas del fraude para presentar una denuncia formal ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Asimismo, conviene acudir a la l&iacute;nea de ayuda en ciberseguridad para recibir asesoramiento ante la suplantaci&oacute;n de identidad. Los expertos aconsejan practicar egosurfing peri&oacute;dicamente para comprobar si los datos personales se han publicado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/nuevo-estafa-llegarte-sms-correo-electronico-vez-pasar-dgt-pm_1_13571804.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 08 Oct 2026 11:00:41 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/e3efc972-cab1-4e77-88c5-bd21b880cd2e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="56232" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/e3efc972-cab1-4e77-88c5-bd21b880cd2e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="56232" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Un nuevo intento de estafa puede llegarte por SMS o por correo electrónico: esta vez se hacen pasar por la DGT]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/e3efc972-cab1-4e77-88c5-bd21b880cd2e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Ciberdelincuencia,Ciberseguridad,DGT - Dirección General de Tráfico,Tráfico,Multas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Estas son las próximas subastas de letras y bonos que va a hacer el Tesoro Público: fechas y cantidades]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/son-proximas-subastas-letras-bonos-tesoro-publico-fechas-cantidades-pm_1_13552527.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/cb91ffa5-e49f-4280-8abc-e209d0f1e001_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Estas son las próximas subastas de letras y bonos que va a hacer el Tesoro Público: fechas y cantidades"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Este próximo martes 6 será una jornada reservada para letras a plazos de 6 y 12 meses y el martes 13 para plazos de 3 y 9 meses</p><p class="subtitle">Descuentos en el precio de la gasolina y diésel: cómo quedan tras el anuncio de prórroga del Gobierno</p><p class="subtitle">Este es el tiempo que debes guardar tus nóminas para evitar errores en la pensión de jubilación</p></div><p class="article-text">
        El <strong>Tesoro P&uacute;blico</strong> afronta un mes de <strong>octubre</strong> decisivo para su calendario de emisiones de <a href="https://www.eldiario.es/temas/deuda-publica/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">deuda p&uacute;blica</a> con la celebraci&oacute;n de nuevas subastas en el mercado primario. El organismo dependiente del Ministerio de Econom&iacute;a mantiene su estrategia de obtener financiaci&oacute;n a corto, medio y largo plazo mediante <strong>letras y bonos</strong>. Las fechas marcadas son el <strong>6 </strong>y el <strong>13</strong> de <strong>octubre</strong>, dos jornadas clave en las que se ofrecer&aacute;n diferentes tramos de vencimiento adaptados a la demanda. Estas emisiones coinciden con un creciente inter&eacute;s de los inversores particulares en busca de rentabilidades atractivas.
    </p><p class="article-text">
        La primera cita del mes tendr&aacute; lugar este pr&oacute;ximo <strong>martes 6</strong>, jornada reservada para la subasta de letras del Tesoro a <strong>plazos de 6 y 12 meses</strong>. En esta operaci&oacute;n, las letras a 6 meses vencer&aacute;n el 9 de abril de 2027, mientras que los t&iacute;tulos a 12 meses fijan su amortizaci&oacute;n el 8 de octubre de 2027. La fecha oficial de emisi&oacute;n de los valores adjudicados ha quedado establecida para el viernes 9 de octubre de 2026. Los t&iacute;tulos ofertados en este primer tramo permiten asegurar una rentabilidad fija a corto plazo, contando con el respaldo directo y la m&aacute;xima garant&iacute;a que ofrece el Estado.
    </p><p class="article-text">
        Respecto a la operativa para acudir a la subasta del 6 de octubre, el plazo para presentar peticiones de forma <strong>online</strong> finaliz&oacute; el 29 de septiembre. Sin embargo, los inversores particulares que optan por la v&iacute;a <strong>presencial</strong> en las sucursales del Banco de Espa&ntilde;a disponen hasta ma&ntilde;ana viernes para registrar sus ofertas. Asimismo, los suscriptores no pertenecientes al Mercado Primario debieron aportar un dep&oacute;sito previo obligatorio del 2% sobre el nominal solicitado. Esta garant&iacute;a se ajusta tras la subasta, devolviendo el sobrante de forma autom&aacute;tica al inversor sin aplicar comisi&oacute;n alguna.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/82315df3-fcc8-4928-9bca-0c57c5573429_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/82315df3-fcc8-4928-9bca-0c57c5573429_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/82315df3-fcc8-4928-9bca-0c57c5573429_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/82315df3-fcc8-4928-9bca-0c57c5573429_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/82315df3-fcc8-4928-9bca-0c57c5573429_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/82315df3-fcc8-4928-9bca-0c57c5573429_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/82315df3-fcc8-4928-9bca-0c57c5573429_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="El interés del público minorista por las emisiones del Tesoro se mantiene en niveles récord"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                El interés del público minorista por las emisiones del Tesoro se mantiene en niveles récord                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Una semana m&aacute;s tarde, el <strong>martes 13</strong>, el Tesoro celebrar&aacute; la segunda subasta de letras del mes, centrada en los <strong>plazos de 3 y 9 meses</strong>. En este evento financiero, las letras a 3 meses tendr&aacute;n su amortizaci&oacute;n el 15 de enero de 2027, mientras que las letras a 9 meses vencer&aacute;n el 9 de julio de 2027. La fecha de emisi&oacute;n formal para ambos productos se ha fijado para el viernes 16 de octubre. Esta segunda convocatoria ofrece alternativas l&iacute;quidas de muy corto plazo para aquellos perfiles ahorradores que prefieren flexibilidad y una r&aacute;pida rotaci&oacute;n del capital invertido.
    </p><p class="article-text">
        Los <strong>plazos</strong> administrativos de la subasta del 13 de octubre fijan el l&iacute;mite de peticiones telem&aacute;ticas en la web del Tesoro para el martes 6. Asimismo, la tramitaci&oacute;n presencial en las oficinas del Banco de Espa&ntilde;a permanecer&aacute; abierta hasta el mediod&iacute;a del jueves 8. En el reparto de la deuda, el Tesoro adjudica en primer lugar las ofertas no competitivas, en las que el inversor solicita una cantidad en euros aceptando el precio medio ponderado resultante. A continuaci&oacute;n, se ordenan y cubren las ofertas competitivas de mayor a menor precio hasta alcanzar la cantidad deseada.
    </p><p class="article-text">
        Junto a las letras a corto plazo, la programaci&oacute;n del Tesoro P&uacute;blico incluye subastas de <strong>Bonos y Obligaciones del Estado</strong> previstas para el 1 y el 15 de octubre de 2026. A diferencia del papel a corto plazo, los bonos y obligaciones son t&iacute;tulos de renta fija emitidos a medio y largo plazo con vencimientos entre dos y treinta a&ntilde;os. Estos activos abonan cupones peri&oacute;dicos anuales de inter&eacute;s sobre el nominal adjudicado y comparten la exigencia de una inversi&oacute;n m&iacute;nima de mil euros. Los detalles relativos al cup&oacute;n y vencimiento de cada emisi&oacute;n se publican previamente en el Bolet&iacute;n Oficial del Estado.
    </p><h2 class="article-text">Gran inter&eacute;s</h2><p class="article-text">
        El sistema de <a href="https://www.eldiario.es/temas/inversiones/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">inversi&oacute;n</a> en letras y bonos se basa en un valor nominal estandarizado de <strong>mil euros por t&iacute;tulo</strong>, requiriendo solicitudes en m&uacute;ltiplos exactos de dicha cifra. Las letras del Tesoro se emiten al descuento, por lo que el precio desembolsado en la suscripci&oacute;n es inferior al valor nominal recuperado al vencimiento. De este modo, la ganancia bruta del inversor equivale a la diferencia exacta entre los mil euros reembolsados por el Estado al amortizar el t&iacute;tulo y el importe menor pagado al inicio. Este mecanismo transparente garantiza conocer de antemano el rendimiento final de la operaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El inter&eacute;s del p&uacute;blico minorista por las emisiones del Tesoro se mantiene en <strong>niveles r&eacute;cord</strong>, impulsado por rendimientos que rondan el 3% anual a un a&ntilde;o. Seg&uacute;n los &uacute;ltimos datos del Banco de Espa&ntilde;a, el saldo de letras en manos de particulares alcanz&oacute; los 22.081 millones de euros tras sumar 822 millones en un solo mes. Esta cifra representa el 26% del total en circulaci&oacute;n, consolidando a la deuda p&uacute;blica como el refugio preferido por los ahorradores frente a la inflaci&oacute;n previa a la pr&oacute;xima reuni&oacute;n de tipos del Banco Central Europeo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/son-proximas-subastas-letras-bonos-tesoro-publico-fechas-cantidades-pm_1_13552527.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 01 Oct 2026 11:00:10 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/cb91ffa5-e49f-4280-8abc-e209d0f1e001_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="2245119" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/cb91ffa5-e49f-4280-8abc-e209d0f1e001_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="2245119" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Estas son las próximas subastas de letras y bonos que va a hacer el Tesoro Público: fechas y cantidades]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/cb91ffa5-e49f-4280-8abc-e209d0f1e001_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tesoro,Banco de España,Inversiones,Deuda pública]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobra el paro en octubre 2026: las fechas de abono en cada banco]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-paro-octubre-2026-fechas-abono-banco_1_13546500.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/0c001748-824e-4c01-8f0a-cab5d8a26241_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobra el paro en octubre 2026: las fechas de abono en cada banco"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las entidades aplican calendarios distintos para anticipar la prestación, por lo que el dinero puede llegar con varios días de diferencia según la cuenta</p><p class="subtitle">Cuándo se cobra el IMV en octubre 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital
</p><p class="subtitle">Este es el tiempo que debes guardar tus nóminas para evitar errores en la pensión de jubilación</p></div><p class="article-text">
        El pago de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/prestaciones/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">prestaci&oacute;n por desempleo</a> vuelve a concentrar buena parte de las consultas con la llegada de octubre. Para quienes dependen de este ingreso, conocer de antemano la previsi&oacute;n de cobro resulta &uacute;til para organizar recibos, compras y otros gastos habituales del mes.
    </p><p class="article-text">
        Aunque existe un procedimiento com&uacute;n para tramitar estas ayudas, el dinero no aparece al mismo tiempo en todas las cuentas. La entidad bancaria puede adelantar el abono o ajustarse a sus propios tiempos de procesamiento, lo que provoca diferencias de varios d&iacute;as entre unos beneficiarios y otros.
    </p><p class="article-text">
        En octubre de 2026, las previsiones vuelven a repartir los ingresos entre distintas jornadas seg&uacute;n el banco. A ello se suman posibles desfases en la actualizaci&oacute;n de los movimientos, por lo que tambi&eacute;n conviene saber cu&aacute;ndo una demora entra dentro de la operativa habitual y cu&aacute;ndo puede ser necesario revisar el estado de la prestaci&oacute;n. 
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo se cobra el paro en octubre</h2><p class="article-text">
        Las fechas previstas para recibir la prestaci&oacute;n por desempleo en octubre de 2026 vuelven a variar seg&uacute;n la entidad bancaria. Algunos bancos mantienen el ingreso alrededor del d&iacute;a 10, mientras que otros anticipan varios d&iacute;as el dinero a sus clientes conforme a su operativa habitual. 
    </p><p class="article-text">
        Banco Santander suele efectuar estos abonos entre el segundo y el tercer d&iacute;a h&aacute;bil de cada mes. Teniendo en cuenta el calendario de octubre, esa referencia situar&iacute;a el ingreso entre el viernes 2 y el lunes 5. Sus clientes podr&iacute;an, por tanto, encontrarse entre los primeros en disponer de la prestaci&oacute;n. Bankinter y Unicaja manejan como referencia el viernes 9 de octubre. En el caso de Unicaja, esta fecha responde a su pr&aacute;ctica habitual de realizar el pago de la prestaci&oacute;n por desempleo el d&iacute;a 9 de cada mes. CaixaBank, por su parte, sit&uacute;a el abono el s&aacute;bado 10.
    </p><p class="article-text">
        Estas jornadas sirven como orientaci&oacute;n sobre cu&aacute;ndo podr&iacute;a aparecer el dinero en cada cuenta. El momento exacto puede depender de los procesos internos de cada entidad, por lo que el ingreso no tiene por qu&eacute; reflejarse a la misma hora para todos los clientes.
    </p><h2 class="article-text">Por qu&eacute; el ingreso del paro puede variar seg&uacute;n la entidad</h2><p class="article-text">
        El SEPE reconoce la prestaci&oacute;n por desempleo y emite la orden de pago, pero la llegada efectiva del dinero a la cuenta tambi&eacute;n depende del banco. Cada entidad gestiona sus transferencias con sus propios tiempos, de modo que dos personas con una ayuda similar pueden disponer del importe en jornadas diferentes sin que exista ninguna anomal&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Algunos bancos optan por adelantar el dinero a sus clientes antes de que se complete el calendario ordinario. Para ello se apoyan en la informaci&oacute;n previa que reciben sobre las n&oacute;minas y anticipan la cantidad con recursos propios. Esta decisi&oacute;n afecta &uacute;nicamente al momento en el que el importe queda disponible, no a la cuant&iacute;a reconocida ni a la duraci&oacute;n de la prestaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Las entidades que no aplican este sistema esperan a que el pago siga su curso habitual. Cuando intervienen fines de semana o festivos, el ingreso puede desplazarse al siguiente d&iacute;a laborable. Estas diferencias forman parte de la operativa bancaria y no implican por s&iacute; mismas que el expediente se encuentre bloqueado o suspendido.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n puede variar la hora a la que aparece el movimiento. Los procesos internos de actualizaci&oacute;n, los ciclos de cierre y el tratamiento de las transferencias hacen que el saldo no se renueve al mismo tiempo en todos los bancos. Por eso, que la prestaci&oacute;n no figure a primera hora no significa necesariamente que exista un problema.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; revisar si el dinero no aparece en la cuenta</h2><p class="article-text">
        Cuando el ingreso no se muestra durante la jornada prevista, conviene comprobar los movimientos de la cuenta a lo largo del d&iacute;a antes de interpretar la ausencia como un impago. En algunos casos, el abono se refleja m&aacute;s tarde debido al propio funcionamiento de la entidad financiera.
    </p><p class="article-text">
        Si pasan las fechas habituales y el dinero contin&uacute;a sin llegar, el siguiente paso es consultar el estado de la prestaci&oacute;n a trav&eacute;s del <a href="https://www.eldiario.es/temas/sepe/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">SEPE</a>. Esta revisi&oacute;n permite comprobar si el pago sigue aprobado, si existe alguna suspensi&oacute;n o si se ha producido una incidencia relacionada con la informaci&oacute;n bancaria vinculada al expediente.
    </p><p class="article-text">
        Determinados cambios pueden influir en la tramitaci&oacute;n, como una modificaci&oacute;n reciente de la cuenta de cobro, una revisi&oacute;n administrativa o no haber renovado la demanda de empleo dentro del plazo correspondiente. En estos supuestos, el origen del problema puede estar en la gesti&oacute;n de la prestaci&oacute;n y no en el banco.
    </p><p class="article-text">
        Mantener actualizados los datos personales y bancarios y cumplir con las obligaciones asociadas a la ayuda reduce el riesgo de incidencias. En cualquier caso, conviene diferenciar entre un simple desfase en la contabilizaci&oacute;n del ingreso y una situaci&oacute;n administrativa que est&eacute; impidiendo el pago.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-paro-octubre-2026-fechas-abono-banco_1_13546500.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 01 Oct 2026 04:59:43 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/0c001748-824e-4c01-8f0a-cab5d8a26241_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="419461" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/0c001748-824e-4c01-8f0a-cab5d8a26241_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="419461" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobra el paro en octubre 2026: las fechas de abono en cada banco]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/0c001748-824e-4c01-8f0a-cab5d8a26241_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[SEPE,Desempleo,Paro,Prestaciones,Bancos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobra el IMV en octubre 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-imv-octubre-2026-fecha-abono-ingreso-minimo-vital_1_13546148.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b65e64aa-5fe8-4a47-8cae-772b77aa5e0a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobra el IMV en octubre 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los bancos manejan distintos calendarios para anticipar la prestación, mientras los nuevos beneficiarios pueden seguir plazos diferentes durante su primer ingreso</p><p class="subtitle">Cuándo se cobra el paro en octubre 2026: las fechas de abono en cada banco
</p><p class="subtitle">Este es el sistema que ha entrado en vigor para acabar con las estafas a través de mensajes SMS de ciberdelincuentes</p></div><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/ingreso-minimo-vital/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ingreso M&iacute;nimo Vital</a> afronta una nueva mensualidad en octubre con diferencias en las fechas previstas de cobro seg&uacute;n la entidad bancaria. Para muchas personas y hogares, conocer con antelaci&oacute;n cu&aacute;ndo puede llegar el dinero resulta &uacute;til para organizar los gastos habituales y prever el momento en el que la prestaci&oacute;n estar&aacute; disponible.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s del calendario de pagos, conviene tener en cuenta que no todos los perceptores se encuentran en la misma situaci&oacute;n. El acceso al IMV depende de una serie de requisitos econ&oacute;micos y familiares, mientras que quienes acaban de obtener una resoluci&oacute;n favorable pueden seguir unos plazos distintos durante su primer ingreso.
    </p><p class="article-text">
        La combinaci&oacute;n entre las condiciones de acceso, el momento de concesi&oacute;n y la operativa de cada banco hace que el cobro no funcione de manera id&eacute;ntica para todos los beneficiarios. Por eso, resulta &uacute;til distinguir entre quienes ya reciben la ayuda con normalidad y quienes est&aacute;n a la espera de incorporarse por primera vez al calendario mensual.
    </p><h2 class="article-text">A qui&eacute;n est&aacute; dirigido el Ingreso M&iacute;nimo Vital</h2><p class="article-text">
        El Ingreso M&iacute;nimo Vital es una prestaci&oacute;n de la Seguridad Social pensada para reforzar los ingresos de personas y hogares que se encuentran por debajo de determinados niveles econ&oacute;micos. No establece una cantidad id&eacute;ntica para todos los beneficiarios, ya que el importe final depende de la situaci&oacute;n de cada unidad de convivencia y de los recursos de los que dispone.
    </p><p class="article-text">
        Para reconocer el derecho a esta ayuda se tienen en cuenta distintos factores, entre ellos la renta, el patrimonio, el n&uacute;mero de integrantes del hogar y la situaci&oacute;n de residencia. Puede solicitarla tanto una persona que viva sola como una familia o unidad de convivencia con varios miembros. Adem&aacute;s, con car&aacute;cter general, se exige haber residido legalmente y de forma continuada en Espa&ntilde;a durante al menos el a&ntilde;o anterior, salvo las excepciones previstas.
    </p><p class="article-text">
        La cuant&iacute;a se obtiene comparando los ingresos disponibles con la renta garantizada que corresponda en cada caso. Determinadas circunstancias, como tener hijos menores, las familias monoparentales o la presencia de personas con discapacidad, pueden influir mediante complementos adicionales. El cobro se mantiene mientras sigan reuni&eacute;ndose las condiciones exigidas, por lo que los cambios econ&oacute;micos, familiares o de residencia que puedan afectar a la prestaci&oacute;n deben comunicarse.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo se cobra el IMV de octubre</h2><p class="article-text">
        El momento en el que la mensualidad del Ingreso M&iacute;nimo Vital aparece en la cuenta depende en buena medida de la entidad financiera. Algunos bancos permiten disponer del dinero antes que otros, de modo que el calendario puede repartirse entre varias jornadas aunque todos los pagos correspondan al mismo periodo. 
    </p><p class="article-text">
        Banco Santander se situar&iacute;a entre las primeras entidades en efectuar el abono, con ingresos previstos entre el jueves 22 y la noche del viernes 23 de octubre. CaixaBank tendr&iacute;a como referencia el s&aacute;bado 24, mientras que BBVA mantendr&iacute;a su fecha habitual del d&iacute;a 25, que este mes coincide con domingo. Unicaja seguir&iacute;a una operativa diferente, ya que por norma general suele realizar el pago durante el &uacute;ltimo d&iacute;a h&aacute;bil del mes. En octubre de 2026 esa fecha corresponde al viernes 30, puesto que el d&iacute;a 31 cae en s&aacute;bado.
    </p><p class="article-text">
        En cualquier caso, estas fechas deben entenderse como referencias y pueden sufrir alg&uacute;n ajuste por la gesti&oacute;n interna de cada banco. Adem&aacute;s, el movimiento no tiene por qu&eacute; reflejarse a la misma hora en todas las cuentas, por lo que una demora durante la jornada prevista no implica necesariamente que exista una incidencia con la prestaci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo funciona el primer ingreso del Ingreso M&iacute;nimo Vital</h2><p class="article-text">
        El comienzo del cobro del IMV no siempre sigue el mismo calendario que las mensualidades posteriores. En las solicitudes reci&eacute;n aprobadas, el momento en el que se recibe la primera transferencia depende de la fecha de resoluci&oacute;n y de si el expediente entra a tiempo en el ciclo de pagos correspondiente.
    </p><p class="article-text">
        Cuando la concesi&oacute;n se produce con el mes ya avanzado, el abono inicial puede trasladarse al siguiente periodo. Esto responde al proceso administrativo necesario para incorporar la prestaci&oacute;n al sistema de pagos y no implica que el beneficiario pierda las cantidades que le correspondan desde que la ayuda empieza a generar efectos econ&oacute;micos.
    </p><p class="article-text">
        Por eso, la fecha en la que se reconoce el derecho y el d&iacute;a en el que el dinero aparece en la cuenta pueden no coincidir. El primer ingreso puede reunir importes acumulados del periodo aprobado, seg&uacute;n lo establecido en la resoluci&oacute;n recibida.
    </p><p class="article-text">
        Una vez efectuado ese abono inicial, la prestaci&oacute;n pasa a seguir el calendario mensual habitual siempre que se mantengan los requisitos exigidos. A partir de entonces, el pago podr&aacute; ajustarse tambi&eacute;n a los posibles adelantos que aplique la entidad bancaria donde est&eacute; domiciliado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-imv-octubre-2026-fecha-abono-ingreso-minimo-vital_1_13546148.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 01 Oct 2026 04:59:41 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/b65e64aa-5fe8-4a47-8cae-772b77aa5e0a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="79577" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/b65e64aa-5fe8-4a47-8cae-772b77aa5e0a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="79577" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobra el IMV en octubre 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/b65e64aa-5fe8-4a47-8cae-772b77aa5e0a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Ingreso Mínimo Vital,Ayudas,Seguridad Social,Economía doméstica]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El documento que las empresas de transporte de mercancías solo podrán utilizar de manera digital a partir de ahora]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/documento-empresas-transporte-mercancias-podran-utilizar-manera-digital-partir-ahora-pm_1_13546612.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ad626d0c-e875-46dd-89f2-805001fec85d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El documento que las empresas de transporte de mercancías solo podrán utilizar de manera digital a partir de ahora"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El archivo digital deberá ser un PDF generado desde aplicaciones informáticas estructuradas y deberán aparecer los datos del envío y la ejecución material del viaje</p><p class="subtitle">Descuentos en el precio de la gasolina y diésel: cómo quedan tras el anuncio de prórroga del Gobierno</p></div><p class="article-text">
        El sector del <a href="https://www.eldiario.es/temas/transporte/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>transporte</strong></a><strong> p&uacute;blico de mercanc&iacute;as</strong> por carretera en Espa&ntilde;a se enfrenta a una gran transformaci&oacute;n administrativa debido a la <strong>obligatoriedad</strong> de <strong>digitalizar</strong> sus <strong>documentos de control</strong>. A partir del inminente <strong>5 de octubre</strong>, las empresas dedicadas al traslado de carga en el &aacute;mbito nacional no podr&aacute;n seguir utilizando el formato f&iacute;sico en papel. La medida, impulsada en la <strong>Ley de Movilidad Sostenible</strong> y desarrollada por el <strong>Ministerio de Transportes</strong>, impone el Documento electr&oacute;nico de Control Administrativo para el transporte p&uacute;blico interior.
    </p><p class="article-text">
        Esta nueva exigencia legal no altera los contenidos de la norma que regula el documento de control, pero transforma su soporte. El archivo digital deber&aacute; ser un <strong>PDF</strong> generado desde aplicaciones inform&aacute;ticas estructuradas, quedando <strong>prohibido</strong> el <strong>escaneado</strong> de impresos manuscritos. Cada documento generado no podr&aacute; superar 5 megabytes y tendr&aacute; que incorporar un <strong>c&oacute;digo QR</strong> legible desde dispositivos m&oacute;viles. Dicho c&oacute;digo deber&aacute; estar vinculado con una direcci&oacute;n web &uacute;nica desde la que la inspecci&oacute;n podr&aacute; descargar el archivo correspondiente.
    </p><p class="article-text">
        La responsabilidad de cumplimentar este certificado recae de manera solidaria sobre las figuras del cargador contractual y el transportista efectivo. La normativa explicita que <strong>el cargador </strong>responder&aacute; por la <strong>exactitud de los datos del env&iacute;o</strong>, tales como el origen, el destino, la naturaleza de la carga y el peso de la mercanc&iacute;a. Por su parte, <a href="https://www.eldiario.es/temas/transportistas/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el transportista</a> efectivo asumir&aacute; la responsabilidad sobre la ejecuci&oacute;n material del viaje, incluyendo la matr&iacute;cula del veh&iacute;culo. La falta de emisi&oacute;n del documento antes de iniciar el trayecto supondr&aacute; una sanci&oacute;n.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/a34cfae7-958c-4de3-9e9a-1e11ea980361_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/a34cfae7-958c-4de3-9e9a-1e11ea980361_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/a34cfae7-958c-4de3-9e9a-1e11ea980361_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/a34cfae7-958c-4de3-9e9a-1e11ea980361_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/a34cfae7-958c-4de3-9e9a-1e11ea980361_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/a34cfae7-958c-4de3-9e9a-1e11ea980361_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/a34cfae7-958c-4de3-9e9a-1e11ea980361_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="El cargador responderá por la exactitud de los datos del envío, tales como el origen, el destino, la naturaleza de la carga y el peso de la mercancía"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                El cargador responderá por la exactitud de los datos del envío, tales como el origen, el destino, la naturaleza de la carga y el peso de la mercancía                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        El documento electr&oacute;nico de control administrativo <strong>no requiere firma electr&oacute;nica obligatoria para ser v&aacute;lido</strong>. Sin embargo, en caso de que las empresas decidan formalizar firmas voluntarias, estas deber&aacute;n ajustarse a las especificaciones del reglamento comunitario europeo. Las opciones v&aacute;lidas suponen firmas electr&oacute;nicas avanzadas o cualificadas, garantizando la identificaci&oacute;n del firmante e integridad. De esta forma, si el documento experimenta cualquier alteraci&oacute;n posterior, la firma quedar&aacute; invalidada.
