Límites de alcohol al volante: la multa económica y los puntos que se pierden por cada tasa
El consumo de alcohol y otras drogas al volante constituye una de las principales causas de siniestralidad vial. De hecho, la ingesta de este tipo de bebidas fue el segundo factor concurrente más habitual en los siniestros de tráfico y estuvo presente en el 28 % de los siniestros mortales registrados en 2024 en el ámbito de la Dirección General de Tráfico (DGT), en los que se contabilizaron 273 fallecidos.
Un peligro al volante que no se deja de repetir a lo largo de los años, por muchos dispositivos especiales, campañas de concienciación y llamadas a la prudencia que hagan las autoridades.
Tráfico define la ingesta de alcohol como una “conducta persistente”, cuya presencia ha aumentado tanto en el porcentaje total de siniestros como en el de víctimas mortales. Y pone cifras: el número de fallecidos en siniestros viales en los que, al menos, una persona conductora dio positivo en la prueba de alcoholemia se incrementó en un 9 % en 2024, en relación con el año anterior; y en un 24 % sobre 2019.
El alcohol cuesta vidas. De acuerdo con la Memoria 2024 de hallazgos toxicológicos en víctimas de siniestros de tráfico, elaborada por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF), el 34 % de los conductores fallecidos y sometidos a autopsias y análisis toxicológico dieron positivo a alcohol y un 16,4 % a drogas. El 23 % de conductores fallecidos la tasa de alcohol detectada era superior a 1,20 miligramos por litro.
Multas por conducir bebido
La ingesta de alcohol al volante no solo tiene consecuencias fatales, sino que puede acarrear importantes multas y sanciones económicas. Supone una sanción de 500 euros y cuatro puntos si se detectan más de 0,25 y hasta 0,50 miligramos por litro. Si se supera los 0,50 miligramos por litro o si el conductor es reincidente, la sanción es de mil euros y cuatro o seis puntos menos en el carné.
En el caso de tasas superiores a 0,60 miligramos por litro en aire, el conductor se enfrenta a penas de prisión que van de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta a noventa días, y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
La negativa a someterse a alguna prueba de alcoholemia también está castigada con prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. Respecto a las drogas, la sanción es de mil euros y seis puntos menos en el carné de conducir.
En nuestro país, el límite máximo permitido para conductores generales de turismos y motocicletas es de 0,25 miligramos por litro en aire respirado. Sin embargo, Tráfico recuerda que “la única tasa realmente segura” al volante es 0,0 %, una recomendación respaldada tanto por la evidencia científica como por los datos de siniestralidad.