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    <title><![CDATA[elDiario.es - Fiscal General del Estado]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/temas/fiscal-general-del-estado/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Fiscal General del Estado]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[El Constitucional examina el desprecio del Supremo a la palabra de seis periodistas en la condena al fiscal general]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/constitucional-examina-desprecio-supremo-palabra-seis-periodistas-condena-fiscal-general_129_13137896.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/172734c7-1cf2-4a32-98f5-241c8d470e07_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Constitucional examina el desprecio del Supremo a la palabra de seis periodistas en la condena al fiscal general"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los cinco magistrados firmantes de la sentencia restaron credibilidad al testimonio de los profesionales que publicaron el supuesto secreto</p><p class="subtitle">El ex fiscal general, al Constitucional: "El Supremo hizo una valoración irracional y arbitraria de los indicios"</p></div><p class="article-text">
        Un veterano magistrado del Supremo coment&oacute; en mayo de 2025 el estado de la investigaci&oacute;n abierta por supuesta revelaci&oacute;n de secretos al entonces fiscal general del Estado, &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz: &ldquo;La comidilla entre los miembros de la Sala de lo Penal [encargada del caso] es que todos los periodistas que niegan que el fiscal general les filtrase el correo mienten amparados en el secreto profesional&rdquo;. El comentario del prestigioso magistrado en activo supon&iacute;a casi la cr&oacute;nica de una condena anunciada al fiscal general. 
    </p><p class="article-text">
        Si los magistrados encargados del caso (un instructor, tres integrantes de la sala de apelaci&oacute;n y siete m&aacute;s miembros del tribunal que juzgar&iacute;a el caso), situados en lo m&aacute;s alto de la pir&aacute;mide judicial, cre&iacute;an de manera un&aacute;nime que los periodistas ment&iacute;an, el futuro de &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz estaba sentenciado. La realidad dej&oacute; fuera de esa &ldquo;comidilla un&aacute;nime&rdquo; a uno de los tres miembros de la sala de apelaci&oacute;n, Andr&eacute;s Palomo, que defendi&oacute; el archivo de la causa; y a dos de las magistradas del tribunal sentenciador, Ana Ferrer y Susana Polo, que apoyaron la absoluci&oacute;n del fiscal general.  
    </p><p class="article-text">
        Aunque ellos (Palomo, Ferrer y Polo) s&iacute; creyeron a los periodistas y defendieron por eso la inocencia de Garc&iacute;a Ortiz, estaban en minor&iacute;a en la Sala de lo Penal y su criterio fracas&oacute;. &nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Meses despu&eacute;s de aquel comentario del veterano magistrado, <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-condena-fiscal-general-multa-7-200-euros-anos-inhabilitacion-filtracion-correo-pareja-ayuso_1_12773048.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">cinco de los siete miembros del tribunal</a> condenaron al entonces fiscal general por revelaci&oacute;n de datos reservados, despreciando el testimonio en contra de esa tesis que hicieron bajo promesa de decir verdad hasta seis periodistas de cuatro medios de comunicaci&oacute;n distintos. La sentencia provoc&oacute; una dura protesta de una parte del mundo jur&iacute;dico.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;&iquest;El reconocimiento de su derecho al secreto profesional puede llevar aparejado que deba restarse credibilidad a las manifestaciones de periodistas en un juicio donde est&aacute;n obligados a decir verdad?&rdquo;, se preguntaron las magistradas Ferrer y Polo en su voto particular. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Constitucional deber&aacute; responder a esta pregunta ante los recursos de amparo presentados por la Fiscal&iacute;a del Supremo y por el ex fiscal general donde denuncian la vulneraci&oacute;n de hasta cinco derechos fundamentales y piden anular la condena.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/politica/fiscalia-recurre-constitucional-condena-ex-fiscal-general-acusa-supremo-vulnerar-cinco-derechos-fundamentales_1_13129214.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">recurso de la Fiscal&iacute;a</a> lo expresa as&iacute;: &ldquo;La sentencia impugnada concibe el secreto profesional que asiste a los profesionales de la informaci&oacute;n como una especie de habilitaci&oacute;n constitucional para sustraerse a la obligaci&oacute;n de decir verdad en un juicio criminal. Para el Tribunal Supremo, existe una suerte de licencia constitucional para mentir que inhabilita de antemano la credibilidad del testimonio de descargo prestado por un periodista que se ha acogido a dicho secreto (&hellip;) Tal interpretaci&oacute;n supone, indirectamente, una grave coacci&oacute;n moral sobre los profesionales de la informaci&oacute;n, a los que se pone en la tesitura de revelar la identidad de su fuente para que su testimonio exculpatorio de la persona acusada tenga alg&uacute;n valor probatorio. Se genera, con ello, un riesgo grave para la efectividad de la libertad de informaci&oacute;n, que es, precisamente, el fundamento de la protecci&oacute;n constitucional de la cl&aacute;usula de secreto period&iacute;stico&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Seis profesionales de La Sexta, la Cadena Ser, El Pa&iacute;s y elDiario.es aseguraron que el fiscal general del Estado no fue quien les revel&oacute; el secreto &ndash;la informaci&oacute;n&ndash; que ellos difundieron en sus medios. Algunos de esos periodistas se&ntilde;alaron incluso el lugar origen de la filtraci&oacute;n, lejos de la Fiscal&iacute;a General del Estado, sin identificar a sus autores. 
    </p><p class="article-text">
        Pero daba igual porque &ldquo;la comidilla en la sala de lo Penal&rdquo; se convirti&oacute; en fundamento jur&iacute;dico para condenar al fiscal general del Estado. 
    </p><p class="article-text">
        Los firmantes de la sentencia se&ntilde;alaron en varias p&aacute;ginas del fallo que los periodistas ten&iacute;an el leg&iacute;timo derecho a no identificar a las personas que les contaron el secreto y recordaron la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional en defensa del secreto profesional, vital para una sociedad bien informada. 
    </p><p class="article-text">
        Pese al rotundo aval judicial al secreto profesional, el testimonio de los periodistas no serv&iacute;a como prueba de descargo, seg&uacute;n la doctrina que impusieron Andr&eacute;s Mart&iacute;nez Arrieta (presidente del tribunal y ponente de la sentencia), Jos&eacute; Ram&oacute;n Berdugo, Antonio Del Moral, Manuel Marchena, y Carmen Lamela.
    </p><p class="article-text">
        Estos magistrados deslizaron en el texto del fallo la idea de que los periodistas pod&iacute;an mentir protegidos por su derecho al secreto profesional: &ldquo;En esa situaci&oacute;n el derecho constitucional al secreto period&iacute;stico, carente de l&iacute;mites en nuestro ordenamiento en tanto no se proceda a su regulaci&oacute;n, tambi&eacute;n cubre con su manto protector al periodista, autoriz&aacute;ndole a otro tipo de manifestaciones, aunque no sean totalmente fieles a la realidad, si les gu&iacute;a la necesidad de mantener oculta su fuente, lo que acent&uacute;a sus diferencias frente a otros secretos (como el propio de parientes). Se tratar&iacute;a de una actuaci&oacute;n amparada por el ejercicio leg&iacute;timo de un derecho constitucional&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados de la condena no ocultaron su desconfianza hacia el testimonio de los periodistas:&nbsp;&ldquo;No es id&eacute;ntica la forma de enfrentarse a un interrogatorio de alguien consciente de su derecho al secreto y su deber protegido constitucionalmente de lealtad a sus fuentes, que la de otras personas que carecen de v&aacute;lvulas de escape similares y que declaran conscientes de su deber de contestar a todas las preguntas que se les dirijan sin poder eludirlas, tampoco con subterfugios&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Y para intentar justificar que la condena no restaba credibilidad al testimonio de los profesionales de la informaci&oacute;n, los firmantes cargaron la culpa sobre el fiscal general por no actuar con la prudencia que si demostraron los periodistas al no publicar la informaci&oacute;n antes de que Garc&iacute;a Ortiz la tuviera en sus manos: &ldquo;Tenemos la firme convicci&oacute;n de que, en ning&uacute;n caso, las respuestas [de los periodistas] se vieron afectadas en su veracidad por el ejercicio de ese irrenunciable derecho [al secreto profesional]. La decisi&oacute;n de no difundir su contenido literal [del correo electr&oacute;nico], ya fuera por respeto a las indicaciones recibidas de su fuente, ya por planificaci&oacute;n secuencial de la informaci&oacute;n de la que ya dispon&iacute;an, no hace sino marcar un acusado contraste entre su prudencia profesional y la precipitaci&oacute;n con la que Garc&iacute;a Ortiz no dud&oacute; en hacer posible la difusi&oacute;n p&uacute;blica de las comunicaciones, siempre confidenciales, entre un abogado y fiscal&iacute;a para llegar a un acuerdo de conformidad&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Este argumento, confuso en su formulaci&oacute;n, es contrario al utilizado por el mismo Tribunal Supremo para rechazar una querella contra la ministra de Hacienda, Mar&iacute;a Jes&uacute;s Montero, por declarar el 13 de marzo de 2024 en los pasillos del Senado que el fraude fiscal de la pareja de Ayuso estaba vinculado al cobro de comisiones por la venta de mascarillas en lo peor de la pandemia. Montero hizo esa declaraci&oacute;n cuando ese detalle a&uacute;n no hab&iacute;a sido revelado por ning&uacute;n medio de comunicaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo, en una resoluci&oacute;n firmada por algunos de los magistrados que luego han condenado al fiscal general, inadmiti&oacute; la querella alegando que cuando Montero hizo esas declaraciones los detalles de los supuestos delitos cometidos por la pareja de Ayuso ya circulaban -aunque no se hubieran publicado a&uacute;n- por los medios de comunicaci&oacute;n. La resoluci&oacute;n del Supremo evit&oacute; cualquier reproche a la ministra Montero al no apreciar en su conducta ning&uacute;n tipo de &ldquo;precipitaci&oacute;n&rdquo; en &ldquo;hacer posible la difusi&oacute;n p&uacute;blica&rdquo; de los negocios privados de la pareja de Ayuso antes de que lo publicaran los medios de comunicaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El delito de revelaci&oacute;n de secretos cuenta con dos actores principales: quien tiene el deber legal de guardar ese secreto &ndash;en este caso, el fiscal general del Estado&ndash; y quien lo difunde, en este caso los periodistas que conocen mejor que nadie qui&eacute;n cometi&oacute; el delito. 
    </p><p class="article-text">
        Pero la investigaci&oacute;n por parte de &Aacute;ngel Hurtado, el magistrado encargado de la instrucci&oacute;n, aval&oacute; desde el principio &ldquo;la comidilla en la Sala de lo Penal&rdquo; seg&uacute;n la cual los periodistas que se acogen a su derecho de no revelar las fuentes pudieron mentir, protegidos por la Constituci&oacute;n, en defensa del fiscal general. 
    </p><p class="article-text">
        Hurtado rechaz&oacute; de un plumazo los testimonios de periodistas que obligaban a archivar la causa. Lo hizo mediante un p&aacute;rrafo de motivaci&oacute;n escasa y absurda: &ldquo;Se trata&rdquo;, escribi&oacute;, &ldquo;de testimonios que no aportan datos objetivos y contrastan con otro de los testimonios prestados en la ma&ntilde;ana del d&iacute;a 8, que niega que as&iacute; hubiera sido&Prime;. Ning&uacute;n testimonio del d&iacute;a 8 neg&oacute; el relato de los periodistas que declararon ante el juez que ni el fiscal general ni nadie por orden suya les hab&iacute;a filtrado el correo electr&oacute;nico.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia del Supremo utiliza una cita de la jurisprudencia &ldquo;anglosajona&rdquo; para poner en valor el secreto profesional que permite a los periodistas informar en libertad sin temor a represalias que impidan una adecuada fiscalizaci&oacute;n del poder. &ldquo;Si se obligara a los peri&oacute;dicos a revelar sus fuentes, pronto se quedar&iacute;an sin la informaci&oacute;n que deber&iacute;an tener. Sus fuentes se secar&iacute;an. No se revelar&iacute;an las malas acciones. No se podr&iacute;a desenmascarar a los charlatanes. Las injusticias quedar&iacute;an sin remedio. Las fechor&iacute;as en los pasillos del poder, en las empresas o en los departamentos gubernamentales nunca se conocer&iacute;an&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Garc&iacute;a Ortiz fue condenado por difundir el correo electr&oacute;nico de un abogado a la Fiscal&iacute;a. El conocimiento de ese hecho permit&iacute;a desmontar el bulo &ndash;envuelto en la filtraci&oacute;n de otro correo distinto&ndash; difundido por Miguel &Aacute;ngel Rodr&iacute;guez, jefe de gabinete de la presidenta Isabel D&iacute;az Ayuso, en defensa del empresario Alberto Gonz&aacute;lez Amador, procesado por dos delitos fiscales. El bulo de Rodr&iacute;guez, publicado por varios medios de comunicaci&oacute;n sin contraste alguno, consist&iacute;a en atribuir a la Fiscal&iacute;a la perversa intenci&oacute;n de ofrecer al supuesto defraudador, pareja de la presidenta Ayuso, un acuerdo para evitarle la prisi&oacute;n a cambio de que confesara los dos delitos fiscales. Era justo al rev&eacute;s. 
    </p><p class="article-text">
        Conocidos los hechos, la cita anglosajona vinculada al caso del fiscal general espa&ntilde;ol quedar&iacute;a as&iacute;: &ldquo;Si se obligara a los peri&oacute;dicos a revelar sus fuentes, pronto se quedar&iacute;an sin la informaci&oacute;n que deber&iacute;an tener. No se revelar&iacute;an las malas acciones, como la difusi&oacute;n de bulos por parte de un Gobierno a favor de un procesado por fraude fiscal que es pareja sentimental de la presidenta de ese Ejecutivo. No se podr&iacute;a desenmascarar a los charlatanes, como el jefe de gabinete de la presidenta madrile&ntilde;a, quien manipul&oacute; a determinados medios de comunicaci&oacute;n para atacar con mentiras a la Fiscal&iacute;a. Las injusticias [como la condena a un fiscal general del Estado por combatir un bulo facilitando informaci&oacute;n ya conocida antes por los medios] quedar&iacute;an sin remedio. Las fechor&iacute;as en los pasillos del poder, nunca se conocer&iacute;an&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Para investigar un delito de revelaci&oacute;n de secretos difundidos por numerosos medios de comunicaci&oacute;n, el Tribunal Supremo decidi&oacute; que el testimonio de los periodistas carec&iacute;a de valor probatorio porque se acogieron al secreto profesional que les permite hacer manifestaciones &ldquo;aunque no sean fieles a la realidad&rdquo; y las autoriza a utilizar &ldquo;subterfugios&rdquo; que se niegan a otros testigos en un juicio. 