    </p><p class="article-text">
        El &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n de este <strong>mandato digital </strong>abarca a los transportes p&uacute;blicos nacionales y a las operaciones de cabotaje realizadas en Espa&ntilde;a. Por el contrario, quedan excluidos los transportes privados complementarios organizados por empresas cuya actividad principal no es la log&iacute;stica, aunque estas deber&aacute;n portar documentaci&oacute;n a bordo. Asimismo, los transportes internacionales regidos por el convenio CMR continuar&aacute;n utilizando sus propios modelos sin que el eCMR sea imperativo en esta fecha. Existen tambi&eacute;n exenciones para mudanzas, gr&uacute;as y paqueter&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Durante el desarrollo del viaje, la normativa contempla procedimientos para registrar incidencias o realizar cambios operativos en los datos del transporte. Si resulta necesario modificar elementos como el veh&iacute;culo tractor o el conductor asignado, la empresa puede actualizar el archivo PDF original indicando los motivos del ajuste. Bajo esta modalidad, la direcci&oacute;n electr&oacute;nica y el c&oacute;digo QR de verificaci&oacute;n se mantendr&aacute;n inalterados para la inspecci&oacute;n. Alternativamente, la plataforma podr&aacute; generar un nuevo archivo digital con su c&oacute;digo QR, conservando el original.
    </p><p class="article-text">
        La Administraci&oacute;n p&uacute;blica ha simplificado los <strong>requisitos t&eacute;cnicos</strong> al eliminar la obligaci&oacute;n de registrar previamente los dominios web donde se custodian los archivos. Las compa&ntilde;&iacute;as de transporte no est&aacute;n obligadas a subir su documentaci&oacute;n a una plataforma centralizada del <strong>Ministerio de Transportes</strong>, sino a mantenerla disponible. No obstante, los sistemas utilizados deber&aacute;n garantizar la conservaci&oacute;n de la informaci&oacute;n durante un plazo m&iacute;nimo de un a&ntilde;o, una arquitectura descentralizada que otorga autonom&iacute;a a los operadores log&iacute;sticos.
    </p><h2 class="article-text">Regulaci&oacute;n continental</h2><p class="article-text">
        Desde Esofitec, empresa especializada en soluciones tecnol&oacute;gicas de facturaci&oacute;n, contabilidad, gesti&oacute;n y recursos humanos, creen que esta normativa &ldquo;vuelve a poner de manifiesto que la digitalizaci&oacute;n forma <strong>parte de la hoja de ruta de las administraciones</strong> y que las empresas deben abordarla de forma integrada. Hay que tener cuidado con no ir sumando herramientas independientes cada vez que aparece una nueva obligaci&oacute;n -asegura V&iacute;ctor Bernu&eacute;s, consultor ERP de la compa&ntilde;&iacute;a-, sino conseguir que el software de gesti&oacute;n acompa&ntilde;e los cambios normativos y permita automatizar procesos que antes requer&iacute;an intervenci&oacute;n manual&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La digitalizaci&oacute;n del documento de control constituye el <strong>primer paso</strong> de un plan de <strong>modernizaci&oacute;n</strong> que culminar&aacute; con la implantaci&oacute;n del marco europeo eFTI. Esta regulaci&oacute;n continental permitir&aacute; la lectura e intercambio armonizado de datos log&iacute;sticos entre empresas y autoridades de la Uni&oacute;n Europea mediante plataformas certificadas. Mientras se despliega dicha infraestructura t&eacute;cnica comunitaria, la soluci&oacute;n nacional mediante PDFs estructurados con c&oacute;digo QR garantiza una transici&oacute;n ordenada.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/documento-empresas-transporte-mercancias-podran-utilizar-manera-digital-partir-ahora-pm_1_13546612.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 29 Sep 2026 11:26:47 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/ad626d0c-e875-46dd-89f2-805001fec85d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="6008992" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/ad626d0c-e875-46dd-89f2-805001fec85d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="6008992" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[El documento que las empresas de transporte de mercancías solo podrán utilizar de manera digital a partir de ahora]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/ad626d0c-e875-46dd-89f2-805001fec85d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Transporte público,Digitalización,Transportistas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Descuentos en el precio de la gasolina y diésel: cómo quedan tras el anuncio de prórroga del Gobierno]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/descuentos-precio-gasolina-diesel-quedan-anuncio-prorroga-gobierno-pm_1_13546428.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/faab2eab-c6b0-473b-9546-96e466b43dcd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Descuentos en el precio de la gasolina y diésel: cómo quedan tras el anuncio de prórroga del Gobierno"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El ejecutivo sigue apostando por un recorte en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos para aliviar el coste de los carburantes, en plena escalada de los precios energéticos</p><p class="subtitle">El mapa del precio de la gasolina tras el aumento de septiembre: consulta dónde es más cara y dónde más barata
</p></div><p class="article-text">
        El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes a un <strong>nuevo paquete de medidas </strong>para afrontar la escalada de los precios energ&eacute;ticos, que contin&uacute;an disparados siete meses despu&eacute;s del inicio del conflicto en Ir&aacute;n. Una subida que impacta de lleno en los conductores que tienen que pasar cada semana por las gasolineras para llenar su dep&oacute;sito y comprueban que el precio no deja de aumentar.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Hoy aprobamos en Consejo de Ministros un <strong>tercer paquete de medidas </strong>para seguir protegiendo a hogares y sectores afectados por la guerra en Ir&aacute;n&rdquo;, se&ntilde;ala el Ministerio de Econom&iacute;a, Comercio y Empresa a trav&eacute;s de sus redes sociales. 
    </p><p class="article-text">
        Para aliviar esta subida, el ejecutivo ha prorrogado las<strong> rebajas fiscales en la gasolina y el gas&oacute;leo</strong> que venc&iacute;an este mes de septiembre. Ahora se aplicar&aacute;n, al menos, hasta finales de diciembre.&nbsp;
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es" data-conversation="none"><a href="https://twitter.com/X/status/2104837583255597307?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        Para mitigar el encarecimiento de los carburantes, el Gobierno sigue apostando por un recorte en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, que supondr&aacute; un alivio de <strong>20 c&eacute;ntimos en el precio de estos carburantes en octubre</strong>, de 13 en noviembre y de 6 en diciembre. En cualquier caso, no se descarta que la cuant&iacute;a vuelva a subir en noviembre y diciembre si el precio del petr&oacute;leo sigue disparado.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text">Nuevo descuento para di&eacute;sel y gasolina</h2><p class="article-text">
        El borrador del Real Decreto-Ley <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-prorroga-rebajas-fiscales-gasolina-diesel-limita-tarifa-gas-evitar-dispare-invierno_1_13545625.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">adelantado por </a><a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-prorroga-rebajas-fiscales-gasolina-diesel-limita-tarifa-gas-evitar-dispare-invierno_1_13545625.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>elDiario.es</em></a> prev&eacute; un descuento de 20 c&eacute;ntimos en el precio de estos carburantes en octubre, de 13 en noviembre y de 6 en diciembre. Unas ayudas que ir&aacute;n a la baja, <strong>confiando en que el precio del petr&oacute;leo no siga disparado</strong>, aunque no hay garant&iacute;as de que eso ocurra ni de que <a href="https://www.eldiario.es/internacional/trump-revuelve-onu-guerra-iran-he-hecho-paz_1_13529500.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Estados Unidos e Ir&aacute;n</a> lleguen a un acuerdo duradero.
    </p><p class="article-text">
        De esta forma, el ejecutivo sigue apostando por una <strong>rebaja</strong> en el Impuesto de Hidrocarburos, una medida que se ha venido aplicando en los &uacute;ltimos meses, tambi&eacute;n con diferentes descuentos.&nbsp;
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/5530cb29-aa44-49b0-9ef6-65d2b5bcedf7_source-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/5530cb29-aa44-49b0-9ef6-65d2b5bcedf7_source-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/5530cb29-aa44-49b0-9ef6-65d2b5bcedf7_source-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/5530cb29-aa44-49b0-9ef6-65d2b5bcedf7_source-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/5530cb29-aa44-49b0-9ef6-65d2b5bcedf7_source-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/5530cb29-aa44-49b0-9ef6-65d2b5bcedf7_source-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/5530cb29-aa44-49b0-9ef6-65d2b5bcedf7_source-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Cartel con los precios en una gasolinera esta semana"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Cartel con los precios en una gasolinera esta semana                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Los c&aacute;lculos del Gobierno pasaban porque esa situaci&oacute;n mejorase a lo largo del a&ntilde;o. De hecho, para julio, agosto y septiembre se estim&oacute; una rebaja en el precio de gasolina sin plomo y el gasoil de 15, 10 y 5 c&eacute;ntimos por litro, respectivamente. <strong>Pero eso no ha ocurrido</strong> y los precios energ&eacute;ticos siguen disparados, lo que ha obligado a prorrogar estas medidas econ&oacute;micas.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, dentro de estas medidas y descuentos previstos por el Gobierno para mitigar los efectos de la guerra en Oriente Pr&oacute;ximo, se mantiene vigente la <strong>cl&aacute;usula autom&aacute;tica de reactivaci&oacute;n</strong>, por la que se volver&iacute;a a reducir 20 c&eacute;ntimos por litro si la inflaci&oacute;n interanual de los carburantes supera el 15 %.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Raquel Sáez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/descuentos-precio-gasolina-diesel-quedan-anuncio-prorroga-gobierno-pm_1_13546428.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 29 Sep 2026 10:30:36 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/faab2eab-c6b0-473b-9546-96e466b43dcd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="689087" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/faab2eab-c6b0-473b-9546-96e466b43dcd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="689087" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Descuentos en el precio de la gasolina y diésel: cómo quedan tras el anuncio de prórroga del Gobierno]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/faab2eab-c6b0-473b-9546-96e466b43dcd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Gasolina,Diésel,Carburantes,Precios,Energía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Este es el sistema que ha entrado en vigor para acabar con las estafas a través de mensajes SMS de ciberdelincuentes]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/sistema-entrado-vigor-acabar-estafas-traves-mensajes-sms-ciberdelincuentes-pm_1_13527696.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6d5e766a-7aa5-49f8-9389-2eed01c2e9d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Este es el sistema que ha entrado en vigor para acabar con las estafas a través de mensajes SMS de ciberdelincuentes"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Cuando un mensaje intente enviarse con un identificador que no coincida con la lista oficial de remitentes validados, se bloqueará antes de que llegue a nuestros móviles</p><p class="subtitle">En qué consiste la estafa llamada “ataque zero-click” y que afecta a quien usa un móvil antiguo con sistema operativo sin actualizar</p><p class="subtitle">Este es el sms que están enviando los ciberdelincuentes que se hacen pasar por la Seguridad Social</p></div><p class="article-text">
        Desde este mes de septiembre, los operadores de <a href="https://www.eldiario.es/temas/telefonia-movil/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">telefon&iacute;a m&oacute;vil</a> en Espa&ntilde;a tienen la obligaci&oacute;n legal de aplicar un bloqueo autom&aacute;tico sobre todos los mensajes <strong>SMS, MMS</strong> y comunicaciones <strong>RCS</strong> comerciales cuyo remitente alfanum&eacute;rico no aparezca inscrito en el <strong>Registro de Alias oficial</strong>. Esta iniciativa regulatoria, supervisada por la Comisi&oacute;n Nacional de los Mercados y la Competencia (<strong>CNMC</strong>), representa el &uacute;ltimo despliegue del Plan Antiestafas del Gobierno para atajar los <a href="https://www.eldiario.es/temas/ciberdelincuencia/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">fraudes digitales</a> de suplantaci&oacute;n de identidad o smishing que afectan diariamente a miles de usuarios en todo el pa&iacute;s.
    </p><p class="article-text">
        Con la entrada en vigor de este mecanismo, las redes telef&oacute;nicas espa&ntilde;olas filtran de manera continua todo el tr&aacute;fico de <strong>mensajer&iacute;a</strong> dirigido a n&uacute;meros nacionales. A partir de ahora, cualquier entidad p&uacute;blica o privada &mdash;incluyendo bancos, aseguradoras, empresas de transporte, comercios y administraciones p&uacute;blicas&mdash; que pretenda remitir avisos utilizando su nombre comercial, marca registrada, denominaci&oacute;n social o dominio web deber&aacute; haber completado previamente la correspondiente inscripci&oacute;n en la base de datos del regulador estatal para que sus notificaciones puedan ser efectivamente entregadas en los tel&eacute;fonos m&oacute;viles de los usuarios receptores.
    </p><p class="article-text">
        El procedimiento t&eacute;cnico establece que las compa&ntilde;&iacute;as operadoras deben consultar diariamente la base de datos p&uacute;blica gestionada por la <strong>CNMC</strong> para verificar la legitimidad de las cabeceras. Cuando un mensaje intente transmitirse utilizando un identificador alfanum&eacute;rico que no coincida con la lista oficial de remitentes validados, la red lo interceptar&aacute; y bloquear&aacute; de forma automatizada antes de su recepci&oacute;n. Adem&aacute;s, el mecanismo exige garantizar una vinculaci&oacute;n directa entre el titular leg&iacute;timo de la marca y los proveedores de servicios de mensajer&iacute;a o agregadores autorizados para gestionar la transmisi&oacute;n t&eacute;cnica de los env&iacute;os comerciales.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Aquellas entidades que no hayan registrado sus alias no podrán enviar comunicaciones identificadas con su nombre"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Aquellas entidades que no hayan registrado sus alias no podrán enviar comunicaciones identificadas con su nombre                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Dentro de los protocolos de seguridad estipulados, los proveedores de mensajer&iacute;a habilitados quedan obligados a ejecutar medidas de bloqueo directo en origen siempre que detecten <strong>identificadores no registrados, intermediarios no autorizados o env&iacute;os que carezcan de la confirmaci&oacute;n expl&iacute;cita del titular</strong>. De forma complementaria, las empresas operadoras deber&aacute;n interceptar sistem&aacute;ticamente todos los mensajes dirigidos a n&uacute;meros espa&ntilde;oles que procedan de empresas extranjeras no inscritas formalmente en Espa&ntilde;a, estableci&eacute;ndose como &uacute;nica excepci&oacute;n operativa aquellos supuestos en los que el usuario se encuentre en itinerancia o roaming.
    </p><p class="article-text">
        El desarrollo normativo de este sistema se fundamenta en la Orden TDF/149/2025 y en diversas resoluciones de la CNMC. El Registro de Alias qued&oacute; constituido en marzo y, posteriormente, se anunci&oacute; que la base de datos estar&iacute;a operativa desde el 7 de junio. Sin embargo, la fecha l&iacute;mite para la aplicaci&oacute;n del bloqueo se aplaz&oacute; mediante la Orden Ministerial TDF/558/2026, publicada en el BOE, a petici&oacute;n de los operadores y del propio regulador para gestionar el elevado volumen de solicitudes registradas y testear adecuadamente la compleja integraci&oacute;n de los sistemas en red.
    </p><p class="article-text">
        Tras vencer esta moratoria t&eacute;cnica, la <strong>CNMC</strong> ha confirmado que no se otorgar&aacute;n nuevas pr&oacute;rrogas a las compa&ntilde;&iacute;as. Aquellas entidades que no hayan registrado sus alias no podr&aacute;n enviar comunicaciones identificadas con su nombre, aunque conservan la opci&oacute;n de remitir SMS si prescinden de la cabecera comercial. Asimismo, los identificadores de nueva creaci&oacute;n pueden tramitarse en cualquier momento a trav&eacute;s de la Sede Electr&oacute;nica del organismo. Como medida de transici&oacute;n, las solicitudes presentadas antes del 14 de septiembre contar&aacute;n con autorizaci&oacute;n temporal de hasta tres meses mientras se resuelve su expediente en el registro.
    </p><p class="article-text">
        La <strong>regulaci&oacute;n</strong> de las cabeceras alfanum&eacute;ricas supone un gran cambio en un &aacute;mbito informativo que hasta la fecha carec&iacute;a de control normativo y permit&iacute;a el uso libre de nombres comerciales por parte de terceros. Seg&uacute;n los datos recopilados por las autoridades, el conjunto del Plan Antiestafas ha conseguido bloquear desde marzo un total de <strong>48 millones de llamadas fraudulentas</strong> y m&aacute;s de <strong>2,2 millones de SMS enga&ntilde;osos</strong>. Esta estrategia de protecci&oacute;n digital se reforzar&aacute; adem&aacute;s en octubre, fecha en la que entrar&aacute; en vigor la obligaci&oacute;n para las empresas de utilizar &uacute;nicamente el prefijo 400 en llamadas comerciales, bajo la misma amenaza de bloqueo en red.
    </p><p class="article-text">
        La puesta en marcha de este control ha generado diversas reacciones entre los colectivos de protecci&oacute;n al consumidor. La <strong>OCU</strong> ha valorado la iniciativa como un avance positivo aunque mostr&oacute; cautela al recordar que medidas previas resultaron insuficientes con el paso del tiempo. Por su parte, <strong>FACUA-Consumidores en Acci&oacute;n</strong> ha reclamado un esfuerzo decidido de inspecci&oacute;n a las administraciones para perseguir los intentos de fraude bloqueados, mientras la CNMC insiste a pymes, aut&oacute;nomos y empresas en la necesidad de revisar notificaciones electr&oacute;nicas y mantener actualizada la inscripci&oacute;n de sus marcas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/sistema-entrado-vigor-acabar-estafas-traves-mensajes-sms-ciberdelincuentes-pm_1_13527696.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 22 Sep 2026 10:16:28 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/6d5e766a-7aa5-49f8-9389-2eed01c2e9d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="1228948" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/6d5e766a-7aa5-49f8-9389-2eed01c2e9d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="1228948" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Este es el sistema que ha entrado en vigor para acabar con las estafas a través de mensajes SMS de ciberdelincuentes]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/6d5e766a-7aa5-49f8-9389-2eed01c2e9d3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Ciberdelincuencia,Ciberseguridad,Estafas,SMS]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobran las pensiones en septiembre de 2026: fecha de ingreso en cada banco]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobran-pensiones-septiembre-2026-fecha-ingreso-banco_1_13526000.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f863b36c-5af2-4aab-9e1c-7563f4697e5f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobran las pensiones en septiembre de 2026: fecha de ingreso en cada banco"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las entidades adelantan el abono en jornadas distintas, con previsiones concentradas entre el 22 y el 25, además de posibles variaciones por motivos operativos</p><p class="subtitle">Este es el tiempo que debes guardar tus nóminas para evitar errores en la pensión de jubilación</p></div><p class="article-text">
        El cobro de las pensiones de septiembre vuelve a situar el calendario bancario entre las principales referencias para quienes reciben esta prestaci&oacute;n. Para muchos hogares, conocer con cierta antelaci&oacute;n cu&aacute;ndo llegar&aacute; el ingreso permite organizar los gastos de las &uacute;ltimas semanas del mes, desde recibos pendientes hasta compras habituales relacionadas con la recuperaci&oacute;n de la rutina despu&eacute;s del verano.
    </p><p class="article-text">
        El sistema ordinario establece que las pensiones se pagan a mes vencido. Esto significa que la mensualidad correspondiente a septiembre deber&iacute;a abonarse entre el primer d&iacute;a h&aacute;bil y el cuarto d&iacute;a natural de octubre. Ese es el margen general previsto, aunque en la pr&aacute;ctica una parte importante de los pensionistas no tendr&aacute; que esperar hasta entonces para disponer del dinero.
    </p><p class="article-text">
        La raz&oacute;n est&aacute; en la pol&iacute;tica que aplican numerosas entidades financieras, que acostumbran a anticipar el ingreso a sus clientes antes de que termine el propio mes. Como este adelanto no se produce de manera simult&aacute;nea en todos los bancos, la pensi&oacute;n de septiembre llegar&aacute; en distintas jornadas en funci&oacute;n de d&oacute;nde est&eacute; domiciliada. Las previsiones disponibles concentran la mayor parte de los pagos entre el 22 y el 25 de septiembre.  
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo paga cada banco la pensi&oacute;n en septiembre</h2><p class="article-text">
        El calendario previsto para septiembre de 2026 comienza el martes 22, cuando Bankinter y Unicaja tienen previsto efectuar el ingreso. Sus clientes se situar&iacute;an as&iacute; entre los primeros en disponer de la mensualidad, varios d&iacute;as antes de que finalice septiembre y tambi&eacute;n con antelaci&oacute;n respecto al periodo ordinario establecido para los primeros d&iacute;as de octubre.
    </p><p class="article-text">
        La siguiente fecha destacada ser&aacute; el jueves 24 de septiembre. CaixaBank y Banco Santander sit&uacute;an en esa jornada el pago previsto para sus clientes, por lo que quienes tengan domiciliada la pensi&oacute;n en alguna de estas entidades podr&iacute;an encontrar el movimiento reflejado en sus cuentas a partir de ese d&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        El viernes 25 concentrar&aacute; buena parte del resto de los abonos. BBVA, Banco Sabadell, Ibercaja, ING, Cajamar, Kutxabank y ABANCA, entre otras entidades, manejan esa fecha como referencia. De esta manera, la mayor&iacute;a de los pensionistas que reciben un adelanto bancario cobrar&iacute;a entre el martes 22 y el viernes 25 de septiembre.
    </p><p class="article-text">
        Estas jornadas deben entenderse como previsiones y pueden registrar peque&ntilde;as variaciones por cuestiones relacionadas con la operativa de cada banco. Adem&aacute;s, el adelanto aplicado por las entidades no modifica el funcionamiento general de las pensiones, que contin&uacute;an abon&aacute;ndose a mes vencido. La diferencia es que determinados clientes pueden disponer del importe antes de que llegue el periodo ordinario comprendido entre el primer d&iacute;a h&aacute;bil y el cuarto d&iacute;a natural del mes siguiente.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; revisar si la pensi&oacute;n no llega a la cuenta</h2><p class="article-text">
        Que la mensualidad no aparezca en la fecha esperada no significa autom&aacute;ticamente que exista un problema con la prestaci&oacute;n. Antes de iniciar cualquier gesti&oacute;n, conviene comprobar qu&eacute; jornada ha establecido la propia entidad financiera, ya que cada banco puede aplicar un calendario diferente. El hecho de que otros pensionistas ya hayan cobrado tampoco implica necesariamente que todos los ingresos deban haberse realizado al mismo tiempo.
    </p><p class="article-text">
        Si la fecha prevista por el banco ya ha pasado y el dinero contin&uacute;a sin aparecer, la primera consulta puede hacerse directamente con la entidad. Esta puede comprobar si la transferencia todav&iacute;a est&aacute; pendiente de contabilizaci&oacute;n, si ha surgido alg&uacute;n retraso puntual en el procesamiento o si existe una incidencia relacionada con la cuenta. Esta revisi&oacute;n resulta especialmente &uacute;til cuando se han producido cambios recientes en la domiciliaci&oacute;n o se han modificado los datos bancarios.
    </p><p class="article-text">
        Cuando el banco no detecta ning&uacute;n problema que explique la ausencia del ingreso, la comprobaci&oacute;n puede trasladarse a la Seguridad Social. A trav&eacute;s de sus canales de atenci&oacute;n se puede consultar si la orden de pago se ha emitido correctamente y si la informaci&oacute;n asociada al expediente se encuentra actualizada. Para facilitar la gesti&oacute;n, conviene disponer de los datos personales, la cuenta en la que debe recibirse la pensi&oacute;n y cualquier comunicaci&oacute;n reciente relacionada con la prestaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n resulta recomendable revisar si existe alg&uacute;n aviso administrativo pendiente o alguna modificaci&oacute;n que todav&iacute;a no haya terminado de tramitarse. En cualquier caso, es importante diferenciar entre un retraso en el adelanto ofrecido voluntariamente por el banco y una incidencia real con la mensualidad. Ambos calendarios son distintos, por lo que no recibir el dinero en una de las fechas anticipadas no significa por s&iacute; solo que la pensi&oacute;n no vaya a abonarse dentro del plazo correspondiente.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobran-pensiones-septiembre-2026-fecha-ingreso-banco_1_13526000.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 21 Sep 2026 05:00:00 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/f863b36c-5af2-4aab-9e1c-7563f4697e5f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="10145128" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/f863b36c-5af2-4aab-9e1c-7563f4697e5f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="10145128" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobran las pensiones en septiembre de 2026: fecha de ingreso en cada banco]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/f863b36c-5af2-4aab-9e1c-7563f4697e5f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Pensiones,Pensionistas,Bancos,Jubilación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un asesor fiscal aclara en qué casos es compatible el cobro de la pensión con estar dado de alta como autónomo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/asesor-fiscal-aclara-casos-compatible-cobro-pension-dado-alta-autonomo-xp_1_13521571.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bb0432a6-08db-42f2-a180-acf5f91b822b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un asesor fiscal aclara en qué casos es compatible el cobro de la pensión con estar dado de alta como autónomo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Aunque por norma general la jubilación es incompatible con el trabajo, el asesor fiscal Jaime Carrasco del Olmo aclara qué excepciones permiten seguir en activo</p><p class="subtitle">Cómo simular tu pensión de jubilación con la calculadora de la Seguridad Social
</p></div><p class="article-text">
        Para muchos trabajadores, la llegada de la edad de jubilaci&oacute;n no significa necesariamente el fin de su vida laboral. Sin embargo, la incompatibilidad del cobro de la pensi&oacute;n con seguir al frente de un negocio o realizar trabajos por cuenta propia suscita muchas dudas. &ldquo;En Espa&ntilde;a, el punto de partida es bastante claro: la pensi&oacute;n de jubilaci&oacute;n, en su modalidad ordinaria, es incompatible con el trabajo&rdquo;, asegura Jaime Carrasco del Olmo, fundador de <a href="https://vipaasesores.es/index.html" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">VIPA Asesores</a>.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de esta norma general, existen excepciones legales que permiten la convivencia de ambas situaciones. El asesor explica a <a href="https://www.eldiario.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">elDiario.es</a> los casos m&aacute;s comunes y los requisitos necesarios para evitar problemas con la Seguridad Social. 
