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    <title><![CDATA[elDiario.es - Caso ERE]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/temas/caso-ere/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Caso ERE]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Bruselas frena el intento del PP de que la Justicia Europea revise el fallo del TC que anuló las condenas a Chaves y Griñán]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/bruselas-frena-pp-justicia-europea-revise-fallo-tc-anulo-condenas-chaves-grinan_1_13155857.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a03dac24-8f69-4652-8a96-3ee3a26ad897_16-9-discover-aspect-ratio_default_1141195.jpg" width="714" height="402" alt="Bruselas frena el intento del PP de que la Justicia Europea revise el fallo del TC que anuló las condenas a Chaves y Griñán"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Comisión Europea da un varapalo a la Audiencia de Sevilla que, a instancias del partido de Juanma Moreno, suspendió las sentencias absolutorias del órgano español de garantías y elevó el caso ERE al Tribunal de la UE, que se declara "manifiestamente incompetente"
</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla lleva a la Justicia europea las sentencias del Constitucional que anulan las condenas del caso ERE</p></div><p class="article-text">
        La Comisi&oacute;n Europea (CE) ha solicitado la inadmisi&oacute;n a tr&aacute;mite de la <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">petici&oacute;n de la Audiencia Provincial de Sevilla</a> de elevar ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) la <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/constitucional-ordena-rebajar-condena-inhabilitacion-expresidente-chaves-ere-andalucia_1_11525694.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">decisi&oacute;n del Tribunal Constitucional (TC) de anular sus condenas</a> a una decena de inculpados por el caso ERE, el procedimiento espec&iacute;fico de financiaci&oacute;n de los expedientes de regulaci&oacute;n de empleo (ERE) fraudulentos. Bruselas considera que &ldquo;el TJUE es manifiestamente incompetente&rdquo; para responder a las cuestiones planteadas por la Audiencia hispalense, que intentaba recurrir entre otros las resoluciones del tribunal de garant&iacute;as sobre los expresidentes andaluces Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El escrito de alegaciones elaborado por la CE, consultado por Europa Press y <a href="https://www.diariodesevilla.es/juzgado_de_guardia/actualidad/bruselas-da-puntilla-caso-ere-no-supercasacion-europea_0_2006535018.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">adelantado por Diario de Sevilla</a>, considera que las cuestiones prejudiciales son &ldquo;inadmisibles&rdquo; y asevera que &ldquo;se abstendr&aacute; de presentar observaciones sobre el fondo del asunto&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, indica que el Tribunal de Justicia ha declarado que &ldquo;no es competente para pronunciarse sobre un asunto en el que resulta evidente que la disposici&oacute;n del Derecho de la Uni&oacute;n sometida a la interpretaci&oacute;n del Tribunal de Justicia no es aplicable al asunto principal o en el que una situaci&oacute;n jur&iacute;dica no est&aacute; comprendida en el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n del Derecho de la Uni&oacute;n&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;No entra en el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n&rdquo;</h2><p class="article-text">
        &ldquo;Como la fuente de financiaci&oacute;n parece ser el presupuesto de la comunidad aut&oacute;noma y no existe financiaci&oacute;n con cargo al presupuesto de la Uni&oacute;n, el asunto principal no entra en el &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n material del art&iacute;culo 325 TFUE ni en el de las disposiciones de Derecho derivado a la protecci&oacute;n de los intereses financieros de la Uni&oacute;n mencionadas en las cuestiones prejudiciales. Por ello, esas disposiciones son simplemente inaplicables&rdquo;, ha expresado.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla acord&oacute; el pasado mes de julio elevar una cuesti&oacute;n prejudicial ante el TJUE con relaci&oacute;n al mandato de dictar nuevas sentencias en l&iacute;nea con lo resuelto el a&ntilde;o pasado por el TC <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">anulando condenas contra ex altos cargos socialistas de la Junta de Andaluc&iacute;a</a>, una iniciativa que desde la Audiencia justificaron para &ldquo;evitar un riesgo sist&eacute;mico de impunidad futura en escenarios similares&rdquo; y &ldquo;salvaguardar los intereses financieros de la UE&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En las sentencias de la Audiencia Provincial, del Tribunal Supremo o del Tribunal Constitucional no existe referencia a la financiaci&oacute;n de la Uni&oacute;n en relaci&oacute;n con el programa controvertido&rdquo;, ha apostillado en relaci&oacute;n con este <a href="https://www.eldiario.es/temas/caso-ere/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso de los ERE</a>.
    </p><p class="article-text">
        La CE expresa que la Audiencia hispalense habr&iacute;a presentado como argumento que &ldquo;habida cuenta de la estrecha relaci&oacute;n que existe entre el presupuesto de la Uni&oacute;n y los presupuestos de los Estados miembros, la apropiaci&oacute;n indebida de fondos p&uacute;blicos de un Estado miembro puede afectar potencialmente o indirectamente a los intereses financieros de la Uni&oacute;n&rdquo;, consideraciones que &ldquo;no justifican la admisibilidad de la petici&oacute;n de decisi&oacute;n prejudicial por lo que respecta a dichas disposiciones&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Cuestiones &ldquo;puramente hipot&eacute;ticas&rdquo;</h2><p class="article-text">
        &ldquo;A falta de un v&iacute;nculo suficientemente directo con el presupuesto de la Uni&oacute;n con el asunto principal, las cuestiones resultan puramente hipot&eacute;ticas&rdquo;, ha relatado, al tiempo que ha asegurado que si la jurisprudencia que se cuestiona &ldquo;resultara problem&aacute;tica en otros asuntos relativos a los fondos de la Uni&oacute;n, una nueva petici&oacute;n prejudicial podr&iacute;a (o en su caso deber&iacute;a) plantearse&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Previamente, la Audiencia hab&iacute;a pedido a las partes del procedimiento judicial que informasen sobre si, en este caso, el Constitucional &ldquo;se ha extralimitado&rdquo; con una &ldquo;interpretaci&oacute;n alternativa de la prevaricaci&oacute;n y la malversaci&oacute;n&rdquo; en sus sentencias anulatorias de las condenas, si la doctrina introducida por tal tribunal para las nuevas sentencias &ldquo;incumple las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n&rdquo;, y por la posibilidad de no aplicar tales sentencias anulatorias de las condenas.
    </p><p class="article-text">
        El a&ntilde;o pasado, el Tribunal Constitucional vino a declarar que la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia de Sevilla, en su sentencia inicial condenatoria, y el Tribunal Supremo al desestimar los recursos de casaci&oacute;n de los citados acusados, habr&iacute;an &ldquo;incurrido en una interpretaci&oacute;n extravagante e imprevisible de los elementos t&iacute;picos de 'resoluci&oacute;n' y 'asunto administrativo' que vulnera el derecho fundamental a la legalidad penal que garantiza el art&iacute;culo 25 de la Constituci&oacute;n Espa&ntilde;ola&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Posteriormente, la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia de Sevilla decidi&oacute; suspender la tramitaci&oacute;n de la emisi&oacute;n de las nuevas sentencias ordenadas por el TC, dadas &ldquo;las dudas acerca de su adecuaci&oacute;n al Derecho Europeo y la jurisprudencia del TJUE&rdquo; y con el fin de &ldquo;evitar que, por efecto de la doctrina incluida en las repetidas sentencias del TC, se produzca un riesgo sist&eacute;mico de impunidad futura en escenarios similares&rdquo; y de &ldquo;salvaguardar los intereses financieros de la UE&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/bruselas-frena-pp-justicia-europea-revise-fallo-tc-anulo-condenas-chaves-grinan_1_13155857.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Apr 2026 09:16:04 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Sevilla,Caso ERE,Sentencia ERE,Tribunales,Comisión Europea]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una "acusación infundada": por qué el caso Aznalcóllar es un nuevo fracaso de la jueza Alaya y su "manera de ver las cosas"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/acusacion-infundada-caso-aznalcollar-nuevo-fracaso-jueza-alaya-manera-ver-cosas_129_12826764.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5c1318c3-9afa-4964-ab17-6dc029b0726b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Una &quot;acusación infundada&quot;: por qué el caso Aznalcóllar es un nuevo fracaso de la jueza Alaya y su &quot;manera de ver las cosas&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La absolución de 16 personas, entre ellas funcionarios y técnicas de la Junta de Andalucía, por el supuesto amaño del concurso de la mina de Aznalcóllar que Alaya reabrió hasta por dos veces, es un nuevo varapalo para la primera instructora del caso de ERE y de instrucciones fallidas como los casos Mercasevilla (2014 y 2017), Formación (2016), Lopera (2018) o Fitonovo (2022)</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla absuelve a los 16 acusados por el supuesto amaño del concurso de la mina de Aznalcóllar</p></div><p class="article-text">
        &ldquo;No existen indicios de los delitos atribuidos&rdquo; y &ldquo;se ha tratado de una acusaci&oacute;n infundada&rdquo;. Lo dice la sentencia de la Secci&oacute;n Tercera de la Audiencia de Sevilla que ha absuelto esta semana a 16 personas, entre ellos distintos funcionarios y t&eacute;cnicos de la Junta de Andaluc&iacute;a, por el supuesto ama&ntilde;o del concurso internacional para la adjudicaci&oacute;n de la mina de Aznalc&oacute;llar. La jueza Mercedes Alaya, conocida sobre todo por ser la primera instructora del <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/cronologia-ere-elaborar-aprobar-presupuesto-no-delito-15-anos-despues_1_11460781.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso de los ERE</a>, orden&oacute; desde la Secci&oacute;n S&eacute;ptima de la Audiencia reabrir la causa&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/aznalcollar_1_1335502.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en el oto&ntilde;o de 2019</a>, como&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Europa-Press_0_571143425.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ya hizo en 2016</a>, al imputar al ex secretario general de Industria de la Junta Vicente Fern&aacute;ndez Guerrero, hasta ahora acusado y por entonces presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) en el Gobierno espa&ntilde;ol presidido entonces en funciones por Pedro S&aacute;nchez. <a href="https://www.abc.es/sevilla/economia/sevi-dimite-presidente-sepi-causa-penal-abierta-mina-aznalcollar-201910011442_noticia.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">Fern&aacute;ndez dimiti&oacute; tres d&iacute;as m&aacute;s tarde</a>, seg&uacute;n anunci&oacute; la entonces ministra de Hacienda en funciones, Mar&iacute;a Jes&uacute;s Montero, hoy candidata socialista a la Junta.
    </p><p class="article-text">
        A una de las juezas m&aacute;s conocidas del pa&iacute;s, vieja amiga del magistrado en excedencia Juan Ignacio Zoido (decano de los jueces de Sevilla entre 1992 y 1996), luego alcalde de la capital hispalense y m&aacute;s tarde ministro del Interior, no le han salido especialmente bien algunas de sus decisiones m&aacute;s medi&aacute;ticas quiz&aacute;s por su <a href="https://www.eldiario.es/sevilla/fiscalia-defiende-instruccion-caso-aznalcollar-frente-manera-ver-cosas-jueza-alaya_1_12101738.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;nueva manera de ver las cosas&rdquo;</a>, como sugiri&oacute; el propio fiscal del caso Aznalc&oacute;llar, afe&aacute;ndole que reabriera el caso hasta por dos veces cuando el juzgado instructor estaba viendo claro que ah&iacute; no hab&iacute;a ni truco ni ama&ntilde;o por parte de personal t&eacute;cnico de alta cualificaci&oacute;n. En la vista oral, los acusados <a href="https://www.eldiario.es/sevilla/funcionarios-acusados-concurso-mina-aznalcollar-alegan-vulneracion-derechos-fundamentales_1_12098092.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">alegaron derechos &ldquo;vulnerados&rdquo;</a> y acusaron a Alaya de &ldquo;extralimitaci&oacute;n&rdquo; en sus funciones. Sentencia en mano, si bien cabe recurso de casaci&oacute;n ante el Tribunal Supremo, se trata de un nuevo varapalo para la protagonista de instrucciones fallidas como los casos Mercasevilla (2014 y 2017), Formaci&oacute;n (2016), Lopera (2018) o Fitonovo (2022).
    </p><p class="article-text">
        La voz a las consecuencias del &uacute;ltimo episodio acusatorio fallido de Alaya la ha puesto este s&aacute;bado Aurora Gomera, ingeniera de Montes y funcionaria del cuerpo superior de la Junta, una de esas personas ahora absueltas pero &ldquo;tras diez a&ntilde;os de calvario&rdquo;, seg&uacute;n ha contado emocionada <a href="https://cadenaser.com/andalucia/2025/12/06/aurora-gomera-funcionaria-de-la-junta-absuelta-tras-10-anos-de-proceso-por-el-caso-aznalcollar-hemos-vivido-una-pesadilla-radio-sevilla/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">en Hora 14 Andaluc&iacute;a de la Cadena SER</a>. Al ser preguntada por qu&eacute; cre&iacute;a que el caso hab&iacute;a llegado a juicio pese a que la sentencia dice ahora que no hab&iacute;a indicios y de que se hab&iacute;a tratado de una &ldquo;acusaci&oacute;n infundada&rdquo;, la funcionaria ha sido tajante: &ldquo;Esa pregunta se le deber&iacute;a de hacer a la magistrada Mercedes Alaya, que es la que ha motivado que nosotros fu&eacute;ramos a juicio oral despu&eacute;s de que la jueza instructora y la Fiscal&iacute;a consideraran que no exist&iacute;a ning&uacute;n tipo de delito, ning&uacute;n tipo de prueba que nos inculpara de todos los delitos que se nos imputaban&rdquo; (...) Hab&iacute;amos hecho nuestro trabajo y nos sentaron en un penal&ldquo;. A su juicio, la sentencia &rdquo;pone de manifiesto la mala fe de todas y cada una de las personas responsables de habernos sentado en un banquillo injustamente y de haber mantenido una mentira durante diez a&ntilde;os&ldquo;.
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/sevilla/audiencia-sevilla-absuelve-16-acusados-supuesto-amano-concurso-mina-aznalcollar_1_12822973.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">La sentencia es extensa</a> pero algunas de sus consideraciones son especialmente contundentes: la pretensi&oacute;n punitiva de las acusaciones &ldquo;carece de la menor consistencia, de lo que se deduce que no pod&iacute;an dejar de tener conocimiento de la injusticia y sinraz&oacute;n de su posici&oacute;n, m&aacute;xime tras el desarrollo del juicio, en el que ha resultado claramente desvirtuada la posible apreciaci&oacute;n de delito en la actuaci&oacute;n de los acusados en relaci&oacute;n con los que han sido objeto de inculpaci&oacute;n, algunos de ellos carente de total sustento f&aacute;ctico y probatorio (negociaciones prohibidas, fraude, prevaricaci&oacute;n ambiental), siendo incluso la acusaci&oacute;n inicialmente establecida en las conclusiones provisionales de una mayor gravedad (cohecho, administraci&oacute;n desleal), sin unos m&iacute;nimos par&aacute;metros de racionalidad en la valoraci&oacute;n de la amplia investigaci&oacute;n realizada y que tuvo un resultado que no permit&iacute;a en absoluto dicha calificaci&oacute;n penal&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Teor&iacute;as sobre conspiraci&oacute;n y tramas delictivas&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Este ha sido el final, en primera instancia, del denominado caso Aznalc&oacute;llar. El caso ERE impulsado por Alaya es el m&aacute;s conocido a nivel nacional, pero no ha sido el &uacute;nico medi&aacute;tico. El ya mencionado Juan Ignacio Zoido present&oacute;&nbsp;<a href="https://elpais.com/diario/2009/04/25/andalucia/1240611733_850215.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en abril de 2009</a>&nbsp;una denuncia contra el entonces alcalde, Alfredo S&aacute;nchez Monteseir&iacute;n (PSOE), y el teniente de alcalde, Antonio Rodrigo Torrijos (IU), a la saz&oacute;n presidente y vicepresidente de Mercasevilla. El caso recay&oacute; en el Juzgado de Intrucci&oacute;n n&uacute;mero 6, dirigido entonces por Mercedes Alaya. Se empezaba a fraguar el caso de los ERE, que se alarga desde hace m&aacute;s de 15 a&ntilde;os y que, aunque amortizado, como presume el PP, sigue vivo: despu&eacute;s de que <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/constitucional-ordena-rebajar-condena-inhabilitacion-expresidente-chaves-ere-andalucia_1_11525694.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en julio de 2024</a> el Constitucional anulara la condena de c&aacute;rcel de Gri&ntilde;&aacute;n y rebajara la inhabilitaci&oacute;n de Chaves, y el caso se quedara sin trama pol&iacute;tica aunque <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">con decenas de juicios pendientes</a> por ayudas fraudulentas, la Audiencia de Sevilla llev&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el pasado mes de julio</a> a la Justicia europea las sentencias del Constitucional.
    </p><p class="article-text">
        Pero volvamos a 2009. Alaya empez&oacute; entonces a tirar del hilo de&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/mercasevilla-sociedad-mercado-central-abastos_1_5747894.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la controvertida gesti&oacute;n de la lonja sevillana</a>&nbsp;al advertir que en los expedientes de regulaci&oacute;n de empleo de 2003 y 2007 hab&iacute;a 'intrusos', es decir, personas que aparec&iacute;an en los ERE pero que nunca hab&iacute;an trabajado para las mismas. Alaya imput&oacute; en el '<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/mercasevilla-sociedad-mercado-central-abastos_1_5747894.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso Mercasevilla</a>' a Rodrigo Torrijos&nbsp;<a href="https://sevilla.abc.es/sevilla/sevi-torrijos-imputado-caso-mercasevilla-201104070000_noticia.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en abril de 2011</a>&nbsp;por la venta de los suelos del mercado de abastos, apenas mes y medio antes de las elecciones municipales, que gan&oacute; Zoido por mayor&iacute;a absoluta. A&ntilde;os despu&eacute;s, en 2017,&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/sevilla/caso-mercasevilla_1_3330825.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Torrijos fue absuelto</a>&nbsp;en aquel caso y tanto&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/justicia-termina-sentencia-mercasevilla-alaya_1_6068335.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el CGPJ</a>&nbsp;como&nbsp;<a href="https://www.diariodesevilla.es/juzgado_de_guardia/actualidad/Consejo-aprecia-funcionamiento-Alaya-Mercasevilla_0_1691831210.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el Consejo de Estado</a>&nbsp;han puesto en duda aquella instrucci&oacute;n judicial de Alaya. En este mismo caso, el exdelegado provincial de Empleo de la Junta en Sevilla Antonio Rivas result&oacute; finalmente <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Supremo-absuelve-exdelegado-Empleo-Mercasevilla_0_267023498.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">absuelto por el Tribunal Supremo</a>&nbsp;en 2014 pese a haber sido condenado en 2012.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n podemos recordar el 'caso Fitonovo', instruido por Alaya. En noviembre de 2022,&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/sevilla/fiscalia-retira-acusacion-exconcejales-iu-sevilla-juicio-fitonovo_1_9756674.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la Fiscal&iacute;a retir&oacute; los cargos</a>&nbsp;contra los exdirigentes de IU en Sevilla&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/torrijos-exlider-iu-sevilla-ensayo-caceria-politica-ahora-marcha-gobierno-espana_128_9796216.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Antonio Rodrigo Torrijos</a>&nbsp;y&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/sevilla/exconcejal-iu-estudia-denunciar-jueza-alaya-le-explique-acusando-pruebas-dice-fiscal_1_9763695.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Jos&eacute; Manuel Garc&iacute;a</a>, que finalmente fueron luego absueltos. La sentencia conden&oacute; a penas de entre dos y nueve meses de c&aacute;rcel a diez de los diecisiete acusados, entre ellos concejales, funcionarios y empresarios, y absolvi&oacute; a las formaciones pol&iacute;ticas PSOE e IU-Los Verdes-Convocatoria por Andaluc&iacute;a como part&iacute;cipes a t&iacute;tulo lucrativo.
    </p><p class="article-text">
        La absoluci&oacute;n del expresidente del Real Betis Manuel Ruiz de Lopera&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Audiencia-Lopera-apropiacion-administracion-Betis_0_750325515.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en marzo de 2018</a>&nbsp;de apropiaci&oacute;n indebida y administraci&oacute;n desleal tambi&eacute;n fue un caso medi&aacute;tico que, desde el punto de vista penal, qued&oacute; en nada despu&eacute;s de a&ntilde;os de procedimiento judicial.
    </p><p class="article-text">
        A comienzos de 2017, un contundente auto judicial de la jueza Mar&iacute;a N&uacute;&ntilde;ez Bola&ntilde;os confirm&oacute; el archivo de la denominada pieza 'pol&iacute;tica' de los cursos de formaci&oacute;n en Andaluc&iacute;a. Rechaz&oacute;, como era de esperar, el recurso de reforma planteado por el PP andaluz pero lo hac&iacute;a cargando contra su antecesora, Mercedes Alaya, y la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil por &ldquo;iniciar causas penales desde la interpretaci&oacute;n de informes&rdquo; a partir de los cuales &ldquo;elaborar teor&iacute;as sobre conspiraci&oacute;n y tramas delictivas, como la sostenida en esta causa, viene siendo avalada tambi&eacute;n por el PP-A&rdquo;.&nbsp;La causa hab&iacute;a sido archivada el 11 de octubre de 2016&nbsp;siguiendo el criterio de&nbsp;<a href="http://www.eldiario.es/andalucia/Anticorrupcion-archivo-politica-formacion-apreciar_0_563443880.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n</a>. Aquello fue la <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/carpetazo-judicial-formacion-cronica-anunciado_1_3817708.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">cr&oacute;nica de un carpetazo anunciado</a>, mientras con el caso Aznalc&oacute;llar se ha llegado al fin de un proceso y de una absoluci&oacute;n anunciada.
    </p><h2 class="article-text">El 'efecto ERE'</h2><p class="article-text">
        Alaya tambi&eacute;n protagoniz&oacute; el llamado '<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/caso-ere-elecciones-andaluzas-2018_1_1868344.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">efecto ERE</a>', salpicado de&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/desdeelsur/imprudencias-alaya_132_5617378.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">decisiones suyas en momentos muy puntuales</a>, principalmente ante las auton&oacute;micas de marzo de 2012 (ganadas por el PP de Javier Arenas, si bien PSOE e IU hicieron coalici&oacute;n haciendo presidente a Gri&ntilde;&aacute;n) y en la campa&ntilde;a electoral de las municipales 2011, con el foco en la pol&iacute;tica sevillana, de las que sali&oacute; vencedor el ya citado Juan Ignacio Zoido. En su pen&uacute;ltimo caso medi&aacute;tico, en la primavera de 2023, s&iacute; que decidi&oacute; aplazar hasta despu&eacute;s de las elecciones municipales el juicio por el gasto de dinero p&uacute;blico en prost&iacute;bulos por parte del exdirector de la Fundaci&oacute;n Andaluza Fondo de Formaci&oacute;n y Empleo (Faffe) Fernando Vill&eacute;n, condenado luego a seis a&ntilde;os de c&aacute;rcel.
