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    <title><![CDATA[elDiario.es - Caso ERE]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/temas/caso-ere/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Caso ERE]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Todas las promesas incumplidas de Leire Díez: ni "exterminar" jueces, ni "destruir" investigaciones]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/promesas-incumplidas-leire-diez-exterminar-jueces-destruir-investigaciones_1_13274751.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3cebd320-5f54-4e9b-b974-a6652f2df5e9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x2775y481.jpg" width="1200" height="675" alt="Todas las promesas incumplidas de Leire Díez: ni &quot;exterminar&quot; jueces, ni &quot;destruir&quot; investigaciones"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El sumario del caso revela que la exmilitante socialista maniobró para proteger al PSOE y a sus propios colaboradores pero que no consiguió ni el sobreseimiento de los casos judiciales ni cambiar el criterio de los jueces, fiscales y guardias civiles a los que apuntó</p><p class="subtitle">La trama amparada por Cerdán intentó influir en más de una decena de causas judiciales</p></div><p class="article-text">
        Las investigaciones de la Audiencia Nacional dejan al descubierto cu&aacute;l era el objetivo de <a href="https://www.eldiario.es/temas/leire-diez/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Leire D&iacute;ez</a>: desestabilizar causas judiciales que afectaran al PSOE, al Gobierno y tambi&eacute;n a sus propios colaboradores. La exconcejala socialista amonton&oacute; promesas de torpedear las diligencias inc&oacute;modas y salt&oacute; de causa en causa <a href="https://www.eldiario.es/politica/trama-amparada-cerdan-influir-decena-causas-judiciales_1_13273840.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">buscando trapos sucios</a> de jueces, fiscales y guardias civiles, del hermano del presidente del Gobierno al caso Villarejo, pasando por el caso Koldo. El sumario desvela que las gestiones fueron intensas y que encontr&oacute; aliados de dudosa reputaci&oacute;n, pero que, en &uacute;ltima instancia, fracas&oacute;. Todas las causas que quiso desbaratar siguen en marcha y algunas <a href="https://www.eldiario.es/extremadura/david-sanchez-niega-haber-influido-contratacion-amigo-afirma-no-intervino-cambio-nombre-propio-puesto_1_13274518.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se est&aacute;n juzgando esta misma semana</a>. Y las pocas que terminaron en archivo o absoluci&oacute;n llegaron a ese desenlace por razones ajenas a la exmilitante que actuaba arropada por mandos socialistas del m&aacute;s alto nivel. 
    </p><p class="article-text">
        El &ldquo;punto de inflexi&oacute;n&rdquo; de la actividad de la trama de Leire D&iacute;ez fue 2024, cuando el juez Juan Carlos Peinado <a href="https://www.eldiario.es/politica/juez-investiga-secreto-esposa-pedro-sanchez-denuncia-pseudosindicato-manos-limpias_1_11314262.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">abri&oacute; una causa contra Bego&ntilde;a G&oacute;mez</a> y desde Ferraz, seg&uacute;n coment&oacute; ella misma, les empezaron a hacer caso. Pero para entonces esta exconcejala de Vega de Pas (Cantabria) ya ten&iacute;a experiencia estudiando a fondo causas judiciales de supuesta corrupci&oacute;n y buscando sus puntos flojos. Tambi&eacute;n ten&iacute;a experiencia en localizar a las personas que le pod&iacute;an ofrecer informaci&oacute;n comprometedora de jueces y fiscales. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;&iquest;Qu&eacute; podemos destapar de ella? Yo necesito cuatro cosas que me permitan dos impactos y lo dem&aacute;s lo sigo yo con un libro. Yo me encargo, me voy a poner hoy mismo, yo escribo r&aacute;pido y con muy mala leche&rdquo;. La que hablaba era Leire D&iacute;ez y al otro lado del tel&eacute;fono estaba Rafael S.M., entonces responsable de la Polic&iacute;a Nacional adscrita a los juzgados de Sevilla. Era 2020 y la exmilitante estaba pidiendo informaci&oacute;n delicada sobre Mercedes Alaya, la magistrada que instruy&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/temas/caso-ere/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la causa de los ERE</a> y muchas ramificaciones que pusieron en jaque al socialismo andaluz. Ese caso acababa de ser sentenciado por la Audiencia de Sevilla, pero D&iacute;ez buscaba datos para atacar m&aacute;s ramificaciones todav&iacute;a abiertas: el caso Isofot&oacute;n y el caso Aznalc&oacute;llar. 
    </p><p class="article-text">
        Uno de los colaboradores de Leire D&iacute;ez ten&iacute;a un especial inter&eacute;s en la segunda causa. Vicente Fern&aacute;ndez hab&iacute;a tenido que dimitir como presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/aznalcollar_1_1335502.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">porque Alaya hab&iacute;a reabierto contra &eacute;l esa causa</a>, centrada en la adjudicaci&oacute;n presuntamente ilegal de la mina de este municipio sevillano. &ldquo;Yo estoy hilando un relato porque adem&aacute;s de la muerte procesal tiene que ser social tambi&eacute;n&rdquo;, le dijo Leire D&iacute;ez en un mensaje. Despu&eacute;s de sus reuniones con ese polic&iacute;a al que apodaban 'Torrente' decidi&oacute; que ten&iacute;a material para ir contra la jueza y sus causas. &ldquo;Con las cosas que ya s&eacute; de Alaya lo que menos necesito saber es de Derecho. Todo saldr&aacute; bien, volver&aacute;s&rdquo;. Unas semanas despu&eacute;s, su mensaje fue a&uacute;n m&aacute;s contundente: &ldquo;Tenemos que exterminar socialmente a Alaya&rdquo;. 
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                La jueza Mercedes Alaya, presidiendo en mayo de 2023 el juicio contra el exdirector de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) Fernando Villén.                            </span>
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        El paso del tiempo demuestra que si Leire D&iacute;ez recab&oacute; informaci&oacute;n comprometedora sobre la magistrada sevillana nunca lleg&oacute; a conseguir nada con ella. Tampoco escribi&oacute; el libro que prometi&oacute; en esa conversaci&oacute;n telef&oacute;nica grabada por ella misma. Mercedes Alaya sigui&oacute; ejerciendo como jueza. El caso de los ERE sigui&oacute; su tramitaci&oacute;n, las condenas fueron avaladas por el Tribunal Supremo y finalmente reducidas a la m&iacute;nima expresi&oacute;n <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/constitucional-desinfla-caso-ere-andalucia-15-anos-despues_1_11499350.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">por el Tribunal Constitucional</a>. El caso Isofot&oacute;n sobre un supuesto fraude millonario de subvenciones a una empresa de placas fotovoltaicas <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/juzgado-archiva-caso-prestamo-junta-empresa-andaluza-isofoton-diligencias-fuera-plazo_1_9597144.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se acab&oacute; archivando</a> porque el juzgado se hab&iacute;a saltado los plazos procesales. El caso Aznalc&oacute;llar en el que estaba imputado Vicente Fern&aacute;ndez fue a juicio y termin&oacute; con una sentencia absolutoria de la Audiencia de Sevilla por falta de pruebas con <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/acusacion-infundada-caso-aznalcollar-nuevo-fracaso-jueza-alaya-manera-ver-cosas_129_12826764.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un duro varapalo a Alaya</a>, ratificado el a&ntilde;o pasado por el Tribunal Supremo. 
    </p><p class="article-text">
        Esa intervenci&oacute;n de Leire D&iacute;ez en tres causas relacionadas con Andaluc&iacute;a tiene todos los ingredientes apreciables en todas sus maniobras posteriores a la imputaci&oacute;n de Bego&ntilde;a G&oacute;mez: contactos con informantes de los casos, promesas de dar al traste con las diligencias y, finalmente, fracasos a la hora de conseguirlo. Tambi&eacute;n alusiones a que alguien, &ldquo;desde posiciones elevadas&rdquo;, hab&iacute;a gente dispuesta a tomar medidas. 
    </p><h2 class="article-text">El &ldquo;punto de inflexi&oacute;n&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Las causas andaluzas de 2020 fueron el punto de partida de una actividad que se prodig&oacute; hasta las primeras imputaciones de 2025. El &ldquo;<a href="https://www.eldiario.es/politica/ultima-hora-imputacion-zapatero-caso-plus-ultra-directo_6_13252708_1123156.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">punto de inflexi&oacute;n</a>&rdquo; en su actividad, destacan todos los investigadores y la propia Leire D&iacute;ez en sus conversaciones, fue la apertura de una causa contra Bego&ntilde;a G&oacute;mez por parte del juez Juan Carlos Peinado, momento en que supuestamente Santos Cerd&aacute;n le abri&oacute; las puertas del n&uacute;mero 70 de la calle Ferraz para dirigir su af&aacute;n investigador y conspirador a otro nivel. Pero entonces, como ya hab&iacute;a sucedido en Andaluc&iacute;a, sus enredos y contactos no tuvieron el &eacute;xito penal que se esperaba. 
    </p><p class="article-text">
        El sumario registra unas pocas gestiones sobre el magistrado Juan Carlos Peinado, el origen de su nueva y prol&iacute;fica relaci&oacute;n con Ferraz. Contact&oacute; con <a href="https://www.eldiario.es/politica/ex-jerarca-venezolano-declara-juez-brigada-politica-pp-le-entrego-fichas-policiales_1_12138312.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Nervis Villalobos</a>, antiguo mandatario venezolano que hab&iacute;a sido encarcelado por Peinado en una causa de blanqueo de capitales que finalmente hab&iacute;a instruido la Audiencia Nacional. Era mayo de 2024 y Villalobos le entreg&oacute; un &ldquo;cronograma de irregularidades&rdquo; a Leire D&iacute;ez sobre c&oacute;mo Peinado y el fiscal Jos&eacute; Grinda hab&iacute;an gestionado su caso. Todo factual y todo publicado por la prensa: <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-1112" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en 2020 el Tribunal Constitucional</a> hab&iacute;a dado la raz&oacute;n a Villalobos y decretado que Peinado le hab&iacute;a encarcelado irregularmente all&aacute; por 2018. 
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                Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, en un acto en Moncloa en febrero. EFE/ J.J. Guillen                            </span>
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        El caso de Bego&ntilde;a G&oacute;mez sigui&oacute; adelante y dos a&ntilde;os despu&eacute;s el juez Peinado ha mostrado <a href="https://www.eldiario.es/politica/juez-peinado-pospone-audiencia-preliminar-caso-begona-gomez-15-junio_1_13271164.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">su intenci&oacute;n de llevar al banquillo</a> a la esposa del presidente del Gobierno. Las &uacute;nicas limitaciones que se han impuesto a la causa han llegado desde la Audiencia Provincial de Madrid. Pero el sumario no recoge, al menos por el momento, ninguna gesti&oacute;n adicional de D&iacute;ez. Algo parecido sucede con una causa que estall&oacute; pocos meses despu&eacute;s en Extremadura. Una magistrada, Beatriz Biedma, acept&oacute; estudiar otra querella de Manos Limpias, esta vez por presuntas irregularidades en la contrataci&oacute;n de David S&aacute;nchez, hermano de Pedro S&aacute;nchez, en la Diputaci&oacute;n de Badajoz. Leire D&iacute;ez encontr&oacute; aliados de dudosa trayectoria que s&iacute; pusieron en marcha una ofensiva real contra la magistrada, pero que tampoco consiguieron su objetivo. 
    </p><h2 class="article-text">Los extra&ntilde;os aliados de Leire D&iacute;ez</h2><p class="article-text">
        Todo se gest&oacute; en un grupo de WhatsApp llamado &ldquo;Vacaciones y viajes&rdquo;. Adem&aacute;s de Leire D&iacute;ez y Javier P&eacute;rez Dolset, en ese grupo estaban Joaqu&iacute;n Parra y Luis Jos&eacute; S&aacute;enz de Tejada. El primero, el expresidente del CD Badajoz entonces imputado &ndash;y hoy ya condenado&ndash; en <a href="https://www.eldiario.es/extremadura/sociedad/joaquin-parra-expresidente-badajoz-enfrenta-15-anos-carcel-presunto-fraude-iva-blanqueo_1_13209688.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">varias causas de fraude fiscal</a> ligado a los hidrocarburos. El segundo hab&iacute;a sido juez, pero llevaba dos a&ntilde;os fuera de la judicatura tras haber sido condenado por amenazas de muerte a su exmujer con frases como: <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-expulsa-carrera-judicial-magistrado-condenado-violencia-machista-acabar_1_9753676.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;Te pego un tiro, t&uacute; sin m&iacute; no vales nada</a>&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        S&aacute;enz de Tejada, seg&uacute;n se desprende de la investigaci&oacute;n, acept&oacute; ser el brazo ejecutor de la estrategia de la trama contra la jueza que investigaba al hermano del presidente del Gobierno. &ldquo;Paso 1. Destruir procedimiento&rdquo;, anot&oacute; ella en sus agendas. El plan abarcaba que este abogado se personase en el proceso para &ldquo;paralizar&rdquo; la causa e incluso asumir la defensa de David S&aacute;nchez, algo que nunca sucedi&oacute;. Pero si puso en marcha acciones penales contra Biedma que nunca prosperaron. Por ejemplo, una denuncia ante la Fiscal&iacute;a General del Estado que Leire, adem&aacute;s, rebot&oacute; a Santos Cerd&aacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        S&aacute;enz de Tejada no se pudo personar en la causa, sus recusaciones contra la jueza Biedma nunca prosperaron y su denuncia fracas&oacute; de la manera m&aacute;s estrepitosa posible. &ldquo;El Ministerio Fiscal carece de competencia para iniciar investigaci&oacute;n alguna&rdquo;, contest&oacute; Ana Garc&iacute;a Le&oacute;n desde la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica del Ministerio P&uacute;blico antes de enviar el asunto a Extremadura. La causa contra David S&aacute;nchez no se vio afectada y el juicio <a href="https://www.eldiario.es/extremadura/david-sanchez-niega-haber-influido-contratacion-amigo-afirma-no-intervino-cambio-nombre-propio-puesto_1_13274518.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se est&aacute; celebrando esta misma semana</a> mientras se conocen los detalles del sumario de Leire D&iacute;ez. 
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                La jueza Beatriz Biedma, vestida de negro en el centro, durante el paro judicial por la reforma del Gobierno                            </span>
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        Este magistrado condenado por violencia machista no fue el &uacute;nico aliado at&iacute;pico que busc&oacute; Leire D&iacute;ez para dinamitar causas judiciales y aflorar supuestos casos de corrupci&oacute;n. Tambi&eacute;n recurri&oacute; al considerado como bedel de dichas cloacas: <a href="https://www.eldiario.es/politica/trama-leire-subcontrato-villarejo-lograr-pruebas-cloaca-pp-promesa-trato-favor-fiscalia_1_13273472.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el comisario jubilado Jos&eacute; Manuel Villarejo P&eacute;rez</a>. Para entonces ya sumido en decenas de piezas separadas sobre su actividad como polic&iacute;a al margen de la Polic&iacute;a, Leire D&iacute;ez fue muy clara al decir a su abogado que la Fiscal&iacute;a les ofrecer&iacute;a un pacto a cambio de su colaboraci&oacute;n: entregar toda la informaci&oacute;n comprometedora que tuviera contra determinados jueces, pol&iacute;ticos y fiscales. Llegaron incluso a elaborar un plan de trabajo. 
    </p><p class="article-text">
        Aqu&iacute; las promesas de Leire D&iacute;ez tampoco fructificaron y el fiscal anticorrupci&oacute;n del caso, C&eacute;sar de Rivas, le espet&oacute; que no ten&iacute;a &ldquo;nada&rdquo; que hablar con &eacute;l. La Fiscal&iacute;a no ha bajado desde entonces el pist&oacute;n en los juicios que se han celebrado con Villarejo en el banquillo. El comisario jubilado, condenado ya en varias causas, dej&oacute; por escrito su lamento cuando el Ministerio P&uacute;blico no afloj&oacute; la presa: &ldquo;Est&aacute; visto que nosotros somos los &uacute;nicos que cumplimos&rdquo;. 
    </p><h2 class="article-text">La UCO y los fiscales</h2><p class="article-text">
        Las maniobras de Leire D&iacute;ez y su grupo ten&iacute;an por objetivo a tres personas aborrecidas por una pluralidad de sus colaboradores. El fiscal jefe de Anticorrupci&oacute;n, Alejandro Luz&oacute;n, su subordinado Jos&eacute; Grinda, y el teniente coronel de la Unidad Central Operativa, <a href="https://www.eldiario.es/politica/uco-fge-teniente-coronel-apunta-directamente-fiscal-general_129_12763069.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Antonio Balas</a>. El primero era el impulsor de causas como Koldo que amenazaban al Gobierno mientras Luz&oacute;n pactaba confesiones con V&iacute;ctor de Aldama y su defensa. El segundo era considerado por Javier P&eacute;rez Dolset, Sandro Rosell y Nervis Villalobos, entre otros, como un fiscal sin escr&uacute;pulos que les hab&iacute;a perjudicado de forma ilegal. El tercero, amparado en el habitual anonimato de los investigadores de la Guardia Civil, era se&ntilde;alado como el autor de informes y atestados dudosos en casos como el de Bego&ntilde;a G&oacute;mez, el fiscal general o la causa contra Jos&eacute; Luis &Aacute;balos. 
    </p><p class="article-text">
        Una v&iacute;a de entrada para llegar a este &uacute;ltimo, el mando de la UCO Antonio Balas, fue una de las m&uacute;ltiples causas de hidrocarburos de la Audiencia Nacional. Entramados empresariales destinados a defraudar cientos de millones de euros en impuestos en el &aacute;mbito de las empresas dedicadas a este sector. Hubo reuniones con otro guardia civil, el capit&aacute;n Juan S&aacute;nchez Yepes, hubo reuniones con la Directora General de la Guardia Civil y con Alejandro Hamlyn, empresario del sector de los hidrocarburos pendiente de juicio en la Audiencia Nacional que, supuestamente, ten&iacute;a informaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Se dejaron por escrito estrategias para desacreditar a Balas, para culpar a Repsol del fraude de hidrocarburos y para explorar las m&uacute;ltiples causas abiertas y buscar un punto flojo. Meses despu&eacute;s, ya en noviembre de 2025 y con Hamlyn sin salir de Dub&aacute;i, la Audiencia Nacional conden&oacute; a 14 personas por este entramado fraudulento relacionado con los hidrocarburos e impuso <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/f1538cfe7531ef4ba0a8778d75e36f0d/20260108" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una multa de 159,1 millones de euros</a> a su empresa. El asunto, seg&uacute;n Leire, era la &ldquo;prioridad&rdquo; de sus contactos socialistas, seg&uacute;n sus mensajes &ldquo;por orden del one&rdquo;, t&eacute;rmino con el que supuestamente se refer&iacute;a a Pedro S&aacute;nchez. En rueda de prensa, cuando sus maniobras ya eran conocidas, ella asegur&oacute; que estaba escribiendo un libro sobre ese tipo de fraudes. 
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                El teniente Balas durante una declaración en el Supremo                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><p class="article-text">
        Una parte importante de estos movimientos, seg&uacute;n la UCO, ten&iacute;an por objetivo buscar los puntos flojos de la causa ya entonces abierta contra Koldo Garc&iacute;a, antiguo asesor de Jos&eacute; Luis &Aacute;balos y que ya entonces apuntaba al exministro de Transportes. Unas diligencias que terminar&iacute;an explotando contra el propio Santos Cerd&aacute;n, aunque eso entonces no era p&uacute;blico. Durante una etapa, Leire D&iacute;ez coordin&oacute; su acci&oacute;n con la defensa de Koldo con poco &eacute;xito. Dos a&ntilde;os despu&eacute;s de esas maniobras, el exministro y su asesor esperan su primera sentencia del Tribunal Supremo mientras tanto ellos como Santos Cerd&aacute;n siguen imputados en otra pieza separada del caso. 
    </p><p class="article-text">
        Un &uacute;ltimo bloque de gestiones gira en torno a un grupo de personas que se consideraban agraviadas por el fiscal anticorrupci&oacute;n Jos&eacute; Grinda. Javier P&eacute;rez Dolset y Sandro Rosell tambi&eacute;n unieron sus fuerzas a Leire D&iacute;ez y, en un momento dado, plantearon exigir a Grinda el &ldquo;cierre&rdquo; de media docena de causas a cambio de puestos en el extranjero enterrar las derivadas judiciales de una joven a la que supuestamente este fiscal hab&iacute;a enviado un v&iacute;deo sexual cuando ella era menor de edad. 
    </p><p class="article-text">
        Ni Grinda acept&oacute; la propuesta, ni las causas se archivaron. El caso Zed que afecta a Javier P&eacute;rez Dolset sigue pendiente de juicio, como el caso Duro Felguera y la causa del 3% catal&aacute;n. Lo mismo sucede con la causa de los Pujol, tambi&eacute;n integrada en esa lista de exigencias y cuyo juicio acaba de quedar visto para sentencia en la Audiencia Nacional. La petici&oacute;n de Sandro Rosell de que Grinda revelara el origen ilegal de sus dos a&ntilde;os de encarcelamiento preventivo tampoco fue atendida. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n revela la investigaci&oacute;n de la UCO, Leire D&iacute;ez pas&oacute; a&ntilde;os haciendo gestiones judiciales entre bambalinas, creando una 'matrioshka' de promesas que, en su inmensa mayor&iacute;a, nunca se cumplieron. La UCO sospecha que algunas veces, como es el caso de las denuncias contra la jueza Beatriz Biedma, alguien hizo creer a D&iacute;ez que la Fiscal&iacute;a atender&iacute;a sus peticiones de investigaci&oacute;n y nunca fue as&iacute;. La gran baza que activ&oacute; Santos Cerd&aacute;n para combatir sus frentes judiciales y los del PSOE ni public&oacute; los libros que anunci&oacute;, ni tumb&oacute; las causas penales que intent&oacute; manipular. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/promesas-incumplidas-leire-diez-exterminar-jueces-destruir-investigaciones_1_13274751.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 04 Jun 2026 20:11:58 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Todas las promesas incumplidas de Leire Díez: ni "exterminar" jueces, ni "destruir" investigaciones]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Leire Díez,PSOE,Santos Cerdán,Juan Carlos Peinado,Begoña Gómez,Mercedes Alaya,Caso ERE,Corrupción,UCO - Unidad Central Operativa,Caso Koldo,David Sánchez,Caso Aznalcóllar,Sandro Rosell,Caso Villarejo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Nueva condena por los ERE: un año de cárcel para un exdirector de Trabajo por ayudas a una empresa de encimeras de Alcalá]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/sevilla/nueva-condena-ere-ano-carcel-exdirector-trabajo-ayudas-empresa-encimeras-alcala_1_13271257.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/08d5ed27-e37b-4ae6-8bfa-2de2aa137915_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Nueva condena por los ERE: un año de cárcel para un exdirector de Trabajo por ayudas a una empresa de encimeras de Alcalá"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Daniel Rivera deberá indemnizar a la Junta en 37.500 euros, que se corresponde con la cantidad malversada que se individualiza en el importe de la ayuda efectivamente entregada a la empresa</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un a&ntilde;o de c&aacute;rcel al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andaluc&iacute;a Daniel Alberto Rivera en una pieza separada del caso ERE por la ayuda de 37.500 euros a la entidad Fabricantes de Encimeras para Europa S.L., con sede en la localidad sevillana de Alcal&aacute; de Guada&iacute;ra.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha informado la Oficina de Comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA), el tribunal condena al ex director general de Trabajo como autor de un delito de prevaricaci&oacute;n en concurso medial con un delito de malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, y le impone un a&ntilde;o de prisi&oacute;n y cinco a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n especial para empleo o cargo p&uacute;blico.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, el tribunal ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada porque la data f&aacute;ctica en esta causa se remonta a septiembre del a&ntilde;o 2010, y &ldquo;casi 16 a&ntilde;os despu&eacute;s se ofrece una respuesta sobre el fondo&rdquo;, de forma que &ldquo;el transcurso del tiempo es excesivo a pesar de hallarnos ante una pieza desgajada de otras causas de mayor volumen y complejidad&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En concepto de responsabilidad civil, el condenado deber&aacute; indemnizar a la Junta de Andaluc&iacute;a en la cantidad de 37.500 euros, que se corresponde con la cantidad malversada que se individualiza en el importe de la ayuda efectivamente entregada a la empresa.
    </p><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Cuarta considera probado que, en marzo del a&ntilde;o 2010, la empresa formaliz&oacute; ante la Consejer&iacute;a de Empleo de la Junta una &ldquo;Solicitud de Ayuda Sociolaboral de Car&aacute;cter Excepcional&rdquo;, precisando que la ayuda se solicita porque, &ldquo;como consecuencia de la falta de liquidez de la empresa, existen remuneraciones pendientes de pago y deudas con proveedores a los que la empresa no puede hacer frente'&rdquo;, pidi&eacute;ndose la cantidad de 220.000 euros.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, los magistrados aseguran que, junto con la solicitud, &ldquo;se incorporan documentos de car&aacute;cter contable, laboral y fiscal, as&iacute; como otros que identifican a la mercantil, su representaci&oacute;n y datos bancarios&rdquo;, y a&ntilde;aden que el administrador de la mercantil &ldquo;tuvo conocimiento de la concesi&oacute;n de &rdquo;ayudas&ldquo; por parte de la Junta a trav&eacute;s de una asociaci&oacute;n de marmolistas a la que pertenec&iacute;a&rdquo;, acudiendo para pedirla &ldquo;directamente&rdquo; a un edificio ubicado en Sevilla capital.