    </p><p class="article-text">
        El derecho constitucional a no revelar la identidad de las fuentes de informaci&oacute;n se convierte, en manos del Supremo, en una prueba principal de cargo contra el implicado en una supuesta revelaci&oacute;n de secretos. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Constitucional resolver&aacute; por primera vez en su historia uno de los <a href="https://www.eldiario.es/politica/condena-fiscal-general-culmina-causas-polemicas-historia-tribunal-supremo_1_12787741.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">casos m&aacute;s pol&eacute;micos de la historia judicial de Espa&ntilde;a</a>. Y deber&aacute; contestar a la pregunta de si despreciar el testimonio de periodistas que se acogen a su derecho al secreto profesional vulnera el derecho a la presunci&oacute;n de inocencia del procesado por revelar secretos a esos mismos periodistas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[José Manuel Romero]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/constitucional-examina-desprecio-supremo-palabra-seis-periodistas-condena-fiscal-general_129_13137896.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 13 Apr 2026 20:15:08 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Constitucional examina el desprecio del Supremo a la palabra de seis periodistas en la condena al fiscal general]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscal General del Estado,Álvaro García Ortiz,Manuel Marchena,Secretos de Estado,Isabel Díaz Ayuso,Tribunal Supremo,Tribunal Constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Miguel Ángel Rodríguez cuestiona al Constitucional y descalifica a los votantes del PSOE: "Un tercio de España está podrido"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/miguel-angel-rodriguez-cuestiona-constitucional-descalifica-votantes-psoe-tercio-espana-podrido_1_13139772.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/da80f9fa-62e1-440a-9c91-d05469b3c69c_16-9-discover-aspect-ratio_default_1138897.jpg" width="4612" height="2594" alt="Miguel Ángel Rodríguez cuestiona al Constitucional y descalifica a los votantes del PSOE: &quot;Un tercio de España está podrido&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">"El asalto a la Democracia cuando el Constitucional anule la condena al ex fiscal General del Estado es para que nos vayamos acostumbrando a cuando lo hagan con Begoña, el hermano, Zapatero…", afirma el jefe de Gabinete de Ayuso en un tuit</p><p class="subtitle">Ayuso encadena varapalos en los tribunales: tres recados del Constitucional y Miguel Ángel Rodríguez investigado</p></div><p class="article-text">
        Miguel &Aacute;ngel Rodr&iacute;guez, jefe de gabinete de Isabel D&iacute;az Ayuso, ha vuelto a tuitear este lunes a media tarde. En su mensaje, el pol&eacute;mico dirigente ha vaticinado que el Tribunal Constitucional absolver&aacute; al ex fiscal general del Estado, condenado por el Tribunal Supremo por revelaci&oacute;n de datos reservados. Y en la misma frase, ha aprovechado para insultar a los votantes socialistas. &ldquo;El asalto a la Democracia cuando el Constitucional anule la condena al ex fiscal General del Estado es para que nos vayamos acostumbrando a cuando lo hagan con Bego&ntilde;a, el hermano, Zapatero&hellip; Banda de criminales a los que vota un tercio de espa&ntilde;oles. Un tercio de espa&ntilde;oles podrido&rdquo;, ha escrito Rodr&iacute;guez a trav&eacute;s de su perfil personal de la red X. 
    </p><p class="article-text">
        Pocos minutos despu&eacute;s, lanzaba m&aacute;s descalificaciones: &ldquo;Un tercio de Espa&ntilde;a est&aacute; podrida. Apoya a S&aacute;nchez, Bego&ntilde;a, &Aacute;balos, hermano de S&aacute;nchez, Cerd&aacute;n, putas, corrupci&oacute;n, macarras, muertos porque se lo llevan&hellip;. Manipulaci&oacute;n en RTVE, compra de medios de comunicaci&oacute;n, compra de activistas&hellip; Un tercio de Espa&ntilde;a est&aacute; podrida&rdquo;.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2043712249697632421?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        Las publicaciones de Rodr&iacute;guez llegan el mismo d&iacute;a en el que el ex fiscal general del Estado ha pedido al&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/temas/tribunal-constitucional/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Constitucional</a>&nbsp;que anule la sentencia del Tribunal Supremo que lo conden&oacute; por la filtraci&oacute;n de la confesi&oacute;n del empresario Alberto Gonz&aacute;lez Amador, pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso y procesado por fraude fiscal. En su recurso, Garc&iacute;a Ortiz&nbsp;afirma que el Alto Tribunal &ldquo;hizo una valoraci&oacute;n irracional y arbitraria de los indicios&rdquo; y vulner&oacute; sus derechos fundamentales durante el proceso y en la propia sentencia que suscribieron cinco de los siete miembros del tribunal.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, el viernes la Fiscal&iacute;a present&oacute; su propio recurso pidiendo tambi&eacute;n que anule la sentencia del Supremo y solicita amparo al tribunal de garant&iacute;as al sostener que los magistrados de la Sala Segunda vulneraron cinco derechos fundamentales de Garc&iacute;a Ortiz tanto durante la investigaci&oacute;n judicial como en la sentencia. El Ministerio P&uacute;blico defiende que el ex fiscal general se limit&oacute; a ejercer su deber de &ldquo;informar verazmente&rdquo; sirvi&eacute;ndose de datos que ya eran conocidos frente a &ldquo;imputaciones delictivas falsas aparecidas en los medios&rdquo;.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2043720837048471565?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        El pr&oacute;ximo 6 de mayo Miguel &Aacute;ngel Rodr&iacute;guez,&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/jueza-cita-imputado-miguel-angel-rodriguez-senalar-difundir-datos-periodistas_1_13065386.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tendr&aacute; que declarar como investigado ante el juez</a> por haber difundido en marzo de 2024 los nombres y apellidos de dos periodistas de El Pa&iacute;s que trabajaban en una informaci&oacute;n sobre Alberto Gonz&aacute;lez Amador. Los dos reporteros&nbsp;<a href="https://elpais.com/espana/madrid/2024-03-20/intimidacion-a-periodistas-de-el-pais-por-el-caso-de-la-pareja-de-ayuso.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hab&iacute;an sido identificados por un polic&iacute;a</a>&nbsp;en el entorno del domicilio de Ayuso y su pareja.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de difundir sus datos y fotograf&iacute;a, afirmaba que reporteros de elDiario.es hab&iacute;an intentado entrar en casa de Ayuso encapuchados y se llegaba a decir que los dos periodistas de El Pa&iacute;s hab&iacute;an &ldquo;acosado&rdquo; a los vecinos, incluso a &ldquo;ni&ntilde;as menores de edad, en un acoso habitual en dictaduras&rdquo;. Ese mensaje se envi&oacute; a varios medios unos d&iacute;as despu&eacute;s de que elDiario.es publicase en exclusiva que la pareja de D&iacute;az Ayuso hab&iacute;a defraudado&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/pareja-ayuso-defraudo-350-951-euros-hacienda-trama-facturas-falsas-empresas-pantalla_1_11000023.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">350.000 euros a Hacienda.</a>
    </p><p class="article-text">
        En un inicio, la jueza hab&iacute;a archivado la querella en contra del criterio de la Fiscal&iacute;a. La Audiencia Provincial orden&oacute; que se reabriera porque los datos de los informadores que un agente de polic&iacute;a recibi&oacute; en un primer momento &ldquo;ten&iacute;an un indudable car&aacute;cter reservado&rdquo; y eso justificaba &ldquo;investigar si en la divulgaci&oacute;n&rdquo; existi&oacute; una infracci&oacute;n penal. A mediados de marzo se confirm&oacute; su citaci&oacute;n como investigado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iñigo Aduriz]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/miguel-angel-rodriguez-cuestiona-constitucional-descalifica-votantes-psoe-tercio-espana-podrido_1_13139772.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 13 Apr 2026 16:15:59 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Miguel Ángel Rodríguez cuestiona al Constitucional y descalifica a los votantes del PSOE: "Un tercio de España está podrido"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Miguel Ángel Rodríguez,Isabel Díaz Ayuso,Comunidad de Madrid,Madrid,PP - Partido Popular,Fiscal General del Estado,Álvaro García Ortiz,Tribunal Constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El ex fiscal general, al Constitucional: “El Supremo hizo una valoración irracional y arbitraria de los indicios”]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/ex-fiscal-general-constitucional-supremo-hizo-valoracion-irracional-arbitraria-indicios_1_13137884.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/052c1f4a-ead2-47ab-8096-2226da2f1e7a_16-9-discover-aspect-ratio_default_1140625.jpg" width="2519" height="1417" alt="El ex fiscal general, al Constitucional: “El Supremo hizo una valoración irracional y arbitraria de los indicios”"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Álvaro García Ortiz presenta un recurso de amparo ante el tribunal de garantías contra la sentencia que lo condenó por la filtración de la confesión de la pareja de Ayuso
</p><p class="subtitle">La Fiscalía recurre ante el Constitucional la condena contra el ex fiscal general y acusa al Supremo de vulnerar cinco derechos fundamentales
</p></div><p class="article-text">
        El ex fiscal general del Estado <a href="https://www.eldiario.es/temas/alvaro-garcia-ortiz/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz</a> ha reclamado al <a href="https://www.eldiario.es/temas/tribunal-constitucional/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Constitucional</a> que anule la sentencia del Tribunal Supremo que lo conden&oacute; por la filtraci&oacute;n de la confesi&oacute;n del empresario Alberto Gonz&aacute;lez Amador, pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso y procesado por fraude fiscal. En su recurso, al que ha tenido acceso elDiario.es, Garc&iacute;a Ortiz&nbsp;afirma que el Alto Tribunal &ldquo;hizo una valoraci&oacute;n irracional y arbitraria de los indicios&rdquo; y vulner&oacute; sus derechos fundamentales durante el proceso y en la propia sentencia que suscribieron cinco de los siete miembros del tribunal.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El Alto Tribunal consider&oacute; que Garc&iacute;a Ortiz o alguien de su &ldquo;entorno&rdquo; filtraron un correo del abogado de Gonz&aacute;lez Amador a la prensa, adem&aacute;s de difundir su confesi&oacute;n de fraude fiscal en un comunicado. Su condena implic&oacute; una inhabilitaci&oacute;n de dos a&ntilde;os para ejercer como fiscal general &ndash;cargo que &eacute;l mismo abandon&oacute; d&iacute;as despu&eacute;s&ndash;, el pago de&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/fianza-150-000-euros-ultima-estridencia-hurtado-juicio-fiscal-general_1_12595598.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una multa y una indemnizaci&oacute;n</a>.
    </p><p class="article-text">
        La Abogac&iacute;a del Estado, que representa en este proceso al fiscal general, denuncia que en la sentencia que firmaron los magistrados Andr&eacute;s Mart&iacute;nez Arrieta, Manuel Marchena, Juan Ram&oacute;n Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela se hizo una valoraci&oacute;n arbitraria de la prueba, dado que &ldquo;la imputaci&oacute;n de la autor&iacute;a&rdquo; se sustent&oacute; &ldquo;en meras inferencias abiertas, omitiendo prueba de descargo&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La sentencia construy&oacute; la condena mediante un an&aacute;lisis fragmentado y parcial, prescindiendo de hechos y pruebas de descargo que cuestionaban la inferencia incriminatoria&rdquo;, dice el escrito, que hace alusi&oacute;n, en este punto a los testimonios de los periodistas que aseguraron tener el correo electr&oacute;nico de la confesi&oacute;n de fraude fiscal del empresario antes de que lo obtuviera el fiscal general en la noche del 13 de marzo de 2024 o que negaron categ&oacute;ricamente que el fiscal general fuera su fuente.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Esos testimonios no fueron tenidos en cuenta en la sentencia, en lo que la defensa de Garc&iacute;a Ortiz considera &ldquo;una nueva delimitaci&oacute;n del &aacute;mbito del secreto profesional&rdquo; que le permite omitirlos. Y recuerda que la jurisprudencia constitucional se centra en una concepci&oacute;n del secreto como un derecho a no revelar sus fuentes y a guardar silencio que es tambi&eacute;n una garant&iacute;a al servicio del derecho a la informaci&oacute;n.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text">Borrado del tel&eacute;fono de Garc&iacute;a Ortiz </h2><p class="article-text">
        El escrito denuncia, por otro lado, que el Supremo infringi&oacute; el derecho a la presunci&oacute;n de inocencia y a no declarar contra s&iacute; mismo de Garc&iacute;a Ortiz. As&iacute;, critica que el tribunal utilizara el borrado del tel&eacute;fono m&oacute;vil del entonces fiscal general como un indicio de autoinculpaci&oacute;n. &ldquo;La interpretaci&oacute;n que recoge la sentencia vulnera el derecho a no declarar contra uno mismo, ya que el borrado equivale a un silencio por parte del acusado, m&aacute;s a&uacute;n cuando no existe ninguna prueba de que la supuesta filtraci&oacute;n fuera hecha por alguno de los terminales borrados&rdquo;, sostiene el recurso.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El recurso defiende, asimismo, que la nota de prensa que hizo p&uacute;blica la Fiscal&iacute;a para&nbsp;desmentir un bulo propagado horas antes por el entorno de la Comunidad de Madrid fue un ejercicio leg&iacute;timo de libertad de expresi&oacute;n. Sostiene que su objetivo no era incriminar, sino desmentir una informaci&oacute;n &ldquo;absolutamente falsa e infundada&rdquo; y que representaba una grave descalificaci&oacute;n de la neutralidad pol&iacute;tica y servicio al principio de legalidad que deben caracterizar la actuaci&oacute;n de la Fiscal&iacute;a.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El recurso tambi&eacute;n cuestiona el <a href="https://www.eldiario.es/politica/tribunal-supremo-ordena-guardia-civil-registrar-despacho-fiscal-general_1_11778004.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">registro de la Guardia Civil</a> en el despacho del fiscal general, que califica de &ldquo;desproporcionado&rdquo;. Sostiene que la orden del juez instructor de ordenar ese registro y la incautaci&oacute;n de mensajes y correos, al principio con pocos l&iacute;mites temporales, fue una medida &ldquo;de gran ambig&uuml;edad en cuanto al material concreto a incautar&rdquo;. Critica, por ejemplo, que esta ausencia de modulaci&oacute;n increment&oacute; la desproporci&oacute;n, al no excluir ni siquiera aquello que claramente estaba protegido, como las comunicaciones privadas familiares, datos m&eacute;dicos o materiales ajenos al caso.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text">Interpretaci&oacute;n &ldquo;expansiva y novedosa&rdquo;</h2><p class="article-text">