    </p><p class="article-text">
        Mercedes Alaya, en cualquier caso, fue la aut&eacute;ntica pesadilla para la Junta durante sus cuatro a&ntilde;os de instrucci&oacute;n de los ERE y el PSOE siempre ha considerado que la instrucci&oacute;n que llev&oacute; a cabo la jueza en la causa supuso una injerencia en la vida pol&iacute;tica andaluza. De hecho, ni cinco minutos, literalmente, le dur&oacute; el estreno de presidenta a Susana D&iacute;az cuando el 10 de septiembre de 2013, durante la toma de posesi&oacute;n de su nuevo equipo,&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Alaya-Grinan-Chaves-exconsejeros-ERE_0_173932883.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el PP andaluz filtraba el auto de Alaya que ped&iacute;a la imputaci&oacute;n de Chaves y Gri&ntilde;&aacute;n</a>, sus predecesores y padrinos pol&iacute;ticos (aunque luego fue&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-generalidad-preimputacion-caso-ere_1_5120660.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">anulada por la Audiencia</a>). A Alaya le sustituy&oacute; al frente del juzgado de los ERE Mar&iacute;a N&uacute;&ntilde;ez Bola&ntilde;os, amiga del exconsejero andaluz Emilio de Llera, fiscal en excedencia. Pero la &lsquo;pata pol&iacute;tica&rsquo; del caso, la m&aacute;s jugosa o la m&aacute;s dif&iacute;cil de gestionar, seg&uacute;n se mire, le toc&oacute; rematarla a &Aacute;lvaro Mart&iacute;n, quien&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ERE-expresidentes-andaluces-Chaves-Grinan_0_576742373.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">abri&oacute; en noviembre de 2016 el juicio oral</a>&nbsp;contra los m&aacute;ximos responsables de la Junta.
    </p><p class="article-text">
        Aquella bomba de Alaya al aguar la fiesta de estreno del Gobierno de D&iacute;az vino a ratificar de alg&uacute;n modo las coincidencias temporales entre sus decisiones y autos con determinadas actividades de la Junta desde que estallara el caso, all&aacute; por 2011, campa&ntilde;as electorales incluidas. &ldquo;Nada ni nadie va a condicionar la agenda del PSOE. Nada ni nadie&rdquo;, dijo el todav&iacute;a presidente Gri&ntilde;&aacute;n apenas un par de meses antes de ser 'preimputado', aquel termin&oacute; acu&ntilde;ado en los medios tras la decisi&oacute;n de Alaya de meterle en el charco de los ERE, principalmente como consejero de Hacienda. Pero la agenda s&iacute; fue condicionada, tanto como para hacer caer a dos expresidentes del PSOE y de la Junta.&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/Grinan-deja-presidencia-Andalucia-septiembre_0_156785084.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Gri&ntilde;&aacute;n renunci&oacute; a la Presidencia de la Junta en julio de 2013</a>&nbsp;para que &ldquo;ning&uacute;n esc&aacute;ndalo salpique a la Junta y a Andaluc&iacute;a&rdquo;, reconociendo definitivamente el desgaste sufrido. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/acusacion-infundada-caso-aznalcollar-nuevo-fracaso-jueza-alaya-manera-ver-cosas_129_12826764.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 06 Dec 2025 20:40:14 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Una "acusación infundada": por qué el caso Aznalcóllar es un nuevo fracaso de la jueza Alaya y su "manera de ver las cosas"]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/5c1318c3-9afa-4964-ab17-6dc029b0726b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Mercedes Alaya,Caso Aznalcóllar,Jueces,Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez procesa a siete ex altos cargos andaluces por 261 millones en ayudas a extrabajadores de Delphi en el caso ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/cadiz/juez-procesa-siete-ex-altos-cargos-andaluces-261-millones-ayudas-extrabajadores-delphi-caso-ere_1_12688222.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/137905f6-581e-4640-8f78-73e563819326_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez procesa a siete ex altos cargos andaluces por 261 millones en ayudas a extrabajadores de Delphi en el caso ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El magistrado considera que los hechos podrían ser constitutivos de presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental</p><p class="subtitle">Cronología de la sangría industrial de la Bahía de Cádiz en siete capítulos
</p></div><p class="article-text">
        El Juzgado de Instrucci&oacute;n n&uacute;mero 6 de Sevilla ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra siete ex altos cargos de la Junta de Andaluc&iacute;a y otras cinco personas investigadas en una pieza separada del caso de los expedientes de regulaci&oacute;n de empleo (ERE) centrada en la concesi&oacute;n y el pago presuntamente il&iacute;citos de ayudas sociales individuales a extrabajadores de la empresa Delphi Automotive Systems Espa&ntilde;a S.L. y su industria auxiliar por un montante total de 261.754.334 euros.
    </p><p class="article-text">
        En un auto fechado el d&iacute;a 15 de octubre y notificado a las partes personadas en este procedimiento, el magistrado toma esta decisi&oacute;n &ldquo;por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos&rdquo; de presuntos delitos de prevaricaci&oacute;n administrativa, malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos y falsedad documental, dando traslado de la causa a la Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n y a las acusaciones personadas para que, en el plazo com&uacute;n de 20 d&iacute;as, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusaci&oacute;n o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la pr&aacute;ctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusaci&oacute;n, seg&uacute;n el auto facilitado por la Oficina de Comunicaci&oacute;n del TSJA.
    </p><p class="article-text">
        El magistrado no estima necesaria la pr&aacute;ctica de nuevas diligencias instructoras en una pieza separada del caso ERE. De esta manera, el instructor contin&uacute;a el procedimiento contra cuatro exviceconsejeros de la Junta de Andaluc&iacute;a, dos ex directores generales de Trabajo y Seguridad Social y un ex director general de la agencia IDEA, as&iacute; como contra dos representantes sindicales de CCOO y UGT, dos 'intrusos' y un directivo de Uniter, la mediadora que &ldquo;intervino en la formalizaci&oacute;n de las correspondientes p&oacute;lizas de seguro&rdquo; de la Consejer&iacute;a de Empleo.
    </p><p class="article-text">
         El juez explica que las &ldquo;subvenciones excepcionales&rdquo; que describe en el auto fueron satisfechas con cargo al programa presupuestario 31-L. No obstante, &ldquo;de las diligencias practicadas es posible deducir otras l&iacute;neas de ayuda, distintas de las anteriores --y que tambi&eacute;n fueron concedidas y financiadas extramuros de cualquier forma de legalidad-- que habr&iacute;an sido satisfechas con cargo a programas presupuestarios distintos, al margen as&iacute; del programa presupuestario 22-E y 31-L de la Consejer&iacute;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, precisa que estas &ldquo;subvenciones excepcionales&rdquo; vinculadas con los Planes Personales de Inserci&oacute;n (PPI) de los extrabajadores de Delphi &ldquo;no habr&iacute;an sido acordadas y abonadas dentro del periodo de imputaci&oacute;n en la causa del procedimiento espec&iacute;fico por el correspondiente director general de Trabajo --en concierto con el correspondiente, a su vez, director general de IFA/IDEA-- con cargo a la partida 31-L&rdquo;, lo que &ldquo;justifica el sometimiento al proceso de los presuntos part&iacute;cipes en la operativa il&iacute;cita investigada, incluidos aquellos&rdquo; que han sido ya encausados y sometidos a juicio en la causa del procedimiento espec&iacute;fico, refiri&eacute;ndose en este sentido al caso concreto de un ex director general de Trabajo y dos exviceconsejeros.
    </p><p class="article-text">
        A juicio del instructor, dicho procedimiento espec&iacute;fico no tiene por objeto &ldquo;la presunta ilicitud de la concesi&oacute;n de ayudas mediante, como suceder&iacute;a en el supuesto de autos, otras partidas, programas operativas y mec&aacute;nicas presuntamente delictivas&rdquo;, abundando en que &ldquo;resulta inequ&iacute;voco que gran parte de los hechos delictivos objeto de investigaci&oacute;n en la presente causa no fueron objeto de enjuiciamiento&rdquo; en dicha pieza separada del caso ERE.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Desde luego, no fueron objeto de aqu&eacute;lla causa las disposiciones de fondos realizadas con cargo a cr&eacute;ditos presupuestarios distintos de los programas 22-E y 31-L&rdquo;, apostilla. El juez enumera tambi&eacute;n en el auto los motivos por los que considera que los hechos delictivos no estar&iacute;an afectados por la doctrina del Tribunal Constitucional (TC) reca&iacute;da con motivo de los recursos de amparo interpuestos en la causa del procedimiento espec&iacute;fico.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, se&ntilde;ala que &ldquo;resulta evidente que las disposiciones de fondos realizadas en favor de los extrabajadores de Delphi y su industria auxiliar, objeto de autos, exced&iacute;an notablemente del &aacute;mbito y finalidad del programa presupuestario 31-L --en sus sucesivos ejercicios--, pues no estaban destinados a mitigar la situaci&oacute;n de empresa alguna en crisis, favorecer un plan de reestructuraci&oacute;n o de viabilidad de &eacute;sta, ni se configuraban como ayudas sociolaborales en favor de los trabajadores de la sociedad, quienes se hab&iacute;an desligado de Delphi mediante la percepci&oacute;n de sus correspondientes indemnizaciones y ser&iacute;an beneficiarios de contrataciones laborales --ficticias-- a trav&eacute;s de empresas formadoras, a su vez subvencionadas por el SAE&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, destaca &ldquo;la ausencia de cualquier finalidad o inter&eacute;s p&uacute;blico en el otorgamiento y pago de las subvenciones&rdquo; investigadas en esta pieza separada. De otro lado, el magistrado acuerda el sobreseimiento provisional de la causa respecto de otros seis investigados vinculados a la Junta, en concreto cuatro exconsejeros y dos exdirectores de Administraci&oacute;n y Finanzas de la agencia IDEA, ya que contra ellos &ldquo;no se encuentran en la causa indicios s&oacute;lidos que permitan atribuirles participaci&oacute;n --relevante penalmente-- en los hechos por los que se procede en la presente causa&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, y en el caso de los exconsejeros, el juez argumenta que no constan en las actuaciones &ldquo;indicios suficientes de que, en su calidad de sucesivos titulares de las consejer&iacute;as de la Junta de Andaluc&iacute;a implicadas en la concesi&oacute;n y pago de las subvenciones dirigidas a financiar los &rdquo;Planes Personales de Inserci&oacute;n (PPI)&ldquo; de los extrabajadores de Delphi, habr&iacute;an tenido deliberada participaci&oacute;n en tales hechos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        A&ntilde;ade el magistrado que &ldquo;la implicaci&oacute;n&rdquo; de tales consejeros, superiores de los cuatro exvinceconsejeros investigados, &ldquo;no puede sostenerse en consideraci&oacute;n a evidencias solventes, m&aacute;s all&aacute; de las sospechas de que, por su posici&oacute;n como responsables m&aacute;ximos de las respectivas consejer&iacute;as, habr&iacute;an podido tener conocimiento de la irregular disposici&oacute;n de aqu&eacute;llos fondos y de los acuerdos determinantes de tal il&iacute;cita actuaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En el auto, el magistrado explica que, en esta pieza separada, se investiga la concesi&oacute;n y el pago presuntamente il&iacute;citos de ayudas sociales individuales a extrabajadores de Delphi y su industria auxiliar, &ldquo;articuladas, en su mayor parte, mediante p&oacute;lizas de prejubilaci&oacute;n, y derivadas de convenios suscritos en el a&ntilde;o 2009 as&iacute; como de resoluciones dictadas y &oacute;rdenes de pago firmadas a lo largo de los a&ntilde;os 2009 y 2010, fundamentalmente&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, el juez indica que estas &ldquo;subvenciones y ayudas irregulares&rdquo; fueron satisfechas &ldquo;a la postre&rdquo; por la agencia IFA/IDEA con cargo a fondos p&uacute;blicos a trav&eacute;s del programa presupuestario 31-L &ldquo;sin sumisi&oacute;n a procedimiento legal alguno&rdquo;, ascendiendo el importe de &ldquo;estas supuestas &rdquo;subvenciones&ldquo;, graciosamente concedidas por la Junta de Andaluc&iacute;a&rdquo;, a 261 millones.
    </p><p class="article-text">
        El instructor precisa que dichos fondos &ldquo;habr&iacute;an sido arbitrariamente concedidos y dispuestos, fundamentalmente, para atender el pago de compromisos financieros, as&iacute; como los acuerdos suscritos, vinculados --formalmente-- al cierre de la empresa&rdquo;, y todo ello &ldquo;mediante la financiaci&oacute;n de un seguro de rentas en favor&rdquo; de los extrabajadores de Delphi afectados, en particular p&oacute;lizas de seguro de prejubilaci&oacute;n a dichos extrabajadores por importe de 250.507.099 euros; p&oacute;lizas de seguro de prejubilaci&oacute;n para extrabajadores de la industria auxiliar de Delphi por importe de 7.840.847 euros, o p&oacute;lizas de seguro para extrabajadores de Delphi y su industria auxiliar con incapacidad laboral en grado de permanente total por valor de 3.406.388 euros.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/cadiz/juez-procesa-siete-ex-altos-cargos-andaluces-261-millones-ayudas-extrabajadores-delphi-caso-ere_1_12688222.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Oct 2025 10:33:18 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El juez procesa a siete ex altos cargos andaluces por 261 millones en ayudas a extrabajadores de Delphi en el caso ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Cádiz,Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla condena a un ex alto cargo de la Junta de Andalucía a 4 años de cárcel por el ERE de Fertiberia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-condena-ex-alto-cargo-junta-andalucia-4-anos-carcel-ere-fertiberia_1_12605763.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a765cd53-e88b-461e-adbf-750a97b1d513_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Sevilla condena a un ex alto cargo de la Junta de Andalucía a 4 años de cárcel por el ERE de Fertiberia"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia absuelve a un exdirigente de CCOO y al sindicato como responsable civil subsidiario</p><p class="subtitle">Dos condenados en una pieza del caso ERE por recibir miles de euros por “amistad o vecindad” con un alto cargo
</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a cuatro a&ntilde;os y un mes de c&aacute;rcel al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andaluc&iacute;a, Daniel Alberto Rivera, en una pieza separada del caso ERE por delitos de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos en las ayudas a catorce extrabajadores de la empresa Fertiberia.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia, fechada el pasado 11 de septiembre y difundida este martes por la Oficina de Comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA), condena adem&aacute;s a Rivera a diez a&ntilde;os y un mes de inhabilitaci&oacute;n absoluta y a indemnizar a la Junta de Andaluc&iacute;a con 682.598,50 euros, cantidad que se corresponde con las tres &oacute;rdenes de pago que emiti&oacute; y que determinaron los correspondientes abonos de las ayudas.
    </p><p class="article-text">
        Por contra, los magistrados absuelven de dichos delitos a un exdirigente de CCOO y al propio sindicato como responsable civil subsidiario. As&iacute;, y en relaci&oacute;n al primero, la Audiencia argumenta que &ldquo;no se ha podido probar que existiera una contribuci&oacute;n eficiente y causal&rdquo; del exdirigente sindical m&aacute;s all&aacute; de su presencia en una reuni&oacute;n entre el comit&eacute; de empresa y el entonces delegado de Empleo en Sevilla. 
    </p><p class="article-text">
        En el juicio, la Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n solicit&oacute; para los dos acusados cinco a&ntilde;os de c&aacute;rcel y doce a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n absoluta, as&iacute; como que, en concepto de responsabilidad civil, el representante sindical indemnizara con 2.262.666,61 euros a la Junta, y que el ex alto cargo de la Junta restituyera de aquella cantidad el importe de 682.598,50 euros.
    </p><h2 class="article-text">Condiciones de prejubilaci&oacute;n tras ser excluidos del ERE</h2><p class="article-text">
        El tribunal considera probado que en octubre de 2003 Fertiberia interes&oacute; la tramitaci&oacute;n de un ERE con la intenci&oacute;n de extinguir 166 puestos de trabajo, aprobado por acuerdo entre empresa y trabajadores en diciembre de ese mismo a&ntilde;o. Los trabajadores pod&iacute;an optar por ser incluidos en un plan de prejubilaciones mediante p&oacute;liza de seguro en la que aparec&iacute;a como tomador Fertiberia o por percibir una indemnizaci&oacute;n de 20 d&iacute;as de salario bruto por a&ntilde;o de servicio, con un m&aacute;ximo de 12 meses. Adicionalmente se acordaron 77 traslados geogr&aacute;ficos de los centros de la empresa en Cartagena y Sevilla y 12 de los trabajadores afectados interesaron de Fertiberia la finalizaci&oacute;n de la relaci&oacute;n laboral mediante una baja incentivada entre marzo y mayo de 2004.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados a&ntilde;aden que estos doce trabajadores ten&iacute;an la intenci&oacute;n, una vez desvinculados de la empresa, de recabar la ayuda de la Direcci&oacute;n de Trabajo para poder conseguir las condiciones de prejubilaci&oacute;n a las que no hab&iacute;an accedido en el ERE, para lo que remitieron una solicitud individualizada y otra de forma colectiva al entonces titular de la Direcci&oacute;n General de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, y al delegado provincial de Empleo. Guerrero comunic&oacute; en octubre de 2004 a la consultora Vitalia la conformidad de su departamento a suscribir una p&oacute;liza por cada uno de los doce extrabajadores de la empresa &ldquo;a fin de facilitar la obtenci&oacute;n de las condiciones de prejubilaci&oacute;n a las que no hab&iacute;an podido acceder en el ERE&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en casaci&oacute;n ante el Supremo, recoge que la cantidad total a abonar ascend&iacute;a a 2.162.608,44 euros, importe del que correspond&iacute;a pagar a los antiguos trabajadores 541.509,18 euros, mientras que el resto ser&iacute;a abonado por la Junta, aunque posteriormente el monto a abonar por la Administraci&oacute;n auton&oacute;mica ascendi&oacute; hasta los 1.947.931,30 euros en virtud de doce suplementos de p&oacute;lizas que aumentaron la deuda por intereses moratorios debidos a impagos.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados aluden a continuaci&oacute;n a otras dos p&oacute;lizas suscritas para otros dos extrabajadores de la empresa y explican que, para los pagos de todas las p&oacute;lizas referidas, el entonces director general de Trabajo, Juan M&aacute;rquez, dict&oacute; resoluciones que ordenaban a la agencia IDEA el traspaso de fondos p&uacute;blicos a la cuenta corriente de la entidad aseguradora.
    </p><p class="article-text">
        Posteriormente, y una vez que tom&oacute; posesi&oacute;n como director general de Trabajo en abril de 2010, Rivera orden&oacute; en septiembre de ese mismo a&ntilde;o a IDEA el pago de 70.852,96 euros mediante transferencia a la cuenta de titularidad de Apra Leven para que fuera aplicada a algunas de las p&oacute;lizas, tras lo que, el 29 de octubre, orden&oacute; a IDEA el pago de otros 464.863,22 euros a Grupo Generali Espa&ntilde;a para que fuera aplicado a otras de las p&oacute;lizas, de forma que las transferencias &ldquo;se realizaron en todos los casos de fondos p&uacute;blicos&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">No exist&iacute;a expediente de tramitaci&oacute;n de la ayuda</h2><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia agrega que, en la gestaci&oacute;n de la ayuda concedida por la Direcci&oacute;n de Trabajo, &ldquo;existi&oacute; una falta completa de tramitaci&oacute;n de expediente administrativo, sin que, a fecha de su concesi&oacute;n, el titular de dicha direcci&oacute;n general ostentara delegada la competencia para la adjudicaci&oacute;n de dicha ayuda, porque correspond&iacute;a al titular de la Consejer&iacute;a de Empleo&rdquo;, y precisa que &ldquo;la decisi&oacute;n adoptada por el entonces director general de Trabajo culmin&oacute; con pagos procedentes de fondos p&uacute;blicos por importes de 1.947.931,30 euros que fueron ingresados en la cuenta bancaria de Vitalicio Seguros/Grupo Generali Espa&ntilde;a y de 317.735,28 euros que se ingresaron en la cuenta bancaria de Apra Leven&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados aseveran que, &ldquo;a pesar de que en las respectivas resoluciones dictadas&rdquo; por el ex alto cargo condenado que ordenaban los pagos referidos a la agencia IDEA, &ldquo;se mencionaba que en la Direcci&oacute;n General obraba el expediente completo de la tramitaci&oacute;n de la ayuda, dicho expediente no exist&iacute;a, porque se hab&iacute;a prescindido de una forma total del procedimiento legalmente establecido&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Al entonces director general le constaba que no exist&iacute;a ninguna base reguladora, que no se hab&iacute;a dado publicidad a la concesi&oacute;n de las ayudas y que no se hab&iacute;an determinado los requisitos que deb&iacute;an cumplir los beneficiarios&rdquo;, sostiene el tribunal, que a&ntilde;ade que &ldquo;conoc&iacute;a que no hubo fiscalizaci&oacute;n previa de la Intervenci&oacute;n Delegada de la Consejer&iacute;a de Empleo ni seguimiento la aplicaci&oacute;n del importe de la ayuda concedida&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello, la Secci&oacute;n Primera concluye que el condenado es autor de delitos de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n &ldquo;por su concreta intervenci&oacute;n en las &oacute;rdenes de pago que determinaron el abono de un total de 682.598,50 euros a las p&oacute;lizas de las que resultaron beneficiarios los antiguos trabajadores de Fertiberia&rdquo;. El tribunal considera que &ldquo;no se ha acreditado que nos encontremos ante ayudas sociolaborales amparadas por la partida 31L&rdquo;, avalada en la sentencia del Supremo sobre las ayudas a Acyco, ya que los destinatarios no son &ldquo;trabajadores de Fertiberia&rdquo; sino personas ajenas a la empresa, que solicitan unos beneficios econ&oacute;micos que faciliten su prejubilaci&oacute;n&ldquo;, remarcando adem&aacute;s &rdquo;la ausencia de fin p&uacute;blico&ldquo;.
    </p><h2 class="article-text">Un voto particular pide absolver a Rivera</h2><p class="article-text">
        La sentencia cuenta con el voto particular de unos de los tres magistrados que conforman el tribunal, Pedro Izquierdo, quien considera que el ex director general de Trabajo condenado deber&iacute;a haber sido absuelto, ya que &ldquo;los beneficiarios&rdquo; de las ayudas &ldquo;no son personas ajenas a la empresa sino trabajadores de la misma a los que en el transcurso de la reestructuraci&oacute;n laboral se les ofreci&oacute; la posibilidad de finalizar sus contratos de trabajo para poder cobrar las citadas indemnizaciones&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Tal circunstancia supone una conexi&oacute;n funcional, personal y cronol&oacute;gica entre Fertiberia, de la que provienen las indemnizaciones aportadas para solicitar la ayuda, y los beneficiarios de las p&oacute;lizas como trabajadores de aquella, aunque Fertiberia no conste en las mismas, que impide considerarlos como sujetos absolutamente ajenos a ella, supuesto este &uacute;ltimo que s&iacute; ser&iacute;a, en su caso, merecedor de reproche penal&rdquo;, concluye el voto particular del magistrado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-condena-ex-alto-cargo-junta-andalucia-4-anos-carcel-ere-fertiberia_1_12605763.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 16 Sep 2025 08:51:49 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla condena a un ex alto cargo de la Junta de Andalucía a 4 años de cárcel por el ERE de Fertiberia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sevilla,Caso ERE,Andalucía,Empleo,Junta de Andalucía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Dos condenados en una pieza del caso ERE por recibir miles de euros por "amistad o vecindad" con un alto cargo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/condenados-penas-carcel-pieza-separada-ere-recibir-ayudas-amistad-guerrero_1_12597350.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/446d9f0d-72ad-4bab-93c0-13bfcd37260e_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="880" height="495" alt="El exdirector de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, a su llegada a la Audiencia Provincial de Sevilla en noviembre de 2019."></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El ex director general de Trabajo y Seguridad Social Javier Guerrero benefició con dinero público a cuatro personas "por el mero hecho de tratarse de personas de su entorno personal"</p><p class="subtitle">Los ERE después del Constitucional: sin trama política pero con decenas de juicios pendientes por ayudas fraudulentas
</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a penas de 22 meses y 15 meses de c&aacute;rcel, respectivamente, a dos acusados en una pieza separada del caso ERE por recibir ayudas econ&oacute;micas mediante p&oacute;lizas de rentas sufragadas con fondos p&uacute;blicos dada su &ldquo;relaci&oacute;n de amistad o vecindad&rdquo; con el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Francisco Javier Guerrero, ya fallecido, mientras que ha absuelto a otras tres personas en relaci&oacute;n con estos hechos, dos empleados de la consultora Vitalia S.A. y la hija de uno de los dos condenados.