    </p><p class="article-text">
        Al hilo de ello, el tribunal se&ntilde;ala que, desde la Direcci&oacute;n General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejer&iacute;a de Empleo de la Junta, se emiti&oacute; el 17 de marzo de 2010 un documento titulado &ldquo;Memoria Justificativa de Finalidad P&uacute;blica e Inter&eacute;s Social y Econ&oacute;mico de Ayudas Sociolaborales&rdquo;, una memoria que &ldquo;carece de firma ni r&uacute;brica&rdquo;, mientras que el apartado &ldquo;n&uacute;mero de expediente&rdquo; se encuentra &ldquo;vac&iacute;o&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n considera probado la sentencia, el d&iacute;a 19 de marzo de 2010, el entonces director general de Trabajo, Juan M&aacute;rquez, dict&oacute; &ldquo;Resoluci&oacute;n de Concesi&oacute;n de Ayuda Sociolaboral Excepcional&rdquo; destinada a Fabricantes de Encimeras por importe de 50.000 euros, una resoluci&oacute;n que fue notificada el 14 de abril de ese mismo a&ntilde;o al administrador de la mercantil, quien, el 26 de abril, &ldquo;emite un documento de aceptaci&oacute;n de la ayuda que remite a la Direcci&oacute;n General de Trabajo junto con la certificaci&oacute;n de la cuenta&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados de la Secci&oacute;n Cuarta ponen de manifiesto que, el d&iacute;a 6 de septiembre de 2010, el ex alto cargo condenado, en su condici&oacute;n de director general de Trabajo, emiti&oacute; resoluci&oacute;n por la que acordaba ordenar a la Agencia IDEA el pago del 75 por ciento de una ayuda sociolaboral de car&aacute;cter excepcional a los trabajadores de la empresa. Esta resoluci&oacute;n &ldquo;rese&ntilde;a de modo expreso la partida presupuestaria con cargo a la cual se abonar&aacute; la ayuda -cuyo importe total es de 52.464.366 euros- e incorpora la firma manuscrita&rdquo; del acusado.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal asevera que el acusado, &ldquo;siendo plenamente consciente de la situaci&oacute;n existente en la Direcci&oacute;n General de Trabajo en torno a la ausencia de cobertura jur&iacute;dica de las ayudas que se estaban concediendo, formaliz&oacute; el pago de la resoluci&oacute;n rese&ntilde;ada permitiendo que se transfirieran desde las arcas p&uacute;blicas fondos carentes de inter&eacute;s p&uacute;blico alguno y destinados a una sociedad mercantil a fin de que esta abonara parte de los costes sociales de sus trabajadores, aliviando con ello la situaci&oacute;n de falta de liquidez&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tras ello, el entonces director general de la Agencia IDEA remiti&oacute; orden de pago a una entidad bancaria a fin de que se materializara el abono de la ayuda, lo que de modo efectivo tuvo lugar el d&iacute;a 13 de octubre de 2010 en la cantidad de 37.500 euros, el 75 por ciento del importe concedido.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal resalta que la ayuda investigada fue sometida a dos procedimientos de revisi&oacute;n que concluyeron en su declaraci&oacute;n de nulidad, la cual viene regulada en el art&iacute;culo 62.1 e) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, al tratarse de un acto &ldquo;prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia considera que, &ldquo;sin duda, concurren en el comportamiento del acusado los elementos integrantes del tipo penal de la prevaricaci&oacute;n en la medida que hace prevalecer su voluntad de abonar a toda costa y sin control alguno una ayuda il&iacute;cita frente al cumplimiento del ordenamiento jur&iacute;dico&rdquo;, se&ntilde;alando que el acusado &ldquo;no era ne&oacute;fito en el &aacute;mbito de lo p&uacute;blico y de hecho proced&iacute;a de otro organismo p&uacute;blico de la Junta de Andaluc&iacute;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la Audiencia excluye en este caso el tipo penal de la falsedad, por el que acusaban Fiscal&iacute;a y PP-A, indicando que &ldquo;la &uacute;nica referencia que hemos encontrado en el estudio del expediente a la presente infracci&oacute;n penal se encuentra en fase de informe, cuando el Ministerio Fiscal, de modo fugaz, hace coincidir la infracci&oacute;n con la menci&oacute;n expresada en la resoluci&oacute;n de pago objeto de an&aacute;lisis y relacionada con la existencia del expediente de la ayuda en la propia Direcci&oacute;n General de Trabajo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados se&ntilde;alan que esta propuesta debe rechazarse por dos motivos, en primer lugar porque &ldquo;documentaci&oacute;n sobre la ayuda exist&iacute;a en la Direcci&oacute;n General, cuesti&oacute;n diversa es que no coincidiera con la exigible jur&iacute;dicamente. El aspecto falsario no puede extraerse de modo mec&aacute;nico del p&aacute;rrafo incorporado a la resoluci&oacute;n de pago&rdquo;, mientras que, en segundo lugar, &ldquo;se alza aqu&iacute; la alegaci&oacute;n de la defensa en torno al modelaje de las resoluciones de pago&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Esta circunstancia (...) permite imaginar como hip&oacute;tesis que el p&aacute;rrafo se hallara indiscriminadamente en las resoluciones de pago, lo que alejar&iacute;a una intervenci&oacute;n directa del acusado en su autor&iacute;a&rdquo;, prosigue la Secci&oacute;n Cuarta de la Audiencia en su sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelaci&oacute;n ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA).
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/sevilla/nueva-condena-ere-ano-carcel-exdirector-trabajo-ayudas-empresa-encimeras-alcala_1_13271257.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 03 Jun 2026 12:02:08 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Nueva condena por los ERE: un año de cárcel para un exdirector de Trabajo por ayudas a una empresa de encimeras de Alcalá]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un juez propone apelar a la Justicia Europea para aclarar si la doctrina del TC afecta a todas las piezas de los ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/juez-propone-apelar-justicia-europea-aclarar-si-doctrina-tc-afecta-piezas-ere_1_13200110.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c468dd2c-0d52-44a5-b4e5-eb8243820022_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un juez propone apelar a la Justicia Europea para aclarar si la doctrina del TC afecta a todas las piezas de los ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Pregunta a las partes si plantea una cuestión prejudicial ante el TJUE (varios días después de que Bruselas rechazase una acción similar de la Audiencia de Sevilla) para el caso de las ayudas de la Junta a empresas del Grupo Ruiz-Mateos, y alerta de la posibilidad de que "se produzca un riesgo sistémico de impunidad"</p><p class="subtitle">Bruselas frena el intento del PP de que la Justicia Europea revise el fallo del TC que anuló las condenas a Chaves y Griñán</p></div><p class="article-text">
        El magistrado de la plaza n&uacute;mero 6 de la Secci&oacute;n de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Sevilla, Jos&eacute; Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto en el que pregunta a la Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n y al resto de partes personadas en la pieza separada del <a href="https://www.eldiario.es/temas/caso-ere/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso ERE</a> por las ayudas otorgadas por la Junta de Andaluc&iacute;a a empresas del Grupo Ruiz-Mateos. El auto tiene fecha del pasado 29 de abril, varios d&iacute;as despu&eacute;s de que el 20 del mismo mes <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/bruselas-frena-pp-justicia-europea-revise-fallo-tc-anulo-condenas-chaves-grinan_1_13155857.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Bruselas frenase en seco el intento por parte de la Audiencia de Sevilla</a> de que la Justicia Europea revise el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que anul&oacute; las condenas a los expresidente andaluces Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Vilaplana fue el juez que hered&oacute; las macrocausas de la primera jueza del caso ERE, Mercedes Alaya, y ya dio un paso similar hace un a&ntilde;o, cuando <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/juez-ere-plantea-alertar-ue-impunidad-juridica-causa-ligada-gobierno-andaluz-psoe_1_12343708.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">plante&oacute; una cuesti&oacute;n prejudicial ante la Justicia Europea</a> ante el riesgo de que se archivasen ramificaciones de otro caso, en concreto el de los avales de la agencia IDEA del Gobierno andaluz, por exceder los plazos de la instrucci&oacute;n. La iniciativa la tom&oacute; hace despu&eacute;s de que la Audiencia de Sevilla archivase alguna de las 19 piezas en las que se subdividi&oacute; esta macrocausa, tras caducar la instrucci&oacute;n hace ocho a&ntilde;os, al exceder los plazos establecidos en el art&iacute;culo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim).
    </p><p class="article-text">
        Como entonces, el magistrado alerta de nuevo de la posibilidad de que &ldquo;se produzca un riesgo sist&eacute;mico de impunidad futura en escenarios similares&rdquo; en piezas derivadas del caso ERE, lo que chocar&iacute;a con la prioridad de &ldquo;salvaguardar los intereses financieros de la Uni&oacute;n Europea (UE)&rdquo;. Por ello, solicita si debe plantear una cuesti&oacute;n prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) sobre la aplicaci&oacute;n o no en esta pieza separada de la <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/constitucional-ordena-rebajar-condena-inhabilitacion-expresidente-chaves-ere-andalucia_1_11525694.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">doctrina emanada del Tribunal Constitucional</a>. En sus sentencias, estim&oacute; parcialmente los recursos de amparo presentados por una decena de ex altos cargos de la Junta de Andaluc&iacute;a condenados en la denominada pieza del &ldquo;procedimiento espec&iacute;fico&rdquo; de los ERE, entre ellos Chaves y Gri&ntilde;&aacute;n.
    </p><h2 class="article-text">Cuestiones prejudiciales a&ntilde;adidas</h2><p class="article-text">
        En este sentido, entiende que proceder&iacute;a plantear al TJUE <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">las mismas cuestiones prejudiciales que las elevadas por la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia de Sevilla</a> en julio de 2025, si bien a&ntilde;ade otras adicionales vinculadas con la posible contradicci&oacute;n de la doctrina del TC con el Convenio comunitario de lucha contra la corrupci&oacute;n, de 26 de mayo de 1997 y con la Directiva Europea de lucha contra la corrupci&oacute;n (aprobada por el Consejo de la UE el pasado 21 de abril de 2026). A ello a&ntilde;ade el choque con la Convenci&oacute;n de Naciones Unidas contra la Corrupci&oacute;n (a la que se adhiri&oacute; la UE en septiembre de 2008) y, principalmente, con el R&eacute;gimen Europeo de Ayudas de Estado por vulneraci&oacute;n de la normativa y la jurisprudencia comunitarias, en especial los art&iacute;culos 107 a 109 del TJUE (antiguos art&iacute;culos 87 a 89 del TCE), que parten del principio general de la incompatibilidad de las ayudas y del deber de transparencia o publicidad e informaci&oacute;n a la comisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En su resoluci&oacute;n, el magistrado pone de manifiesto que &ldquo;la eventual censura de esta doctrina del TC como contraria o disconforme a Derecho de la UE (...) conducir&iacute;a a aplicar a todos los investigados acusados en la presente causa unos mismos criterios coincidentes con los de las sentencias&rdquo; dictadas en la pieza separada del procedimiento espec&iacute;fico por la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia y por el Tribunal Supremo, &ldquo;inaplicando la doctrina de las referidas sentencias del TC y de los autos de la Secci&oacute;n S&eacute;ptima mencionados, posibilit&aacute;ndose as&iacute; la continuaci&oacute;n del presente procedimiento para esclarecer la responsabilidad penal por hechos constitutivos de delitos graves de corrupci&oacute;n (prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n), el fundamento de las pretensiones de condena ejercitadas y la eventual sanci&oacute;n efectiva de aquellos delitos por el Tribunal que enjuicie la causa&rdquo;.
    </p><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                Sede del Tribunal Constitucional.                            </span>
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                </figure><p class="article-text">
        Seg&uacute;n ha informado la Oficina de Comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA), en la pieza separada sobre la que se pregunta, el magistrado investiga la presunta comisi&oacute;n de delitos de prevaricaci&oacute;n administrativa, falsedad documental y malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos relacionados con las ayudas otorgadas entre los a&ntilde;os 2001 y 2010 por un montante superior a los treinta millones de euros a varias empresas del Grupo Ruiz-Mateos.
    </p><h2 class="article-text">Comisiones mensuales de hasta 25.000 euros</h2><p class="article-text">
        Estas ayudas &ldquo;estaban destinadas a favorecer a las empresas con financiaci&oacute;n de expedientes de regulaci&oacute;n de empleo (ERE) mediante p&oacute;lizas de seguros para prejubilaciones&rdquo;, consistiendo el &ldquo;mecanismo de la trama&rdquo; en que uno de los acusados en la pieza separada, identificado como Juan L., &ldquo;ofrec&iacute;a a los representantes y directivos de las empresas del grupo conseguir ayudas p&uacute;blicas a cambio de dinero&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        De este modo, y seg&uacute;n expone el juez en el auto notificado hoy mi&eacute;rcoles a las partes personadas, este investigado &ldquo;contactaba con altos cargos de la Junta, quienes garantizaban la concesi&oacute;n de ayudas sin requisitos, condiciones ni fiscalizaci&oacute;n o control administrativo&rdquo;. Tras ello, las empresas &ldquo;presentaban expedientes de regulaci&oacute;n de empleo con la promesa de rejuvenecer plantillas, utilizando a mediadoras como Vitalia y Uniter para gestionar p&oacute;lizas de seguros&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, la Junta de Andaluc&iacute;a &ldquo;asum&iacute;a todo o la mayor parte del coste de las p&oacute;lizas, canalizando los pagos a trav&eacute;s de la Agencia IDEA&rdquo;, mientras que el acusado mencionado &ldquo;recib&iacute;a comisiones mensuales de hasta 25.000 euros, entregadas en sobres desde oficinas del grupo o directamente por sus directivos&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Recurso tras las sentencias del TC</h2><p class="article-text">
        Por estos hechos, el instructor dict&oacute; el d&iacute;a 23 de abril de 2024 auto en el que acordaba continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra un total de 21 investigados, tras lo que tanto el Ministerio P&uacute;blico como las acusaciones ejercidas por la Junta de Andaluc&iacute;a y el PP-A presentaron sus respectivos escritos de acusaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, algunos de estos investigados recurrieron el auto en apelaci&oacute;n ante la Secci&oacute;n S&eacute;ptima de la Audiencia Provincial de Sevilla, que acord&oacute; el sobreseimiento provisional y archivo del procedimiento respecto de tres de los acusados en aplicaci&oacute;n de la doctrina emanada del Tribunal Constitucional en las sentencias que estimaron parcialmente los recursos de amparo presentados por una decena de ex altos cargos de la Junta condenados en el caso ERE.
    </p><p class="article-text">
        El pasado mes de julio, la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia de Sevilla, que juzg&oacute; y dict&oacute; sentencia en la pieza del &ldquo;procedimiento espec&iacute;fico&rdquo;, acord&oacute; plantear una cuesti&oacute;n prejudicial ante el TJUE en relaci&oacute;n con las sentencias del TC, ya que considera &ldquo;imprescindible&rdquo; el planteamiento de esta cuesti&oacute;n prejudicial &ldquo;para que este tribunal nacional espa&ntilde;ol pueda decidir sobre el requerimiento derivado&rdquo; de las sentencias del TC. Todo ello, a&ntilde;ad&iacute;a, &ldquo;atendidas las dudas acerca de su adecuaci&oacute;n al Derecho Europeo y la jurisprudencia del TJUE&rdquo; y con el fin de &ldquo;evitar que, por efecto de la doctrina incluida en las repetidas sentencias del TC, se produzca un riesgo sist&eacute;mico de impunidad futura en escenarios similares (...)&rdquo;, y de &ldquo;salvaguardar los intereses financieros de la UE&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Tres posibilidades procesales</h2><p class="article-text">
        La primera de las posibilidades procesales que refiere el magistrado, y sobre la que las partes deber&aacute;n realizar alegaciones, es &ldquo;dejar inaplicada la ejecuci&oacute;n de los autos de la Secci&oacute;n S&eacute;ptima que aplican la doctrina del TC reca&iacute;da en la causa del &rdquo;procedimiento espec&iacute;fico&ldquo; realizada en la presente causa, determinante de su archivo respecto de un relevante n&uacute;mero de acusados; acordando en su lugar la apertura de juicio oral frente a todos los acusados respecto de los que se ha constatado la existencia de indicios suficientes de criminalidad, al resultar aquella ejecuci&oacute;n contraria al Derecho de la Uni&oacute;n Europea&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La segunda opci&oacute;n que plantea el instructor es el archivo/sobreseimiento de las actuaciones, &ldquo;conforme a la aplicaci&oacute;n de la doctrina del TC reca&iacute;da en la causa del &rdquo;procedimiento espec&iacute;fico&ldquo; (...), al entender inexistente la incidencia del Derecho de la Uni&oacute;n en la presente causa&rdquo;. Asimismo, y como tercera posibilidad procesal, el magistrado expone el planteamiento al TJUE de una o varias cuestiones prejudiciales &ldquo;sobre la posible incompatibilidad de la doctrina del TC reca&iacute;da en la causa del &rdquo;procedimiento espec&iacute;fico&ldquo; y de su concreta aplicaci&oacute;n en la presente causa con el Derecho de la Uni&oacute;n; incompatibilidad, en particular&rdquo;, con una serie de principios y disposiciones comunitarias (sin perjuicio de otras que pudieran poner de manifiesto las partes).
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/juez-propone-apelar-justicia-europea-aclarar-si-doctrina-tc-afecta-piezas-ere_1_13200110.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 06 May 2026 16:59:09 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un juez propone apelar a la Justicia Europea para aclarar si la doctrina del TC afecta a todas las piezas de los ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sevilla,Caso ERE,Sentencia ERE,Tribunales,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea,Tribunal Constitucional,Manuel Chaves,José Antonio Griñán]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez procesa a siete ex altos cargos de la Junta por dar ayudas de 54 millones en el ERE de Boliden, la minera de Aznalcóllar]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/sevilla/juez-procesa-siete-ex-altos-cargos-junta-dar-ayudas-54-millones-ere-boliden-minera-aznalcollar_1_13181414.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/23e253b3-4d5c-4575-b1d1-b624c4bdb049_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez procesa a siete ex altos cargos de la Junta por dar ayudas de 54 millones en el ERE de Boliden, la minera de Aznalcóllar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El magistrado ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa, que afecta a la etapa del PSOE en la Junta de Andalucía, respecto a los exconsejeros de Empleo e Innovación por "no encontrar indicios sólidos" de participación</p><p class="subtitle">La Justicia exculpa a Boliden de pagar a la Junta de Andalucía los 90 millones de la limpieza del vertido de Aznalcóllar
</p></div><p class="article-text">
        El magistrado de la plaza n&uacute;mero 6 de la Secci&oacute;n de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Sevilla, Jos&eacute; Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra siete ex altos cargos de la etapa del PSOE en la Junta de Andaluc&iacute;a en una pieza separada del caso de los expedientes de regulaci&oacute;n de empleo (ERE), centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas que la Junta habr&iacute;a concedido por un importe total de 54.279.986,16 euros a la empresa Boliden Apirsa S.L. y a su colectivo de extrabajadores.
    </p><p class="article-text">
        En un auto, notificado este mi&eacute;rcoles a las partes y facilitado por la Oficina de Comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA), el magistrado toma esta decisi&oacute;n &ldquo;por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos&rdquo; de presuntos delitos de prevaricaci&oacute;n administrativa, malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos y falsedad documental.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, ha dado traslado de la causa a la Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n y a las acusaciones personadas para que, en el plazo com&uacute;n de veinte d&iacute;as, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusaci&oacute;n o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la pr&aacute;ctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        De este modo, el juez ha acordado continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, como presuntos responsables penales, contra siete ex altos cargos de la Junta de Andaluc&iacute;a, en concreto un exconsejero, Manuel Recio Men&eacute;ndez, tres exviceconsejeros, dos ex directores generales de Trabajo y Seguridad Social y un ex director general de la Agencia IDEA.
    </p><h2 class="article-text">Archiva la causa contra dos exconsejeros</h2><p class="article-text">
        Asimismo, el instructor ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa respecto de los exconsejeros de la Junta Antonio Fern&aacute;ndez, consejero de Empleo entre abril de 2004 y marzo de 2010, y Mart&iacute;n Soler, consejero de Innovaci&oacute;n, Ciencia y Empresa desde abril de 2009 hasta marzo de 2010, al entender que, respecto de ellos, &ldquo;no se encuentran en la causa indicios s&oacute;lidos que permitan atribuirles participaci&oacute;n --relevante penalmente-- en los hechos por los que se procede en la presente causa&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, el magistrado ha puesto de manifiesto que &ldquo;no consta en las actuaciones indicios suficientes&rdquo; de que ambos, &ldquo;en su calidad de titulares de las consejer&iacute;as de la Junta implicadas en la concesi&oacute;n y pago de las subvenciones dirigidas a financiar las &rdquo;indemnizaciones&ldquo; derivadas de la frustraci&oacute;n de los planes de recolocaci&oacute;n de los extrabajadores de Boliden Apirsa, hayan tenido deliberada y directa participaci&oacute;n en tales hechos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El juez ha admitido que &ldquo;es cierto&rdquo; que el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Daniel Alberto Rivera y una testigo &ldquo;relatan en sus respectivas declaraciones judiciales que el acuerdo entre los directivos de ambas consejer&iacute;as en orden a cooperar en la il&iacute;cita financiaci&oacute;n de esa l&iacute;nea de ayudas habr&iacute;a sido asumido por los sucesivos viceconsejeros&rdquo; de dichas consejer&iacute;as, &ldquo;pero no constan manifestaciones concluyentes de que dicho acuerdo hubiera sido adoptado con el benepl&aacute;cito de los respectivos consejeros&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Por consiguiente, la implicaci&oacute;n de los cargos y directivos superiores -los consejeros- en tales hechos delictivos no puede sostenerse en consideraci&oacute;n a evidencias solventes, m&aacute;s all&aacute; de las sospechas de que, por su posici&oacute;n como responsables m&aacute;ximos de las respectivas consejer&iacute;as, habr&iacute;an tenido conocimiento de la irregular disposici&oacute;n de aqu&eacute;llos fondos y de los acuerdos determinantes de tal il&iacute;cita actuaci&oacute;n&rdquo;, indica el instructor. 
    </p><h2 class="article-text">Ayudas concedidas &ldquo;de manera injusta arbitraria&rdquo;</h2><p class="article-text">
        En esta pieza separada del caso ERE, el juez investiga la presunta ilicitud de las ayudas concedidas por la Administraci&oacute;n auton&oacute;mica &ldquo;de manera injusta y arbitraria&rdquo; a la entidad Boliden Apirsa y su colectivo de extrabajadores por un importe de, al menos, 54.279.986,16 euros, resaltando una ayuda de 52.511.754,30 euros concedida para financiar los compromisos de concesi&oacute;n y pago de &ldquo;ayudas sociolaborales&rdquo; en favor de los extrabajadores afectados por el ERE 3/2001 de la empresa mediante la financiaci&oacute;n de una p&oacute;liza de seguro colectivo de rentas temporales suscrita por los sindicatos CCOO y UGT con Vitalicio Seguros.
    </p><p class="article-text">
        De igual modo, el juez analiza en la resoluci&oacute;n la ayuda por importe de 1.768.231,86 euros concedida para financiar un suplemento a la p&oacute;liza anterior, suscrito para la contrataci&oacute;n de rentas vitalicias adicionales a las rentas temporales pactadas en aquella.
    </p><p class="article-text">
        Junto a las anteriores, el magistrado tambi&eacute;n resalta en el auto las ayudas concedidas y satisfechas por los responsables de la Consejer&iacute;a de Empleo y de Innovaci&oacute;n en favor del colectivo de extrabajadores de Boliden Apirsa que, &ldquo;una vez extinguida su relaci&oacute;n laboral, se habr&iacute;an acogido a sucesivos planes de recolocaci&oacute;n -m&aacute;s bien, un s&oacute;lo plan con sucesivas y distintas condiciones o negociaciones- eficazmente intermitentes, no siempre aceptados o cumplidos por los propios extrabajadores; quienes, finalmente, ser&iacute;an indemnizados por no haber sido &rdquo;recolocados&ldquo; con supuestas &rdquo;ayudas sociolaborales excepcionales&ldquo; en el curso de los a&ntilde;os 2008 a 2011&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[SevillaelDiario.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/sevilla/juez-procesa-siete-ex-altos-cargos-junta-dar-ayudas-54-millones-ere-boliden-minera-aznalcollar_1_13181414.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 29 Apr 2026 10:11:11 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El juez procesa a siete ex altos cargos de la Junta por dar ayudas de 54 millones en el ERE de Boliden, la minera de Aznalcóllar]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sevilla,Caso ERE,Minería]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Moreno tropieza con Von der Leyen al intentar reabrir el caso ERE ante la Justicia Europea: "Es abstracto e hipotético"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/moreno-tropieza-von-der-leyen-reabrir-caso-ere-justicia-europea-abstracto-e-hipotetico_1_13159195.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5a817897-2368-4789-a015-cc5c9a302c24_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Moreno tropieza con Von der Leyen al intentar reabrir el caso ERE ante la Justicia Europea: &quot;Es abstracto e hipotético&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal de Justicia de la UE ha registrado con el nombre de "Partido Popular de Andalucía" el litigio planteado por la Audiencia de Sevilla contra los fallos del Constitucional que anularon las condenas a Chaves y Griñán, un asunto que la Comisión Europea, la Fiscalía del Estado, España y la República Checa piden "declarar inadmisible" a trámite

</p><p class="subtitle">Bruselas frena el intento del PP de que la Justicia Europea revise el fallo del TC que anuló las condenas a Chaves y Griñán
</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) ha registrado el expediente C-501/25 con la denominaci&oacute;n &ldquo;Partido Popular de Andaluc&iacute;a&rdquo;. Son las cuestiones prejudiciales que la Audiencia Provincial de Sevilla elev&oacute; a la Justicia Europea el pasado verano para que reabriera la pieza pol&iacute;tica del caso ERE, despu&eacute;s de que <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/constitucional-afea-audiencia-supremo-interpretacion-extravagante-ley-condenar-chaves-grinan_1_11531327.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el Tribunal Constitucional (TC) anulase parcialmente las condenas a los expresidentes Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n</a> y a varios de sus consejeros.