    </p><h2 class="article-text">La jubilaci&oacute;n activa</h2><p class="article-text">
        &ldquo;La principal v&iacute;a para compatibilizar pensi&oacute;n y trabajo es la llamada jubilaci&oacute;n activa, que permite continuar con una actividad profesional una vez alcanzada la edad ordinaria de jubilaci&oacute;n&rdquo;, se&ntilde;ala Carrasco del Olmo. &ldquo;No obstante, no es autom&aacute;tica ni aplicable a cualquier situaci&oacute;n: exige, entre otras cosas, haber generado el derecho al 100% de la pensi&oacute;n&rdquo;, advierte. Otro de los requisitos para poder acogerse es haber accedido a la jubilaci&oacute;n a la edad legal y no de manera anticipada.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En este r&eacute;gimen, generalmente se cobra el 50% de la pensi&oacute;n mientras se sigue trabajando.
    </p><h2 class="article-text">Aut&oacute;nomos con empleados</h2><p class="article-text">
        Existe una ventaja significativa para los trabajadores por cuenta propia en el r&eacute;gimen de jubilaci&oacute;n activa que cuenten con, al menos, un trabajador contratado, destaca el asesor: &ldquo;Es posible cobrar el 100% de la pensi&oacute;n mientras se mantiene la actividad&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Eso s&iacute;, incluso en estos supuestos, se mantiene la obligaci&oacute;n de cotizar, aunque de forma limitada&rdquo;, avisa Carrasco del Olmo. &ldquo;Este es un detalle que a menudo se pasa por alto y que tambi&eacute;n puede generar incidencias si no se tiene en cuenta&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Actividades puntuales</h2><p class="article-text">
        Existe la creencia popular de que, si los ingresos anuales no superan el Salario M&iacute;nimo Interprofesional (SMI), no es necesario darse de alta como aut&oacute;nomo ni declarar la actividad a efectos de la pensi&oacute;n. Pero el asesor aclara que esta idea &ldquo;no funciona como una regla autom&aacute;tica&rdquo; y que este es &ldquo;probablemente uno de los escenarios que m&aacute;s confusi&oacute;n genera&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de actividades de escasa entidad econ&oacute;mica o car&aacute;cter puntual, el experto afirma que &ldquo;la compatibilidad no est&aacute; definida de forma tan clara [como en la jubilaci&oacute;n activa] y depende mucho de c&oacute;mo se interprete la actividad en concreto&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El riesgo no est&aacute; solo en cu&aacute;nto se gana, se&ntilde;ala Carrasco del Olmo: &ldquo;La Seguridad Social no analiza &uacute;nicamente el nivel de ingresos, sino tambi&eacute;n la habitualidad de la actividad&rdquo;. As&iacute;, si el organismo detecta una actividad continuada y organizada, puede exigir la devoluci&oacute;n de la pensi&oacute;n percibida y el pago de las cuotas de aut&oacute;nomo no ingresadas.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo evitar las sanciones</h2><p class="article-text">
        &ldquo;Si hay un patr&oacute;n com&uacute;n en los casos que acaban en regularizaci&oacute;n, es la falta de planificaci&oacute;n previa&rdquo;, afirma el asesor. &ldquo;Muchas veces no hay una intenci&oacute;n de incumplir, sino simplemente decisiones tomadas sin conocer bien el encaje legal&rdquo; a&ntilde;ade. La clave para no recibir una notificaci&oacute;n de la Seguridad Social exigiendo la devoluci&oacute;n de dinero es la previsi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Antes de iniciar cualquier actividad tras la jubilaci&oacute;n, lo m&aacute;s prudente es analizar el caso concreto: tipo de ingresos, frecuencia de la actividad, estructura&hellip; y, a partir de ah&iacute;, determinar qu&eacute; figura es la adecuada&rdquo;, recomienda Carrasco del Olmo. Lo m&aacute;s sencillo para no equivocarse es consultar con un experto, no fiarse de criterios informales y comunicar correctamente la situaci&oacute;n a la administraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La compatibilidad entre pensi&oacute;n y trabajo existe, pero no es flexible ni autom&aacute;tica: funciona bien cuando se ajusta a las reglas, fuera de ah&iacute; es donde empiezan los problemas&rdquo;, resume el experto.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Paloma Martínez Varela]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/asesor-fiscal-aclara-casos-compatible-cobro-pension-dado-alta-autonomo-xp_1_13521571.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 18 Sep 2026 15:00:00 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/bb0432a6-08db-42f2-a180-acf5f91b822b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="12155388" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/bb0432a6-08db-42f2-a180-acf5f91b822b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="12155388" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Un asesor fiscal aclara en qué casos es compatible el cobro de la pensión con estar dado de alta como autónomo]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/bb0432a6-08db-42f2-a180-acf5f91b822b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Economía,Autónomos,Jubilación,Seguridad Social,Declaración de la Renta,Agencia Tributaria]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobran las pensiones en septiembre de 2026: la fecha de ingreso en cada banco]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobran-pensiones-septiembre-2026-fecha-ingreso-banco_1_13517403.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f863b36c-5af2-4aab-9e1c-7563f4697e5f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobran las pensiones en septiembre de 2026: la fecha de ingreso en cada banco"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las entidades adelantan el abono en jornadas distintas, con previsiones concentradas entre el 22 y el 25, además de posibles variaciones por motivos operativos</p><p class="subtitle">Este es el tiempo que debes guardar tus nóminas para evitar errores en la pensión de jubilación</p></div><p class="article-text">
        El cobro de las pensiones de septiembre vuelve a situar el calendario bancario entre las principales referencias para quienes reciben esta prestaci&oacute;n. Para muchos hogares, conocer con cierta antelaci&oacute;n cu&aacute;ndo llegar&aacute; el ingreso permite organizar los gastos de las &uacute;ltimas semanas del mes, desde recibos pendientes hasta compras habituales relacionadas con la recuperaci&oacute;n de la rutina despu&eacute;s del verano.
    </p><p class="article-text">
        El sistema ordinario establece que las pensiones se pagan a mes vencido. Esto significa que la mensualidad correspondiente a septiembre deber&iacute;a abonarse entre el primer d&iacute;a h&aacute;bil y el cuarto d&iacute;a natural de octubre. Ese es el margen general previsto, aunque en la pr&aacute;ctica una parte importante de los pensionistas no tendr&aacute; que esperar hasta entonces para disponer del dinero.
    </p><p class="article-text">
        La raz&oacute;n est&aacute; en la pol&iacute;tica que aplican numerosas entidades financieras, que acostumbran a anticipar el ingreso a sus clientes antes de que termine el propio mes. Como este adelanto no se produce de manera simult&aacute;nea en todos los bancos, la pensi&oacute;n de septiembre llegar&aacute; en distintas jornadas en funci&oacute;n de d&oacute;nde est&eacute; domiciliada. Las previsiones disponibles concentran la mayor parte de los pagos entre el 22 y el 25 de septiembre.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo paga cada banco la pensi&oacute;n en septiembre</h2><p class="article-text">
        El calendario previsto para septiembre de 2026 comienza el martes 22, cuando Bankinter y Unicaja tienen previsto efectuar el ingreso. Sus clientes se situar&iacute;an as&iacute; entre los primeros en disponer de la mensualidad, varios d&iacute;as antes de que finalice septiembre y tambi&eacute;n con antelaci&oacute;n respecto al periodo ordinario establecido para los primeros d&iacute;as de octubre.
    </p><p class="article-text">
        La siguiente fecha destacada ser&aacute; el jueves 24 de septiembre. CaixaBank y Banco Santander sit&uacute;an en esa jornada el pago previsto para sus clientes, por lo que quienes tengan domiciliada la pensi&oacute;n en alguna de estas entidades podr&iacute;an encontrar el movimiento reflejado en sus cuentas a partir de ese d&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        El viernes 25 concentrar&aacute; buena parte del resto de los abonos. BBVA, Banco Sabadell, Ibercaja, ING, Cajamar, Kutxabank y ABANCA, entre otras entidades, manejan esa fecha como referencia. De esta manera, la mayor&iacute;a de los pensionistas que reciben un adelanto bancario cobrar&iacute;a entre el martes 22 y el viernes 25 de septiembre.
    </p><p class="article-text">
        Estas jornadas deben entenderse como previsiones y pueden registrar peque&ntilde;as variaciones por cuestiones relacionadas con la operativa de cada banco. Adem&aacute;s, el adelanto aplicado por las entidades no modifica el funcionamiento general de las pensiones, que contin&uacute;an abon&aacute;ndose a mes vencido. La diferencia es que determinados clientes pueden disponer del importe antes de que llegue el periodo ordinario comprendido entre el primer d&iacute;a h&aacute;bil y el cuarto d&iacute;a natural del mes siguiente.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; revisar si la pensi&oacute;n no llega a la cuenta</h2><p class="article-text">
        Que la mensualidad no aparezca en la fecha esperada no significa autom&aacute;ticamente que exista un problema con la prestaci&oacute;n. Antes de iniciar cualquier gesti&oacute;n, conviene comprobar qu&eacute; jornada ha establecido la propia entidad financiera, ya que cada banco puede aplicar un calendario diferente. El hecho de que otros pensionistas ya hayan cobrado tampoco implica necesariamente que todos los ingresos deban haberse realizado al mismo tiempo.
    </p><p class="article-text">
        Si la fecha prevista por el banco ya ha pasado y el dinero contin&uacute;a sin aparecer, la primera consulta puede hacerse directamente con la entidad. Esta puede comprobar si la transferencia todav&iacute;a est&aacute; pendiente de contabilizaci&oacute;n, si ha surgido alg&uacute;n retraso puntual en el procesamiento o si existe una incidencia relacionada con la cuenta. Esta revisi&oacute;n resulta especialmente &uacute;til cuando se han producido cambios recientes en la domiciliaci&oacute;n o se han modificado los datos bancarios.
    </p><p class="article-text">
        Cuando el banco no detecta ning&uacute;n problema que explique la ausencia del ingreso, la comprobaci&oacute;n puede trasladarse a la Seguridad Social. A trav&eacute;s de sus canales de atenci&oacute;n se puede consultar si la orden de pago se ha emitido correctamente y si la informaci&oacute;n asociada al expediente se encuentra actualizada. Para facilitar la gesti&oacute;n, conviene disponer de los datos personales, la cuenta en la que debe recibirse la pensi&oacute;n y cualquier comunicaci&oacute;n reciente relacionada con la prestaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n resulta recomendable revisar si existe alg&uacute;n aviso administrativo pendiente o alguna modificaci&oacute;n que todav&iacute;a no haya terminado de tramitarse. En cualquier caso, es importante diferenciar entre un retraso en el adelanto ofrecido voluntariamente por el banco y una incidencia real con la mensualidad. Ambos calendarios son distintos, por lo que no recibir el dinero en una de las fechas anticipadas no significa por s&iacute; solo que la pensi&oacute;n no vaya a abonarse dentro del plazo correspondiente.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobran-pensiones-septiembre-2026-fecha-ingreso-banco_1_13517403.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 18 Sep 2026 04:59:45 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/f863b36c-5af2-4aab-9e1c-7563f4697e5f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="10145128" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/f863b36c-5af2-4aab-9e1c-7563f4697e5f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="10145128" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobran las pensiones en septiembre de 2026: la fecha de ingreso en cada banco]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/f863b36c-5af2-4aab-9e1c-7563f4697e5f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Pensiones,Pensionistas,Bancos,Jubilación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Este es el tiempo que debes guardar tus nóminas para evitar errores en la pensión de jubilación]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/tiempo-debes-guardar-nominas-evitar-errores-pension-jubilacion-pm_1_13510839.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/45fc232b-0621-4ece-ac07-ea28b04c16ef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x687y179.jpg" width="1200" height="675" alt="Este es el tiempo que debes guardar tus nóminas para evitar errores en la pensión de jubilación"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los plazos de reclamación varían según el problema detectado, mientras que las empresas están obligadas a conservar durante cuatro años determinados documentos salariales y de cotización</p><p class="subtitle">Estas son las notificaciones de bajas o incapacidades que podemos recibir a partir de ahora por vía electrónica
</p></div><p class="article-text">
        Guardar las <a href="https://www.eldiario.es/temas/nomina/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">n&oacute;minas</a> durante a&ntilde;os puede convertirse en una precauci&oacute;n importante de cara a la <a href="https://www.eldiario.es/temas/jubilacion/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">jubilaci&oacute;n</a>. Estos documentos permiten comprobar el salario percibido y las bases por las que se ha cotizado y pueden servir como respaldo si, al revisar el historial laboral, aparecen diferencias respecto a la informaci&oacute;n registrada por la <a href="https://www.eldiario.es/temas/seguridad-social/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Seguridad Social</a>. Como medida pr&aacute;ctica, <strong>se recomienda conservarlas durante al menos 10 a&ntilde;os</strong>, aunque mantenerlas durante m&aacute;s tiempo puede resultar conveniente teniendo en cuenta los periodos utilizados para calcular la futura pensi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La raz&oacute;n est&aacute; en la informaci&oacute;n que contiene cada recibo salarial. Adem&aacute;s del importe que finalmente recibe el trabajador, la n&oacute;mina <strong>desglosa conceptos como el salario bruto y las bases de cotizaci&oacute;n</strong>. Comparar peri&oacute;dicamente esos datos con el informe de bases de cotizaci&oacute;n permite detectar posibles discrepancias antes de que hayan pasado a&ntilde;os y estas <strong>puedan terminar repercutiendo en una prestaci&oacute;n.</strong>
    </p><p class="article-text">
        La legislaci&oacute;n, sin embargo, no establece que el trabajador tenga que guardar sus n&oacute;minas durante un n&uacute;mero determinado de a&ntilde;os. El art&iacute;culo 29 del <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Estatuto de los Trabajadores</a> obliga a que el salario se liquide y pague documentalmente y establece que la empresa debe entregar un recibo individual <strong>que justifique ese pago, con las percepciones y deducciones correspondientes</strong>. No impone al empleado un periodo concreto durante el que deba conservarlo.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/f2a80465-f850-4844-a473-ec44784c43db_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/f2a80465-f850-4844-a473-ec44784c43db_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/f2a80465-f850-4844-a473-ec44784c43db_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/f2a80465-f850-4844-a473-ec44784c43db_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/f2a80465-f850-4844-a473-ec44784c43db_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/f2a80465-f850-4844-a473-ec44784c43db_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/f2a80465-f850-4844-a473-ec44784c43db_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="nómina"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                nómina                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><h2 class="article-text">Los plazos legales que s&iacute; hay que tener en cuenta</h2><p class="article-text">
        Existen, no obstante, distintos plazos que explican por qu&eacute; conviene no desprenderse r&aacute;pidamente de esta documentaci&oacute;n. Para reclamar cantidades econ&oacute;micas derivadas de la relaci&oacute;n laboral, el art&iacute;culo 59.2 del Estatuto de los Trabajadores establece un <strong>plazo de un a&ntilde;o, que comienza a contar desde el momento en que la acci&oacute;n puede ejercitarse</strong>. Una n&oacute;mina puede ser relevante, por ejemplo, para acreditar cantidades que el trabajador considere pendientes.
    </p><p class="article-text">
        En materia de Seguridad Social, el horizonte es distinto. El art&iacute;culo 24 de la Ley General de la Seguridad Social determina que <strong>prescriben a los cuatro a&ntilde;os tanto el derecho de la Administraci&oacute;n para determinar deudas por cuotas</strong> como la acci&oacute;n para exigir su pago y para imponer sanciones por incumplimientos de las normas de Seguridad Social. El mismo precepto contempla adem&aacute;s circunstancias que interrumpen esa prescripci&oacute;n, entre ellas determinadas actuaciones administrativas dirigidas a liquidar o recaudar la deuda.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n existe una obligaci&oacute;n espec&iacute;fica para las empresas. La <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-15060" target="_blank" rel="nofollow" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ley sobre Infracciones y Sanciones</a> en el Orden Social considera infracci&oacute;n leve no conservar durante cuatro a&ntilde;os la documentaci&oacute;n que acredita determinadas obligaciones en materia de Seguridad Social, incluidos los documentos de cotizaci&oacute;n y los recibos justificativos del pago de salarios. Ese plazo empresarial, sin embargo, <strong>no debe confundirse con una obligaci&oacute;n equivalente para el empleado.</strong>
    </p><h2 class="article-text">Por qu&eacute; la jubilaci&oacute;n ampl&iacute;a el horizonte</h2><p class="article-text">
        La jubilaci&oacute;n explica por qu&eacute; puede resultar conveniente mantener un archivo personal durante mucho m&aacute;s tiempo. La Ley General de la Seguridad Social contempla una<strong> implantaci&oacute;n gradual de la nueva f&oacute;rmula para calcular la base reguladora. </strong>Desde el 1 de enero de 2026, se toman las 302 bases de cotizaci&oacute;n de mayor importe comprendidas dentro de los 304 meses inmediatamente anteriores al mes previo al hecho causante. Este periodo ir&aacute; aumentando progresivamente hasta que, <strong>desde 2037, se aplique &iacute;ntegramente la f&oacute;rmula que selecciona 348 meses consecutivos</strong> (29 a&ntilde;os) y escoge las 324 bases de mayor importe.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, para las jubilaciones causadas despu&eacute;s del 31 de diciembre de 2025 y antes del 31 de diciembre de 2040, la entidad gestora aplicar&aacute; la regulaci&oacute;n vigente el 1 de enero de 2023 cuando ese c&aacute;lculo resulte m&aacute;s favorable que el correspondiente en la fecha de jubilaci&oacute;n. Por eso,<strong> los 10 a&ntilde;os deben entenderse como una recomendaci&oacute;n pr&aacute;ctica </strong>y no como un plazo impuesto al trabajador por la legislaci&oacute;n: conservar documentaci&oacute;n de periodos anteriores puede proporcionar respaldo si posteriormente se detectan diferencias entre los datos salariales y las bases de cotizaci&oacute;n registradas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ada Sanuy]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/tiempo-debes-guardar-nominas-evitar-errores-pension-jubilacion-pm_1_13510839.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 16 Sep 2026 05:00:42 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/45fc232b-0621-4ece-ac07-ea28b04c16ef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x687y179.jpg" length="362194" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/45fc232b-0621-4ece-ac07-ea28b04c16ef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x687y179.jpg" type="image/jpeg" fileSize="362194" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Este es el tiempo que debes guardar tus nóminas para evitar errores en la pensión de jubilación]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/45fc232b-0621-4ece-ac07-ea28b04c16ef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x687y179.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Seguridad Social,BOE - Boletín Oficial del Estado,Jubilación,Pensiones]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Desde hoy en Barcelona ya puedes pedir esta ayuda si cambias tu ciclomotor de combustión por uno eléctrico]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/hoy-barcelona-puedes-pedir-ayuda-si-cambias-ciclomotor-combustion-electrico-pm_1_13510210.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bf36235d-2572-4900-a994-752e46a40a2f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Desde hoy en Barcelona ya puedes pedir esta ayuda si cambias tu ciclomotor de combustión por uno eléctrico"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La capital catalana, por la que circulan 24.000 ciclomotores mediante combustión interna, ofrece 600 euros a todo propietario que apueste por la movilidad eléctrica</p><p class="subtitle">La propulsión eólica impulsa a los buques de carga: menos emisiones y ahorro de combustible</p><p class="subtitle">Los gastos de la vuelta al cole que puedes deducirte en la Renta según tu comunidad autónoma</p></div><p class="article-text">
        A partir de hoy martes 15 de septiembre ya se encuentra abierto el plazo oficial para solicitar las nuevas <strong>ayudas</strong> municipales de 600 euros destinadas a <strong>sustituir ciclomotores de combusti&oacute;n por modelos el&eacute;ctricos</strong> en <a href="https://www.eldiario.es/temas/barcelona/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Barcelona</a>. Esta convocatoria p&uacute;blica se dirige a personas f&iacute;sicas y empresas censadas en la capital catalana que hayan adquirido un veh&iacute;culo el&eacute;ctrico de categor&iacute;a L1eB y desguazado uno t&eacute;rmico. Se trata de una l&iacute;nea de subvenciones que permanecer&aacute; activa <strong>hasta el 30 de septiembre de 2028</strong> o hasta agotar los fondos anuales. La medida busca descarbonizar un segmento clave de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/movilidad-urbana/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">movilidad urbana</a> que hab&iacute;a quedado al margen de las ayudas a la renovaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Para beneficiarse de la ayuda de <strong>600 euros</strong> por veh&iacute;culo nuevo, la normativa municipal establece como requisito indispensable entregar para su desguace un ciclomotor de combusti&oacute;n tradicional. Un aspecto fundamental de la medida es su <strong>car&aacute;cter retroactivo</strong>, ya que podr&aacute;n acogerse todas las operaciones de compra y desguace ejecutadas desde el 1 de marzo de este a&ntilde;o. La aportaci&oacute;n fija de 600 euros tiene como l&iacute;mite un m&aacute;ximo del 50% del precio del veh&iacute;culo sin IVA, lo que representa entre un 16% y un 40% del coste total de un ciclomotor el&eacute;ctrico en el mercado actual. Las solicitudes se otorgar&aacute;n por orden de entrada hasta agotar el presupuesto de cada ejercicio.
    </p><p class="article-text">
        Con el prop&oacute;sito de simplificar la tramitaci&oacute;n administrativa para la ciudadan&iacute;a, el consistorio barcelon&eacute;s ha reducido la <strong>documentaci&oacute;n requerida</strong> a &uacute;nicamente dos comprobantes esenciales. Las personas que deseen tramitar la ayuda solo deber&aacute;n aportar el justificante de compra del ciclomotor el&eacute;ctrico nuevo y el certificado de desguace del veh&iacute;culo t&eacute;rmico. Para facilitar el procedimiento, los dep&oacute;sitos de Barcelona de Serveis Municipals prestan el servicio de desguace de forma gratuita para los usuarios y entregan de forma inmediata el certificado oficial v&aacute;lido. El tr&aacute;mite puede realizarse &iacute;ntegramente a trav&eacute;s del portal inform&aacute;tico municipal.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/740fb84f-a5c9-4b4e-bfda-2437587c9298_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/740fb84f-a5c9-4b4e-bfda-2437587c9298_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/740fb84f-a5c9-4b4e-bfda-2437587c9298_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/740fb84f-a5c9-4b4e-bfda-2437587c9298_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/740fb84f-a5c9-4b4e-bfda-2437587c9298_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/740fb84f-a5c9-4b4e-bfda-2437587c9298_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/740fb84f-a5c9-4b4e-bfda-2437587c9298_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="La capital catalana registra un censo de 32.000 ciclomotores, de los cuales unos 8.000 son eléctricos y 24.000 funcionan con motores de combustión interna"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                La capital catalana registra un censo de 32.000 ciclomotores, de los cuales unos 8.000 son eléctricos y 24.000 funcionan con motores de combustión interna                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        La puesta en marcha de este plan responde a un diagn&oacute;stico detallado sobre el parque rodante de dos ruedas en la capital catalana. Actualmente, Barcelona registra un <strong>censo de 32.000 ciclomotores</strong>, de los cuales unos <strong>8.000</strong> son <strong>el&eacute;ctricos</strong> y <strong>24.000</strong> funcionan con motores de <strong>combusti&oacute;n</strong> interna. De estos &uacute;ltimos, los servicios municipales estiman que unos 18.000 circulan de forma habitual por la ciudad, generando aproximadamente 3.000 toneladas de di&oacute;xido de carbono cada a&ntilde;o. Con este programa se pretende acelerar la sustituci&oacute;n progresiva de estos veh&iacute;culos contaminantes por alternativas de cero emisiones, mejorando la calidad del aire y reduciendo el ruido.
    </p><p class="article-text">
        La dotaci&oacute;n destinada espec&iacute;ficamente a esta l&iacute;nea de ayudas para el periodo 2026-2028 asciende a 5,2 millones de euros. No obstante, la iniciativa forma parte de una estrategia global m&aacute;s amplia proyectada hasta el a&ntilde;o 2030, cuya inversi&oacute;n global alcanzar&aacute; los 15 millones de euros. Con esta cifra se prev&eacute; financiar la <strong>renovaci&oacute;n</strong> de hasta 24.000 ciclomotores de combusti&oacute;n e impulsar la instalaci&oacute;n de 64 estaciones p&uacute;blicas de intercambio de bater&iacute;as en la ciudad. Pr&oacute;ximamente, el equipo de gobierno anunciar&aacute; la aprobaci&oacute;n de una convocatoria espec&iacute;fica destinada a subvencionar la infraestructura t&eacute;cnica de recarga en estas estaciones para dar servicio diario.
    </p><h2 class="article-text">Objetivo, 2030</h2><p class="article-text">
        Esta ambiciosa medida se enmarca formalmente dentro de un plan estrat&eacute;gico para luchar contra el cambio clim&aacute;tico e impulsar una transici&oacute;n ecol&oacute;gica justa en Barcelona. El Pla Clima contempla una inversi&oacute;n acumulada de 1.800 millones de euros hasta 2030 en actuaciones de mitigaci&oacute;n y adaptaci&oacute;n. El <strong>objetivo final </strong>es alcanzar un parque de ciclomotores <strong>100% el&eacute;ctrico en 2030</strong>, poniendo la salud ciudadana en el centro y reduciendo m&aacute;s de un mill&oacute;n de toneladas de emisiones contaminantes en un horizonte de cinco a&ntilde;os. La transici&oacute;n a la movilidad el&eacute;ctrica no solo descarbonizar&iacute;a el transporte ligero, sino que transformar&iacute;a de forma sostenible el entorno urbano diario.
