Renta 2025: las 24 deducciones y las nuevas medidas fiscales a las que te puedes acoger en Balears
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La campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025 ha comenzado este miércoles, 8 de abril, y se prolongará hasta el 30 de junio. En el caso de Balears, los contribuyentes podrán aplicar hasta 24 deducciones autonómicas, un paquete fiscal que incorpora nuevas medidas y ajustes con especial foco en la vivienda -como la deducción por gastos asociados a viviendas okupadas-, el refuerzo de los incentivos al trabajo autónomo y la ampliación de los límites de renta en determinados supuestos, como familias numerosas o monoparentales, con el objetivo de extender el acceso a estos beneficios.
En concreto, los límites de renta para acceder a las deducciones autonómicas se mantienen, con carácter general, en los 33.000 euros en tributación individual y en los 52.800 de forma conjunta, mientras que en el caso de las familias numerosas y monoparentales los umbrales se elevan hasta los 39.600 y los 63.360 euros, respectivamente.
En estos momentos ya es posible solicitar y confirmar el borrador a través de internet, mientras que el 6 de mayo se abrirá la opción de tramitar la declaración por teléfono y, desde el 1 de junio, de forma presencial, para las cuales deberá solicitarse cita previa. Estas son las deducciones que los contribuyentes pueden aplicarse en Balears:
Vivienda
En materia de vivienda, los contribuyentes pueden deducirse el 15% del alquiler de la vivienda habitual, con un límite máximo de 530 euros anuales, porcentaje que se eleva al 20% con un máximo de 650 euros en determinados colectivos, como jóvenes, personas con discapacidad o familias con cargas. Para los propietarios que alquilan, se permite deducir hasta el 75% de determinados gastos asociados al arrendamiento, con un límite de 1.500 euros, mientras que las inversiones en mejora de la sostenibilidad de la vivienda pueden beneficiarse de deducciones que alcanzan hasta el 50% del gasto realizado, dentro de los límites establecidos.
La principal novedad de esta campaña es la creación de una deducción específica para propietarios afectados por la ocupación de viviendas o por la suspensión judicial de desahucios por vulnerabilidad. Esta medida permite deducir hasta el 40% de los gastos asociados al inmueble, con un máximo de 500 euros, incluyendo costes como tributos, suministros, gastos comunitarios o procedimientos judiciales siempre que estén debidamente acreditados.
Educación y familia
El bloque de educación incluye deducciones por libros de texto -que pueden alcanzar el 100% del gasto con límites por hijo-, por clases extraescolares de idiomas -con porcentajes en torno al 15% y topes específicos- y por estudios superiores fuera de la isla de residencia, con deducciones que pueden llegar hasta los 1.800 euros anuales en determinados supuestos.
En el ámbito de la familia y la conciliación, las deducciones por nacimiento o adopción alcanzan los 800 euros por hijo, cifra que puede incrementarse en casos de discapacidad. Los gastos de guardería o cuidado de menores permiten deducir el 40% del coste, con un máximo de 660 euros anuales. Las familias numerosas pueden aplicar deducciones de entre 400 y 800 euros, según categoría, mientras que las monoparentales cuentan con beneficios similares. Además, los contribuyentes con discapacidad pueden acceder a deducciones de hasta 150 euros, que aumentan en función del grado reconocido.
Empleo y actividad económica
El tercer gran bloque es el de empleo y actividad económica, donde Balears ha reforzado los incentivos al autoempleo. Se mantiene la deducción de hasta 1.000 euros por inicio de actividad para nuevos autónomos, así como una deducción del 30% de la inversión en empresas de nueva creación, con un límite de 6.000 euros. También existen beneficios para quienes ocupan puestos de difícil cobertura, con deducciones que pueden alcanzar los 2.000 euros en función de las circunstancias.
Junto a estos ejes principales, el sistema autonómico incluye otras deducciones más específicas, como las vinculadas al mecenazgo, que permiten deducir entre el 15% y el 25% de las donaciones, o las relacionadas con situaciones de emergencia, que contemplan deducciones variables según el tipo de ayuda percibida.