        El recurso expone, por otro lado, que el objeto de la acusaci&oacute;n &ldquo;se ha modificado en varias ocasiones&rdquo; a lo largo de la instrucci&oacute;n: fluctu&oacute; entre la filtraci&oacute;n del correo, el env&iacute;o a presidencia del Gobierno y la propia nota de prensa. Y que eso lleg&oacute; hasta el punto de &ldquo;no llegar a saberse en concreto qu&eacute; hechos eran objeto de la investigaci&oacute;n y posteriormente de enjuiciamiento e impidiendo su defensa&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Por &uacute;ltimo, la Abogac&iacute;a del Estado acusa al Supremo de realizar una interpretaci&oacute;n &ldquo;expansiva y novedosa&rdquo; del delito de revelaci&oacute;n de secretos al considerar delictiva la menci&oacute;n en un comunicado oficial de datos que ya estaban en &ldquo;el centro del debate medi&aacute;tico&rdquo;, como la pretensi&oacute;n de la pareja de Ayuso de llegar a un acuerdo con la Fiscal&iacute;a.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La Abogac&iacute;a sostiene que solo puede ser delito revelar algo &ldquo;ignorado o secreto&rdquo;, y en este caso es imposible revelar jur&iacute;dicamente una informaci&oacute;n que ya era de conocimiento p&uacute;blico, al haber sido previamente publicada por multitud de medios de comunicaci&oacute;n y autodivulgada por el propio investigado.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Elena Herrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/ex-fiscal-general-constitucional-supremo-hizo-valoracion-irracional-arbitraria-indicios_1_13137884.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 13 Apr 2026 09:26:54 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El ex fiscal general, al Constitucional: “El Supremo hizo una valoración irracional y arbitraria de los indicios”]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscalía General del Estado,Fiscal General del Estado,Álvaro García Ortiz,Tribunal Supremo,Tribunal Constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un informe europeo sobre el Estado de Derecho afirma que la condena contra García Ortiz "plantea interrogantes sobre la independencia judicial"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/informe-europeo-derecho-afirma-condena-garcia-ortiz-plantea-interrogantes-independencia-judicial_1_13108392.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ee16f891-6933-4bac-992f-10cace8f22ce_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un informe europeo sobre el Estado de Derecho afirma que la condena contra García Ortiz &quot;plantea interrogantes sobre la independencia judicial&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El informe anual de un grupo de organizaciones no gubernamentales europeas apunta que la condena del fiscal general fue presentada por el PP como "un éxito dentro de su estrategia para acorralar al Gobierno central, el único poder del Estado que no controla"  </p><p class="subtitle">El Supremo rechaza anular la sentencia que condenó al ex fiscal general
</p></div><p class="article-text">
        &ldquo;La condena penal del fiscal general del Estado plantea interrogantes fundamentales sobre la independencia judicial, la politizaci&oacute;n de los procesos penales contra altos cargos y la utilizaci&oacute;n del sistema de justicia con fines partidistas&rdquo;, ha advertido el principal grupo europeo de defensa de las libertades civiles, la Uni&oacute;n de Libertades Civiles por Europa (Liberties), formado por 40 ONG de 22 pa&iacute;ses, en su Informe sobre <a href="https://www.liberties.eu/f/wtaqoq" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link" target="_blank">el Estado de Derecho 2026</a>. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n esta organizaci&oacute;n no gubernamental de la sociedad civil que promueve las libertades civiles de todas las personas en la UE, &ldquo;la prueba clave&rdquo; de la condena del Tribunal Supremo sobre el entonces fiscal general, &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz, &ldquo;no pudo ser recuperada de Google ni WhatsApp&rdquo;, pero &ldquo;fue considerado prueba indiciaria, sentando un precedente peligroso&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El Partido Popular ha presentado esta victoria como un &eacute;xito dentro de su estrategia para acorralar al Gobierno central, el &uacute;nico poder del Estado que no controla&rdquo;, a&ntilde;ade el informe <a href="https://www.eldiario.es/politica/fiscal-general-dimite-despues-condenado-supremo-he-servido-fielmente-institucion_1_12791200.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sobre la controvertida condena.</a>
    </p><p class="article-text">
        Los autores del documento aseguran que &ldquo;la condena en noviembre de 2025 no es un hecho aislado, sino un s&iacute;ntoma de la captura estructural del Poder Judicial por la pol&iacute;tica partidista desde 1986&rdquo; y que &ldquo;la renovaci&oacute;n del Consejo General del Poder Judicial en 2024 no ha revertido la politizaci&oacute;n del poder judicial&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;El entorno del Estado de derecho en Espa&ntilde;a en 2025 ha estado dominado por un conflicto creciente entre los dos principales partidos: el Partido Socialista Obrero Espa&ntilde;ol (PSOE) y el Partido Popular (PP). En este conflicto, la oposici&oacute;n al gobierno central parece estar ganando terreno al controlar todos los poderes del Estado, excepto el propio gobierno central. La condena penal del Fiscal General representa la culminaci&oacute;n de d&eacute;cadas de captura partidista del poder judicial, ahora en una fase avanzada de consolidaci&oacute;n&rdquo;, insiste el informe sobre la situaci&oacute;n del Estado de Derecho en Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        En el mismo sentido, el informe a&ntilde;ade que &ldquo;el enjuiciamiento penal del fiscal general en ejercicio marca un punto de inflexi&oacute;n: la judicatura se ha convertido en un campo de batalla de la guerra partidista, en lugar de ser un poder independiente del Estado. Esta condena sin precedentes del fiscal general de Espa&ntilde;a, &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz &mdash;inhabilitado para ocupar cargos p&uacute;blicos durante dos a&ntilde;os por el Tribunal Supremo por revelar informaci&oacute;n confidencial en un caso de fuerte carga pol&iacute;tica&mdash; ha profundizado la percepci&oacute;n de fragmentaci&oacute;n judicial e instrumentalizaci&oacute;n pol&iacute;tica&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Otros puntos cr&iacute;ticos</h2><p class="article-text">
        El informe tambi&eacute;n apunta que en &ldquo;el desastre de la DANA&rdquo; que caus&oacute; m&aacute;s de 230 muertes en Valencia, &ldquo;el uso de la inmunidad parlamentaria por parte del presidente regional Carlos Maz&oacute;n para bloquear la investigaci&oacute;n penal sobre la actuaci&oacute;n de los funcionarios frente al desastre plante&oacute; cuestiones fundamentales sobre la rendici&oacute;n de cuentas&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n que Espa&ntilde;a &ldquo;ha ignorado sistem&aacute;ticamente&rdquo; las sentencias del Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) sobre el abuso de la temporalidad en el sector p&uacute;blico, lo que ha provocado que la Comisi&oacute;n Europea suspendiera 626 millones de euros de los fondos NextGeneration EU.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, vuelve a se&ntilde;alar algunas cr&iacute;ticas lanzadas en otros informes anteriores como la persistencia de la Audiencia Nacional como &ldquo;una anomal&iacute;a jurisdiccional centralizada&rdquo;, que no se ajusta a los est&aacute;ndares europeos sobre descentralizaci&oacute;n y el derecho al juez de turno, o que la &ldquo;Ley Mordaza&rdquo; cumpli&oacute; 10 a&ntilde;os sin ser derogada y sigue utiliz&aacute;ndose como herramienta &ldquo;para restringir el espacio c&iacute;vico, las protestas pac&iacute;ficas, la libertad de expresi&oacute;n y sancionar a periodistas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En otros puntos no relativos a la Justicia, el informe se&ntilde;ala que &ldquo;no ha habido reformas estructurales&rdquo; reales en temas de lobbies, conflictos de intereses o transparencia en la contrataci&oacute;n p&uacute;blica, que &ldquo;existen v&iacute;nculos opacos&rdquo; entre partidos pol&iacute;ticos, grandes corporaciones y servicios p&uacute;blicos privatizados, en relaci&oacute;n al grupo Quir&oacute;n y la Comunidad de Madrid,  con un &ldquo;riesgo muy alto de corrupci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El informe subraya el peor brote de violencia racista organizada en d&eacute;cadas (en Torre Pacheco), el acoso impune a mujeres en cl&iacute;nicas de salud reproductiva debido a que los jueces absolvieron a activistas antiabortistas y fallos que provocaron muertes en la gesti&oacute;n de la sanidad p&uacute;blica en Andaluc&iacute;a relacionados con retrasos de diagn&oacute;sticos de c&aacute;ncer de mama.
    </p><p class="article-text">
        Finalmente, esta organizaci&oacute;n no gubernamental denuncia que existe un &ldquo;grave riesgo de captura econ&oacute;mica&rdquo; de los medios de comunicaci&oacute;n por parte de grandes grupos financieros y acreedores, as&iacute; como &ldquo;falta de regulaci&oacute;n en la publicidad institucional&rdquo;, lo que compromete la independencia editorial.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rodrigo Ponce de León]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/informe-europeo-derecho-afirma-condena-garcia-ortiz-plantea-interrogantes-independencia-judicial_1_13108392.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 30 Mar 2026 10:40:19 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un informe europeo sobre el Estado de Derecho afirma que la condena contra García Ortiz "plantea interrogantes sobre la independencia judicial"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscal General del Estado,Álvaro García Ortiz,Justicia,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La fiscal general asciende a antiguos colaboradores de García Ortiz en su primera batería de nombramientos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/fiscal-general-asciende-antiguos-colaboradores-garcia-ortiz-primera-bateria-nombramientos_1_13026683.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/991e21bc-0882-43f3-bd3d-080a979673b7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La fiscal general asciende a antiguos colaboradores de García Ortiz en su primera batería de nombramientos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Teresa Peramato coloca a Ana García León, próxima a su predecesor, en una de las jefaturas del Supremo, donde también sitúa a la independiente María Farnés Martínez  y mantiene al conservador Javier Huete 
</p><p class="subtitle">El Supremo rechaza anular la sentencia que condenó al ex fiscal general
</p></div><p class="article-text">
        La nueva fiscal general del Estado ha afrontado este viernes su primer gran pulso ante la c&uacute;pula fiscal con una bater&iacute;a de 17 nombramientos. Teresa Peramato, que lleg&oacute; a la instituci&oacute;n afirmando que contar&iacute;a con &ldquo;todos&rdquo; para tratar de <a href="https://www.eldiario.es/politica/teresa-peramato-dice-causa-predecesor-fiscalia-general-profunda-herida-debe-sanar_1_12820621.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;sanar&rdquo; la &ldquo;profunda herida&rdquo;</a> generada por la condena a &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz, ha optado por ascender a antiguos colaboradores de su predecesor, aunque tambi&eacute;n ha nombrado a perfiles no asociados o pr&oacute;ximos a la asociaci&oacute;n conservadora.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tras o&iacute;r al Consejo Fiscal, uno de los tres puestos de fiscal de Sala jefe de la Secci&oacute;n Penal del Tribunal Supremo ha sido para Ana Garc&iacute;a Le&oacute;n, que fue fiscal jefa de la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica con Garc&iacute;a Ortiz y una de las personas de m&aacute;xima confianza del ex fiscal general. Otro lo ocupar&aacute; la actual fiscal superior de Canarias, Mar&iacute;a Farn&eacute;s Mart&iacute;nez, que no est&aacute; asociada aunque tiene un perfil progresista, de acuerdo a las fuentes fiscales consultadas por elDiario.es.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, Peramato ha optado por mantener en la tercera de esas jefaturas a Javier Huete, que fue uno de fiscales de la m&aacute;xima categor&iacute;a que <a href="https://www.eldiario.es/politica/trece-fiscales-maxima-categoria-piden-dimision-garcia-ortiz-declaracion-supremo_1_12010244.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">firm&oacute; un escrito</a> que ped&iacute;a formalmente la dimisi&oacute;n de Garc&iacute;a Ortiz tras su <a href="https://www.eldiario.es/politica/fiscal-general-niega-supremo-haber-filtrado-correo-confesion-pareja-ayuso_1_12001888.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">declaraci&oacute;n como investigado</a> en la causa abierta contra &eacute;l por revelaci&oacute;n de secretos tras la querella del comisionista Alberto Gonz&aacute;lez Amador, pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Esa misiva, entre otras, llevaba tambi&eacute;n las firmas de los cuatro fiscales del proc&eacute;s, que mantuvieron un enfrentamiento abierto con Garc&iacute;a Ortiz pr&aacute;cticamente desde su llegada a la c&uacute;pula de la Fiscal&iacute;a. Dos de ellos &mdash;Jaime Moreno y Consuelo Madrigal, que fue fiscal general del Estado con Mariano Rajoy (PP)&mdash; optaban a una de esas jefaturas, pero Peramato ha optado por otros perfiles.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Del Consejo Fiscal de este viernes tambi&eacute;n han salido tres nuevos fiscales del Supremo, en este caso sin categor&iacute;a de jefe. Uno de esos puestos es para <a href="https://www.eldiario.es/politica/ultima-hora-actualidad-politica-directo_6_12735606_1116620.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Diego Villafa&ntilde;e</a>, que fue teniente fiscal de la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica con Garc&iacute;a Ortiz y a quien Peramato mantuvo en ese puesto. Villafa&ntilde;e, que estuvo imputado en la causa abierta tras la querella de la pareja de Ayuso y que declar&oacute; como testigo en el juicio, ha sido uno de los m&aacute;s estrechos colaboradores del ex fiscal general. 
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n ascienden al Supremo la actual fiscal jefa de Cuenca, Isabel G&oacute;mez, que desde junio de 2022 era vocal del Consejo Fiscal por parte de la conservadora Asociaci&oacute;n de Fiscales. Y Antonio Colmenarejo, que estuvo en la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica con Garc&iacute;a Ortiz y que est&aacute; especializado en materias como el medio ambiente y urbanismo. A uno de esos puestos optaba la fiscal jefa de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, enfrentada a Garc&iacute;a Ortiz, que no ha resultado elegida. 
    </p><p class="article-text">
        Al frente de la Fiscal&iacute;a de Sala de Discapacidad seguir&aacute; la ex fiscal general Mar&iacute;a Jos&eacute; Segarra, que era la &uacute;nica aspirante al puesto. Segarra, que fue la primera fiscal general nombrada por el Gobierno de Pedro S&aacute;nchez, tambi&eacute;n&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/trece-fiscales-maxima-categoria-piden-dimision-garcia-ortiz-declaracion-supremo_1_12010244.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">firm&oacute; la carta</a>&nbsp;en la que se ped&iacute;a la dimisi&oacute;n de Garc&iacute;a Ortiz tras su declaraci&oacute;n en el Supremo en enero del a&ntilde;o pasado. 
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a de Sala de Medio Ambiente pasar&aacute; a manos de Javier Rufino, que actualmente es teniente fiscal de la Inspecci&oacute;n Fiscal, donde ha asumido la redacci&oacute;n de las actas de medio ambiente. Rufino no est&aacute; asociado, aunque se le atribuye una sensibilidad conservadora, de acuerdo a las fuentes consultadas. 