    </p><p class="article-text">
        En la sentencia, fechada el pasado 9 de septiembre y notificada este viernes a las partes, el tribunal condena a Alejandro M.T. como cooperador necesario de un delito de prevaricaci&oacute;n en concurso medial con un delito continuado de malversaci&oacute;n, con la atenuante de dilaciones indebidas, y le impone cuatro a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n especial para empleo o cargo p&uacute;blico por el delito de prevaricaci&oacute;n y un a&ntilde;o y diez meses de prisi&oacute;n y tres a&ntilde;os y ocho meses de inhabilitaci&oacute;n absoluta por la malversaci&oacute;n. En concepto de responsabilidad civil, deber&aacute; indemnizar a la Junta en la cantidad de 333.072,07 euros, correspondiente al total percibido por la suscripci&oacute;n de las p&oacute;lizas.
    </p><p class="article-text">
        A la hora de imponer estas penas, el tribunal tiene en cuenta &ldquo;la intensidad de reproche que merece su conducta, orientada a lucrarse a costa de fondos p&uacute;blicos sin m&aacute;s m&eacute;rito que el favor buscado de su amigo como director de Trabajo&rdquo;, a&ntilde;adiendo que, &ldquo;al resultar as&iacute; favorecido, se situ&oacute; por encima de otros ciudadanos y se lucr&oacute; il&iacute;citamente a costa de fondos p&uacute;blicos en una no desde&ntilde;able suma de 333.072,07 euros que fue percibiendo durante un largo periodo de tiempo y le permiti&oacute; enriquecerse y engrosar su patrimonio en detrimento, con toda seguridad, de la consecuci&oacute;n de los l&iacute;citos fines sociolaborales que habr&iacute;an sido cubiertos con las cantidades defraudadas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, los magistrados condenan a Rafael R.G. por esos mismos delitos aunque con las atenuantes de reparaci&oacute;n del da&ntilde;o y dilaciones indebidas, y le imponen dos a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n especial para empleo o cargo p&uacute;blico por el delito de prevaricaci&oacute;n y un a&ntilde;o y tres meses de c&aacute;rcel y dos a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n absoluta por el delito de malversaci&oacute;n. De igual modo, y en concepto de responsabilidad civil, tendr&aacute; que indemnizar a la Junta con 91.196,76 euros, cantidad correspondiente al total percibido por la suscripci&oacute;n de las p&oacute;lizas y de la que ser&aacute; detra&iacute;da la suma de 54.880,03 euros que ya consign&oacute; en la cuenta del Juzgado de Instrucci&oacute;n, y que deber&aacute; ser reintegrada a la Administraci&oacute;n auton&oacute;mica.
    </p><p class="article-text">
        En este caso, la Audiencia tiene en cuenta que, &ldquo;ya desde su primera declaraci&oacute;n, ante la posible ilicitud de su conducta, se mostr&oacute; proclive a devolver el dinero y as&iacute; lo hizo en gran parte hasta completar una consignaci&oacute;n de 54.880,03 euros a resultas de su responsabilidad&rdquo;, lo cual &ldquo;debe tener una repercusi&oacute;n positiva en la individualizaci&oacute;n de la pena&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En la sentencia, difundida por la Oficina de Comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) y consultada por Europa Press, el tribunal considera probado que Guerrero manten&iacute;a &ldquo;relaciones personales de amistad y/o vecindad&rdquo; con los condenados y con otras dos personas ya fallecidas y &ldquo;aprovech&oacute; que ten&iacute;a a su disposici&oacute;n fondos p&uacute;blicos de la Junta y, careciendo de competencia para ello, al margen de cualquier procedimiento legalmente establecido y sin que existiera un fin p&uacute;blico para su aplicaci&oacute;n, benefici&oacute; con dinero p&uacute;blico&rdquo; a las cuatro personas aludidas &ldquo;por el mero hecho de tratarse de personas de su entorno personal, lo cual supuso un quebranto de los intereses generales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados precisan que, &ldquo;en la operativa para la consecuci&oacute;n del fin propuesto, que no era otro que materializar sin justa causa ese beneficio personal&rdquo;, el entonces director general de Trabajo &ldquo;orden&oacute; a favor de los mencionados pagos en forma de rentas con cargo a fondos p&uacute;blicos de la Junta a trav&eacute;s de la suscripci&oacute;n de p&oacute;lizas de rentas de supervivencia y de capital diferido en las que les hizo figurar como asegurados y beneficiarios con la finalidad de que aqu&eacute;llos vieran aumentados indebida y considerablemente sus ingresos mediante elevados importes&rdquo;, todo ello &ldquo;pese a que estas personas eran ya beneficiarias de otras pensiones, prestaciones o ayudas p&uacute;blicas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, las cuatro personas mencionadas, como beneficiarias de las p&oacute;lizas, &ldquo;estuvieron cobrando durante a&ntilde;os las sumas&rdquo; expuestas en la sentencia, y ello &ldquo;pese a que eran plenamente conscientes, ausente cualquier derecho a percibirlas con respaldo legal, de que s&oacute;lo su relaci&oacute;n o vinculaci&oacute;n personal con el director general de Trabajo las habilitaba&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados detallan la existencia de un &ldquo;sistema de pagos cruzados&rdquo; consistente en &ldquo;destinar parte del importe de las primas de esas p&oacute;lizas de empresa, ya en poder de las aseguradoras, a pagar las primas de las p&oacute;lizas individuales que se contrataban por indicaci&oacute;n&rdquo; del director general de Trabajo &ldquo;en beneficio de unos particulares que, ausente cualquier vinculaci&oacute;n con las empresas en cuesti&oacute;n o con cualquier otra, se enriquec&iacute;an de modo consciente por el solo hecho de tener alg&uacute;n tipo de relaci&oacute;n o vinculaci&oacute;n de &iacute;ndole personal&rdquo; con Guerrero.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, y &ldquo;siguiendo &oacute;rdenes&rdquo; del responsable de esta Direcci&oacute;n General, &ldquo;los pagos los hac&iacute;an directamente las aseguradoras a los particulares beneficiarios, con lo que se elud&iacute;a cualquier control administrativo, financiero y presupuestario dado que el movimiento de fondos p&uacute;blicos carec&iacute;a de reflejo en la contabilidad de la Junta y tambi&eacute;n en la de la agencia IDEA&rdquo;, asevera la Audiencia.
    </p><p class="article-text">
        El tribunal subraya que, de esta forma, el entonces director general de Trabajo, &ldquo;en connivencia&rdquo; con los dos condenados y las otras dos personas ya fallecidas, logr&oacute; que su departamento &ldquo;se hiciera cargo de las p&oacute;lizas en su totalidad sin responder a ning&uacute;n inter&eacute;s general, p&uacute;blico o social, sino s&oacute;lo para enriquecer con los fondos p&uacute;blicos andaluces a personas de su entorno personal, siendo esto consentido por los mencionados acusados, quienes contribuyeron de forma activa y determinante para ello&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por todo ello, los magistrados consideran que &ldquo;el dinero p&uacute;blico distra&iacute;do se concedi&oacute; gratuitamente por el director de Trabajo sin competencia para ello, sin cr&eacute;dito suficiente, y de forma arbitraria, prescindiendo absolutamente del procedimiento establecido con grave perjuicio a las arcas p&uacute;blicas&rdquo;, lo que &ldquo;permiti&oacute; que se lucraran injustamente particulares, con los que ten&iacute;a vinculaci&oacute;n personal, a expensas de fondos de la Junta&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido, inciden en que &ldquo;el hecho de que las personas favorecidas resultaran beneficiarias de estas p&oacute;lizas no estaba relacionado con ning&uacute;n ERE ni con ninguna circunstancia referida a sus respectivas vidas laborales y s&iacute;, solamente, con el v&iacute;nculo o relaci&oacute;n que manten&iacute;an&rdquo; con el director general de Trabajo &ldquo;a t&iacute;tulo particular&rdquo;, mientras que, &ldquo;en sentido inverso, este &uacute;ltimo, alejado de un fin de inter&eacute;s general, destin&oacute; dinero p&uacute;blico que gestionaba en funci&oacute;n de su cargo a favorecer econ&oacute;micamente a unos particulares por el mero hecho de tener con ellos una relaci&oacute;n privada o personal, ya fuera de amistad, de vecindad o derivada del hecho de compartir afiliaci&oacute;n a un mismo partido pol&iacute;tico&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        De otro lado, el tribunal indica que la consultora Vitalia S.A. fue la encargada de la tramitaci&oacute;n de todas las p&oacute;lizas de seguro, pero no ha podido acreditar la participaci&oacute;n espec&iacute;fica de los dos trabajadores acusados en la gesti&oacute;n y tramitaci&oacute;n de las p&oacute;lizas&ldquo;. Tambi&eacute;n absuelven a la hija de uno de los dos condenados porque &rdquo;no se ha constatado que solicitara al director general de Trabajo la ayuda econ&oacute;mica para su padre, ni que se prevaliera de su amistad&ldquo; con &eacute;l.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/condenados-penas-carcel-pieza-separada-ere-recibir-ayudas-amistad-guerrero_1_12597350.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 12 Sep 2025 11:44:20 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Dos condenados en una pieza del caso ERE por recibir miles de euros por "amistad o vecindad" con un alto cargo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Álvaro Martín, instructor de los ERE que ordenó procesar a Chaves y Griñán, nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/sevilla/alvaro-martin-instructor-ere-ordeno-procesar-chaves-grinan-nuevo-presidente-audiencia-sevilla_1_12487740.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bc2e0bd3-01a5-472d-bd43-b8a2c90de11f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Álvaro Martín, instructor de los ERE que ordenó procesar a Chaves y Griñán, nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El CGPJ reelige a Lorenzo del Río al frente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía</p><p class="subtitle">Hemeroteca - El juez de los ERE abre juicio oral contra los expresidentes andaluces Chaves y Griñán
</p></div><p class="article-text">
        El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este mi&eacute;rcoles el nombramiento del magistrado &Aacute;lvaro Marcos Mart&iacute;n G&oacute;mez, como nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla, un puesto vacante desde noviembre de 2021 tras la jubilaci&oacute;n del magistrado Dami&aacute;n &Aacute;lvarez despu&eacute;s de 13 a&ntilde;os al frente de la instituci&oacute;n, extremo derivado del prolongado bloqueo en la renovaci&oacute;n del &oacute;rgano de gobierno del Poder Judicial por la falta de acuerdo pol&iacute;tico.
    </p><p class="article-text">
        El magistrado &Aacute;lvaro Marcos Mart&iacute;n G&oacute;mez cuenta en su trayectoria con haber instruido parte de la macrocausa de los expedientes de regulaci&oacute;n de empleo (ERE) fraudulentos financiados con cargo a la Junta de Andaluc&iacute;a y las ayudas arbitrarias y sin publicidad a empresas.
    </p><p class="article-text">
        De hecho, fue el juez instructor que, all&aacute; en mayo de 2016, orden&oacute; la continuaci&oacute;n por el tr&aacute;mite del procedimiento abreviado de las diligencias correspondientes al mecanismo de financiaci&oacute;n de los ERE, es decir la denominada como &ldquo;pieza pol&iacute;tica&rdquo;; con relaci&oacute;n a m&aacute;s de una veintena de exaltos cargos socialistas de la Junta de Andaluc&iacute;a, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, cuyas condenas dictadas por la Audiencia y confirmadas por el Supremo fueron anuladas por el Tribunal Constitucional, con la orden de emisi&oacute;n de nuevas sentencias, extremo objeto de una cuesti&oacute;n prejudicial del &oacute;rgano provincial ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea.
    </p><p class="article-text">
        La candidatura de &Aacute;lvaro Mart&iacute;n, actualmente magistrado en la Secci&oacute;n Cuarta de la Audiencia, ha prosperado as&iacute; sobre las cuatro candidaturas restantes que concurr&iacute;an al cargo de la Presidencia de la Audiencia, vacante desde 2021.
    </p><p class="article-text">
        En concreto, tras ser efectiva el 28 de noviembre de 2021 la jubilaci&oacute;n de Dami&aacute;n &Aacute;lvarez, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) deb&iacute;a designar a un nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla.
    </p><p class="article-text">
        No obstante, el CGPJ estaba entonces pendiente de su renovaci&oacute;n por falta de acuerdo pol&iacute;tico entre el PSOE y el PP y, por tanto, ejerc&iacute;a sus responsabilidades en funciones, pesando una proposici&oacute;n de ley impulsada por el PSOE y Unidas Podemos en marzo de 2021, que impide que la entidad pudiese hacer nombramientos discrecionales en la c&uacute;pula judicial cuando haya expirado su mandato; extremo por el cual el CGPJ acumul&oacute; decenas y decenas de nombramientos pendientes.
    </p><p class="article-text">
        Dado el caso, la falta de acuerdo pol&iacute;tico para la renovaci&oacute;n del CGPJ imped&iacute;a la resoluci&oacute;n del nombramiento del nuevo presidente/a de la Audiencia de Sevilla, siendo la misma asignada en funciones al magistrado m&aacute;s antiguo de la instituci&oacute;n, en ese caso el juez Juan M&aacute;rquez, sucedido a su jubilaci&oacute;n forzosa por su hermano Rafael en esta responsabilidad interina.
    </p><p class="article-text">
        Pero tras el acuerdo pol&iacute;tico alcanzado meses atr&aacute;s para la renovaci&oacute;n del CGPJ, el Bolet&iacute;n Oficial del Estado (BOE) publicaba el cuerdo de fecha 12 de febrero de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocaba al fin la provisi&oacute;n de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Sevilla.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, el pleno del CGPJ ha nombrado en paralelo a Jos&eacute; Mu&ntilde;oz P&eacute;rez, vocal togado del Tribunal Militar Territorial Segundo de Sevilla, con empleo de comandante auditor.
    </p><h2 class="article-text">Del R&iacute;o, reelegido</h2><p class="article-text">
        El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha reelegido a Lorenzo del R&iacute;o como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) para un tercer mandato, en el marco del total de 26 nombramientos a los que ha procedido este mi&eacute;rcoles, seg&uacute;n ha informado el &oacute;rgano de gobierno de los jueces en una nota de prensa.
    </p><p class="article-text">
        Del R&iacute;o, que ha estado en funciones en el puesto desde 2021, afronta as&iacute; el que ser&aacute; su tercer mandato al frente de la presidencia del alto tribunal andaluz, un puesto para el que es ratificado para cinco a&ntilde;os, si bien su jubilaci&oacute;n est&aacute; prevista en diciembre de 2028, con 72 a&ntilde;os, seg&uacute;n han detallado fuentes consultadas por Europa Press en el TSJA.
    </p><p class="article-text">
        El CGPJ ha ratificado tambi&eacute;n este mi&eacute;rcoles a los magistrados Andr&eacute;s Mart&iacute;nez Arrieta y Pablo Lucas, los candidatos apoyados por el sector conservador, como presidentes de las salas de lo Penal y lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, cargos que ocupaban ya de forma interina, tras la retirada de sus &uacute;nicas contrincantes, Ana Ferrer y Pilar Teso, para desencallar ambos nombramientos en puestos clave.
    </p><p class="article-text">
        El pasado noviembre, Del R&iacute;o enmarc&oacute; en una decisi&oacute;n &ldquo;muy meditada&rdquo; el haberse puesto a disposici&oacute;n del CGPJ para optar a su tercer y &uacute;ltimo mandato al frente del alto tribunal andaluz, pues se mostraba consciente del tiempo que hab&iacute;a transcurrido en dicho cargo si bien se hab&iacute;a &ldquo;visto animado por muchos compa&ntilde;eros a hacerlo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Tanto integrantes de Sala de Gobierno, con responsabilidades tambi&eacute;n en &oacute;rganos gobernativos, me han insistido y me han visto con ganas, con ilusi&oacute;n, con compromiso&rdquo;, relat&oacute; a preguntas de los periodistas en el Parlamento andaluz despu&eacute;s de que trascendiera que optar&aacute; a la reelecci&oacute;n como presidente del TSJA una vez que el CGPJ convoc&oacute; la plaza, junto a la de otros cuatro tribunales superiores por vencimiento de mandato.
    </p><p class="article-text">
        Lorenzo del R&iacute;o tom&oacute; posesi&oacute;n de su cargo en diciembre de 2010 y fue reelegido en enero de 2016, por lo que llevaba en funciones en concreto desde enero de 2021. Antes de llegar a la presidencia del TSJA, donde sustituy&oacute; en el cargo a Augusto M&eacute;ndez de Lugo, presidi&oacute; durante doce a&ntilde;os la Audiencia Provincial de C&aacute;diz.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[SevillaelDiario.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/sevilla/alvaro-martin-instructor-ere-ordeno-procesar-chaves-grinan-nuevo-presidente-audiencia-sevilla_1_12487740.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 23 Jul 2025 17:25:01 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/bc2e0bd3-01a5-472d-bd43-b8a2c90de11f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="75277" type="image/jpeg"/>
      <media:content url="https://static.eldiario.es/clip/bc2e0bd3-01a5-472d-bd43-b8a2c90de11f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" type="image/jpeg" fileSize="75277" width="1200" height="675"/>
      <media:title><![CDATA[Álvaro Martín, instructor de los ERE que ordenó procesar a Chaves y Griñán, nuevo presidente de la Audiencia de Sevilla]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla lleva a la Justicia europea las sentencias del Constitucional que anulan las condenas del caso ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ba9d8775-35e9-49f9-8f07-c77994054bbe_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Sevilla lleva a la Justicia europea las sentencias del Constitucional que anulan las condenas del caso ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los jueces suspenden la ejecución de los fallos que exculparon a Chaves, Griñán y los exconsejeros socialistas, acusan al TC de haber "suplantado" las funciones del Supremo y acuden al Tribunal Europeo para “evitar que se produzca un riesgo sistémico de impunidad futura" y "salvaguardar los intereses financieros de la Unión Europea"
</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE

</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla ha decidido finalmente plantear cuatro cuestiones prejudiciales sobre el caso de los ERE ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) para que revise las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que anularon total o parcialmente las condenas a los expresidentes andaluces, Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, &nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como hab&iacute;a solicitado el pasado febrero la acusaci&oacute;n representada por el PP</a>. 
    </p><p class="article-text">
        En un auto fechado el 14 de julio y notificado este martes a las partes personadas en este procedimiento, contra el que no cabe interponer recurso alguno, los magistrados dejan en suspenso la ejecuci&oacute;n de las sentencias&ldquo; del TC hasta que la Justicia Europea resuelva si el Tribunal de Garant&iacute;as en Espa&ntilde;a se ha extralimitado, si &rdquo;podr&iacute;a haber suplantado la funci&oacute;n de interpretaci&oacute;n del Tribunal Supremo como &oacute;rgano jurisdiccional superior -que ratific&oacute; las condenas a los dirigentes socialistas-, si err&oacute; al considerar que aprobar un anteproyecto de ley &ldquo;no es un acto administrativo&rdquo;, y si esa conclusi&oacute;n misma no vulnera el Derecho de la Uni&oacute;n y su jurisprudencia en la lucha contra delitos asociados a la corrupci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia ha considerado &ldquo;imprescindible&rdquo; el planteamiento de estas cuestiones prejudiciales para &ldquo;evitar que, por efecto de la doctrina incluida en las repetidas sentencias del TC, se produzca un riesgo sist&eacute;mico de impunidad en la lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, el fraude o la actividad ilegal que afecta a los intereses de la Uni&oacute;n y contra la corrupci&oacute;n en general&rdquo; (...), y para &ldquo;salvaguardar los intereses financieros de la UE&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n de la Audiencia llega despu&eacute;s de tres jornadas de deliberaci&oacute;n entre abril y mayo, y de que los propios jueces de este tribunal <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deja-fuera-gobierno-moreno-caso-ere_1_12348219.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">impidieran a la Junta personarse en un caso</a> que, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/cronologia-ere-elaborar-aprobar-presupuesto-no-delito-15-anos-despues_1_11460781.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">desde 2009</a>, revis&oacute; el proceder de los gobiernos socialistas en Andaluc&iacute;a en la concesi&oacute;n de ayudas a trabajadores y empresas en crisis en la primera d&eacute;cada del siglo XXI, llev&aacute;ndose por delante a la c&uacute;pula de los ejecutivos de Chaves y Gri&ntilde;&aacute;n.  
    </p><p class="article-text">
        Es de recordar que la Audiencia de Sevilla hab&iacute;a acordado el a&ntilde;o pasado&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-encarga-nueva-sentencia-ere-juezas-primer-fallo-tres-nuevos-magistrados_1_11799005.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la constituci&oacute;n del tribunal</a>&nbsp;para el dictado de las nuevas sentencias en la llamada 'pieza pol&iacute;tica' de los ERE&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Constitucional desinflara la macrocausa antes del verano</a>&nbsp;y de que el Tribunal Supremo empezase a absolver a exaltos cargos socialistas&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/primera-decision-supremo-ere-sentencias-constitucional-exaltos-cargos-absueltos-pieza_1_11886577.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de otras piezas pendientes al haber sido ya juzgados</a>. M&aacute;s lejos queda ya el fallo del Supremo de septiembre de 2022 que ratific&oacute; las condenas por delitos de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de la sentencia de noviembre de 2019 de la Audiencia de Sevilla.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Esta Sala no puede descartar que las sentencias del TC (&hellip;), sin haber llevado a cabo ponderaci&oacute;n alguna de los intereses de la UE en juego, resulten contrarias al Derecho de la Uni&oacute;n y los Tratados y a la interpretaci&oacute;n que de ellos ha realizado la jurisprudencia del TJUE, atenten contra el principio de primac&iacute;a del Derecho de la Uni&oacute;n y generen una interpretaci&oacute;n desigual del Derecho de la Uni&oacute;n en materia de protecci&oacute;n de los intereses financieros de la UE y una falta de aplicaci&oacute;n uniforme del Derecho de la UE en la materia&rdquo;, concluyen ahora los magistrados de la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Interpretaci&oacute;n restrictiva de la legalidad penal&rdquo;</h2><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n de los jueces es especialmente dura con las sentencias del Constitucional que en su momento baraj&oacute; impedir que la Audiencia acudiera a la Justicia Europea, entendiendo que era la primera vez que un juzgado ordinario se rebelaba contra el Tribunal de Garant&iacute;as. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el escrito de la Audiencia, las sentencias del TC &ldquo;estiman una vulneraci&oacute;n del principio de legalidad penal nacional de altos cargos del Gobierno de la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a condenados por los tribunales penales ordinarios (Audiencia Provincial de Sevilla y Tribunal Supremo) por prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n, e imponen a los tribunales espa&ntilde;oles una interpretaci&oacute;n restrictiva de la legalidad penal ordinaria interna respecto a los delitos relacionados con la corrupci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Al entra&ntilde;ar una absoluci&oacute;n o rebaja casi integral de las penas impuestas a los condenados, se permite un escenario de impunidad de los delitos cometidos entre 2000-2009 por los altos cargos y responsables pol&iacute;ticos de la Junta (Consejo de Gobierno, consejera de Hacienda, consejero de Empleo y directores generales de las consejer&iacute;as y director de las entidades colaboradoras) y sus cooperadores y colaboradores&rdquo;, reza el escrito.