    </p><p class="article-text">
        Lo que se juzga ahora en el tribunal de Luxemburgo, ante todos los pa&iacute;ses miembros de la Uni&oacute;n Europea, es si el &oacute;rgano de garant&iacute;as que vela por los derechos fundamentales en Espa&ntilde;a se &ldquo;extralimit&oacute;&rdquo; al reinterpretar los delitos de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n por los que condenaron a los dirigentes socialistas. 
    </p><p class="article-text">
        El TC reproch&oacute; a la Audiencia y al Tribunal Supremo (que confirm&oacute; las sentencias) su &ldquo;interpretaci&oacute;n extravagante&rdquo; de la ley para poder condenar a Chaves y Gri&ntilde;&aacute;n. Los jueces que vieron corregidas sus sentencias, en uno de los casos de corrupci&oacute;n pol&iacute;tica m&aacute;s sonados de los &uacute;ltimos 20 a&ntilde;os, acudieron a la Justicia Europea para que determine si el fallo del Constitucional es compatible con el Derecho de la UE y con la protecci&oacute;n de los intereses financieros europeos.
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">El mayor pulso entre instancias judiciales en Espa&ntilde;a, que ha entrado en un territorio procesal sin precedentes</a>, lleva el nombre de la formaci&oacute;n liderada por Juan Manuel Moreno, presidente de la Junta y candidato en las elecciones andaluzas del 17 de mayo. 
    </p><p class="article-text">
        No es extra&ntilde;o que la Justicia Europea identifique este litigo con nombre del &ldquo;PP de Andaluc&iacute;a&rdquo;, aunque le llegase de manos de la Audiencia de Sevilla, porque el partido de Moreno (desde mucho antes de Moreno) fue el percutor del caso ERE desde el minuto uno, hace 15 a&ntilde;os. 
    </p><p class="article-text">
        El PP andaluz se person&oacute; como acusaci&oacute;n popular de la macrocausa que se llevar&iacute;a por delante al todopoderoso PSOE andaluz, despu&eacute;s de casi 37 a&ntilde;os en el poder, y allanar&iacute;a la entrada de Moreno en el Palacio de San Telmo en enero de 2019.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Un caso de corrupci&oacute;n pol&iacute;tica por el desv&iacute;o de dinero p&uacute;blico -procedente de un fondo de 679 millones de euros de la Consejer&iacute;a de Empleo- para beneficiar durante a&ntilde;os a empresas, trabajadores y sindicatos afines a los socialistas. No se revel&oacute; un caso de enriquecimiento personal de los m&aacute;ximos dirigentes de la Junta, sino como un procedimiento ilegal para &ldquo;comprar la paz social&rdquo; y &ldquo;perpetuarse en el poder&rdquo;, como vienen repitiendo los populares durante la d&eacute;cada larga de instrucciones judiciales.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Una cacer&iacute;a pol&iacute;tica; un montaje&rdquo;</h2><p class="article-text">
        El sintagma del caso ERE como &ldquo;el mayor caso de corrupci&oacute;n pol&iacute;tica en Espa&ntilde;a&rdquo; es casi una cuesti&oacute;n identitaria para el PP andaluz, de ah&iacute; que se revolviera como un gato panza arriba cuando el Constitucional ech&oacute; por tierra las condenas m&aacute;s graves a Chaves, Gri&ntilde;&aacute;n y todos sus consejeros.
    </p><p class="article-text">
        En 2018, Juan Manuel Moreno arranc&oacute; su campa&ntilde;a electoral a las puertas de un prost&iacute;bulo en ruinas de Sevilla, para denunciar la &ldquo;corrupci&oacute;n sist&eacute;mica&rdquo; de dirigentes socialistas, y meses despu&eacute;s empez&oacute; a gobernar de la mano de Ciudadanos y Vox.  Han pasado casi ocho a&ntilde;os, el presidente del PP andaluz gobierna hoy con una mayor&iacute;a absoluta que aspira a revalidar en las urnas, con sus 1,5 millones de votos (muchos de ellos, prestados por electores de centroizquierda desencantados con el PSOE-A). 
    </p><p class="article-text">
        Es improbable que el presidente y candidato popular replique aquella primera campa&ntilde;a electoral, a lomos de la corrupci&oacute;n, cuando su partido est&aacute; precisamente esta semana bajo el foco del juicio de Kitchen, que investiga el uso partidista de las instituciones (la Polic&iacute;a, el Ministerio de Interior, los fondos reservados) para espiar al extesorero de su partido, Luis B&aacute;rcenas, y boicotear la investigaci&oacute;n del caso G&uuml;rtel, la trama de corrupci&oacute;n que atrap&oacute; al PP.
    </p><p class="article-text">
        El PP andaluz es quien aplaudi&oacute; la sentencia del Supremo que conden&oacute; en 2022 a la c&uacute;pula de los gobiernos del PSOE en Andaluc&iacute;a por prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n, entre otros delitos. Dos a&ntilde;os despu&eacute;s, Moreno fue el primer bar&oacute;n territorial popular que cuestion&oacute; abiertamente la legitimidad del TC por anular esas condenas, cambiando por completo el ep&iacute;logo judicial del &ldquo;mayor caso de corrupci&oacute;n pol&iacute;tica en Espa&ntilde;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La reacci&oacute;n virulenta del PP andaluz al fallo del Constitucional chirr&iacute;a con la imagen p&uacute;blica de moderaci&oacute;n, pol&iacute;tica serena -la llamada &ldquo;v&iacute;a andaluza&rdquo;- y los continuos llamamientos al respeto institucional con los que se identifica a Moreno. El portavoz de su Gobierno acus&oacute; abiertamente al Tribunal de Garant&iacute;as de ser &ldquo;un instrumento del aparato pol&iacute;tico de Moncloa&rdquo;. El propio presidente de la Junta dijo que la sentencia era &ldquo;el inicio del indulto a todos los condenados del caso ERE&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Aquel fallo hab&iacute;a revitalizado al PSOE andaluz, tras a&ntilde;os sumido en la &ldquo;verg&uuml;enza&rdquo; por este caso de corrupci&oacute;n, y todos sus dirigentes salieron en tromba a contraatacar como nunca lo hab&iacute;an hecho: &ldquo;El caso ERE fue un montaje, un caso de <em>lawfare</em>&rdquo;; &ldquo;Moreno Bonilla es el jefe de la banda de esta cacer&iacute;a pol&iacute;tica. No lleg&oacute; limpiamente al poder&rdquo;. <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/chaves-desarme-caso-ere-constitucional-principio-ciclo-gobierno-pp-andalucia_1_11532165.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">El propio Chaves sali&oacute; a la luz, tras a&ntilde;os apartado y despojado de su carn&eacute; de militante socialista, para reivindicarse y plantar cara: &ldquo;Esto es un punto de inflexi&oacute;n. Es el principio del fin del ciclo de gobierno del PP en Andaluc&iacute;a&rdquo;.</a>
    </p><p class="article-text">
        El choque por el relato pol&iacute;tico fue descomunal, pero entonces nadie imaginaba que el PP llevar&iacute;a el asunto a un territorio procesal in&eacute;dito, cuestionando el marco constitucional espa&ntilde;ol y el respeto al Derecho de la Uni&oacute;n. A las puertas de un Comit&eacute; Ejecutivo Nacional del PP, celebrado en Madrid en mayo de 2025, Moreno anunci&oacute; que su Gobierno &ldquo;volver&iacute;a a personarse&rdquo; en el caso ERE -instando a la Audiencia a acudir a la Justicia Europea- para reclamar &ldquo;que se mantengan las condenas contra los l&iacute;deres socialistas que dict&oacute; el Supremo y no se revisen los fallos&rdquo;, luego anulados parcialmente por el TC.
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                Archivo - Los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán llegan a la Audiencia de Sevilla por el caso de los ERE                            </span>
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                </figure><h2 class="article-text">&ldquo;Un asunto puramente interno que se declare inadmisible&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Consultado por este peri&oacute;dico, desde la Consejer&iacute;a de Presidencia no confirman si finalmente la Junta present&oacute; sus alegaciones para que el Tribunal Europeo admitiera a tr&aacute;mite las cuestiones prejudiciales de la Audiencia de Sevilla. Las observaciones de las partes son reservadas y que se hayan &ldquo;filtrado&rdquo; las que perjudican a la acusaci&oacute;n popular del PP buscan da&ntilde;ar a Moreno en campa&ntilde;a e insuflar &aacute;nimos al PSOE de Mar&iacute;a Jes&uacute;s Montero, mascullan en el entorno del presidente andaluz.
    </p><p class="article-text">
        Quienes s&iacute; registraron observaciones, el pasado diciembre, fueron el Reino de Espa&ntilde;a, la Fiscal&iacute;a General del Estado, la Comisi&oacute;n Europea y un pa&iacute;s miembro de la UE, la Rep&uacute;blica Checa.&nbsp;&ldquo;Ni los hechos ni la situaci&oacute;n jur&iacute;dica que se describen en el resumen del auto de remisi&oacute;n presentan un v&iacute;nculo con los intereses financieros de la Uni&oacute;n o con delitos relativos a fraudes referentes a la utilizaci&oacute;n de fondos de la Uni&oacute;n&rdquo;, advierten. 
    </p><p class="article-text">
        Y defienden la legitimidad del &oacute;rgano espa&ntilde;ol de garant&iacute;as en este asunto: &ldquo;La resoluci&oacute;n del Tribunal Constitucional debe apreciarse desde una perspectiva nacional, considerando su funci&oacute;n en el ordenamiento jur&iacute;dico nacional, y no desde la perspectiva del Derecho de la Uni&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tanto los abogados de la Comisi&oacute;n Europea como los de Espa&ntilde;a, la Fiscal&iacute;a General y los letrados de Rep&uacute;blica Checa se extienden en sus explicaciones sobre el per&iacute;metro de acci&oacute;n del Derecho europeo y la legitimidad del tribunal que vela por los derechos fundamentales en los pa&iacute;ses miembros: &ldquo;La organizaci&oacute;n de la Administraci&oacute;n de Justicia en los Estados miembros, incluido el establecimiento, la composici&oacute;n y el funcionamiento del Tribunal Constitucional, es competencia de estos. Ninguna disposici&oacute;n del Derecho de la Uni&oacute;n impone a los Estados miembros la obligaci&oacute;n de elegir un modelo constitucional determinado que regule las relaciones y la interacci&oacute;n entre los distintos Poderes del Estado, en particular en lo referente a la definici&oacute;n y delimitaci&oacute;n de las competencias de estos. La Uni&oacute;n respeta la identidad nacional de los Estados miembros, inherente a las estructuras fundamentales pol&iacute;ticas y constitucionales de estos&rdquo;, concluyen los checos.
    </p><p class="article-text">
        Todas coinciden en pedir al TJUE que ni siquiera admita a tr&aacute;mite la petici&oacute;n del tribunal sevillano, porque se trata de &ldquo;un asunto puramente interno&rdquo; que no est&aacute; dentro de sus competencias. Todos rechazan que el fraude de ayudas de los ERE en Andaluc&iacute;a violase el Tratado de la UE &ldquo;relativo a la protecci&oacute;n de los intereses financieros de las Comunidades Europeas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La jurisprudencia del Tribunal de Justicia sostiene &ldquo;que existe un riesgo para los intereses financieros de la Uni&oacute;n en una situaci&oacute;n concreta, que haya un v&iacute;nculo con dichos intereses lo suficientemente concreto y no, como en el litigio principal [caso ERE], abstracto e hipot&eacute;tico&rdquo;, argumentan las alegaciones. 
    </p><p class="article-text">
        Los abogados que representan a la Rep&uacute;blica Checa son especialmente cr&iacute;ticos con el planteamiento &ldquo;general&rdquo; que hace la Audiencia de Sevilla para convencer al TJUE de que el perjuicio econ&oacute;mico a las arcas de la Junta de Andaluc&iacute;a lo es tambi&eacute;n a los fondos europeos. &ldquo;El argumento de que toda malversaci&oacute;n de fondos p&uacute;blicos de un Estado miembro puede afectar a los intereses financieros de la Uni&oacute;n y el trato que un Estado miembro da a los fraudes que afectan a sus propios intereses financieros se refleja, en esencia, autom&aacute;ticamente en el trato que da a los intereses financieros de la Uni&oacute;n. Evidentemente, no es as&iacute;&rdquo;, advierten los letrados checos, que concluyen que esta interpretaci&oacute;n del Derecho europeo &ldquo;no guarda relaci&oacute;n alguna con la realidad y el objeto del litigio principal&rdquo;, de ah&iacute; que pidan que se declare &ldquo;inadmisible&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/bruselas-frena-pp-justicia-europea-revise-fallo-tc-anulo-condenas-chaves-grinan_1_13155857.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Es llamativo que Bruselas tumbe el intento del PP andaluz de revisar el fallo absolutorio del caso ERE dictado por el Constitucional</a>, pero mucho m&aacute;s que un Estado miembro que no es Espa&ntilde;a -en este caso Rep&uacute;blica Checa- haya decidido entrar en este asunto y discutir con vehemencia los argumentos del partido de Moreno.
    </p><p class="article-text">
        Es llamativo, pero no es inusual. Cuando llegan cuestiones prejudiciales al Tribunal Europeo, &eacute;ste tiene la obligaci&oacute;n de traducir el asunto planteado a todas las lenguas de la UE. Y si un Estado miembro se siente interpelado, es decir, si considera que el planteamiento jur&iacute;dico que hacen en Espa&ntilde;a afecta tambi&eacute;n a su naci&oacute;n, entonces puede participar como parte afectada.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El cuestionamiento que hace la Audiencia de Sevilla y el PP andaluz pone en duda la legitimidad del Tribunal espa&ntilde;ol de Garant&iacute;as para revertir una sentencia de un juzgado ordinario, al considerar que se han vulnerado los derechos constitucionales de un ciudadano, en este caso, los dirigentes socialistas.
    </p><p class="article-text">
        La Comisi&oacute;n Europea, en sus observaciones, replica que el TJUE es &ldquo;manifestamente incompetente&rdquo; para resolver un asunto &ldquo;interno&rdquo; de esta categor&iacute;a y a&ntilde;ade que &ldquo;en ning&uacute;n caso&rdquo; puede ejercer como un &ldquo;tribunal de supercasaci&oacute;n&rdquo;, usando casi la misma expresi&oacute;n de Juanma Moreno contra el fallo del Constitucional.
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                    alt="El presidente andaluz, Juan Manuel Moreno, celebra el Día de Europa."
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            <span class="title">
                El presidente andaluz, Juan Manuel Moreno, celebra el Día de Europa.                            </span>
                                    </figcaption>
            
                </figure><h2 class="article-text">Von der Leyen vs Moreno Bonilla</h2><p class="article-text">
        Las alegaciones de Rep&uacute;blica Checa van en el mismo sentido. Son los dos mazazos que ha recibido el candidato popular en plena precampa&ntilde;a de las andaluzas, porque sus fieles y adeptos sobreentienden que las alegaciones que ha presentado el Reino de Espa&ntilde;a y la Fiscal&iacute;a del Estado -en el mismo sentido que las anteriores- son observaciones &ldquo;de parte&rdquo;. Los populares est&aacute;n instalados en el cuestionamiento constante a las instituciones que operan bajo el Gobierno de S&aacute;nchez, incluido el TC, pero han tenido que preservar el respeto institucional ante las cr&iacute;ticas de Bruselas.
    </p><p class="article-text">
        El gobierno de &Uacute;rsula Von der Leyen, del mismo partido que Moreno, y el gobierno checo han echado por tierra los planteamientos del PP andaluz. Eso no significa que el TJUE haya decidido dar carpetazo al asunto. Est&aacute; por ver.&nbsp;Fuentes del Tribunal Europeo explican a este peri&oacute;dico que &ldquo;el asunto est&aacute; admitido a tr&aacute;mite, porque lo estamos tramitando, y ya est&aacute; adjudicado a un juez ponente y un abogado general&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Pero esta expresi&oacute;n -&ldquo;admitido a tr&aacute;mite&rdquo;- no se puede transponer al lenguaje jur&iacute;dico espa&ntilde;ol, no significa lo mismo que aqu&iacute;, no significa que existen indicios para continuar con la investigaci&oacute;n, advierten las mismas fuentes. El TJUE admite a tr&aacute;mite cuando se cumplen una serie de requisitos m&iacute;nimos de forma. Tampoco hay una estad&iacute;stica registrada que permita comparar las veces que Bruselas se ha mostrado contraria a la admisi&oacute;n a tr&aacute;mite de un asunto, como &eacute;ste del caso ERE, y el tribunal de Luxemburgo haya tenido en cuenta sus alegaciones.
    </p><p class="article-text">
        La Justicia Europea tiene ahora que dirimir si esas observaciones tienen el peso suficiente como para inadmitir a tr&aacute;mite las cuestiones preprocesales de la Audiencia. De ser as&iacute;, pondr&iacute;a el punto final definitivo al dilatado caso ERE, pero es muy improbable que resuelta antes de las elecciones del 17 de mayo. No hay un plazo estipulado para que el juez ponente emita un auto sobre la admisi&oacute;n a tr&aacute;mite. 
    </p><p class="article-text">
        Los plazos que s&iacute; est&aacute;n perimetrados son los del procedimiento judicial, una vez el juez resuelve meter mano al asunto. Desde que se registra el expediente [octubre de 2025] hasta la fase de vista oral para que las partes intervengan puede pasar un a&ntilde;o. Y desde la vista oral hasta que el abogado general de la UE presenta un primer estudio jur&iacute;dico con sus conclusiones  otros cuatro meses. En m&aacute;s del 90% de los casos, ese an&aacute;lisis jur&iacute;dico suele coincidir con la sentencia final, que tarda a&ntilde;o y medio desde que empieza todo el proceso.
    </p><p class="article-text">
        Con todo, aunque el TJUE d&eacute; carpetazo al asunto ahora o dentro de un a&ntilde;o, el impacto pol&iacute;tico de la posible redenci&oacute;n judicial de la antigua c&uacute;pula del socialismo andaluz tendr&aacute; un efecto relativo. La piedra m&aacute;s pesada que hoy empuja el PSOE andaluz, monta&ntilde;a arriba, ya no es la corrupci&oacute;n de los ERE, aunque el PP de Moreno, 15 a&ntilde;os despu&eacute;s, siga exprimiendo aquel estigma en el Parlamento -haciendo oposici&oacute;n a la oposici&oacute;n-, en los m&iacute;tines y en la campa&ntilde;a de las andaluzas de 2026, como una condena vitalicia que impide a sus rivales pol&iacute;ticos legitimarse para volver al gobierno.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Daniel Cela]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/moreno-tropieza-von-der-leyen-reabrir-caso-ere-justicia-europea-abstracto-e-hipotetico_1_13159195.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 25 Apr 2026 18:53:13 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Moreno tropieza con Von der Leyen al intentar reabrir el caso ERE ante la Justicia Europea: "Es abstracto e hipotético"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Andalucía,Elecciones Andalucía 2026,Juan Manuel Moreno,PSOE Andalucía,PP - Partido Popular,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea,Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Bruselas frena el intento del PP de que la Justicia Europea revise el fallo del TC que anuló las condenas a Chaves y Griñán]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/bruselas-frena-pp-justicia-europea-revise-fallo-tc-anulo-condenas-chaves-grinan_1_13155857.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a03dac24-8f69-4652-8a96-3ee3a26ad897_16-9-discover-aspect-ratio_default_1141195.jpg" width="714" height="402" alt="Bruselas frena el intento del PP de que la Justicia Europea revise el fallo del TC que anuló las condenas a Chaves y Griñán"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Comisión Europea da un varapalo a la Audiencia de Sevilla que, a instancias del partido de Juanma Moreno, suspendió las sentencias absolutorias del órgano español de garantías y elevó el caso ERE al Tribunal de la UE, que se declara "manifiestamente incompetente"
</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla lleva a la Justicia europea las sentencias del Constitucional que anulan las condenas del caso ERE</p></div><p class="article-text">
        La Comisi&oacute;n Europea (CE) ha solicitado la inadmisi&oacute;n a tr&aacute;mite de la <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">petici&oacute;n de la Audiencia Provincial de Sevilla</a> de elevar ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) la <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/constitucional-ordena-rebajar-condena-inhabilitacion-expresidente-chaves-ere-andalucia_1_11525694.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">decisi&oacute;n del Tribunal Constitucional (TC) de anular sus condenas</a> a una decena de inculpados por el caso ERE, el procedimiento espec&iacute;fico de financiaci&oacute;n de los expedientes de regulaci&oacute;n de empleo (ERE) fraudulentos. Bruselas considera que &ldquo;el TJUE es manifiestamente incompetente&rdquo; para responder a las cuestiones planteadas por la Audiencia hispalense, que intentaba recurrir entre otros las resoluciones del tribunal de garant&iacute;as sobre los expresidentes andaluces Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El escrito de alegaciones elaborado por la CE, consultado por Europa Press y <a href="https://www.diariodesevilla.es/juzgado_de_guardia/actualidad/bruselas-da-puntilla-caso-ere-no-supercasacion-europea_0_2006535018.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">adelantado por Diario de Sevilla</a>, considera que las cuestiones prejudiciales son &ldquo;inadmisibles&rdquo; y asevera que &ldquo;se abstendr&aacute; de presentar observaciones sobre el fondo del asunto&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, indica que el Tribunal de Justicia ha declarado que &ldquo;no es competente para pronunciarse sobre un asunto en el que resulta evidente que la disposici&oacute;n del Derecho de la Uni&oacute;n sometida a la interpretaci&oacute;n del Tribunal de Justicia no es aplicable al asunto principal o en el que una situaci&oacute;n jur&iacute;dica no est&aacute; comprendida en el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n del Derecho de la Uni&oacute;n&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;No entra en el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n&rdquo;</h2><p class="article-text">
        &ldquo;Como la fuente de financiaci&oacute;n parece ser el presupuesto de la comunidad aut&oacute;noma y no existe financiaci&oacute;n con cargo al presupuesto de la Uni&oacute;n, el asunto principal no entra en el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n material del art&iacute;culo 325 TFUE ni en el de las disposiciones de Derecho derivado a la protecci&oacute;n de los intereses financieros de la Uni&oacute;n mencionadas en las cuestiones prejudiciales. Por ello, esas disposiciones son simplemente inaplicables&rdquo;, ha expresado.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla acord&oacute; el pasado mes de julio elevar una cuesti&oacute;n prejudicial ante el TJUE con relaci&oacute;n al mandato de dictar nuevas sentencias en l&iacute;nea con lo resuelto el a&ntilde;o pasado por el TC <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">anulando condenas contra ex altos cargos socialistas de la Junta de Andaluc&iacute;a</a>, una iniciativa que desde la Audiencia justificaron para &ldquo;evitar un riesgo sist&eacute;mico de impunidad futura en escenarios similares&rdquo; y &ldquo;salvaguardar los intereses financieros de la UE&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En las sentencias de la Audiencia Provincial, del Tribunal Supremo o del Tribunal Constitucional no existe referencia a la financiaci&oacute;n de la Uni&oacute;n en relaci&oacute;n con el programa controvertido&rdquo;, ha apostillado en relaci&oacute;n con este <a href="https://www.eldiario.es/temas/caso-ere/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso de los ERE</a>.
    </p><p class="article-text">
        La CE expresa que la Audiencia hispalense habr&iacute;a presentado como argumento que &ldquo;habida cuenta de la estrecha relaci&oacute;n que existe entre el presupuesto de la Uni&oacute;n y los presupuestos de los Estados miembros, la apropiaci&oacute;n indebida de fondos p&uacute;blicos de un Estado miembro puede afectar potencialmente o indirectamente a los intereses financieros de la Uni&oacute;n&rdquo;, consideraciones que &ldquo;no justifican la admisibilidad de la petici&oacute;n de decisi&oacute;n prejudicial por lo que respecta a dichas disposiciones&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Cuestiones &ldquo;puramente hipot&eacute;ticas&rdquo;</h2><p class="article-text">
        &ldquo;A falta de un v&iacute;nculo suficientemente directo con el presupuesto de la Uni&oacute;n con el asunto principal, las cuestiones resultan puramente hipot&eacute;ticas&rdquo;, ha relatado, al tiempo que ha asegurado que si la jurisprudencia que se cuestiona &ldquo;resultara problem&aacute;tica en otros asuntos relativos a los fondos de la Uni&oacute;n, una nueva petici&oacute;n prejudicial podr&iacute;a (o en su caso deber&iacute;a) plantearse&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Previamente, la Audiencia hab&iacute;a pedido a las partes del procedimiento judicial que informasen sobre si, en este caso, el Constitucional &ldquo;se ha extralimitado&rdquo; con una &ldquo;interpretaci&oacute;n alternativa de la prevaricaci&oacute;n y la malversaci&oacute;n&rdquo; en sus sentencias anulatorias de las condenas, si la doctrina introducida por tal tribunal para las nuevas sentencias &ldquo;incumple las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n&rdquo;, y por la posibilidad de no aplicar tales sentencias anulatorias de las condenas.