    </p><p class="article-text">
        Peramato tambi&eacute;n ha hecho dos nombramientos en la Fiscal&iacute;a ante el Tribunal Constitucional. Una de las propuestas ha sido Raquel Mu&ntilde;oz, que tambi&eacute;n form&oacute; parte de la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica con el ex fiscal general. El otro es Ignacio Rodr&iacute;guez, que en la actualidad era letrado del tribunal de garant&iacute;as y que form&oacute; parte del grupo de expertos que hizo un proyecto de reforma de la ley de enjuiciamiento criminal durante el mandato del ministro Juan Carlos Campo (PSOE). 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, en la Audiencia Nacional recalar&aacute; Beatriz L&oacute;pez Pesquera, que tambi&eacute;n form&oacute; parte del equipo de Garc&iacute;a Ortiz en la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica y que est&aacute; asociada a la Uni&oacute;n Progresista de Fiscales, asociaci&oacute;n que presidi&oacute; Peramato en el pasado. Por otro lado, logra una plaza fija en la Fiscal&iacute;a Anticorrupci&oacute;n Virna Alonso, que era decana de la secci&oacute;n de delitos econ&oacute;micos de la Fiscal&iacute;a Provincial de Madrid. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Elena Herrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/fiscal-general-asciende-antiguos-colaboradores-garcia-ortiz-primera-bateria-nombramientos_1_13026683.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 27 Feb 2026 14:09:23 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/991e21bc-0882-43f3-bd3d-080a979673b7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" length="3911341" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[La fiscal general asciende a antiguos colaboradores de García Ortiz en su primera batería de nombramientos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Teresa Peramato,Fiscalía General del Estado,Fiscal General del Estado,Álvaro García Ortiz,Nombramientos,Consejo Fiscal]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Teresa Peramato afronta su primer gran pulso ante la cúpula fiscal con una batería de 19 nombramientos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/teresa-peramato-afronta-primer-gran-pulso-cupula-fiscal-bateria-19-nombramientos_1_13024703.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e7853e36-2bac-48b9-bbb2-2b5a6e6435fb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Teresa Peramato afronta su primer gran pulso ante la cúpula fiscal con una batería de 19 nombramientos"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Fuentes fiscales dan por hecho que la nueva fiscal general ascenderá a antiguos colaboradores de García Ortiz, aunque también nombrará a independientes y miembros de la asociación conservadora 
</p><p class="subtitle">El Supremo rechaza anular la sentencia que condenó al ex fiscal general
</p></div><p class="article-text">
        Tres meses despu&eacute;s de tomar posesi&oacute;n tras la hist&oacute;rica sentencia que <a href="https://www.eldiario.es/politica/tres-jueces-supremo-condenaron-fiscal-general-impartieron-juicio-curso-pagado-acusacion_1_12796151.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">inhabilitaba a su predecesor,</a> la nueva fiscal general del Estado, Teresa Peramato, afronta este viernes su primer gran pulso ante la c&uacute;pula del Ministerio P&uacute;blico. El Consejo Fiscal, que ejerce como &oacute;rgano asesor y tiene mayor&iacute;a conservadora, se pronunciar&aacute; sobre la provisi&oacute;n de 19 plazas, si bien la &uacute;ltima palabra sobre esas designaciones la tendr&aacute; Peramato. Fuentes fiscales dan por hecho que ascender&aacute; a antiguos colaboradores de &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz, aunque tambi&eacute;n nombrar&aacute; a independientes y miembros de la mayoritaria y conservadora Asociaci&oacute;n de Fiscales.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Peramato se enfrenta al reto de construir su liderazgo en un escenario complejo y tras una &eacute;poca marcada por la oposici&oacute;n a la c&uacute;pula de la Fiscal&iacute;a por parte de los sectores m&aacute;s conservadores del Ministerio P&uacute;blico. Esa oposici&oacute;n la han encarnado, entre otros, los fiscales que ejercieron la acusaci&oacute;n en el juicio del proc&eacute;s, que mantuvieron un enfrentamiento abierto con Garc&iacute;a Ortiz pr&aacute;cticamente desde su llegada a la c&uacute;pula de la Fiscal&iacute;a.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ahora, dos de ellos &mdash;Jaime Moreno y Consuelo Madrigal, que fue fiscal general del Estado con Mariano Rajoy (PP)&mdash; optan a ocupar alguno de los tres puestos de fiscal de Sala jefe de la Secci&oacute;n Penal del Tribunal Supremo. Por ese ascenso competir&aacute;n, entre otras siete personas, con Ana Garc&iacute;a Le&oacute;n, que fue fiscal jefa de la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica con Garc&iacute;a Ortiz y una de las personas de m&aacute;xima confianza del ex fiscal general. Tras su cese, Garc&iacute;a Le&oacute;n fue sustituida por Julio Cano, que ejerc&iacute;a como fiscal superior en Baleares.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En uno de esos puestos aspira a mantenerse Javier Huete, que fue uno de fiscales de la m&aacute;xima categor&iacute;a que <a href="https://www.eldiario.es/politica/trece-fiscales-maxima-categoria-piden-dimision-garcia-ortiz-declaracion-supremo_1_12010244.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">firm&oacute; un escrito</a> que ped&iacute;a formalmente la dimisi&oacute;n de Garc&iacute;a Ortiz tras su <a href="https://www.eldiario.es/politica/fiscal-general-niega-supremo-haber-filtrado-correo-confesion-pareja-ayuso_1_12001888.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">declaraci&oacute;n como investigado</a> en la causa abierta contra &eacute;l por revelaci&oacute;n de secretos tras la querella del comisionista Alberto Gonz&aacute;lez Amador, pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso. Esa misiva, entre otras, llevaba tambi&eacute;n las firmas de los cuatro fiscales del proc&eacute;s.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Entre los aspirantes a una de esas jefaturas est&aacute; tambi&eacute;n &Aacute;lvaro Redondo, el fiscal que hizo el <a href="https://www.eldiario.es/politica/fiscalia-supremo-opone-imputar-puigdemont-terrorismo-pretende-garcia-castellon_1_10894709.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">informe que descartaba que hubiera base para perseguir por terrorismo a Carles Puigdemont en el caso Tsunami Democr&aacute;tic</a>. Redondo, que pertenec&iacute;a a la conservadora Asociaci&oacute;n de Fiscales, se dio de baja despu&eacute;s de que los seis vocales de esa asociaci&oacute;n <a href="https://www.eldiario.es/politica/consejo-fiscal-ampara-dividido-fiscal-supremo-elaboro-informe-inicial-tsunami_1_10985298.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">votaran en contra de otorgarle el amparo</a> por los ataques que recibi&oacute; de la prensa tras trascender el dictamen en el que descartaba el delito de terrorismo y la imputaci&oacute;n de Puigdemont y que fue rechazado por la mayor&iacute;a de los fiscales de lo Penal del Supremo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Esas tres jefaturas han quedado vacantes debido al puesto que dej&oacute; Peramato al asumir la plaza de fiscal general, a la pr&oacute;xima jubilaci&oacute;n de otro de los fiscales del proc&eacute;s, Fidel Cadena, y a la finalizaci&oacute;n del mandato de Huete, que opta a la reelecci&oacute;n.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text">Colaboradores de Garc&iacute;a Ortiz</h2><p class="article-text">
        Del Consejo Fiscal de este viernes tambi&eacute;n saldr&aacute;n tres nuevos fiscales del Supremo, en este caso sin categor&iacute;a de jefe. A uno de esos puestos aspira <a href="https://www.eldiario.es/politica/ultima-hora-actualidad-politica-directo_6_12735606_1116620.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Diego Villafa&ntilde;e</a>, que fue teniente fiscal de la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica con Garc&iacute;a Ortiz y a quien Peramato mantuvo en ese puesto. Villafa&ntilde;e, que estuvo imputado en la causa abierta tras la querella de la pareja de Ayuso y que declar&oacute; como testigo en el juicio, ha sido uno de los m&aacute;s estrechos colaboradores de Garc&iacute;a Ortiz.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        A una de esas plazas tambi&eacute;n concurre la fiscal jefa de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, enfrentada a Garc&iacute;a Ortiz. De hecho, ambos se lanzaron severos reproches durante la vista oral, en la que ella compareci&oacute; como testigo y afirm&oacute; que sospech&oacute; desde el principio del entonces fiscal general como autor de la filtraci&oacute;n del correo electr&oacute;nico vinculado al empresario Gonz&aacute;lez Amador.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n se renueva la Fiscal&iacute;a de Sala de Discapacidad, en la que ser&aacute; renovada su actual titular, la ex fiscal general Mar&iacute;a Jos&eacute; Segarra, que es la &uacute;nica aspirante al puesto. Segarra, que fue la primera fiscal general nombrada por el Gobierno de Pedro S&aacute;nchez, tambi&eacute;n <a href="https://www.eldiario.es/politica/trece-fiscales-maxima-categoria-piden-dimision-garcia-ortiz-declaracion-supremo_1_12010244.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">firm&oacute; la carta</a> en la que se ped&iacute;a la dimisi&oacute;n de Garc&iacute;a Ortiz tras su declaraci&oacute;n en el Supremo en enero del a&ntilde;o pasado. Tambi&eacute;n sale a concurso la Fiscal&iacute;a de Sala de Medio Ambiente tras la jubilaci&oacute;n de su anterior representante, Antonio Vercher.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En la sesi&oacute;n de este viernes se resolver&aacute;n, asimismo, destinos en las Fiscal&iacute;as Anticorrupci&oacute;n, Antidroga, ante el Tribunal Constitucional y en la Audiencia Nacional, adem&aacute;s de varias jefaturas provinciales. En la relaci&oacute;n de aspirantes aparecen otros tres integrantes de la Secretar&iacute;a T&eacute;cnica, lo que evidenciar&aacute; hasta qu&eacute; punto la nueva fiscal general opta por ascender a perfiles vinculados a la figura de su predecesor apenas tres meses despu&eacute;s de afirmar que su voluntad era contar con &ldquo;todos&rdquo; los miembros del Ministerio P&uacute;blico para tratar de <a href="https://www.eldiario.es/politica/teresa-peramato-dice-causa-predecesor-fiscalia-general-profunda-herida-debe-sanar_1_12820621.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;sanar&rdquo; la &ldquo;profunda herida&rdquo;</a> generada por la condena a Garc&iacute;a Ortiz.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Elena Herrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/teresa-peramato-afronta-primer-gran-pulso-cupula-fiscal-bateria-19-nombramientos_1_13024703.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 26 Feb 2026 21:13:06 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Teresa Peramato afronta su primer gran pulso ante la cúpula fiscal con una batería de 19 nombramientos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Teresa Peramato,Fiscalía General del Estado,Fiscal General del Estado,Álvaro García Ortiz,Tribunal Supremo,Audiencia Nacional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Por fin una buena noticia para el exfiscal general y para la Justicia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contracorriente/buena-noticia-exfiscal-general-justicia_132_13024427.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6e220de2-0540-4362-85de-da44194cca48_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Por fin una buena noticia para el exfiscal general y para la Justicia"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Auto del Supremo sobre el exfiscal general estaba “descontado”. La buena noticia procede de que se haya dictado en un tiempo razonable. Ahora se le abre la puerta para recurrir al Tribunal Constitucional, y no hay la más mínima duda de que este tribunal anulará la sentencia condenatoria contra García Ortiz </p><p class="subtitle">El Supremo rechaza anular la sentencia que condenó al ex fiscal general</p></div><p class="article-text">
        Ayer jueves se hizo p&uacute;blico el auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que rechaza el incidente de nulidad de actuaciones que &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz hab&iacute;a interpuesto contra la sentencia que lo conden&oacute; no se sabe muy bien por qu&eacute;, pero que lo conden&oacute;, poniendo fin con ello a su condici&oacute;n de fiscal general del Estado.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Nadie ten&iacute;a la m&aacute;s m&iacute;nima duda de que la decisi&oacute;n del TS iba a ser la que ha sido, de la misma manera que tampoco la hubo de que la sentencia ser&iacute;a la que fue. La dimisi&oacute;n como fiscal general del Estado previa a la apertura del juicio oral era la &uacute;nica forma que ten&iacute;a &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz de evitar la condena. No quiero decir que, si hubiera dimitido, no habr&iacute;a sido condenado, pero s&iacute; que, sin dimisi&oacute;n, la condena era segura. Los avisos de la Sala Segunda del TS no pueden no ser atendidos, pues es la credibilidad de la propia Sala lo que est&aacute; en juego. Si no atiende el aviso y me obliga a llegar hasta aqu&iacute;, all&aacute; usted. Esa es la manera de proceder de la Sala Segunda del TS.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Obviamente, una vez que se ha dictado la sentencia, estaba claro que la Sala Segunda no iba a aceptar que la condena se hab&iacute;a producido con vulneraci&oacute;n de derechos fundamentales, a pesar de que se trataba de un caso para el que el incidente de nulidad de actuaciones viene como anillo al dedo, porque no creo que haya habido ning&uacute;n otro en el que las vulneraciones de derechos fundamentales hayan sido tan numerosas y tan flagrantes. Con el incidente de nulidad de actuaciones la Sala Segunda podr&iacute;a haberse ahorrado el bochorno por el que va a tener que pasar con la fundamentaci&oacute;n jur&iacute;dica de la sentencia del Tribunal Constitucional.&nbsp;&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El Auto conocido ayer estaba, en consecuencia, &ldquo;descontado&rdquo;, por decirlo en t&eacute;rminos de la informaci&oacute;n propia de las cotizaciones de acciones en la bolsa.
    </p><p class="article-text">
        La buena noticia procede de que se haya dictado en un tiempo razonable. El riesgo para &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz resid&iacute;a en que la Sala Segunda se demorara en resolver, ya que no tiene fijado un plazo para dar respuesta al mismo. La interposici&oacute;n del incidente no ten&iacute;a m&aacute;s finalidad que la de que se abriera la puerta al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Una vez abierta la puerta, no hay la m&aacute;s m&iacute;nima duda de que la sentencia condenatoria de la Sala Segunda ser&aacute; anulada por vulneraci&oacute;n de los derechos fundamentales que el TS no reconoce en su auto.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Dada la velocidad con la que ha procedido la Sala Segunda del TS en la instrucci&oacute;n y en el enjuiciamiento del caso, cabe esperar que proceda de la misma manera el Tribunal Constitucional y que el recurso de amparo sea resuelto en un plazo acorde al que ha necesitado la Sala Segunda para dictar sentencia y para resolver el incidente de nulidad de actuaciones.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La luz al final del t&uacute;nel empieza a verse. Es una buena noticia para la justicia espa&ntilde;ola. A pesar de todos los pesares, el Estado espa&ntilde;ol va a poder demostrar que es un Estado democr&aacute;tico de Derecho.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En pocas semanas se conocer&aacute; tambi&eacute;n la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea sobre la Ley de Amnist&iacute;a a la que seguir&aacute; la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la aplicaci&oacute;n desviada de la misma por la Sala Segunda del TS a Carles Puigdemont.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Todo parece indicar que esta primavera va a ser primavera en la Justicia espa&ntilde;ola, respecto de asuntos que han generado un dolor inmenso y una desconfianza enorme en nuestro sistema de administraci&oacute;n de justicia.&nbsp;&nbsp;&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Pérez Royo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contracorriente/buena-noticia-exfiscal-general-justicia_132_13024427.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 26 Feb 2026 21:13:06 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Por fin una buena noticia para el exfiscal general y para la Justicia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscal General del Estado,Tribunal Supremo,Tribunal Constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo rechaza anular la sentencia que condenó al ex fiscal general]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/supremo-rechaza-anular-sentencia-condeno-ex-fiscal-general_1_13023122.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/acccc8e0-e63c-4baf-bbff-6e84678332ee_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo rechaza anular la sentencia que condenó al ex fiscal general"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Álvaro García Ortiz argumentó que se habían vulnerado múltiples derechos fundamentales y denunció siete motivos de nulidad que ahora son desestimados, lo que abre la puerta a que pueda recurrir al Constitucional</p><p class="subtitle">El ex fiscal general denuncia siete motivos de nulidad de su sentencia: “Acalla la posibilidad de que la Fiscalía emita desmentidos si se ve atacada”
</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo rechaza anular la&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-considera-ex-fiscal-general-alguien-entorno-filtraron-confesion-pareja-ayuso_1_12816435.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sentencia que conden&oacute; a dos a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n</a>&nbsp;al ex fiscal general del Estado por la filtraci&oacute;n de la confesi&oacute;n del empresario Alberto Gonz&aacute;lez Amador, pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso y procesado por dos delitos fiscales. En un auto, la Sala de lo Penal desestima los incidentes de nulidad promovidos por la Fiscal&iacute;a y por la Abogac&iacute;a del Estado, esta &uacute;ltima en representaci&oacute;n de &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz y, por tanto, confirma la condena. El auto incluye el&nbsp;voto particular suscrito por las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, que discrepan con la decisi&oacute;n mayoritaria. 