    </p><p class="article-text">
        La interpretaci&oacute;n que realiza el TC de los delitos de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n, insisten los jueces, &ldquo;se vincular&iacute;a gen&eacute;ricamente con la exenci&oacute;n de responsabilidades a todo hecho o actuaci&oacute;n realizada en el marco de la iniciativa legislativa presupuestaria&rdquo;, una interpretaci&oacute;n que, seg&uacute;n la Audiencia, &ldquo;es susceptible de originar un &aacute;mbito de impunidad que habr&iacute;a de resultar incompatible con los principios de seguridad jur&iacute;dica y confianza leg&iacute;tima, porque impide determinar las posibles responsabilidades penales, civiles y contables de aquellos que, mediante un acto naturalmente il&iacute;cito -pero que en el caso de las sentencias del TC se considera at&iacute;pico-, inician un tr&aacute;mite legislativo para crear leyes presupuestarias que persiguen un fin fraudulento, prohibido y contrario a las normas de la Uni&oacute;n Europea y sus intereses financieros&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados citan la &ldquo;desprotecci&oacute;n del patrimonio p&uacute;blico&rdquo;, la &ldquo;dejaci&oacute;n del deber de garantizar el correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado y de la confianza de la sociedad en el manejo de fondos p&uacute;blicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios a cuyo cargo se encuentran los bienes&rdquo; de la Administraci&oacute;n P&uacute;blica, y el &ldquo;incumplimiento de la normativa europea de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, el fraude o la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Uni&oacute;n y la corrupci&oacute;n en general&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n de la Audiencia de Sevilla vuelve a cuantificar el fraude de los ERE en 680 millones de euros, la cifra total del fondo con el que la Junta pag&oacute; las ayudas sociolaborales (las legales y las ilegales) durante m&aacute;s de una d&eacute;cada. A juicio de los magistrados, tampoco se puede &ldquo;soslayar la consideraci&oacute;n de que los miembros del Gobierno de una Comunidad Aut&oacute;noma no son irresponsables y no gozan de inmunidad por los delitos que puedan cometer al elaborar y aprobar los anteproyectos de leyes de presupuestos&rdquo;, pues &ldquo;no est&aacute; previsto nada similar en la Constituci&oacute;n ni est&aacute; justificada en un Estado de Derecho la pretensi&oacute;n de situar a los miembros del Gobierno, en cualquier &aacute;mbito, por encima de la Ley&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El tribunal concluye que &ldquo;resulta incompatible con los compromisos de Espa&ntilde;a con la UE mantener la irresponsabilidad de los miembros del Gobierno de una comunidad aut&oacute;noma por su actuaci&oacute;n en la elaboraci&oacute;n, aprobaci&oacute;n o elevaci&oacute;n al Parlamento respectivo de proyectos de ley con el prop&oacute;sito de distribuir de forma ilegal subvenciones por importe de 680 millones de euros y durante un periodo de diez a&ntilde;os&rdquo;, asevera el tribunal.
    </p><h2 class="article-text">El planteamiento de la Audiencia</h2><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">El pasado marzo</a>, los jueces de la Audiencia solicitaron por escrito a las partes que en un plazo de diez d&iacute;as presentaran &ldquo;alegaciones&rdquo; sobre el planteamiento antes de dictar nuevos pronunciamientos, cuestionando las sentencias del Constitucional siguiendo el posicionamiento del PP. Algo m&aacute;s tarde, la Audiencia desafi&oacute; al tribunal de garant&iacute;as y <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-desafia-constitucional-pregunta-quiere-providencia-caso-ere_1_12167721.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pregunt&oacute; para qu&eacute; quer&iacute;a el detalle de una providencia del caso ERE</a>.
    </p><p class="article-text">
        El pasado 9 de abril, el&nbsp;<a href="https://12ft.io/proxy?q=https%3A%2F%2Fwww.eldiario.es%2Ftemas%2Ftribunal-constitucional%2F" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Constitucional</a>&nbsp;anunci&oacute; que no tomar&iacute;a ninguna medida para impedir que la Audiencia llevara el caso a Europa si as&iacute; lo decid&iacute;a. El pleno, tras dos d&iacute;as de deliberaciones, decidi&oacute; no mover ficha y seguir de cerca tanto&nbsp;<a href="https://12ft.io/proxy?q=https%3A%2F%2Fwww.eldiario.es%2Fpolitica%2Ftribunales-tratan-involucrar-europa-guerra-inedita-constitucional_1_12167906.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la posible cuesti&oacute;n prejudicial</a>&nbsp;del tribunal sevillano como la que ya elev&oacute; el Tribunal Superior de Madrid en otro asunto. El Constitucional, en cualquier caso, explic&oacute; en un comunicado que el asunto constituye una &ldquo;preocupaci&oacute;n&rdquo; al ser &ldquo;un tema complejo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia, despu&eacute;s de que&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el PP pidiera pide llevar el asunto a la Justicia europea al considerar que el Constitucional &ldquo;se extralimit&oacute;&rdquo;</a>, quiso recabar &ldquo;la opini&oacute;n de las partes&rdquo; en torno a la interpretaci&oacute;n de varios aspectos, entre ellos precisamente &ldquo;si el Tribunal Constitucional se ha extralimitado en la funci&oacute;n de control que le corresponde invadiendo &aacute;mbitos reservados a la jurisdicci&oacute;n de los jueces y tribunales al revisar, a trav&eacute;s de una interpretaci&oacute;n alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos, la valoraci&oacute;n probatoria y el juicio de subsunci&oacute;n realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces de la Audiencia fueron m&aacute;s a lo concreto y preguntaron a las partes &ldquo;si la interpretaci&oacute;n del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andaluc&iacute;a de los a&ntilde;os 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboraci&oacute;n de los presupuestos a la fase final de su ejecuci&oacute;n, lo cual podr&iacute;a generar una situaci&oacute;n de desprotecci&oacute;n del patrimonio p&uacute;blico y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos p&uacute;blicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios p&uacute;blicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de administraci&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n cuestion&oacute; la Audiencia &ldquo;la posibilidad de que dicha doctrina incumpla las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Uni&oacute;n Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Uni&oacute;n, de prevenir y combatir la corrupci&oacute;n en general y de prever la aplicaci&oacute;n de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, y por &uacute;ltimo, pregunta por la posibilidad &ldquo;de que los tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales auton&oacute;micas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como l&iacute;citas las conductas de los acusados cuando, seg&uacute;n los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-lleva-justicia-europea-sentencias-constitucional-anulan-condenas-caso-ere_1_12293725.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 15 Jul 2025 06:37:09 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla lleva a la Justicia europea las sentencias del Constitucional que anulan las condenas del caso ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo no ve prevaricación en los magistrados del Constitucional que anularon la condena a Chaves por los ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/supremo-rechaza-plantear-cuestion-prejudicial-tjue-anulacion-condena-chaves-ere_1_12391566.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/19c1270b-9acf-490f-89da-01e5c68b05b1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo no ve prevaricación en los magistrados del Constitucional que anularon la condena a Chaves por los ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Inadmitida una querella de la Asociación Preeminencia del Derecho contra siete magistrados del Constitucional</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE
</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha resuelto la inadmisi&oacute;n de una querella de la Asociaci&oacute;n Preeminencia del Derecho contra siete magistrados del Tribunal Constitucional y el representante de la Fiscal&iacute;a ante dicha instancia por la sentencia que anul&oacute; la condena de la Audiencia de Sevilla al expresidente socialista de la Junta de Andaluc&iacute;a Manuel Chaves por presunta prevaricaci&oacute;n en el caso ERE, rechazando al tiempo la petici&oacute;n de plantear por s&iacute; mismo una cuesti&oacute;n prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea.
    </p><p class="article-text">
        En una sentencia emitida el pasado 4 de junio y recogida por Europa Press, el Supremo expone que dicha asociaci&oacute;n atribu&iacute;a a los siete miembros del Constitucional y al representante de la Fiscal&iacute;a posibles delitos de prevaricaci&oacute;n dolosa, del art&iacute;culo 446 del C&oacute;digo Penal, y presunta &ldquo;cooperaci&oacute;n judicial con una trama criminal organizada&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En su querella, seg&uacute;n el Supremo, la asociaci&oacute;n promotora de la misma consideraba que la resoluci&oacute;n del Tribunal Constitucional, anulando las condenas de la Audiencia de Sevilla a una decena de inculpados por el procedimiento espec&iacute;fico de financiaci&oacute;n de los ERE, entre ellos los expresidentes socialista de la Junta Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n y Manuel Chaves, y ordenando a dicha instancia dictar nuevas sentencias respecto a los mismos pero conforme al nuevo criterio introducido por el propio TC; vendr&iacute;a a &ldquo;dar cobertura legal a una trama criminal perfectamente descrita y analizada por el Tribunal Supremo, que ha conducido a la impunidad de la mayor parte de los recurrentes&rdquo;, tomando la querellante dichas expresiones, seg&uacute;n afirma, &ldquo;de uno de los votos particulares de la sentencia&rdquo; del TC.
    </p><p class="article-text">
        Y es que la querella, seg&uacute;n precisa el Supremo, no afecta a &ldquo;los cuatro magistrados/as que formularon votos particulares&rdquo; al citado pronunciamiento del TC por mayor&iacute;a de siete miembros del tribunal. Seg&uacute;n la querella, indica el TS, &ldquo;los magistrados/as que dictaron la sentencia han venido a desempe&ntilde;ar una funci&oacute;n auxiliadora al PSOE, formaci&oacute;n pol&iacute;tica con la que aparecen particularmente vinculados, de uno u otro modo&rdquo;, seg&uacute;n la asociaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Ante ello, el Supremo avisa de las &ldquo;innumerables resoluciones en las que&rdquo; se&ntilde;ala ya que &ldquo;las resoluciones del Tribunal Constitucional no podr&aacute;n ser enjuiciadas por ning&uacute;n &oacute;rgano jurisdiccional del Estado&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Interminables d&uacute;plicas y r&eacute;plicas&rdquo;</h2><p class="article-text">
        &ldquo;Los criterios y razonamientos que se contienen en las sentencias del Constitucional, como en las de este Tribunal Supremo, en las pronunciadas por la Audiencia Provincial de Sevilla o por cualquier otro &oacute;rgano jurisdiccional pueden ser o no compartidos por los diversos operadores jur&iacute;dicos&rdquo;, indica el TS, avisando de que ello &ldquo;no convierte las resoluciones frente a las que, cada qui&eacute;n, pueda discrepar en objeto del delito de prevaricaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Es evidente que unas u otras tesis (...) podr&aacute;n o no ser compartidas. Pero no es menos obvio que los procedimientos judiciales han de tener un final, sin que puedan quedar indefinidamente sujetos a interminables d&uacute;plicas y r&eacute;plicas entre los diferentes &oacute;rganos llamados a resolverlos. Ello determina la necesidad de que, ya sea por razones de distribuci&oacute;n jer&aacute;rquica funcional ya por razones de estricta competencia, el ordenamiento jur&iacute;dico haya de se&ntilde;alar, en cada caso, el &oacute;rgano a quien corresponde pronunciar al respecto la &uacute;ltima palabra. Y con relaci&oacute;n a cualquiera que fuese dicho &oacute;rgano, --seg&uacute;n los casos, el Constitucional, el Tribunal Supremo o cualquiera otro Juzgado o Tribunal--, bien vale recordar aquella c&eacute;lebre expresi&oacute;n de 'no somos los &uacute;ltimos porque seamos infalibles; somos infalibles porque somos los &uacute;ltimos'&rdquo;, explica el Supremo sobre la m&aacute;xima de que las resoluciones del Tribunal Constitucional no podr&aacute;n ser enjuiciadas por ning&uacute;n &oacute;rgano jurisdiccional del Estado&ldquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tampoco accede a la pretensi&oacute;n de la parte querellante &ldquo;de que se activen por este Tribunal Supremo los mecanismos para plantear una cuesti&oacute;n prejudicial al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea acerca de la compatibilidad de lo establecido en el art&iacute;culo 4.2 de la Ley Org&aacute;nica del Tribunal Constitucional y el derecho comunitario&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Si la competencia del Constitucional se concreta, por lo que ahora importa, en la protecci&oacute;n de los derechos contenidos en la Constituci&oacute;n y si, con relaci&oacute;n a esta materia, resulta el m&aacute;ximo int&eacute;rprete de nuestras garant&iacute;as constitucionales, casi podr&iacute;a decirse que 'va de suyo' que sus decisiones al respecto no est&eacute;n sujetas al enjuiciamiento, a la revisi&oacute;n, de cualquier otro &oacute;rgano jurisdiccional, pues, de no ser as&iacute;, ya no ser&iacute;a aqu&eacute;l sino &eacute;ste quien ostentara la referida atribuci&oacute;n&rdquo;; indica el Supremo, precisando que &ldquo;cuesti&oacute;n diferente ser&iacute;a que, en el marco de la ejecuci&oacute;n de lo resuelto por el Constitucional, alg&uacute;n &oacute;rgano jurisdiccional entendiera que lo decidido en el caso concreto pudiera contravenir el derecho de la Uni&oacute;n, resultando incompatible con &eacute;ste&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Frente al conflicto de deberes que, en tal hip&oacute;tesis, surgir&iacute;a para el &oacute;rgano jurisdiccional (el de cumplir lo resuelto por el Tribunal Constitucional y el de ajustarse tambi&eacute;n a la aplicaci&oacute;n del derecho de la Uni&oacute;n), &uacute;nicamente resultar&iacute;a posible el planteamiento de la cuesti&oacute;n prejudicial&rdquo;, se&ntilde;ala el Supremo, en un marco en el que la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia sopesa por su parte una cuesti&oacute;n prejudicial al TJUE por el asunto, como &oacute;rgano emisor de la sentencia inicial sobre el procedimiento espec&iacute;fico de financiaci&oacute;n de los ERE.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En todo caso, y por lo que aqu&iacute; importa, incluso en la hip&oacute;tesis de que as&iacute; fuera, ello no determinar&iacute;a, en s&iacute; mismo, la existencia del delito que sustenta la presente querella, que igualmente deber&iacute;a ser archivada&rdquo;, sentencia el Supremo, que no admite as&iacute; la querella.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/supremo-rechaza-plantear-cuestion-prejudicial-tjue-anulacion-condena-chaves-ere_1_12391566.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 17 Jun 2025 12:13:00 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/19c1270b-9acf-490f-89da-01e5c68b05b1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="211417" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo no ve prevaricación en los magistrados del Constitucional que anularon la condena a Chaves por los ERE]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/19c1270b-9acf-490f-89da-01e5c68b05b1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Manuel Chaves,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deja-fuera-gobierno-moreno-caso-ere_1_12348219.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c40d37de-d0b5-4045-a0be-e0ecd1413337_16-9-discover-aspect-ratio_default_1119013.jpg" width="4547" height="2558" alt="La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los jueces frustran el intento de personación de la Junta de Andalucía porque antes de la celebración del juicio pidieron el sobreseimiento de la causa y la reserva de acciones civiles</p><p class="subtitle">Chaves y Griñán piden a los jueces que impidan la “pirueta jurídica” del Gobierno andaluz para personarse en los ERE
</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla ha resuelto dejar fuera del caso ERE al Gobierno de Juan Manuel Moreno &ldquo;al no ser parte en la presente causa&rdquo; y pedir antes de la celebraci&oacute;n del juicio el sobreseimiento de la misma y la reserva de acciones civiles. 
    </p><p class="article-text">
        Ese es el &uacute;nico argumento con el que el tribunal sevillano ha frustrado la reciente solicitud de la Junta de personarse en el procedimiento, tras<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/junta-andalucia-censura-audiencia-sevilla-injerencias-no-permitidas-constitucional-ere_1_12313477.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> censurar ante la Audiencia las &ldquo;injerencias no permitidas&rdquo; del Tribunal Constitucional</a> en el fallo que anul&oacute; las condenas a los principales responsables del caso.
    </p><p class="article-text">
        En una providencia fechada el pasado 29 de mayo a la que ha tenido acceso este peri&oacute;dico, los jueces estiman que &ldquo;no ha lugar&rdquo; a lo solicitado por la Junta, &ldquo;al no ser parte en la presente causa, habiendo solicitado, antes de la celebraci&oacute;n del juicio, el sobreseimiento de las actuaciones y la expresa reserva de acciones civiles&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Dos d&iacute;as antes, los expresidentes del PSOE y del Gobierno de Andaluc&iacute;a Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, as&iacute; como los exconsejeros cuyas condenas por el caso ERE anul&oacute; el Tribunal Constitucional, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/chaves-grinan-piden-jueces-impidan-pirueta-juridica-gobierno-andaluz-personarse-ere_1_12332453.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">alegaron en contra de la personaci&oacute;n de la Junta</a> que la Audiencia de Sevilla acaba de rechazar. 
    </p><p class="article-text">
        Cabe recordar que la Audiencia de Sevilla acord&oacute; el a&ntilde;o pasado <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-encarga-nueva-sentencia-ere-juezas-primer-fallo-tres-nuevos-magistrados_1_11799005.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la constituci&oacute;n de un nuevo tribunal</a> para el dictado de las nuevas sentencias en la 'pieza pol&iacute;tica' de los ERE, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Constitucional desinflara la macrocausa antes del verano</a> y de que el Tribunal Supremo empezase a absolver a ex altos cargos socialistas <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/primera-decision-supremo-ere-sentencias-constitucional-exaltos-cargos-absueltos-pieza_1_11886577.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de otras piezas pendientes al haber sido ya juzgados</a>.
    </p><p class="article-text">
        Con esta decisi&oacute;n, el tribunal sevillano cierra la puerta a una nueva intervenci&oacute;n de la Junta en el procedimiento, por lo que supone un rev&eacute;s para el Ejecutivo andaluz, que aspiraba a reforzar su postura de apoyo a llevar el caso ante instancias europeas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Sara Rojas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deja-fuera-gobierno-moreno-caso-ere_1_12348219.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 02 Jun 2025 07:12:04 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla impide al Gobierno de Moreno personarse en el caso ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Junta de Andalucía,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Chaves y Griñán piden a los jueces que impidan la "pirueta jurídica" del Gobierno andaluz para personarse en los ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/chaves-grinan-piden-jueces-impidan-pirueta-juridica-gobierno-andaluz-personarse-ere_1_12332453.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e7fef625-1201-406b-a2d5-df2ed135db2f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Chaves y Griñán piden a los jueces que impidan la &quot;pirueta jurídica&quot; del Gobierno andaluz para personarse en los ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los exdirigentes socialistas presentan alegaciones ante la Audiencia de Sevilla contra la petición del Ejecutivo de Moreno de elevar el caso a la Justicia Europea y acusan al actual gabinete jurídico de la Junta de usar "pseudoargumentos" para "dar una imposible marcha atrás en el tiempo"
</p><p class="subtitle">La Junta de Andalucía censura ante la Audiencia de Sevilla las “injerencias no permitidas” del Constitucional en los ERE
</p></div><p class="article-text">
        Los expresidentes del PSOE y del Gobierno de Andaluc&iacute;a Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, as&iacute; como los exconsejeros cuyas condenas por el caso ERE anul&oacute; el Tribunal Constitucional, han alegado en contra de la personaci&oacute;n de la Junta, que recientemente ha solicitado formar parte de la causa <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/junta-andalucia-censura-audiencia-sevilla-injerencias-no-permitidas-constitucional-ere_1_12313477.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">censurando ante la Audiencia de Sevilla las &ldquo;injerencias no permitidas&rdquo;</a> del tribunal de garant&iacute;as.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla hab&iacute;a acordado el a&ntilde;o pasado&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-encarga-nueva-sentencia-ere-juezas-primer-fallo-tres-nuevos-magistrados_1_11799005.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la constituci&oacute;n de un nuevo tribunal</a>&nbsp;para el dictado de las nuevas sentencias en la 'pieza pol&iacute;tica' de los ERE&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Constitucional desinflara la macrocausa antes del verano</a>&nbsp;y de que el Tribunal Supremo empezase a absolver a ex altos cargos socialistas&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/primera-decision-supremo-ere-sentencias-constitucional-exaltos-cargos-absueltos-pieza_1_11886577.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de otras piezas pendientes al haber sido ya juzgados</a>.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; las cosas, tal y&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como hab&iacute;a pedido el pasado mes de febrero la acusaci&oacute;n representada por el PP</a>, la Audiencia hab&iacute;a dado a todas las partes un plazo de tres d&iacute;as para presentar alegaciones en relaci&oacute;n con los escritos presentados por la letrada de la Junta de Andaluc&iacute;a. Las defensas de los exdirigentes socialistas han expuesto unos argumentos coincidentes, de acuerdo a las fuentes de las defensas, en su &ldquo;frontal oposici&oacute;n&rdquo; a la pretensi&oacute;n de personaci&oacute;n de la Junta y al planteamiento de cuesti&oacute;n prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE).
    </p><p class="article-text">
        En unos de esos escritos de alegaciones, la representaci&oacute;n legal de un exconsejero explica a la Audiencia de Sevilla que la Junta &ldquo;expresamente renunci&oacute; y se desisti&oacute; de su condici&oacute;n de parte procesal&rdquo; en el procedimiento (&ldquo;no formul&oacute; acusaci&oacute;n, no intervino en el juicio, qued&oacute; fuera del circuito de notificaciones&rdquo;), lo cual con lleva que su pretensi&oacute;n sea &ldquo;incoherente, inconsistente e intempestiva&rdquo;, y est&eacute; &ldquo;hu&eacute;rfana de sustento jur&iacute;dico&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Junta estuvo personada como acusaci&oacute;n particular en los ERE hasta 2016, cuando el Ejecutivo socialista de Susana D&iacute;az decidi&oacute; retirarse y no reclamar fianza a los imputados, al considerar que no hubo ninguna &ldquo;trama criminal&rdquo; ni se cre&oacute; un &ldquo;procedimiento espec&iacute;fico&rdquo; para eludir los controles internos y adjudicar las ayudas de los ERE de forma discrecional.