En conjunto, el diseño de las deducciones en Balears refleja una doble lógica: por un lado, aliviar la carga fiscal en ámbitos sensibles como la vivienda o la crianza; por otro, utilizar el IRPF como herramienta para incentivar determinadas políticas públicas, desde el acceso al alquiler hasta el impulso del trabajo autónomo o la fijación de población en el territorio.
Cómo presentar la declaración a través de internet
Con el plazo abierto para la campaña de este 2025, ya es posible presentarla a través de internet. A través del portal Renta WEB de la Agencia Tributaria o desde la aplicación móvil, los contribuyentes pueden consultar y revisar su borrador y aquellos datos fiscales que Hacienda ha recopilado del pasado ejercicio. Por último, podrán confirmar o modificar la información antes de enviar la declaración. Para ello, deberán seguir estos pasos:
- Acceder al borrador: mediante certificado, Cl@ve o número de referencia
- Tras iniciar sesión, deberá especificar si presenta la declaración en nombre propio o en representación de un tercero.
- Después, tendrá que elegir la opción de “nueva declaración” si acaba de comenzar con este trámite, o cargar una versión anterior si lo desea
- Tras seleccionar el idioma entre las opciones de 'Castellano', 'Catalán, 'Gallego' y 'Valenciano', deberá repasar los datos identificativos presentes en el borrador, prestando especial atención a aquellos que hayan podido variar en el tiempo, como la dirección fiscal
- Una vez confirmados los datos identificativos, aparecerá el resumen de resultados de la declaración, con el desglose de los distintos conceptos de la renta. Se trata de un cálculo automático realizado con la información aportada por el declarante, por lo que es recomendable revisar la ventana de “Apartados declaración”, en la que aparece cada concepto. De conocer la casilla, es posible buscarla por su número o concepto
- Una vez revisado todo, en la opción “Validar” aparecerán todos los posibles errores o casillas vacías de la declaración, dándote la oportunidad de revisarlos uno a uno
- Tras esto, aparecerá el resultado de lo que el declarante deberá ingresar o devolver. Es preciso tener en cuenta que los valores los positivos indican que es el declarante el que debe ingresarle dinero a Hacienda, mientras que los negativos suponen que Hacienda debe devolver dinero al contribuyente
- Antes incluso de presentar la declaración es posible descargarla en formato PDF mediante la opción “Vista previa”. Es un fichero consultivo, que no tiene validez para su presentación
- Por último, solo queda presentar la Renta, e indicar a Hacienda en qué cuenta bancaria deberá efectuar el ingreso o retirada de efectivo.
Cómo saber si es necesario presentar la declaración
Por lo general, tienen la obligación de presentar la declaración de la renta los autónomos, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y aquellos que reciban anualidades por alimentos. Fuera de estos grupos, no todos los contribuyentes deben presentar la declaración de la renta. Existen una serie de requisitos que el declarante debe cumplir, como el límite de ingresos por el trabajo:
- Un solo pagador: no deberán presentar la renta aquellos contribuyentes con un solo pagador e ingresos inferiores a los 22.000 euros brutos anuales
- Dos o más pagadores: si el segundo y restantes pagadores han abonado más de 1.500 euros, el límite para no tener obligación de declarar se reduce a 15.876 euros anuales. En el caso de que los pagadores adicionales no hayan superado ese límite de 1.500 euros, no tendrán que presentar la declaración aquellos que hayan percibido 22.000 euros brutos anuales
Como novedad a nivel estatal, en el ejercicio fiscal de 2025 se ha suprimido la obligatoriedad de presentar la renta para aquellos declarantes que reciban prestaciones no contributivas o subsidios del SEPE. Esto solo se aplica, eso sí, si el contribuyente carece de otra fuente de ingresos como alquileres o beneficios en bolsa.
Pago por Bizum o fraccionado
Si la declaración es a pagar, se podrá domiciliar el abono, hacerlo por tarjeta o a través de Bizum. Se podrá fraccionar en dos pagos: el primero del 60% del importe al presentar la declaración y el segundo del 40% que si también se domicilia se pagará el 5 de noviembre.
En el caso de que salga a devolver, la Agencia Tributaria tiene de margen hasta el 31 de diciembre para efectuar los reintegros sin intereses.
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