    </p><p class="article-text">
        En su recurso, la defensa de Garc&iacute;a Ortiz argument&oacute; que se hab&iacute;an vulnerado m&uacute;ltiples&nbsp;derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la&nbsp;presunci&oacute;n de inocencia, la defensa y la tutela judicial efectiva y denunci&oacute; siete motivos de nulidad. La presentaci&oacute;n de un incidente de nulidad es un tr&aacute;mite previo y obligado para interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. La sentencia del Supremo es firme y no se puede impugnar, por lo que s&oacute;lo cab&iacute;a solicitar su nulidad para, despu&eacute;s, poder acudir al tribunal de garant&iacute;as, que es el paso que dar&aacute; ahora Garc&iacute;a Ortiz. 
    </p><p class="article-text">
        La teniente fiscal del Supremo, Mar&iacute;a &Aacute;ngeles S&aacute;nchez Conde, sosten&iacute;a en su escrito que los jueces de la Sala de lo Penal hab&iacute;an ignorado &ldquo;sin explicaci&oacute;n alguna&rdquo; las pruebas que exoneraban a Garc&iacute;a Ortiz y que lo condenaron por una &ldquo;filtraci&oacute;n inexistente&rdquo;. Afirm&oacute; que los jueces realizaron una &ldquo;incompleta selecci&oacute;n de los hechos&rdquo; al omitir los testimonios clave de periodistas que aseguraron tener el correo electr&oacute;nico de la confesi&oacute;n de fraude fiscal del empresario antes de que lo obtuviera el fiscal general en la noche del 13 de marzo de 2024.
    </p><p class="article-text">
        La mayor&iacute;a del tribunal responde que s&iacute; valor&oacute; esa prueba de descargo, pero consider&oacute; que los testimonios deb&iacute;an ser &ldquo;tamizados&rdquo; por el derecho al secreto profesional de los periodistas y que exist&iacute;a un conjunto de &ldquo;indicios&rdquo; suficientemente s&oacute;lidos como para sustentar la condena. 
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a tambi&eacute;n acus&oacute; a la Sala de lo Penal de introducir un &ldquo;hecho novedoso que trastoca de modo radical el objeto del proceso&rdquo; al considerar delictivo el citado&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-nota-fiscalia-afirmar-no-delito-clave-condena-garcia-ortiz_1_12831331.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">comunicado</a>&nbsp;de la Fiscal&iacute;a sobre el caso, algo que no se debati&oacute; ni imput&oacute; durante la instrucci&oacute;n y que se introdujo en la sentencia &ldquo;de un modo deliberadamente ambiguo&rdquo;. Frente a esa queja, la Sala subraya que tanto la filtraci&oacute;n del correo como la publicaci&oacute;n de la nota informativa formaron parte del objeto del proceso penal desde el principio, por lo que el acusado pudo defenderse plenamente de ambos hechos. 
    </p><p class="article-text">
        En sus escritos, ambos recurrentes sosten&iacute;an tambi&eacute;n que no se puede &ldquo;revelar&rdquo; un secreto que ya era p&uacute;blico en los medios de comunicaci&oacute;n. Su tesis era que como los datos hab&iacute;an sido difundidos previamente por radio, televisi&oacute;n y en prensa escrita hab&iacute;an dejado de ser secretos, por lo que no pueden integrar el delito de revelaci&oacute;n de secretos conforme al tenor literal de la norma.
    </p><p class="article-text">
        El Supremo rebate, sin embargo, que el deber de &ldquo;confidencialidad&rdquo; del fiscal general exig&iacute;a no divulgar esos datos reservados obtenidos por raz&oacute;n de su cargo, y que hacerlo produjo una &ldquo;lesi&oacute;n&rdquo; a la presunci&oacute;n de inocencia del empresario, independientemente de las filtraciones previas. 
    </p><h2 class="article-text">El voto particular da credibilidad a los periodistas </h2><p class="article-text">
        El voto particular firmado por las magistradas Susana Polo y Ana Ferrer expresa su discrepancia con la decisi&oacute;n de la mayor&iacute;a y afirma que los incidentes de nulidad presentados por la Fiscal&iacute;a y la Abogac&iacute;a del Estado deber&iacute;an haber sido estimados. En esencia, las magistradas se reafirman en los argumentos que ya expusieron en la sentencia condenatoria, en la que consideraron que no hab&iacute;a quedado probado que Garc&iacute;a Ortiz &ldquo;o su entorno&rdquo; filtraran el correo en el que la defensa de la pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso reconoc&iacute;a el fraude fiscal. Tampoco ve&iacute;an delito en la difusi&oacute;n de una nota de prensa para desmentir informaciones sobre el caso &ldquo;no ajustadas a la verdad&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Ambas magistradas denuncian que la mayor&iacute;a no ha tenido en cuenta las pruebas de descargo. En concreto los testimonios bajo juramento de los periodistas. Subrayan que estos testigos afirmaron tener el correo antes de que se publicara la nota de la Fiscal&iacute;a y que varios de ellos negaron de forma expresa que Garc&iacute;a Ortiz fuera su fuente. A juicio de las magistradas, los testimonios de estos informadores fueron &ldquo;cre&iacute;bles&rdquo; por su contundencia, por no incurrir en contradicciones con sus declaraciones anteriores y, en especial, porque contaban con corroboraciones perif&eacute;ricas.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Elena Herrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/supremo-rechaza-anular-sentencia-condeno-ex-fiscal-general_1_13023122.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 26 Feb 2026 13:03:34 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo rechaza anular la sentencia que condenó al ex fiscal general]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Álvaro García Ortiz,Fiscal General del Estado,Fiscalía General del Estado,Abogacía del Estado,Alberto González Amador,Isabel Díaz Ayuso]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La pareja de Ayuso alega una "actuación delictiva" del fiscal general para librarse de la condena por fraude fiscal]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/pareja-ayuso-alega-actuacion-delictiva-fiscal-general-librarse-condena-fraude-fiscal_1_13006272.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/68e82218-021d-45b2-b127-87a6e22f6145_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La pareja de Ayuso alega una &quot;actuación delictiva&quot; del fiscal general para librarse de la condena por fraude fiscal"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La defensa de Alberto González Amador incorpora en su escrito de defensa el fallo del Supremo contra García Ortiz a los argumentos para negar el engaño a Hacienda y que hasta ahora habían sido despreciados en repetidas ocasiones por los jueces</p><p class="subtitle">Los investigados por fabricar facturas falsas para la pareja de Ayuso usan la condena al fiscal general para intentar anular la causa</p></div><p class="article-text">
        El empresario y comisionista Alberto Gonz&aacute;lez Amador esgrime la condena del Tribunal Supremo al fiscal general del Estado para solicitar ser absuelto de los dos delitos de fraude fiscal y falsificaci&oacute;n de documentos a los que se enfrentar&aacute; en el juicio. Seg&uacute;n el escrito de defensa presentado por su abogado, al que ha tenido acceso elDiario.es, &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz actu&oacute; con &ldquo;intensidad delincuencial&rdquo; contra Gonz&aacute;lez Amador desde incluso antes de que se abriera el procedimiento que le ha llevado al banquillo, vulnerando su presunci&oacute;n de inocencia y su derecho a la defensa, por lo que debe ser absuelto. 
    </p><p class="article-text">
        La defensa de Gonz&aacute;lez Amador incorpora la condena del Supremo a Garc&iacute;a Ortiz a los argumentos esgrimidos hasta ahora, consistentes en la legalidad de las facturas, para defender la legalidad de sus actuaciones y que no le hab&iacute;an servido para evitar el avance del procedimiento hasta ser enviado al banquillo. Seg&uacute;n la pareja de Ayuso, el fiscal general particip&oacute; &ldquo;directamente en la funci&oacute;n jurisdiccional del Ministerio Fiscal desde antes de que existiera ning&uacute;n procedimiento penal&rdquo; y eso deber&iacute;a anular las acusaciones contra &eacute;l. Sin embargo, <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-cierra-puerta-novio-ayuso-pueda-condena-fiscal-general-anular-causa-fraude_1_12831471.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la sentencia del Supremo cerraba la puerta a esta estrategia</a>. En ella, el tribunal conclu&iacute;a que los jueces ser&aacute;n &ldquo;plenamente conscientes&rdquo; de que no se puede usar como prueba que hubiera mensajes &ldquo;indebidamente difundidos&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Alberto Gonz&aacute;lez Amador dej&oacute; de pagar a la Hacienda p&uacute;blica un total de 350.951 euros en el concepto de Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2020 y 2021. Para ello elabor&oacute; una trama de facturas falsas con las que aminorar la carga impositivo y enga&ntilde;ar a Hacienda, seg&uacute;n acredita un prolijo informe de la Agencia Tributaria cuyas conclusiones han avalado tres jueces de instrucci&oacute;n, los fiscales y la Audiencia Provincial. La defraudaci&oacute;n se produjo despu&eacute;s de que Gonz&aacute;lez Amador obtuviera casi 2 millones de euros por una comisi&oacute;n de material sanitario en el principio de la pandemia con la ayuda del presidente de Quir&oacute;n Prevenci&oacute;n, Fernando Camino. 
    </p><p class="article-text">
        Entre los argumentos presentados en su escrito por el abogado Gabrierl Rodr&iacute;guez Ramos figura que el segundo fiscal del caso, Diego Lucas, fue designado por Pilar Rodr&iacute;guez, fiscal jefa de Madrid. Rodr&iacute;guez estuvo imputada en el mismo procedimiento que Garc&iacute;a Ortiz &ndash;primer la nota de prensa que desment&iacute;a un bulo de El Mundo y despu&eacute;s la publicaci&oacute;n de un correo que acreditaba esa mentira&ndash; pero la causa contra ella result&oacute; archivada. Seg&uacute;n la defensa del comisionista, Rodr&iacute;guez nombr&oacute; a Lucas despu&eacute;s de haberse abstenido fruto de su imputaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Otro de sus argumentos es que a Pilar Rodr&iacute;guez la represesnt&oacute; la Abogac&iacute;a del Estado, al igual que a Garc&iacute;a Ortiz, y que ese organismo representa a la acusaci&oacute;n particular en la causa por el fraude fiscal, que es la Agencia Tributaria.
    </p><p class="article-text">
        El abogado de Gonz&aacute;lez Amador incluye en su escrito declaraciones p&uacute;blicas del presidente del Gobierno, Pedro S&aacute;nchez, del ministro de Justicia, F&eacute;lix Bola&ntilde;os, y de &Oacute;scar L&oacute;pez, ministro de Transformaci&oacute;n Digital, para defender que el Poder Ejecutivo tambi&eacute;n ha interferido en el procedimiento contra su cliente. 
    </p><p class="article-text">
        La causa, dice el escrito de defensa, es &ldquo;la ant&iacute;tesis del procedimiento penal justo en un Estado Constitucional, democr&aacute;tico y de derecho y, en concreto, la perversi&oacute;n de cuantos mecanismos garantes de legalidad (como expresi&oacute;n inversa de la arbitrariedad) existen, hasta ser sustituidos por el delito, lo que ham&aacute;s ha sido conocido ni en Espa&ntilde;a ni en ning&uacute;n Estado democr&aacute;tico de derecho que se considere como tal, siendo la v&iacute;ctima de los anteriores don Alberto Gonz&aacute;lez, y en relaci&oacute;n a este procedimiento sus derechos fundamentales a la defensa y a la presunci&oacute;n de inocencia&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        De otro lado, la defensa de Gonz&aacute;lez Amador reitera los argumentos esgrimidos hasta ahora acerca de la &ldquo;realidad de la operaci&oacute;n&rdquo; de una de las facturas m&aacute;s abultadas, firmada en M&eacute;xico, y de la que la investigaci&oacute;n ha acreditado indiciariamente su falsedad, as&iacute; como de la venta de vacunas en Costa de Marfil, igualmente cuestionada por la Agencia Tributaria. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Respondiendo las facturas a servicios reales, esos gastos se habr&iacute;an contabilizado (excepto en las cuant&iacute;as abonadas) de forma incorrecta y anticipada por estar vinculados, al menos en parte, a la generaci&oacute;n de ingresos que no se produjeron, debiendo haberse contabilizado cuando dichos ingresos se hubieran producido sin que lo anterior constituya actividad delictiva alguna&rdquo;, recoge el escrito.
    </p><p class="article-text">
        Para el juicio, la defensa de Gonz&aacute;lez Amador solo propone la declaraci&oacute;n de su defendido y de los otros cuatro investigados por las facturas falsas, as&iacute; como de dos peritos de parte que defender&aacute;n su tesis de la legalidad de las declaraciones tributarias. 
    </p><p class="article-text">
        Gonz&aacute;lez Amador se enfrenta a una petici&oacute;n de 3 a&ntilde;os y 9 meses de c&aacute;rcel por parte de la Fiscal&iacute;a y otra id&eacute;ntica que presenta la Abogac&iacute;a del Estado. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Pedro Águeda]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/pareja-ayuso-alega-actuacion-delictiva-fiscal-general-librarse-condena-fraude-fiscal_1_13006272.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 20 Feb 2026 06:50:03 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La pareja de Ayuso alega una "actuación delictiva" del fiscal general para librarse de la condena por fraude fiscal]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Alberto González Amador,Isabel Díaz Ayuso,Fiscal General del Estado,Tribunal Supremo,Fiscalía,Fraude fiscal,Abogacía del Estado]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Más de 150 juristas y catedráticos respaldan al ex fiscal general tras su condena: "Es una decisión política"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/150-juristas-catedraticos-respaldan-ex-fiscal-general-condena-decision-politica_1_12948381.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4d964089-58b9-447d-b3d7-9a2f38e38fc9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Más de 150 juristas, magistrados, abogados, fiscales y catedráticos respaldan al ex fiscal general tras su condena: &quot;Es una decisión política&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Álvaro García Ortiz recibe el apoyo de parte de la judicatura "indignada" con su condena en un acto en el Ateneo de Madrid. "Es un auténtico desafío a la lógica", afirma Nicolás Sartorius</p><p class="subtitle">El Gobierno solicita al Supremo su informe tras las primeras peticiones de indulto al ex fiscal general del Estado</p></div><p class="article-text">
        El ex <a href="https://www.eldiario.es/temas/fiscal-general-del-estado/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">fiscal general del Estado &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz</a> ha recibido este jueves el respaldo de parte de la judicatura &ldquo;indignada&rdquo; con <a href="https://www.eldiario.es/politica/sentencia-fiscal-general-diez-interpretaciones-contrarias-condena-voto-discrepante_1_12831862.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la decisi&oacute;n del Tribunal Supremo</a> de condenarle por la filtraci&oacute;n de un correo de la pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso. Ha sido durante la presentaci&oacute;n del manifiesto 'Una sentencia inquietante. Condena a la presunci&oacute;n de inocencia', firmado por m&aacute;s de 150 juristas, magistrados, abogados, fiscales y catedr&aacute;ticos, muchos de los cuales han arropado al ex fiscal general en este acto celebrado en el Ateneo de Madrid.
    </p><p class="article-text">
        El manifiesto recoge la indignaci&oacute;n de parte de la judicatura por una sentencia que creen basada en conjeturas e indicios al no haber ninguna prueba de cargo que incriminara a Garc&iacute;a Ortiz, propia de &ldquo;jueces justicieros&rdquo; que parten de una convicci&oacute;n y buscan una v&iacute;a para acreditarla, seg&uacute;n ha denunciado el abogado y exdiputado en el Congreso y en la Asamblea de Madrid por el PSOE, Manuel de la Rocha. Para &eacute;la, la sentencia se ha saltado de manera &ldquo;irracional&rdquo; y &ldquo;exasperante&rdquo; el principio constitucional de presunci&oacute;n de inocencia. &ldquo;Es una decisi&oacute;n pol&iacute;tica&rdquo;, ha advertido, tras lo que ha lamentado la divisi&oacute;n &ldquo;profunda&rdquo; que existe entre conservadores y progresistas en la justicia y ha incidido en que la Sala 2&ordf; del Tribunal Supremo siempre se sit&uacute;a a la derecha.