    </p><h2 class="article-text">Parte en la instrucci&oacute;n, dejar de serlo en el juicio y volver a serlo en la fase de ejecutoria</h2><p class="article-text">
        Seg&uacute;n este exconsejero aquella fue una decisi&oacute;n &ldquo;bien sopesada y argumentada&rdquo; en un escrito &ldquo;se&ntilde;ero&rdquo; y &ldquo;s&oacute;lidamente fundado en Derecho&rdquo; mediante el cual el gabinete jur&iacute;dico auton&oacute;mico &ldquo;marc&oacute; distancias&rdquo; con la Fiscal&iacute;a y el Ministerio Fiscal se situ&oacute; en una l&iacute;nea &ldquo;de coincidencia troncal con buena parte de los postulados de la defensa&rdquo;. &ldquo;Esos mismos que, al fin y a la postre, ha hecho suyos y dejado establecidos el Tribunal Constitucional a trav&eacute;s de las sentencias&rdquo; que ha venido dictaminando.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de alabar a &ldquo;los letrados, funcionarios altamente cualificados, de aquel gabinete jur&iacute;dico&rdquo;, el actual escrito de la Junta tiene &ldquo;pseudoargumentos&rdquo; que &ldquo;son balad&iacute;es y de pura oportunidad&rdquo; al objeto de &ldquo;intempestivamente dar una imposible marcha atr&aacute;s en el tiempo para, en pirueta jur&iacute;dica incalificable, prodigiosamente volver a ser esa parte procesal que, irreversiblemente y por su propio designio, ya hace mucho que dej&oacute; de ser&rdquo;. Adem&aacute;s, &ldquo;ninguna novedad aportan al debate tales extempor&aacute;neas alegaciones&rdquo; por parte de la Junta, apunta este exconsejero.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No se puede, no se debe intentar, de manera jur&iacute;dicamente caprichosa, ser parte procesal en la fase de instrucci&oacute;n, dejar de ser parte en la fase de juicio y volver a ser parte en la fase de ejecutoria del proceso&rdquo;, critica en las alegaciones, y &ldquo;mucho menos admisible por virtud de un dicterio de orden pol&iacute;tico emanado en forma de Orden del consejero [de Presidencia, Antonio Sanz] del que org&aacute;nicamente depende el gabinete, cuyo expediente completo ser&iacute;a de alto inter&eacute;s conocer, y en concreto el informe jur&iacute;dico que le d&eacute; sost&eacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La defensa de este ex alto cargo apunta que &ldquo;se puede estar o no de acuerdo con los planteamientos de fondo y las decisiones contenidas&rdquo; en las sentencias del Constitucional, pero la Audiencia de Sevilla no debe albergarlas al tener en cuenta que &ldquo;el Tribunal Constitucional, al dictarlas, no ha excedido su &aacute;mbito natural y plenamente leg&iacute;timo de actuaci&oacute;n, sin exceder los l&iacute;mites reservados a la jurisdicci&oacute;n y sin incurrir en valoraciones probatorias y juicios de subsunci&oacute;n alternativos, sino limit&aacute;ndose al control constitucionalidad que le corresponde&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/chaves-grinan-piden-jueces-impidan-pirueta-juridica-gobierno-andaluz-personarse-ere_1_12332453.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 27 May 2025 18:51:17 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Chaves y Griñán piden a los jueces que impidan la "pirueta jurídica" del Gobierno andaluz para personarse en los ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Manuel Chaves,José Antonio Griñán,Sentencia ERE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Junta de Andalucía censura ante la Audiencia de Sevilla las "injerencias no permitidas" del Constitucional en los ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/junta-andalucia-censura-audiencia-sevilla-injerencias-no-permitidas-constitucional-ere_1_12313477.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4f49ede7-88b8-496f-a7ca-40020b6afb10_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Junta de Andalucía censura ante la Audiencia de Sevilla las &quot;injerencias no permitidas&quot; del Constitucional en los ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla pregunta a las partes si procede la personación del Gobierno de Moreno, que apoya sin ambages llevar los ERE ante el Tribunal Europeo para que revise el fallo del Constitucional que anuló las condenas a Chaves y Griñán. El Ejecutivo andaluz denuncia que el TC hizo "apreciaciones" más allá de sus competencias como tribunal de garantías</p><p class="subtitle">Moreno maniobra para reactivar las condenas anuladas de los ERE y anuncia que su Gobierno “volverá a personarse”
</p></div><p class="article-text">
        La Junta de Andaluc&iacute;a apoya el planteamiento de una cuesti&oacute;n prejudicial de interpretaci&oacute;n ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea tras las sentencias del Tribunal Constitucional en el caso ERE. Su gabinete jur&iacute;dico ha formulado cuatro alegaciones a otros tantos aspectos expuestos por la Audiencia de Sevilla <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en marzo</a> para que las partes se posicionaran antes de dictar nuevos pronunciamientos. 
    </p><p class="article-text">
        Ya entonces la Audiencia cuestionaba en cierto modo las resoluciones del Tribunal de Garant&iacute;as, siguiendo el posicionamiento <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en febrero</a> del PP, que ya es parte personada y que suger&iacute;a que las sentencias del TC podr&iacute;an no ser del todo compatibles con el Derecho de la Uni&oacute;n Europea.
    </p><p class="article-text">
        En una providencia fechada este 16 de mayo, la Secci&oacute;n Primera da traslado a las partes de los escritos presentados por la letrada de la Junta para que presenten alegaciones en un plazo de tres d&iacute;as. Pero, &iquest;qu&eacute; ha dicho la Junta ante el tribunal de la Audiencia Provincial? Entre otras muchas cosas, que en las diez sentencias de amparo del TC a ex altos cargos del PSOE en el gobierno auton&oacute;mico &ldquo;se apreciar&iacute;an ejemplos de las injerencias no permitidas, entrando el Tribunal Constitucional en la interpretaci&oacute;n normativa de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n&rdquo;, y que &ldquo;sustentan luego su fallo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El escrito de la Junta se present&oacute; el 12 de mayo, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/moreno-maniobra-reactivar-condenas-anuladas-caso-ere-gobierno-volver-personarse_1_12291503.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tal y como anunci&oacute; en Madrid en la misma fecha el presidente Moreno</a>. Ese d&iacute;a, la Consejer&iacute;a de Presidencia dispuso ordenar al Gabinete Jur&iacute;dico de la Junta para personarse, como parte, en la ejecutoria de esta pieza de los ERE &ldquo;al ostentar un inter&eacute;s leg&iacute;timo, para ser o&iacute;da respecto al planteamiento de la cuesti&oacute;n prejudicial&rdquo;, todo ello &ldquo;sin necesidad de la retroacci&oacute;n del procedimiento&rdquo;, seg&uacute;n consta en los escritos remitidos por la Junta a la Audiencia, a los que ha tenido acceso <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">elDiario.es Andaluc&iacute;a</a>.
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia, despu&eacute;s de que&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el PP pidiera llevar el asunto a la Justicia europea al considerar que el Constitucional &ldquo;se extralimit&oacute;&rdquo;</a>, quiso recabar &ldquo;la opini&oacute;n de las partes&rdquo; en torno a la interpretaci&oacute;n de varios aspectos, entre ellos &ldquo;si el Tribunal Constitucional se hab&iacute;a extralimitado en la funci&oacute;n de control que le corresponde invadiendo &aacute;mbitos reservados a la jurisdicci&oacute;n de los jueces y tribunales [ordinarios] al revisar, a trav&eacute;s de una interpretaci&oacute;n alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos, la valoraci&oacute;n probatoria y el juicio de subsunci&oacute;n realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">La &ldquo;valoraci&oacute;n probatoria&rdquo;</h2><p class="article-text">
        La Junta considera en ese punto que esos &ldquo;ejemplos de las injerencias no permitidas&rdquo; ser&iacute;an &ldquo;apreciaciones&rdquo; que &ldquo;supondr&iacute;an una valoraci&oacute;n de elementos de prueba desde la perspectiva penal y procesal penal y no desde la propia, limitada, de la vulneraci&oacute;n del derecho fundamental a la legalidad penal&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Entre esos 'ejemplos' est&aacute; lo dicho en la sentencia del recurso de amparo de Magdalena &Aacute;lvarez, exconsejera de Hacienda, al aludir a <em>&ldquo;la lesi&oacute;n de este derecho fundamental se produce por haber efectuado los &oacute;rganos judiciales una interpretaci&oacute;n y subsunci&oacute;n de los hechos en la norma penal que no se corresponde con la interpretaci&oacute;n de los elementos t&iacute;picos com&uacute;nmente aceptada por la comunidad jur&iacute;dica&rdquo;</em>. 
    </p><p class="article-text">
        O cuando en la sentencia al recurso de amparo de Antonio Fern&aacute;ndez, exconsejero de Empleo, se dice que &ldquo;<em>[&hellip;] es completamente imprevisible calificar como disposici&oacute;n il&iacute;cita la actuaci&oacute;n conforme a los procedimientos y controles expresamente establecidos en las sucesivas leyes de presupuestos, como normas que tienen el mismo rango legal que cualquier otra ley. Y sin resultado t&iacute;pico susceptible de v&aacute;lida subsunci&oacute;n en la norma penal&rdquo;</em>.
    </p><p class="article-text">
        En este sentido considera la Junta que las sentencias del TC &ldquo;habr&iacute;an contrariado la norma capital del art&iacute;culo 2 del TJUE que propugna como valor de la Uni&oacute;n el respeto al Estado de Derecho&rdquo;. &ldquo;En este caso, el respeto a los principios del Estado de Derecho espa&ntilde;ol (art&iacute;culo 1.1 de la CE) que, como arriba hemos visto, y sobre la base del art&iacute;culo 117.3 de la CE y sobre el basamento de la LOPJ, restringe el ejercicio de la potestad jurisdiccional penal, exclusivamente, a los Juzgados y Tribunales del Orden Penal, entre los que no se encuentra el Tribunal Constitucional con una funci&oacute;n propia, diferencia y limitada&rdquo;, dice.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces de la Audiencia fueron m&aacute;s a lo concreto y preguntaron a las partes &ldquo;si la interpretaci&oacute;n del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andaluc&iacute;a de los a&ntilde;os 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboraci&oacute;n de los presupuestos a la fase final de su ejecuci&oacute;n, lo cual podr&iacute;a generar una situaci&oacute;n de desprotecci&oacute;n del patrimonio p&uacute;blico y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos p&uacute;blicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios p&uacute;blicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de administraci&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En ese punto, la Junta dice que las sentencias del TC deben pronunciarse &ldquo;en exclusiva, desde la sola perspectiva constitucional, sobre la vulneraci&oacute;n posible del derecho fundamental a la legalidad penal&rdquo; pero &ldquo;sin embargo&rdquo; valoran &ldquo;materialmente&rdquo; la &ldquo;valoraci&oacute;n probatoria de la prueba pericial de la IGAE hecha por la Audiencia Provincial y ratificada en su conformidad por el Tribunal Supremo&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/regreso-origenes-caso-ere-constitucional-tambalear-prueba-clave-encargada-jueza-alaya_1_11475143.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Aquella prueba, clave en la causa y base de las acusaciones</a>, fue encargada por la primera jueza que instruy&oacute; el caso ERE, Mercedes Alaya, a un equipo de peritos de la Intervenci&oacute;n General de la Administraci&oacute;n del Estado, organismo de control gubernamental dependiente del Ministerio de Hacienda entonces en manos de Crist&oacute;bal Montoro (2011-2018).
    </p><p class="article-text">
        Como consecuencia de ello, dice la Junta que &ldquo;la propia valoraci&oacute;n de los tribunales penales hecha en el &aacute;mbito de su propia jurisdicci&oacute;n penal&rdquo; dejan &ldquo;impropiamente, al margen de la intervenci&oacute;n del Derecho Penal, los actos relativos a la presupuestaci&oacute;n&rdquo;, provocando &ldquo;que escapen de la protecci&oacute;n que el Derecho Penal confiere a la Administraci&oacute;n y, con ello, y en este caso, a su patrimonio p&uacute;blico&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Para la Junta, en este sentido, el TC habr&iacute;a &ldquo;contrariado la norma de los art&iacute;culos 1 y 2 del Convenio de Bruselas de 26 de julio de 1995, dejando con ello desamparada la recuperaci&oacute;n de fondos p&uacute;blicos afectados por actuaciones que podr&iacute;an ser constitutivas de delito por sus consecuencias &uacute;ltimas directas en el &aacute;mbito de una gesti&oacute;n puramente administrativa que no escapa en ning&uacute;n caso de la protecci&oacute;n del Derecho Penal&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Innegable afectaci&oacute;n negativa al resarcimiento econ&oacute;mico&rdquo;</h2><p class="article-text">
        La Junta, respecto a los otros dos aspectos, tambi&eacute;n apoya el planteamiento de la cuesti&oacute;n prejudicial. Tambi&eacute;n cuestion&oacute; la Audiencia &ldquo;la posibilidad de que dicha doctrina incumpla las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Uni&oacute;n Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Uni&oacute;n, de prevenir y combatir la corrupci&oacute;n en general y de prever la aplicaci&oacute;n de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, y por &uacute;ltimo, pregunt&oacute; por la posibilidad &ldquo;de que los tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales auton&oacute;micas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como l&iacute;citas las conductas de los acusados cuando, seg&uacute;n los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Dice la Junta que, tras la sentencia del Tribunal Supremo en septiembre de 2022 que ratific&oacute; las condenadas por delitos de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de la sentencia de noviembre de 2019 de la Audiencia de Sevilla, inici&oacute; las actuaciones oportunas para el ejercicio de su acci&oacute;n civil a fin de procurarse el debido resarcimiento econ&oacute;mico derivado de los hechos firmemente considerados como delitos y reclamable a las personas que fueron condenadas. De hecho, present&oacute; una denuncia ante el Tribunal de Cuentas que ya se est&aacute; tramitando.
    </p><p class="article-text">
        Argumenta la Junta que la fundamentaci&oacute;n jur&iacute;dica de las sentencias de amparo constitucional &ldquo;restringir&aacute;, cuanto menos, dentro de la causa penal, el alcance material y el alcance temporal de los delitos y, con ello, el alcance econ&oacute;mico subsiguiente, con afectaci&oacute;n negativa consiguiente al contenido y a la extensi&oacute;n pecuniaria de la acci&oacute;n civil&rdquo;, generando una &ldquo;innegable afectaci&oacute;n negativa al resarcimiento econ&oacute;mico de la Junta de Andaluc&iacute;a&rdquo;, defendiendo el &ldquo;inter&eacute;s leg&iacute;timo&rdquo; de su personaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        De hecho, en la Orden de la Consejer&iacute;a de Presidencia se dice que &ldquo;a pesar de los esfuerzos desplegados, la recuperaci&oacute;n efectiva de los fondos defraudados ha sido limitada. Hasta la fecha se han recuperado aproximadamente 28 millones de euros, lo que representa una peque&ntilde;a fracci&oacute;n del total estimado de 679 millones de euros defraudados&rdquo;. Cabe recordar que <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/gobierno-moreno-pagara-2026-ayudas-legales-caso-ere-pp-incluye-robo-680-millones_1_11491323.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el Gobierno de Moreno pagar&aacute; hasta 2026 las ayudas legales del caso ERE</a> que el PP a&uacute;n incluye en &ldquo;el robo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Es de recordar tambi&eacute;n que la Junta de Andaluc&iacute;a ya estuvo personada, como parte perjudicada, hasta 2016, cuando el Ejecutivo socialista de Susana D&iacute;az decidi&oacute; retirarse y no reclamar fianza a los imputados, al considerar que no hubo ninguna &ldquo;trama criminal&rdquo; ni se cre&oacute; un &ldquo;procedimiento espec&iacute;fico&rdquo; para eludir los controles internos y adjudicar las ayudas de los ERE de forma discrecional.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/junta-andalucia-censura-audiencia-sevilla-injerencias-no-permitidas-constitucional-ere_1_12313477.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 20 May 2025 20:45:53 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Junta de Andalucía censura ante la Audiencia de Sevilla las "injerencias no permitidas" del Constitucional en los ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Junta de Andalucía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Moreno maniobra para reactivar las condenas anuladas de los ERE y anuncia que su Gobierno "volverá a personarse"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/moreno-maniobra-reactivar-condenas-anuladas-caso-ere-gobierno-volver-personarse_1_12291503.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/498c6a9d-0a89-403f-80ed-35f2e9a9fb41_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Moreno maniobra para reactivar las condenas anuladas de los ERE y anuncia que su Gobierno &quot;volverá a personarse&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El presidente andaluz anuncia por sorpresa que la Junta "volverá a personarse" como perjudicada en el caso ERE para "recuperar los 700 millones" (pese a no existir una causa abierta donde personarse) mientras la Audiencia de Sevilla delibera si acude a la Justicia Europea para preservar las condenas a Chaves y Griñán anuladas por el Constitucional</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla deliberará durante tres días si lleva los ERE a la Justicia europea como pide el PP
</p></div><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deliberara-durante-tres-dias-si-lleva-ere-justicia-europea-pide-pp_1_12236708.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">A pocas horas para que expire el plazo que se ha dado la Audiencia Provincial de Sevilla para decidir si eleva el caso ERE al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE)</a>, tras la anulaci&oacute;n total o parcial de las condenas a una decena de ex altos cargos del Gobierno andaluz del PSOE dictada por el Constitucional, el presidente Juan Manuel Moreno ha anunciado, por sorpresa, que la Junta &ldquo;va a volver a personarse&rdquo; en el caso ERE &ldquo;a lo largo del d&iacute;a de hoy o de ma&ntilde;ana&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Dadas las circunstancias que hemos vivido en el &uacute;ltimo a&ntilde;o, una vez que ha habido una sentencia firme por parte de la Audiencia Provincial y una sentencia corroborada y confirmada por el [Tribunal] Supremo, la Junta de Andaluc&iacute;a va a volver a personarse a lo largo del d&iacute;a de hoy o de ma&ntilde;ana (...) La obligaci&oacute;n que tiene la Administraci&oacute;n de la Junta es evitar cualquier menoscabo de fondos p&uacute;blicos. Nosotros tenemos la obligaci&oacute;n de recuperar esos casi 700 millones de euros que, seg&uacute;n la sentencia de la Audiencia Provincial, confirmada por el Supremo, se desviaron de la Junta de Andaluc&iacute;a&rdquo;, ha asegurado, a la pregunta de una periodista sobre si considera &ldquo;adecuado&rdquo; que la Audiencia lleve el caso ERE ante la Justicia Europea. 
    </p><p class="article-text">
        El presidente andaluz ha evitado mencionar que esas sentencias a las que alude fueron anuladas hace un a&ntilde;o por el Tribunal de Garant&iacute;as, tras considerar que se hab&iacute;an vulnerado los derechos fundamentales de los l&iacute;deres socialistas condenados.
    </p><p class="article-text">
        Moreno ha hecho este anuncio a las puertas del Comit&eacute; Ejecutivo Nacional del PP, celebrado este lunes en Madrid, y donde Alberto N&uacute;&ntilde;ez Feij&oacute;o ha convocado el Congreso Nacional del partido para el pr&oacute;ximo julio, en previsi&oacute;n de que Pedro S&aacute;nchez convoque las elecciones generales a final de a&ntilde;o. 
    </p><p class="article-text">
        El mensaje del presidente andaluz de que la Junta &ldquo;volver&aacute; a personarse&rdquo; en el caso ERE para tratar de &ldquo;recuperar los 700 millones&rdquo; defraudados a la hacienda p&uacute;blica ha causado cierto desconcierto en instancias judiciales porque, hoy por hoy, no existe una pieza pol&iacute;tica abierta del caso ERE donde personarse. 
    </p><p class="article-text">
        Fuentes del Ejecutivo andaluz consultadas por elDiario.es aseguran que se presentar&aacute; &ldquo;un escrito para personarse&rdquo; ante la Audiencia Provincial, que es donde reside el procedimiento de la pieza pol&iacute;tica de los ERE, para reclamar &ldquo;que se mantengan las condenas contra los l&iacute;deres socialistas que dict&oacute; el Supremo y no se revisen los fallos&rdquo;, pese a que estos fueron anulados luego por el TC. 
    </p><p class="article-text">
        Desde el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA) confirman que la Audiencia Provincial de Sevilla no ha reabierto la instrucci&oacute;n del caso ERE, aseguran que es el Gobierno de Moreno quien debe aclarar d&oacute;nde se personan si, en este momento, no hay una causa abierta, y apuntan que ser&aacute; la Audiencia la competente en resolver la solicitud de personaci&oacute;n de la Junta. &ldquo;Habr&aacute; que ver el escrito y los argumentos&rdquo;, concluyen las fuentes jur&iacute;dicas consultadas, que no recuerdan ning&uacute;n precedente parecido.
    </p><p class="article-text">
        La Consejer&iacute;a de Presidencia, responsable de presentar este escrito, no ha proporcionado el documento de personaci&oacute;n a este peri&oacute;dico, pero ha confirmado el registro de un escrito este mismo lunes ante la Audiencia de Sevilla &ldquo;para apoyar que este &oacute;rgano judicial acuda el Tribunal de la UE&rdquo; tras las sentencias del Constitucional sobre el caso ERE&ldquo;.
    </p><p class="article-text">
        La Junta comparecer&aacute; en el tr&aacute;mite de alegaciones a favor de elevar una cuesti&oacute;n prejudicial y presentar&aacute; un escrito argumentando la oportunidad de plantear dicha cuesti&oacute;n ante el Alto Tribunal europeo, pues considera que el Constitucional se ha &ldquo;extralimitado en sus funciones y podr&iacute;a provocar la impunidad parcial del mayor caso de corrupci&oacute;n de la historia de Espa&ntilde;a&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El Gobierno de Moreno, en consonancia con el planteamiento que ya hizo el PP, considera &ldquo;que se podr&iacute;an estar incumpliendo las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, siendo procedente plantear la cuesti&oacute;n prejudicial ante el TJUE&rdquo;. Ya entrada la tarde, el consejero de la Presidencia, Antonio Sanz, ha explicado en un audio remitido a los medios que &ldquo;ha dado orden al gabinete jur&iacute;dico de la Junta de proteger los intereses de los andaluces&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Personaci&oacute;n del PP</strong></h2><p class="article-text">
        El PP ya estuvo personado como acusaci&oacute;n particular en la llamada pieza pol&iacute;tica del caso ERE, que culmin&oacute; con la condena del Supremo a los expresidentes Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, junto a ocho exaltos cargos, por malversaci&oacute;n y prevaricaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        La Junta de Andaluc&iacute;a tambi&eacute;n lo estuvo, como parte perjudicada, hasta 2016, cuando el Ejecutivo socialista de Susana D&iacute;az decidi&oacute; retirarse y no reclamar fianza a los imputados, al considerar que no hubo ninguna &ldquo;trama criminal&rdquo; ni se cre&oacute; un &ldquo;procedimiento espec&iacute;fico&rdquo; para eludir los controles internos y adjudicar las ayudas de los ERE de forma discrecional.