    </p><p class="article-text">
        El plan municipal cuenta con el apoyo expl&iacute;cito de las entidades integradas en el Observatori de la Motocicleta, como Anesdor, Motoristes per Barcelona y la P(A)T, reafirmando el compromiso sectorial con la descarbonizaci&oacute;n. La creaci&oacute;n paralela de la red de <strong>64 estaciones de intercambio de bater&iacute;as</strong> permitir&aacute; sustituir bater&iacute;as agotadas por cargadas en pocos segundos, eliminando uno de los principales obst&aacute;culos percibidos por los usuarios para dar el salto a la movilidad el&eacute;ctrica. Con esta visi&oacute;n integral, Barcelona trata de consolidar un modelo pionero que combina incentivos econ&oacute;micos e infraestructuras estrat&eacute;gicas para garantizar un cambio de paradigma efectivo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/hoy-barcelona-puedes-pedir-ayuda-si-cambias-ciclomotor-combustion-electrico-pm_1_13510210.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 15 Sep 2026 09:30:29 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/bf36235d-2572-4900-a994-752e46a40a2f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="79247" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/bf36235d-2572-4900-a994-752e46a40a2f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="79247" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Desde hoy en Barcelona ya puedes pedir esta ayuda si cambias tu ciclomotor de combustión por uno eléctrico]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/bf36235d-2572-4900-a994-752e46a40a2f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Barcelona,Movilidad sostenible,Movilidad,Transporte urbano]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[En qué consiste la estafa llamada "ataque zero-click" y que afecta a quien usa un móvil antiguo con sistema operativo sin actualizar]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/consiste-estafa-llamada-ataque-zero-click-afecta-movil-antiguo-sistema-operativo-actualizar-pm_1_13499275.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4b48fa55-cc64-4694-9583-5815b4d5c9c1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="En qué consiste la estafa llamada &quot;ataque zero-click&quot; y que afecta a quien usa un móvil antiguo con sistema operativo sin actualizar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Esta vez los ciberdelincuentes no necesitan convencer al usuario para que pulse un enlace malicioso, escanee un código QR o descargue un archivo adjunto infectado</p><p class="subtitle">Este es el sms que están enviando los ciberdelincuentes que se hacen pasar por la Seguridad Social</p><p class="subtitle">Qué son y cómo funcionan las passkeys empresariales, las credenciales que cada vez más trabajadores utilizan</p></div><p class="article-text">
        El Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE) y la Polic&iacute;a Nacional han alertado a la ciudadan&iacute;a de la propagaci&oacute;n de una peligrosa modalidad de <strong>ciberestafa</strong> a trav&eacute;s de <strong>WhatsApp</strong>. Esta amenaza, calificada por expertos en <a href="https://www.eldiario.es/temas/ciberseguridad/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ciberseguridad</a> como un ataque de tipo zero-click, est&aacute; generando un impacto social m&aacute;s elevado de lo habitual en Espa&ntilde;a. A diferencia de los enga&ntilde;os tradicionales, donde los <strong>ciberdelincuentes</strong> necesitan convencer al usuario para que pulse un enlace malicioso, escanee un c&oacute;digo QR o descargue un archivo adjunto infectado, esta t&eacute;cnica vulnera el perfil de la v&iacute;ctima <strong>sin requerir interacci&oacute;n </strong>alguna por su parte. 
    </p><p class="article-text">
        Y es que la peligrosidad radica en que el titular del tel&eacute;fono sigue utilizando su cuenta con total normalidad, completamente ajeno al fraude que los atacantes est&aacute;n ejecutando de forma paralela a su propio nombre. El origen del problema t&eacute;cnico se encuentra en la explotaci&oacute;n en cadena de dos fallos de seguridad que afectan directamente a dispositivos m&oacute;viles desactualizados. Seg&uacute;n los investigadores, las bandas criminales aprovechan una <strong>vulnerabilidad</strong> cr&iacute;tica presente en anteriores versiones de iOS, combinada con un fallo en la app de mensajer&iacute;a. Este escenario de riesgo se produce principalmente en tel&eacute;fonos antiguos cuyo software no ha sido renovado por falta de espacio o por omitir las descargas de seguridad. 
    </p><p class="article-text">
        Los desarrolladores de la plataforma han lanzado parches que corrigen estas brechas, por lo que la exposici&oacute;n al ataque afecta de forma exclusiva a quienes mantienen terminales y aplicaciones en versiones obsoletas desprovistas del c&oacute;digo de protecci&oacute;n. Una vez que los <strong>ciberdelincuentes</strong> logran el acceso no autorizado al perfil, despliegan una cuidada estrategia de suplantaci&oacute;n de identidad dirigida a los contactos m&aacute;s estrechos de la v&iacute;ctima. Utilizando la cuenta leg&iacute;tima del usuario, los atacantes entran en las conversaciones recientes con familiares o amigos para solicitarles transferencias econ&oacute;micas urgentes. 
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/92078125-a703-456b-b680-cf85cb8db2ec_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/92078125-a703-456b-b680-cf85cb8db2ec_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/92078125-a703-456b-b680-cf85cb8db2ec_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/92078125-a703-456b-b680-cf85cb8db2ec_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/92078125-a703-456b-b680-cf85cb8db2ec_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/92078125-a703-456b-b680-cf85cb8db2ec_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/92078125-a703-456b-b680-cf85cb8db2ec_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Esta técnica vulnera el perfil de la víctima sin requerir interacción alguna por su parte"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Esta técnica vulnera el perfil de la víctima sin requerir interacción alguna por su parte                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Los mensajes apelan al <strong>v&iacute;nculo afectivo</strong> inventando situaciones de apuro, como la necesidad de abonar un env&iacute;o contra reembolso o adquirir un m&oacute;vil por una supuesta rotura del terminal habitual. Al recibir la comunicaci&oacute;n desde el n&uacute;mero y chat de siempre, las personas del entorno conf&iacute;an plenamente en la veracidad de la petici&oacute;n e ingresan importes elevados en cuentas se&ntilde;aladas por los estafadores sin llegar a sospechar en ning&uacute;n momento del enga&ntilde;o.
    </p><p class="article-text">
        La clave t&eacute;cnica que permite a los estafadores mantener el delito en la absoluta invisibilidad se basa en la <strong>sincronizaci&oacute;n</strong> de la cuenta a trav&eacute;s de dispositivos vinculados. Los atacantes interact&uacute;an mediante la versi&oacute;n web de la plataforma y, tras enviar los textos fraudulentos, seleccionan de inmediato la opci&oacute;n de eliminar solo para m&iacute;. Como consecuencia de la sincronizaci&oacute;n entre el terminal del titular y el equipo del atacante, los mensajes enviados se borran instant&aacute;neamente de la pantalla de la v&iacute;ctima pero permanecen intactos en los chats de los destinatarios. De este modo, la persona suplantada no encuentra ning&uacute;n rastro ni registro de las peticiones en su historial.
    </p><p class="article-text">
        Las fuerzas de seguridad y el <strong>INCIBE</strong> han registrado <strong>m&uacute;ltiples casos </strong>documentados que demuestran el elevado alcance de este fraude desde sus primeras detecciones en Italia durante el a&ntilde;o 2026. Un ejemplo esclarecedor es el de usuarios j&oacute;venes y profesores universitarios cuyos padres y parejas recibieron solicitudes de pago por importes cercanos a los mil euros de manera totalmente inesperada. Las v&iacute;ctimas no llegaron en ning&uacute;n momento a facilitar c&oacute;digos SMS de confirmaci&oacute;n ni claves PIN, lo que evidencia la eficacia del ataque directo al sistema. La efectividad psicol&oacute;gica reside en la absoluta confianza interpersonal que caracteriza a las conversaciones de <a href="https://www.eldiario.es/temas/whatsapp/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">WhatsApp</a>, donde el receptor no intuye que tras el perfil habitual se encuentra una red criminal.
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo reaccionar</h2><p class="article-text">
        Ante cualquier sospecha de que la cuenta de mensajer&iacute;a ha sido comprometida por este m&eacute;todo, las autoridades recomiendan activar de forma inmediata un <strong>protocolo</strong> estricto de contenci&oacute;n de da&ntilde;os. El primer paso consiste en alertar cuanto antes a los contactos m&aacute;s cercanos utilizando medios alternativos, como llamadas de voz, SMS tradicionales o correo electr&oacute;nico, para que no realicen ninguna transferencia bancaria. Posteriormente, es indispensable acceder a los ajustes de la aplicaci&oacute;n para revisar la secci&oacute;n de dispositivos vinculados y cerrar cualquier sesi&oacute;n no reconocida. Asimismo, se aconseja desinstalar y volver a instalar la aplicaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Para consolidar la protecci&oacute;n del tel&eacute;fono m&oacute;vil y evitar futuros ciberataques, resulta imprescindible <strong>actualizar</strong> el sistema operativo iOS y la aplicaci&oacute;n a su &uacute;ltima versi&oacute;n disponible de manera urgente. Junto a la actualizaci&oacute;n de software, los especialistas insisten en la activaci&oacute;n inmediata de la verificaci&oacute;n en dos pasos desde la configuraci&oacute;n de seguridad de la app. En el caso de que se haya materializado alg&uacute;n perjuicio econ&oacute;mico, es necesario contactar de inmediato con la entidad bancaria para intentar la cancelaci&oacute;n del pago y acudir a la Polic&iacute;a Nacional o Guardia Civil para interponer la correspondiente denuncia.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/consiste-estafa-llamada-ataque-zero-click-afecta-movil-antiguo-sistema-operativo-actualizar-pm_1_13499275.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 10 Sep 2026 10:38:22 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/4b48fa55-cc64-4694-9583-5815b4d5c9c1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="2550166" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/4b48fa55-cc64-4694-9583-5815b4d5c9c1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="2550166" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[En qué consiste la estafa llamada "ataque zero-click" y que afecta a quien usa un móvil antiguo con sistema operativo sin actualizar]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/4b48fa55-cc64-4694-9583-5815b4d5c9c1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Estafas,Fraude,Whatsapp,Ciberseguridad]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los gastos de la vuelta al cole que puedes deducirte en la Renta según tu comunidad autónoma]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/gastos-vuelta-cole-puedes-deducirte-renta-comunidad-autonoma-pm_1_13484308.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/544c9612-c806-4683-a6e6-59574e1ac88c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los gastos de la vuelta al cole que puedes deducirte en la Renta según tu comunidad autónoma"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las ventajas fiscales alcanzan el 100% de la compra de libros de texto en algunos territorios e incluyen también clases extraescolares y gastos de guardería, con límites y requisitos diferentes en cada caso
</p><p class="subtitle">Estas son las notificaciones de bajas o incapacidades que podemos recibir a partir de ahora por vía electrónica</p></div><p class="article-text">
        <strong>La vuelta al cole supone cada a&ntilde;o un importante desembolso para las familia</strong>s, pero una parte de esos gastos puede traducirse despu&eacute;s en un ahorro en el <a href="https://www.eldiario.es/temas/irpf/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">IRPF</a>. Los <strong>T&eacute;cnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha)</strong> recuerdan que <strong>las </strong><a href="https://www.eldiario.es/temas/comunidades-autonomas/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>comunidades aut&oacute;nomas </strong></a><strong>cuentan con deducciones</strong> vinculadas a libros de texto, material escolar, guarder&iacute;as, idiomas y otras actividades educativas, aunque las condiciones var&iacute;an seg&uacute;n el lugar de residencia. Los gastos realizados este a&ntilde;o podr&aacute;n deducirse, cuando corresponda, en la <a href="https://www.eldiario.es/temas/declaracion-de-la-renta/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">declaraci&oacute;n de la Renta</a> de 2026, que se presentar&aacute; entre abril y junio de 2027.
    </p><p class="article-text">
        Entre las ventajas m&aacute;s extendidas aparecen las relacionadas con los libros de texto y el material escolar. <a href="https://www.eldiario.es/temas/canarias/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Canarias</a>, Arag&oacute;n, Asturias y <a href="https://www.eldiario.es/temas/baleares/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Baleares</a> permiten <strong>deducir el 100% de estos gastos, aunque con diferentes l&iacute;mites y topes de ingresos</strong>, mientras que <a href="https://www.eldiario.es/temas/castilla-la-mancha/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>Castilla-La Mancha</strong></a><strong> contempla el 100% exclusivamente para la compra de libros</strong>. <a href="https://www.eldiario.es/temas/extremadura/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Extremadura</a> establece una deducci&oacute;n de 15 euros por hijo, Murcia alcanza los 120 euros para material escolar y <a href="https://www.eldiario.es/temas/madrid/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Madrid</a> permite desgravar el 15% de determinados gastos de escolaridad.
    </p><h2 class="article-text">De los libros a las clases de idiomas</h2><p class="article-text">
        Las deducciones pueden extenderse<strong> tambi&eacute;n a academias y actividades extraescolares</strong>. <a href="https://www.eldiario.es/temas/aragon/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><strong>Arag&oacute;n</strong></a><strong> permite deducir el 25%</strong> por clases extraescolares, mientras que <a href="https://www.eldiario.es/temas/andalucia/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Andaluc&iacute;a</a> contempla un 15% de las cantidades destinadas a ense&ntilde;anza escolar o extraescolar de idiomas, inform&aacute;tica o ambas materias. Baleares, Madrid y <a href="https://www.eldiario.es/temas/murcia/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Murcia</a> incorporan igualmente una <strong>deducci&oacute;n del 15% por el gasto</strong> en clases extraescolares de idiomas.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/8ca89870-e33b-41e0-adb6-c0597f88a13a_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/8ca89870-e33b-41e0-adb6-c0597f88a13a_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/8ca89870-e33b-41e0-adb6-c0597f88a13a_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/8ca89870-e33b-41e0-adb6-c0597f88a13a_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/8ca89870-e33b-41e0-adb6-c0597f88a13a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/8ca89870-e33b-41e0-adb6-c0597f88a13a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/8ca89870-e33b-41e0-adb6-c0597f88a13a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Andalucía contempla un 15% de las cantidades destinadas a enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, informática o ambas materias"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Andalucía contempla un 15% de las cantidades destinadas a enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, informática o ambas materias                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Las diferencias territoriales afectan asimismo a los <strong>gastos de guarder&iacute;a y escolarizaci&oacute;n privada de los menores de tres a&ntilde;os</strong>. Gestha se&ntilde;ala que este tipo de deducciones auton&oacute;micas <strong>son habituales, con distintos porcentajes</strong>, en Arag&oacute;n, <a href="https://www.eldiario.es/temas/asturias/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Asturias</a>, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, <a href="https://www.eldiario.es/temas/castilla-y-leon/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Castilla y Le&oacute;n</a>, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, <a href="https://www.eldiario.es/temas/la-rioja/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">La Rioja</a> y la <a href="https://www.eldiario.es/temas/comunidad-valenciana/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Comunidad Valenciana</a>. La escolarizaci&oacute;n p&uacute;blica hasta los tres a&ntilde;os se fue implantando de forma gratuita y progresiva desde el curso 2022-2023, mientras que los gastos en centros privados pueden complementar la <strong>deducci&oacute;n estatal por maternidad</strong>.
    </p><h2 class="article-text">Hasta 1.000 euros adicionales por gastos de guarder&iacute;a</h2><p class="article-text">
        Al margen de las deducciones auton&oacute;micas existe un beneficio estatal para las familias con ni&ntilde;os peque&ntilde;os. La deducci&oacute;n por <a href="https://www.eldiario.es/temas/maternidad/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">maternidad</a> puede incrementarse hasta en 1.000 euros anuales cuando quien tenga derecho a ella haya pagado gastos de custodia de un hijo menor de tres a&ntilde;os en guarder&iacute;as o centros de educaci&oacute;n infantil autorizados. Este incremento se suma a la deducci&oacute;n estatal por maternidad para quienes cumplan las condiciones que dan acceso a esta &uacute;ltima.
    </p><p class="article-text">
        Los datos de Gestha muestran, sin embargo, que su utilizaci&oacute;n es limitada. Seg&uacute;n las estad&iacute;sticas del IRPF de 2024, <strong>796.576 declarantes utilizaron la deducci&oacute;n por maternidad, de los cuales 723.582 fueron madres</strong>. En cuanto al incremento por gastos de guarder&iacute;a o centros de educaci&oacute;n infantil autorizados, fue aplicado por 437.645 declarantes, de los que 409.718 eran madres. En total se dedujeron <strong>251,8 millones de euros por este concepto, con una cuant&iacute;a media de 575 euros.</strong>
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/b94fe0b3-5500-4d80-9ccf-a6925bd94e55_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/b94fe0b3-5500-4d80-9ccf-a6925bd94e55_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/b94fe0b3-5500-4d80-9ccf-a6925bd94e55_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/b94fe0b3-5500-4d80-9ccf-a6925bd94e55_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/b94fe0b3-5500-4d80-9ccf-a6925bd94e55_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/b94fe0b3-5500-4d80-9ccf-a6925bd94e55_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/b94fe0b3-5500-4d80-9ccf-a6925bd94e55_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Imagen de archivo de una niña entrando en una guardería"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Imagen de archivo de una niña entrando en una guardería                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><h2 class="article-text">Guardar las facturas para poder aplicar la deducci&oacute;n</h2><p class="article-text">
        Los porcentajes anunciados <strong>no implican que todas las familias puedan recuperar autom&aacute;ticamente esas cantidades</strong>. Cada comunidad determina los l&iacute;mites m&aacute;ximos deducibles y los umbrales de base imponible que no deben superarse para acceder a sus beneficios fiscales. Por eso, dos contribuyentes con un gasto educativo similar pueden obtener resultados diferentes en funci&oacute;n de su residencia y de las condiciones establecidas para cada deducci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        <strong>Gestha recomienda, adem&aacute;s, conservar las facturas y justificantes de los gastos educativos</strong> que puedan generar derecho a deducci&oacute;n. Libros de texto, material escolar, uniformes, idiomas, actividades extraescolares o guarder&iacute;as reciben un tratamiento distinto seg&uacute;n el territorio y no basta con haber realizado el desembolso: el contribuyente debe cumplir los requisitos correspondientes y poder acreditar las cantidades satisfechas cuando llegue el momento de presentar la declaraci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ada Sanuy]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/gastos-vuelta-cole-puedes-deducirte-renta-comunidad-autonoma-pm_1_13484308.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 06 Sep 2026 12:00:54 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/544c9612-c806-4683-a6e6-59574e1ac88c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="444618" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/544c9612-c806-4683-a6e6-59574e1ac88c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="444618" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Los gastos de la vuelta al cole que puedes deducirte en la Renta según tu comunidad autónoma]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/544c9612-c806-4683-a6e6-59574e1ac88c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Renta,Declaración de la Renta,IRPF,Comunidades Autónomas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Estas son las notificaciones de bajas o incapacidades que podemos recibir a partir de ahora por vía electrónica]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/son-notificaciones-bajas-incapacidades-recibir-partir-ahora-via-electronica-pm_1_13481957.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/390ecd35-0669-44d1-ac3e-801ad064ff17_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Estas son las notificaciones de bajas o incapacidades que podemos recibir a partir de ahora por vía electrónica"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La medida busca optimizar la gestión pública, acortar los plazos administrativos y ofrecer una mayor seguridad jurídica al evitar posibles retrasos o pérdidas de las comunicaciones físicas tradicionales</p><p class="subtitle">Cómo solicitar el certificado digital para hacer trámites con el móvil sin acudir a una oficina de empleo</p><p class="subtitle">Este es el sms que están enviando los ciberdelincuentes que se hacen pasar por la Seguridad Social</p></div><p class="article-text">
        A partir del reci&eacute;n iniciado mes de septiembre la <strong>Seguridad Social</strong> ha puesto en marcha una reforma que transforma la comunicaci&oacute;n con los <a href="https://www.eldiario.es/temas/trabajadores/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">trabajadores</a>: quienes soliciten o perciban una prestaci&oacute;n por <strong>incapacidad temporal</strong> deber&aacute;n relacionarse con el organismo por <strong>medios electr&oacute;nicos</strong>. Esto supone que las comunicaciones tradicionales en papel desaparecen para este colectivo. Los destinatarios de estas notificaciones, por lo tanto, tendr&aacute;n que estar muy pendientes a partir de ahora de sus <strong>&lsquo;buzones&rsquo; digitales</strong> para no perder citas, requerimientos o plazos clave de obligado cumplimiento, agilizando as&iacute; la gesti&oacute;n de los expedientes. 
    </p><p class="article-text">
        Con esta medida, la administraci&oacute;n busca avanzar en la digitalizaci&oacute;n de los servicios p&uacute;blicos para simplificar los tr&aacute;mites de los ciudadanos. Esta modificaci&oacute;n legal viene recogida de forma detallada en la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, publicada oficialmente en el <strong>Bolet&iacute;n Oficial del Estado</strong>. El nuevo marco regulatorio ampl&iacute;a significativamente la relaci&oacute;n de personas f&iacute;sicas que tienen la obligaci&oacute;n de utilizar la v&iacute;a telem&aacute;tica para sus gestiones con la <strong>Seguridad Social</strong>. Hasta este momento, dicha obligatoriedad reca&iacute;a principalmente sobre beneficiarios de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, o riesgos durante el embarazo. 
    </p><p class="article-text">
        Ahora, la lista incorpora plenamente a quienes se encuentren en procesos de <strong>incapacidad temporal, de incapacidad permanente o lesiones permanentes no incapacitantes</strong>, afectando a un gran n&uacute;mero de trabajadores en activo. El contenido de estas <strong>notificaciones electr&oacute;nicas</strong> resulta trascendental para la situaci&oacute;n jur&iacute;dica y econ&oacute;mica de cada uno de los trabajadores afectados. A trav&eacute;s de este nuevo canal digital, los ciudadanos recibir&aacute;n resoluciones administrativas de reconocimiento de la prestaci&oacute;n, pr&oacute;rrogas de su situaci&oacute;n de baja m&eacute;dica o la posible denegaci&oacute;n del subsidio. 
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/75398199-db43-4ebb-a886-9a0fac962dcc_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/75398199-db43-4ebb-a886-9a0fac962dcc_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/75398199-db43-4ebb-a886-9a0fac962dcc_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/75398199-db43-4ebb-a886-9a0fac962dcc_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/75398199-db43-4ebb-a886-9a0fac962dcc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/75398199-db43-4ebb-a886-9a0fac962dcc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/75398199-db43-4ebb-a886-9a0fac962dcc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="La Seguridad Social mantendrá el envío de cartas ordinarias en aquellos supuestos concretos donde carezca de los datos de contacto telemáticos del ciudadano"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                La Seguridad Social mantendrá el envío de cartas ordinarias en aquellos supuestos concretos donde carezca de los datos de contacto telemáticos del ciudadano                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Asimismo, se enviar&aacute;n de forma exclusiva por esta v&iacute;a los requerimientos oficiales para aportar documentaci&oacute;n necesaria, las citaciones para someterse a reconocimientos m&eacute;dicos obligatorios y cambios sobre el cobro de la baja. Es por esta raz&oacute;n que resulta indispensable que el usuario incorpore la nueva rutina de <strong>revisar de forma peri&oacute;dica su buz&oacute;n</strong> de notificaciones en la plataforma digital. Para acceder a este buz&oacute;n de notificaciones, las personas interesadas disponen de diversos canales oficiales proporcionados por la propia Administraci&oacute;n General del Estado. Podr&aacute;n consultar toda la informaci&oacute;n de inter&eacute;s de manera telem&aacute;tica entrando en la Sede Electr&oacute;nica de la Seguridad Social, en la Direcci&oacute;n Electr&oacute;nica Habilitada &Uacute;nica o a trav&eacute;s de la aplicaci&oacute;n m&oacute;vil de Mi Carpeta Ciudadana. 
    </p><p class="article-text">
        En cualquiera de estas plataformas, el usuario deber&aacute; identificarse de forma electr&oacute;nica mediante cl@ve, certificado digital o DNI electr&oacute;nico, asegurando la privacidad total y la validez legal. Estos sistemas de firma electr&oacute;nica garantizan una entrada segura para que el beneficiario consulte de forma directa y personal el estado real de sus expedientes administrativos. Uno de los puntos clave de este <strong>nuevo procedimiento telem&aacute;tico</strong> reside en los plazos temporales fijados por la normativa para el acceso a la informaci&oacute;n. Una vez que la Seguridad Social pone a disposici&oacute;n de un trabajador una notificaci&oacute;n electr&oacute;nica en su sede virtual, se inicia un plazo de <strong>diez d&iacute;as naturales</strong> para su lectura. En el caso de que la persona no acceda a consultar el documento en ese periodo, la notificaci&oacute;n se entender&aacute; legalmente practicada y rechazada. Por lo tanto, no basta con esperar pasivamente un aviso, sino que es obligatoria la consulta activa.
    </p><p class="article-text">
        Con el objetivo de evitar descuidos involuntarios en la recepci&oacute;n de estos tr&aacute;mites, la Seguridad Social ha implementado un <strong>servicio complementario de alertas</strong>. A trav&eacute;s de este mecanismo de cortes&iacute;a, el organismo remitir&aacute; un aviso informativo mediante un mensaje de texto corto al tel&eacute;fono m&oacute;vil o a la direcci&oacute;n de correo electr&oacute;nico del usuario. Sin embargo, estas alertas son informativas y carecen de validez jur&iacute;dica en el procedimiento. Aunque no se reciba el mensaje por un error t&eacute;cnico, el plazo de diez d&iacute;as naturales seguir&aacute; computando exactamente igual para el interesado. Por ello, se recomienda actualizar los datos de contacto y realizar revisiones constantes para evitar p&eacute;rdidas de plazos importantes.
    </p><h2 class="article-text">Varias excepciones</h2><p class="article-text">
        Aunque el objetivo de la administraci&oacute;n p&uacute;blica es avanzar firmemente en la <strong>digitalizaci&oacute;n</strong>, la normativa prev&eacute; que el correo en papel tradicional contin&uacute;e existiendo de forma excepcional. La Seguridad Social mantendr&aacute; el env&iacute;o de cartas ordinarias en aquellos supuestos concretos donde carezca de los datos de contacto telem&aacute;ticos del ciudadano o cuando la situaci&oacute;n exija una intervenci&oacute;n urgente. Del mismo modo, se utilizar&aacute; el papel si el tr&aacute;mite incluye cheques o si es precisa la entrega presencial, facilit&aacute;ndose tambi&eacute;n apoyo p&uacute;blico presencial en las oficinas de los CAISS. 
