Renta 2025: Todas las deducciones por hijos a cargo que puedes aplicar en la declaración
A menos de un mes de que arranque la campaña de la Declaración de la Renta 2025, este próximo 8 de abril, conviene empezar a informarse de las novedades de este año y anotar bien las fechas del calendario de este 2026, que cierra el plazo para presentar el documento final el 30 de junio. Cada ejercicio la Agencia Tributaria modifica algunas cuestiones relacionadas con las obligaciones de los contribuyentes o cambios en algunas deducciones o procedimientos para presentar el IRPF. Por ello, contar con la información con antelación puede resultarnos muy útil y evitarnos más de un disgusto. Puedes presentar tu declaración directamente en la página web de la Agencia Tributaria, aunque también se puede hacer con cita teléfonica o presencial.
Si eres padre o madre, seguramente ya conozcas las deducciones por hijo a cargo, que siempre suponen un alivio en el resultado de la declaración. Anótalas bien y no olvides repasar este apartado con mucha atención para poder beneficiarte de todas ellas.
Deducción por maternidad
Esta deducción se aplica en las madres trabajadoras con hijos menores de tres años y que en el ejercicio a declarar hayan estado dadas de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad. La deducción es aplicable en los tres casos: en una declaración a devolver, a pagar o si te sale a cero. Y se puede cobrar tanto de forma anticipada, a razón de cien euros al mes, o en la Declaración de la Renta, con un importe máximo de 1.200 euros.
En 2023 se hizo extensible a las madres autónomas y desempleadas si están percibiendo un subsidio o prestación. En caso de fallecimiento de la madre o de que el progenitor tenga la custodia exclusiva, también puede pedirla el padre o tutor legal.
Estos son los hijos que dan derecho a la deducción:
- Hijos por naturaleza, desde el primer mes de su nacimiento hasta el anterior a cumplir los tres años. Si te sale la declaración positiva, se te restará el importe de la deducción. Por otra parte, es importante saber que se aplicará en los tres años siguientes a la inscripción en el Registro Civil sin importar la edad del menor.
- Menores en régimen de tutela, en adopción o acogimiento.
Si los menores van a la guardería, toma nota porque podrías recibir hasta mil euros más en la declaración de la renta para afrontar estos gastos.
Deducción por familia numerosa
Esta deducción es aplicable a todas las familias numerosas, generales (tres hijos a cargo) y especiales (cinco o más hijos a cargo). Para las familias numerosas de categoría general la deducción es de 1.200 euros, mientras que para las especiales es de 2.400 euros. Desde 2018 se permite aumentar esa cuantía en 600 euros por cada hijo que supere el mínimo de cada una de las categorías. La ayuda se hace extensible a familias monoparentales con al menos dos hijos.
Se puede acceder a la ayuda de dos formas: tras presentar la declaración o de forma anticipada mensualmente. La deducción se puede aplicar a partes iguales a ambos progenitores o cederle una de las partes la ayuda a la otra de forma íntegra. No es incompatible con otras deducciones.
Deducción por ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial
Para las parejas separadas legalmente —o si no existe matrimonio— y con dos hijos a cargo hay otra deducción a tener en cuenta. Eso sí, no tienes que estar percibiendo anualidades por alimentos para los menores. Puedes solicitarla si cumples estos requisitos:
- Si eres ascendiente separado de forma legal o sin vínculo de matrimonio con al menos dos hijos a cargo
- Si los menores no reciben anualidad alimentaria
- Si estás trabajando por cuenta propia o ajena, estás dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad, estás percibiendo una prestación por desempleo, pensión de la Seguridad o Clases Pasivas o eres autónomo
¿Se pueden acumular estas deducciones?
Las deducciones son acumulables, pero hay que tener en cuenta algunos matices. Por ejemplo, no son compatibles la de familia numerosa y la de ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial, ya que según la Agencia Tributaria está destinada a cubrir situaciones similares en el entorno de la familia.
Sí que se pueden acumular y puedes beneficiarte al mismo tiempo de la de maternidad y las otras dos, siempre y cuando cumplas con todos los requisitos que marca la ley.
Por último, para poder acceder a estas deducciones tienes que tener claros una serie de pasos muy sencillos:
- Localiza en el modelo 100 de la declaración, la casilla para incluir la deducción si vas a solicitarla en el momento de presentarla.
- Si quieres hacer efectivo el abono anticipado, tendrás que rellenar el modelo 140 en el caso de la deducción por maternidad, y el modelo 143 para la de familia numerosa o la de ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial.
0