    </p><p class="article-text">
        La presidenta de la Uni&oacute;n Progresista de Fiscales, Pepa Berdugo, ha hablado de numerosas anomal&iacute;as en el proceso y ha incidido en que todo el procedimiento contra Garc&iacute;a Ortiz ha sido &ldquo;inquietante&rdquo;, desde la instrucci&oacute;n hasta la sentencia y el tiempo pasado hasta conocer los argumentos de la resoluci&oacute;n. &ldquo;M&aacute;s que inquietante, la sentencia es absolutamente decepcionante&rdquo;, ha matizado Joaqu&iacute;n Gim&eacute;nez, exmagistrado de la Sala Segunda del Supremo, al considerar que desprestigia al sistema judicial, que es el &ldquo;&uacute;ltimo refugio&rdquo; y la &ldquo;&uacute;ltima esperanza&rdquo; de la ciudadan&iacute;a.
    </p><h2 class="article-text">Sartorius: &ldquo;Nunca he visto nada parecido&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Ella ha incidido en que la sentencia no surge de la nada, sino que se encuadra en el &ldquo;cerco&rdquo; que, seg&uacute;n ha dicho, hay alrededor del Gobierno para hacerle caer. En su opini&oacute;n, se trata de &ldquo;un aut&eacute;ntico desaf&iacute;o a la l&oacute;gica&rdquo; al haber sacado certeza de unas dudas, de tal modo que Garc&iacute;a Ortiz &ldquo;no ha podido acreditar su inocencia&rdquo;, ha ironizado. Pero adem&aacute;s de haberse vulnerado su presunci&oacute;n de inocencia, con esta sentencia se han laminado tambi&eacute;n, seg&uacute;n Gim&eacute;nez, el derecho a una informaci&oacute;n veraz y el derecho de los profesionales de los medios de comunicaci&oacute;n al secreto profesional, dos principios fundamentales en una sociedad democr&aacute;tica.
    </p><p class="article-text">
        El exparlamnetario Nicol&aacute;s Sartorius ha advertido, por su parte, de la politizaci&oacute;n de la justicia, de tal modo que los jueces de forma consciente o inconsciente introducen en el ejercicio de su actividad elementos que distorsionan al Ejecutivo, al Parlamento y al resto de instituciones democr&aacute;ticas. Seg&uacute;n ha dicho, hay algunos grupos minoritarios de jueces, pero bien situados en determinas salas que creen que hay que salvar a la patria de los separatistas y acabar con el Gobierno.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Nunca he visto nada parecido a lo que est&aacute; pasando ahora. Es verdaderamente preocupante&rdquo;, ha asegurado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/150-juristas-catedraticos-respaldan-ex-fiscal-general-condena-decision-politica_1_12948381.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 29 Jan 2026 20:07:32 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Más de 150 juristas y catedráticos respaldan al ex fiscal general tras su condena: "Es una decisión política"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Álvaro García Ortiz,Fiscal General del Estado,Justicia,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El ex fiscal general denuncia siete motivos de nulidad de su sentencia: “Acalla la posibilidad de que la Fiscalía emita desmentidos si se ve atacada”]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/ex-fiscal-general-denuncia-siete-motivos-nulidad-sentencia-acalla-posibilidad-fiscalia-emita-desmentidos-si-ve-atacada_1_12918230.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8b4e3554-f462-4e7e-bf30-10eecd7d5d5e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El ex fiscal general denuncia siete motivos de nulidad de su sentencia: “Acalla la posibilidad de que la Fiscalía emita desmentidos si se ve atacada”"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El escrito alude al auto por el que el Supremo rechazó investigar al presidente del tribunal por el curso del Colegio de Abogados para apuntar a la pérdida de la apariencia de imparcialidad de los magistrados 
</p><p class="subtitle">La Fiscalía acusa al Supremo de ignorar las pruebas que exoneraban a García Ortiz y pide anular la sentencia
</p></div><p class="article-text">
        El ex fiscal general del Estado, &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz, ha solicitado al Tribunal Supremo que anule la <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-considera-ex-fiscal-general-alguien-entorno-filtraron-confesion-pareja-ayuso_1_12816435.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sentencia que le condena a dos a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n</a> por la filtraci&oacute;n de la confesi&oacute;n del empresario Alberto Gonz&aacute;lez Amador, pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso y procesado por dos delitos fiscales. En su escrito, su defensa argumenta que se han vulnerado m&uacute;ltiples&nbsp;derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la&nbsp;presunci&oacute;n de inocencia, la defensa y la tutela judicial efectiva y denuncia siete motivos de nulidad, seg&uacute;n el escrito al que ha tenido acceso elDiario.es. 
    </p><p class="article-text">
        El texto sostiene que la nota informativa sobre el caso de fraude fiscal del empresario era una &ldquo;respuesta institucional&rdquo; que ten&iacute;a como objetivo &ldquo;evitar que cristalizara ante la ciudadan&iacute;a la idea de una Fiscal&iacute;a guiada por '&oacute;rdenes de arriba' o con fines prevaricadores&rdquo;. Y advierte de las consecuencias que esta sentencia puede tener para el futuro: &ldquo;Es un secuestro y acallamiento de la posibilidad misma de que la Fiscal&iacute;a y su m&aacute;ximo dirigente emitan comunicados o desmentidos institucionales cuando la instituci&oacute;n se ve gravemente atacada&rdquo;, recoge el documento. 
    </p><p class="article-text">
        La presentaci&oacute;n de un incidente de nulidad es un tr&aacute;mite previo y obligado para interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. La sentencia del Supremo es firme y no se puede impugnar, por lo que s&oacute;lo cabe solicitar su nulidad para, despu&eacute;s, poder acudir al tribunal de garant&iacute;as.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El escrito alude asimismo al auto por el que el Supremo rechaz&oacute; investigar al presidente del tribunal por su presencia y expresiones en unos cursos de la acusaci&oacute;n popular del Colegio de Abogados de Madrid en plenas deliberaciones para apuntar a la p&eacute;rdida de la apariencia de imparcialidad de los magistrados. 
    </p><p class="article-text">
        El escrito afirma que en ese auto &ldquo;se examinan y ponderan una serie de hechos de conocimiento sobrevenido vinculados a determinados miembros del &oacute;rgano situ&aacute;ndolos expresamente en un plano distinto, y se&ntilde;alando que, de haberse conocido con anterioridad, habr&iacute;an podido ser objeto de valoraci&oacute;n plena previa denuncia en el momento previsto legalmente para ello&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La Abogac&iacute;a del Estado cuestiona que la sentencia &ldquo;elude&rdquo; los testimonios clave de periodistas que aseguraron tener el correo electr&oacute;nico de la confesi&oacute;n de fraude fiscal del empresario antes de que lo obtuviera el fiscal general en la noche del 13 de marzo de 2024. &ldquo;Esta forma de razonar, que dice creer al testigo mientras act&uacute;a como si no lo creyera, no constituye una valoraci&oacute;n de la prueba compatible con la presunci&oacute;n de inocencia, ya que no pondera la prueba de descargo sino que la elude&rdquo;, dice el escrito. 
    </p><p class="article-text">
        elDiario.es inform&oacute; el pasado lunes de que, adem&aacute;s del incidente de nulidad, su defensa&nbsp;iba a registrar otro escrito en el que reclamar&iacute;a la suspensi&oacute;n de la ejecuci&oacute;n de la sentencia. Con esa segunda petici&oacute;n, la Abogac&iacute;a del Estado pretend&iacute;a postergar la aplicaci&oacute;n del fallo hasta que se resolviera el incidente de nulidad. Finalmente, ese escrito no se ha presentado dado que la actual fiscal general, Teresa Peramato, acord&oacute; la incorporaci&oacute;n de Garc&iacute;a Ortiz a la Secci&oacute;n de lo Social del Supremo.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Elena Herrera, Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/ex-fiscal-general-denuncia-siete-motivos-nulidad-sentencia-acalla-posibilidad-fiscalia-emita-desmentidos-si-ve-atacada_1_12918230.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 19 Jan 2026 10:45:25 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El ex fiscal general denuncia siete motivos de nulidad de su sentencia: “Acalla la posibilidad de que la Fiscalía emita desmentidos si se ve atacada”]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscal General del Estado,Fiscalía General del Estado,Álvaro García Ortiz,Isabel Díaz Ayuso,Alberto González Amador]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Colegio de Abogados de Madrid defiende que actuó al margen de cuestiones “políticas o personales” en el caso de la pareja de Ayuso]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/colegio-abogados-madrid-defiende-actuo-margen-cuestiones-politicas-personales-caso-pareja-ayuso_1_12903620.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/9eb01ac4-36c9-4b86-a91c-48786cbff171_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Colegio de Abogados de Madrid defiende que actuó al margen de cuestiones “políticas o personales” en el caso de la pareja de Ayuso"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La corporación responde en un comunicado a las críticas de las asociaciones progresistas Adade y Defiéndete en Derecho que cuestionan la “sumisión” a la presidenta regional 
</p><p class="subtitle">Juristas progresistas presentan una queja ante el Colegio de Abogados de Madrid por su “sumisión” a Ayuso
</p></div><p class="article-text">
        El Ilustre Colegios de Abogados de Madrid (ICAM) responde en un comunicado al escrito de queja presentado por las asociaciones Abogados Dem&oacute;cratas por Europa (Adade) y Defi&eacute;ndete en Derecho, de &aacute;mbito progresista, por su actuaci&oacute;n en la causa contra el ex fiscal general del Estado por relevaci&oacute;n de informaci&oacute;n confidencial del empresario Alberto Gonz&aacute;lez Amador, pareja de la presidenta Isabel D&iacute;az Ayuso. La corporaci&oacute;n profesional defiende que actu&oacute; al margen de cuestiones &ldquo;pol&iacute;ticas o personales&rdquo; cuando fue la primera en presentar una querella contra la Fiscal&iacute;a por este asunto y, despu&eacute;s, ejerci&oacute; la acusaci&oacute;n popular. Lleg&oacute; a pedir una condena de cuatro a&ntilde;os de c&aacute;rcel para &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz.
    </p><p class="article-text">
        En una nota aclaratoria, el ICAM defiende que su actuaci&oacute;n en este asunto &ldquo;debe enmarcarse exclusivamente en su obligaci&oacute;n de defender el secreto profesional&rdquo; y el &ldquo;derecho de defensa&rdquo;. &ldquo;El Colegio actu&oacute; ante la existencia de indicios que, desde una perspectiva estrictamente jur&iacute;dica, pod&iacute;an afectar a estos principios b&aacute;sicos, con independencia de las personas o cargos implicados. La iniciativa del ICAM no tuvo por objeto valorar conductas pol&iacute;ticas o personales, sino preservar garant&iacute;as estructurales del sistema de justicia cuya protecci&oacute;n forma parte del n&uacute;cleo de las funciones legalmente atribuidas a los colegios profesionales de la abogac&iacute;a&rdquo;, a&ntilde;ade.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Ambos colectivos, que cuestionan la &ldquo;sumisi&oacute;n&rdquo; de la actual c&uacute;pula del ICAM a &ldquo;intereses pol&iacute;ticos partidistas&rdquo; vinculados al actual Gobierno de la Comunidad de Madrid, reclamaron a trav&eacute;s de un escrito de queja tener acceso al expediente completo que llev&oacute; a la presentaci&oacute;n de <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-considera-ex-fiscal-general-alguien-entorno-filtraron-confesion-pareja-ayuso_1_12816435.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una querella contra la Fiscal&iacute;a</a> en el caso de la pareja de la presidenta madrile&ntilde;a y que se convoque una asamblea extraordinaria para debatir sobre la actuaci&oacute;n del colegio. Exigieron, asimismo, &ldquo;explicaciones&rdquo; sobre la actuaci&oacute;n del decano, Eugenio Rib&oacute;n, y que la asamblea pueda censurar o ratificar su manera de proceder.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Es algo que, a juicio de la actual Junta de Gobierno, carece de sentido porque el procedimiento judicial al que se refiere ya ha sido sentenciado. &ldquo;Las decisiones de personaci&oacute;n y actuaci&oacute;n procesal se adoptan en el momento oportuno, conforme a los criterios t&eacute;cnicos correspondientes y dentro de las competencias legalmente atribuidas a los &oacute;rganos colegiales. Pretender revisar &rdquo;pol&iacute;ticamente&ldquo; una actuaci&oacute;n procesal ya concluida ni produce efectos jur&iacute;dicos ni tiene cabida en el funcionamiento ordinario de una corporaci&oacute;n de derecho p&uacute;blico&rdquo;, prosigue el colegio. 
    </p><p class="article-text">
        La entidad profesional defiende que su actuaci&oacute;n en este asunto ha estado guiada en todo momento por los principios de la &ldquo;total transparencia&rdquo; y que se ha ido dejando constancia de sus decisiones en los &oacute;rganos correspondientes y poniendo a disposici&oacute;n de los colegiados la informaci&oacute;n relevante conforme a los cauces establecidos.
    </p><p class="article-text">
        Respecto a la celebraci&oacute;n de una asamblea extraordinaria, el ICAM defiende que la convocatoria de ese &oacute;rgano est&aacute; regulada de manera expresa en sus Estatutos, que establecen &ldquo;requisitos formales y materiales claros en cuanto a legitimaci&oacute;n, procedimiento y objeto&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Elena Herrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/colegio-abogados-madrid-defiende-actuo-margen-cuestiones-politicas-personales-caso-pareja-ayuso_1_12903620.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 13 Jan 2026 11:27:36 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Colegio de Abogados de Madrid defiende que actuó al margen de cuestiones “políticas o personales” en el caso de la pareja de Ayuso]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Colegio de Abogados,Álvaro García Ortiz,Fiscal General del Estado,Alberto González Amador,Isabel Díaz Ayuso]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El verdadero juicio al fiscal general empieza ahora]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contracorriente/verdadero-juicio-fiscal-general-empieza-ahora_132_12902051.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/0b365434-235a-4d2e-9469-6ab9c6b67e97_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El verdadero juicio al fiscal general empieza ahora"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La solicitud de García Ortiz de que se deje en suspenso la ejecución de la sentencia hasta que se resuelva el incidente de nulidad es razonable. No aceptarla supondría una nueva vulneración del principio de imparcialidad y de la presunción de inocencia</p><p class="subtitle">El ex fiscal general pide al Supremo que se suspenda cautelarmente su condena antes de acudir al Constitucional</p></div><p class="article-text">
        El juicio mediante el cual se conden&oacute; a &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz el 20 de noviembre de 2025, fue un juicio <em>fake</em>. El juicio fue posible por una maniobra torticera de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) carente de cualquier justificaci&oacute;n jur&iacute;dica digna de tal nombre.
    </p><p class="article-text">
        En el origen del juicio est&aacute; una querella infundada del presidente del Colegio de Abogados de Madrid contra la fiscal jefa de Madrid por la publicaci&oacute;n de una nota informativa mediante la que se desment&iacute;a una falsedad dada a conocer a trav&eacute;s de <em>El Mundo</em> y tres medios digitales por parte de Miguel &Aacute;ngel Rodr&iacute;guez (MAR), respecto de pacto de conformidad propuesto por la defensa de Alberto Gonz&aacute;lez Amador mediante correo electr&oacute;nico de 2 de febrero de 2024 dirigido al servidor general de la Fiscal&iacute;a de Madrid.