    </p><p class="article-text">
        El a&ntilde;o pasado, el Tribunal Constitucional vino a declarar que la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia de Sevilla, en su sentencia inicial condenatoria, y el Tribunal Supremo al desestimar los recursos de casaci&oacute;n de los citados acusados, habr&iacute;an &ldquo;incurrido en una interpretaci&oacute;n extravagante e imprevisible de los elementos t&iacute;picos de 'resoluci&oacute;n' y 'asunto administrativo' que vulnera el derecho fundamental a la legalidad penal que garantiza el art&iacute;culo 25 de la Constituci&oacute;n Espa&ntilde;ola&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Posteriormente, la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia de Sevilla decidi&oacute; suspender la tramitaci&oacute;n de la emisi&oacute;n de las nuevas sentencias ordenadas por el TC, dadas &ldquo;las dudas acerca de su adecuaci&oacute;n al Derecho Europeo y la jurisprudencia del TJUE&rdquo; y con el fin de &ldquo;evitar que, por efecto de la doctrina incluida en las repetidas sentencias del TC, se produzca un riesgo sist&eacute;mico de impunidad futura en escenarios similares&rdquo; y de &ldquo;salvaguardar los intereses financieros de la UE&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/bruselas-frena-pp-justicia-europea-revise-fallo-tc-anulo-condenas-chaves-grinan_1_13155857.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Apr 2026 09:16:04 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Bruselas frena el intento del PP de que la Justicia Europea revise el fallo del TC que anuló las condenas a Chaves y Griñán]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sevilla,Caso ERE,Sentencia ERE,Tribunales,Comisión Europea]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una "acusación infundada": por qué el caso Aznalcóllar es un nuevo fracaso de la jueza Alaya y su "manera de ver las cosas"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/acusacion-infundada-caso-aznalcollar-nuevo-fracaso-jueza-alaya-manera-ver-cosas_129_12826764.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5c1318c3-9afa-4964-ab17-6dc029b0726b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una &quot;acusación infundada&quot;: por qué el caso Aznalcóllar es un nuevo fracaso de la jueza Alaya y su &quot;manera de ver las cosas&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La absolución de 16 personas, entre ellas funcionarios y técnicas de la Junta de Andalucía, por el supuesto amaño del concurso de la mina de Aznalcóllar que Alaya reabrió hasta por dos veces, es un nuevo varapalo para la primera instructora del caso de ERE y de instrucciones fallidas como los casos Mercasevilla (2014 y 2017), Formación (2016), Lopera (2018) o Fitonovo (2022)</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla absuelve a los 16 acusados por el supuesto amaño del concurso de la mina de Aznalcóllar</p></div><p class="article-text">
        &ldquo;No existen indicios de los delitos atribuidos&rdquo; y &ldquo;se ha tratado de una acusaci&oacute;n infundada&rdquo;. Lo dice la sentencia de la Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia de Sevilla que ha absuelto esta semana a 16 personas, entre ellos distintos funcionarios y t&eacute;cnicos de la Junta de Andaluc&iacute;a, por el supuesto ama&ntilde;o del concurso internacional para la adjudicaci&oacute;n de la mina de Aznalc&oacute;llar. La jueza Mercedes Alaya, conocida sobre todo por ser la primera instructora del <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/cronologia-ere-elaborar-aprobar-presupuesto-no-delito-15-anos-despues_1_11460781.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso de los ERE</a>, orden&oacute; desde la Secci&oacute;n S&eacute;ptima de la Audiencia reabrir la causa&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/aznalcollar_1_1335502.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en el oto&ntilde;o de 2019</a>, como&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Europa-Press_0_571143425.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ya hizo en 2016</a>, al imputar al ex secretario general de Industria de la Junta Vicente Fern&aacute;ndez Guerrero, hasta ahora acusado y por entonces presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) en el Gobierno espa&ntilde;ol presidido entonces en funciones por Pedro S&aacute;nchez. <a href="https://www.abc.es/sevilla/economia/sevi-dimite-presidente-sepi-causa-penal-abierta-mina-aznalcollar-201910011442_noticia.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">Fern&aacute;ndez dimiti&oacute; tres d&iacute;as m&aacute;s tarde</a>, seg&uacute;n anunci&oacute; la entonces ministra de Hacienda en funciones, Mar&iacute;a Jes&uacute;s Montero, hoy candidata socialista a la Junta.
    </p><p class="article-text">
        A una de las juezas m&aacute;s conocidas del pa&iacute;s, vieja amiga del magistrado en excedencia Juan Ignacio Zoido (decano de los jueces de Sevilla entre 1992 y 1996), luego alcalde de la capital hispalense y m&aacute;s tarde ministro del Interior, no le han salido especialmente bien algunas de sus decisiones m&aacute;s medi&aacute;ticas quiz&aacute;s por su <a href="https://www.eldiario.es/sevilla/fiscalia-defiende-instruccion-caso-aznalcollar-frente-manera-ver-cosas-jueza-alaya_1_12101738.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;nueva manera de ver las cosas&rdquo;</a>, como sugiri&oacute; el propio fiscal del caso Aznalc&oacute;llar, afe&aacute;ndole que reabriera el caso hasta por dos veces cuando el juzgado instructor estaba viendo claro que ah&iacute; no hab&iacute;a ni truco ni ama&ntilde;o por parte de personal t&eacute;cnico de alta cualificaci&oacute;n. En la vista oral, los acusados <a href="https://www.eldiario.es/sevilla/funcionarios-acusados-concurso-mina-aznalcollar-alegan-vulneracion-derechos-fundamentales_1_12098092.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">alegaron derechos &ldquo;vulnerados&rdquo;</a> y acusaron a Alaya de &ldquo;extralimitaci&oacute;n&rdquo; en sus funciones. Sentencia en mano, si bien cabe recurso de casaci&oacute;n ante el Tribunal Supremo, se trata de un nuevo varapalo para la protagonista de instrucciones fallidas como los casos Mercasevilla (2014 y 2017), Formaci&oacute;n (2016), Lopera (2018) o Fitonovo (2022).
    </p><p class="article-text">
        La voz a las consecuencias del &uacute;ltimo episodio acusatorio fallido de Alaya la ha puesto este s&aacute;bado Aurora Gomera, ingeniera de Montes y funcionaria del cuerpo superior de la Junta, una de esas personas ahora absueltas pero &ldquo;tras diez a&ntilde;os de calvario&rdquo;, seg&uacute;n ha contado emocionada <a href="https://cadenaser.com/andalucia/2025/12/06/aurora-gomera-funcionaria-de-la-junta-absuelta-tras-10-anos-de-proceso-por-el-caso-aznalcollar-hemos-vivido-una-pesadilla-radio-sevilla/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">en Hora 14 Andaluc&iacute;a de la Cadena SER</a>. Al ser preguntada por qu&eacute; cre&iacute;a que el caso hab&iacute;a llegado a juicio pese a que la sentencia dice ahora que no hab&iacute;a indicios y de que se hab&iacute;a tratado de una &ldquo;acusaci&oacute;n infundada&rdquo;, la funcionaria ha sido tajante: &ldquo;Esa pregunta se le deber&iacute;a de hacer a la magistrada Mercedes Alaya, que es la que ha motivado que nosotros fu&eacute;ramos a juicio oral despu&eacute;s de que la jueza instructora y la Fiscal&iacute;a consideraran que no exist&iacute;a ning&uacute;n tipo de delito, ning&uacute;n tipo de prueba que nos inculpara de todos los delitos que se nos imputaban&rdquo; (...) Hab&iacute;amos hecho nuestro trabajo y nos sentaron en un penal&ldquo;. A su juicio, la sentencia &rdquo;pone de manifiesto la mala fe de todas y cada una de las personas responsables de habernos sentado en un banquillo injustamente y de haber mantenido una mentira durante diez a&ntilde;os&ldquo;.
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/sevilla/audiencia-sevilla-absuelve-16-acusados-supuesto-amano-concurso-mina-aznalcollar_1_12822973.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">La sentencia es extensa</a> pero algunas de sus consideraciones son especialmente contundentes: la pretensi&oacute;n punitiva de las acusaciones &ldquo;carece de la menor consistencia, de lo que se deduce que no pod&iacute;an dejar de tener conocimiento de la injusticia y sinraz&oacute;n de su posici&oacute;n, m&aacute;xime tras el desarrollo del juicio, en el que ha resultado claramente desvirtuada la posible apreciaci&oacute;n de delito en la actuaci&oacute;n de los acusados en relaci&oacute;n con los que han sido objeto de inculpaci&oacute;n, algunos de ellos carente de total sustento f&aacute;ctico y probatorio (negociaciones prohibidas, fraude, prevaricaci&oacute;n ambiental), siendo incluso la acusaci&oacute;n inicialmente establecida en las conclusiones provisionales de una mayor gravedad (cohecho, administraci&oacute;n desleal), sin unos m&iacute;nimos par&aacute;metros de racionalidad en la valoraci&oacute;n de la amplia investigaci&oacute;n realizada y que tuvo un resultado que no permit&iacute;a en absoluto dicha calificaci&oacute;n penal&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Teor&iacute;as sobre conspiraci&oacute;n y tramas delictivas&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Este ha sido el final, en primera instancia, del denominado caso Aznalc&oacute;llar. El caso ERE impulsado por Alaya es el m&aacute;s conocido a nivel nacional, pero no ha sido el &uacute;nico medi&aacute;tico. El ya mencionado Juan Ignacio Zoido present&oacute;&nbsp;<a href="https://elpais.com/diario/2009/04/25/andalucia/1240611733_850215.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en abril de 2009</a>&nbsp;una denuncia contra el entonces alcalde, Alfredo S&aacute;nchez Monteseir&iacute;n (PSOE), y el teniente de alcalde, Antonio Rodrigo Torrijos (IU), a la saz&oacute;n presidente y vicepresidente de Mercasevilla. El caso recay&oacute; en el Juzgado de Intrucci&oacute;n n&uacute;mero 6, dirigido entonces por Mercedes Alaya. Se empezaba a fraguar el caso de los ERE, que se alarga desde hace m&aacute;s de 15 a&ntilde;os y que, aunque amortizado, como presume el PP, sigue vivo: despu&eacute;s de que <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/constitucional-ordena-rebajar-condena-inhabilitacion-expresidente-chaves-ere-andalucia_1_11525694.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en julio de 2024</a> el Constitucional anulara la condena de c&aacute;rcel de Gri&ntilde;&aacute;n y rebajara la inhabilitaci&oacute;n de Chaves, y el caso se quedara sin trama pol&iacute;tica aunque <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">con decenas de juicios pendientes</a> por ayudas fraudulentas, la Audiencia de Sevilla llev&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el pasado mes de julio</a> a la Justicia europea las sentencias del Constitucional.
    </p><p class="article-text">
        Pero volvamos a 2009. Alaya empez&oacute; entonces a tirar del hilo de&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/mercasevilla-sociedad-mercado-central-abastos_1_5747894.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la controvertida gesti&oacute;n de la lonja sevillana</a>&nbsp;al advertir que en los expedientes de regulaci&oacute;n de empleo de 2003 y 2007 hab&iacute;a 'intrusos', es decir, personas que aparec&iacute;an en los ERE pero que nunca hab&iacute;an trabajado para las mismas. Alaya imput&oacute; en el '<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/mercasevilla-sociedad-mercado-central-abastos_1_5747894.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso Mercasevilla</a>' a Rodrigo Torrijos&nbsp;<a href="https://sevilla.abc.es/sevilla/sevi-torrijos-imputado-caso-mercasevilla-201104070000_noticia.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en abril de 2011</a>&nbsp;por la venta de los suelos del mercado de abastos, apenas mes y medio antes de las elecciones municipales, que gan&oacute; Zoido por mayor&iacute;a absoluta. A&ntilde;os despu&eacute;s, en 2017,&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/sevilla/caso-mercasevilla_1_3330825.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Torrijos fue absuelto</a>&nbsp;en aquel caso y tanto&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/justicia-termina-sentencia-mercasevilla-alaya_1_6068335.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el CGPJ</a>&nbsp;como&nbsp;<a href="https://www.diariodesevilla.es/juzgado_de_guardia/actualidad/Consejo-aprecia-funcionamiento-Alaya-Mercasevilla_0_1691831210.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el Consejo de Estado</a>&nbsp;han puesto en duda aquella instrucci&oacute;n judicial de Alaya. En este mismo caso, el exdelegado provincial de Empleo de la Junta en Sevilla Antonio Rivas result&oacute; finalmente <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Supremo-absuelve-exdelegado-Empleo-Mercasevilla_0_267023498.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">absuelto por el Tribunal Supremo</a>&nbsp;en 2014 pese a haber sido condenado en 2012.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n podemos recordar el 'caso Fitonovo', instruido por Alaya. En noviembre de 2022,&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/sevilla/fiscalia-retira-acusacion-exconcejales-iu-sevilla-juicio-fitonovo_1_9756674.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la Fiscal&iacute;a retir&oacute; los cargos</a>&nbsp;contra los exdirigentes de IU en Sevilla&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/torrijos-exlider-iu-sevilla-ensayo-caceria-politica-ahora-marcha-gobierno-espana_128_9796216.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Antonio Rodrigo Torrijos</a>&nbsp;y&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/sevilla/exconcejal-iu-estudia-denunciar-jueza-alaya-le-explique-acusando-pruebas-dice-fiscal_1_9763695.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Jos&eacute; Manuel Garc&iacute;a</a>, que finalmente fueron luego absueltos. La sentencia conden&oacute; a penas de entre dos y nueve meses de c&aacute;rcel a diez de los diecisiete acusados, entre ellos concejales, funcionarios y empresarios, y absolvi&oacute; a las formaciones pol&iacute;ticas PSOE e IU-Los Verdes-Convocatoria por Andaluc&iacute;a como part&iacute;cipes a t&iacute;tulo lucrativo.
    </p><p class="article-text">
        La absoluci&oacute;n del expresidente del Real Betis Manuel Ruiz de Lopera&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Audiencia-Lopera-apropiacion-administracion-Betis_0_750325515.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en marzo de 2018</a>&nbsp;de apropiaci&oacute;n indebida y administraci&oacute;n desleal tambi&eacute;n fue un caso medi&aacute;tico que, desde el punto de vista penal, qued&oacute; en nada despu&eacute;s de a&ntilde;os de procedimiento judicial.
    </p><p class="article-text">
        A comienzos de 2017, un contundente auto judicial de la jueza Mar&iacute;a N&uacute;&ntilde;ez Bola&ntilde;os confirm&oacute; el archivo de la denominada pieza 'pol&iacute;tica' de los cursos de formaci&oacute;n en Andaluc&iacute;a. Rechaz&oacute;, como era de esperar, el recurso de reforma planteado por el PP andaluz pero lo hac&iacute;a cargando contra su antecesora, Mercedes Alaya, y la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil por &ldquo;iniciar causas penales desde la interpretaci&oacute;n de informes&rdquo; a partir de los cuales &ldquo;elaborar teor&iacute;as sobre conspiraci&oacute;n y tramas delictivas, como la sostenida en esta causa, viene siendo avalada tambi&eacute;n por el PP-A&rdquo;.&nbsp;La causa hab&iacute;a sido archivada el 11 de octubre de 2016&nbsp;siguiendo el criterio de&nbsp;<a href="http://www.eldiario.es/andalucia/Anticorrupcion-archivo-politica-formacion-apreciar_0_563443880.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n</a>. Aquello fue la <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/carpetazo-judicial-formacion-cronica-anunciado_1_3817708.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">cr&oacute;nica de un carpetazo anunciado</a>, mientras con el caso Aznalc&oacute;llar se ha llegado al fin de un proceso y de una absoluci&oacute;n anunciada.
    </p><h2 class="article-text">El 'efecto ERE'</h2><p class="article-text">
        Alaya tambi&eacute;n protagoniz&oacute; el llamado '<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/caso-ere-elecciones-andaluzas-2018_1_1868344.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">efecto ERE</a>', salpicado de&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/desdeelsur/imprudencias-alaya_132_5617378.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">decisiones suyas en momentos muy puntuales</a>, principalmente ante las auton&oacute;micas de marzo de 2012 (ganadas por el PP de Javier Arenas, si bien PSOE e IU hicieron coalici&oacute;n haciendo presidente a Gri&ntilde;&aacute;n) y en la campa&ntilde;a electoral de las municipales 2011, con el foco en la pol&iacute;tica sevillana, de las que sali&oacute; vencedor el ya citado Juan Ignacio Zoido. En su pen&uacute;ltimo caso medi&aacute;tico, en la primavera de 2023, s&iacute; que decidi&oacute; aplazar hasta despu&eacute;s de las elecciones municipales el juicio por el gasto de dinero p&uacute;blico en prost&iacute;bulos por parte del exdirector de la Fundaci&oacute;n Andaluza Fondo de Formaci&oacute;n y Empleo (Faffe) Fernando Vill&eacute;n, condenado luego a seis a&ntilde;os de c&aacute;rcel.
    </p><p class="article-text">
        Mercedes Alaya, en cualquier caso, fue la aut&eacute;ntica pesadilla para la Junta durante sus cuatro a&ntilde;os de instrucci&oacute;n de los ERE y el PSOE siempre ha considerado que la instrucci&oacute;n que llev&oacute; a cabo la jueza en la causa supuso una injerencia en la vida pol&iacute;tica andaluza. De hecho, ni cinco minutos, literalmente, le dur&oacute; el estreno de presidenta a Susana D&iacute;az cuando el 10 de septiembre de 2013, durante la toma de posesi&oacute;n de su nuevo equipo,&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Alaya-Grinan-Chaves-exconsejeros-ERE_0_173932883.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el PP andaluz filtraba el auto de Alaya que ped&iacute;a la imputaci&oacute;n de Chaves y Gri&ntilde;&aacute;n</a>, sus predecesores y padrinos pol&iacute;ticos (aunque luego fue&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-generalidad-preimputacion-caso-ere_1_5120660.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">anulada por la Audiencia</a>). A Alaya le sustituy&oacute; al frente del juzgado de los ERE Mar&iacute;a N&uacute;&ntilde;ez Bola&ntilde;os, amiga del exconsejero andaluz Emilio de Llera, fiscal en excedencia. Pero la &lsquo;pata pol&iacute;tica&rsquo; del caso, la m&aacute;s jugosa o la m&aacute;s dif&iacute;cil de gestionar, seg&uacute;n se mire, le toc&oacute; rematarla a &Aacute;lvaro Mart&iacute;n, quien&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ERE-expresidentes-andaluces-Chaves-Grinan_0_576742373.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">abri&oacute; en noviembre de 2016 el juicio oral</a>&nbsp;contra los m&aacute;ximos responsables de la Junta.
    </p><p class="article-text">
        Aquella bomba de Alaya al aguar la fiesta de estreno del Gobierno de D&iacute;az vino a ratificar de alg&uacute;n modo las coincidencias temporales entre sus decisiones y autos con determinadas actividades de la Junta desde que estallara el caso, all&aacute; por 2011, campa&ntilde;as electorales incluidas. &ldquo;Nada ni nadie va a condicionar la agenda del PSOE. Nada ni nadie&rdquo;, dijo el todav&iacute;a presidente Gri&ntilde;&aacute;n apenas un par de meses antes de ser 'preimputado', aquel termin&oacute; acu&ntilde;ado en los medios tras la decisi&oacute;n de Alaya de meterle en el charco de los ERE, principalmente como consejero de Hacienda. Pero la agenda s&iacute; fue condicionada, tanto como para hacer caer a dos expresidentes del PSOE y de la Junta.&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Grinan-deja-presidencia-Andalucia-septiembre_0_156785084.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Gri&ntilde;&aacute;n renunci&oacute; a la Presidencia de la Junta en julio de 2013</a>&nbsp;para que &ldquo;ning&uacute;n esc&aacute;ndalo salpique a la Junta y a Andaluc&iacute;a&rdquo;, reconociendo definitivamente el desgaste sufrido. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/acusacion-infundada-caso-aznalcollar-nuevo-fracaso-jueza-alaya-manera-ver-cosas_129_12826764.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 06 Dec 2025 20:40:14 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Una "acusación infundada": por qué el caso Aznalcóllar es un nuevo fracaso de la jueza Alaya y su "manera de ver las cosas"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Mercedes Alaya,Caso Aznalcóllar,Jueces,Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez procesa a siete ex altos cargos andaluces por 261 millones en ayudas a extrabajadores de Delphi en el caso ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/cadiz/juez-procesa-siete-ex-altos-cargos-andaluces-261-millones-ayudas-extrabajadores-delphi-caso-ere_1_12688222.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/137905f6-581e-4640-8f78-73e563819326_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez procesa a siete ex altos cargos andaluces por 261 millones en ayudas a extrabajadores de Delphi en el caso ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El magistrado considera que los hechos podrían ser constitutivos de presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental</p><p class="subtitle">Cronología de la sangría industrial de la Bahía de Cádiz en siete capítulos
</p></div><p class="article-text">
        El Juzgado de Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 6 de Sevilla ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra siete ex altos cargos de la Junta de Andaluc&iacute;a y otras cinco personas investigadas en una pieza separada del caso de los expedientes de regulaci&oacute;n de empleo (ERE) centrada en la concesi&oacute;n y el pago presuntamente il&iacute;citos de ayudas sociales individuales a extrabajadores de la empresa Delphi Automotive Systems Espa&ntilde;a S.L. y su industria auxiliar por un montante total de 261.754.334 euros.
    </p><p class="article-text">
        En un auto fechado el d&iacute;a 15 de octubre y notificado a las partes personadas en este procedimiento, el magistrado toma esta decisi&oacute;n &ldquo;por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos&rdquo; de presuntos delitos de prevaricaci&oacute;n administrativa, malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos y falsedad documental, dando traslado de la causa a la Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n y a las acusaciones personadas para que, en el plazo com&uacute;n de 20 d&iacute;as, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusaci&oacute;n o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la pr&aacute;ctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusaci&oacute;n, seg&uacute;n el auto facilitado por la Oficina de Comunicaci&oacute;n del TSJA.
    </p><p class="article-text">
        El magistrado no estima necesaria la pr&aacute;ctica de nuevas diligencias instructoras en una pieza separada del caso ERE. De esta manera, el instructor contin&uacute;a el procedimiento contra cuatro exviceconsejeros de la Junta de Andaluc&iacute;a, dos ex directores generales de Trabajo y Seguridad Social y un ex director general de la agencia IDEA, as&iacute; como contra dos representantes sindicales de CCOO y UGT, dos 'intrusos' y un directivo de Uniter, la mediadora que &ldquo;intervino en la formalizaci&oacute;n de las correspondientes p&oacute;lizas de seguro&rdquo; de la Consejer&iacute;a de Empleo.
    </p><p class="article-text">
         El juez explica que las &ldquo;subvenciones excepcionales&rdquo; que describe en el auto fueron satisfechas con cargo al programa presupuestario 31-L. No obstante, &ldquo;de las diligencias practicadas es posible deducir otras l&iacute;neas de ayuda, distintas de las anteriores --y que tambi&eacute;n fueron concedidas y financiadas extramuros de cualquier forma de legalidad-- que habr&iacute;an sido satisfechas con cargo a programas presupuestarios distintos, al margen as&iacute; del programa presupuestario 22-E y 31-L de la Consejer&iacute;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, precisa que estas &ldquo;subvenciones excepcionales&rdquo; vinculadas con los Planes Personales de Inserci&oacute;n (PPI) de los extrabajadores de Delphi &ldquo;no habr&iacute;an sido acordadas y abonadas dentro del periodo de imputaci&oacute;n en la causa del procedimiento espec&iacute;fico por el correspondiente director general de Trabajo --en concierto con el correspondiente, a su vez, director general de IFA/IDEA-- con cargo a la partida 31-L&rdquo;, lo que &ldquo;justifica el sometimiento al proceso de los presuntos part&iacute;cipes en la operativa il&iacute;cita investigada, incluidos aquellos&rdquo; que han sido ya encausados y sometidos a juicio en la causa del procedimiento espec&iacute;fico, refiri&eacute;ndose en este sentido al caso concreto de un ex director general de Trabajo y dos exviceconsejeros.