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio de Inclusi&oacute;n, Seguridad Social y Migraciones fundamenta esta decisi&oacute;n digitalizadora se&ntilde;alando que los trabajadores en activo <strong>disponen</strong> en general de las capacidades y <strong>dispositivos electr&oacute;nicos</strong> necesarios. Esta medida pretende optimizar la gesti&oacute;n p&uacute;blica, acortar los plazos administrativos y ofrecer una mayor seguridad jur&iacute;dica al evitar posibles retrasos o p&eacute;rdidas de las comunicaciones f&iacute;sicas tradicionales. La relevancia de este cambio es indudable si se tiene en cuenta que en Espa&ntilde;a cerca de 1.200.000 trabajadores se encuentran de baja laboral diariamente en la actualidad, un volumen de personas que justifica plenamente la modernizaci&oacute;n integral de la gesti&oacute;n burocr&aacute;tica estatal.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/son-notificaciones-bajas-incapacidades-recibir-partir-ahora-via-electronica-pm_1_13481957.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Sep 2026 11:30:41 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/390ecd35-0669-44d1-ac3e-801ad064ff17_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="635992" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/390ecd35-0669-44d1-ac3e-801ad064ff17_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="635992" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Estas son las notificaciones de bajas o incapacidades que podemos recibir a partir de ahora por vía electrónica]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/390ecd35-0669-44d1-ac3e-801ad064ff17_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Trabajadores,Incapacidad,Incapacidad permanente,Trabajo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cómo solicitar el certificado digital para hacer trámites con el móvil sin acudir a una oficina de empleo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/solicitar-certificado-digital-tramites-movil-acudir-oficina-empleo_1_13457693.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b4c06752-7b43-4091-8453-80b29682b972_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cómo solicitar el certificado digital para hacer trámites con el móvil sin acudir a una oficina de empleo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La aplicación oficial ofrece dos opciones para hacerlo desde casa: utilizar el DNIe o recurrir a la vídeo identificación, que cuesta 2,99 euros más IVA</p><p class="subtitle">A partir del 1 de septiembre: estos son los trabajadores que dejarán de recibir notificaciones por carta de la Seguridad Social</p></div><p class="article-text">
        El certificado digital se ha convertido en una de las herramientas m&aacute;s utilizadas para identificarse por internet y poder realizar tr&aacute;mites oficiales. Permite acreditar la identidad de su titular y firmar documentos o formularios electr&oacute;nicos, de manera que muchas gestiones pueden resolverse sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina. Entre sus usos se encuentran tr&aacute;mites fiscales, consultas administrativas, solicitudes de subvenciones o actuaciones relacionadas con registros p&uacute;blicos.
    </p><p class="article-text">
        La F&aacute;brica Nacional de Moneda y Timbre expide el <a href="https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Certificado Electr&oacute;nico de Ciudadano</a>, tambi&eacute;n conocido como certificado de persona f&iacute;sica. Se trata de un documento digital que incorpora los datos identificativos de su titular y permite realizar operaciones a trav&eacute;s de internet con garant&iacute;as de identificaci&oacute;n. Puede solicitarlo cualquier ciudadano espa&ntilde;ol o extranjero, mayor de edad o menor emancipado, siempre que disponga de DNI o NIE. Su obtenci&oacute;n es mayoritariamente gratuita, aunque uno de los m&eacute;todos  disponibles para acreditar la identidad s&iacute; tiene un coste adicional.
    </p><p class="article-text">
        La FNMT ofrece varias formas de conseguirlo como archivo descargable en un ordenador o en un tel&eacute;fono. Entre ellas se encuentran la identificaci&oacute;n por v&iacute;deo, la acreditaci&oacute;n presencial, el uso del DNI electr&oacute;nico y el procedimiento espec&iacute;fico mediante dispositivo m&oacute;vil. Esta &uacute;ltima opci&oacute;n permite iniciar la solicitud, completar la comprobaci&oacute;n de identidad y descargar despu&eacute;s el certificado desde la aplicaci&oacute;n oficial, evitando desplazamientos cuando se utiliza alguna de las modalidades que pueden realizarse a distancia.
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo pedir el certificado digital desde el m&oacute;vil</h2><p class="article-text">
        El primer paso es instalar la aplicaci&oacute;n oficial de la FNMT, disponible de forma gratuita para dispositivos iOS y Android. Una vez abierta, hay que acceder a la opci&oacute;n destinada a solicitar el certificado digital. Desde ah&iacute;, la aplicaci&oacute;n permite elegir entre tres sistemas diferentes para comprobar la identidad de la persona que realiza la petici&oacute;n: utilizar el DNI electr&oacute;nico, acudir a una oficina de acreditaci&oacute;n o completar una identificaci&oacute;n por v&iacute;deo.
    </p><p class="article-text">
        La opci&oacute;n con DNIe requiere que el documento est&eacute; en vigor y que el usuario conozca su PIN. El proceso se completa escaneando el DNI electr&oacute;nico y realizando despu&eacute;s la validaci&oacute;n con esa clave personal. Si el titular no recuerda el PIN, puede obtener uno nuevo en los equipos habilitados para ello en dependencias de la Polic&iacute;a Nacional. 
    </p><p class="article-text">
        La segunda alternativa es presencial. En este caso, la propia aplicaci&oacute;n muestra las oficinas en las que puede realizarse la acreditaci&oacute;n. El usuario debe acudir a uno de esos puntos para confirmar su identidad antes de continuar con la descarga. Conviene consultar previamente las condiciones de atenci&oacute;n, ya que algunas dependencias requieren cita previa para completar este paso.
    </p><p class="article-text">
        Quienes prefieran realizar el procedimiento sin desplazarse y no utilicen el DNIe pueden recurrir a la v&iacute;deo identificaci&oacute;n. Este servicio cuesta 2,99 euros m&aacute;s IVA y permite iniciar la comprobaci&oacute;n desde casa. Una vez hecho el proceso, la revisi&oacute;n tarda aproximadamente 48 horas h&aacute;biles. Despu&eacute;s, la persona recibe un correo electr&oacute;nico en el que se informa de si la identificaci&oacute;n ha sido aprobada o rechazada.
    </p><p class="article-text">
        Las tres opciones tienen el mismo objetivo: comprobar la identidad del solicitante antes de emitir el documento electr&oacute;nico. La diferencia est&aacute; en la forma de hacerlo. El DNIe permite completar la gesti&oacute;n a distancia si se dispone del documento y del PIN, mientras que la v&iacute;deo identificaci&oacute;n tambi&eacute;n evita la visita presencial, aunque tiene coste. La acreditaci&oacute;n en oficina es gratuita, pero obliga a desplazarse y, en determinados casos, a reservar una cita. 
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2089264487454908732?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><h2 class="article-text">Qu&eacute; se puede hacer despu&eacute;s y qu&eacute; hay que tener en cuenta</h2><p class="article-text">
        Cuando la identidad ya ha sido validada, el certificado queda disponible dentro de la aplicaci&oacute;n. Para localizarlo, hay que entrar en el apartado de certificados solicitados, desde donde puede descargarse directamente en el tel&eacute;fono. A partir de ese momento, puede utilizarse en los servicios electr&oacute;nicos que admitan esta forma de identificaci&oacute;n y tambi&eacute;n para firmar documentos y formularios oficiales por internet.
    </p><p class="article-text">
        El certificado permite realizar distintos tr&aacute;mites con administraciones p&uacute;blicas y algunas entidades privadas. Entre sus usos est&aacute;n presentar y liquidar impuestos, formular recursos o reclamaciones, consultar e inscribirse en el padr&oacute;n municipal, revisar multas de circulaci&oacute;n, realizar gestiones relacionadas con subvenciones, consultar la asignaci&oacute;n de colegios electorales o cumplimentar determinados datos administrativos. Su utilidad concreta depender&aacute; de que el servicio correspondiente acepte este sistema.
    </p><p class="article-text">
        Para quienes necesiten hacer gestiones en l&iacute;nea relacionadas con el empleo, disponer del certificado en el m&oacute;vil puede evitar parte de los desplazamientos asociados a la identificaci&oacute;n electr&oacute;nica. Aun as&iacute;, tenerlo instalado no significa que cualquier tr&aacute;mite pueda completarse necesariamente desde el tel&eacute;fono, ya que cada servicio puede establecer sus propios requisitos t&eacute;cnicos y de acceso.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n hay una condici&oacute;n que conviene conocer antes de iniciar una nueva solicitud desde la aplicaci&oacute;n. Si el usuario ya dispone de un certificado de persona f&iacute;sica expedido por la FNMT y solicita otro mediante el m&oacute;vil, el anterior se revoca autom&aacute;ticamente. La nueva emisi&oacute;n sustituye, por tanto, al que estuviera vigente hasta ese momento.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/solicitar-certificado-digital-tramites-movil-acudir-oficina-empleo_1_13457693.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Sep 2026 07:22:23 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/b4c06752-7b43-4091-8453-80b29682b972_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="181211" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/b4c06752-7b43-4091-8453-80b29682b972_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="181211" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cómo solicitar el certificado digital para hacer trámites con el móvil sin acudir a una oficina de empleo]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/b4c06752-7b43-4091-8453-80b29682b972_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[DNI electrónico,Digitalización,SEPE,Aplicaciones móviles]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cómo activar el Abono Único para viajar en autobús y tren por toda España]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/activar-abono-unico-par-viajar-autobus-tren-territorio-nacional_1_13479410.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bf7eb79d-a63f-47e6-812b-d5c69d3aba23_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cómo activar el Abono Único para viajar en autobús y tren por toda España"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha extendido este martes el uso del sistema unificado a la red autonómica y local de todo el país </p><p class="subtitle">El Gobierno extiende el Abono Único a la red de transporte autonómico y local
</p></div><p class="article-text">
        El sistema unificado de <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-crea-abono-transporte-unico-espana-cercanias-media-distancia-autobuses-estatales_1_12845847.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Abono &Uacute;nico</a> de transportes, disponible en nuestro pa&iacute;s desde el <a href="https://www.eldiario.es/economia/nuevo-abono-unico-transporte-gobierno-podra-utilizar-partir-proximo-19-enero_1_12848612.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pasado mes de enero</a>, podr&aacute; ser utilizado en las redes de transporte que son competencia de las comunidades aut&oacute;nomas y ayuntamientos, seg&uacute;n ha <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-extiende-abono-unico-red-transporte-autonomico-local_1_13478896.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">anunciado</a> este martes el Ministerio de Transportes. El Abono &Uacute;nico fue implementado a comienzos de a&ntilde;o para simplificar la experiencia de viaje y promover un acceso m&aacute;s sencillo a los diferentes servicios de transporte en todo el territorio nacional, al permitir a los viajeros combinarlo con otros t&iacute;tulos y abonos existentes. 
    </p><p class="article-text">
        Hasta ahora, sin embargo, este abono solo se pod&iacute;a utilizar en los servicios de transporte de titularidad estatal, por lo que el objetivo es que los viajeros puedan utilizar la misma tarifa incluso cuando utilizan servicios que son competencia de diferentes administraciones en un mismo trayecto. El sistema se basa en el reconocimiento mutuo de t&iacute;tulos de viaje entre las administraciones adheridas y los servicios estatales, seg&uacute;n la orden publicada este martes en el Bolet&iacute;n Oficial del Estado (BOE).
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio de Transportes ha informado este martes que el Abono &Uacute;nico ha alcanzado los 4,5 millones de viajes en todo el territorio nacional desde su entrada en vigor en enero de este a&ntilde;o. Del total, 2 millones se han realizado en autob&uacute;s interregional (44,3 %), m&aacute;s de 2,1 millones en tren de media distancia (47,3 %) y 377.000 en Cercan&iacute;as, incluyendo la red catalana de Rodalies (8,23 %).
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; redes est&aacute;n cubiertas hasta ahora con el Abono &Uacute;nico</h2><p class="article-text">
        A falta de la adhesi&oacute;n de nuevos servicios auton&oacute;micos y locales, el Abono &Uacute;nico ya integra las concesiones de transporte regular por carretera, los servicios de Cercan&iacute;as y Rodalies de Renfe, y varios trayectos de Media Distancia y AVANT (Ourense-A Coru&ntilde;a, Madrid-Salamanca, Alicante-Murcia y Avant Expr&eacute;s Barcelona-Tortosa, a excepci&oacute;n del tramo Barcelona-Tarragona).
    </p><p class="article-text">
        El t&iacute;tulo unificado no se puede utilizar para servicios de transporte de alta velocidad, de mercanc&iacute;as ni servicios comerciales o tur&iacute;sticos. En fases futuras podr&iacute;an sumarse transporte mar&iacute;timo o fluvial metropolitano, transporte por cable y transporte a la demanda en zonas rurales.
    </p><p class="article-text">
        La orden publicada este martes en el BOE especifica que la adhesi&oacute;n ser&aacute; voluntaria para comunidades aut&oacute;nomas y entidades locales, las cuales podr&aacute;n incorporarse mediante convenios donde se detallen los servicios disponibles, sus operadores, as&iacute; como los t&iacute;tulos de viaje y otros aspectos financieros. 
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; es y cu&aacute;nto cuesta el Abono &Uacute;nico</h2><p class="article-text">
        El Abono &Uacute;nico es un <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-crea-abono-transporte-unico-espana-cercanias-media-distancia-autobuses-estatales_1_12845847.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">billete de transporte personal</a> e intransferible, que permite a su titular realizar viajes ilimitados durante&nbsp;30 d&iacute;as. Con &eacute;l, los <a href="https://www.eldiario.es/economia/claves-nuevo-abono-transporte-sirve-trenes-autobuses-metro_1_12865202.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">usuarios</a> pueden desplazarse en trenes de Cercan&iacute;as, Rodalies, Media Distancia y algunos servicios AVANT, as&iacute; como en autobuses interregionales de titularidad estatal.
    </p><p class="article-text">
        Esta caracter&iacute;stica lo convierte en una herramienta pr&aacute;ctica para quienes necesitan movilidad frecuente y un ahorro&nbsp;frente a la compra de billetes individuales. El precio del abono es de&nbsp;60 euros mensuales, aunque existe una modalidad especial para los j&oacute;venes. Las personas nacidas a partir del&nbsp;1 de enero de 2000&nbsp;pueden acceder al&nbsp;Abono &Uacute;nico joven por un precio reducido de&nbsp;30 euros.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, las familias cuentan con beneficios adicionales, ya que se mantiene la gratuidad del transporte para menores de 15 a&ntilde;os, conforme a las bonificaciones implementadas por el Ministerio desde junio de 2025. Esta medida asegura que los m&aacute;s j&oacute;venes puedan viajar sin coste adicional, fomentando el uso del transporte y facilitando los desplazamientos familiares. 
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo activar el Abono &Uacute;nico</h2><p class="article-text">
        Para activar el Abono &Uacute;nico, los usuarios pueden utilizar distintos canales de venta habilitados por los operadores adheridos, incluyendo&nbsp;taquillas, m&aacute;quinas de venta en estaciones y terminales, y en p&aacute;ginas web oficiales. Al realizar la adquisici&oacute;n, cada abono se identifica con un&nbsp;localizador &uacute;nico, que permite asociar el t&iacute;tulo de transporte al usuario y validar los viajes que realice durante su periodo de vigencia.
    </p><p class="article-text">
        En el caso del&nbsp;Abono &Uacute;nico joven, dirigido a personas menores de 26 a&ntilde;os, es necesario completar un <a href="https://codigoviajero.transportes.gob.es" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">registro previo</a>. Una vez registrado, el usuario recibe un&nbsp;c&oacute;digo personal&nbsp;que deber&aacute; introducir al momento de comprar el abono a trav&eacute;s de los canales habilitados. Esto garantiza que la tarifa especial se aplique correctamente.
    </p><p class="article-text">
        Despu&eacute;s de la compra, el titular del abono puede&nbsp;elegir la fecha de inicio&nbsp;dentro de los&nbsp;30 d&iacute;as posteriores&nbsp;a la adquisici&oacute;n. A partir de la fecha seleccionada, el Abono &Uacute;nico estar&aacute; activo durante&nbsp;30 d&iacute;as naturales, permitiendo viajes ilimitados en los servicios incluidos sin necesidad de adquirir billetes adicionales. Este sistema facilita la planificaci&oacute;n de desplazamientos y asegura que el abono se ajuste a las necesidades de cada usuario.
    </p><h2 class="article-text">Requisitos, condiciones y sanciones</h2><p class="article-text">
        Para utilizar correctamente el Abono &Uacute;nico, el titular debe&nbsp;llevar siempre su DNI o NIE, ya que el abono es&nbsp;personal e intransferible. Solo la persona registrada puede hacer uso del t&iacute;tulo, y cualquier intento de compartirlo con otros usuarios se considera un uso indebido que puede generar sanciones. 
    </p><p class="article-text">
        Aunque el abono permite&nbsp;viajes ilimitados, existen reglas espec&iacute;ficas seg&uacute;n el tipo de transporte. En los&nbsp;autobuses solo se permite una reserva por sentido y por d&iacute;a, salvo en trayectos cortos, donde algunas empresas autorizan hasta dos reservas por sentido en la misma jornada. En&nbsp;Renfe Media Distancia no se puede encadenar trenes consecutivos si entre las salidas hay menos de 180 minutos o menos del triple de la duraci&oacute;n del primer trayecto, ni se pueden realizar m&aacute;s de cuatro viajes de ida o vuelta con reserva de plaza en un mismo d&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        El uso incorrecto del abono incluye prestar el t&iacute;tulo o el c&oacute;digo de descuento a otra persona, no anular reservas previamente realizadas, superar los l&iacute;mites de reservas permitidas o utilizar la modalidad joven sin cumplir los requisitos de edad y residencia. En los autobuses, las anulaciones deben hacerse con al menos 24 horas de antelaci&oacute;n y en Media Distancia o AVANT, al menos 60 minutos antes de la salida programada.
    </p><p class="article-text">
        El incumplimiento de estas normas puede derivar en sanciones, que incluyen el&nbsp;bloqueo temporal del Abono &Uacute;nico&nbsp;o la&nbsp;anulaci&oacute;n del c&oacute;digo de descuento. El bloqueo implica la p&eacute;rdida del derecho a devoluci&oacute;n y la imposibilidad de adquirir un nuevo abono durante 60 d&iacute;as. Entre las causas de bloqueo se encuentran el uso del abono por un viajero distinto al titular y reservar sin viajar ni anular la reserva hasta tres veces siguiendo los plazos m&iacute;nimos de antelaci&oacute;n establecidos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/activar-abono-unico-par-viajar-autobus-tren-territorio-nacional_1_13479410.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 01 Sep 2026 12:04:00 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/bf7eb79d-a63f-47e6-812b-d5c69d3aba23_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="307623" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/bf7eb79d-a63f-47e6-812b-d5c69d3aba23_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="307623" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cómo activar el Abono Único para viajar en autobús y tren por toda España]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/bf7eb79d-a63f-47e6-812b-d5c69d3aba23_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Transporte,Autobuses,Trenes,España]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobra el paro en septiembre 2026: las fechas de abono en cada banco]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-paro-septiembre-2026-fechas-abono-banco_1_13467858.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2bdc5e9c-2e6e-41a7-8a74-bcc9914eda29_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobra el paro en septiembre 2026: las fechas de abono en cada banco"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las entidades financieras aplican distintos plazos para adelantar la prestación, mientras que las posibles incidencias administrativas pueden modificar su llegada según la situación del expediente</p><p class="subtitle">Cuándo se cobra el IMV en septiembre 2026</p></div><p class="article-text">
        Septiembre llega con una nueva mensualidad de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/desempleo/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">prestaci&oacute;n por desempleo</a> para las personas que tienen reconocido este derecho. El ingreso forma parte del sistema de protecci&oacute;n gestionado por el <a href="https://www.sepe.es/HomeSepe/es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Servicio P&uacute;blico de Empleo Estatal</a> (SEPE) y se mantiene mientras contin&uacute;en cumpli&eacute;ndose las condiciones exigidas para conservar la ayuda.
    </p><p class="article-text">
        La vuelta a la rutina tras el verano convierte este pago en una referencia importante para muchos hogares, especialmente en un periodo marcado por el regreso de numerosos gastos habituales. Saber qu&eacute; d&iacute;as manejan las distintas entidades permite tener una orientaci&oacute;n sobre el momento en el que podr&iacute;a estar disponible la cantidad correspondiente.
    </p><p class="article-text">
        El calendario de septiembre de 2026 permite concretar varias previsiones seg&uacute;n el banco en el que est&eacute; domiciliada la prestaci&oacute;n. A partir de esas referencias, tambi&eacute;n resulta &uacute;til conocer por qu&eacute; pueden producirse diferencias entre unas cuentas y otras y qu&eacute; aspectos conviene revisar cuando el importe esperado no aparece.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo ingresan los bancos el paro en septiembre</h2><p class="article-text">
        Las fechas de cobro de la prestaci&oacute;n por desempleo pueden variar durante septiembre en funci&oacute;n de la entidad bancaria. Aunque algunos bancos concentran el ingreso en torno al d&iacute;a 10, otros lo anticipan varios d&iacute;as de acuerdo con su operativa habitual.
    </p><p class="article-text">
        Banco Santander suele situar estos abonos entre el segundo y el tercer d&iacute;a h&aacute;bil de cada mes. En septiembre de 2026, esa referencia corresponder&iacute;a al mi&eacute;rcoles 2 o al jueves 3, por lo que sus clientes podr&iacute;an disponer del dinero durante los primeros d&iacute;as del mes. Unicaja acostumbra a efectuar el pago de la prestaci&oacute;n por desempleo el d&iacute;a 9, que en esta ocasi&oacute;n cae en mi&eacute;rcoles. CaixaBank y Bankinter, por su parte, fijan como referencia el jueves 10 de septiembre para que el importe quede reflejado en las cuentas de sus beneficiarios.
    </p><p class="article-text">
        El momento exacto en el que aparezca el dinero puede depender de los procesos internos de cada entidad. Por ello, incluso entre clientes de un mismo banco, el ingreso puede no mostrarse a la misma hora durante la jornada prevista.
    </p><h2 class="article-text">Por qu&eacute; el paro puede aparecer antes o despu&eacute;s seg&uacute;n el banco</h2><p class="article-text">
        El SEPE es el organismo encargado de reconocer la prestaci&oacute;n por desempleo y ordenar su pago, pero eso no significa que todos los beneficiarios vean el ingreso reflejado en su cuenta al mismo tiempo. La fecha concreta depende tambi&eacute;n de la entidad financiera y de la forma en la que esta gestione las transferencias recibidas.
    </p><p class="article-text">
        Algunos bancos deciden anticipar el dinero antes de que llegue el d&iacute;a habitual de cobro. Para hacerlo, utilizan la informaci&oacute;n que reciben previamente sobre las n&oacute;minas y adelantan el importe con sus propios fondos. Esta pr&aacute;ctica responde a una decisi&oacute;n comercial de cada entidad y &uacute;nicamente afecta al momento en el que el beneficiario puede disponer del dinero, sin modificar la cuant&iacute;a, la duraci&oacute;n ni las condiciones de la ayuda.
    </p><p class="article-text">
        Las entidades que no ofrecen este anticipo esperan a que la transferencia siga su tramitaci&oacute;n ordinaria. En esos casos, el abono puede producirse alrededor de la fecha establecida o desplazarse cuando intervienen fines de semana y festivos. Por este motivo, que dos personas con la misma prestaci&oacute;n cobren en d&iacute;as distintos no implica necesariamente que una de ellas tenga alg&uacute;n problema con su expediente.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n pueden darse diferencias dentro de una misma jornada. Cada banco trabaja con sus propios ciclos de actualizaci&oacute;n y procesamiento, de manera que el ingreso puede aparecer a distintas horas. Los horarios internos, los sistemas inform&aacute;ticos o el momento en el que se ejecutan las &oacute;rdenes explican que el saldo no siempre se actualice a primera hora del d&iacute;a previsto.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; comprobar si la prestaci&oacute;n no aparece en la cuenta</h2><p class="article-text">
        Cuando el abono no se refleja en el momento esperado, conviene revisar primero los movimientos bancarios durante toda la jornada. En ocasiones, la transferencia se incorpora m&aacute;s tarde y la ausencia del dinero durante las primeras horas no significa que exista una incidencia con el pago.
    </p><p class="article-text">
        Si transcurre el periodo habitual y la cantidad sigue sin aparecer, el siguiente paso es consultar la situaci&oacute;n de la prestaci&oacute;n a trav&eacute;s de los canales del SEPE. Esta comprobaci&oacute;n permite saber si el abono contin&uacute;a aprobado, si se ha producido alguna suspensi&oacute;n o si existe alg&uacute;n problema relacionado con los datos asociados al expediente. 
    </p><p class="article-text">
        Hay determinadas circunstancias que tambi&eacute;n pueden alterar la llegada del dinero, como un cambio reciente de cuenta bancaria, una revisi&oacute;n administrativa o el incumplimiento de alguna obligaci&oacute;n vinculada al mantenimiento de la prestaci&oacute;n. Entre ellas se encuentra la renovaci&oacute;n de la demanda de empleo dentro del plazo correspondiente.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, es importante distinguir entre una diferencia provocada por la operativa bancaria y una incidencia administrativa. Mantener actualizados los datos personales y financieros, adem&aacute;s de cumplir con las obligaciones exigidas, resulta necesario para que el pago pueda tramitarse con normalidad, independientemente del d&iacute;a concreto en el que cada entidad haga disponible el importe.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-paro-septiembre-2026-fechas-abono-banco_1_13467858.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 01 Sep 2026 04:59:37 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/2bdc5e9c-2e6e-41a7-8a74-bcc9914eda29_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="681009" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/2bdc5e9c-2e6e-41a7-8a74-bcc9914eda29_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="681009" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobra el paro en septiembre 2026: las fechas de abono en cada banco]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/2bdc5e9c-2e6e-41a7-8a74-bcc9914eda29_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[SEPE,Desempleo,Paro,Prestaciones,Bancos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobra el IMV en septiembre 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-imv-septiembre-2026-fecha-abono-ingreso-minimo-vital_1_13467491.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a36b3822-18db-4f8b-adfd-118460d8f01b_16-9-discover-aspect-ratio_default_1149886.jpg" width="3694" height="2078" alt="Cuándo se cobra el IMV en septiembre 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los bancos aplican calendarios distintos para anticipar la prestación, mientras quienes la reciben por primera vez pueden afrontar plazos diferentes tras una resolución favorable</p><p class="subtitle">A partir del 1 de septiembre: estos son los trabajadores que dejarán de recibir notificaciones por carta de la Seguridad Social</p></div><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/ingreso-minimo-vital/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ingreso M&iacute;nimo Vital</a> sigue siendo una de las principales prestaciones econ&oacute;micas dirigidas a los hogares con menos recursos. Su funcionamiento combina una serie de requisitos de acceso, una cuant&iacute;a adaptada a cada caso y un sistema de pagos mensuales que puede variar seg&uacute;n el momento en el que se reconoce la ayuda y la entidad bancaria en la que est&eacute; domiciliada.