    </p><p class="article-text">
        En dicho correo electr&oacute;nico se reconoc&iacute;a que Alberto Gonz&aacute;lez Amador hab&iacute;a cometido dos delitos fiscales y se propon&iacute;a un pacto de conformidad consistente en el pago de la deuda tributaria con los intereses correspondientes y una pena privativa de libertad que no conllevara su ingreso en prisi&oacute;n. En la falsedad que MAR puso en circulaci&oacute;n, fue el ministerio fiscal el que propuso a Gonz&aacute;lez Amador el pacto de conformidad, propuesta que, seg&uacute;n a&ntilde;ad&iacute;an los tres medios digitales, fue torpedeada &ldquo;desde arriba&rdquo;, sin que quedara claro si ese &ldquo;desde arriba&rdquo; acababa en el fiscal general del Estado o llegaba hasta la Presidencia del Gobierno. 
    </p><p class="article-text">
        Dada la gravedad de la acusaci&oacute;n contra el Ministerio Fiscal que en dicha falsedad se conten&iacute;a, la fiscal jefa de Madrid, con el conocimiento y aval del fiscal general del Estado, se consider&oacute; en la obligaci&oacute;n de emitir una nota informativa poniendo los puntos sobre las &iacute;es. 
    </p><p class="article-text">
        Contra la publicaci&oacute;n de dicha nota informativa interpuso querella el presidente del Colegio de Abogados de Madrid ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra la fiscal jefa por delito de revelaci&oacute;n de secreto. Admitida a tr&aacute;mite la querella, el fiscal general del Estado puso en conocimiento de la Sala su responsabilidad en la publicaci&oacute;n de la misma, raz&oacute;n por la cual la Sala tuvo que remitir la querella a la Sala Segunda del TS, dada la condici&oacute;n de aforado del fiscal general. 
    </p><p class="article-text">
        La Sala Segunda del TS consider&oacute; que la publicaci&oacute;n de la nota informativa no era constitutiva del delito de revelaci&oacute;n de secreto, ya que lo que se desment&iacute;a en dicha nota hab&iacute;a dejado de ser secreto al haber sido publicado en diferentes medios de comunicaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Aqu&iacute; se ten&iacute;a que haber puesto punto final a la querella. Pero no fue as&iacute;. La Sala Segunda del TS desvi&oacute; el foco de la nota informativa &ndash;que desment&iacute;a la falsedad puesta en circulaci&oacute;n por MAR&ndash; al correo electr&oacute;nico de la defensa de Gonz&aacute;lez Amador de 2 de febrero de 2024, y apunt&oacute; la posibilidad de que se habr&iacute;a podido cometer un delito de revelaci&oacute;n de secreto mediante la filtraci&oacute;n del mismo.
    </p><p class="article-text">
        En buena l&oacute;gica procesal, dado que el correo electr&oacute;nico no hab&iacute;a sido dirigido a ning&uacute;n fiscal, sino a un servidor general de la Fiscal&iacute;a de Madrid al que ten&iacute;a acceso un n&uacute;mero indeterminado, pero determinable, de personas, la Sala Segunda deber&iacute;a haber devuelto la querella a la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a fin de que abriera una investigaci&oacute;n para identificar al autor de la filtraci&oacute;n. Si de dicha investigaci&oacute;n resultara que el autor era presumiblemente el fiscal general del Estado, entonces se tendr&iacute;a que elevar de nuevo la querella a la Sala Segunda del TS.
    </p><p class="article-text">
        Pero no fue eso lo que hizo. Retuvo la competencia para investigar la posible autor&iacute;a de la filtraci&oacute;n reduciendo la investigaci&oacute;n al fiscal general del Estado, aunque no dispusiera no ya de ninguna prueba, sino de ning&uacute;n indicio que apuntara en esa direcci&oacute;n. A continuaci&oacute;n, design&oacute; a &Aacute;ngel Hurtado como instructor.
    </p><p class="article-text">
        Al dar ese paso, la Sala Segunda vulneraba de entrada tres derechos fundamentales: 
    </p><p class="article-text">
        1. Derecho al juez ordinario predeterminado por la ley. Dado el n&uacute;mero de personas que hab&iacute;an tenido conocimiento del correo electr&oacute;nico antes que el fiscal general del Estado, la inmensa mayor&iacute;a de ellos en la Fiscal&iacute;a de Madrid, no pod&iacute;a ser el TS el que se encargara de la investigaci&oacute;n, sino que ten&iacute;a que serlo la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El TS &uacute;nicamente puede ser juez instructor cuando la causa est&aacute; dirigida de manera inequ&iacute;voca contra una persona aforada. Que este no era el caso se pone de manifiesto en la propia sentencia condenatoria, en la que se atribuye la conducta delictiva al fiscal general o a &ldquo;alguien de su entorno&rdquo;. Ni siquiera tras la instrucci&oacute;n y tras la celebraci&oacute;n del juicio ha podido llegar el TS a la identificaci&oacute;n inequ&iacute;voca del autor de la filtraci&oacute;n. &iquest;C&oacute;mo pudo llegar a la conclusi&oacute;n que la investigaci&oacute;n ten&iacute;a que circunscribirse a &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz?
    </p><p class="article-text">
        2. P&eacute;rdida de imparcialidad. Sin ninguna prueba, sin ning&uacute;n indicio, el TS decide que &uacute;nicamente el fiscal general del Estado tiene que ser investigado como posible autor del delito de revelaci&oacute;n de secreto mediante la filtraci&oacute;n del correo electr&oacute;nico. &iquest;No supone esa decisi&oacute;n que los cinco magistrados que condenaron ten&iacute;an preformada ya su opini&oacute;n sobre la culpabilidad de &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz y que, en consecuencia, no pod&iacute;an ser parte del &oacute;rgano judicial que dictara sentencia?
    </p><p class="article-text">
        3. Presunci&oacute;n de inocencia. Sustituci&oacute;n de la presunci&oacute;n de inocencia por la presunci&oacute;n de culpabilidad. La decisi&oacute;n de la Sala Segunda del TS de reducir la investigaci&oacute;n al fiscal general del Estado en ese momento inicial es incompatible con la presunci&oacute;n de inocencia, que es sustituida por la presunci&oacute;n de culpabilidad. No dispongo de ning&uacute;n indicio, ni de ninguna prueba, pero tiene que haber sido &eacute;l. Que demuestre que no ha sido. La Sala Segunda se exonera de la obligaci&oacute;n de destruir la presunci&oacute;n de inocencia del fiscal general del Estado mediante la correspondiente prueba de cargo y le impone la obligaci&oacute;n de demostrar su inocencia. Caso de libro de la conocida como prueba diab&oacute;lica.
    </p><p class="article-text">
        Con la vulneraci&oacute;n de estos tres derechos fundamentales ya es suficiente para viciar de nulidad la sentencia condenatoria, aunque ello no quiere decir que sean los &uacute;nicos derechos que se han vulnerado. Hay varios otros vulnerados en la instrucci&oacute;n por parte del juez &Aacute;ngel Hurtado, como el principio de proporcionalidad y de imparcialidad, al invadir la sede de la Fiscal&iacute;a General y volcar la informaci&oacute;n en dispositivos de todo tipo durante ocho meses; por el presidente de la Sala, cuando, en clara vulneraci&oacute;n del principio de imparcialidad, interrumpi&oacute; la declaraci&oacute;n de Jos&eacute; Precedo y afirm&oacute; sentirse amenazado por lo que no era m&aacute;s que un ejercicio impecable del derecho a transmitir informaci&oacute;n veraz; del principio acusatorio, al no quedar claro si la filtraci&oacute;n se circunscrib&iacute;a al correo electr&oacute;nico de 2 de febrero de 2024 o a la nota informativa desmintiendo la falsedad puesta en circulaci&oacute;n por MAR; del principio de imparcialidad, de nuevo, en la intervenci&oacute;n  retribuida del presidente de la Sala Segunda en un curso organizado por el Colegio de Abogados, primer querellante, en el que dej&oacute; caer que era el ponente de la sentencia, cuando todav&iacute;a la Sala no hab&iacute;a decidido que no ser&iacute;a la magistrada Susana Polo la ponente; del principio de legalidad, al considerar que el fiscal general del Estado hab&iacute;a cometido el delito previsto en el art&iacute;culo 417. 1 del C&oacute;digo Penal, conclusi&oacute;n que no se puede alcanzar con ninguna de las reglas de interpretaci&oacute;n com&uacute;nmente admitidas en el mundo del derecho. 
    </p><p class="article-text">
        Sobre todas estas vulneraciones tendr&aacute; que pronunciarse ahora la Sala Segunda al resolver el incidente de nulidad de actuaciones que ha presentado la defensa del fiscal general. Y que, si no es atendido por dicha Sala, ser&aacute; objeto del recurso de amparo sobre el que tendr&aacute; que dictar sentencia el Tribunal Constitucional.
    </p><p class="article-text">
        Dada la importancia del caso, del que no hay precedente no ya en Espa&ntilde;a sino en ninguno de los Estados que constituyen la Uni&oacute;n Europea, parece razonable la solicitud de que se deje en suspenso la ejecuci&oacute;n de la sentencia hasta que se resuelva el incidente de nulidad de actuaciones. La no aceptaci&oacute;n de la solicitud supondr&iacute;a una nueva vulneraci&oacute;n del principio de imparcialidad y de la presunci&oacute;n de inocencia.
    </p><p class="article-text">
        Espero que el lector haya entendido por qu&eacute; afirmo que el juicio de verdad empieza ahora.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Pérez Royo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contracorriente/verdadero-juicio-fiscal-general-empieza-ahora_132_12902051.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 12 Jan 2026 21:02:42 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El verdadero juicio al fiscal general empieza ahora]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscal General del Estado,Tribunal Supremo,Tribunal Constitucional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Juristas progresistas presentan una queja ante el Colegio de Abogados de Madrid por su “sumisión” a Ayuso]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/juristas-progresistas-presentan-queja-colegio-abogados-madrid-sumision-ayuso_1_12900855.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/dbea4bf8-2cb3-43f0-b079-41a84bba8e0f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Juristas progresistas presentan una queja ante el Colegio de Abogados de Madrid por su “sumisión” a Ayuso"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las asociaciones Adade y Defiéndete en Derecho reclaman en un escrito el expediente completo de la denuncia contra el ex fiscal general y la convocatoria de una asamblea extraordinaria 
</p><p class="subtitle">El ex fiscal general pide al Supremo que se suspenda cautelarmente su condena antes de acudir al Constitucional
</p></div><p class="article-text">
        Las asociaciones Abogados Dem&oacute;cratas por Europa (Adade) y Defi&eacute;ndete en Derecho, de &aacute;mbito progresista, han registrado un escrito de queja contra la actual Junta de Gobierno del Ilustre Colegios de Abogados de Madrid (ICAM) por su &ldquo;sumisi&oacute;n&rdquo; a &ldquo;intereses pol&iacute;ticos partidistas&rdquo; vinculados al actual Gobierno de la Comunidad de Madrid que dirige <a href="https://www.eldiario.es/temas/isabel-diaz-ayuso/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Isabel D&iacute;az Ayuso</a>. 
    </p><p class="article-text">
        Solicitan que la corporaci&oacute;n profesional facilite el expediente completo que llev&oacute; a la presentaci&oacute;n de <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-considera-ex-fiscal-general-alguien-entorno-filtraron-confesion-pareja-ayuso_1_12816435.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una querella contra la Fiscal&iacute;a</a> en el caso del empresario Alberto Gonz&aacute;lez Amador, pareja de la presidenta madrile&ntilde;a, y que se convoque una asamblea extraordinaria para debatir sobre la actuaci&oacute;n del colegio.&nbsp;La entidad profesional fue la primera en presentar una querella contra la Fiscal&iacute;a por este asunto y, despu&eacute;s, ejerci&oacute; la acusaci&oacute;n popular. Lleg&oacute; a pedir una condena de cuatro a&ntilde;os de c&aacute;rcel para &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz. 
    </p><p class="article-text">
        En una rueda de prensa, el presidente de honor de Adade, el letrado Jos&eacute; Mariano Ben&iacute;tez de Lugo ha calificado de &ldquo;ins&oacute;lito&rdquo; el apoyo del colegio al empresario y comisionista Gonz&aacute;lez Amador, que est&aacute; procesado tras haber reconocido sus deudas con Hacienda. &ldquo;El ICAM siempre ha sido una instituci&oacute;n integradora y respetuosa, nunca se hab&iacute;a producido tal sectarismo, polarizaci&oacute;n y falta de pluralidad&rdquo;, ha a&ntilde;adido el abogado Javier Ledesma, tambi&eacute;n vinculado a Adade.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El escrito muestra la &ldquo;radical disconformidad&rdquo; y &ldquo;cr&iacute;tica&rdquo; de ambas asociaciones con la actuaci&oacute;n del ICAM en la causa contra Garc&iacute;a Ortiz. Las asociaciones ponen el foco en la actuaci&oacute;n del actual decano, Eugenio Rib&oacute;n, que consider&oacute; que la condena de inhabilitaci&oacute;n a Garc&iacute;a Ortiz es &ldquo;un respaldo decisivo a los principios esenciales del Estado de Derecho&rdquo; tras la publicaci&oacute;n del fallo el pasado 20 de noviembre. 
    </p><p class="article-text">
        De hecho, reclaman &ldquo;explicaciones&rdquo; sobre su actuaci&oacute;n y que la asamblea pueda censurar o ratificar su manera de proceder. &ldquo;Nos sorprende que celebre y bendiga que puede darse a conocer un fallo sin los argumentos de la sentencia condenatoria, ni de la discrepancia que recojan los votos particulares&rdquo;, recoge el escrito.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Tambi&eacute;n exigen que se fijen criterios sobre la conducta a seguir en el futuro en asuntos de alta trascendencia pol&iacute;tica que &ldquo;eviten&rdquo; la &ldquo;instrumentalizaci&oacute;n&rdquo; del colegio y que se ponga al servicio de &ldquo;intereses particulares o de estrategias pol&iacute;ticas ajenas a los intereses de la abogac&iacute;a&rdquo;. Las asociaciones muestran su &ldquo;disconformidad&rdquo; con el hecho de que el colegio presentara una denuncia contra la Fiscal&iacute;a sin hacer &ldquo;la m&aacute;s m&iacute;nima referencia&rdquo; a la &ldquo;campa&ntilde;a de difamaci&oacute;n&rdquo; emprendida contra el Ministerio P&uacute;blico por el entorno de la presidenta regional.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, las asociaciones hacen hincapi&eacute; en la &ldquo;singular circunstancia&rdquo; de la simultaneidad de la posici&oacute;n del ICAM como acusaci&oacute;n en el juicio contra el ex fiscal general y la autorizaci&oacute;n del proyecto de <a href="https://web.icam.es/nota-aclaratoria-sobre-el-proceso-de-autorizacion-de-icam-centro-universitario/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">creaci&oacute;n de un centro universitario</a> adscrito a la Universidad Complutense de Madrid. 
