Ser diferentes para ser iguales

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Hay un dicho popular que dice que lo que mal empieza mal acaba. Y si no acaba mal, al menos su existencia experimenta un calvario en lo que a su defensa se refiere, ya sea por el continuo manoseo sospechoso o simplemente por el más profundo de los desconocimientos que se pueda tener sobre el tema en cuestión. Una de las cosas que cumple con esta descripción es el Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Sí, el REF. 

Que sepamos, su existencia surge del necesario tratamiento singular del Archipiélago tras su incorporación a la Corona de Castilla, con lo que nos podemos imaginar los años que han pasado, con la finalidad de intentar mantener cohesionado un territorio insular fragmentado con el resto del continente. Siendo loable la motivación, o bien no se ha sabido explicar o bien no se ha querido entender, pero lo cierto es que siempre se argumentan criterios peregrinos alterando sustancialmente su propia naturaleza. Y claro, si el legislador ve que la propia sociedad sobre la que se ha de implementar no se pone de acuerdo, pues aprovecha y rebaja la factura.

Tengamos claro que el REF no es para aquí y para ahora. No es una herramienta que mute de lunes a viernes. No es coyuntural. Es un soporte estructural para hacer frente a unos niveles de renta y actividad económica históricamente menores junto a una desigualdad agravada por una de las mayores crisis económicas y sociales a las que han tenido que hacer frente las islas. Por ejemplo, la relación entre el PIB y la población en Canarias suponía, en 1955, el 84% del nivel del PIB per cápita nacional. En 2019, suponía el 80%, mientras que, en 2020, ha caído al 72%, un diferencial de 28 puntos porcentuales. 

Las últimas modificaciones legislativas introducidas revelan un absoluto desconocimiento de las particularidades del REF, tanto sobre los aspectos formales de su modificación, como en su concepción como mecanismo estructural para potenciar el desarrollo social y económico del Archipiélago. Lo bueno de la situación es la contrastada anticonstitucionalidad del procedimiento encontrándose de frente con el propio Estatuto de Autonomía de Canarias.

Pero ¿se puede cambiar? Claro que sí. De hecho, las sucesivas modificaciones han tenido como objetivo adoptar mecanismos que eviten las consecuencias negativas generadas por las distorsiones sobre las condiciones de competencia de los mercados, así como su afectación general sobre la sociedad. Pero, siempre hay un pero, se constata así que el REF es más que un compendio de leyes, ya que se trata del principal instrumento para la mejora de la competitividad y el desarrollo social de Canarias, por lo que cualquier modificación de este debe estar dotada de la más absoluta legitimidad, con el objetivo de asegurar los derechos y obligaciones del tejido económico y social del Archipiélago, sin que exista arbitrariedad en su uso y gestión. Por ello, en este contexto, resulta perentorio defender y mantener, como mínimo, el diferencial fiscal de Canarias frente al resto de regiones, ya que es fruto de los condicionantes estructurales históricos y no para tener más, sino para no tener menos.