    </p><p class="article-text">
        Con la llegada de septiembre, una de las dudas habituales entre quienes ya tienen reconocido el IMV es saber cu&aacute;ndo recibir&aacute;n la pr&oacute;xima mensualidad. Aunque existe un calendario general, algunos bancos adelantan el ingreso y permiten disponer del dinero antes que otros, por lo que no todos los beneficiarios ven reflejado el pago en su cuenta el mismo d&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        A estas diferencias se a&ntilde;ade la situaci&oacute;n de quienes empiezan a cobrar la prestaci&oacute;n por primera vez. En estos casos, el primer ingreso puede seguir unos plazos distintos a los pagos habituales, dependiendo del momento en el que se haya aprobado la solicitud y de cu&aacute;ndo quede incorporada al ciclo de abonos correspondiente. 
    </p><h2 class="article-text">Qui&eacute;n puede acceder al Ingreso M&iacute;nimo Vital y c&oacute;mo se determina la ayuda</h2><p class="article-text">
        El Ingreso M&iacute;nimo Vital forma parte de las prestaciones de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/seguridad-social/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Seguridad Social</a> y est&aacute; dirigido a personas y familias que no alcanzan determinados niveles de ingresos. Su objetivo es garantizar una base econ&oacute;mica m&iacute;nima a los hogares con menos recursos, aunque la cantidad concedida no es la misma en todos los casos y depende de las circunstancias concretas de cada beneficiario.
    </p><p class="article-text">
        Pueden acceder tanto personas que viven solas como unidades de convivencia formadas por varios miembros. Para recibirlo es necesario cumplir una serie de condiciones relacionadas con los ingresos disponibles, el patrimonio, la composici&oacute;n del hogar y la residencia. Como norma general, tambi&eacute;n se exige haber residido de forma legal y continuada en Espa&ntilde;a durante al menos el a&ntilde;o anterior, salvo en los casos que la normativa contempla como excepci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Para calcular la cuant&iacute;a se tiene en cuenta la diferencia entre los recursos del hogar y la renta garantizada que corresponda seg&uacute;n sus caracter&iacute;sticas. Algunos perfiles, como los hogares con menores, las familias monoparentales o aquellos en los que hay personas con discapacidad, pueden tener derecho a complementos adicionales. La prestaci&oacute;n se mantiene mientras sigan cumpli&eacute;ndose las condiciones exigidas, por lo que cualquier cambio en la situaci&oacute;n econ&oacute;mica, familiar o de residencia debe comunicarse. 
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo se cobra el IMV de septiembre</h2><p class="article-text">
        La fecha en la que se recibe el Ingreso M&iacute;nimo Vital puede cambiar de una entidad bancaria a otra, ya que algunas adelantan el pago respecto al calendario ordinario. Por este motivo, los beneficiarios no siempre reciben la mensualidad en la misma jornada, aunque se trate de la misma prestaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Banco Santander sit&uacute;a el pago del IMV entre el martes 22 y el jueves 24 de septiembre. CaixaBank, por su parte, tendr&iacute;a como referencia el jueves 24, mientras que BBVA mantendr&iacute;a su fecha habitual y realizar&iacute;a el ingreso el viernes 25. En el caso de Unicaja, el funcionamiento suele ser distinto. Esta entidad acostumbra a abonar el IMV el &uacute;ltimo d&iacute;a h&aacute;bil del mes, que en septiembre de 2026 corresponde al mi&eacute;rcoles 30. 
    </p><p class="article-text">
        Estas fechas pueden variar en funci&oacute;n de la gesti&oacute;n interna de cada banco y del procesamiento de los pagos. Por eso, que el dinero no aparezca a primera hora del d&iacute;a previsto no significa necesariamente que exista alg&uacute;n problema con la prestaci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; ocurre con el primer cobro del Ingreso M&iacute;nimo Vital</h2><p class="article-text">
        Quienes empiezan a recibir el Ingreso M&iacute;nimo Vital pueden encontrarse con unos plazos distintos a los de las personas que ya cobran la prestaci&oacute;n de forma habitual. La fecha del primer pago depende del momento en el que se resuelva favorablemente la solicitud y de cu&aacute;ndo se incorpore al procedimiento de abonos correspondiente.
    </p><p class="article-text">
        Si la aprobaci&oacute;n llega cuando el mes ya est&aacute; en marcha, es posible que el ingreso no se haga efectivo hasta la siguiente n&oacute;mina. Esta situaci&oacute;n puede producirse especialmente cuando la resoluci&oacute;n llega cerca del cierre del periodo de tramitaci&oacute;n, ya que el expediente debe quedar incluido en el proceso administrativo antes de que se ordene la transferencia.
    </p><p class="article-text">
        Ese intervalo entre la concesi&oacute;n y la llegada del dinero a la cuenta no significa que se pierdan las cantidades reconocidas. El primer pago puede incluir los importes que correspondan desde la fecha en la que la prestaci&oacute;n empieza a tener efectos econ&oacute;micos, seg&uacute;n figure en la resoluci&oacute;n recibida por el beneficiario.
    </p><p class="article-text">
        A partir de ese primer abono, el IMV pasa a seguir su funcionamiento mensual habitual siempre que contin&uacute;en cumpli&eacute;ndose los requisitos. Desde entonces, el ingreso se ajusta al calendario ordinario de la prestaci&oacute;n y, cuando corresponda, a los posibles adelantos que aplique la entidad bancaria en la que est&eacute; domiciliado el pago.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-imv-septiembre-2026-fecha-abono-ingreso-minimo-vital_1_13467491.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 01 Sep 2026 04:59:36 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/a36b3822-18db-4f8b-adfd-118460d8f01b_16-9-discover-aspect-ratio_default_1149886.jpg" length="638588" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/a36b3822-18db-4f8b-adfd-118460d8f01b_16-9-discover-aspect-ratio_default_1149886.jpg" type="image/jpeg" fileSize="638588" width="3694" height="2078"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobra el IMV en septiembre 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/a36b3822-18db-4f8b-adfd-118460d8f01b_16-9-discover-aspect-ratio_default_1149886.jpg" width="3694" height="2078"/>
      <media:keywords><![CDATA[Prestaciones,Ingreso Mínimo Vital,Ayudas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[A partir del 1 de septiembre: estos son los trabajadores que dejarán de recibir notificaciones por carta de la Seguridad Social]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/1-septiembre-son-trabajadores-dejaran-recibir-notificaciones-carta-seguridad-social_1_13467225.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/390ecd35-0669-44d1-ac3e-801ad064ff17_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="A partir del 1 de septiembre: estos son los trabajadores que dejarán de recibir notificaciones por carta de la Seguridad Social"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los afectados deberán revisar sus avisos por vía electrónica, aunque el papel seguirá utilizándose en algunos casos concretos previstos por la normativa</p><p class="subtitle">La Seguridad Social estudia una ley para condonar deudas de las devoluciones del ingreso mínimo vital que investiga Europa</p></div><p class="article-text">
        La Seguridad Social cambiar&aacute; desde este martes, 1 de septiembre, la forma de comunicar determinadas actuaciones a algunos trabajadores y beneficiarios de prestaciones. La modificaci&oacute;n ampl&iacute;a el uso de los canales electr&oacute;nicos en varios procedimientos. A partir de esa fecha, quienes est&eacute;n incluidos en los nuevos supuestos tendr&aacute;n que prestar m&aacute;s atenci&oacute;n a la <a href="https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Sede Electr&oacute;nica</a> para consultar las notificaciones relacionadas con sus expedientes. 
    </p><p class="article-text">
        La medida est&aacute; recogida en la <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-11701" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Orden ISM/541/2026</a> y supone un nuevo avance en el uso de las comunicaciones digitales dentro de la Seguridad Social. El cambio no afectar&aacute; por igual a todos los ciudadanos ni har&aacute; obligatoria la v&iacute;a telem&aacute;tica para cualquier persona que cobre una prestaci&oacute;n. Su aplicaci&oacute;n se limita a determinados tr&aacute;mites relacionados principalmente con situaciones de incapacidad.
    </p><p class="article-text">
        Esto tampoco significa que las cartas vayan a desaparecer por completo. Aunque el canal electr&oacute;nico pasar&aacute; a ser el principal para los colectivos afectados, la normativa mantiene varios supuestos en los que la Administraci&oacute;n podr&aacute; seguir utilizando medios no digitales. El cambio que entra en vigor en septiembre ampl&iacute;a, por tanto, el n&uacute;mero de personas que deber&aacute;n consultar sus comunicaciones por internet, pero conserva otras v&iacute;as cuando se den determinadas circunstancias. 
    </p><h2 class="article-text">A qui&eacute;n afecta el cambio desde el 1 de septiembre</h2><p class="article-text">
        Uno de los grupos que se incorpora a esta obligaci&oacute;n es el de las personas que hayan solicitado o est&eacute;n cobrando una prestaci&oacute;n por incapacidad temporal. Esto incluye a trabajadores que se encuentren de baja laboral y tengan abierto un procedimiento relacionado con esa situaci&oacute;n. Las comunicaciones vinculadas a estos expedientes pasar&aacute;n a realizarse principalmente por v&iacute;a electr&oacute;nica.
    </p><p class="article-text">
        La modificaci&oacute;n tambi&eacute;n afecta a las notificaciones relacionadas con una incapacidad permanente y con lesiones permanentes no incapacitantes. En estos casos, la obligaci&oacute;n depender&aacute; del procedimiento concreto al que haga referencia la comunicaci&oacute;n. Esto no significa que cualquier pensionista tenga que recibir a partir de ahora todas sus notificaciones de manera digital.
    </p><p class="article-text">
        El sistema electr&oacute;nico ya incluye adem&aacute;s a quienes solicitan o cobran prestaciones por nacimiento y cuidado de un menor, as&iacute; como a las personas que reciben ayudas relacionadas con el riesgo durante el embarazo o la lactancia natural. Estos colectivos seguir&aacute;n sujetos al mismo r&eacute;gimen que ten&iacute;an hasta ahora. El cambio no pone en marcha un sistema completamente nuevo, sino que ampl&iacute;a el n&uacute;mero de personas f&iacute;sicas obligadas a utilizarlo en determinados procedimientos. 
    </p><h2 class="article-text">C&oacute;mo se recibir&aacute;n las notificaciones y cu&aacute;ndo se mantendr&aacute; el papel</h2><p class="article-text">
        Las personas afectadas tendr&aacute;n que consultar sus comunicaciones a trav&eacute;s de la <a href="https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Sede Electr&oacute;nica de la Seguridad Social</a>. Cuando haya una nueva notificaci&oacute;n disponible, el organismo enviar&aacute; un aviso al correo electr&oacute;nico o al tel&eacute;fono m&oacute;vil que el interesado haya facilitado previamente. Ese mensaje servir&aacute; para informar de que existe un documento pendiente de consulta.
    </p><p class="article-text">
        Para acceder a su contenido ser&aacute; necesario identificarse mediante alguno de los sistemas habilitados, como el certificado digital, el DNI electr&oacute;nico o Cl@ve. La notificaci&oacute;n se considerar&aacute; recibida en el momento en el que el destinatario acceda y consulte el documento. Si no lo hace, empezar&aacute; a contar un plazo m&aacute;ximo de diez d&iacute;as desde que la comunicaci&oacute;n quede disponible.
    </p><p class="article-text">
        Una vez transcurridos esos diez d&iacute;as sin que el interesado haya entrado al contenido, la notificaci&oacute;n se entender&aacute; rechazada. Esto obliga a quienes est&eacute;n incluidos en este r&eacute;gimen a revisar sus canales electr&oacute;nicos cuando tengan alg&uacute;n tr&aacute;mite abierto, ya que dejar de recibir una carta en casa no significa que el procedimiento administrativo se detenga.
    </p><p class="article-text">
        Aun as&iacute;, la Seguridad Social podr&aacute; seguir utilizando medios no electr&oacute;nicos en determinados casos. Entre ellos se encuentran las situaciones en las que sea necesaria una entrega presencial para garantizar la eficacia de una actuaci&oacute;n administrativa o cuando exista una urgencia que haga incompatible esperar al funcionamiento habitual del canal digital.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n podr&aacute; recurrirse a otra forma de comunicaci&oacute;n cuando el organismo no disponga del n&uacute;mero de tel&eacute;fono m&oacute;vil o del correo electr&oacute;nico del interesado para enviarle el aviso correspondiente. Estas excepciones mantienen la posibilidad de utilizar el papel en situaciones concretas, aunque deje de ser la v&iacute;a habitual para los nuevos colectivos que pasan a estar obligados a recibir las comunicaciones electr&oacute;nicamente.
    </p><h2 class="article-text">Qui&eacute;nes no est&aacute;n obligados a recibir las notificaciones por v&iacute;a electr&oacute;nica</h2><p class="article-text">
        La reforma no convierte a todos los beneficiarios de la Seguridad Social en usuarios obligatorios de las notificaciones electr&oacute;nicas. Ser pensionista, por s&iacute; solo, no implica quedar incluido en la nueva obligaci&oacute;n. Quienes cobren una pensi&oacute;n de <a href="https://www.eldiario.es/temas/jubilacion/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">jubilaci&oacute;n</a>, viudedad u orfandad no pasar&aacute;n a recibir todas sus comunicaciones exclusivamente por internet &uacute;nicamente por percibir alguna de estas prestaciones.
    </p><p class="article-text">
        Lo mismo ocurre con las personas que reciben el <a href="https://www.eldiario.es/temas/ingreso-minimo-vital/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ingreso M&iacute;nimo Vital</a> o determinadas prestaciones familiares. Ser beneficiario de estas ayudas tampoco supone por s&iacute; mismo que todas las notificaciones tengan que pasar al canal digital a partir del 1 de septiembre.
    </p><p class="article-text">
        La clave est&aacute; en el tipo de procedimiento al que se refiera cada comunicaci&oacute;n. La obligaci&oacute;n se aplica &uacute;nicamente a los supuestos concretos recogidos en la normativa y no a cualquier relaci&oacute;n con la Seguridad Social. Por este motivo, una misma persona puede encontrarse dentro o fuera del sistema electr&oacute;nico en funci&oacute;n de la prestaci&oacute;n o del expediente que tenga abierto.
    </p><p class="article-text">
        Desde septiembre, el principal cambio para los trabajadores afectados ser&aacute; la necesidad de consultar de forma activa la Sede Electr&oacute;nica cuando tengan una baja por incapacidad temporal o reciban comunicaciones relacionadas con una incapacidad permanente o con lesiones permanentes no incapacitantes. El correo postal seguir&aacute; utiliz&aacute;ndose en determinadas circunstancias, pero dejar&aacute; de ser la v&iacute;a principal para estos procedimientos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/1-septiembre-son-trabajadores-dejaran-recibir-notificaciones-carta-seguridad-social_1_13467225.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 01 Sep 2026 04:30:00 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/390ecd35-0669-44d1-ac3e-801ad064ff17_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="635992" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/390ecd35-0669-44d1-ac3e-801ad064ff17_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="635992" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[A partir del 1 de septiembre: estos son los trabajadores que dejarán de recibir notificaciones por carta de la Seguridad Social]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/390ecd35-0669-44d1-ac3e-801ad064ff17_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Trabajadores,Seguridad Social,baja laboral]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Gasolina y diésel: descuentos en el precio de los carburantes desde hoy, 1 de septiembre]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/gasolina-diesel-descuentos-precio-carburantes-partir-1-septiembre-pm_1_13476333.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/0685a3b8-5773-47e1-971b-911add95d3c3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Gasolina y diésel: descuentos en el precio de los carburantes desde hoy, 1 de septiembre"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La rebaja en el Impuesto de Hidrocarburos se eleva a 20 céntimos por litro en el caso de gasóleo, una medida que responde a la escalada de precios provocada por el conflicto en Oriente Medio</p><p class="subtitle">Cómo evitar los errores más comunes a la hora de las compras y así lograr una vuelta al cole más barata
</p></div><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/consumoclaro/tu-mejor-yo/efecto-vuelta-cole-septiembre-mejor-epoca-ano-cambiar-habitos_1_13470261.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Septiembre</a> arranca con cambios en los <strong>precios </strong>de los <a href="https://www.eldiario.es/economia/subida-precio-carburantes-acelera-inflacion-4-3-agosto-alta-2023_1_13471795.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">carburantes</a>. La <strong>rebaja</strong> en el <strong>Impuesto de Hidrocarburos </strong>se eleva a 20 c&eacute;ntimos por litro en el caso de gas&oacute;leo (di&eacute;sel) desde este 1 de septiembre, frente a los cinco c&eacute;ntimos inicialmente previstos para ese mes, seg&uacute;n ha confirmado el Ministerio de Econom&iacute;a, Comercio y Empresa. 
    </p><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n llega despu&eacute;s de que el <strong>precio del gas&oacute;leo </strong>se haya incrementado un 15,7 % en el mes de julio, seg&uacute;n los datos publicados por el Instituto Nacional de Estad&iacute;stica (INE) y que sirven de referencia para la reactivaci&oacute;n de algunas medidas anticrisis aprobadas por el Gobierno. 
    </p><p class="article-text">
        La subida se sit&uacute;a <strong>por encima del umbral del 15 %</strong> previsto en el decreto ley de medidas para contener el impacto de la guerra en Oriente Pr&oacute;ximo, un conflicto entre Estados Unidos e Ir&aacute;n que est&aacute; <a href="https://www.eldiario.es/internacional/vida-iran-paso-guerra-he-aprendido-facil-borren-mundo_1_13473548.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">lejos de resolverse</a>. De hecho, en las &uacute;ltimas horas, ambos pa&iacute;ses han vuelto a <a href="https://www.eldiario.es/internacional/estados-unidos-ataca-posiciones-iranies-isla-larek_1_13475749.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">intercambiar ataques</a> y las posibilidades de una paz duradera no se vislumbran, pese a las promesas de Donald Trump.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es" data-conversation="none"><a href="https://twitter.com/X/status/2093232845485466066?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        Desde el Ministerio de Econom&iacute;a, Comercio y Empresa, recuerdan que el decreto ley aprobado tiene &ldquo;<strong>un enfoque protector adaptado</strong> a la evoluci&oacute;n del conflicto, con un dise&ntilde;o prudente que permite volver a elevar la protecci&oacute;n si se reproduce un escenario adverso&rdquo;. Y ese vuelve a ser el caso.
    </p><h2 class="article-text">Descuentos de carburantes en septiembre</h2><p class="article-text">
        El gas&oacute;leo, tambi&eacute;n conocido como di&eacute;sel, tendr&aacute; un descuento de veinte c&eacute;ntimos por litro este mes de septiembre, una ayuda que intenta compensar la subida en los precios por el conflicto en Oriente Pr&oacute;ximo. En cambio, no habr&aacute; cambios ni mayores descuentos <strong>en el caso de la gasolina</strong>. 
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/b87a349c-e737-4400-a465-c6b8d56ffb2a_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/b87a349c-e737-4400-a465-c6b8d56ffb2a_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/b87a349c-e737-4400-a465-c6b8d56ffb2a_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/b87a349c-e737-4400-a465-c6b8d56ffb2a_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/b87a349c-e737-4400-a465-c6b8d56ffb2a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/b87a349c-e737-4400-a465-c6b8d56ffb2a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/b87a349c-e737-4400-a465-c6b8d56ffb2a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Imagen de archivo de una gasolinera en Madrid"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Imagen de archivo de una gasolinera en Madrid                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Los usuarios solo se beneficiar&aacute;n de un descuento de <strong>cinco c&eacute;ntimos por litro</strong>, lo previsto inicialmente porque este combustible solo se encareci&oacute; un 7,3 %, muy por debajo del umbral del 15 % fijado en el decreto del ejecutivo. 
    </p><h2 class="article-text">Reactivaci&oacute;n de las medidas</h2><p class="article-text">
        El ministerio dirigido por Carlos Cuerpo insiste en que tanto el primer plan de respuesta puesto en marcha el 20 de marzo como su continuaci&oacute;n &ldquo;est&aacute;n cumpliendo su objetivo principal: &rdquo;Amortiguar el impacto del <em>shock</em> externo sobre la inflaci&oacute;n y el poder adquisitivo de los hogares&ldquo;. El departamento defiende que las medidas han contribuido a reducir la inflaci&oacute;n en un punto de media en los &uacute;ltimos meses, por lo que &rdquo;el Plan de Respuesta ha amortiguado m&aacute;s de un 60 % de la <strong>subida de los precios</strong> por el <em>shock</em> externo que supone la guerra en Ir&aacute;n&ldquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Raquel Sáez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/gasolina-diesel-descuentos-precio-carburantes-partir-1-septiembre-pm_1_13476333.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 31 Aug 2026 09:47:43 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/0685a3b8-5773-47e1-971b-911add95d3c3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="487279" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/0685a3b8-5773-47e1-971b-911add95d3c3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="487279" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Gasolina y diésel: descuentos en el precio de los carburantes desde hoy, 1 de septiembre]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/0685a3b8-5773-47e1-971b-911add95d3c3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Gasolina,Diésel,Precios,Oriente Medio,Gasolineras,Ayudas,Gobierno]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Este es el sms que están enviando los ciberdelincuentes que se hacen pasar por la Seguridad Social]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/sms-enviando-ciberdelincuentes-pasar-seguridad-social-pm_1_13469360.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a07ff25e-4fa8-4174-afcb-fe973c7b65d9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Este es el sms que están enviando los ciberdelincuentes que se hacen pasar por la Seguridad Social"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El mensaje que llega al teléfono móvil de los ciudadanos les informa de que disponen de una supuesta actualización pendiente en el sistema</p><p class="subtitle">Qué son y cómo funcionan las passkeys empresariales, las credenciales que cada vez más trabajadores utilizan</p><p class="subtitle">Plantillas bajo mínimos y WiFi de playa: la mezcla perfecta que dispara los ciberataques a empresas en verano</p></div><p class="article-text">
        Se ha vuelto a detectar una masiva y peligrosa campa&ntilde;a de mensajes de texto fraudulentos que suplanta, de forma directa, a la <strong>Tesorer&iacute;a General </strong>de la <strong>Seguridad Social</strong>. Los ciberdelincuentes esta vez env&iacute;an un SMS al tel&eacute;fono m&oacute;vil de los ciudadanos inform&aacute;ndoles de que disponen de una supuesta actualizaci&oacute;n pendiente en el sistema. El mensaje insta de manera urgente a pulsar sobre un enlace de internet adjunto para gestionar dicho tr&aacute;mite administrativo de forma inmediata. Sin embargo, este enlace redirige a una p&aacute;gina web falsa que suplanta la identidad de la propia Tesorer&iacute;a General. 
    </p><p class="article-text">
        Esta estafa ha sido identificada y calificada con un nivel de importancia alta por el Instituto Nacional de Ciberseguridad (<strong>INCIBE</strong>), as&iacute; como por la Guardia Civil, que ha utilizado sus redes oficiales para alertar a la ciudadan&iacute;a sobre este enga&ntilde;o que busca hacerse con datos confidenciales de los usuarios mediante enlaces maliciosos. Este tipo de ciberataque es conocido bajo la denominaci&oacute;n t&eacute;cnica de <strong>smishing</strong>, una modalidad de fraude que se basa en el env&iacute;o de mensajes de texto simulando ser una entidad leg&iacute;tima. El objetivo principal de estos mensajes es confundir a los receptores para robarles informaci&oacute;n privada o realizarles un cargo econ&oacute;mico en sus cuentas de forma fraudulenta. 
    </p><p class="article-text">
        Por lo general, los ciberdelincuentes aprovechan la confianza que los usuarios depositan en las instituciones p&uacute;blicas o de servicios esenciales para hacerlos picar en el anzuelo de manera r&aacute;pida. La <strong>Seguridad Social</strong> constituye uno de los cebos m&aacute;s utilizados por estas organizaciones cibern&eacute;ticas, junto con otras entidades p&uacute;blicas de gran relevancia como la Agencia Tributaria, los <strong>ayuntamientos</strong> locales o los servicios postales de <strong>Correos</strong>, con el fin de maximizar el n&uacute;mero de v&iacute;ctimas y obtener un mayor impacto econ&oacute;mico il&iacute;cito. De esta forma, la v&iacute;ctima asume falsamente la autenticidad del remitente. 
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/28a1bf52-f28c-4548-8957-c20dcd1cdd73_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Este tipo de ciberataque es conocido bajo la denominación técnica de smishing, una modalidad de fraude que se basa en el envío de mensajes de texto simulando ser una entidad legítima"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Este tipo de ciberataque es conocido bajo la denominación técnica de smishing, una modalidad de fraude que se basa en el envío de mensajes de texto simulando ser una entidad legítima                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Una vez que el usuario hace clic en el enlace que acompa&ntilde;a al mensaje de texto, es redirigido a <strong>un sitio web fraudulento</strong> que copia con gran precisi&oacute;n el portal real. La p&aacute;gina falsa imita a la perfecci&oacute;n los logotipos de la Seguridad Social, las tipograf&iacute;as corporativas, los colores institucionales y la disposici&oacute;n visual para lograr una apariencia de absoluta verosimilitud ante el p&uacute;blico. Con el prop&oacute;sito de dar mayor credibilidad al fraude y tranquilizar al usuario, el sitio web malicioso exige superar un supuesto control de seguridad. Este filtro falso consiste en una verificaci&oacute;n para confirmar que la persona no es un robot, lo que imita las medidas habituales que se encuentran en entornos seguros y leg&iacute;timos en internet, logrando as&iacute; que la v&iacute;ctima disminuya su nivel de alerta y contin&uacute;e con los pasos del tr&aacute;mite. 
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, este tipo de mecanismos interactivos pretenden convencer al usuario de la legalidad de las operaciones antes de solicitar datos. En el interior de este portal web falso, se muestra una notificaci&oacute;n que informa sobre la disponibilidad de una <strong>supuesta prestaci&oacute;n econ&oacute;mica</strong> que est&aacute; pendiente de revisi&oacute;n. Concretamente, en los casos reportados por los afectados a organizaciones de consumidores como la <a href="https://www.eldiario.es/temas/ocu/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">OCU</a>, se ofrece un total pendiente de cobro de 305 euros. Para supuestamente gestionar el abono y proceder al tr&aacute;mite, la p&aacute;gina solicita de manera sucesiva el ingreso de datos personales como el nombre completo y el n&uacute;mero del DNI. Una vez introducidos estos datos, el sistema fraudulento solicita de forma obligatoria los datos bancarios completos y el n&uacute;mero de la tarjeta de cr&eacute;dito bajo el falso pretexto de realizar un ingreso directo de esa cantidad de dinero. El usuario no sospecha que est&aacute; entregando sus claves en bandeja.