    </p><p class="article-text">
        A falta de conocerse la explicaci&oacute;n t&eacute;cnica o jur&iacute;dica para &ldquo;volver a personarse&rdquo; en el caso ERE, el anuncio de Moreno debe leerse en el momento pol&iacute;tico exacto en el que se produce, esto es, a pocas horas de que la Audiencia de Sevilla decida si acude a la Justicia Europea para preservar las condenas a los dirigentes socialistas, un escenario in&eacute;dito que solicit&oacute; el propio PP como acusaci&oacute;n particular personada en la causa, y que fuentes del Constitucional tildaron de acto de &ldquo;rebeli&oacute;n&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El presidente andaluz ha mostrado, desde el principio, su disconformidad con la anulaci&oacute;n de las condenas que dict&oacute; el Tribunal de Garant&iacute;as, y el mensaje de este lunes busca reabrir la pelea pol&iacute;tica -volviendo a reclamar el reintegro del dinero defraudado- pero tambi&eacute;n la v&iacute;a judicial.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Reactivar los ERE tras el Constitucional</strong></h2><p class="article-text">
        El proceso judicial que inici&oacute; la jueza Mercedes Alaya hace 14 a&ntilde;os culmin&oacute; con la sentencia del Constitucional que, el pasado julio, anul&oacute; las condenas a Chaves, Gri&ntilde;&aacute;n y el resto de la c&uacute;pula de los gobiernos socialistas, tras concluir que se hab&iacute;an vulnerado sus derechos de representaci&oacute;n y a la presuncion de inocencia. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal de Garant&iacute;as oblig&oacute; a la Audiencia de Sevilla a repetir las sentencias contra los altos cargos socialistas pero sin casi la totalidad de acusaciones que pesaron sobre ellos, y la Audiencia, en un giro sin precedentes, se rebel&oacute; contra la decisi&oacute;n del Constitucional y plante&oacute; una consulta prejudicial a las partes para decidir si eleva el caso ERE a la Justicia Europea.
    </p><p class="article-text">
        Los populares han cargado duramente contra el fallo del TC, acusando a su presidente, C&aacute;ndido Conde-Pumpido, de &ldquo;ileg&iacute;timo&rdquo; y de actuar como juez y parte en beneficio de los socialistas. Estos, por su parte, se sintieron exculpados, aliviados y exhultantes por la anulaci&oacute;n de condenas del caso ERE y en los &uacute;ltimos meses han salido en tromba para denunciar, de forma retroactiva, que todo el proceso fue una &ldquo;cacer&iacute;a pol&iacute;tica, judicial y medi&aacute;tica&rdquo; orquestada por el PP para arrebatarles el Gobierno andaluz.
    </p><p class="article-text">
        En este acalorado contexto, y bajo el ruido de tambores electorales tanto en Madrid como en Andaluc&iacute;a, Moreno ha puesto el contador a cero del caso ERE, reactivando un proceso que, hoy por hoy, no tiene ninguna instrucci&oacute;n abierta, y apelando al montante global de los fondos de la Consejer&iacute;a de Empleo con el que se pagaban las ayudas sociolaborales, esos casi 700 millones que incluyen las ayudas ilegales, pero tambi&eacute;n las legales que a&uacute;n hoy sigue abonando su Administraci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Tras el anuncio hecho en Madrid, al presidente andaluz le han pedido que confirme si la Junta &ldquo;se va a personar ante la Audiencia de Sevilla&rdquo;, pero Moreno no ha respondido.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Moreno sigue pagando ayudas legales de los 700 millones de los ERE</strong></h2><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/gobierno-moreno-pagara-2026-ayudas-legales-caso-ere-pp-incluye-robo-680-millones_1_11491323.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Desde 2019, cuando el Ejecutivo andaluz del PP dise&ntilde;a sus primeros Presupuestos Auton&oacute;micos, hasta hoy, la Junta ha seguido presupuestando y abonando regularmente las ayudas legales del fondo de los ERE</a> a miles de prejubilados salpicados por la causa judicial que Moreno insiste en incluir en &ldquo;el robo de 680 millones&rdquo;. Los populares, a&uacute;n hoy, usan la cifra de la partida presupuestaria de la que salieron las ayudas fraudulentas, pero tambi&eacute;n las legales, que la Junta sigui&oacute; abonando cuando Moreno lleg&oacute; al poder, y que seguir&aacute; pagando hasta mediados de 2026, confirman desde el Ejecutivo andaluz.
    </p><p class="article-text">
        El pasado junio, durante el debate de pol&iacute;tica general en el Parlamento andaluz, Moreno subi&oacute; a la tribuna y explic&oacute; que la Junta, desde que gobierna el PP, ha ingresado m&aacute;s de 27 millones &ldquo;de los 62 millones que la Justicia y el Tribunal de Cuentas han acordado para su devoluci&oacute;n a las arcas p&uacute;blicas&rdquo;, y que viene reclamando otros 135 millones en las decenas de piezas de la macrocausa de los ERE que siguen abiertas.
    </p><p class="article-text">
        Lo que no dijo Moreno es que, cada a&ntilde;o, su Gobierno consigna una cantidad en el presupuesto auton&oacute;mico para seguir abonando las ayudas sociolaborales de pago directo y a trav&eacute;s de la financiaci&oacute;n de p&oacute;lizas de seguro colectivo de rentas a los prejubilados que en su momento se acogieron legalmente a un ERE. S&oacute;lo en su primer ejercicio presupuestario respaldado por Ciudadanos y Vox (2019), el Ejecutivo de Moreno pag&oacute; 35,7 millones en ayudas a los prejubilados de los ERE.
    </p><p class="article-text">
        La jueza instructora del caso, Mercedes Alaya, calcul&oacute; que se desviaron 855 millones, la Fiscal&iacute;a lo estim&oacute; en 741,6 millones y aquella sentencia, ratificada luego en el Supremo, rebaj&oacute; hasta los 680 millones. Si bien parte de ese dinero se pag&oacute; a trabajadores que ten&iacute;an derecho a cobrarlo, como ahora admite con sus actos el propio Gobierno del PP.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Daniel Cela]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/moreno-maniobra-reactivar-condenas-anuladas-caso-ere-gobierno-volver-personarse_1_12291503.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 12 May 2025 13:24:37 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Moreno maniobra para reactivar las condenas anuladas de los ERE y anuncia que su Gobierno "volverá a personarse"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Andalucía,Caso ERE,Tribunal Constitucional,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea,Manuel Chaves,José Antonio Griñán]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla deliberará durante tres días si lleva los ERE a la Justicia europea como pide el PP]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deliberara-durante-tres-dias-si-lleva-ere-justicia-europea-pide-pp_1_12236708.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fe067ac5-f4da-4ee1-bbcc-91be461e305e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Sevilla deliberará durante tres días si lleva los ERE a la Justicia europea como pide el PP"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Sección Primera fija en una providencia la deliberación para los próximos días 24 y 29 de abril y 13 de mayo de cara a decidir si pregunta al TJUE sobre las sentencias del Tribunal Constitucional</p><p class="subtitle">El Constitucional no hará nada para evitar que la Audiencia de Sevilla lleve a Europa el caso de los ERE
</p></div><p class="article-text">
        La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha decidido finalmente que va a deliberar durante tres d&iacute;as (24 y 29 de abril, y 13 de mayo) si lleva plantea o no una cuesti&oacute;n prejudicial sobre el caso de los ERE ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como ha pedido la acusaci&oacute;n representada por el PP</a>, seg&uacute;n figura en esta nueva providencia difundida por la Oficina de Comunicaci&oacute;n del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&iacute;a (TSJA).
    </p><p class="article-text">
        En marzo, la Audiencia de Sevilla solicit&oacute; por escrito a las partes que en un plazo de diez d&iacute;as presentaran &ldquo;alegaciones&rdquo; sobre ese mismo posible planteamiento antes de dictar nuevos pronunciamientos. La Secci&oacute;n Primera acord&oacute;&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-encarga-nueva-sentencia-ere-juezas-primer-fallo-tres-nuevos-magistrados_1_11799005.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la constituci&oacute;n del tribunal</a>&nbsp;para el dictado de las nuevas sentencias en la 'pieza pol&iacute;tica' de los ERE&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Tribunal Constitucional desinflara la macrocausa antes del verano</a>&nbsp;y de que el Tribunal Supremo empezase a absolver a exaltos cargos socialistas&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/primera-decision-supremo-ere-sentencias-constitucional-exaltos-cargos-absueltos-pieza_1_11886577.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de otras piezas pendientes al haber sido ya juzgados</a>.
    </p><p class="article-text">
        El pasado 9 de abril, el <a href="https://12ft.io/proxy?q=https%3A%2F%2Fwww.eldiario.es%2Ftemas%2Ftribunal-constitucional%2F" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Constitucional</a>&nbsp;anunci&oacute; que no tomar&iacute;a ninguna medida para impedir que la Audiencia de Sevilla llevara el caso a Europa. El pleno, tras dos d&iacute;as de deliberaciones, decidi&oacute; no mover ficha y seguir de cerca tanto&nbsp;<a href="https://12ft.io/proxy?q=https%3A%2F%2Fwww.eldiario.es%2Fpolitica%2Ftribunales-tratan-involucrar-europa-guerra-inedita-constitucional_1_12167906.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la posible cuesti&oacute;n prejudicial</a>&nbsp;del tribunal sevillano como la que ya elev&oacute; el Tribunal Superior de Madrid en otro asunto. El Constitucional, en cualquier caso, explic&oacute; en un comunicado que el asunto constituye una &ldquo;preocupaci&oacute;n&rdquo; al ser &ldquo;un tema complejo y en evoluci&oacute;n&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text"><strong>&iquest;Qu&eacute; plante&oacute; la Audiencia a las partes?</strong></h2><p class="article-text">
        La Audiencia, despu&eacute;s de que&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el PP pidiera pide llevar el asunto a la Justicia europea al considerar que el Constitucional &ldquo;se extralimit&oacute;&rdquo;</a>, quiso recabar &ldquo;la opini&oacute;n de las partes&rdquo; en torno a la interpretaci&oacute;n de varios aspectos, entre ellos precisamente &ldquo;si el Tribunal Constitucional se ha extralimitado en la funci&oacute;n de control que le corresponde invadiendo &aacute;mbitos reservados a la jurisdicci&oacute;n de los jueces y tribunales al revisar, a trav&eacute;s de una interpretaci&oacute;n alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos, la valoraci&oacute;n probatoria y el juicio de subsunci&oacute;n realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces de la Audiencia van m&aacute;s a lo concreto y preguntan a las partes &ldquo;si la interpretaci&oacute;n del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andaluc&iacute;a de los a&ntilde;os 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboraci&oacute;n de los presupuestos a la fase final de su ejecuci&oacute;n, lo cual podr&iacute;a generar una situaci&oacute;n de desprotecci&oacute;n del patrimonio p&uacute;blico y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos p&uacute;blicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios p&uacute;blicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de administraci&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n cuestiona la Audiencia &ldquo;la posibilidad de que dicha doctrina incumpla las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Uni&oacute;n Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Uni&oacute;n, de prevenir y combatir la corrupci&oacute;n en general y de prever la aplicaci&oacute;n de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, y por &uacute;ltimo, pregunta por la posibilidad &ldquo;de que los tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales auton&oacute;micas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como l&iacute;citas las conductas de los acusados cuando, seg&uacute;n los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-deliberara-durante-tres-dias-si-lleva-ere-justicia-europea-pide-pp_1_12236708.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 22 Apr 2025 10:12:08 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla deliberará durante tres días si lleva los ERE a la Justicia europea como pide el PP]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/fe067ac5-f4da-4ee1-bbcc-91be461e305e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Constitucional no hará nada para evitar que la Audiencia de Sevilla lleve a Europa el caso de los ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/constitucional-no-hara-evitar-audiencia-sevilla-lleve-europa-caso-ere_1_12205693.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/acf44886-9ae7-4630-93d7-9798a9975a19_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Constitucional no hará nada para evitar que la Audiencia de Sevilla lleve a Europa el caso de los ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El pleno zanja dos días de deliberaciones anunciando que seguirá de cerca la posible cuestión prejudicial que el tribunal andaluz eleve a Luxemburgo pero, en la línea con lo afirmado por Cándido Conde-Pumpido, no tomará ninguna medida</p><p class="subtitle">Conde-Pumpido descarta que el Constitucional vaya a frenar a la Audiencia de Sevilla si lleva el caso de los ERE a Europa</p></div><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/tribunal-constitucional/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Constitucional</a> no tomar&aacute; ninguna medida que impida que la Audiencia de Sevilla lleve el <a href="https://www.eldiario.es/temas/caso-ere/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso de los ERE</a> de Andaluc&iacute;a hasta Europa. El pleno, tras dos d&iacute;as de deliberaciones, ha decidido no mover ficha y seguir de cerca tanto <a href="https://www.eldiario.es/politica/tribunales-tratan-involucrar-europa-guerra-inedita-constitucional_1_12167906.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la posible cuesti&oacute;n prejudicial</a> del tribunal andaluz como la que ya elev&oacute; el Tribunal Superior de Madrid en otro asunto. El Constitucional, en cualquier caso, explica en un comunicado que el asunto constituye una &ldquo;preocupaci&oacute;n&rdquo; al ser &ldquo;un tema complejo y en evoluci&oacute;n&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n del pleno sigue la estela de lo afirmado <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/conde-pumpido-descarta-constitucional-frenar-audiencia-sevilla-si-lleva-caso-ere-europa_1_12198622.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hace unos d&iacute;as por su presidente</a>, C&aacute;ndido Conde-Pumpido, en el Ateneo de Madrid. El magistrado rechaz&oacute; que este debate fuera a desembocar en alg&uacute;n tipo de movimiento del tribunal para interceptar la posible cuesti&oacute;n prejudicial que estudia en estas semanas la Audiencia de Sevilla para preguntar al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea si est&aacute; obligada a cumplir las sentencias del Constitucional que rebajaron la mayor parte de las condenas de los ERE de Andaluc&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        Los miembros del tribunal de garant&iacute;as analizaban desde hace semanas dos movimientos recientes de dos tribunales territoriales con un objetivo: preguntar a Europa si pod&iacute;an soslayar las sentencias del Constitucional, no ejecutarlas y plantear sus propios reparos a los tribunales internacionales. El primero en hacerlo fue el Tribunal Superior de Madrid, que en un pleito relacionado con un conflicto entre empresas VTC elev&oacute; una cuesti&oacute;n prejudicial a Luxemburgo para preguntar si la sentencia del Constitucional sobre el caso era compatible con el derecho comunitario. 
    </p><p class="article-text">
        El segundo tribunal, que por el momento ha consultado a las partes si debe hacer un movimiento similar a instancias del PP, es la Audiencia Provincial de Sevilla. Sobre la mesa est&aacute; la posibilidad de consultar al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea hasta qu&eacute; punto las decisiones del Constitucional, que redujeron a la m&iacute;nima expresi&oacute;n las condenas de los l&iacute;deres socialistas andaluces y llevaron a la excarcelaci&oacute;n de muchos de ellos. 
    </p><p class="article-text">
        La iniciativa de ambos tribunales territoriales fue recibida con preocupaci&oacute;n en sectores del Constitucional que consideraban &ldquo;in&eacute;dito&rdquo; que pretendieran acudir a Europa para incumplir, en la pr&aacute;ctica, sentencias del tribunal de garant&iacute;as. Todo tras semanas turbulentas en su relaci&oacute;n con el Tribunal Supremo, que en varios autos tambi&eacute;n relacionados tangencialmente con el caso de los ERE hab&iacute;a incluso deslizado la posibilidad de poder encausar a los magistrados del Constitucional por prevaricaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        El presidente del tribunal, C&aacute;ndido Conde-Pumpido, encarg&oacute; varios informes a los letrados del Constitucional, que informaron en contra de la posibilidad de interceptar de alguna manera esas cuestiones prejudiciales e intervenir en el proceso fuera de los cauces reglamentarios. Fue el propio magistrado el que descart&oacute; la posibilidad de ir m&aacute;s all&aacute; de una mera deliberaci&oacute;n hace unos d&iacute;as <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/conde-pumpido-descarta-constitucional-frenar-audiencia-sevilla-si-lleva-caso-ere-europa_1_12198622.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en el Ateneo de Madrid</a>. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No hay intenci&oacute;n alguna de formular ninguna anulaci&oacute;n de esa decisi&oacute;n, es novedosa porque en 40 a&ntilde;os de pertenencia a la Uni&oacute;n Europea las cuestiones prejudiciales se han presentado antes de dictar la primera sentencia, pero no se hab&iacute;a planteado nunca como recurso secundario al final del procedimiento&rdquo;, explic&oacute; entonces.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/constitucional-no-hara-evitar-audiencia-sevilla-lleve-europa-caso-ere_1_12205693.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 09 Apr 2025 10:54:50 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Constitucional no hará nada para evitar que la Audiencia de Sevilla lleve a Europa el caso de los ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sentencia ERE,Caso ERE,Tribunal Constitucional,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Conde-Pumpido descarta que el Constitucional vaya a frenar a la Audiencia de Sevilla si lleva el caso de los ERE a Europa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/conde-pumpido-descarta-constitucional-frenar-audiencia-sevilla-si-lleva-caso-ere-europa_1_12198622.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/933d65de-8681-46ba-960b-f35da46b525c_16-9-discover-aspect-ratio_default_1115110.jpg" width="1910" height="1074" alt="Conde-Pumpido descarta que el Constitucional vaya a frenar a la Audiencia de Sevilla si lleva el caso de los ERE a Europa"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El presidente del TC dice que se ha convocado "un debate interno ante un asunto novedoso que afecta a nuestra jurisdicción". "Es un debate sin respuesta de resolución, una reflexión interna"</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla desafía al Constitucional y pregunta para qué quiere una providencia del caso ERE
</p></div><p class="article-text">
        C&aacute;ndido Conde-Pumpido, presidente del Constitucional, ha intervenido este lunes en un desayuno informativo del Ateneo de Madrid para referirse a uno de los grandes conflictos que atraviesa el tribunal en la actualidad: la intenci&oacute;n de la Audiencia de Sevilla de llevar al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea de Luxemburgo las sentencias que ampararon a los condenados del caso de los ERE de Andaluc&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        El presidente ha descartado que el debate que el pleno tiene se&ntilde;alado para esta semana tenga por objetivo interceptar esa posible cuesti&oacute;n de inconstitucionalidad aunque ha reconocido que se trata de un asunto &ldquo;novedoso&rdquo; porque, normalmente, estas cuestiones se presentan antes de dictarse sentencias firmes sobre el caso. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Es un asunto controvertido, de actualidad, desde el Constitucional respetamos la autonom&iacute;a de cualquier &oacute;rgano jurisdiccional, lo que hemos hecho es convocar un debate interno ante un asunto novedoso que afecta a nuestra jurisdicci&oacute;n. Es un debate sin respuesta de resoluci&oacute;n, una reflexi&oacute;n interna&rdquo;, ha explicado.  &ldquo;No hay intenci&oacute;n alguna de formular ninguna anulaci&oacute;n de esa decisi&oacute;n, es novedosa porque en 40 a&ntilde;os de pertenencia a la Uni&oacute;n Europea las cuestiones prejudiciales se han presentado antes de dictar la primera sentencia, pero no se hab&iacute;a planteado nunca como recurso secundario al final del procedimiento&rdquo;, ha explicado.
    </p><p class="article-text">
        Es de recordar que la Audiencia de Sevilla, despu&eacute;s de aceptar&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el envite del PP</a>&nbsp;y plantear la posibilidad de que las sentencias del Constitucional <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no fueran &ldquo;del todo compatibles&rdquo; con el Derecho de la Uni&oacute;n Europea</a>, en una diligencia de ordenaci&oacute;n <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-desafia-constitucional-pregunta-quiere-providencia-caso-ere_1_12167721.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pidi&oacute; recientemente al tribunal de garant&iacute;as</a> que explicara por qu&eacute; y para qu&eacute; le hab&iacute;a reclamado la providencia en la que ped&iacute;a a las partes que se posicionaran sobre la posibilidad de elevar una consulta a Europa.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/conde-pumpido-descarta-constitucional-frenar-audiencia-sevilla-si-lleva-caso-ere-europa_1_12198622.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 07 Apr 2025 09:27:19 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Conde-Pumpido descarta que el Constitucional vaya a frenar a la Audiencia de Sevilla si lleva el caso de los ERE a Europa]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Tribunal Constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía Anticorrupción discrepa de la Audiencia de Sevilla y rechaza elevar el caso ERE al Tribunal de la UE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/fiscalia-anticorrupcion-discrepa-audiencia-sevilla-rechaza-elevar-caso-ere-tribunal-ue_1_12186498.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f05a50e2-6eef-43ce-aa70-6b0c018fb2da_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía Anticorrupción discrepa de la Audiencia de Sevilla y rechaza elevar el caso ERE al Tribunal de la UE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio Público se opone a la petición del PP de que se remita la causa contra Chaves y Griñán al Tribunal de Luxemburgo tras anular el Constitucional sus condenas, y defiende que el Tribunal de Garantías "no se ha extralimitado"</p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla evita aclarar a Griñán por qué plantea la opción de llevar los ERE a la Justicia europea
</p></div><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n se ha alineado con el criterio del Tribunal Constitucional (TC) en su oposici&oacute;n a que el caso ERE se eleve al Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE), como ha planteado la Audiencia de Sevilla a propuesta del PP y del sindicato ultraderechista Manos Limpias, personados como acusaci&oacute;n particular.
    </p><p class="article-text">
        El pasado julio, el TC anul&oacute; parcialmente las sentencias que condenaron por delitos de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, junto a ocho exconsejeros de su Gobierno en la llamada pieza pol&iacute;tica del caso ERE. El Tribunal de Garant&iacute;as consider&oacute; que se hab&iacute;a vulnerado el derecho fundamental a la defensa de los dirigentes socialistas -&ldquo;de legalidad penal&rdquo;-, admiti&oacute; el recurso de amparo de los condenados, y remiti&oacute; el fallo al tribunal de origen para que rehiciera su sentencia teniendo esto en cuenta.
    </p><p class="article-text">
        Pero la Audiencia de Sevilla, a instancias del PP y Manos Limpias, plante&oacute; elevar una cuesti&oacute;n prejudicial ante el Tribunal de la UE al considerar que el TC se hab&iacute;a extralimitado en sus competencias al anular su sentencia y que sus valoraciones no eran compatibles con el Derecho de la Uni&oacute;n. El Ministerio P&uacute;blico se ha pronunciado ahora sobre este escenario, in&eacute;dito hasta la fecha, rechazando de plano reabrir la causa en Luxemburgo, recordando que un tribunal ordinario no puede corregir ni cuestionar las decisiones del Tribunal de Garant&iacute;as, que en este caso vela por los derechos fundamentales de los acusados.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La primac&iacute;a del Derecho de la Uni&oacute;n no dispensa a los &oacute;rganos jurisdiccionales de la obligaci&oacute;n de respetar el principio de legalidad penal&rdquo;, reza el escrito de los fiscales Manuel Fern&aacute;ndez Guerra y Juan Enrique Egocheaga, delegados de Anticorrupci&oacute;n en Sevilla, presentado ante la Audiencia Provincial el pasado 1 de marzo. 
