El Supremo eleva la indemnización para afectados por el cártel de marcas de coches

La compensación a los afectados por el cártel de marcas de coches que pactaron precios acaba de recibir una subida. El Tribunal Supremo ha elevado del 2% al 5% del precio de compra la indemnización que Stellantis España deberá abonar a un grupo de compradores de vehículos Citroën afectados por el cártel de fabricantes de automóviles. La Sala de lo Civil considera que la compensación fijada previamente por la Audiencia Provincial de Pontevedra era demasiado reducida para garantizar una reparación adecuada del perjuicio sufrido por los consumidores.

En una sentencia fechada el pasado 22 de octubre, el Supremo desestima el recurso de casación presentado por Stellantis contra el fallo de la Audiencia Provincial, dictado en febrero de este año, y estima el planteamiento de los afectados, representados por el despacho Arriaga Asociados. La resolución refuerza la posición de los compradores que han acudido a los tribunales para reclamar el sobreprecio que pagaron por sus vehículos.

«Sin desdeñar el encomiable trabajo de la Audiencia Provincial para llegar a la conclusión del 2%, consideramos que dicho porcentaje, por su escasa magnitud, no garantiza debidamente la compensación económica del daño producido por la infracción», señala la Sala.

El litigio parte de la reclamación presentada por 20 compradores de automóviles Citroën que adquirieron sus vehículos entre 2006 y 2013. Los demandantes sostenían que habían pagado de más como consecuencia de los intercambios de información comercial entre fabricantes y distribuidores, una práctica que limitó la competencia y pudo repercutir en los precios finales y en las condiciones comerciales ofrecidas a los clientes.

La indemnización del 5% supone elevar de 400 a 1.000 euros la compensación por un automóvil que costó 20.000 euros, a lo que se suman los intereses legales correspondientes. El Supremo considera que el daño no puede calificarse de insignificante y subraya que una reparación del 2% tampoco cumple una función disuasoria suficiente frente a este tipo de infracciones.

Un cártel que afectó a millones de compradores

El caso se remonta a la resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) del 23 de julio de 2015, que sancionó a varias empresas del sector por intercambiar información comercial confidencial y estratégica. Entre las compañías afectadas por las multas figuraban Automóviles Citroën España y Peugeot España, antecesoras de la actual Stellantis España, sancionadas con 14,77 millones y 15,72 millones de euros, respectivamente.

Los intercambios abarcaban información sobre márgenes comerciales, políticas de remuneración de los concesionarios, estrategias de marketing, ventas y servicios de posventa. Según la autoridad de competencia, estas prácticas reducían la incertidumbre entre competidores y podían alterar las condiciones del mercado.

El denominado cártel de los coches afectó a las operaciones comerciales de numerosas marcas entre 2006 y 2013. La sanción administrativa impuesta por la CNMC ascendió a 171 millones de euros, pero el pago de las multas al Estado no sustituye las posibles reclamaciones individuales de los consumidores que acrediten haber sufrido un perjuicio.

La nueva sentencia se suma al recorrido judicial de las reclamaciones por este caso, en el que los afectados buscan obtener una compensación por el sobreprecio que consideran que soportaron al comprar sus vehículos. Arriaga Asociados destaca que el pronunciamiento supone un avance para los consumidores que mantienen abiertas sus demandas.