    </p><p class="article-text">
        A pesar del cuidado dise&ntilde;o visual de la p&aacute;gina web falsa, existen m&uacute;ltiples elementos t&eacute;cnicos que delatan el enga&ntilde;o si se realiza una observaci&oacute;n atenta y anal&iacute;tica. Los enlaces de internet que circulan en esta campa&ntilde;a masiva utilizan diferentes direcciones que imitan <strong>dominios</strong> leg&iacute;timos del Estado, pero que en realidad son completamente <strong>extra&ntilde;os</strong>. Entre los dominios fraudulentos detectados y denunciados por portales de verificaci&oacute;n figuran ejemplos con <strong>errores ortogr&aacute;ficos</strong> como portelsegscoial punto click, seg guion social guion gob punto us, portaliseg guion socolsegob punto click o portaeliseg guion socailbgob punto click. Estas direcciones sospechosas no guardan ninguna relaci&oacute;n con la &uacute;nica direcci&oacute;n web oficial de la Seguridad Social.
    </p><p class="article-text">
        La <strong>Seguridad Social </strong>ha recordado de manera tajante a todos los ciudadanos que bajo ninguna circunstancia solicita el pago de deudas ni la actualizaci&oacute;n de datos mediante enlaces recibidos por SMS. Para acceder de manera completamente segura a cualquier tipo de tr&aacute;mite de la Tesorer&iacute;a General y evitar cualquier enga&ntilde;o, es necesario utilizar &uacute;nicamente las v&iacute;as oficiales autorizadas. Los usuarios deben abrir de forma directa en sus navegadores la aplicaci&oacute;n de Importass, el portal web oficial de la Tesorer&iacute;a General de la Seguridad Social, o bien acceder a su &aacute;rea personal a trav&eacute;s de la Sede Electr&oacute;nica. Desde estas aplicaciones del Estado se pueden consultar de forma ver&iacute;dica todas las notificaciones pendientes sin correr el riesgo de sufrir una estafa financiera ni comprometer los datos de las tarjetas. 
    </p><h2 class="article-text">Rapidez y capturas</h2><p class="article-text">
        Para aquellas personas que hayan accedido al enlace y facilitado datos de car&aacute;cter personal o bancario, se recomienda actuar de forma r&aacute;pida siguiendo un protocolo de seguridad. El primer paso indispensable es ponerse en contacto inmediato con su entidad financiera para proceder al inmediato bloqueo de las tarjetas y evitar cargos econ&oacute;micos no autorizados. En segundo lugar, es muy importante reunir y guardar de manera ordenada todas las evidencias posibles del fraude inform&aacute;tico, como <strong>capturas de pantalla</strong>, los mensajes recibidos y las direcciones web de los enlaces maliciosos. La rapidez en la reacci&oacute;n y el acopio de pruebas digitales resultan cruciales para minimizar el impacto del fraude y reclamar devoluciones bancarias.
    </p><p class="article-text">
        Una vez recopiladas todas las evidencias necesarias sobre la estafa, el afectado debe presentar una denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Asimismo, es aconsejable <strong>reportar el mensaje fraudulento</strong> al buz&oacute;n de incidentes del <strong>INCIBE</strong> para alertar sobre la campa&ntilde;a activa y evitar que otras personas resulten estafadas. Como medida preventiva adicional, los expertos recomiendan practicar el egosurfing de manera peri&oacute;dica durante los meses posteriores al incidente para verificar que la informaci&oacute;n personal expuesta no est&eacute; siendo utilizada de forma indebida en la red.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/sms-enviando-ciberdelincuentes-pasar-seguridad-social-pm_1_13469360.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 27 Aug 2026 10:30:33 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/a07ff25e-4fa8-4174-afcb-fe973c7b65d9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="64648" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/a07ff25e-4fa8-4174-afcb-fe973c7b65d9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="64648" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Este es el sms que están enviando los ciberdelincuentes que se hacen pasar por la Seguridad Social]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/a07ff25e-4fa8-4174-afcb-fe973c7b65d9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Ciberseguridad,Ciberdelincuencia,Seguridad Social]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cómo evitar los errores más comunes a la hora de las compras y así lograr una vuelta al cole más barata]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/evitar-errores-comunes-hora-compras-lograr-vuelta-cole-barata-pm_1_13457048.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5e8d534c-72ba-428e-bbe6-4ef75ee81ae1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cómo evitar los errores más comunes a la hora de las compras y así lograr una vuelta al cole más barata"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los expertos recomiendan revisar el material que ya hay en casa antes de ir a comprar o no llevar a los niños para equipar la vuelta a las aulas</p><p class="subtitle">Los trucos de una experta para ahorrar en la factura de la luz con otra compañía: “Casi el 50% son cargos idénticos”</p><p class="subtitle">Los cuatro errores de consumo que puedes cometer con el aire acondicionado en casa y te llevan a gastar más</p></div><p class="article-text">
        La <strong>vuelta al cole</strong> en este curso escolar que arranca en pocos d&iacute;as se presenta como una de las m&aacute;s costosas de los &uacute;ltimos a&ntilde;os. El desembolso medio por alumno podr&iacute;a superar la barrera de los <strong>500 euros</strong>. Ante esta situaci&oacute;n y seg&uacute;n muchos expertos, uno de los errores financieros habituales es tratar el mes de septiembre como un gasto imprevisto y aislado en lugar de integrarlo en el presupuesto anual. Planificar con antelaci&oacute;n los gastos de la vuelta al cole distribuyendo aportaciones en meses previos evita errores de financiaci&oacute;n de &uacute;ltima hora, lo que alivia la temida cuesta postvacacional.
    </p><p class="article-text">
        Otro fallo frecuente es lanzarse a las tiendas sin antes revisar los armarios y cajones del propio hogar. Comprar cuadernos, pinturas o tijeras totalmente nuevos sin hacer un inventario previo del material en buen estado genera <strong>gastos</strong> innecesarios. Asimismo, a veces se desperdicia la gran oportunidad de que los hermanos m&aacute;s peque&ntilde;os hereden uniformes, libros o estuches de los mayores. Esta vieja pero efectiva costumbre de heredar prendas y materiales escolares en buenas condiciones supone un ahorro directo y autom&aacute;tico para el <strong>presupuesto familiar.</strong>
    </p><p class="article-text">
        Llevar a los ni&ntilde;os de compras para equipar la <strong>vuelta a las aulas</strong> suele ser, seg&uacute;n muchos expertos en consumo, una trampa costosa. Los m&aacute;s peque&ntilde;os son sumamente influenciables por la publicidad y se encaprichan f&aacute;cilmente de art&iacute;culos llamativos. Al acudir a los establecimientos sin ellos, los padres evitan estas compras compulsivas e innecesarias. En ocasiones tambi&eacute;n es m&aacute;s sencillo ce&ntilde;irse a las marcas blancas, que resultan excelentes aliadas de la econom&iacute;a dom&eacute;stica al ofrecer la misma utilidad que marcas m&aacute;s famosas.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/113d4808-4577-42f9-81d1-2be964585184_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/113d4808-4577-42f9-81d1-2be964585184_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/113d4808-4577-42f9-81d1-2be964585184_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/113d4808-4577-42f9-81d1-2be964585184_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/113d4808-4577-42f9-81d1-2be964585184_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/113d4808-4577-42f9-81d1-2be964585184_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/113d4808-4577-42f9-81d1-2be964585184_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="A veces se desperdicia la oportunidad de que los hermanos más pequeños hereden uniformes, libros o estuches de los mayores"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                A veces se desperdicia la oportunidad de que los hermanos más pequeños hereden uniformes, libros o estuches de los mayores                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        El error de <a href="https://www.eldiario.es/temas/consumo/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">comprar</a> en el primer establecimiento que se visita tambi&eacute;n priva a las familias de un ahorro sustancial. Comparar tarifas en internet y librer&iacute;as f&iacute;sicas permite reducir el gasto en libros de texto hasta en un 25%. Igualmente, la falta de previsi&oacute;n a la hora de reservar los manuales con antelaci&oacute;n impide aprovechar las promociones y descuentos por reserva anticipada que ofrecen los comercios online y las grandes superficies. Navegar por la red y realizar b&uacute;squedas virtuales facilita la comparaci&oacute;n de los costes desde la comodidad de casa.
    </p><p class="article-text">
        En la adquisici&oacute;n de <strong>uniformes</strong> se cometen errores como adquirir todas las prendas en el colegio. Comprar la ropa directamente en el centro educativo en lugar de tiendas externas puede encarecer la factura m&aacute;s de 40 euros. Para ahorrar, se deben adquirir en el colegio las prendas con logotipo y comprar los pantalones o polos b&aacute;sicos en tiendas gen&eacute;ricas. Adem&aacute;s, no prever el crecimiento de los ni&ntilde;os al comprar la ropa ajustada obliga a realizar nuevos desembolsos a mitad de curso por no elegir tallas con margen.
    </p><p class="article-text">
        El empe&ntilde;o por estrenar absolutamente todo representa otra fuga de dinero totalmente evitable. Plataformas de econom&iacute;a circular registran cifras r&eacute;cord y permiten ahorrar hasta la mitad del presupuesto en libros y ropa . No recurrir a la segunda mano o al intercambio de material escolar entre particulares puede privar a los hogares de recuperar hasta 200 euros por alumno. Del mismo modo, ignorar los programas de pr&eacute;stamo voluntario y de <strong>libros gratuitos</strong> que promueven los colegios y comunidades aut&oacute;nomas supone renunciar a un alivio econ&oacute;mico directo.
    </p><h2 class="article-text">Desgravar gastos</h2><p class="article-text">
        No contemplar el <strong>formato digital</strong> para los libros de texto es otra oportunidad de ahorro que suele pasarse por alto. Una cesta escolar con libros de texto digitales cuesta menos que una con manuales tradicionales en papel, lo que puede recortar la factura por estudiante. Otro error com&uacute;n es comprar las lecturas obligatorias del curso en lugar de acudir a las bibliotecas p&uacute;blicas o de las asociaciones de familias para conseguirlas en pr&eacute;stamo temporal y gratuito.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, caer en la tentaci&oacute;n de comprar packs de material innecesario solo porque est&aacute;n de oferta es un error de consumo. Asimismo, muchas familias pierden dinero al no guardar las facturas de libros o uniformes, perdiendo el derecho a desgravar estos gastos en la siguiente <strong>declaraci&oacute;n de la renta</strong>. Tampoco se suele investigar la existencia de becas auton&oacute;micas o municipales destinadas a transporte, comedor o material escolar. Consumir con sentido com&uacute;n, comparar y planificar son las herramientas definitivas para una vuelta al cole m&aacute;s barata.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/evitar-errores-comunes-hora-compras-lograr-vuelta-cole-barata-pm_1_13457048.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 20 Aug 2026 10:30:31 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/5e8d534c-72ba-428e-bbe6-4ef75ee81ae1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="537368" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/5e8d534c-72ba-428e-bbe6-4ef75ee81ae1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="537368" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cómo evitar los errores más comunes a la hora de las compras y así lograr una vuelta al cole más barata]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/5e8d534c-72ba-428e-bbe6-4ef75ee81ae1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Precios,Consumo,Libros de texto,Colegios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobran las pensiones en agosto de 2026: la fecha de ingreso en cada banco]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobran-pensiones-agosto-2026-fecha-ingreso-banco_1_13451120.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/852939ef-e1b7-4ba2-bfe2-c27bb1fa0d6b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1027y31.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobran las pensiones en agosto de 2026: la fecha de ingreso en cada banco"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Varias entidades financieras anticipan los abonos mensuales, aunque posibles demoras obligan a revisar primero el calendario previsto antes de considerar que existe alguna incidencia</p><p class="subtitle">Cuándo se cobra el paro en agosto 2026: las fechas de abono en cada banco</p></div><p class="article-text">
        El cobro de las <a href="https://www.eldiario.es/temas/pensiones/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pensiones</a> vuelve a ser una de las cuestiones que muchos beneficiarios tienen en cuenta durante agosto. Aunque la Seguridad Social establece un calendario para abonar estas <a href="https://prestaciones.seg-social.es/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">prestaciones</a>, el d&iacute;a exacto en el que el dinero aparece en la cuenta puede cambiar seg&uacute;n la entidad financiera. Lo habitual es que los bancos adelanten el ingreso respecto al plazo ordinario, de modo que buena parte de los pensionistas recibe la mensualidad antes de que empiece el mes siguiente. Ese adelanto no responde a una obligaci&oacute;n general, sino a la pol&iacute;tica de cada entidad.
    </p><p class="article-text">
        La normativa establece que las pensiones se pagan a mes vencido y que el importe debe estar disponible entre el primer d&iacute;a h&aacute;bil del mes y, como m&aacute;ximo, el cuarto d&iacute;a natural. El Instituto Nacional de la Seguridad Social abona las cantidades a las entidades financieras dentro de ese periodo. A partir de ese momento, cada banco decide si adelanta el dinero a sus clientes y en qu&eacute; fecha lo hace. Por eso, no todos los beneficiarios reciben el ingreso al mismo tiempo, aunque cobren una prestaci&oacute;n perteneciente al mismo sistema.
    </p><p class="article-text">
        Estas diferencias forman parte del funcionamiento habitual del pago de las pensiones. Los bancos suelen mantener una pauta parecida cada mes, aunque el calendario puede cambiar cuando coinciden fines de semana o festivos. Tambi&eacute;n influyen la operativa interna de cada entidad y la recepci&oacute;n de los ficheros de pago. Las fechas anticipadas afectan a las pensiones contributivas domiciliadas en una cuenta bancaria y el ingreso se realiza de manera autom&aacute;tica, sin que el beneficiario tenga que realizar ning&uacute;n tr&aacute;mite adicional.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo paga cada banco la pensi&oacute;n en agosto</h2><p class="article-text">
        Unicaja tiene previsto adelantar la mensualidad el viernes 21 de agosto de 2026. Ser&aacute; la primera de las entidades incluidas en este calendario en poner el dinero a disposici&oacute;n de sus clientes. La fecha queda justo antes del fin de semana del 22 y 23, por lo que quienes tengan domiciliada all&iacute; su prestaci&oacute;n podr&aacute;n recibir el importe antes que los usuarios de otros bancos. Este adelanto no modifica el calendario de la Seguridad Social, sino que depende de la operativa propia de la entidad.
    </p><p class="article-text">
        Banco Santander y CaixaBank sit&uacute;an el ingreso el lunes 24 de agosto. Las dos entidades concentran el pago despu&eacute;s del fin de semana y un d&iacute;a antes que varios bancos incluidos en el listado. Que un pensionista reciba el dinero esa jornada mientras otro todav&iacute;a no lo tenga disponible no significa que exista una incidencia. La fecha concreta depende del banco en el que est&eacute; domiciliada la prestaci&oacute;n y de la pol&iacute;tica de adelanto que aplique cada entidad.
    </p><p class="article-text">
        El martes 25 de agosto ser&aacute; la fecha de referencia para BBVA, Banco Sabadell, Abanca y Kutxabank. Las cuatro entidades coinciden ese d&iacute;a para realizar el abono anticipado de la mensualidad. De esta forma, las fechas previstas para agosto quedan repartidas entre el viernes 21, el lunes 24 y el martes 25. La Seguridad Social no fija una jornada concreta para estos adelantos, por lo que cada banco puede organizar el ingreso seg&uacute;n sus propios criterios.
    </p><p class="article-text">
        La diferencia de uno o varios d&iacute;as entre unas entidades y otras es habitual. La referencia para cada pensionista debe ser la fecha comunicada por su propio banco y no la correspondiente a otra compa&ntilde;&iacute;a. En general, estos abonos suelen situarse entre los d&iacute;as 21 y 26 de cada mes, aunque esa pauta puede cambiar. Por este motivo, una variaci&oacute;n respecto a meses anteriores no significa necesariamente que exista un problema con la prestaci&oacute;n si el ingreso contin&uacute;a dentro del calendario previsto.
    </p><h2 class="article-text">Qu&eacute; hacer si no has recibido el pago de la pensi&oacute;n</h2><p class="article-text">
        Si el ingreso no aparece cuando se esperaba, lo primero es comprobar si el banco ya ha llegado a la fecha prevista para realizarlo. No todas las entidades siguen el mismo calendario y que otros pensionistas hayan recibido ya la mensualidad no significa necesariamente que exista un retraso. Tambi&eacute;n hay que tener en cuenta que el adelanto no es una obligaci&oacute;n com&uacute;n para todos los bancos y que el pago ordinario puede efectuarse dentro del margen legal establecido para los primeros d&iacute;as del mes siguiente.
    </p><p class="article-text">
        Cuando han pasado varios d&iacute;as desde la fecha prevista y el dinero sigue sin aparecer en la cuenta, la primera consulta deber&iacute;a hacerse con la entidad financiera. El banco puede comprobar si el movimiento est&aacute; pendiente de contabilizarse, si se ha producido un retraso puntual o si existe alguna incidencia relacionada con la cuenta. Esta comprobaci&oacute;n resulta especialmente &uacute;til cuando se han realizado cambios recientes en la domiciliaci&oacute;n o modificaciones de datos que puedan afectar a la recepci&oacute;n de la prestaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Si el banco no encuentra el ingreso o no puede explicar la demora, el siguiente paso es ponerse en contacto con la Seguridad Social. Sus canales de atenci&oacute;n permiten comprobar si la prestaci&oacute;n se ha emitido correctamente y si los datos bancarios asociados al expediente est&aacute;n actualizados. Para facilitar la consulta, conviene disponer de la documentaci&oacute;n personal, los datos de la cuenta en la que se espera recibir el dinero y cualquier comunicaci&oacute;n reciente relacionada con la pensi&oacute;n o con cambios administrativos.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n es recomendable revisar si existen avisos pendientes, modificaciones de domiciliaci&oacute;n que no se hayan completado o incidencias con la cuenta bancaria. Tanto la entidad financiera como el <a href="https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Instituto Nacional de la Seguridad Social</a> pueden informar sobre el estado del pago y ayudar a localizar el origen del problema. Antes de considerar que existe una falta de abono, conviene diferenciar entre la fecha de adelanto aplicada por cada banco y el plazo ordinario de la Seguridad Social, ya que son calendarios distintos y el primero puede variar de una entidad a otra.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobran-pensiones-agosto-2026-fecha-ingreso-banco_1_13451120.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 18 Aug 2026 04:59:38 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/852939ef-e1b7-4ba2-bfe2-c27bb1fa0d6b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1027y31.jpg" length="484644" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/852939ef-e1b7-4ba2-bfe2-c27bb1fa0d6b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1027y31.jpg" type="image/jpeg" fileSize="484644" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobran las pensiones en agosto de 2026: la fecha de ingreso en cada banco]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/852939ef-e1b7-4ba2-bfe2-c27bb1fa0d6b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1027y31.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Pensiones,Pensionistas,Bancos,Jubilación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Qué son y cómo funcionan las passkeys empresariales, las credenciales que cada vez más trabajadores utilizan]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/son-funcionan-passkeys-empresariales-credenciales-vez-trabajadores-utilizan-pm_1_13431988.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5a3f60dd-bbb7-4465-97a0-2141b8f502c1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Qué son y cómo funcionan las passkeys empresariales, las credenciales que cada vez más trabajadores utilizan"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Son credenciales criptográficas diseñada para sustituir definitivamente a las contraseñas tradicionales en el entorno laboral</p><p class="subtitle">Este es el nuevo intento de estafa de quienes, a través de un sms, se hacen pasar por la Agencia Tributaria</p></div><p class="article-text">
        Cada vez m&aacute;s <strong>empresas</strong> abandonan el tradicional sistema de <strong>claves alfanum&eacute;ricas</strong> para adoptar las denominadas <strong>passkeys</strong> como nuevo est&aacute;ndar de <strong>seguridad</strong>. Esta tecnolog&iacute;a surge para solucionar el eslab&oacute;n m&aacute;s d&eacute;bil de la ciberseguridad corporativa: las contrase&ntilde;as que los empleados olvidan, reutilizan o comparten inadecuadamente. Las passkeys representan una revoluci&oacute;n en la <strong>autenticaci&oacute;n</strong> que ya est&aacute;n integrando algunos gigantes tecnol&oacute;gicos en sus plataformas. El cambio no es meramente est&eacute;tico, sino una respuesta directa a la creciente vulnerabilidad de los sistemas tradicionales frente a ataques masivos.
    </p><p class="article-text">
        Actualmente, millones de trabajadores utilizan este m&eacute;todo para acceder a sus herramientas diarias sin tener que memorizar complejos c&oacute;digos de acceso. Es el inicio de una era sin <strong>contrase&ntilde;as</strong> donde la comodidad y la protecci&oacute;n avanzada convergen finalmente para el usuario. La adopci&oacute;n masiva est&aacute; transformando la manera en que las organizaciones protegen sus activos digitales m&aacute;s cr&iacute;ticos y confidenciales. El &eacute;xito de esta transici&oacute;n depende de entender que la seguridad inform&aacute;tica ha cambiado para siempre gracias a esta soluci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Una <strong>passkey</strong> es fundamentalmente una <strong>credencial criptogr&aacute;fica</strong> dise&ntilde;ada para sustituir definitivamente a las contrase&ntilde;as tradicionales en el entorno laboral. En lugar de teclear una clave, el trabajador confirma su identidad utilizando los mismos m&eacute;todos que ya emplea para desbloquear su smartphone personal. Esto incluye el reconocimiento facial, la huella dactilar o un n&uacute;mero PIN espec&iacute;fico configurado previamente en su dispositivo de trabajo. Al eliminar la necesidad de memorizar caracteres complejos, se reduce dr&aacute;sticamente el error humano que suele comprometer la seguridad de la red. 
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/8e37d504-fd53-4b2d-b501-01208fbf10a7_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/8e37d504-fd53-4b2d-b501-01208fbf10a7_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/8e37d504-fd53-4b2d-b501-01208fbf10a7_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/8e37d504-fd53-4b2d-b501-01208fbf10a7_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/8e37d504-fd53-4b2d-b501-01208fbf10a7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/8e37d504-fd53-4b2d-b501-01208fbf10a7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/8e37d504-fd53-4b2d-b501-01208fbf10a7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="Aunque un ciberdelincuente logre engañar al trabajador para que acceda a una URL falsa, la credencial simplemente no funcionará allí"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                Aunque un ciberdelincuente logre engañar al trabajador para que acceda a una URL falsa, la credencial simplemente no funcionará allí                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        El proceso de inicio de sesi&oacute;n se vuelve mucho m&aacute;s &aacute;gil, pasando de minutos de espera a apenas unos pocos segundos. Este m&eacute;todo se basa en est&aacute;ndares globales para garantizar una interoperabilidad total entre diferentes sistemas y navegadores. Los dispositivos modernos ya est&aacute;n listos para implementar esta tecnolog&iacute;a de forma nativa. As&iacute;, la biometr&iacute;a se convierte en la llave digital definitiva que abre las puertas de las aplicaciones y servicios corporativos.
    </p><p class="article-text">
        El funcionamiento t&eacute;cnico de estas credenciales se asienta sobre un <strong>sistema robusto de criptograf&iacute;a asim&eacute;trica</strong> basado en dos claves distintas. Cuando un empleado crea una passkey, su dispositivo genera autom&aacute;ticamente una clave p&uacute;blica y otra clave privada que est&aacute;n interconectadas. La clave p&uacute;blica se almacena de forma segura en el servidor de la empresa o del servicio al que se desea acceder. Por el contrario, la clave privada nunca abandona el dispositivo del usuario y permanece protegida en componentes de hardware aislados. Durante el inicio de sesi&oacute;n, el servidor env&iacute;a un desaf&iacute;o que solo puede resolverse mediante el uso de la clave privada local. Esta validaci&oacute;n se realiza internamente en el equipo tras verificar la identidad del trabajador mediante su biometr&iacute;a o su c&oacute;digo PIN. 
    </p><p class="article-text">
        Es importante destacar que el servicio externo nunca recibe la <strong>huella dactilar </strong>ni la imagen del <strong>rostro</strong> del usuario durante este proceso. Este aislamiento garantiza que la informaci&oacute;n sensible del empleado permanezca siempre bajo su control directo y fuera de servidores externos. Uno de los mayores atractivos de las passkeys empresariales es su resistencia absoluta frente a los ataques de phishing m&aacute;s convencionales. Una passkey est&aacute; vinculada intr&iacute;nsecamente al dominio espec&iacute;fico para el que fue creada, impidiendo su uso en sitios web fraudulentos o imitaciones. 
    </p><p class="article-text">
        Aunque un <a href="https://www.eldiario.es/temas/ciberdelincuencia/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ciberdelincuente</a> logre enga&ntilde;ar al trabajador para que acceda a una URL falsa, la credencial simplemente no funcionar&aacute; all&iacute;. Adem&aacute;s, al no existir un texto que memorizar, el empleado no puede entregar accidentalmente sus datos de acceso a terceros malintencionados. Por otro lado, este sistema elimina el riesgo asociado a las filtraciones masivas de bases de datos de contrase&ntilde;as corporativas. Los servidores solo guardan claves p&uacute;blicas que resultan in&uacute;tiles para un atacante sin acceso f&iacute;sico al dispositivo donde reside la clave privada. Esto neutraliza los ataques de fuerza bruta y el uso de credenciales robadas que circulan masivamente en la internet oscura. La seguridad ya no depende de la complejidad de una palabra, sino de la robustez de un algoritmo criptogr&aacute;fico avanzado.
    </p><p class="article-text">
        La implementaci&oacute;n de <strong>passkeys</strong> conlleva beneficios operativos significativos que van m&aacute;s all&aacute; de la mera protecci&oacute;n de los datos de la empresa. El departamento de soporte t&eacute;cnico suele dedicar una gran parte de su tiempo a gestionar incidencias relacionadas con el olvido de claves. Al adoptar este nuevo m&eacute;todo, las solicitudes de restablecimiento de contrase&ntilde;as disminuyen dr&aacute;sticamente, liberando recursos valiosos para tareas de mayor impacto. La productividad de la plantilla tambi&eacute;n mejora, ya que el acceso a las herramientas de trabajo es mucho m&aacute;s r&aacute;pido y fluido. El ahorro en costes administrativos y de soporte justifica por s&iacute; solo la inversi&oacute;n tecnol&oacute;gica necesaria para realizar esta importante transici&oacute;n. Adem&aacute;s, las empresas pueden cumplir m&aacute;s f&aacute;cilmente con las normativas europeas de protecci&oacute;n de datos que exigen m&eacute;todos de autenticaci&oacute;n fuertes. 