    </p><p class="article-text">
        A juicio del instructor, dicho procedimiento espec&iacute;fico no tiene por objeto &ldquo;la presunta ilicitud de la concesi&oacute;n de ayudas mediante, como suceder&iacute;a en el supuesto de autos, otras partidas, programas operativas y mec&aacute;nicas presuntamente delictivas&rdquo;, abundando en que &ldquo;resulta inequ&iacute;voco que gran parte de los hechos delictivos objeto de investigaci&oacute;n en la presente causa no fueron objeto de enjuiciamiento&rdquo; en dicha pieza separada del caso ERE.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Desde luego, no fueron objeto de aqu&eacute;lla causa las disposiciones de fondos realizadas con cargo a cr&eacute;ditos presupuestarios distintos de los programas 22-E y 31-L&rdquo;, apostilla. El juez enumera tambi&eacute;n en el auto los motivos por los que considera que los hechos delictivos no estar&iacute;an afectados por la doctrina del Tribunal Constitucional (TC) reca&iacute;da con motivo de los recursos de amparo interpuestos en la causa del procedimiento espec&iacute;fico.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, se&ntilde;ala que &ldquo;resulta evidente que las disposiciones de fondos realizadas en favor de los extrabajadores de Delphi y su industria auxiliar, objeto de autos, exced&iacute;an notablemente del &aacute;mbito y finalidad del programa presupuestario 31-L --en sus sucesivos ejercicios--, pues no estaban destinados a mitigar la situaci&oacute;n de empresa alguna en crisis, favorecer un plan de reestructuraci&oacute;n o de viabilidad de &eacute;sta, ni se configuraban como ayudas sociolaborales en favor de los trabajadores de la sociedad, quienes se hab&iacute;an desligado de Delphi mediante la percepci&oacute;n de sus correspondientes indemnizaciones y ser&iacute;an beneficiarios de contrataciones laborales --ficticias-- a trav&eacute;s de empresas formadoras, a su vez subvencionadas por el SAE&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, destaca &ldquo;la ausencia de cualquier finalidad o inter&eacute;s p&uacute;blico en el otorgamiento y pago de las subvenciones&rdquo; investigadas en esta pieza separada. De otro lado, el magistrado acuerda el sobreseimiento provisional de la causa respecto de otros seis investigados vinculados a la Junta, en concreto cuatro exconsejeros y dos exdirectores de Administraci&oacute;n y Finanzas de la agencia IDEA, ya que contra ellos &ldquo;no se encuentran en la causa indicios s&oacute;lidos que permitan atribuirles participaci&oacute;n --relevante penalmente-- en los hechos por los que se procede en la presente causa&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, y en el caso de los exconsejeros, el juez argumenta que no constan en las actuaciones &ldquo;indicios suficientes de que, en su calidad de sucesivos titulares de las consejer&iacute;as de la Junta de Andaluc&iacute;a implicadas en la concesi&oacute;n y pago de las subvenciones dirigidas a financiar los &rdquo;Planes Personales de Inserci&oacute;n (PPI)&ldquo; de los extrabajadores de Delphi, habr&iacute;an tenido deliberada participaci&oacute;n en tales hechos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        A&ntilde;ade el magistrado que &ldquo;la implicaci&oacute;n&rdquo; de tales consejeros, superiores de los cuatro exvinceconsejeros investigados, &ldquo;no puede sostenerse en consideraci&oacute;n a evidencias solventes, m&aacute;s all&aacute; de las sospechas de que, por su posici&oacute;n como responsables m&aacute;ximos de las respectivas consejer&iacute;as, habr&iacute;an podido tener conocimiento de la irregular disposici&oacute;n de aqu&eacute;llos fondos y de los acuerdos determinantes de tal il&iacute;cita actuaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En el auto, el magistrado explica que, en esta pieza separada, se investiga la concesi&oacute;n y el pago presuntamente il&iacute;citos de ayudas sociales individuales a extrabajadores de Delphi y su industria auxiliar, &ldquo;articuladas, en su mayor parte, mediante p&oacute;lizas de prejubilaci&oacute;n, y derivadas de convenios suscritos en el a&ntilde;o 2009 as&iacute; como de resoluciones dictadas y &oacute;rdenes de pago firmadas a lo largo de los a&ntilde;os 2009 y 2010, fundamentalmente&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, el juez indica que estas &ldquo;subvenciones y ayudas irregulares&rdquo; fueron satisfechas &ldquo;a la postre&rdquo; por la agencia IFA/IDEA con cargo a fondos p&uacute;blicos a trav&eacute;s del programa presupuestario 31-L &ldquo;sin sumisi&oacute;n a procedimiento legal alguno&rdquo;, ascendiendo el importe de &ldquo;estas supuestas &rdquo;subvenciones&ldquo;, graciosamente concedidas por la Junta de Andaluc&iacute;a&rdquo;, a 261 millones.
    </p><p class="article-text">
        El instructor precisa que dichos fondos &ldquo;habr&iacute;an sido arbitrariamente concedidos y dispuestos, fundamentalmente, para atender el pago de compromisos financieros, as&iacute; como los acuerdos suscritos, vinculados --formalmente-- al cierre de la empresa&rdquo;, y todo ello &ldquo;mediante la financiaci&oacute;n de un seguro de rentas en favor&rdquo; de los extrabajadores de Delphi afectados, en particular p&oacute;lizas de seguro de prejubilaci&oacute;n a dichos extrabajadores por importe de 250.507.099 euros; p&oacute;lizas de seguro de prejubilaci&oacute;n para extrabajadores de la industria auxiliar de Delphi por importe de 7.840.847 euros, o p&oacute;lizas de seguro para extrabajadores de Delphi y su industria auxiliar con incapacidad laboral en grado de permanente total por valor de 3.406.388 euros.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/cadiz/juez-procesa-siete-ex-altos-cargos-andaluces-261-millones-ayudas-extrabajadores-delphi-caso-ere_1_12688222.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Oct 2025 10:33:18 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El juez procesa a siete ex altos cargos andaluces por 261 millones en ayudas a extrabajadores de Delphi en el caso ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Cádiz,Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla condena a un ex alto cargo de la Junta de Andalucía a 4 años de cárcel por el ERE de Fertiberia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-condena-ex-alto-cargo-junta-andalucia-4-anos-carcel-ere-fertiberia_1_12605763.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a765cd53-e88b-461e-adbf-750a97b1d513_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Sevilla condena a un ex alto cargo de la Junta de Andalucía a 4 años de cárcel por el ERE de Fertiberia"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia absuelve a un exdirigente de CCOO y al sindicato como responsable civil subsidiario</p><p class="subtitle">Dos condenados en una pieza del caso ERE por recibir miles de euros por “amistad o vecindad” con un alto cargo
</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a cuatro a&ntilde;os y un mes de c&aacute;rcel al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andaluc&iacute;a, Daniel Alberto Rivera, en una pieza separada del caso ERE por delitos de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos en las ayudas a catorce extrabajadores de la empresa Fertiberia.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia, fechada el pasado 11 de septiembre y difundida este martes por la Oficina de Comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA), condena adem&aacute;s a Rivera a diez a&ntilde;os y un mes de inhabilitaci&oacute;n absoluta y a indemnizar a la Junta de Andaluc&iacute;a con 682.598,50 euros, cantidad que se corresponde con las tres &oacute;rdenes de pago que emiti&oacute; y que determinaron los correspondientes abonos de las ayudas.
    </p><p class="article-text">
        Por contra, los magistrados absuelven de dichos delitos a un exdirigente de CCOO y al propio sindicato como responsable civil subsidiario. As&iacute;, y en relaci&oacute;n al primero, la Audiencia argumenta que &ldquo;no se ha podido probar que existiera una contribuci&oacute;n eficiente y causal&rdquo; del exdirigente sindical m&aacute;s all&aacute; de su presencia en una reuni&oacute;n entre el comit&eacute; de empresa y el entonces delegado de Empleo en Sevilla. 
    </p><p class="article-text">
        En el juicio, la Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n solicit&oacute; para los dos acusados cinco a&ntilde;os de c&aacute;rcel y doce a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n absoluta, as&iacute; como que, en concepto de responsabilidad civil, el representante sindical indemnizara con 2.262.666,61 euros a la Junta, y que el ex alto cargo de la Junta restituyera de aquella cantidad el importe de 682.598,50 euros.
    </p><h2 class="article-text">Condiciones de prejubilaci&oacute;n tras ser excluidos del ERE</h2><p class="article-text">
        El tribunal considera probado que en octubre de 2003 Fertiberia interes&oacute; la tramitaci&oacute;n de un ERE con la intenci&oacute;n de extinguir 166 puestos de trabajo, aprobado por acuerdo entre empresa y trabajadores en diciembre de ese mismo a&ntilde;o. Los trabajadores pod&iacute;an optar por ser incluidos en un plan de prejubilaciones mediante p&oacute;liza de seguro en la que aparec&iacute;a como tomador Fertiberia o por percibir una indemnizaci&oacute;n de 20 d&iacute;as de salario bruto por a&ntilde;o de servicio, con un m&aacute;ximo de 12 meses. Adicionalmente se acordaron 77 traslados geogr&aacute;ficos de los centros de la empresa en Cartagena y Sevilla y 12 de los trabajadores afectados interesaron de Fertiberia la finalizaci&oacute;n de la relaci&oacute;n laboral mediante una baja incentivada entre marzo y mayo de 2004.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados a&ntilde;aden que estos doce trabajadores ten&iacute;an la intenci&oacute;n, una vez desvinculados de la empresa, de recabar la ayuda de la Direcci&oacute;n de Trabajo para poder conseguir las condiciones de prejubilaci&oacute;n a las que no hab&iacute;an accedido en el ERE, para lo que remitieron una solicitud individualizada y otra de forma colectiva al entonces titular de la Direcci&oacute;n General de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, y al delegado provincial de Empleo. Guerrero comunic&oacute; en octubre de 2004 a la consultora Vitalia la conformidad de su departamento a suscribir una p&oacute;liza por cada uno de los doce extrabajadores de la empresa &ldquo;a fin de facilitar la obtenci&oacute;n de las condiciones de prejubilaci&oacute;n a las que no hab&iacute;an podido acceder en el ERE&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en casaci&oacute;n ante el Supremo, recoge que la cantidad total a abonar ascend&iacute;a a 2.162.608,44 euros, importe del que correspond&iacute;a pagar a los antiguos trabajadores 541.509,18 euros, mientras que el resto ser&iacute;a abonado por la Junta, aunque posteriormente el monto a abonar por la Administraci&oacute;n auton&oacute;mica ascendi&oacute; hasta los 1.947.931,30 euros en virtud de doce suplementos de p&oacute;lizas que aumentaron la deuda por intereses moratorios debidos a impagos.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados aluden a continuaci&oacute;n a otras dos p&oacute;lizas suscritas para otros dos extrabajadores de la empresa y explican que, para los pagos de todas las p&oacute;lizas referidas, el entonces director general de Trabajo, Juan M&aacute;rquez, dict&oacute; resoluciones que ordenaban a la agencia IDEA el traspaso de fondos p&uacute;blicos a la cuenta corriente de la entidad aseguradora.
    </p><p class="article-text">
        Posteriormente, y una vez que tom&oacute; posesi&oacute;n como director general de Trabajo en abril de 2010, Rivera orden&oacute; en septiembre de ese mismo a&ntilde;o a IDEA el pago de 70.852,96 euros mediante transferencia a la cuenta de titularidad de Apra Leven para que fuera aplicada a algunas de las p&oacute;lizas, tras lo que, el 29 de octubre, orden&oacute; a IDEA el pago de otros 464.863,22 euros a Grupo Generali Espa&ntilde;a para que fuera aplicado a otras de las p&oacute;lizas, de forma que las transferencias &ldquo;se realizaron en todos los casos de fondos p&uacute;blicos&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">No exist&iacute;a expediente de tramitaci&oacute;n de la ayuda</h2><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia agrega que, en la gestaci&oacute;n de la ayuda concedida por la Direcci&oacute;n de Trabajo, &ldquo;existi&oacute; una falta completa de tramitaci&oacute;n de expediente administrativo, sin que, a fecha de su concesi&oacute;n, el titular de dicha direcci&oacute;n general ostentara delegada la competencia para la adjudicaci&oacute;n de dicha ayuda, porque correspond&iacute;a al titular de la Consejer&iacute;a de Empleo&rdquo;, y precisa que &ldquo;la decisi&oacute;n adoptada por el entonces director general de Trabajo culmin&oacute; con pagos procedentes de fondos p&uacute;blicos por importes de 1.947.931,30 euros que fueron ingresados en la cuenta bancaria de Vitalicio Seguros/Grupo Generali Espa&ntilde;a y de 317.735,28 euros que se ingresaron en la cuenta bancaria de Apra Leven&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados aseveran que, &ldquo;a pesar de que en las respectivas resoluciones dictadas&rdquo; por el ex alto cargo condenado que ordenaban los pagos referidos a la agencia IDEA, &ldquo;se mencionaba que en la Direcci&oacute;n General obraba el expediente completo de la tramitaci&oacute;n de la ayuda, dicho expediente no exist&iacute;a, porque se hab&iacute;a prescindido de una forma total del procedimiento legalmente establecido&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Al entonces director general le constaba que no exist&iacute;a ninguna base reguladora, que no se hab&iacute;a dado publicidad a la concesi&oacute;n de las ayudas y que no se hab&iacute;an determinado los requisitos que deb&iacute;an cumplir los beneficiarios&rdquo;, sostiene el tribunal, que a&ntilde;ade que &ldquo;conoc&iacute;a que no hubo fiscalizaci&oacute;n previa de la Intervenci&oacute;n Delegada de la Consejer&iacute;a de Empleo ni seguimiento la aplicaci&oacute;n del importe de la ayuda concedida&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello, la Secci&oacute;n Primera concluye que el condenado es autor de delitos de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n &ldquo;por su concreta intervenci&oacute;n en las &oacute;rdenes de pago que determinaron el abono de un total de 682.598,50 euros a las p&oacute;lizas de las que resultaron beneficiarios los antiguos trabajadores de Fertiberia&rdquo;. El tribunal considera que &ldquo;no se ha acreditado que nos encontremos ante ayudas sociolaborales amparadas por la partida 31L&rdquo;, avalada en la sentencia del Supremo sobre las ayudas a Acyco, ya que los destinatarios no son &ldquo;trabajadores de Fertiberia&rdquo; sino personas ajenas a la empresa, que solicitan unos beneficios econ&oacute;micos que faciliten su prejubilaci&oacute;n&ldquo;, remarcando adem&aacute;s &rdquo;la ausencia de fin p&uacute;blico&ldquo;.
    </p><h2 class="article-text">Un voto particular pide absolver a Rivera</h2><p class="article-text">
        La sentencia cuenta con el voto particular de unos de los tres magistrados que conforman el tribunal, Pedro Izquierdo, quien considera que el ex director general de Trabajo condenado deber&iacute;a haber sido absuelto, ya que &ldquo;los beneficiarios&rdquo; de las ayudas &ldquo;no son personas ajenas a la empresa sino trabajadores de la misma a los que en el transcurso de la reestructuraci&oacute;n laboral se les ofreci&oacute; la posibilidad de finalizar sus contratos de trabajo para poder cobrar las citadas indemnizaciones&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Tal circunstancia supone una conexi&oacute;n funcional, personal y cronol&oacute;gica entre Fertiberia, de la que provienen las indemnizaciones aportadas para solicitar la ayuda, y los beneficiarios de las p&oacute;lizas como trabajadores de aquella, aunque Fertiberia no conste en las mismas, que impide considerarlos como sujetos absolutamente ajenos a ella, supuesto este &uacute;ltimo que s&iacute; ser&iacute;a, en su caso, merecedor de reproche penal&rdquo;, concluye el voto particular del magistrado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-condena-ex-alto-cargo-junta-andalucia-4-anos-carcel-ere-fertiberia_1_12605763.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 16 Sep 2025 08:51:49 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla condena a un ex alto cargo de la Junta de Andalucía a 4 años de cárcel por el ERE de Fertiberia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sevilla,Caso ERE,Andalucía,Empleo,Junta de Andalucía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Dos condenados en una pieza del caso ERE por recibir miles de euros por "amistad o vecindad" con un alto cargo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/condenados-penas-carcel-pieza-separada-ere-recibir-ayudas-amistad-guerrero_1_12597350.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/446d9f0d-72ad-4bab-93c0-13bfcd37260e_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt="El exdirector de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, a su llegada a la Audiencia Provincial de Sevilla en noviembre de 2019."></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El ex director general de Trabajo y Seguridad Social Javier Guerrero benefició con dinero público a cuatro personas "por el mero hecho de tratarse de personas de su entorno personal"</p><p class="subtitle">Los ERE después del Constitucional: sin trama política pero con decenas de juicios pendientes por ayudas fraudulentas
</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a penas de 22 meses y 15 meses de c&aacute;rcel, respectivamente, a dos acusados en una pieza separada del caso ERE por recibir ayudas econ&oacute;micas mediante p&oacute;lizas de rentas sufragadas con fondos p&uacute;blicos dada su &ldquo;relaci&oacute;n de amistad o vecindad&rdquo; con el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Francisco Javier Guerrero, ya fallecido, mientras que ha absuelto a otras tres personas en relaci&oacute;n con estos hechos, dos empleados de la consultora Vitalia S.A. y la hija de uno de los dos condenados.
    </p><p class="article-text">
        En la sentencia, fechada el pasado 9 de septiembre y notificada este viernes a las partes, el tribunal condena a Alejandro M.T. como cooperador necesario de un delito de prevaricaci&oacute;n en concurso medial con un delito continuado de malversaci&oacute;n, con la atenuante de dilaciones indebidas, y le impone cuatro a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n especial para empleo o cargo p&uacute;blico por el delito de prevaricaci&oacute;n y un a&ntilde;o y diez meses de prisi&oacute;n y tres a&ntilde;os y ocho meses de inhabilitaci&oacute;n absoluta por la malversaci&oacute;n. En concepto de responsabilidad civil, deber&aacute; indemnizar a la Junta en la cantidad de 333.072,07 euros, correspondiente al total percibido por la suscripci&oacute;n de las p&oacute;lizas.
    </p><p class="article-text">
        A la hora de imponer estas penas, el tribunal tiene en cuenta &ldquo;la intensidad de reproche que merece su conducta, orientada a lucrarse a costa de fondos p&uacute;blicos sin m&aacute;s m&eacute;rito que el favor buscado de su amigo como director de Trabajo&rdquo;, a&ntilde;adiendo que, &ldquo;al resultar as&iacute; favorecido, se situ&oacute; por encima de otros ciudadanos y se lucr&oacute; il&iacute;citamente a costa de fondos p&uacute;blicos en una no desde&ntilde;able suma de 333.072,07 euros que fue percibiendo durante un largo periodo de tiempo y le permiti&oacute; enriquecerse y engrosar su patrimonio en detrimento, con toda seguridad, de la consecuci&oacute;n de los l&iacute;citos fines sociolaborales que habr&iacute;an sido cubiertos con las cantidades defraudadas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, los magistrados condenan a Rafael R.G. por esos mismos delitos aunque con las atenuantes de reparaci&oacute;n del da&ntilde;o y dilaciones indebidas, y le imponen dos a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n especial para empleo o cargo p&uacute;blico por el delito de prevaricaci&oacute;n y un a&ntilde;o y tres meses de c&aacute;rcel y dos a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n absoluta por el delito de malversaci&oacute;n. De igual modo, y en concepto de responsabilidad civil, tendr&aacute; que indemnizar a la Junta con 91.196,76 euros, cantidad correspondiente al total percibido por la suscripci&oacute;n de las p&oacute;lizas y de la que ser&aacute; detra&iacute;da la suma de 54.880,03 euros que ya consign&oacute; en la cuenta del Juzgado de Instrucci&oacute;n, y que deber&aacute; ser reintegrada a la Administraci&oacute;n auton&oacute;mica.
    </p><p class="article-text">
        En este caso, la Audiencia tiene en cuenta que, &ldquo;ya desde su primera declaraci&oacute;n, ante la posible ilicitud de su conducta, se mostr&oacute; proclive a devolver el dinero y as&iacute; lo hizo en gran parte hasta completar una consignaci&oacute;n de 54.880,03 euros a resultas de su responsabilidad&rdquo;, lo cual &ldquo;debe tener una repercusi&oacute;n positiva en la individualizaci&oacute;n de la pena&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En la sentencia, difundida por la Oficina de Comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) y consultada por Europa Press, el tribunal considera probado que Guerrero manten&iacute;a &ldquo;relaciones personales de amistad y/o vecindad&rdquo; con los condenados y con otras dos personas ya fallecidas y &ldquo;aprovech&oacute; que ten&iacute;a a su disposici&oacute;n fondos p&uacute;blicos de la Junta y, careciendo de competencia para ello, al margen de cualquier procedimiento legalmente establecido y sin que existiera un fin p&uacute;blico para su aplicaci&oacute;n, benefici&oacute; con dinero p&uacute;blico&rdquo; a las cuatro personas aludidas &ldquo;por el mero hecho de tratarse de personas de su entorno personal, lo cual supuso un quebranto de los intereses generales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados precisan que, &ldquo;en la operativa para la consecuci&oacute;n del fin propuesto, que no era otro que materializar sin justa causa ese beneficio personal&rdquo;, el entonces director general de Trabajo &ldquo;orden&oacute; a favor de los mencionados pagos en forma de rentas con cargo a fondos p&uacute;blicos de la Junta a trav&eacute;s de la suscripci&oacute;n de p&oacute;lizas de rentas de supervivencia y de capital diferido en las que les hizo figurar como asegurados y beneficiarios con la finalidad de que aqu&eacute;llos vieran aumentados indebida y considerablemente sus ingresos mediante elevados importes&rdquo;, todo ello &ldquo;pese a que estas personas eran ya beneficiarias de otras pensiones, prestaciones o ayudas p&uacute;blicas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, las cuatro personas mencionadas, como beneficiarias de las p&oacute;lizas, &ldquo;estuvieron cobrando durante a&ntilde;os las sumas&rdquo; expuestas en la sentencia, y ello &ldquo;pese a que eran plenamente conscientes, ausente cualquier derecho a percibirlas con respaldo legal, de que s&oacute;lo su relaci&oacute;n o vinculaci&oacute;n personal con el director general de Trabajo las habilitaba&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados detallan la existencia de un &ldquo;sistema de pagos cruzados&rdquo; consistente en &ldquo;destinar parte del importe de las primas de esas p&oacute;lizas de empresa, ya en poder de las aseguradoras, a pagar las primas de las p&oacute;lizas individuales que se contrataban por indicaci&oacute;n&rdquo; del director general de Trabajo &ldquo;en beneficio de unos particulares que, ausente cualquier vinculaci&oacute;n con las empresas en cuesti&oacute;n o con cualquier otra, se enriquec&iacute;an de modo consciente por el solo hecho de tener alg&uacute;n tipo de relaci&oacute;n o vinculaci&oacute;n de &iacute;ndole personal&rdquo; con Guerrero.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, y &ldquo;siguiendo &oacute;rdenes&rdquo; del responsable de esta Direcci&oacute;n General, &ldquo;los pagos los hac&iacute;an directamente las aseguradoras a los particulares beneficiarios, con lo que se elud&iacute;a cualquier control administrativo, financiero y presupuestario dado que el movimiento de fondos p&uacute;blicos carec&iacute;a de reflejo en la contabilidad de la Junta y tambi&eacute;n en la de la agencia IDEA&rdquo;, asevera la Audiencia.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal subraya que, de esta forma, el entonces director general de Trabajo, &ldquo;en connivencia&rdquo; con los dos condenados y las otras dos personas ya fallecidas, logr&oacute; que su departamento &ldquo;se hiciera cargo de las p&oacute;lizas en su totalidad sin responder a ning&uacute;n inter&eacute;s general, p&uacute;blico o social, sino s&oacute;lo para enriquecer con los fondos p&uacute;blicos andaluces a personas de su entorno personal, siendo esto consentido por los mencionados acusados, quienes contribuyeron de forma activa y determinante para ello&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello, los magistrados consideran que &ldquo;el dinero p&uacute;blico distra&iacute;do se concedi&oacute; gratuitamente por el director de Trabajo sin competencia para ello, sin cr&eacute;dito suficiente, y de forma arbitraria, prescindiendo absolutamente del procedimiento establecido con grave perjuicio a las arcas p&uacute;blicas&rdquo;, lo que &ldquo;permiti&oacute; que se lucraran injustamente particulares, con los que ten&iacute;a vinculaci&oacute;n personal, a expensas de fondos de la Junta&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, inciden en que &ldquo;el hecho de que las personas favorecidas resultaran beneficiarias de estas p&oacute;lizas no estaba relacionado con ning&uacute;n ERE ni con ninguna circunstancia referida a sus respectivas vidas laborales y s&iacute;, solamente, con el v&iacute;nculo o relaci&oacute;n que manten&iacute;an&rdquo; con el director general de Trabajo &ldquo;a t&iacute;tulo particular&rdquo;, mientras que, &ldquo;en sentido inverso, este &uacute;ltimo, alejado de un fin de inter&eacute;s general, destin&oacute; dinero p&uacute;blico que gestionaba en funci&oacute;n de su cargo a favorecer econ&oacute;micamente a unos particulares por el mero hecho de tener con ellos una relaci&oacute;n privada o personal, ya fuera de amistad, de vecindad o derivada del hecho de compartir afiliaci&oacute;n a un mismo partido pol&iacute;tico&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        De otro lado, el tribunal indica que la consultora Vitalia S.A. fue la encargada de la tramitaci&oacute;n de todas las p&oacute;lizas de seguro, pero no ha podido acreditar la participaci&oacute;n espec&iacute;fica de los dos trabajadores acusados en la gesti&oacute;n y tramitaci&oacute;n de las p&oacute;lizas&ldquo;. Tambi&eacute;n absuelven a la hija de uno de los dos condenados porque &rdquo;no se ha constatado que solicitara al director general de Trabajo la ayuda econ&oacute;mica para su padre, ni que se prevaliera de su amistad&ldquo; con &eacute;l.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/condenados-penas-carcel-pieza-separada-ere-recibir-ayudas-amistad-guerrero_1_12597350.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 12 Sep 2025 11:44:20 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Dos condenados en una pieza del caso ERE por recibir miles de euros por "amistad o vecindad" con un alto cargo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Álvaro Martín, instructor de los ERE que ordenó procesar a Chaves y Griñán, nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/sevilla/alvaro-martin-instructor-ere-ordeno-procesar-chaves-grinan-nuevo-presidente-audiencia-sevilla_1_12487740.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bc2e0bd3-01a5-472d-bd43-b8a2c90de11f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Álvaro Martín, instructor de los ERE que ordenó procesar a Chaves y Griñán, nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El CGPJ reelige a Lorenzo del Río al frente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía</p><p class="subtitle">Hemeroteca - El juez de los ERE abre juicio oral contra los expresidentes andaluces Chaves y Griñán
</p></div><p class="article-text">
        El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este mi&eacute;rcoles el nombramiento del magistrado &Aacute;lvaro Marcos Mart&iacute;n G&oacute;mez, como nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla, un puesto vacante desde noviembre de 2021 tras la jubilaci&oacute;n del magistrado Dami&aacute;n &Aacute;lvarez despu&eacute;s de 13 a&ntilde;os al frente de la instituci&oacute;n, extremo derivado del prolongado bloqueo en la renovaci&oacute;n del &oacute;rgano de gobierno del Poder Judicial por la falta de acuerdo pol&iacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        El magistrado &Aacute;lvaro Marcos Mart&iacute;n G&oacute;mez cuenta en su trayectoria con haber instruido parte de la macrocausa de los expedientes de regulaci&oacute;n de empleo (ERE) fraudulentos financiados con cargo a la Junta de Andaluc&iacute;a y las ayudas arbitrarias y sin publicidad a empresas.