    </p><p class="article-text">
        La apelaci&oacute;n del Ministerio P&uacute;blico cita en sus conclusiones una sentencia de 2022 del Tribunal de la UE, el mismo &oacute;rgano al que la Audiencia sopesa remitir el caso ERE, que establece tambi&eacute;n que &ldquo;la obligaci&oacute;n de garantizar que tales delitos son objeto de sanciones penales eficaces y disuasorias no dispensa al &oacute;rgano jurisdiccional remitente de verificar el necesario respeto de los derechos fundamentales&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Los fiscales, por tanto, defiende que el TC ha actuado en el ejercicio de sus competencias sin trangredir ninguna normativa europea. &ldquo;Ninguna duda existe de que el Tribunal Constitucional no se extralimita al anular una resoluci&oacute;n judicial por entender que la misma incurre en aplicaci&oacute;n extensiva o analog&iacute;a&nbsp;<em>in malam partem</em>&nbsp;de un tipo penal pues, en tales casos, la interpretaci&oacute;n del &oacute;rgano jurisdiccional incurre en vulneraci&oacute;n del principio de legalidad proclamado en el art&iacute;culo 25&rdquo; de la Carta Magna, reza el escrito. 
    </p><p class="article-text">
        La propia jurisprudencia del TJUE y del Supremo, que cita el documento, advierte de que las dudas sobre posible incompatibilidad del derecho nacional con el europeo &ldquo;pueden ser resueltas por el propio tribunal nacional&rdquo; y &ldquo;desaconsejan el planteamiento de una cuesti&oacute;n prejudicial ante Luxemburgo: &rdquo;La duda expresada por el &oacute;rgano jurisdiccional puede ser resuelta con arreglo a las normas del derecho interno sin apreciar incompatibilidad con la normativa europea&ldquo;, concluye.
    </p><p class="article-text">
        Los fiscales tambi&eacute;n impugnan lo afirmado por la Audiencia Provincial en su providencia del 18 de marzo, al afirmar que &ldquo;el Constitucional no ha optado por una interpretaci&oacute;n alternativa de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n&rdquo;, como subrayaron los jueces del tribunal ordinario. &ldquo;Las consideraciones que han conducido al Constitucional a alcanzar esta conclusi&oacute;n [esto es, que en realidad fue la Audiencia y el Supremo los que hicieron una &rdquo;interpretaci&oacute;n extensiva&ldquo; y, por tanto, vulnera el derecho de legalidad de los condenados] no resultan irracionales y mucho menos arbitrarias&rdquo;, subraya el escrito de los fiscales.
    </p><p class="article-text">
        <strong>El PP carga contra la Fiscal&iacute;a</strong>
    </p><p class="article-text">
        La cuesti&oacute;n prejudicial que ha planteado la Audiencia de Sevilla tras las sentencias del Tribunal de Garant&iacute;as que anularon parcialmente las condenas a Chaves y Gri&ntilde;&aacute;n ha desatado un terremoto judicial y pol&iacute;tico en Espa&ntilde;a. Es un escenario sin precedentes que ha enfrentado la opini&oacute;n de magistrados, tanto del sector conservador como del progresista. En el &oacute;rgano que preside C&aacute;ndido Conde Pumpido hay voces autorizadas que lo consideran un &ldquo;acto de rebeld&iacute;a&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En el &aacute;mbito pol&iacute;tico, el PP ha acusado abiertamente a Conde Pumpido de &ldquo;corrupto&rdquo; y de estar instrumentalizando el Tribunal Constitucional para &ldquo;blanquear el mayor caso de corrupci&oacute;n de la historia de Espa&ntilde;a&rdquo;, en referencia a los ERE. En plena pol&eacute;mica por las palabras de la vicepresidenta del Gobierno, Mar&iacute;a Jes&uacute;s Montero, al tildar de &ldquo;verg&uuml;enza&rdquo; la sentencia exculpatoria del futbolista Dani Alves, muy contestada por el sector judicial por ir &ldquo;contra la presunci&oacute;n de inocencia&rdquo;, los populares han se&ntilde;alado p&uacute;blicametne tanto a Conde Pumpido como al fiscal general del Estado, &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz, a quien acusan de actuar de parte del Gobierno de Pedro S&aacute;nchez.
    </p><p class="article-text">
        En su comparecencia de este mi&eacute;rcoles ante la prensa, el portavoz del PP en el Parlamento andaluz, Toni Mart&iacute;n, se ha referido a Garc&iacute;a Ortiz citando una p&aacute;gina de Abc en su edici&oacute;n de hoy que habla de supuestos intentos del fiscal general para que Anticorrupci&oacute;n se opusiera al planteamiento de la Audiencia de Sevilla de llevar el caso ERE al Tribunal Europeo. La decisi&oacute;n del Ministerio P&uacute;blico se hizo p&uacute;blica el pasado lunes -adelantada por El Confidencial-, pero no ha sido hasta hoy cuando se ha difundido el escrito de los dos fiscales delegados en Sevilla.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n, y todas sus delegaciones, as&iacute; como la Audiencia Provincial de Sevilla merece que se les respete y se les defienda. Lo que est&aacute; pasando no tiene nombre: a los mayores garantes de la defensa de las leyes, da la impresi&oacute;n, de que pudieran estar colaborando en esta estrategia torticera de blanquear el mayor caso de corrupci&oacute;n de la historia, maniatando a la Audiencia de Sevilla, que ha querido apelar a la Justicia europea. Me parece escandaloso&rdquo;, ha asegurado Mart&iacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Horas despu&eacute;s de su comparecencia se ha hecho p&uacute;blico el escrito de los fiscales anticorrupci&oacute;n, argumentando a favor del criterio del Constitucional y en contra de la Audiencia de Sevilla.
    </p><p class="article-text">
        Las cr&iacute;ticas abiertas del PP andaluz al Ministerio P&uacute;blico tras discrepar de su intenci&oacute;n para que el Tribunal de Luxemburgo revise la anulaci&oacute;n de las sentencias dictada por el TC provoca el primer cisma entre ambos dentro de un procedimiento judicial que ha durado m&aacute;s de una d&eacute;cada. Hasta hoy, los populares, personados como acusaci&oacute;n particular en el caso ERE, han elogiado siempre los pasos que ha ido dando Anticorrupci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La posici&oacute;n procesal de la Fiscal&iacute;a en la llamada pieza pol&iacute;tica fue coincidente con el criterio de la Audiencia de Sevilla: los fiscales acusaron a Chaves de prevaricaci&oacute;n y a Gri&ntilde;&aacute;n de prevaricaci&oacute;n y malversaci&oacute;n, como a otros 19 exaltos cargos de los anteriorres gobiernos socialistas, que terminaron siendo condenados. Tambi&eacute;n se aline&oacute; con el criterio del Tribunal Supremo, que refrend&oacute; esas acusaciones en las sentencias definitivas de 2022.
    </p><p class="article-text">
        El PP aplaudi&oacute; cada paso, sin embargo, ahora carga duramente contra los fiscales por distanciarse del criterio de la Audiencia y alinearse con el enfoque del Constitucional, que anul&oacute; las condenas en el caso ERE por considerar que el tribunal ordinario hab&iacute;a vulnerado el principio de legalidad penal. 
    </p><p class="article-text">
        El Ministerio P&uacute;blico tambi&eacute;n rechaza que las conductas que se enjuician aqu&iacute; afecten a los intereses financieros de la UE, como llega a plantear la Audiencia, al vincular la anulaci&oacute;n parcial de las sentencias de la pieza pol&iacute;tica de los ERE con el fraude de las ayudas millonarias que concedi&oacute; la Junta de Andaluc&iacute;a (y que son objetos de otras causas cerradas y a&uacute;n en proceso). 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El TJUE ha afirmado en numerosas ocasiones que la obligaci&oacute;n de los jueces nacionales de interpretar la normativa interna conforme a las exigencias del Derecho de la Uni&oacute;n, incluso cuando se trate de evitar un riesgo sistem&aacute;tico de impunidad en materia de corrupci&oacute;n, no autoriza a violentar el derecho de legalidad penal, perge&ntilde;ando interpretaciones de los tipos penales que desborden su sentido literal&rdquo;, dice el documento.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Daniel Cela]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/fiscalia-anticorrupcion-discrepa-audiencia-sevilla-rechaza-elevar-caso-ere-tribunal-ue_1_12186498.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Apr 2025 14:56:41 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía Anticorrupción discrepa de la Audiencia de Sevilla y rechaza elevar el caso ERE al Tribunal de la UE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Tribunal Constitucional,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea,Manuel Chaves,José Antonio Griñán,Fiscalía,Andalucía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla evita aclarar a Griñán por qué plantea la opción de llevar los ERE a la Justicia europea]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-evita-aclarar-grinan-plantea-opcion-llevar-ere-justicia-europea_1_12179392.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fa99c8c5-5249-4407-9ec4-33704e0d8bf1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Sevilla evita aclarar a Griñán por qué plantea la opción de llevar los ERE a la Justicia europea"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">"No ha lugar a hacer aclaración por cuanto la providencia expone con claridad las cuestiones que se someten a las partes", dice tajante la Sección Primera a la espera de la respuesta del Tribunal Constitucional</p><p class="subtitle">Griñán pide a la Audiencia de Sevilla que aclare en qué se ha extralimitado el Constitucional en su doctrina de los ERE
</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla ha denegado a la defensa del expresidente socialista de la Junta de Andaluc&iacute;a Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n la posibilidad de aclarar su providencia en la que&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pide que las partes del caso de los ERE se pronuncien sobre si el Tribunal Constitucional  &ldquo;se ha extralimitado&rdquo;</a>&nbsp;haciendo una &ldquo;interpretaci&oacute;n alternativa de la prevaricaci&oacute;n y la malversaci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En una providencia emitida el pasado 27 de marzo, la Secci&oacute;n Primera de la Audiencia da cuenta de la petici&oacute;n de la representaci&oacute;n de Gri&ntilde;&aacute;n y expone que &ldquo;la firma de la providencia se ha producido por la magistrada ponente, tal y como se ha hecho en todas las providencias dictadas en este procedimiento&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n defiende el car&aacute;cter no recurrible de la providencia porque &ldquo;el tr&aacute;mite de alegaciones al Ministerio Fiscal y a las partes personadas resulta obligado&rdquo; por Ley, zanjando que &ldquo;no ha lugar a hacer aclaraci&oacute;n por cuanto la providencia expone con claridad las cuestiones que se someten a las partes&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Es de recordar que, despu&eacute;s de aceptar&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el envite del PP</a>&nbsp;y plantear la posibilidad de que las sentencias del TC en el caso ERE&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no fueran &ldquo;del todo compatibles&rdquo; con el Derecho de la Uni&oacute;n Europea</a>, en una diligencia de ordenaci&oacute;n<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-desafia-constitucional-pregunta-quiere-providencia-caso-ere_1_12167721.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> la Audiencia ha pedido al tribunal de garant&iacute;as que explique por qu&eacute; y para qu&eacute; le ha reclamado la providencia</a> en la que ped&iacute;a a las partes que se posicionaran sobre la posibilidad de elevar una consulta a Europa.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiarioand]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-evita-aclarar-grinan-plantea-opcion-llevar-ere-justicia-europea_1_12179392.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 31 Mar 2025 14:43:03 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla evita aclarar a Griñán por qué plantea la opción de llevar los ERE a la Justicia europea]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,José Antonio Griñán,Tribunal Constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[ERES: sin orden no hay conocimiento]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contracorriente/orden-no-hay-conocimiento_132_12177274.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/cf077b39-dbb4-458e-b117-f58cf705b338_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="ERES: sin orden no hay conocimiento"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Con los jueces que tenemos puede pasar cualquier cosa. En todo caso, no creo que los Magistrados puedan esperar otra cosa que no sea el rechazo de plano por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Si después de hacer exhibición de ignorancia en España, quieren hacerlo en Europa, están su derecho a hacerlo</p></div><p class="article-text">
        Este art&iacute;culo va dirigido a los Magistrados de la Audiencia Provincial de Sevilla que dictaron la sentencia sobre la &ldquo;pieza pol&iacute;tica&rdquo; de los ERES, a los Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que la ratificaron, aunque con dos votos particulares, y a los cinco Magistrados de la Audiencia Provincial de Sevilla que se resisten a aplicar la sentencia del Tribunal Constitucional anulatoria parcialmente de la sentencia de ambos &oacute;rganos judiciales.
    </p><p class="article-text">
        Pocas cosas hay tan peligrosas como que ocupen puestos de m&aacute;xima responsabilidad en el poder judicial personas &ldquo;que no saben, pero que creen que s&iacute; saben&rdquo;. Las consecuencias de esa ignorancia pueden llegar a ser dram&aacute;ticas.
    </p><p class="article-text">
        Esto es, exactamente, lo que ha ocurrido en el caso de los ERES de Andaluc&iacute;a en lo relativo a la &ldquo;pieza pol&iacute;tica&rdquo; de los mismos, es decir, a aquella en la que se enjuiciaba a los expresidentes, Manuel Chaves y Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n, as&iacute; como a varios de los miembros de los Consejos de Gobierno por ellos presididos. La exhibici&oacute;n de ignorancia de todos los Magistrados, incluso de las dos Magistradas que firmaron un voto particular respecto del delito de malversaci&oacute;n, es escalofriante.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Sin orden no hay conocimiento&rdquo;. Fue la primera ense&ntilde;anza que me transmiti&oacute; el Profesor Lojendio cuando iniciaba la elaboraci&oacute;n de mi tesis doctoral sobre la &ldquo;Reserva de Ley&rdquo;. Cuando le present&eacute; lo que yo pensaba que podr&iacute;a ser el primer cap&iacute;tulo de mi tesis, me lo arroj&oacute; en la mesa en la que trabajaba y por delante de la cual ten&iacute;a que pasar cuando iba a dar clase. No se atreva a volver a presentarme algo parecido. El orden es necesario en la fase de investigaci&oacute;n y en la fase de exposici&oacute;n. No hay nada m&aacute;s pat&eacute;tico que un profesor desordenado.
    </p><p class="article-text">
        Lo que vale para los profesores vale todav&iacute;a m&aacute;s para los jueces y magistrados que integran el Poder Judicial. Los jueces y magistrados son portadores del poder del Estado a t&iacute;tulo individual. Incluso cuando act&uacute;an formando parte de un &oacute;rgano colegiado. Un profesor desordenado puede ser una cat&aacute;strofe para sus alumnos. El ejercicio desviado de la &ldquo;libertad de c&aacute;tedra&rdquo; puede tener consecuencias nefastas. Pero su alcance es siempre limitado. El ejercicio desviado de la potestad jurisdiccional puede llegar a provocar un conflicto constitucional.&nbsp;&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Exactamente eso es lo que ha ocurrido con la instrucci&oacute;n y el enjuiciamiento de la &ldquo;pieza pol&iacute;tica&rdquo; de los ERES. El desorden que ha presidido la instrucci&oacute;n y las sentencias sobre dicha pieza pol&iacute;tica resulta literalmente inimaginable en nadie que ocupe un lugar tan destacado en la arquitectura del Poder Judicial.
    </p><p class="article-text">
        El constituyente de 1978 dej&oacute; meridianamente claro como opera &ldquo;la divisi&oacute;n de poderes&rdquo; en un caso como el de los ERES. Lo hace, adem&aacute;s, de manera escalonada, resultando, en consecuencia, discernible a primera vista c&oacute;mo y en qu&eacute; momento tiene que actuar cada uno de ellos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Establece, en primer lugar, una &ldquo;reserva de ley absoluta&rdquo; a favor de las Cortes Generales (o del Parlamento de las Comunidades Aut&oacute;nomas) para, a trav&eacute;s de la Ley de Presupuestos, determinar las partidas necesarias para la financiaci&oacute;n de los ERES.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En segundo lugar, atribuye al Gobierno la funci&oacute;n de &ldquo;direcci&oacute;n Pol&iacute;tica&rdquo;, para lo que le otorga la iniciativa legislativa en general de manera exclusiva, pero no excluyente. La iniciativa legislativa es la facultad a trav&eacute;s de la cual el Gobierno identifica los problemas con los que la sociedad tiene que enfrentarse y remite al Congreso de los Diputados los proyectos de ley que estime pertinentes para hacer frente a dichos problemas.
    </p><p class="article-text">
        A continuaci&oacute;n, y ahora no solamente de manera exclusiva, sino tambi&eacute;n excluyente, atribuye al Gobierno la facultad, que es al mismo tiempo obligaci&oacute;n, de enviar en fecha fijada en la propia Constituci&oacute;n el Proyecto de Ley de Presupuestos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La elaboraci&oacute;n del Proyecto de Ley de Presupuestos es el m&aacute;ximo acto de &ldquo;direcci&oacute;n pol&iacute;tica&rdquo; del Gobierno. No hay ning&uacute;n otro comparable. De ah&iacute; que nadie pueda hacerle competencia. Justamente porque se trata del &ldquo;m&aacute;ximo acto de direcci&oacute;n pol&iacute;tica&rdquo;, no cabe siquiera la posibilidad de que ni el Presidente del Gobierno o de una Comunidad Aut&oacute;noma, ni los ministros o consejeros, puedan cometer el delito de &ldquo;prevaricaci&oacute;n administrativa&rdquo;. El acto administrativo presupuestario no existe y, en consecuencia, falta el presupuesto de hecho para el delito de prevaricaci&oacute;n administrativa en el proceso de elaboraci&oacute;n del Proyecto de Ley de Presupuestos.
    </p><p class="article-text">
        Ninguna democracia parlamentaria podr&iacute;a operar si se pudiera perseguir penalmente al Presidente del Gobierno o de la Comunidad Aut&oacute;noma o a sus Ministros o Consejeros por su participaci&oacute;n en el proceso de elaboraci&oacute;n del Proyecto de Ley de Presupuestos. O de cualquier otro Proyecto de Ley. En la iniciativa legislativa no tiene cabida el delito de prevaricaci&oacute;n administrativa.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En la fase ascendente del proceso de formaci&oacute;n de la voluntad general del Estado no se puede cometer ning&uacute;n delito. De producirse alguna irregularidad en dicho proceso, podr&iacute;a plantearse un recurso de inconstitucionalidad contra la ley una vez aprobada. Pero nada m&aacute;s. Estamos en el dominio legislativo y sobre el mismo &uacute;nicamente puede pronunciarse el Tribunal Constitucional. Dado el tiempo transcurrido, ya no se podr&iacute;a interponer un recurso de inconstitucionalidad contra las Leyes de Presupuesto de la Comunidad Aut&oacute;noma de Andaluc&iacute;a que conten&iacute;an las partidas con las que se financiaron los ERES.
    </p><p class="article-text">
        Esto es lo que ha dicho la Sentencia del Tribunal Constitucional al anular las sentencias dictadas por la Sala de la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo. El Tribunal Constitucional ha ordenado lo que ambos &oacute;rganos judiciales hab&iacute;an desordenado. Y ha dado indicaciones a la Sala de la Audiencia Provincial de Sevilla para que dicte una sentencia sin vulneraci&oacute;n de los derechos fundamentales de los condenados.
    </p><p class="article-text">
        El lector est&aacute; al tanto de la rebeli&oacute;n de los cinco Magistrados que componen la Sala que tiene que ejecutar la sentencia del Tribunal Constitucional. Sigo teniendo la impresi&oacute;n de que los Magistrados de la Audiencia Provincial de Sevilla no tienen inter&eacute;s en presentar una cuesti&oacute;n prejudicial contra una sentencia en un recurso de amparo por derechos fundamentales, que afectan no solamente a los reconocidos en la Constituci&oacute;n, sino tambi&eacute;n a los reconocidos en el Convenio Europeo de Roma de 1950.
    </p><p class="article-text">
        Pero con los jueces que tenemos puede pasar cualquier cosa. En todo caso, no creo que los Magistrados puedan esperar otra cosa que no sea el rechazo de plano por el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea. Si despu&eacute;s de hacer exhibici&oacute;n de ignorancia en Espa&ntilde;a, quieren hacerlo en Europa, est&aacute;n su derecho a hacerlo.
    </p><p class="article-text">
        Es verdad que, en la fase descendente, es decir, en la ejecuci&oacute;n de los Presupuestos, se pueden cometer desviaciones que puedan llegar a ser constitutivas de delito. Pero esas desviaciones no afectan a los expresidentes ni a la inmensa mayor&iacute;a de los Consejeros y, adem&aacute;s, la presunci&oacute;n de inocencia tendr&aacute; que ser destruida mediante la prueba pertinente. De haber estado los jueces en perseguir la corrupci&oacute;n, habr&iacute;an tenido que empezar por aqu&iacute;. Ellos sabr&aacute;n por qu&eacute; no lo han hecho.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Pérez Royo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contracorriente/orden-no-hay-conocimiento_132_12177274.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 30 Mar 2025 19:27:53 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[ERES: sin orden no hay conocimiento]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE,Tribunal Constitucional,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Varios tribunales tratan de involucrar a Europa en una guerra inédita con el Constitucional]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/tribunales-tratan-involucrar-europa-guerra-inedita-constitucional_1_12167906.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/82ec5e38-1c1f-49a0-8ef4-44979088a7ac_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x3739y507.jpg" width="1200" height="675" alt="Cándido Conde-Pumpido tras un pleno del Constitucional celebrado en Cádiz"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido busca la manera de afrontar el doble conflicto abierto por la Audiencia de Sevilla en el caso de los ERE y el TSJ de Madrid en otro pleito empresarial, que buscan escalar sus quejas al Tribunal de Justicia de la UE</p><p class="subtitle">Un tribunal de Madrid consulta a Europa si puede incumplir una sentencia del Constitucional</p></div><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/tribunal-constitucional/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Constitucional</a> se ha encontrado con un debate in&eacute;dito en sus 45 a&ntilde;os reci&eacute;n cumplidos de historia: tribunales que <a href="https://www.eldiario.es/politica/tribunal-madrid-consulta-europa-si-incumplir-sentencia-constitucional_1_12165962.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">acuden a Europa</a> para buscar la forma de no cumplir sus resoluciones. Conflictos abiertos <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-desafia-constitucional-pregunta-quiere-providencia-caso-ere_1_12167721.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">con la Audiencia de Sevilla</a> por el caso de los ERE de Andaluc&iacute;a, pero tambi&eacute;n con el <a href="https://www.eldiario.es/politica/tribunal-madrid-consulta-europa-si-incumplir-sentencia-constitucional_1_12165962.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Superior de Madrid</a> sobre un pleito entre empresas VTC, que llevan al tribunal de garant&iacute;as a plantearse, por primera vez en su trayectoria, qu&eacute; hacer cuando un juez espa&ntilde;ol le puentea y lleva sus alegaciones a Luxemburgo. Todo mientras el Partido Popular <a href="https://www.eldiario.es/politica/pp-carga-constitucional-fiscalia-jornadas-jueces-fiscales-congreso_1_12042629.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">azuza la deslegitimaci&oacute;n</a> contra el tribunal que preside C&aacute;ndido Conde-Pumpido.