    </p><h2 class="article-text">Dos modalidades</h2><p class="article-text">
        Y es que, como afirma Jordi Alarc&oacute;n, responsable de IT de Esofitec, empresa especializada en soluciones tecnol&oacute;gicas de facturaci&oacute;n, contabilidad, gesti&oacute;n y recursos humanos, &ldquo;cuando hablamos de contrase&ntilde;as siempre existe la <strong>vulnerabilidad</strong>. Este sistema las elimina, ofrece m&aacute;s seguridad y hace el acceso m&aacute;s sencillo. Desde el punto de vista de un departamento de IT son un gran avance, ya que reduce el problema que suponen los errores humanos, el eslab&oacute;n m&aacute;s d&eacute;bil en las estructuras de <a href="https://www.eldiario.es/temas/ciberseguridad/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ciberseguridad</a>&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Dentro del &aacute;mbito empresarial, existen <strong>dos modalidades</strong> principales de passkeys que las empresas deben evaluar seg&uacute;n sus pol&iacute;ticas de seguridad internas. Las passkeys sincronizadas permiten utilizar la misma credencial en varios dispositivos autorizados a trav&eacute;s de servicios en la nube de confianza. Esta opci&oacute;n ofrece una gran comodidad y flexibilidad para empleados que cambian constantemente entre su ordenador port&aacute;til, su tablet y su m&oacute;vil. Sin embargo, para entornos con requisitos de seguridad extremos, existen las passkeys vinculadas estrictamente a un &uacute;nico dispositivo f&iacute;sico. Estas credenciales no pueden copiarse ni sincronizarse, actuando como guardianes de fortaleza que exigen el uso exclusivo de un hardware concreto. Muchas empresas optan por estas &uacute;ltimas para proteger accesos cr&iacute;ticos a infraestructuras sensibles o datos financieros de alta confidencialidad. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/son-funcionan-passkeys-empresariales-credenciales-vez-trabajadores-utilizan-pm_1_13431988.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 06 Aug 2026 11:48:56 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/5a3f60dd-bbb7-4465-97a0-2141b8f502c1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="2213343" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/5a3f60dd-bbb7-4465-97a0-2141b8f502c1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="2213343" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Qué son y cómo funcionan las passkeys empresariales, las credenciales que cada vez más trabajadores utilizan]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/5a3f60dd-bbb7-4465-97a0-2141b8f502c1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Empresas,Ciberdelincuencia,Ciberseguridad]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobra el paro en agosto 2026: las fechas de abono en cada banco]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-paro-agosto-2026-fechas-abono-banco_1_13420480.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4745a676-c46a-41f1-a281-9026d2a8a913_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobra el paro en agosto 2026: las fechas de abono en cada banco"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El calendario oficial marca una referencia común, aunque los adelantos de algunas entidades pueden hacer que la prestación llegue varios días antes</p><p class="subtitle">Estas son las nuevas formas de identificación que puedes utilizar para solicitar el subsidio por desempleo</p></div><p class="article-text">
        La llegada de agosto vuelve a situar la fecha de cobro de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/desempleo/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">prestaci&oacute;n por desempleo</a> entre las principales consultas de quienes reciben esta ayuda. Conocer con cierta antelaci&oacute;n cu&aacute;ndo estar&aacute; disponible el dinero resulta especialmente importante para organizar los gastos del hogar, atender recibos y afrontar otros pagos habituales durante un mes en el que muchas familias tambi&eacute;n modifican sus rutinas por las vacaciones.
    </p><p class="article-text">
        El paro constituye una fuente de ingresos esencial para las personas que han perdido su empleo y cumplen los requisitos establecidos para acceder a esta protecci&oacute;n. Su abono se mantiene mientras el beneficiario conserve el derecho reconocido y atienda las obligaciones asociadas, entre ellas renovar la demanda de empleo dentro del plazo correspondiente y comunicar cualquier cambio que pueda afectar a su situaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        A pesar de que existe un procedimiento com&uacute;n para tramitar estas prestaciones, el dinero no siempre aparece en las cuentas durante las primeras jornadas del mes. Esta circunstancia suele generar dudas entre quienes consultan su saldo y todav&iacute;a no encuentran reflejada la cantidad esperada, aunque en muchos casos se debe &uacute;nicamente al funcionamiento habitual del proceso de pago.
    </p><p class="article-text">
        En agosto de 2026 puede establecerse una referencia aproximada para el ingreso, pero la jornada concreta no ser&aacute; necesariamente id&eacute;ntica para todos los perceptores. El calendario del mes y las distintas formas de gestionar los abonos permiten elaborar previsiones que ayudan a saber cu&aacute;ndo podr&iacute;a recibirse la prestaci&oacute;n y a identificar si existe realmente alguna incidencia.
    </p><h2 class="article-text">Fechas de cobro del paro en agosto seg&uacute;n cada banco</h2><p class="article-text">
        El pago de las prestaciones por desempleo tendr&aacute; como fecha general de referencia el lunes 10 de agosto de 2026. Al coincidir el d&iacute;a 10 con una jornada laborable, el calendario no obliga a trasladar el ingreso. Sin embargo, el momento exacto en el que el dinero aparecer&aacute; en la cuenta depender&aacute; de la pol&iacute;tica aplicada por cada entidad financiera.
    </p><p class="article-text">
        El <a href="https://www.sepe.es/HomeSepe/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">SEPE</a> abona las prestaciones por mensualidades vencidas y realiza el ingreso en la cuenta bancaria facilitada por el beneficiario. A partir de ah&iacute;, algunos bancos esperan a la fecha ordinaria, mientras que otros anticipan la cantidad una vez que reciben la informaci&oacute;n necesaria para tramitar el pago.
    </p><p class="article-text">
        En el caso de Unicaja, la previsi&oacute;n es que la prestaci&oacute;n quede disponible el domingo 9 de agosto, siempre que la entidad haya recibido previamente los datos requeridos para efectuar el abono. De este modo, sus clientes podr&iacute;an disponer del dinero un d&iacute;a antes de la fecha general establecida. CaixaBank mantendr&iacute;a el lunes 10 de agosto como jornada prevista para realizar el ingreso. Una fecha similar se contempla para los clientes de BBVA, que podr&iacute;an empezar a ver reflejada la prestaci&oacute;n en sus cuentas a partir de ese mismo lunes.
    </p><h2 class="article-text">Por qu&eacute; la prestaci&oacute;n no llega el mismo d&iacute;a a todas las cuentas</h2><p class="article-text">
        El SEPE se encarga de reconocer la prestaci&oacute;n por desempleo y tramitar la orden correspondiente, pero la fecha en la que el importe queda disponible tambi&eacute;n est&aacute; condicionada por la actuaci&oacute;n de cada entidad financiera. Esta intervenci&oacute;n explica que dos beneficiarios con el mismo tipo de ayuda puedan recibir el dinero en jornadas diferentes.  
    </p><p class="article-text">
        Determinados bancos anticipan el abono antes de que llegue la fecha habitual. Para ello utilizan la informaci&oacute;n sobre las n&oacute;minas que reciben previamente y ponen la cantidad a disposici&oacute;n de sus clientes con recursos propios. Se trata de una pol&iacute;tica comercial voluntaria, por lo que no modifica las condiciones de la prestaci&oacute;n, su duraci&oacute;n ni el importe reconocido.
    </p><p class="article-text">
        Las entidades que no aplican este adelanto incorporan el dinero a las cuentas cuando la transferencia se procesa conforme al calendario ordinario. En esos casos, el ingreso puede aparecer en la fecha prevista o trasladarse al siguiente d&iacute;a laborable cuando coinciden fines de semana o festivos. Esta diferencia no supone necesariamente que exista una incidencia en el expediente.
    </p><p class="article-text">
        La hora concreta en la que se actualiza el saldo tampoco es id&eacute;ntica en todos los bancos. Los ciclos de procesamiento, los horarios internos y el funcionamiento de los sistemas inform&aacute;ticos pueden provocar que el movimiento se muestre por la ma&ntilde;ana, por la tarde o incluso m&aacute;s adelante dentro de la misma jornada. Antes de comunicar un posible impago, conviene comprobar que la cuenta registrada es correcta y que se han cumplido obligaciones como mantener activa la demanda de empleo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-paro-agosto-2026-fechas-abono-banco_1_13420480.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 01 Aug 2026 05:59:40 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/4745a676-c46a-41f1-a281-9026d2a8a913_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="715332" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/4745a676-c46a-41f1-a281-9026d2a8a913_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="715332" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobra el paro en agosto 2026: las fechas de abono en cada banco]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/4745a676-c46a-41f1-a281-9026d2a8a913_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[SEPE,Desempleo,Paro,Prestaciones,Bancos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuándo se cobra el IMV en agosto 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-imv-agosto-2026-fecha-abono-ingreso-minimo-vital_1_13417564.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/0d667882-91a7-4ce4-b2bd-ac13852ed7bd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuándo se cobra el IMV en agosto 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las entidades bancarias manejan distintos calendarios para adelantar la mensualidad, mientras los nuevos beneficiarios pueden quedar sujetos a plazos diferentes tras recibir una resolución favorable</p><p class="subtitle">Todos los complementos por hijos que puedes utilizar para aumentar el importe de la pensión</p></div><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/ingreso-minimo-vital/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Ingreso M&iacute;nimo Vital</a> se ha convertido en un apoyo econ&oacute;mico relevante para las personas y familias cuyos recursos no alcanzan los niveles establecidos por la Seguridad Social. La prestaci&oacute;n busca asegurar unos ingresos b&aacute;sicos, aunque tanto la cantidad reconocida como las condiciones de acceso dependen de la situaci&oacute;n particular de cada solicitante, del n&uacute;mero de integrantes del hogar, as&iacute; como de los ingresos y el patrimonio disponibles.
    </p><p class="article-text">
        De cara al mes de agosto, una de las cuestiones que m&aacute;s inter&eacute;s genera es la fecha en la que se recibir&aacute; la mensualidad. El d&iacute;a concreto puede variar seg&uacute;n la entidad bancaria, ya que algunas adelantan el abono respecto al calendario ordinario. Tambi&eacute;n existen diferencias en el caso de quienes acaban de obtener una resoluci&oacute;n favorable, puesto que el primer ingreso puede seguir unos plazos distintos a los pagos habituales. 
    </p><h2 class="article-text">En qu&eacute; consiste el IMV y cu&aacute;les son sus beneficiarios</h2><p class="article-text">
        El Ingreso M&iacute;nimo Vital es una prestaci&oacute;n de la Seguridad Social destinada a garantizar unos recursos b&aacute;sicos a personas y hogares que atraviesan dificultades econ&oacute;micas. Pueden acceder tanto quienes viven de manera independiente como las unidades de convivencia formadas por varios integrantes, siempre que su nivel de renta y patrimonio se encuentre por debajo de los l&iacute;mites establecidos.
    </p><p class="article-text">
        La cantidad reconocida var&iacute;a en cada expediente. Para determinarla, se compara el conjunto de ingresos de los beneficiarios con el umbral de renta garantizada asignado seg&uacute;n el n&uacute;mero de miembros y las caracter&iacute;sticas del hogar. La normativa tambi&eacute;n prev&eacute; incrementos en determinados supuestos, entre ellos la existencia de menores, las familias monoparentales o la presencia de personas con discapacidad.
    </p><p class="article-text">
        La solicitud est&aacute; abierta a ciudadanos espa&ntilde;oles y extranjeros que residan legalmente en Espa&ntilde;a y re&uacute;nan las condiciones exigidas. Con car&aacute;cter general, se requiere haber permanecido en el pa&iacute;s de forma legal y continuada durante el a&ntilde;o anterior, aunque existen algunas excepciones. El derecho a cobrar la prestaci&oacute;n se conserva mientras contin&uacute;e la situaci&oacute;n que permiti&oacute; su concesi&oacute;n, por lo que cualquier modificaci&oacute;n familiar, econ&oacute;mica o residencial debe comunicarse a la Seguridad Social.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo se cobra el IMV de agosto</h2><p class="article-text">
        El d&iacute;a en el que el IMV aparece reflejado en la cuenta puede cambiar seg&uacute;n la entidad en la que est&eacute; domiciliada la prestaci&oacute;n. Aunque existe un calendario general para estos abonos, algunos bancos anticipan el dinero varios d&iacute;as y otros esperan hasta el cierre del mes para efectuar la transferencia.
    </p><p class="article-text">
        Banco Santander se encuentra habitualmente entre las entidades que permiten disponer antes de la mensualidad, por lo que sus clientes podr&iacute;an recibir el ingreso a partir del s&aacute;bado 22 de agosto. CaixaBank tendr&iacute;a como fecha de referencia el lunes 24, mientras que BBVA mantendr&iacute;a su jornada habitual de pago, fijada en esta ocasi&oacute;n para el martes 25.
    </p><p class="article-text">
        Unicaja sigue una operativa diferente y, por norma general, abona el IMV durante el &uacute;ltimo d&iacute;a h&aacute;bil del mes. En agosto de 2026, esta fecha corresponde al lunes 31, de modo que sus beneficiarios tendr&iacute;an que esperar algunos d&iacute;as m&aacute;s que los clientes de las entidades que aplican adelantos.
    </p><p class="article-text">
        Estas previsiones pueden experimentar modificaciones debido a los procedimientos internos de cada banco o al tiempo necesario para procesar la transferencia. Adem&aacute;s, el ingreso no siempre se refleja a la misma hora en todas las cuentas, por lo que una demora dentro del propio d&iacute;a se&ntilde;alado no implica necesariamente que exista un problema con la prestaci&oacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Cu&aacute;ndo llega el primer ingreso del IMV</h2><p class="article-text">
        El estreno en el cobro del IMV no siempre coincide con las fechas habituales de quienes ya reciben la prestaci&oacute;n con regularidad. En los expedientes reci&eacute;n aprobados, el momento del abono depende de cu&aacute;ndo se comunica la resoluci&oacute;n favorable y de si esta puede incorporarse a tiempo al proceso de pagos del mes en curso.
    </p><p class="article-text">
        Si la concesi&oacute;n se formaliza una vez iniciado el mes, la transferencia puede quedar incluida en la siguiente n&oacute;mina. Esta situaci&oacute;n es m&aacute;s frecuente cuando la aprobaci&oacute;n se produce cerca del cierre del periodo de pago, ya que la Administraci&oacute;n necesita completar la tramitaci&oacute;n antes de ordenar el ingreso.
    </p><p class="article-text">
        El hecho de que el dinero llegue m&aacute;s tarde no supone necesariamente una reducci&oacute;n de la cantidad reconocida. El primer abono puede reunir las mensualidades o importes generados desde la fecha en la que la ayuda comienza a tener efectos econ&oacute;micos, de acuerdo con lo indicado en la resoluci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Por ello, conviene diferenciar el d&iacute;a desde el que nace el derecho a percibir el IMV de la fecha exacta en la que la entidad bancaria refleja la transferencia. Una vez efectuado este pago inicial, las siguientes mensualidades se incorporan al funcionamiento ordinario, siempre que contin&uacute;en cumpli&eacute;ndose las condiciones exigidas para mantener la prestaci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Edu Molina]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/cobra-imv-agosto-2026-fecha-abono-ingreso-minimo-vital_1_13417564.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 01 Aug 2026 05:59:39 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/0d667882-91a7-4ce4-b2bd-ac13852ed7bd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="769591" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/0d667882-91a7-4ce4-b2bd-ac13852ed7bd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="769591" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Cuándo se cobra el IMV en agosto 2026: fecha de abono del Ingreso Mínimo Vital]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/0d667882-91a7-4ce4-b2bd-ac13852ed7bd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Ingreso Mínimo Vital,Ayudas,Seguridad Social,Economía doméstica]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[En qué consiste la nueva ley europea sobre IA y cómo afectará a las empresas que la utilizan en su actividad diaria]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/consiste-nueva-ley-europea-ia-afectara-empresas-utilizan-actividad-diaria-pm_1_13417566.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a56d2923-0fe7-4c25-b46c-213d72c4f06f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt=""></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">A partir del 2 de agosto las empresas deben garantizar que cualquier interacción con un sistema automatizado sea plenamente identificable para el usuario final o cliente</p><p class="subtitle">El miniejército de robots humanoides de China completan 64 horas sin parar y refuerzan su salto a fábricas y almacenes</p></div><p class="article-text">
        La <strong>Uni&oacute;n Europea</strong> quiere implementar ya el primer marco jur&iacute;dico integral del mundo destinado a regular el desarrollo y uso de la <a href="https://www.eldiario.es/temas/inteligencia-artificial/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">inteligencia artificial</a>. Conocida t&eacute;cnicamente como el Reglamento (UE) 2024/1689, esta normativa pionera busca fomentar una tecnolog&iacute;a fiable que respete siempre los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos. Su enfoque no es punitivo por definici&oacute;n, sino que se basa en una clasificaci&oacute;n de riesgos que adapta las exigencias legales al peligro potencial de cada sistema. 
    </p><p class="article-text">
        Desde los inicios de esta ley, el <strong>calendario</strong> de aplicaci&oacute;n ha avanzado de forma escalonada para permitir que el tejido empresarial se adapte. Esta ley afecta a todos los actores de la cadena de valor, desde desarrolladores hasta simples usuarios profesionales. El eje de esta regulaci&oacute;n reside en su estructura basada en cuatro niveles de riesgo que determinan las obligaciones espec&iacute;ficas para cada herramienta tecnol&oacute;gica utilizada hoy d&iacute;a. En el escal&oacute;n m&aacute;s alto se sit&uacute;an las pr&aacute;cticas inaceptables que suponen una amenaza clara para la seguridad o los derechos de las personas, quedando totalmente prohibidas. Por debajo encontramos los sistemas de alto riesgo, que abarcan &aacute;reas cr&iacute;ticas como la salud, la educaci&oacute;n o la gesti&oacute;n de infraestructuras esenciales. Para la mayor&iacute;a de las empresas, los niveles de riesgo limitado o m&iacute;nimo ser&aacute;n los m&aacute;s habituales en sus operaciones cotidianas de oficina. Esta distinci&oacute;n permite que aplicaciones sencillas como los filtros de correo no deseado sigan operando sin cargas burocr&aacute;ticas excesivamente pesadas.
    </p><p class="article-text">
        Una de las fechas m&aacute;s cr&iacute;ticas para las empresas que utilizan <strong>inteligencia artificial</strong> es precisamente este inminente <strong>2 de agosto</strong>, momento en que la transparencia se vuelve obligatoria. A partir de esta fecha, las <a href="https://www.eldiario.es/temas/empresas/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">empresas</a> deben garantizar que cualquier interacci&oacute;n con un sistema automatizado sea plenamente identificable para el usuario final o cliente. Esto implica que los asistentes virtuales y los populares chatbots de atenci&oacute;n al cliente deber&aacute;n revelar su naturaleza artificial desde el inicio del contacto establecido. No bastar&aacute; con ocultar esta informaci&oacute;n en las condiciones de uso, sino que el aviso debe ser claro y accesible durante toda la conversaci&oacute;n. El objetivo es preservar la <strong>confianza</strong> del p&uacute;blico al asegurar que los humanos sepan siempre si est&aacute;n tratando con una m&aacute;quina.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






    <picture class="news-image">
                                    <!--[if IE 9]>
                <video style="display: none;"><![endif]-->
                                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 576px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/d9e4bdd3-e659-4fa4-b1bb-afd8b84787ff_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 576px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/d9e4bdd3-e659-4fa4-b1bb-afd8b84787ff_16-9-discover-aspect-ratio_50p_0.jpg"
                        >
                                                                                                                        
                                                    <source
                                    media="(max-width: 767px)"
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/d9e4bdd3-e659-4fa4-b1bb-afd8b84787ff_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.webp"
                            >
                                                <source
                                media="(max-width: 767px)"
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/d9e4bdd3-e659-4fa4-b1bb-afd8b84787ff_16-9-discover-aspect-ratio_75p_0.jpg"
                        >
                                                                    
                                                    <source
                                    
                                    type="image/webp"
                                    srcset="https://static.eldiario.es/clip/d9e4bdd3-e659-4fa4-b1bb-afd8b84787ff_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.webp"
                            >
                                                <source
                                
                                type="image/jpg"
                                srcset="https://static.eldiario.es/clip/d9e4bdd3-e659-4fa4-b1bb-afd8b84787ff_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                        >
                                    
                <!--[if IE 9]></video><![endif]-->

                <img
                                        src="https://static.eldiario.es/clip/d9e4bdd3-e659-4fa4-b1bb-afd8b84787ff_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg"
                    alt="El objetivo es preservar la confianza del público al asegurar que los humanos sepan siempre si están tratando con una máquina"
                >

            
            </picture>

            
            
                            <figcaption class="image-footer">
            <span class="title">
                El objetivo es preservar la confianza del público al asegurar que los humanos sepan siempre si están tratando con una máquina                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        La obligaci&oacute;n de <strong>etiquetado</strong> se extiende tambi&eacute;n a la creaci&oacute;n y difusi&oacute;n de contenidos generados o manipulados artificialmente, como im&aacute;genes, audios y piezas de v&iacute;deo hiperrealistas. Los proveedores de sistemas generativos deben incorporar marcas de agua digitales o metadatos legibles por m&aacute;quina que permitan detectar el origen sint&eacute;tico del archivo. Por su parte, las empresas que publiquen estos materiales en sus redes sociales tienen la responsabilidad legal de incluir avisos visibles y expl&iacute;citos. Esta medida es especialmente rigurosa con los llamados deepfakes, donde la alteraci&oacute;n del rostro o la voz de una persona podr&iacute;a inducir a enga&ntilde;o. El reglamento busca evitar la desinformaci&oacute;n en un entorno digital donde la realidad y la ficci&oacute;n son ya dif&iacute;ciles de separar.
    </p><p class="article-text">
        En el &aacute;mbito de la <strong>comunicaci&oacute;n</strong>, la ley introduce reglas espec&iacute;ficas para los textos publicados que informen sobre asuntos que resulten de inter&eacute;s p&uacute;blico general. Si una empresa utiliza modelos de lenguaje para redactar noticias, cr&oacute;nicas financieras o an&aacute;lisis electorales de forma automatizada, deber&aacute; identificar claramente dicha autor&iacute;a artificial. Existe una excepci&oacute;n importante para aquellos art&iacute;culos que, aunque utilicen herramientas de apoyo, pasen por una edici&oacute;n humana real donde se asuma la responsabilidad editorial final. Esto permite que la inteligencia artificial siga siendo un asistente valioso para corregir ortograf&iacute;a o mejorar el estilo sin necesidad de etiquetas. Sin embargo, la publicaci&oacute;n directa de reportes sin supervisi&oacute;n humana s&iacute; requerir&aacute; un marcado transparente ante la audiencia.
    </p><p class="article-text">
        No todo el uso de la <strong>inteligencia artificial</strong> en la actividad diaria de una oficina estar&aacute; sujeto a estas exigentes medidas de marcado o transparencia p&uacute;blica obligatoria. La normativa excluye espec&iacute;ficamente las comunicaciones internas de la empresa, como la redacci&oacute;n de correos corporativos, manuales de formaci&oacute;n o res&uacute;menes de reuniones privadas. Igualmente, la generaci&oacute;n de c&oacute;digo fuente por equipos de desarrollo de <strong>software</strong> o la creaci&oacute;n de esl&oacute;ganes publicitarios y textos comerciales no requieren avisos legales. Estas excepciones est&aacute;n dise&ntilde;adas para no entorpecer la eficiencia operativa interna ni penalizar la creatividad en el <strong>marketing</strong> digital de productos b&aacute;sicos. Las empresas pueden as&iacute; integrar la tecnolog&iacute;a en sus flujos de trabajo administrativos sin temor a incurrir en infracciones graves.
    </p><h2 class="article-text">Sanciones considerables</h2><p class="article-text">
        Para navegar por este escenario regulatorio, muchas compa&ntilde;&iacute;as est&aacute;n recurriendo a <strong>soluciones</strong> especializadas de gobernanza que permiten registrar y auditar cada sistema tecnol&oacute;gico empleado. Estas herramientas facilitan la clasificaci&oacute;n de los riesgos asociados a cada departamento y definen las medidas de cumplimiento exactas que deben aplicarse seg&uacute;n la finalidad. Adem&aacute;s de la parte t&eacute;cnica, la ley exige a las empresas adoptar medidas de alfabetizaci&oacute;n para que su personal est&eacute; formado en el uso de estas herramientas. No se trata solo de cumplir con un tr&aacute;mite legal, sino de integrar una cultura de responsabilidad que evite resultados discriminatorios o errores t&eacute;cnicos. 
    </p><p class="article-text">
        Ignorar las nuevas directrices europeas conlleva <strong>sanciones</strong> considerables que podr&iacute;an poner en peligro la viabilidad de muchas organizaciones en el mercado &uacute;nico. Las multas por incumplir las obligaciones de <strong>transparencia</strong> pueden alcanzar cifras astron&oacute;micas de hasta 15 millones de euros o el 3% del volumen de negocio. Para las infracciones m&aacute;s graves relacionadas con pr&aacute;cticas prohibidas, las sanciones se elevan incluso hasta los 35 millones de euros o el 7% anual. M&aacute;s all&aacute; de la sanci&oacute;n econ&oacute;mica, el da&ntilde;o reputacional de ser percibido como una empresa opaca o poco &eacute;tica puede ser devastador para la marca. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Gómez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/economia/tu-economia/consiste-nueva-ley-europea-ia-afectara-empresas-utilizan-actividad-diaria-pm_1_13417566.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 30 Jul 2026 12:40:27 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/a56d2923-0fe7-4c25-b46c-213d72c4f06f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="8177413" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/a56d2923-0fe7-4c25-b46c-213d72c4f06f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="8177413" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[En qué consiste la nueva ley europea sobre IA y cómo afectará a las empresas que la utilizan en su actividad diaria]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/a56d2923-0fe7-4c25-b46c-213d72c4f06f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Inteligencia artificial,Empresas,UE - Unión Europea,Robots]]></media:keywords>
    </item>
  </channel>
</rss>