    </p><p class="article-text">
        De hecho, fue el juez instructor que, all&aacute; en mayo de 2016, orden&oacute; la continuaci&oacute;n por el tr&aacute;mite del procedimiento abreviado de las diligencias correspondientes al mecanismo de financiaci&oacute;n de los ERE, es decir la denominada como &ldquo;pieza pol&iacute;tica&rdquo;; con relaci&oacute;n a m&aacute;s de una veintena de exaltos cargos socialistas de la Junta de Andaluc&iacute;a, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, cuyas condenas dictadas por la Audiencia y confirmadas por el Supremo fueron anuladas por el Tribunal Constitucional, con la orden de emisi&oacute;n de nuevas sentencias, extremo objeto de una cuesti&oacute;n prejudicial del &oacute;rgano provincial ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea.
    </p><p class="article-text">
        La candidatura de &Aacute;lvaro Mart&iacute;n, actualmente magistrado en la Secci&oacute;n Cuarta de la Audiencia, ha prosperado as&iacute; sobre las cuatro candidaturas restantes que concurr&iacute;an al cargo de la Presidencia de la Audiencia, vacante desde 2021.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, tras ser efectiva el 28 de noviembre de 2021 la jubilaci&oacute;n de Dami&aacute;n &Aacute;lvarez, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) deb&iacute;a designar a un nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, el CGPJ estaba entonces pendiente de su renovaci&oacute;n por falta de acuerdo pol&iacute;tico entre el PSOE y el PP y, por tanto, ejerc&iacute;a sus responsabilidades en funciones, pesando una proposici&oacute;n de ley impulsada por el PSOE y Unidas Podemos en marzo de 2021, que impide que la entidad pudiese hacer nombramientos discrecionales en la c&uacute;pula judicial cuando haya expirado su mandato; extremo por el cual el CGPJ acumul&oacute; decenas y decenas de nombramientos pendientes.
    </p><p class="article-text">
        Dado el caso, la falta de acuerdo pol&iacute;tico para la renovaci&oacute;n del CGPJ imped&iacute;a la resoluci&oacute;n del nombramiento del nuevo presidente/a de la Audiencia de Sevilla, siendo la misma asignada en funciones al magistrado m&aacute;s antiguo de la instituci&oacute;n, en ese caso el juez Juan M&aacute;rquez, sucedido a su jubilaci&oacute;n forzosa por su hermano Rafael en esta responsabilidad interina.
    </p><p class="article-text">
        Pero tras el acuerdo pol&iacute;tico alcanzado meses atr&aacute;s para la renovaci&oacute;n del CGPJ, el Bolet&iacute;n Oficial del Estado (BOE) publicaba el cuerdo de fecha 12 de febrero de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocaba al fin la provisi&oacute;n de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Sevilla.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, el pleno del CGPJ ha nombrado en paralelo a Jos&eacute; Mu&ntilde;oz P&eacute;rez, vocal togado del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla, con empleo de comandante auditor.
    </p><h2 class="article-text">Del R&iacute;o, reelegido</h2><p class="article-text">
        El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha reelegido a Lorenzo del R&iacute;o como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) para un tercer mandato, en el marco del total de 26 nombramientos a los que ha procedido este mi&eacute;rcoles, seg&uacute;n ha informado el &oacute;rgano de gobierno de los jueces en una nota de prensa.
    </p><p class="article-text">
        Del R&iacute;o, que ha estado en funciones en el puesto desde 2021, afronta as&iacute; el que ser&aacute; su tercer mandato al frente de la presidencia del alto tribunal andaluz, un puesto para el que es ratificado para cinco a&ntilde;os, si bien su jubilaci&oacute;n est&aacute; prevista en diciembre de 2028, con 72 a&ntilde;os, seg&uacute;n han detallado fuentes consultadas por Europa Press en el TSJA.
    </p><p class="article-text">
        El CGPJ ha ratificado tambi&eacute;n este mi&eacute;rcoles a los magistrados Andr&eacute;s Mart&iacute;nez Arrieta y Pablo Lucas, los candidatos apoyados por el sector conservador, como presidentes de las salas de lo Penal y lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, cargos que ocupaban ya de forma interina, tras la retirada de sus &uacute;nicas contrincantes, Ana Ferrer y Pilar Teso, para desencallar ambos nombramientos en puestos clave.
    </p><p class="article-text">
        El pasado noviembre, Del R&iacute;o enmarc&oacute; en una decisi&oacute;n &ldquo;muy meditada&rdquo; el haberse puesto a disposici&oacute;n del CGPJ para optar a su tercer y &uacute;ltimo mandato al frente del alto tribunal andaluz, pues se mostraba consciente del tiempo que hab&iacute;a transcurrido en dicho cargo si bien se hab&iacute;a &ldquo;visto animado por muchos compa&ntilde;eros a hacerlo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Tanto integrantes de Sala de Gobierno, con responsabilidades tambi&eacute;n en &oacute;rganos gobernativos, me han insistido y me han visto con ganas, con ilusi&oacute;n, con compromiso&rdquo;, relat&oacute; a preguntas de los periodistas en el Parlamento andaluz despu&eacute;s de que trascendiera que optar&aacute; a la reelecci&oacute;n como presidente del TSJA una vez que el CGPJ convoc&oacute; la plaza, junto a la de otros cuatro tribunales superiores por vencimiento de mandato.
    </p><p class="article-text">
        Lorenzo del R&iacute;o tom&oacute; posesi&oacute;n de su cargo en diciembre de 2010 y fue reelegido en enero de 2016, por lo que llevaba en funciones en concreto desde enero de 2021. Antes de llegar a la presidencia del TSJA, donde sustituy&oacute; en el cargo a Augusto M&eacute;ndez de Lugo, presidi&oacute; durante doce a&ntilde;os la Audiencia Provincial de C&aacute;diz.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[SevillaelDiario.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/sevilla/alvaro-martin-instructor-ere-ordeno-procesar-chaves-grinan-nuevo-presidente-audiencia-sevilla_1_12487740.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 23 Jul 2025 17:25:01 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Álvaro Martín, instructor de los ERE que ordenó procesar a Chaves y Griñán, nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla lleva a la Justicia europea las sentencias del Constitucional que anulan las condenas del caso ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ba9d8775-35e9-49f9-8f07-c77994054bbe_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Sevilla lleva a la Justicia europea las sentencias del Constitucional que anulan las condenas del caso ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los jueces suspenden la ejecución de los fallos que exculparon a Chaves, Griñán y los exconsejeros socialistas, acusan al TC de haber "suplantado" las funciones del Supremo y acuden al Tribunal Europeo para “evitar que se produzca un riesgo sistémico de impunidad futura" y "salvaguardar los intereses financieros de la Unión Europea"
</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE

</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla ha decidido finalmente plantear cuatro cuestiones prejudiciales sobre el caso de los ERE ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) para que revise las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que anularon total o parcialmente las condenas a los expresidentes andaluces, Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, &nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como hab&iacute;a solicitado el pasado febrero la acusaci&oacute;n representada por el PP</a>. 
    </p><p class="article-text">
        En un auto fechado el 14 de julio y notificado este martes a las partes personadas en este procedimiento, contra el que no cabe interponer recurso alguno, los magistrados dejan en suspenso la ejecuci&oacute;n de las sentencias&ldquo; del TC hasta que la Justicia Europea resuelva si el Tribunal de Garant&iacute;as en Espa&ntilde;a se ha extralimitado, si &rdquo;podr&iacute;a haber suplantado la funci&oacute;n de interpretaci&oacute;n del Tribunal Supremo como &oacute;rgano jurisdiccional superior -que ratific&oacute; las condenas a los dirigentes socialistas-, si err&oacute; al considerar que aprobar un anteproyecto de ley &ldquo;no es un acto administrativo&rdquo;, y si esa conclusi&oacute;n misma no vulnera el Derecho de la Uni&oacute;n y su jurisprudencia en la lucha contra delitos asociados a la corrupci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia ha considerado &ldquo;imprescindible&rdquo; el planteamiento de estas cuestiones prejudiciales para &ldquo;evitar que, por efecto de la doctrina incluida en las repetidas sentencias del TC, se produzca un riesgo sist&eacute;mico de impunidad en la lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, el fraude o la actividad ilegal que afecta a los intereses de la Uni&oacute;n y contra la corrupci&oacute;n en general&rdquo; (...), y para &ldquo;salvaguardar los intereses financieros de la UE&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n de la Audiencia llega despu&eacute;s de tres jornadas de deliberaci&oacute;n entre abril y mayo, y de que los propios jueces de este tribunal <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deja-fuera-gobierno-moreno-caso-ere_1_12348219.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">impidieran a la Junta personarse en un caso</a> que, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/cronologia-ere-elaborar-aprobar-presupuesto-no-delito-15-anos-despues_1_11460781.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">desde 2009</a>, revis&oacute; el proceder de los gobiernos socialistas en Andaluc&iacute;a en la concesi&oacute;n de ayudas a trabajadores y empresas en crisis en la primera d&eacute;cada del siglo XXI, llev&aacute;ndose por delante a la c&uacute;pula de los ejecutivos de Chaves y Gri&ntilde;&aacute;n.  
    </p><p class="article-text">
        Es de recordar que la Audiencia de Sevilla hab&iacute;a acordado el a&ntilde;o pasado&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-encarga-nueva-sentencia-ere-juezas-primer-fallo-tres-nuevos-magistrados_1_11799005.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la constituci&oacute;n del tribunal</a>&nbsp;para el dictado de las nuevas sentencias en la llamada 'pieza pol&iacute;tica' de los ERE&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Constitucional desinflara la macrocausa antes del verano</a>&nbsp;y de que el Tribunal Supremo empezase a absolver a exaltos cargos socialistas&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/primera-decision-supremo-ere-sentencias-constitucional-exaltos-cargos-absueltos-pieza_1_11886577.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de otras piezas pendientes al haber sido ya juzgados</a>. M&aacute;s lejos queda ya el fallo del Supremo de septiembre de 2022 que ratific&oacute; las condenas por delitos de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de la sentencia de noviembre de 2019 de la Audiencia de Sevilla.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Esta Sala no puede descartar que las sentencias del TC (&hellip;), sin haber llevado a cabo ponderaci&oacute;n alguna de los intereses de la UE en juego, resulten contrarias al Derecho de la Uni&oacute;n y los Tratados y a la interpretaci&oacute;n que de ellos ha realizado la jurisprudencia del TJUE, atenten contra el principio de primac&iacute;a del Derecho de la Uni&oacute;n y generen una interpretaci&oacute;n desigual del Derecho de la Uni&oacute;n en materia de protecci&oacute;n de los intereses financieros de la UE y una falta de aplicaci&oacute;n uniforme del Derecho de la UE en la materia&rdquo;, concluyen ahora los magistrados de la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Interpretaci&oacute;n restrictiva de la legalidad penal&rdquo;</h2><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n de los jueces es especialmente dura con las sentencias del Constitucional que en su momento baraj&oacute; impedir que la Audiencia acudiera a la Justicia Europea, entendiendo que era la primera vez que un juzgado ordinario se rebelaba contra el Tribunal de Garant&iacute;as. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el escrito de la Audiencia, las sentencias del TC &ldquo;estiman una vulneraci&oacute;n del principio de legalidad penal nacional de altos cargos del Gobierno de la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a condenados por los tribunales penales ordinarios (Audiencia Provincial de Sevilla y Tribunal Supremo) por prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n, e imponen a los tribunales espa&ntilde;oles una interpretaci&oacute;n restrictiva de la legalidad penal ordinaria interna respecto a los delitos relacionados con la corrupci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Al entra&ntilde;ar una absoluci&oacute;n o rebaja casi integral de las penas impuestas a los condenados, se permite un escenario de impunidad de los delitos cometidos entre 2000-2009 por los altos cargos y responsables pol&iacute;ticos de la Junta (Consejo de Gobierno, consejera de Hacienda, consejero de Empleo y directores generales de las consejer&iacute;as y director de las entidades colaboradoras) y sus cooperadores y colaboradores&rdquo;, reza el escrito.
    </p><p class="article-text">
        La interpretaci&oacute;n que realiza el TC de los delitos de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n, insisten los jueces, &ldquo;se vincular&iacute;a gen&eacute;ricamente con la exenci&oacute;n de responsabilidades a todo hecho o actuaci&oacute;n realizada en el marco de la iniciativa legislativa presupuestaria&rdquo;, una interpretaci&oacute;n que, seg&uacute;n la Audiencia, &ldquo;es susceptible de originar un &aacute;mbito de impunidad que habr&iacute;a de resultar incompatible con los principios de seguridad jur&iacute;dica y confianza leg&iacute;tima, porque impide determinar las posibles responsabilidades penales, civiles y contables de aquellos que, mediante un acto naturalmente il&iacute;cito -pero que en el caso de las sentencias del TC se considera at&iacute;pico-, inician un tr&aacute;mite legislativo para crear leyes presupuestarias que persiguen un fin fraudulento, prohibido y contrario a las normas de la Uni&oacute;n Europea y sus intereses financieros&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados citan la &ldquo;desprotecci&oacute;n del patrimonio p&uacute;blico&rdquo;, la &ldquo;dejaci&oacute;n del deber de garantizar el correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado y de la confianza de la sociedad en el manejo de fondos p&uacute;blicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios a cuyo cargo se encuentran los bienes&rdquo; de la Administraci&oacute;n P&uacute;blica, y el &ldquo;incumplimiento de la normativa europea de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, el fraude o la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Uni&oacute;n y la corrupci&oacute;n en general&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n de la Audiencia de Sevilla vuelve a cuantificar el fraude de los ERE en 680 millones de euros, la cifra total del fondo con el que la Junta pag&oacute; las ayudas sociolaborales (las legales y las ilegales) durante m&aacute;s de una d&eacute;cada. A juicio de los magistrados, tampoco se puede &ldquo;soslayar la consideraci&oacute;n de que los miembros del Gobierno de una Comunidad Aut&oacute;noma no son irresponsables y no gozan de inmunidad por los delitos que puedan cometer al elaborar y aprobar los anteproyectos de leyes de presupuestos&rdquo;, pues &ldquo;no est&aacute; previsto nada similar en la Constituci&oacute;n ni est&aacute; justificada en un Estado de Derecho la pretensi&oacute;n de situar a los miembros del Gobierno, en cualquier &aacute;mbito, por encima de la Ley&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El tribunal concluye que &ldquo;resulta incompatible con los compromisos de Espa&ntilde;a con la UE mantener la irresponsabilidad de los miembros del Gobierno de una comunidad aut&oacute;noma por su actuaci&oacute;n en la elaboraci&oacute;n, aprobaci&oacute;n o elevaci&oacute;n al Parlamento respectivo de proyectos de ley con el prop&oacute;sito de distribuir de forma ilegal subvenciones por importe de 680 millones de euros y durante un periodo de diez a&ntilde;os&rdquo;, asevera el tribunal.
    </p><h2 class="article-text">El planteamiento de la Audiencia</h2><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">El pasado marzo</a>, los jueces de la Audiencia solicitaron por escrito a las partes que en un plazo de diez d&iacute;as presentaran &ldquo;alegaciones&rdquo; sobre el planteamiento antes de dictar nuevos pronunciamientos, cuestionando las sentencias del Constitucional siguiendo el posicionamiento del PP. Algo m&aacute;s tarde, la Audiencia desafi&oacute; al tribunal de garant&iacute;as y <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-desafia-constitucional-pregunta-quiere-providencia-caso-ere_1_12167721.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pregunt&oacute; para qu&eacute; quer&iacute;a el detalle de una providencia del caso ERE</a>.
    </p><p class="article-text">
        El pasado 9 de abril, el&nbsp;<a href="https://12ft.io/proxy?q=https%3A%2F%2Fwww.eldiario.es%2Ftemas%2Ftribunal-constitucional%2F" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Constitucional</a>&nbsp;anunci&oacute; que no tomar&iacute;a ninguna medida para impedir que la Audiencia llevara el caso a Europa si as&iacute; lo decid&iacute;a. El pleno, tras dos d&iacute;as de deliberaciones, decidi&oacute; no mover ficha y seguir de cerca tanto&nbsp;<a href="https://12ft.io/proxy?q=https%3A%2F%2Fwww.eldiario.es%2Fpolitica%2Ftribunales-tratan-involucrar-europa-guerra-inedita-constitucional_1_12167906.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la posible cuesti&oacute;n prejudicial</a>&nbsp;del tribunal sevillano como la que ya elev&oacute; el Tribunal Superior de Madrid en otro asunto. El Constitucional, en cualquier caso, explic&oacute; en un comunicado que el asunto constituye una &ldquo;preocupaci&oacute;n&rdquo; al ser &ldquo;un tema complejo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia, despu&eacute;s de que&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el PP pidiera pide llevar el asunto a la Justicia europea al considerar que el Constitucional &ldquo;se extralimit&oacute;&rdquo;</a>, quiso recabar &ldquo;la opini&oacute;n de las partes&rdquo; en torno a la interpretaci&oacute;n de varios aspectos, entre ellos precisamente &ldquo;si el Tribunal Constitucional se ha extralimitado en la funci&oacute;n de control que le corresponde invadiendo &aacute;mbitos reservados a la jurisdicci&oacute;n de los jueces y tribunales al revisar, a trav&eacute;s de una interpretaci&oacute;n alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos, la valoraci&oacute;n probatoria y el juicio de subsunci&oacute;n realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces de la Audiencia fueron m&aacute;s a lo concreto y preguntaron a las partes &ldquo;si la interpretaci&oacute;n del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andaluc&iacute;a de los a&ntilde;os 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboraci&oacute;n de los presupuestos a la fase final de su ejecuci&oacute;n, lo cual podr&iacute;a generar una situaci&oacute;n de desprotecci&oacute;n del patrimonio p&uacute;blico y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos p&uacute;blicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios p&uacute;blicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de administraci&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n cuestion&oacute; la Audiencia &ldquo;la posibilidad de que dicha doctrina incumpla las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Uni&oacute;n Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Uni&oacute;n, de prevenir y combatir la corrupci&oacute;n en general y de prever la aplicaci&oacute;n de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, y por &uacute;ltimo, pregunta por la posibilidad &ldquo;de que los tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales auton&oacute;micas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como l&iacute;citas las conductas de los acusados cuando, seg&uacute;n los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 15 Jul 2025 06:37:09 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla lleva a la Justicia europea las sentencias del Constitucional que anulan las condenas del caso ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo no ve prevaricación en los magistrados del Constitucional que anularon la condena a Chaves por los ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/supremo-rechaza-plantear-cuestion-prejudicial-tjue-anulacion-condena-chaves-ere_1_12391566.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/19c1270b-9acf-490f-89da-01e5c68b05b1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo no ve prevaricación en los magistrados del Constitucional que anularon la condena a Chaves por los ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Inadmitida una querella de la Asociación Preeminencia del Derecho contra siete magistrados del Constitucional</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE
</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha resuelto la inadmisi&oacute;n de una querella de la Asociaci&oacute;n Preeminencia del Derecho contra siete magistrados del Tribunal Constitucional y el representante de la Fiscal&iacute;a ante dicha instancia por la sentencia que anul&oacute; la condena de la Audiencia de Sevilla al expresidente socialista de la Junta de Andaluc&iacute;a Manuel Chaves por presunta prevaricaci&oacute;n en el caso ERE, rechazando al tiempo la petici&oacute;n de plantear por s&iacute; mismo una cuesti&oacute;n prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea.
    </p><p class="article-text">
        En una sentencia emitida el pasado 4 de junio y recogida por Europa Press, el Supremo expone que dicha asociaci&oacute;n atribu&iacute;a a los siete miembros del Constitucional y al representante de la Fiscal&iacute;a posibles delitos de prevaricaci&oacute;n dolosa, del art&iacute;culo 446 del C&oacute;digo Penal, y presunta &ldquo;cooperaci&oacute;n judicial con una trama criminal organizada&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En su querella, seg&uacute;n el Supremo, la asociaci&oacute;n promotora de la misma consideraba que la resoluci&oacute;n del Tribunal Constitucional, anulando las condenas de la Audiencia de Sevilla a una decena de inculpados por el procedimiento espec&iacute;fico de financiaci&oacute;n de los ERE, entre ellos los expresidentes socialista de la Junta Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n y Manuel Chaves, y ordenando a dicha instancia dictar nuevas sentencias respecto a los mismos pero conforme al nuevo criterio introducido por el propio TC; vendr&iacute;a a &ldquo;dar cobertura legal a una trama criminal perfectamente descrita y analizada por el Tribunal Supremo, que ha conducido a la impunidad de la mayor parte de los recurrentes&rdquo;, tomando la querellante dichas expresiones, seg&uacute;n afirma, &ldquo;de uno de los votos particulares de la sentencia&rdquo; del TC.
    </p><p class="article-text">
        Y es que la querella, seg&uacute;n precisa el Supremo, no afecta a &ldquo;los cuatro magistrados/as que formularon votos particulares&rdquo; al citado pronunciamiento del TC por mayor&iacute;a de siete miembros del tribunal. Seg&uacute;n la querella, indica el TS, &ldquo;los magistrados/as que dictaron la sentencia han venido a desempe&ntilde;ar una funci&oacute;n auxiliadora al PSOE, formaci&oacute;n pol&iacute;tica con la que aparecen particularmente vinculados, de uno u otro modo&rdquo;, seg&uacute;n la asociaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Ante ello, el Supremo avisa de las &ldquo;innumerables resoluciones en las que&rdquo; se&ntilde;ala ya que &ldquo;las resoluciones del Tribunal Constitucional no podr&aacute;n ser enjuiciadas por ning&uacute;n &oacute;rgano jurisdiccional del Estado&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Interminables d&uacute;plicas y r&eacute;plicas&rdquo;</h2><p class="article-text">
        &ldquo;Los criterios y razonamientos que se contienen en las sentencias del Constitucional, como en las de este Tribunal Supremo, en las pronunciadas por la Audiencia Provincial de Sevilla o por cualquier otro &oacute;rgano jurisdiccional pueden ser o no compartidos por los diversos operadores jur&iacute;dicos&rdquo;, indica el TS, avisando de que ello &ldquo;no convierte las resoluciones frente a las que, cada qui&eacute;n, pueda discrepar en objeto del delito de prevaricaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Es evidente que unas u otras tesis (...) podr&aacute;n o no ser compartidas. Pero no es menos obvio que los procedimientos judiciales han de tener un final, sin que puedan quedar indefinidamente sujetos a interminables d&uacute;plicas y r&eacute;plicas entre los diferentes &oacute;rganos llamados a resolverlos. Ello determina la necesidad de que, ya sea por razones de distribuci&oacute;n jer&aacute;rquica funcional ya por razones de estricta competencia, el ordenamiento jur&iacute;dico haya de se&ntilde;alar, en cada caso, el &oacute;rgano a quien corresponde pronunciar al respecto la &uacute;ltima palabra. Y con relaci&oacute;n a cualquiera que fuese dicho &oacute;rgano, --seg&uacute;n los casos, el Constitucional, el Tribunal Supremo o cualquiera otro Juzgado o Tribunal--, bien vale recordar aquella c&eacute;lebre expresi&oacute;n de 'no somos los &uacute;ltimos porque seamos infalibles; somos infalibles porque somos los &uacute;ltimos'&rdquo;, explica el Supremo sobre la m&aacute;xima de que las resoluciones del Tribunal Constitucional no podr&aacute;n ser enjuiciadas por ning&uacute;n &oacute;rgano jurisdiccional del Estado&ldquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tampoco accede a la pretensi&oacute;n de la parte querellante &ldquo;de que se activen por este Tribunal Supremo los mecanismos para plantear una cuesti&oacute;n prejudicial al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea acerca de la compatibilidad de lo establecido en el art&iacute;culo 4.2 de la Ley Org&aacute;nica del Tribunal Constitucional y el derecho comunitario&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Si la competencia del Constitucional se concreta, por lo que ahora importa, en la protecci&oacute;n de los derechos contenidos en la Constituci&oacute;n y si, con relaci&oacute;n a esta materia, resulta el m&aacute;ximo int&eacute;rprete de nuestras garant&iacute;as constitucionales, casi podr&iacute;a decirse que 'va de suyo' que sus decisiones al respecto no est&eacute;n sujetas al enjuiciamiento, a la revisi&oacute;n, de cualquier otro &oacute;rgano jurisdiccional, pues, de no ser as&iacute;, ya no ser&iacute;a aqu&eacute;l sino &eacute;ste quien ostentara la referida atribuci&oacute;n&rdquo;; indica el Supremo, precisando que &ldquo;cuesti&oacute;n diferente ser&iacute;a que, en el marco de la ejecuci&oacute;n de lo resuelto por el Constitucional, alg&uacute;n &oacute;rgano jurisdiccional entendiera que lo decidido en el caso concreto pudiera contravenir el derecho de la Uni&oacute;n, resultando incompatible con &eacute;ste&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Frente al conflicto de deberes que, en tal hip&oacute;tesis, surgir&iacute;a para el &oacute;rgano jurisdiccional (el de cumplir lo resuelto por el Tribunal Constitucional y el de ajustarse tambi&eacute;n a la aplicaci&oacute;n del derecho de la Uni&oacute;n), &uacute;nicamente resultar&iacute;a posible el planteamiento de la cuesti&oacute;n prejudicial&rdquo;, se&ntilde;ala el Supremo, en un marco en el que la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia sopesa por su parte una cuesti&oacute;n prejudicial al TJUE por el asunto, como &oacute;rgano emisor de la sentencia inicial sobre el procedimiento espec&iacute;fico de financiaci&oacute;n de los ERE.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En todo caso, y por lo que aqu&iacute; importa, incluso en la hip&oacute;tesis de que as&iacute; fuera, ello no determinar&iacute;a, en s&iacute; mismo, la existencia del delito que sustenta la presente querella, que igualmente deber&iacute;a ser archivada&rdquo;, sentencia el Supremo, que no admite as&iacute; la querella.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/supremo-rechaza-plantear-cuestion-prejudicial-tjue-anulacion-condena-chaves-ere_1_12391566.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 17 Jun 2025 12:13:00 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo no ve prevaricación en los magistrados del Constitucional que anularon la condena a Chaves por los ERE]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/19c1270b-9acf-490f-89da-01e5c68b05b1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Manuel Chaves,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deja-fuera-gobierno-moreno-caso-ere_1_12348219.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c40d37de-d0b5-4045-a0be-e0ecd1413337_16-9-discover-aspect-ratio_default_1119013.jpg" width="4547" height="2558" alt="La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los jueces frustran el intento de personación de la Junta de Andalucía porque antes de la celebración del juicio pidieron el sobreseimiento de la causa y la reserva de acciones civiles</p><p class="subtitle">Chaves y Griñán piden a los jueces que impidan la “pirueta jurídica” del Gobierno andaluz para personarse en los ERE
</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla ha resuelto dejar fuera del caso ERE al Gobierno de Juan Manuel Moreno &ldquo;al no ser parte en la presente causa&rdquo; y pedir antes de la celebraci&oacute;n del juicio el sobreseimiento de la misma y la reserva de acciones civiles. 