    </p><p class="article-text">
        Las sentencias con las que la mayor&iacute;a progresista del Constitucional anul&oacute; o matiz&oacute; la mayor parte de las condenas del caso de los ERE de Andaluc&iacute;a no sentaron bien en la Justicia ordinaria. No gustaron en el Supremo, donde algunos consideran que el tribunal de garant&iacute;as ha ido mucho m&aacute;s all&aacute; de sus atribuciones para doblarles el brazo en uno de los casos m&aacute;s relevantes de la &uacute;ltima d&eacute;cada. Tampoco en la Audiencia Provincial de Sevilla, que declar&oacute; probado el desfalco delictivo de m&aacute;s de 600 millones de euros y ha visto c&oacute;mo su sentencia sobre la causa ha quedado reducida a la m&iacute;nima expresi&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Esta disconformidad tan descarnada, hasta la fecha, se hab&iacute;a trasladado a la opini&oacute;n p&uacute;blica por el m&eacute;todo habitual que usan jueces y fiscales: de forma an&oacute;nima y a trav&eacute;s de los medios de comunicaci&oacute;n. Pero ha sido la Audiencia de Sevilla la que ha dado <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un paso m&aacute;s</a> cuando ha llegado el momento de aplicar las sentencias del Constitucional y ha preguntado a las partes si no debe, <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como pide el PP</a>, elevar consultas a Luxemburgo y que el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea decida si, como asegura el tribunal andaluz, las sentencias del caso del tribunal de garant&iacute;as no son &ldquo;del todo compatibles con el Derecho de la UE&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La propuesta de la Audiencia de Sevilla cay&oacute; como una bomba en un Tribunal Constitucional donde los &aacute;nimos ya estaban encendidos desde hace semanas a cuenta del caso de los ERE de Andaluc&iacute;a. Los magistrados del sector progresista todav&iacute;a <a href="https://www.eldiario.es/politica/malestar-constitucional-auto-supremo-insinua-posibilidad-investigar-penalmente-magistrados_1_12005662.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">miraban de reojo al Supremo</a> por sus insinuaciones de poder llegar a juzgarles por prevaricaci&oacute;n cuando, seg&uacute;n fuentes de la sede del Constitucional en la calle Domenico Scarlatti, lleg&oacute; una decisi&oacute;n del tribunal andaluz que consideran &ldquo;inaudita&rdquo;. Una forma, entienden algunos, de sortear su criterio y buscar la forma de incumplir las sentencias que desinflaron el caso de los ERE. 
    </p><p class="article-text">
        Los jueces hispalenses no han sido ni los &uacute;nicos ni los que m&aacute;s lejos han llegado en este intento de llevar a Europa las sentencias del Constitucional. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con divisi&oacute;n interna, ha elevado <a href="https://www.eldiario.es/politica/tribunal-madrid-consulta-europa-si-incumplir-sentencia-constitucional_1_12165962.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una cuesti&oacute;n prejudicial a Luxemburgo</a> sobre un laudo arbitral entre empresas VTC &ndash;que genera discrepancias internas en el TSJM desde hace a&ntilde;os&ndash; que, en la pr&aacute;ctica, explora la v&iacute;a para que Europa les exonere de aplicar la sentencia del Constitucional que les quit&oacute; la raz&oacute;n. El voto particular de un magistrado discrepante define lo que hacen sus compa&ntilde;eros: &ldquo;Sortear el pronunciamiento del Constitucional promoviendo la cuesti&oacute;n ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La cuesti&oacute;n prejudicial del TSJM ya va camino de Luxemburgo, pero el Constitucional ha puesto en marcha la maquinaria para, llegado el caso, interceptar la consulta de la Audiencia de Sevilla sobre el caso de los ERE. Ha solicitado al tribunal informaci&oacute;n sobre los pasos que est&aacute; dando y el enfrentamiento, poco habitual entre tribunales, se ha convertido en p&uacute;blico y frontal: la Audiencia de Sevilla, antes de remitir su providencia, ha preguntado al Constitucional que <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-desafia-constitucional-pregunta-quiere-providencia-caso-ere_1_12167721.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">para qu&eacute; necesita ese documento</a>. 
    </p><p class="article-text">
        Los movimientos de ambos tribunales territoriales, que algunas fuentes del Constitucional consideran como un intento &ldquo;inaudito&rdquo; de no ejecutar sus resoluciones, abren un debate que pocos juristas se atreven a zanjar por adelantado. Desde la capacidad de un tribunal para elevar cuestiones prejudiciales sobre sentencias y no sobre leyes hasta la v&iacute;a que se abre para que, en la pr&aacute;ctica, un juez pueda soslayar la aplicaci&oacute;n de una sentencia del Constitucional alegando que, seg&uacute;n su criterio, puede contradecir el derecho comunitario. 
    </p><p class="article-text">
        El margen de maniobra del tribunal de garant&iacute;as para frenar estas maniobras no est&aacute; claro. Un primer informe interno del Constitucional afirma que no se puede cortar el paso a la Audiencia de Sevilla y algunas fuentes esgrimen una resoluci&oacute;n reciente, <a href="https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&amp;docid=290412&amp;pageIndex=0&amp;doclang=ES&amp;mode=lst&amp;dir=&amp;occ=first&amp;part=1&amp;cid=2624141" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">del pasado mes de octubre</a>, del propio TJUE, que dio la raz&oacute;n a un tribunal territorial rumano, pero con un matiz importante: en ese pa&iacute;s un juez que deja &ldquo;inaplicadas de oficio&rdquo; las resoluciones del Constitucional se enfrenta a &ldquo;procedimientos disciplinarios&rdquo;. Eso, dice Luxemburgo, va contra el derecho comunitario. 
    </p><h2 class="article-text">Campa&ntilde;a contra el Constitucional</h2><p class="article-text">
        El conflicto judicial abierto por la Audiencia de Sevilla contra el Constitucional llega despu&eacute;s de <a href="https://www.eldiario.es/politica/pp-carga-constitucional-fiscalia-jornadas-jueces-fiscales-congreso_1_12042629.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">meses de campa&ntilde;a</a> de la derecha pol&iacute;tica espa&ntilde;ola contra el tribunal de garant&iacute;as para deslegitimar sus sentencias tras instaurarse una mayor&iacute;a progresista con C&aacute;ndido Conde-Pumpido al frente. Convertido por el PP en &ldquo;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-alinea-audiencia-sevilla-retoma-ataques-constitucional-tunel-lavado-ere_1_12144978.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el Constitucional de Pumpido</a>&rdquo;, el debate abierto por dos tribunales territoriales sobre la ejecuci&oacute;n de sus sentencias se ha convertido en gasolina pol&iacute;tica. Sobre todo en Andaluc&iacute;a, donde el caso judicial de los ERE ha acompa&ntilde;ado a la debacle del socialismo andaluz. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Sevilla es hoy el s&iacute;mbolo de la independencia judicial&rdquo;, ha dicho estos d&iacute;as Cuca Gamarra desde la capital andaluza, sede de la 27 Interparlamentaria del PP este fin de semana, despu&eacute;s del movimiento de la Audiencia a instancias de su propio partido. &ldquo;Conde-Pumpido dijo que hab&iacute;a que mancharse la toga con el polvo del camino, y &eacute;l mismo se la ha manchado demasiado&rdquo;, ha apostillado El&iacute;as Bendodo.
    </p><p class="article-text">
        El movimiento de la Audiencia de Sevilla llega unos d&iacute;as despu&eacute;s de que el Constitucional diera por apagado el en&eacute;simo fuego entre ellos y el Tribunal Supremo, presentado por la derecha como antagonista de un tribunal politizado al servicio del Gobierno. La Sala de lo Penal hab&iacute;a dictado varios autos en los &uacute;ltimos meses inadmitiendo querellas de la extrema derecha contra el Constitucional<a href="https://www.eldiario.es/politica/malestar-constitucional-auto-supremo-insinua-posibilidad-investigar-penalmente-magistrados_1_12005662.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">, pero abriendo la puerta</a> a que, en otros casos, sus magistrados pudieran llegar a ser juzgados por prevaricar en sus decisiones. El conflicto se hab&iacute;a dado por zanjado en Domenico Scarlatti con un &uacute;ltimo auto del Supremo que exclu&iacute;a esa posibilidad. 
    </p><p class="article-text">
        La mayor parte de los recursos que llegan al Tribunal Constitucional se quedan en la puerta y no pasan el primer filtro de la admisi&oacute;n a tr&aacute;mite. Pero las sentencias de este tribunal que enmiendan la plana al Supremo o a otros juzgados y tribunales territoriales no son poco habituales. Los &uacute;ltimos datos disponibles son de 2023 y revelan que de las 148 sentencias dictadas en procesos de amparo a lo largo de ese a&ntilde;o casi la mitad, un total de 69 resoluciones, fueron estimatorias de forma total o parcial. 
    </p><h2 class="article-text">De Alberto Rodr&iacute;guez a Alberto Cortina</h2><p class="article-text">
        El caso de los ERE de Andaluc&iacute;a es el primero en que un tribunal ha decidido abrir la v&iacute;a europea para intentar soslayar al Constitucional. No lo hizo el Supremo, por ejemplo, cuando el Constitucional reproch&oacute; a la Sala de Manuel Marchena que hubiera dejado sin esca&ntilde;o <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/constitucional-da-razon-alberto-rodriguez-anula-condena-carcel-le-dejo-escano_1_10838552.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">a Alberto Rodr&iacute;guez</a>. Tampoco cuando, a&ntilde;os antes, el mismo Constitucional anul&oacute; la condena impuesta <a href="https://www.eldiario.es/politica/constitucional-condena-carcel-supremo-strawberry_1_1114936.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">al cantante C&eacute;sar Strawberry</a> por enaltecimiento del terrorismo. O cuando, hace poco m&aacute;s de un a&ntilde;o, <a href="https://www.eldiario.es/euskadi/constitucional-corrige-supremo-rechaza-otegi-vuelva-juzgado-caso-bateragune_1_10838581.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">dio la raz&oacute;n a Arnaldo Otegi</a> y fren&oacute; la intenci&oacute;n del Supremo de llevarle de nuevo al banquillo por el caso Bateragune despu&eacute;s de que Europa diera la raz&oacute;n al l&iacute;der de EH Bildu. Tampoco a&ntilde;os antes cuando, en contra del criterio del Supremo, <a href="#" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">legaliz&oacute; a Sortu</a> como partido pol&iacute;tico. 
    </p><p class="article-text">
        Las condenas anuladas o rebajadas de Manuel Chaves, Jos&eacute; Antonio Gri&ntilde;&aacute;n y otros l&iacute;deres hist&oacute;ricos del socialismo andaluz tampoco constituyen la &uacute;nica guerra abierta que ha existido entre la c&uacute;spide del Poder Judicial espa&ntilde;ol y el Tribunal Constitucional. La hemeroteca del CGPJ todav&iacute;a guarda un comunicado, in&eacute;dito entonces y desde entonces, del pleno de la Sala de lo Penal del Supremo acusando al Constitucional, en febrero de 2008, de haber pisado su negociado y haber &ldquo;vaciado&rdquo; sus funciones al revocar una de sus sentencias.
    </p><p class="article-text">
        El Constitucional ven&iacute;a de absolver a <a href="https://www.eldiario.es/economia/albertos-venden-helicoptero-lujo_1_5609659.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Alberto Cortina y Alberto Alcocer</a> en el caso Urbanor, uno de los grandes casos judiciales econ&oacute;micos de la d&eacute;cada de los ochenta. Y lo hizo reprochando al Supremo que les hubiera condenado a m&aacute;s de tres a&ntilde;os de c&aacute;rcel sin tener en cuenta los plazos de prescripci&oacute;n y que el caso, en resumen, <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-T-2008-4890" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hab&iacute;a caducado por el camino</a>. 
    </p><p class="article-text">
        La respuesta del pleno de la Sala de lo Penal del Supremo, unos d&iacute;as m&aacute;s tarde, fue emitir un comunicado en el que acusaban al Constitucional de &ldquo;vaciar&rdquo; el equilibro entre Supremo y Constitucional: &ldquo;Se desconoce su esencia, fijando una interpretaci&oacute;n de la legalidad ordinaria que s&oacute;lo corresponde al Tribunal Supremo&rdquo;, <a href="https://www.europapress.es/nacional/noticia-ampl-supremo-afirma-tc-excedio-fijar-doctrina-prescripcion-absolver-albertos-20080226153411.html#google_vignette" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">dijo la Sala de lo Penal</a> con acusaciones similares a las que se vierten casi dos d&eacute;cadas despu&eacute;s contra el Constitucional a cuenta del caso de los ERE. 
    </p><p class="article-text">
        Ninguno de los magistrados que hab&iacute;a entonces en el Constitucional, que presid&iacute;a la progresista Mar&iacute;a Emilia Casas, siguen hoy en la corte de garant&iacute;as, pero varios magistrados del Supremo siguen formando parte de la Sala de lo Penal que denunci&oacute; entonces la injerencia: el hoy presidente Andr&eacute;s Mart&iacute;nez Arrieta, Juli&aacute;n S&aacute;nchez Melgar, Juan Ram&oacute;n Berdugo y un entonces reci&eacute;n incorporado llegado de la Fiscal&iacute;a <a href="https://www.eldiario.es/politica/manuel-marchena-magistrado-tenia-razon_1_11880111.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Manuel Marchena</a>. El conflicto ha coleado durante casi una d&eacute;cada: todav&iacute;a en 2016 un Constitucional de abrumadora mayor&iacute;a conservadora acusaba a los tribunales ordinarios de <a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-7903" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">incurrir en &ldquo;reiterada rebeld&iacute;a&rdquo;</a> al no asumir su doctrina sobre la prescripci&oacute;n de delitos. 
    </p><p class="article-text">
        El PP tampoco renunci&oacute; entonces a cargar contra un Constitucional de precaria mayor&iacute;a progresista cuyos enfrentamientos con el Supremo se remontaban a la d&eacute;cada de los a&ntilde;os 80, cuando la Sala de lo Penal lleg&oacute; a llamar a declarar a los magistrados del tribunal de garant&iacute;as por la filtraci&oacute;n de <a href="https://elpais.com/diario/1984/02/02/sociedad/444524402_850215.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la sentencia del caso Rumasa</a>. La lista de agravios es larga y las cr&iacute;ticas del PP tampoco son nuevas. &ldquo;La situaci&oacute;n del Constitucional me da pena&rdquo;, lleg&oacute; a decir Manuel Pizarro, <a href="https://www.eleconomista.es/espana/noticias/391167/03/08/Pizarro-la-situaciOn-del-tribunal-constitucional-me-da-pena.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">entonces candidato del partido de Mariano Rajoy</a>, en plena guerra abierta entre tribunales en 2008.
    </p><p class="article-text">
        El propio C&aacute;ndido Conde-Pumpido, entonces fiscal general, <a href="https://www.eleconomista.es/espana/noticias/383001/02/08/El-tribunal-constitucional-traslada-a-zapatero-su-malestar-por-las-crIticas-de-condepumpido-a-la-sentencia-de-los-albertos.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">provoc&oacute; el rechazo del Constitucional</a> al afirmar que discrepaba de forma &ldquo;total y radical&rdquo; con la sentencia que absolv&iacute;a a 'los Albertos'. Los actores se repiten en un conflicto similar que, en este caso, va camino de Luxemburgo. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/tribunales-tratan-involucrar-europa-guerra-inedita-constitucional_1_12167906.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 30 Mar 2025 19:27:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Varios tribunales tratan de involucrar a Europa en una guerra inédita con el Constitucional]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea,Tribunal Constitucional,Sentencia ERE,Caso ERE,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla desafía al Constitucional y pregunta para qué quiere una providencia del caso ERE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-desafia-constitucional-pregunta-quiere-providencia-caso-ere_1_12167721.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3db2a0fb-0e84-41cb-806f-c630a14fde56_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia de Sevilla desafía al Constitucional y pregunta para qué quiere una providencia del caso ERE"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El TC pidió formalmente la providencia en la que los jueces de Sevilla solicitaban posicionarse a las partes si las sentencias eran "del todo" compatibles con el Derecho Europeo pero la Audiencia exige "que se justifique" la remisión del testimonio </p><p class="subtitle">La Audiencia de Sevilla cuestiona las sentencias del Constitucional y plantea llevar los ERE a Europa como pide el PP
</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia de Sevilla se resiste. Despu&eacute;s de aceptar <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el envite del PP</a> y plantear la posibilidad de que las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) en el caso ERE <a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-cuestiona-sentencias-constitucional-plantea-llevar-ere-europa-pide-pp_1_12144882.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no fueran &ldquo;del todo compatibles&rdquo; con el Derecho de la Uni&oacute;n Europea</a>, en una diligencia de ordenaci&oacute;n, la Audiencia pide al tribunal de garant&iacute;as que explique por qu&eacute; y para qu&eacute; le ha reclamado la providencia en la que ped&iacute;a a las partes que se posicionaran sobre la posibilidad de elevar una consulta a Europa.
    </p><p class="article-text">
        Hace una semana, la Audiencia de Sevilla solicit&oacute; por escrito a las partes que en un plazo de diez d&iacute;as presentaran &ldquo;alegaciones sobre el posible planteamiento de una cuesti&oacute;n prejudicial de interpretaci&oacute;n ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea&rdquo; antes de dictar nuevos pronunciamientos. La Secci&oacute;n Primera de la Audiencia acord&oacute;&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-encarga-nueva-sentencia-ere-juezas-primer-fallo-tres-nuevos-magistrados_1_11799005.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la constituci&oacute;n del tribunal</a>&nbsp;para el dictado de las nuevas sentencias en la 'pieza pol&iacute;tica' de los ERE&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/ere-despues-constitucional-trama-politica-decenas-juicios-pendientes-ayudas-fraudulentas_1_11528174.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Tribunal Constitucional desinflara la macrocausa antes del verano</a>&nbsp;y de que el Tribunal Supremo empezase a absolver a exaltos cargos socialistas&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/primera-decision-supremo-ere-sentencias-constitucional-exaltos-cargos-absueltos-pieza_1_11886577.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de otras piezas pendientes al haber sido ya juzgados</a>.
    </p><p class="article-text">
        Este pasado martes, el Pleno del Tribunal Constitucional realiz&oacute; &ldquo;una primera aproximaci&oacute;n al conflicto planteado entre la obligaci&oacute;n de cumplimiento de las sentencias del Tribunal Constitucional y su propia ejecutividad y el planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea en el proceso de ejecuci&oacute;n de las sentencias constitucionales&rdquo;, recabando en ese sentido &ldquo;la opini&oacute;n de los magistrados&rdquo;, sin haber adoptado decisi&oacute;n alguna y sin que su presidente, C&aacute;ndido Conde-Pumpido, haya encargado &ldquo;informe alguno a los letrados de la instituci&oacute;n&rdquo;. Esta reacci&oacute;n coincidi&oacute; con que un tribunal de Madrid tambi&eacute;n ha <a href="https://www.eldiario.es/politica/tribunal-madrid-consulta-europa-si-incumplir-sentencia-constitucional_1_12165962.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">consultado al Tribunal de Justicia de la UE si puede incumplir una sentencia del Constitucional</a>.
    </p><p class="article-text">
        Pero ahora, la Audiencia de Sevilla ha pedido al Constitucional que &ldquo;justifique la finalidad&rdquo; del oficio en el que le solicita la providencia, en la que los jueces plantean &ldquo;la posibilidad de que las valoraciones que hace el Tribunal Constitucional en esas sentencias&rdquo; de los ERE, las cuales &ldquo;le llevan a entender&rdquo; que tanto la Audiencia como el Tribunal Supremo habr&iacute;an &ldquo;vulnerado el derecho a la legalidad penal de los recurrentes&rdquo; en amparo &ldquo;no sean del todo compatibles con el Derecho de la Uni&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Visto el estado de las actuaciones y habiendo recibido oficio del secretario del TC solicitando la remisi&oacute;n del testimonio de la providencia de fecha 18 de marzo, se interesa que se justifique la finalidad o raz&oacute;n de ser de tal solicitud&rdquo;, dice la nueva diligencia de ordenaci&oacute;n.&nbsp;Esta diligencia puede ser impugnada mediante un recurso de reposici&oacute;n, aunque la Audiencia de Sevilla aclara que se la interposici&oacute;n del mismo &ldquo;no tendr&aacute; efectos suspensivos&rdquo; respecto de la resoluci&oacute;n recurrida.
    </p><p class="article-text">
        Desde el TC, al trascender este jueves la diligencia de ordenaci&oacute;n, ha informado de que, efectivamente,&nbsp;a trav&eacute;s del Secretario de Justicia del Pleno pidi&oacute; a la Audiencia de Sevilla la resoluci&oacute;n que hab&iacute;a dictado en ejecuci&oacute;n de las sentencias que estimaron los recursos de amparo en el caso de los ERE &ldquo;para tener oficialmente un documento que era p&uacute;blico, con el fin de deliberarlo en el Pleno&rdquo;, ya que esa es su &ldquo;forma habitual de comunicaci&oacute;n con los &oacute;rganos judiciales&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">&iquest;Qu&eacute; ha planteado la Audiencia a las partes?</h2><p class="article-text">
        La Audiencia, despu&eacute;s de que&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/andalucia/pp-andalucia-pide-llevar-ere-justicia-europea-considerar-tribunal-constitucional-extralimito_1_12040072.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hace algo m&aacute;s de un mes el PP pidiera pide llevar el asunto a la Justicia europea al considerar que el Constitucional &ldquo;se extralimit&oacute;&rdquo;</a>, quiere recabar &ldquo;la opini&oacute;n de las partes&rdquo; en torno a la interpretaci&oacute;n de varios aspectos, entre ellos precisamente &ldquo;si el Tribunal Constitucional se ha extralimitado en la funci&oacute;n de control que le corresponde invadiendo &aacute;mbitos reservados a la jurisdicci&oacute;n de los jueces y tribunales al revisar, a trav&eacute;s de una interpretaci&oacute;n alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricaci&oacute;n y de malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos, la valoraci&oacute;n probatoria y el juicio de subsunci&oacute;n realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces de la Audiencia van m&aacute;s a lo concreto y preguntan a las partes &ldquo;si la interpretaci&oacute;n del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andaluc&iacute;a de los a&ntilde;os 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboraci&oacute;n de los presupuestos a la fase final de su ejecuci&oacute;n, lo cual podr&iacute;a generar una situaci&oacute;n de desprotecci&oacute;n del patrimonio p&uacute;blico y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos p&uacute;blicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios p&uacute;blicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de administraci&oacute;n p&uacute;blica&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n cuestiona la Audiencia &ldquo;la posibilidad de que dicha doctrina incumpla las exigencias internacionales de lucha contra la corrupci&oacute;n pol&iacute;tica, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Uni&oacute;n Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Uni&oacute;n, de prevenir y combatir la corrupci&oacute;n en general y de prever la aplicaci&oacute;n de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, y por &uacute;ltimo, pregunta por la posibilidad &ldquo;de que los tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales auton&oacute;micas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como l&iacute;citas las conductas de los acusados cuando, seg&uacute;n los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Ramajo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/andalucia/audiencia-sevilla-desafia-constitucional-pregunta-quiere-providencia-caso-ere_1_12167721.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 27 Mar 2025 09:33:51 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Sevilla desafía al Constitucional y pregunta para qué quiere una providencia del caso ERE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Caso ERE]]></media:keywords>
    </item>
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