Renta 2025: Cómo acceder a tus datos fiscales y qué información podrás revisar antes de hacer la declaración
Apenas queda unas semanas para que comience la campaña de la renta. Del 8 de abril al 30 de junio, será posible presentar la declaración del ejercicio fiscal de 2025. Mientras llega este momento, los contribuyentes pueden consultar desde este miércoles sus datos fiscales. Se trata de todos los datos que Hacienda ha acumulado sobre cada contribuyente en el pasado año fiscal, información vital que emplea la Agencia Tributaria para preparar el borrador de la declaración. Consultando estos datos, el contribuyente puede evitar cometer errores en su Declaración de la Renta o recibir sorpresas desagradables.
Qué son los datos fiscales
En los datos fiscales figura toda la información fiscal del ejercicio 2025 que le consta a la Agencia Tributaria y que son la base fundamental del borrador de la Declaración de la Renta. Estos son algunos ejemplos de la información que puede recopilar la Agencia Tributaria:
- Domicilio fiscal y datos personales: deberás confirmar a la Agencia Tributaria la información relativa a tu identidad y tu domicilio fiscal
- Rendimientos del trabajo o de actividades económicas
- Rendimientos de cuentas bancarias
- Amortización de bienes inmuebles
- Ingresos por alquileres
- Cotizaciones
- Información sobre préstamos
- Ventas y alquileres en plataformas web: las empresas privadas están en la obligación de informar a Hacienda de vendedores que han empleado sus plataformas y que hayan realizado más de 30 transacciones en un año u obtenido más de 2.000 euros en ventas. En otras palabras, la Agencia Tributaria también recibirá datos fiscales de pequeñas ventas o alquileres si se superan alguno de estos dos márgenes.
Se trata de una compilación de datos que interesa revisar, puesto que es responsabilidad del contribuyente subsanar cualquier error que puedan presentar, o actualizar datos antiguos. Esta responsabilidad también se traslada al borrador de la Renta. De estar incompleto, recae sobre el contribuyente el deber de introducir las modificaciones que sean pertinentes y aportar la información necesaria. Confirmar a ciegas el borrador de la Declaración de la Renta, sin consultarlo, puede acabar acarreando una sanción posterior si los datos son incorrectos.
Cómo consultar los datos fiscales
Es posible consultar los datos fiscales del contribuyente a través de la sede electrónica o mediante la aplicación de la Agencia Tributaria. Si lleva a cabo esta consulta desde el ordenador, deberá acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria al apartado de 'Datos fiscales'. Desde ahí, el usuario deberá identificarse mediante alguno de los sistemas habilitados por la plataforma:
- Cl@ve Móvil: se trata de un método de identificación electrónico, para el que se recomienda tener instalada la aplicación Cl@ve. De esta forma, es posible identificarse a través del teléfono móvil. Se trata de un método común a todos los servicios públicos de toda la Administración estatal.
- Certificado electrónico: la firma digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se instala de firma directa en el navegador del usuario
- DNI electrónico: los DNI 3.0 contienen un certificado que se puede leer con un lector en específico.
De no tener tramitados ninguno de los certificados anteriores, es posible solicitar a la Agencia Tributaria un número de referencia para la Campaña de Renta 2025. Tras acceder a este enlace, deberás facilitar información básica como datos de tu documento identificativo y la casilla 505 de la declaración de Renta del año 2024. De no poseer este número, ya sea porque no se presentó la declaración en el ejercicio anterior o la cifra de esta casilla asciende a cero, se puede facilitar las últimas cinco posiciones del IBAN de una cuenta bancaria en propiedad desde al menos el pasado 2025.
Fechas clave de la campaña de la renta 2025
Como hemos comentado, el próximo 8 de abril dará comienzo a la campaña de la Renta 2025. En ese momento, los contribuyentes podrás confirmar su borrador desde el portal de Renta Web o a través de la aplicación Móvil de la Agencia Tributaria.
Más tarde, del 29 de abril al 29 de junio, se podrá pedir cita previa para realizar la declaración por teléfono, una opción que será posible a partir del 8 de mayo. Ya el 1 de junio, se podrá recibir atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria con cita previa, que podrá solicitarse desde el 29 de mayo y el día previo al cierre de la campaña, el 30 de junio.
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