    </p><p class="article-text">
        Ese es el &uacute;nico argumento con el que el tribunal sevillano ha frustrado la reciente solicitud de la Junta de personarse en el procedimiento, tras<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/junta-andalucia-censura-audiencia-sevilla-injerencias-no-permitidas-constitucional-ere_1_12313477.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> censurar ante la Audiencia las &ldquo;injerencias no permitidas&rdquo; del Tribunal Constitucional</a> en el fallo que anul&oacute; las condenas a los principales responsables del caso.
    </p><p class="article-text">
        En una providencia fechada el pasado 29 de mayo a la que ha tenido acceso este peri&oacute;dico, los jueces estiman que &ldquo;no ha lugar&rdquo; a lo solicitado por la Junta, &ldquo;al no ser parte en la presente causa, habiendo solicitado, antes de la celebraci&oacute;n del juicio, el sobreseimiento de las actuaciones y la expresa reserva de acciones civiles&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Dos d&iacute;as antes, los expresidentes del PSOE y del Gobierno de Andaluc&iacute;a Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, as&iacute; como los exconsejeros cuyas condenas por el caso ERE anul&oacute; el Tribunal Constitucional, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/chaves-grinan-piden-jueces-impidan-pirueta-juridica-gobierno-andaluz-personarse-ere_1_12332453.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">alegaron en contra de la personaci&oacute;n de la Junta</a> que la Audiencia de Sevilla acaba de rechazar. 
    </p><p class="article-text">
        Cabe recordar que la Audiencia de Sevilla acord&oacute; el a&ntilde;o pasado <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-encarga-nueva-sentencia-ere-juezas-primer-fallo-tres-nuevos-magistrados_1_11799005.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la constituci&oacute;n de un nuevo tribunal</a> para el dictado de las nuevas sentencias en la 'pieza pol&iacute;tica' de los ERE, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Constitucional desinflara la macrocausa antes del verano</a> y de que el Tribunal Supremo empezase a absolver a ex altos cargos socialistas <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/primera-decision-supremo-ere-sentencias-constitucional-exaltos-cargos-absueltos-pieza_1_11886577.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de otras piezas pendientes al haber sido ya juzgados</a>.
    </p><p class="article-text">
        Con esta decisi&oacute;n, el tribunal sevillano cierra la puerta a una nueva intervenci&oacute;n de la Junta en el procedimiento, por lo que supone un rev&eacute;s para el Ejecutivo andaluz, que aspiraba a reforzar su postura de apoyo a llevar el caso ante instancias europeas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Sara Rojas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deja-fuera-gobierno-moreno-caso-ere_1_12348219.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 02 Jun 2025 07:12:04 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/c40d37de-d0b5-4045-a0be-e0ecd1413337_16-9-discover-aspect-ratio_default_1119013.jpg" width="4547" height="2558"/>
      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Junta de Andalucía,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Chaves y Griñán piden a los jueces que impidan la "pirueta jurídica" del Gobierno andaluz para personarse en los ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/chaves-grinan-piden-jueces-impidan-pirueta-juridica-gobierno-andaluz-personarse-ere_1_12332453.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e7fef625-1201-406b-a2d5-df2ed135db2f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Chaves y Griñán piden a los jueces que impidan la &quot;pirueta jurídica&quot; del Gobierno andaluz para personarse en los ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los exdirigentes socialistas presentan alegaciones ante la Audiencia de Sevilla contra la petición del Ejecutivo de Moreno de elevar el caso a la Justicia Europea y acusan al actual gabinete jurídico de la Junta de usar "pseudoargumentos" para "dar una imposible marcha atrás en el tiempo"
</p><p class="subtitle">La Junta de Andalucía censura ante la Audiencia de Sevilla las “injerencias no permitidas” del Constitucional en los ERE
</p></div><p class="article-text">
        Los expresidentes del PSOE y del Gobierno de Andaluc&iacute;a Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, as&iacute; como los exconsejeros cuyas condenas por el caso ERE anul&oacute; el Tribunal Constitucional, han alegado en contra de la personaci&oacute;n de la Junta, que recientemente ha solicitado formar parte de la causa <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/junta-andalucia-censura-audiencia-sevilla-injerencias-no-permitidas-constitucional-ere_1_12313477.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">censurando ante la Audiencia de Sevilla las &ldquo;injerencias no permitidas&rdquo;</a> del tribunal de garant&iacute;as.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla hab&iacute;a acordado el a&ntilde;o pasado&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-encarga-nueva-sentencia-ere-juezas-primer-fallo-tres-nuevos-magistrados_1_11799005.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la constituci&oacute;n de un nuevo tribunal</a>&nbsp;para el dictado de las nuevas sentencias en la 'pieza pol&iacute;tica' de los ERE&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Constitucional desinflara la macrocausa antes del verano</a>&nbsp;y de que el Tribunal Supremo empezase a absolver a ex altos cargos socialistas&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/primera-decision-supremo-ere-sentencias-constitucional-exaltos-cargos-absueltos-pieza_1_11886577.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de otras piezas pendientes al haber sido ya juzgados</a>.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; las cosas, tal y&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como hab&iacute;a pedido el pasado mes de febrero la acusaci&oacute;n representada por el PP</a>, la Audiencia hab&iacute;a dado a todas las partes un plazo de tres d&iacute;as para presentar alegaciones en relaci&oacute;n con los escritos presentados por la letrada de la Junta de Andaluc&iacute;a. Las defensas de los exdirigentes socialistas han expuesto unos argumentos coincidentes, de acuerdo a las fuentes de las defensas, en su &ldquo;frontal oposici&oacute;n&rdquo; a la pretensi&oacute;n de personaci&oacute;n de la Junta y al planteamiento de cuesti&oacute;n prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE).
    </p><p class="article-text">
        En unos de esos escritos de alegaciones, la representaci&oacute;n legal de un exconsejero explica a la Audiencia de Sevilla que la Junta &ldquo;expresamente renunci&oacute; y se desisti&oacute; de su condici&oacute;n de parte procesal&rdquo; en el procedimiento (&ldquo;no formul&oacute; acusaci&oacute;n, no intervino en el juicio, qued&oacute; fuera del circuito de notificaciones&rdquo;), lo cual con lleva que su pretensi&oacute;n sea &ldquo;incoherente, inconsistente e intempestiva&rdquo;, y est&eacute; &ldquo;hu&eacute;rfana de sustento jur&iacute;dico&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Junta estuvo personada como acusaci&oacute;n particular en los ERE hasta 2016, cuando el Ejecutivo socialista de Susana D&iacute;az decidi&oacute; retirarse y no reclamar fianza a los imputados, al considerar que no hubo ninguna &ldquo;trama criminal&rdquo; ni se cre&oacute; un &ldquo;procedimiento espec&iacute;fico&rdquo; para eludir los controles internos y adjudicar las ayudas de los ERE de forma discrecional.
    </p><h2 class="article-text">Parte en la instrucci&oacute;n, dejar de serlo en el juicio y volver a serlo en la fase de ejecutoria</h2><p class="article-text">
        Seg&uacute;n este exconsejero aquella fue una decisi&oacute;n &ldquo;bien sopesada y argumentada&rdquo; en un escrito &ldquo;se&ntilde;ero&rdquo; y &ldquo;s&oacute;lidamente fundado en Derecho&rdquo; mediante el cual el gabinete jur&iacute;dico auton&oacute;mico &ldquo;marc&oacute; distancias&rdquo; con la Fiscal&iacute;a y el Ministerio Fiscal se situ&oacute; en una l&iacute;nea &ldquo;de coincidencia troncal con buena parte de los postulados de la defensa&rdquo;. &ldquo;Esos mismos que, al fin y a la postre, ha hecho suyos y dejado establecidos el Tribunal Constitucional a trav&eacute;s de las sentencias&rdquo; que ha venido dictaminando.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de alabar a &ldquo;los letrados, funcionarios altamente cualificados, de aquel gabinete jur&iacute;dico&rdquo;, el actual escrito de la Junta tiene &ldquo;pseudoargumentos&rdquo; que &ldquo;son balad&iacute;es y de pura oportunidad&rdquo; al objeto de &ldquo;intempestivamente dar una imposible marcha atr&aacute;s en el tiempo para, en pirueta jur&iacute;dica incalificable, prodigiosamente volver a ser esa parte procesal que, irreversiblemente y por su propio designio, ya hace mucho que dej&oacute; de ser&rdquo;. Adem&aacute;s, &ldquo;ninguna novedad aportan al debate tales extempor&aacute;neas alegaciones&rdquo; por parte de la Junta, apunta este exconsejero.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No se puede, no se debe intentar, de manera jur&iacute;dicamente caprichosa, ser parte procesal en la fase de instrucci&oacute;n, dejar de ser parte en la fase de juicio y volver a ser parte en la fase de ejecutoria del proceso&rdquo;, critica en las alegaciones, y &ldquo;mucho menos admisible por virtud de un dicterio de orden pol&iacute;tico emanado en forma de Orden del consejero [de Presidencia, Antonio Sanz] del que org&aacute;nicamente depende el gabinete, cuyo expediente completo ser&iacute;a de alto inter&eacute;s conocer, y en concreto el informe jur&iacute;dico que le d&eacute; sost&eacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La defensa de este ex alto cargo apunta que &ldquo;se puede estar o no de acuerdo con los planteamientos de fondo y las decisiones contenidas&rdquo; en las sentencias del Constitucional, pero la Audiencia de Sevilla no debe albergarlas al tener en cuenta que &ldquo;el Tribunal Constitucional, al dictarlas, no ha excedido su &aacute;mbito natural y plenamente leg&iacute;timo de actuaci&oacute;n, sin exceder los l&iacute;mites reservados a la jurisdicci&oacute;n y sin incurrir en valoraciones probatorias y juicios de subsunci&oacute;n alternativos, sino limit&aacute;ndose al control constitucionalidad que le corresponde&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/chaves-grinan-piden-jueces-impidan-pirueta-juridica-gobierno-andaluz-personarse-ere_1_12332453.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 27 May 2025 18:51:17 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Chaves y Griñán piden a los jueces que impidan la "pirueta jurídica" del Gobierno andaluz para personarse en los ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Manuel Chaves,José Antonio Griñán,Sentencia ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Junta de Andalucía censura ante la Audiencia de Sevilla las "injerencias no permitidas" del Constitucional en los ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/junta-andalucia-censura-audiencia-sevilla-injerencias-no-permitidas-constitucional-ere_1_12313477.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4f49ede7-88b8-496f-a7ca-40020b6afb10_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Junta de Andalucía censura ante la Audiencia de Sevilla las &quot;injerencias no permitidas&quot; del Constitucional en los ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla pregunta a las partes si procede la personación del Gobierno de Moreno, que apoya sin ambages llevar los ERE ante el Tribunal Europeo para que revise el fallo del Constitucional que anuló las condenas a Chaves y Griñán. El Ejecutivo andaluz denuncia que el TC hizo "apreciaciones" más allá de sus competencias como tribunal de garantías</p><p class="subtitle">Moreno maniobra para reactivar las condenas anuladas de los ERE y anuncia que su Gobierno “volverá a personarse”
</p></div><p class="article-text">
        La Junta de Andaluc&iacute;a apoya el planteamiento de una cuesti&oacute;n prejudicial de interpretaci&oacute;n ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea tras las sentencias del Tribunal Constitucional en el caso ERE. Su gabinete jur&iacute;dico ha formulado cuatro alegaciones a otros tantos aspectos expuestos por la Audiencia de Sevilla <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en marzo</a> para que las partes se posicionaran antes de dictar nuevos pronunciamientos. 
    </p><p class="article-text">
        Ya entonces la Audiencia cuestionaba en cierto modo las resoluciones del Tribunal de Garant&iacute;as, siguiendo el posicionamiento <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en febrero</a> del PP, que ya es parte personada y que suger&iacute;a que las sentencias del TC podr&iacute;an no ser del todo compatibles con el Derecho de la Uni&oacute;n Europea.
    </p><p class="article-text">
        En una providencia fechada este 16 de mayo, la Secci&oacute;n Primera da traslado a las partes de los escritos presentados por la letrada de la Junta para que presenten alegaciones en un plazo de tres d&iacute;as. Pero, &iquest;qu&eacute; ha dicho la Junta ante el tribunal de la Audiencia Provincial? Entre otras muchas cosas, que en las diez sentencias de amparo del TC a ex altos cargos del PSOE en el gobierno auton&oacute;mico &ldquo;se apreciar&iacute;an ejemplos de las injerencias no permitidas, entrando el Tribunal Constitucional en la interpretaci&oacute;n normativa de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n&rdquo;, y que &ldquo;sustentan luego su fallo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El escrito de la Junta se present&oacute; el 12 de mayo, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/moreno-maniobra-reactivar-condenas-anuladas-caso-ere-gobierno-volver-personarse_1_12291503.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tal y como anunci&oacute; en Madrid en la misma fecha el presidente Moreno</a>. Ese d&iacute;a, la Consejer&iacute;a de Presidencia dispuso ordenar al Gabinete Jur&iacute;dico de la Junta para personarse, como parte, en la ejecutoria de esta pieza de los ERE &ldquo;al ostentar un inter&eacute;s leg&iacute;timo, para ser o&iacute;da respecto al planteamiento de la cuesti&oacute;n prejudicial&rdquo;, todo ello &ldquo;sin necesidad de la retroacci&oacute;n del procedimiento&rdquo;, seg&uacute;n consta en los escritos remitidos por la Junta a la Audiencia, a los que ha tenido acceso <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">elDiario.es Andaluc&iacute;a</a>.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia, despu&eacute;s de que&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el PP pidiera llevar el asunto a la Justicia europea al considerar que el Constitucional &ldquo;se extralimit&oacute;&rdquo;</a>, quiso recabar &ldquo;la opini&oacute;n de las partes&rdquo; en torno a la interpretaci&oacute;n de varios aspectos, entre ellos &ldquo;si el Tribunal Constitucional se hab&iacute;a extralimitado en la funci&oacute;n de control que le corresponde invadiendo &aacute;mbitos reservados a la jurisdicci&oacute;n de los jueces y tribunales [ordinarios] al revisar, a trav&eacute;s de una interpretaci&oacute;n alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos, la valoraci&oacute;n probatoria y el juicio de subsunci&oacute;n realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">La &ldquo;valoraci&oacute;n probatoria&rdquo;</h2><p class="article-text">
        La Junta considera en ese punto que esos &ldquo;ejemplos de las injerencias no permitidas&rdquo; ser&iacute;an &ldquo;apreciaciones&rdquo; que &ldquo;supondr&iacute;an una valoraci&oacute;n de elementos de prueba desde la perspectiva penal y procesal penal y no desde la propia, limitada, de la vulneraci&oacute;n del derecho fundamental a la legalidad penal&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Entre esos 'ejemplos' est&aacute; lo dicho en la sentencia del recurso de amparo de Magdalena &Aacute;lvarez, exconsejera de Hacienda, al aludir a <em>&ldquo;la lesi&oacute;n de este derecho fundamental se produce por haber efectuado los &oacute;rganos judiciales una interpretaci&oacute;n y subsunci&oacute;n de los hechos en la norma penal que no se corresponde con la interpretaci&oacute;n de los elementos t&iacute;picos com&uacute;nmente aceptada por la comunidad jur&iacute;dica&rdquo;</em>. 
    </p><p class="article-text">
        O cuando en la sentencia al recurso de amparo de Antonio Fern&aacute;ndez, exconsejero de Empleo, se dice que &ldquo;<em>[&hellip;] es completamente imprevisible calificar como disposici&oacute;n il&iacute;cita la actuaci&oacute;n conforme a los procedimientos y controles expresamente establecidos en las sucesivas leyes de presupuestos, como normas que tienen el mismo rango legal que cualquier otra ley. Y sin resultado t&iacute;pico susceptible de v&aacute;lida subsunci&oacute;n en la norma penal&rdquo;</em>.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido considera la Junta que las sentencias del TC &ldquo;habr&iacute;an contrariado la norma capital del art&iacute;culo 2 del TJUE que propugna como valor de la Uni&oacute;n el respeto al Estado de Derecho&rdquo;. &ldquo;En este caso, el respeto a los principios del Estado de Derecho espa&ntilde;ol (art&iacute;culo 1.1 de la CE) que, como arriba hemos visto, y sobre la base del art&iacute;culo 117.3 de la CE y sobre el basamento de la LOPJ, restringe el ejercicio de la potestad jurisdiccional penal, exclusivamente, a los Juzgados y Tribunales del Orden Penal, entre los que no se encuentra el Tribunal Constitucional con una funci&oacute;n propia, diferencia y limitada&rdquo;, dice.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces de la Audiencia fueron m&aacute;s a lo concreto y preguntaron a las partes &ldquo;si la interpretaci&oacute;n del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andaluc&iacute;a de los a&ntilde;os 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboraci&oacute;n de los presupuestos a la fase final de su ejecuci&oacute;n, lo cual podr&iacute;a generar una situaci&oacute;n de desprotecci&oacute;n del patrimonio p&uacute;blico y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos p&uacute;blicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios p&uacute;blicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de administraci&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En ese punto, la Junta dice que las sentencias del TC deben pronunciarse &ldquo;en exclusiva, desde la sola perspectiva constitucional, sobre la vulneraci&oacute;n posible del derecho fundamental a la legalidad penal&rdquo; pero &ldquo;sin embargo&rdquo; valoran &ldquo;materialmente&rdquo; la &ldquo;valoraci&oacute;n probatoria de la prueba pericial de la IGAE hecha por la Audiencia Provincial y ratificada en su conformidad por el Tribunal Supremo&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/regreso-origenes-caso-ere-constitucional-tambalear-prueba-clave-encargada-jueza-alaya_1_11475143.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Aquella prueba, clave en la causa y base de las acusaciones</a>, fue encargada por la primera jueza que instruy&oacute; el caso ERE, Mercedes Alaya, a un equipo de peritos de la Intervenci&oacute;n General de la Administraci&oacute;n del Estado, organismo de control gubernamental dependiente del Ministerio de Hacienda entonces en manos de Crist&oacute;bal Montoro (2011-2018).
    </p><p class="article-text">
        Como consecuencia de ello, dice la Junta que &ldquo;la propia valoraci&oacute;n de los tribunales penales hecha en el &aacute;mbito de su propia jurisdicci&oacute;n penal&rdquo; dejan &ldquo;impropiamente, al margen de la intervenci&oacute;n del Derecho Penal, los actos relativos a la presupuestaci&oacute;n&rdquo;, provocando &ldquo;que escapen de la protecci&oacute;n que el Derecho Penal confiere a la Administraci&oacute;n y, con ello, y en este caso, a su patrimonio p&uacute;blico&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Para la Junta, en este sentido, el TC habr&iacute;a &ldquo;contrariado la norma de los art&iacute;culos 1 y 2 del Convenio de Bruselas de 26 de julio de 1995, dejando con ello desamparada la recuperaci&oacute;n de fondos p&uacute;blicos afectados por actuaciones que podr&iacute;an ser constitutivas de delito por sus consecuencias &uacute;ltimas directas en el &aacute;mbito de una gesti&oacute;n puramente administrativa que no escapa en ning&uacute;n caso de la protecci&oacute;n del Derecho Penal&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Innegable afectaci&oacute;n negativa al resarcimiento econ&oacute;mico&rdquo;</h2><p class="article-text">
        La Junta, respecto a los otros dos aspectos, tambi&eacute;n apoya el planteamiento de la cuesti&oacute;n prejudicial. Tambi&eacute;n cuestion&oacute; la Audiencia &ldquo;la posibilidad de que dicha doctrina incumpla las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Uni&oacute;n Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Uni&oacute;n, de prevenir y combatir la corrupci&oacute;n en general y de prever la aplicaci&oacute;n de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, y por &uacute;ltimo, pregunt&oacute; por la posibilidad &ldquo;de que los tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales auton&oacute;micas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como l&iacute;citas las conductas de los acusados cuando, seg&uacute;n los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Dice la Junta que, tras la sentencia del Tribunal Supremo en septiembre de 2022 que ratific&oacute; las condenadas por delitos de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de la sentencia de noviembre de 2019 de la Audiencia de Sevilla, inici&oacute; las actuaciones oportunas para el ejercicio de su acci&oacute;n civil a fin de procurarse el debido resarcimiento econ&oacute;mico derivado de los hechos firmemente considerados como delitos y reclamable a las personas que fueron condenadas. De hecho, present&oacute; una denuncia ante el Tribunal de Cuentas que ya se est&aacute; tramitando.
    </p><p class="article-text">
        Argumenta la Junta que la fundamentaci&oacute;n jur&iacute;dica de las sentencias de amparo constitucional &ldquo;restringir&aacute;, cuanto menos, dentro de la causa penal, el alcance material y el alcance temporal de los delitos y, con ello, el alcance econ&oacute;mico subsiguiente, con afectaci&oacute;n negativa consiguiente al contenido y a la extensi&oacute;n pecuniaria de la acci&oacute;n civil&rdquo;, generando una &ldquo;innegable afectaci&oacute;n negativa al resarcimiento econ&oacute;mico de la Junta de Andaluc&iacute;a&rdquo;, defendiendo el &ldquo;inter&eacute;s leg&iacute;timo&rdquo; de su personaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        De hecho, en la Orden de la Consejer&iacute;a de Presidencia se dice que &ldquo;a pesar de los esfuerzos desplegados, la recuperaci&oacute;n efectiva de los fondos defraudados ha sido limitada. Hasta la fecha se han recuperado aproximadamente 28 millones de euros, lo que representa una peque&ntilde;a fracci&oacute;n del total estimado de 679 millones de euros defraudados&rdquo;. Cabe recordar que <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/gobierno-moreno-pagara-2026-ayudas-legales-caso-ere-pp-incluye-robo-680-millones_1_11491323.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el Gobierno de Moreno pagar&aacute; hasta 2026 las ayudas legales del caso ERE</a> que el PP a&uacute;n incluye en &ldquo;el robo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Es de recordar tambi&eacute;n que la Junta de Andaluc&iacute;a ya estuvo personada, como parte perjudicada, hasta 2016, cuando el Ejecutivo socialista de Susana D&iacute;az decidi&oacute; retirarse y no reclamar fianza a los imputados, al considerar que no hubo ninguna &ldquo;trama criminal&rdquo; ni se cre&oacute; un &ldquo;procedimiento espec&iacute;fico&rdquo; para eludir los controles internos y adjudicar las ayudas de los ERE de forma discrecional.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/junta-andalucia-censura-audiencia-sevilla-injerencias-no-permitidas-constitucional-ere_1_12313477.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 20 May 2025 20:45:53 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Junta de Andalucía censura ante la Audiencia de Sevilla las "injerencias no permitidas" del Constitucional en los ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Junta de Andalucía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Moreno maniobra para reactivar las condenas anuladas de los ERE y anuncia que su Gobierno "volverá a personarse"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/moreno-maniobra-reactivar-condenas-anuladas-caso-ere-gobierno-volver-personarse_1_12291503.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/498c6a9d-0a89-403f-80ed-35f2e9a9fb41_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Moreno maniobra para reactivar las condenas anuladas de los ERE y anuncia que su Gobierno &quot;volverá a personarse&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El presidente andaluz anuncia por sorpresa que la Junta "volverá a personarse" como perjudicada en el caso ERE para "recuperar los 700 millones" (pese a no existir una causa abierta donde personarse) mientras la Audiencia de Sevilla delibera si acude a la Justicia Europea para preservar las condenas a Chaves y Griñán anuladas por el Constitucional</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla deliberará durante tres días si lleva los ERE a la Justicia europea como pide el PP
</p></div><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deliberara-durante-tres-dias-si-lleva-ere-justicia-europea-pide-pp_1_12236708.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">A pocas horas para que expire el plazo que se ha dado la Audiencia Provincial de Sevilla para decidir si eleva el caso ERE al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE)</a>, tras la anulaci&oacute;n total o parcial de las condenas a una decena de ex altos cargos del Gobierno andaluz del PSOE dictada por el Constitucional, el presidente Juan Manuel Moreno ha anunciado, por sorpresa, que la Junta &ldquo;va a volver a personarse&rdquo; en el caso ERE &ldquo;a lo largo del d&iacute;a de hoy o de ma&ntilde;ana&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Dadas las circunstancias que hemos vivido en el &uacute;ltimo a&ntilde;o, una vez que ha habido una sentencia firme por parte de la Audiencia Provincial y una sentencia corroborada y confirmada por el [Tribunal] Supremo, la Junta de Andaluc&iacute;a va a volver a personarse a lo largo del d&iacute;a de hoy o de ma&ntilde;ana (...) La obligaci&oacute;n que tiene la Administraci&oacute;n de la Junta es evitar cualquier menoscabo de fondos p&uacute;blicos. Nosotros tenemos la obligaci&oacute;n de recuperar esos casi 700 millones de euros que, seg&uacute;n la sentencia de la Audiencia Provincial, confirmada por el Supremo, se desviaron de la Junta de Andaluc&iacute;a&rdquo;, ha asegurado, a la pregunta de una periodista sobre si considera &ldquo;adecuado&rdquo; que la Audiencia lleve el caso ERE ante la Justicia Europea. 
    </p><p class="article-text">
        El presidente andaluz ha evitado mencionar que esas sentencias a las que alude fueron anuladas hace un a&ntilde;o por el Tribunal de Garant&iacute;as, tras considerar que se hab&iacute;an vulnerado los derechos fundamentales de los l&iacute;deres socialistas condenados.
    </p><p class="article-text">
        Moreno ha hecho este anuncio a las puertas del Comit&eacute; Ejecutivo Nacional del PP, celebrado este lunes en Madrid, y donde Alberto N&uacute;&ntilde;ez Feij&oacute;o ha convocado el Congreso Nacional del partido para el pr&oacute;ximo julio, en previsi&oacute;n de que Pedro S&aacute;nchez convoque las elecciones generales a final de a&ntilde;o. 
    </p><p class="article-text">
        El mensaje del presidente andaluz de que la Junta &ldquo;volver&aacute; a personarse&rdquo; en el caso ERE para tratar de &ldquo;recuperar los 700 millones&rdquo; defraudados a la hacienda p&uacute;blica ha causado cierto desconcierto en instancias judiciales porque, hoy por hoy, no existe una pieza pol&iacute;tica abierta del caso ERE donde personarse. 
    </p><p class="article-text">
        Fuentes del Ejecutivo andaluz consultadas por elDiario.es aseguran que se presentar&aacute; &ldquo;un escrito para personarse&rdquo; ante la Audiencia Provincial, que es donde reside el procedimiento de la pieza pol&iacute;tica de los ERE, para reclamar &ldquo;que se mantengan las condenas contra los l&iacute;deres socialistas que dict&oacute; el Supremo y no se revisen los fallos&rdquo;, pese a que estos fueron anulados luego por el TC. 
    </p><p class="article-text">
        Desde el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) confirman que la Audiencia Provincial de Sevilla no ha reabierto la instrucci&oacute;n del caso ERE, aseguran que es el Gobierno de Moreno quien debe aclarar d&oacute;nde se personan si, en este momento, no hay una causa abierta, y apuntan que ser&aacute; la Audiencia la competente en resolver la solicitud de personaci&oacute;n de la Junta. &ldquo;Habr&aacute; que ver el escrito y los argumentos&rdquo;, concluyen las fuentes jur&iacute;dicas consultadas, que no recuerdan ning&uacute;n precedente parecido.
    </p><p class="article-text">
        La Consejer&iacute;a de Presidencia, responsable de presentar este escrito, no ha proporcionado el documento de personaci&oacute;n a este peri&oacute;dico, pero ha confirmado el registro de un escrito este mismo lunes ante la Audiencia de Sevilla &ldquo;para apoyar que este &oacute;rgano judicial acuda el Tribunal de la UE&rdquo; tras las sentencias del Constitucional sobre el caso ERE&ldquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Junta comparecer&aacute; en el tr&aacute;mite de alegaciones a favor de elevar una cuesti&oacute;n prejudicial y presentar&aacute; un escrito argumentando la oportunidad de plantear dicha cuesti&oacute;n ante el Alto Tribunal europeo, pues considera que el Constitucional se ha &ldquo;extralimitado en sus funciones y podr&iacute;a provocar la impunidad parcial del mayor caso de corrupci&oacute;n de la historia de Espa&ntilde;a&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El Gobierno de Moreno, en consonancia con el planteamiento que ya hizo el PP, considera &ldquo;que se podr&iacute;an estar incumpliendo las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, siendo procedente plantear la cuesti&oacute;n prejudicial ante el TJUE&rdquo;. Ya entrada la tarde, el consejero de la Presidencia, Antonio Sanz, ha explicado en un audio remitido a los medios que &ldquo;ha dado orden al gabinete jur&iacute;dico de la Junta de proteger los intereses de los andaluces&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Personaci&oacute;n del PP</strong></h2><p class="article-text">
        El PP ya estuvo personado como acusaci&oacute;n particular en la llamada pieza pol&iacute;tica del caso ERE, que culmin&oacute; con la condena del Supremo a los expresidentes Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, junto a ocho exaltos cargos, por malversaci&oacute;n y prevaricaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        La Junta de Andaluc&iacute;a tambi&eacute;n lo estuvo, como parte perjudicada, hasta 2016, cuando el Ejecutivo socialista de Susana D&iacute;az decidi&oacute; retirarse y no reclamar fianza a los imputados, al considerar que no hubo ninguna &ldquo;trama criminal&rdquo; ni se cre&oacute; un &ldquo;procedimiento espec&iacute;fico&rdquo; para eludir los controles internos y adjudicar las ayudas de los ERE de forma discrecional.
    </p><p class="article-text">
        A falta de conocerse la explicaci&oacute;n t&eacute;cnica o jur&iacute;dica para &ldquo;volver a personarse&rdquo; en el caso ERE, el anuncio de Moreno debe leerse en el momento pol&iacute;tico exacto en el que se produce, esto es, a pocas horas de que la Audiencia de Sevilla decida si acude a la Justicia Europea para preservar las condenas a los dirigentes socialistas, un escenario in&eacute;dito que solicit&oacute; el propio PP como acusaci&oacute;n particular personada en la causa, y que fuentes del Constitucional tildaron de acto de &ldquo;rebeli&oacute;n&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El presidente andaluz ha mostrado, desde el principio, su disconformidad con la anulaci&oacute;n de las condenas que dict&oacute; el Tribunal de Garant&iacute;as, y el mensaje de este lunes busca reabrir la pelea pol&iacute;tica -volviendo a reclamar el reintegro del dinero defraudado- pero tambi&eacute;n la v&iacute;a judicial.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Reactivar los ERE tras el Constitucional</strong></h2><p class="article-text">
        El proceso judicial que inici&oacute; la jueza Mercedes Alaya hace 14 a&ntilde;os culmin&oacute; con la sentencia del Constitucional que, el pasado julio, anul&oacute; las condenas a Chaves, Gri&ntilde;&aacute;n y el resto de la c&uacute;pula de los gobiernos socialistas, tras concluir que se hab&iacute;an vulnerado sus derechos de representaci&oacute;n y a la presuncion de inocencia. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal de Garant&iacute;as oblig&oacute; a la Audiencia de Sevilla a repetir las sentencias contra los altos cargos socialistas pero sin casi la totalidad de acusaciones que pesaron sobre ellos, y la Audiencia, en un giro sin precedentes, se rebel&oacute; contra la decisi&oacute;n del Constitucional y plante&oacute; una consulta prejudicial a las partes para decidir si eleva el caso ERE a la Justicia Europea.
    </p><p class="article-text">
        Los populares han cargado duramente contra el fallo del TC, acusando a su presidente, C&aacute;ndido Conde-Pumpido, de &ldquo;ileg&iacute;timo&rdquo; y de actuar como juez y parte en beneficio de los socialistas. Estos, por su parte, se sintieron exculpados, aliviados y exhultantes por la anulaci&oacute;n de condenas del caso ERE y en los &uacute;ltimos meses han salido en tromba para denunciar, de forma retroactiva, que todo el proceso fue una &ldquo;cacer&iacute;a pol&iacute;tica, judicial y medi&aacute;tica&rdquo; orquestada por el PP para arrebatarles el Gobierno andaluz.
    </p><p class="article-text">
        En este acalorado contexto, y bajo el ruido de tambores electorales tanto en Madrid como en Andaluc&iacute;a, Moreno ha puesto el contador a cero del caso ERE, reactivando un proceso que, hoy por hoy, no tiene ninguna instrucci&oacute;n abierta, y apelando al montante global de los fondos de la Consejer&iacute;a de Empleo con el que se pagaban las ayudas sociolaborales, esos casi 700 millones que incluyen las ayudas ilegales, pero tambi&eacute;n las legales que a&uacute;n hoy sigue abonando su Administraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Tras el anuncio hecho en Madrid, al presidente andaluz le han pedido que confirme si la Junta &ldquo;se va a personar ante la Audiencia de Sevilla&rdquo;, pero Moreno no ha respondido.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Moreno sigue pagando ayudas legales de los 700 millones de los ERE</strong></h2><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/gobierno-moreno-pagara-2026-ayudas-legales-caso-ere-pp-incluye-robo-680-millones_1_11491323.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Desde 2019, cuando el Ejecutivo andaluz del PP dise&ntilde;a sus primeros Presupuestos Auton&oacute;micos, hasta hoy, la Junta ha seguido presupuestando y abonando regularmente las ayudas legales del fondo de los ERE</a> a miles de prejubilados salpicados por la causa judicial que Moreno insiste en incluir en &ldquo;el robo de 680 millones&rdquo;. Los populares, a&uacute;n hoy, usan la cifra de la partida presupuestaria de la que salieron las ayudas fraudulentas, pero tambi&eacute;n las legales, que la Junta sigui&oacute; abonando cuando Moreno lleg&oacute; al poder, y que seguir&aacute; pagando hasta mediados de 2026, confirman desde el Ejecutivo andaluz.
    </p><p class="article-text">
        El pasado junio, durante el debate de pol&iacute;tica general en el Parlamento andaluz, Moreno subi&oacute; a la tribuna y explic&oacute; que la Junta, desde que gobierna el PP, ha ingresado m&aacute;s de 27 millones &ldquo;de los 62 millones que la Justicia y el Tribunal de Cuentas han acordado para su devoluci&oacute;n a las arcas p&uacute;blicas&rdquo;, y que viene reclamando otros 135 millones en las decenas de piezas de la macrocausa de los ERE que siguen abiertas.
    </p><p class="article-text">
        Lo que no dijo Moreno es que, cada a&ntilde;o, su Gobierno consigna una cantidad en el presupuesto auton&oacute;mico para seguir abonando las ayudas sociolaborales de pago directo y a trav&eacute;s de la financiaci&oacute;n de p&oacute;lizas de seguro colectivo de rentas a los prejubilados que en su momento se acogieron legalmente a un ERE. S&oacute;lo en su primer ejercicio presupuestario respaldado por Ciudadanos y Vox (2019), el Ejecutivo de Moreno pag&oacute; 35,7 millones en ayudas a los prejubilados de los ERE.
    </p><p class="article-text">
        La jueza instructora del caso, Mercedes Alaya, calcul&oacute; que se desviaron 855 millones, la Fiscal&iacute;a lo estim&oacute; en 741,6 millones y aquella sentencia, ratificada luego en el Supremo, rebaj&oacute; hasta los 680 millones. Si bien parte de ese dinero se pag&oacute; a trabajadores que ten&iacute;an derecho a cobrarlo, como ahora admite con sus actos el propio Gobierno del PP.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Daniel Cela]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/moreno-maniobra-reactivar-condenas-anuladas-caso-ere-gobierno-volver-personarse_1_12291503.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 12 May 2025 13:24:37 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Moreno maniobra para reactivar las condenas anuladas de los ERE y anuncia que su Gobierno "volverá a personarse"]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/498c6a9d-0a89-403f-80ed-35f2e9a9fb41_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Andalucía,Caso ERE,Tribunal Constitucional,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea,Manuel Chaves,José Antonio Griñán]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla deliberará durante tres días si lleva los ERE a la Justicia europea como pide el PP]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deliberara-durante-tres-dias-si-lleva-ere-justicia-europea-pide-pp_1_12236708.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fe067ac5-f4da-4ee1-bbcc-91be461e305e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Sevilla deliberará durante tres días si lleva los ERE a la Justicia europea como pide el PP"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Sección Primera fija en una providencia la deliberación para los próximos días 24 y 29 de abril y 13 de mayo de cara a decidir si pregunta al TJUE sobre las sentencias del Tribunal Constitucional</p><p class="subtitle">El Constitucional no hará nada para evitar que la Audiencia de Sevilla lleve a Europa el caso de los ERE
</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha decidido finalmente que va a deliberar durante tres d&iacute;as (24 y 29 de abril, y 13 de mayo) si lleva plantea o no una cuesti&oacute;n prejudicial sobre el caso de los ERE ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como ha pedido la acusaci&oacute;n representada por el PP</a>, seg&uacute;n figura en esta nueva providencia difundida por la Oficina de Comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA).
    </p><p class="article-text">
        En marzo, la Audiencia de Sevilla solicit&oacute; por escrito a las partes que en un plazo de diez d&iacute;as presentaran &ldquo;alegaciones&rdquo; sobre ese mismo posible planteamiento antes de dictar nuevos pronunciamientos. La Secci&oacute;n Primera acord&oacute;&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-encarga-nueva-sentencia-ere-juezas-primer-fallo-tres-nuevos-magistrados_1_11799005.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la constituci&oacute;n del tribunal</a>&nbsp;para el dictado de las nuevas sentencias en la 'pieza pol&iacute;tica' de los ERE&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Tribunal Constitucional desinflara la macrocausa antes del verano</a>&nbsp;y de que el Tribunal Supremo empezase a absolver a exaltos cargos socialistas&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/primera-decision-supremo-ere-sentencias-constitucional-exaltos-cargos-absueltos-pieza_1_11886577.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de otras piezas pendientes al haber sido ya juzgados</a>.
    </p><p class="article-text">
        El pasado 9 de abril, el <a href="https://12ft.io/proxy?q=https%3A%2F%2Fwww.eldiario.es%2Ftemas%2Ftribunal-constitucional%2F" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Constitucional</a>&nbsp;anunci&oacute; que no tomar&iacute;a ninguna medida para impedir que la Audiencia de Sevilla llevara el caso a Europa. El pleno, tras dos d&iacute;as de deliberaciones, decidi&oacute; no mover ficha y seguir de cerca tanto&nbsp;<a href="https://12ft.io/proxy?q=https%3A%2F%2Fwww.eldiario.es%2Fpolitica%2Ftribunales-tratan-involucrar-europa-guerra-inedita-constitucional_1_12167906.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la posible cuesti&oacute;n prejudicial</a>&nbsp;del tribunal sevillano como la que ya elev&oacute; el Tribunal Superior de Madrid en otro asunto. El Constitucional, en cualquier caso, explic&oacute; en un comunicado que el asunto constituye una &ldquo;preocupaci&oacute;n&rdquo; al ser &ldquo;un tema complejo y en evoluci&oacute;n&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text"><strong>&iquest;Qu&eacute; plante&oacute; la Audiencia a las partes?</strong></h2><p class="article-text">
        La Audiencia, despu&eacute;s de que&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el PP pidiera pide llevar el asunto a la Justicia europea al considerar que el Constitucional &ldquo;se extralimit&oacute;&rdquo;</a>, quiso recabar &ldquo;la opini&oacute;n de las partes&rdquo; en torno a la interpretaci&oacute;n de varios aspectos, entre ellos precisamente &ldquo;si el Tribunal Constitucional se ha extralimitado en la funci&oacute;n de control que le corresponde invadiendo &aacute;mbitos reservados a la jurisdicci&oacute;n de los jueces y tribunales al revisar, a trav&eacute;s de una interpretaci&oacute;n alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos, la valoraci&oacute;n probatoria y el juicio de subsunci&oacute;n realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces de la Audiencia van m&aacute;s a lo concreto y preguntan a las partes &ldquo;si la interpretaci&oacute;n del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andaluc&iacute;a de los a&ntilde;os 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboraci&oacute;n de los presupuestos a la fase final de su ejecuci&oacute;n, lo cual podr&iacute;a generar una situaci&oacute;n de desprotecci&oacute;n del patrimonio p&uacute;blico y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos p&uacute;blicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios p&uacute;blicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de administraci&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n cuestiona la Audiencia &ldquo;la posibilidad de que dicha doctrina incumpla las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Uni&oacute;n Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Uni&oacute;n, de prevenir y combatir la corrupci&oacute;n en general y de prever la aplicaci&oacute;n de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, y por &uacute;ltimo, pregunta por la posibilidad &ldquo;de que los tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales auton&oacute;micas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como l&iacute;citas las conductas de los acusados cuando, seg&uacute;n los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deliberara-durante-tres-dias-si-lleva-ere-justicia-europea-pide-pp_1_12236708.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 22 Apr 2025 10:12:08 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla deliberará durante tres días si lleva los ERE a la Justicia europea como pide el PP]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Constitucional no hará nada para evitar que la Audiencia de Sevilla lleve a Europa el caso de los ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/constitucional-no-hara-evitar-audiencia-sevilla-lleve-europa-caso-ere_1_12205693.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/acf44886-9ae7-4630-93d7-9798a9975a19_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Constitucional no hará nada para evitar que la Audiencia de Sevilla lleve a Europa el caso de los ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El pleno zanja dos días de deliberaciones anunciando que seguirá de cerca la posible cuestión prejudicial que el tribunal andaluz eleve a Luxemburgo pero, en la línea con lo afirmado por Cándido Conde-Pumpido, no tomará ninguna medida</p><p class="subtitle">Conde-Pumpido descarta que el Constitucional vaya a frenar a la Audiencia de Sevilla si lleva el caso de los ERE a Europa</p></div><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/tribunal-constitucional/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Constitucional</a> no tomar&aacute; ninguna medida que impida que la Audiencia de Sevilla lleve el <a href="https://www.eldiario.es/temas/caso-ere/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso de los ERE</a> de Andaluc&iacute;a hasta Europa. El pleno, tras dos d&iacute;as de deliberaciones, ha decidido no mover ficha y seguir de cerca tanto <a href="https://www.eldiario.es/politica/tribunales-tratan-involucrar-europa-guerra-inedita-constitucional_1_12167906.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la posible cuesti&oacute;n prejudicial</a> del tribunal andaluz como la que ya elev&oacute; el Tribunal Superior de Madrid en otro asunto. El Constitucional, en cualquier caso, explica en un comunicado que el asunto constituye una &ldquo;preocupaci&oacute;n&rdquo; al ser &ldquo;un tema complejo y en evoluci&oacute;n&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n del pleno sigue la estela de lo afirmado <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/conde-pumpido-descarta-constitucional-frenar-audiencia-sevilla-si-lleva-caso-ere-europa_1_12198622.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hace unos d&iacute;as por su presidente</a>, C&aacute;ndido Conde-Pumpido, en el Ateneo de Madrid. El magistrado rechaz&oacute; que este debate fuera a desembocar en alg&uacute;n tipo de movimiento del tribunal para interceptar la posible cuesti&oacute;n prejudicial que estudia en estas semanas la Audiencia de Sevilla para preguntar al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea si est&aacute; obligada a cumplir las sentencias del Constitucional que rebajaron la mayor parte de las condenas de los ERE de Andaluc&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        Los miembros del tribunal de garant&iacute;as analizaban desde hace semanas dos movimientos recientes de dos tribunales territoriales con un objetivo: preguntar a Europa si pod&iacute;an soslayar las sentencias del Constitucional, no ejecutarlas y plantear sus propios reparos a los tribunales internacionales. El primero en hacerlo fue el Tribunal Superior de Madrid, que en un pleito relacionado con un conflicto entre empresas VTC elev&oacute; una cuesti&oacute;n prejudicial a Luxemburgo para preguntar si la sentencia del Constitucional sobre el caso era compatible con el derecho comunitario. 
    </p><p class="article-text">
        El segundo tribunal, que por el momento ha consultado a las partes si debe hacer un movimiento similar a instancias del PP, es la Audiencia Provincial de Sevilla. Sobre la mesa est&aacute; la posibilidad de consultar al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea hasta qu&eacute; punto las decisiones del Constitucional, que redujeron a la m&iacute;nima expresi&oacute;n las condenas de los l&iacute;deres socialistas andaluces y llevaron a la excarcelaci&oacute;n de muchos de ellos. 
    </p><p class="article-text">
        La iniciativa de ambos tribunales territoriales fue recibida con preocupaci&oacute;n en sectores del Constitucional que consideraban &ldquo;in&eacute;dito&rdquo; que pretendieran acudir a Europa para incumplir, en la pr&aacute;ctica, sentencias del tribunal de garant&iacute;as. Todo tras semanas turbulentas en su relaci&oacute;n con el Tribunal Supremo, que en varios autos tambi&eacute;n relacionados tangencialmente con el caso de los ERE hab&iacute;a incluso deslizado la posibilidad de poder encausar a los magistrados del Constitucional por prevaricaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        El presidente del tribunal, C&aacute;ndido Conde-Pumpido, encarg&oacute; varios informes a los letrados del Constitucional, que informaron en contra de la posibilidad de interceptar de alguna manera esas cuestiones prejudiciales e intervenir en el proceso fuera de los cauces reglamentarios. Fue el propio magistrado el que descart&oacute; la posibilidad de ir m&aacute;s all&aacute; de una mera deliberaci&oacute;n hace unos d&iacute;as <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/conde-pumpido-descarta-constitucional-frenar-audiencia-sevilla-si-lleva-caso-ere-europa_1_12198622.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en el Ateneo de Madrid</a>. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No hay intenci&oacute;n alguna de formular ninguna anulaci&oacute;n de esa decisi&oacute;n, es novedosa porque en 40 a&ntilde;os de pertenencia a la Uni&oacute;n Europea las cuestiones prejudiciales se han presentado antes de dictar la primera sentencia, pero no se hab&iacute;a planteado nunca como recurso secundario al final del procedimiento&rdquo;, explic&oacute; entonces.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/constitucional-no-hara-evitar-audiencia-sevilla-lleve-europa-caso-ere_1_12205693.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 09 Apr 2025 10:54:50 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Constitucional no hará nada para evitar que la Audiencia de Sevilla lleve a Europa el caso de los ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sentencia ERE,Caso ERE,Tribunal Constitucional,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Conde-Pumpido descarta que el Constitucional vaya a frenar a la Audiencia de Sevilla si lleva el caso de los ERE a Europa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/conde-pumpido-descarta-constitucional-frenar-audiencia-sevilla-si-lleva-caso-ere-europa_1_12198622.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/933d65de-8681-46ba-960b-f35da46b525c_16-9-discover-aspect-ratio_default_1115110.jpg" width="1910" height="1074" alt="Conde-Pumpido descarta que el Constitucional vaya a frenar a la Audiencia de Sevilla si lleva el caso de los ERE a Europa"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El presidente del TC dice que se ha convocado "un debate interno ante un asunto novedoso que afecta a nuestra jurisdicción". "Es un debate sin respuesta de resolución, una reflexión interna"</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla desafía al Constitucional y pregunta para qué quiere una providencia del caso ERE
</p></div><p class="article-text">
        C&aacute;ndido Conde-Pumpido, presidente del Constitucional, ha intervenido este lunes en un desayuno informativo del Ateneo de Madrid para referirse a uno de los grandes conflictos que atraviesa el tribunal en la actualidad: la intenci&oacute;n de la Audiencia de Sevilla de llevar al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea de Luxemburgo las sentencias que ampararon a los condenados del caso de los ERE de Andaluc&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        El presidente ha descartado que el debate que el pleno tiene se&ntilde;alado para esta semana tenga por objetivo interceptar esa posible cuesti&oacute;n de inconstitucionalidad aunque ha reconocido que se trata de un asunto &ldquo;novedoso&rdquo; porque, normalmente, estas cuestiones se presentan antes de dictarse sentencias firmes sobre el caso. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Es un asunto controvertido, de actualidad, desde el Constitucional respetamos la autonom&iacute;a de cualquier &oacute;rgano jurisdiccional, lo que hemos hecho es convocar un debate interno ante un asunto novedoso que afecta a nuestra jurisdicci&oacute;n. Es un debate sin respuesta de resoluci&oacute;n, una reflexi&oacute;n interna&rdquo;, ha explicado.  &ldquo;No hay intenci&oacute;n alguna de formular ninguna anulaci&oacute;n de esa decisi&oacute;n, es novedosa porque en 40 a&ntilde;os de pertenencia a la Uni&oacute;n Europea las cuestiones prejudiciales se han presentado antes de dictar la primera sentencia, pero no se hab&iacute;a planteado nunca como recurso secundario al final del procedimiento&rdquo;, ha explicado.
    </p><p class="article-text">
        Es de recordar que la Audiencia de Sevilla, despu&eacute;s de aceptar&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el envite del PP</a>&nbsp;y plantear la posibilidad de que las sentencias del Constitucional <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no fueran &ldquo;del todo compatibles&rdquo; con el Derecho de la Uni&oacute;n Europea</a>, en una diligencia de ordenaci&oacute;n <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-desafia-constitucional-pregunta-quiere-providencia-caso-ere_1_12167721.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pidi&oacute; recientemente al tribunal de garant&iacute;as</a> que explicara por qu&eacute; y para qu&eacute; le hab&iacute;a reclamado la providencia en la que ped&iacute;a a las partes que se posicionaran sobre la posibilidad de elevar una consulta a Europa.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/conde-pumpido-descarta-constitucional-frenar-audiencia-sevilla-si-lleva-caso-ere-europa_1_12198622.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 07 Apr 2025 09:27:19 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Conde-Pumpido descarta que el Constitucional vaya a frenar a la Audiencia de Sevilla si lleva el caso de los ERE a Europa]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Tribunal Constitucional]]></media:keywords>
    </item>
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