    </p><p class="article-text">
        A este respecto, el colegio ha mantenido que el proyecto de ICAM Centro Universitario nace, se dise&ntilde;a y comienza a tramitarse entre 2022 y 2023, es presentado a la Comunidad de Madrid en diciembre de 2023 y sigue su curso durante 2024 y 2025, mucho antes de la querella del ICAM y del propio juicio y posterior condena del fiscal general.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Elena Herrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/juristas-progresistas-presentan-queja-colegio-abogados-madrid-sumision-ayuso_1_12900855.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 12 Jan 2026 11:56:19 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Juristas progresistas presentan una queja ante el Colegio de Abogados de Madrid por su “sumisión” a Ayuso]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscalía,Fiscalía General del Estado,Fiscal General del Estado,Álvaro García Ortiz,Colegio de Abogados]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Última hora sobre la actualidad política, en directo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/ultima-hora-actualidad-politica-directo_6_12899988.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/6059cf16-93a0-4746-802f-7bb0b937fdef_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x2481y738.jpg" width="1200" height="675" alt="Última hora sobre la actualidad política, en directo"></p><p class="article-text">
        &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz, exfiscal general del Estado, va a solicitar al Tribunal Supremo la anulaci&oacute;n de <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-considera-ex-fiscal-general-alguien-entorno-filtraron-confesion-pareja-ayuso_1_12816435.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la sentencia que le conden&oacute;</a> hace unas semanas a dos a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n del cargo por la <a href="https://www.eldiario.es/politica/ex-fiscal-general-pide-supremo-suspenda-cautelarmente-condena-acudir-constitucional_1_12895687.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">filtraci&oacute;n de un correo electr&oacute;nico de Alberto Gonz&aacute;lez Amador</a>, en el que el novio de Isabel D&iacute;az Ayuso confesaba un delito fiscal.
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, la exconsellera de Emergencias de la Generalitat Valenciana, Salom&eacute; Pradas, y el jefe de gabinete de Carlos Maz&oacute;n, el exsecretario auton&oacute;mico Jos&eacute; Manuel Cuenca, <a href="https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/jueza-dana-acuerda-careo-pradas-jefe-gabinete-mazon_1_12849842.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se ven las caras este lunes</a> en una sesi&oacute;n del juicio que investiga la responsabilidad de las 230 muertes que caus&oacute; la dana de Valencia el 29 de octubre de 2024. La jueza ha citado a ambos responsables para interrogarles y aclarar las supuestas contradicciones en sus declaraciones sobre la gesti&oacute;n de aquella emergencia. Pradas se ha reafirmado en que recibi&oacute; &oacute;rdenes de no confinar a la poblaci&oacute;n esa tarde y ha asegurado que <a href="https://www.eldiario.es/comunitat-valenciana/exconsellera-pradas-dice-jueza-consideraba-mazon-debia-conocer-medidas-cecopi-dana_1_12900079.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no sab&iacute;a nada de la comida de Maz&oacute;n</a> en El Ventorro.
    </p><p class="article-text">
        Y en Madrid, te contamos que la &ldquo;libertad&rdquo; de elegir hospital de la que gozan los pacientes madrile&ntilde;os est&aacute; saliendo cara para las arcas y centros p&uacute;blicos: <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/libre-eleccion-instaurada-pp-madrid-derivado-1-268-millones-extra-sanidad-privada_1_12892901.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">unos 1.268 millones de euros extra han ido a parar a la sanidad privada</a>
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/ultima-hora-actualidad-politica-directo_6_12899988.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 12 Jan 2026 07:53:01 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Última hora sobre la actualidad política, en directo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscal General del Estado,Álvaro García Ortiz,Salomé Pradas,Carlos Mazón,DANA,Sanidad pública]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía acusa al Supremo de ignorar las pruebas que exoneraban a García Ortiz y pide anular la sentencia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/fiscalia-acusa-supremo-ignorar-pruebas-exoneraban-garcia-ortiz-pide-anular-sentencia_1_12878705.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/26347778-caf2-4db5-87a3-ddf51e50242d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía acusa al Supremo de ignorar las pruebas que exoneraban a García Ortiz y pide anular la sentencia"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La teniente fiscal María Ángeles Sánchez Conde sostiene que los jueces de la Sala de lo Penal realizaron una "incompleta selección de los hechos" y que su resolución vulnera derechos fundamentales del que fuera fiscal general del Estado 
</p><p class="subtitle">El Supremo y la nota de la Fiscalía: de afirmar que no era delito a ser clave en la condena contra García Ortiz
</p></div><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a ha solicitado al Tribunal Supremo que anule la <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-considera-ex-fiscal-general-alguien-entorno-filtraron-confesion-pareja-ayuso_1_12816435.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sentencia</a> que <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-considera-ex-fiscal-general-alguien-entorno-filtraron-confesion-pareja-ayuso_1_12816435.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">condena a dos a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n</a> al ex fiscal general del Estado &Aacute;lvaro Garc&iacute;a por la difusi&oacute;n de informaci&oacute;n reservada del empresario Alberto Gonz&aacute;lez Amador, pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso. La teniente fiscal del Supremo, Mar&iacute;a &Aacute;ngeles S&aacute;nchez Conde, sostiene que los jueces de la Sala de lo Penal ignoraron &ldquo;sin explicaci&oacute;n alguna&rdquo; las pruebas que exoneraban a Garc&iacute;a Ortiz y que lo condenaron por una &ldquo;filtraci&oacute;n inexistente&rdquo;, seg&uacute;n un escrito adelantado por <a href="https://www.elespanol.com/espana/tribunales/20251231/numero-fiscalia-acusa-tribunal-supremo-crear-tipo-delictivo-poder-condenar-garcia-ortiz/1003744071758_0.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">El Espa&ntilde;ol</a> y al que ha tenido acceso elDiario.es. 
    </p><p class="article-text">
        La fiscal defiende que la resoluci&oacute;n que firmaron los magistrados Andr&eacute;s Mart&iacute;nez Arrieta, Manuel Marchena, Juan Ram&oacute;n Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela vulnera derechos fundamentales del que fuera m&aacute;ximo representante del Ministerio P&uacute;blico.&nbsp;En concreto, el derecho a la presunci&oacute;n de inocencia, a la legalidad penal y a la tutela judicial efectiva. 
    </p><p class="article-text">
        As&iacute;, la fiscal afirma que los jueces realizaron una &ldquo;incompleta selecci&oacute;n de los hechos&rdquo; al omitir los testimonios clave de periodistas que aseguraron tener el correo electr&oacute;nico de la confesi&oacute;n de fraude fiscal del empresario antes de que lo obtuviera el fiscal general en la noche del 13 de marzo de 2024. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la Fiscal&iacute;a, la sentencia prescinde de pruebas de descargo que demuestran que la informaci&oacute;n ya era p&uacute;blica cuando lleg&oacute; a manos de Garc&iacute;a Ortiz. &ldquo;Cuando el correo lleg&oacute; al fiscal general del Estado ya hab&iacute;a sido divulgado y ello est&aacute; acreditado aunque la sentencia lo omite&rdquo;, dice el escrito, que tambi&eacute;n cuestiona el hecho de que la sentencia &ldquo;omita&rdquo; que el citado correo tambi&eacute;n &ldquo;le fue proporcionado&rdquo; a la fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra. 
    </p><p class="article-text">
        S&aacute;nchez Conde argumenta que las &ldquo;prisas&rdquo; de Garc&iacute;a Ortiz por obtener los correos intercambiados entre el abogado de Gonz&aacute;lez Amador y el fiscal que lo acusaba de fraude tributario en busca de un acuerdo de conformidad fueron motivadas por la necesidad de redactar una nota informativa para responder &ldquo;con premura&rdquo; a las informaciones de diversos medios que cuestionaban la actuaci&oacute;n de la Fiscal&iacute;a y apuntaban a una actuaci&oacute;n por &ldquo;motivos pol&iacute;ticos&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Una &ldquo;insidiosas y calumniosas informaciones&rdquo;, en palabras de la fiscal, que &ldquo;contaban con el apoyo y aportaci&oacute;n de medios por parte del gobierno de la Comunidad Aut&oacute;noma de Madrid&rdquo;. La fiscal tambi&eacute;n subraya que el &ldquo;entorno&rdquo; de Gonz&aacute;lez Amador hizo durante ese 13 de marzo de 2024 una &ldquo;divulgaci&oacute;n sesgada y mendaz&rdquo; de la contestaci&oacute;n emitida por la Fiscal&iacute;a al ofrecimiento de pacto por parte del empresario. Y recuerda que Miguel &Aacute;ngel Rodr&iacute;guez, jefe de gabinete de Ayuso, lanz&oacute; el &ldquo;bulo&rdquo; de que la Fiscal&iacute;a hab&iacute;a ofrecido un pacto para despu&eacute;s retirarlo. 
    </p><h2 class="article-text">Condena por la nota de prensa </h2><p class="article-text">
        S&aacute;nchez Conde tambi&eacute;n acusa a la Sala de lo Penal de introducir un &ldquo;hecho novedoso que trastoca de modo radical el objeto del proceso&rdquo; al considerar delictivo el citado <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-nota-fiscalia-afirmar-no-delito-clave-condena-garcia-ortiz_1_12831331.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">comunicado</a> de la Fiscal&iacute;a sobre el caso, algo que no se debati&oacute; ni imput&oacute; durante la instrucci&oacute;n y que se introdujo en la sentencia &ldquo;de un modo deliberadamente ambiguo&rdquo;. Asimismo, la Fiscal&iacute;a afirma que el Supremo cre&oacute; &ldquo;un tipo delictivo&rdquo; al castigar la difusi&oacute;n de informaci&oacute;n que ya no era secreta, lo que excede el C&oacute;digo Penal. 
    </p><p class="article-text">
        Por otro lado, la fiscal tambi&eacute;n califica de &ldquo;dif&iacute;cilmente entendible&rdquo; y carente de motivaci&oacute;n la indemnizaci&oacute;n de 10.000 euros impuesta, as&iacute; como la condena al pago de las costas de la acusaci&oacute;n particular. 
    </p><p class="article-text">
        En su escrito, la Fiscal&iacute;a se apoya en el&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/politica/juezas-discrepan-sentencia-ex-fiscal-general-no-quedado-acreditado-sea-autor-filtracion_1_12816442.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">voto particular</a>&nbsp;de las magistradas progresistas Ana Ferrer y Susana Polo que pidieron su absoluci&oacute;n. En ese voto discrepante, ambas magistradas creen que las conclusiones alcanzadas por sus compa&ntilde;eros &ldquo;implican una vulneraci&oacute;n del derecho a la presunci&oacute;n de inocencia&rdquo;. Ferrer y Polo denuncian que la sentencia condenatoria hace una inferencia de culpabilidad &ldquo;muy abierta&rdquo; y que existen otras conclusiones alternativas que no se han tenido en cuenta.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La sentencia que S&aacute;nchez Conde pide anular consider&oacute; probado que el entonces fiscal general del Estado &ldquo;o una persona de su entorno&rdquo; filtraron a la prensa la confesi&oacute;n de fraude fiscal de la pareja de Ayuso. La sentencia entiende que la nota de prensa de la Fiscal&iacute;a sobre el caso tambi&eacute;n revel&oacute; datos confidenciales y que &ldquo;el fiscal general del Estado no puede responder a una noticia falsa mediante la comisi&oacute;n de un delito&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces no cuestionaron que los periodistas pudieron tener acceso a esos datos antes que el propio Garc&iacute;a Ortiz pero defendieron &ldquo;que un dato reservado sea conocido no neutraliza el deber de confidencialidad del fiscal general&rdquo;. &ldquo;El correo filtrado tuvo que salir de la Fiscal&iacute;a General del Estado&rdquo;, zanj&oacute; el Supremo.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Elena Herrera]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/fiscalia-acusa-supremo-ignorar-pruebas-exoneraban-garcia-ortiz-pide-anular-sentencia_1_12878705.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 31 Dec 2025 10:01:45 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía acusa al Supremo de ignorar las pruebas que exoneraban a García Ortiz y pide anular la sentencia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscalía,Tribunal Supremo,Álvaro García Ortiz,Fiscal General del Estado]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo rechaza investigar por revelación de secretos al presidente del tribunal que condenó al fiscal general]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/supremo-rechaza-investigar-revelacion-secretos-presidente-tribunal-condeno-fiscal-general_1_12865090.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/3138076a-e814-4da8-9347-9b01ec3a0633_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo rechaza investigar por revelación de secretos al presidente del tribunal que condenó al fiscal general"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal entiende que la expresión del presidente Andrés Martínez Arrieta cuando dijo ante varios abogados que tenía que irse a "poner" la sentencia en plenas deliberaciones "no contempla una anticipación del sentido condenatorio del fallo"</p><p class="subtitle">Los Comuns se querellan por revelación de secretos contra el presidente del tribunal que condenó al fiscal general</p></div><p class="article-text">
        El <a href="https://www.eldiario.es/temas/tribunal-supremo/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Supremo</a> ha rechazado la querella con la que los Comuns ped&iacute;an investigar penalmente por revelaci&oacute;n de secretos al ponente de la sentencia <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-ejecuta-condena-garcia-ortiz-deja-manos-nueva-fiscal-general-posible-expulsion-carrera_1_12852034.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">que conden&oacute; a &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz</a>. Los jueces de la conocida como 'Sala del 61' entienden que su presencia y expresiones en unos cursos de la acusaci&oacute;n popular del Colegio de Abogados de Madrid en plenas deliberaciones no es punible y que el ponente de la sentencia, Andr&eacute;s Mart&iacute;nez Arrieta, no adelant&oacute; ilegalmente el sentido condenatorio del fallo por decir ante los presentes: &ldquo;Tengo que poner la sentencia&rdquo;. Seg&uacute;n el Supremo, en esa frase &ldquo;no se revela una informaci&oacute;n directa y un&iacute;voca&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Tal y como revel&oacute; elDiario.es, tres magistrados de la Sala de lo Penal <a href="https://www.eldiario.es/politica/tres-jueces-supremo-condenaron-fiscal-general-impartieron-juicio-curso-pagado-acusacion_1_12796151.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">participaron en unos cursos</a> para abogados organizados por el ICAM apenas unos d&iacute;as despu&eacute;s de que el juicio contra &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz por la filtraci&oacute;n de un correo de la pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso quedara visto para sentencia. Andr&eacute;s Mart&iacute;nez Arrieta, Juan Ram&oacute;n Berdugo y Antonio del Moral participaron en el curso y el primero de ellos, presidente del tribunal y ponente de la sentencia, coment&oacute; al final de su alocuci&oacute;n: &ldquo;<a href="https://www.eldiario.es/politica/presidente-tribunal-condeno-fiscal-general-curso-organizado-acusacion-concluyo-poner-sentencia_1_12797236.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Concluyo, que tengo que poner la sentencia al fiscal general</a>&rdquo;, revel&oacute; un audio publicado por TVE.
    </p><p class="article-text">
        La <a href="https://www.eldiario.es/politica/comuns-querellan-revelacion-secretos-presidente-tribunal-condeno-fiscal-general_1_12803114.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">querella de los Comuns</a>, a trav&eacute;s de Jaume Asens, acusaba a Mart&iacute;nez Arrieta de haber anticipado a estos abogados que iban a condenala qr al fiscal general a pesar de que a&uacute;n quedaban d&iacute;as para conocerse el fallo. Las risas de los asistentes al curso, dec&iacute;a la querella ahora rechazada, &ldquo;evidencia que la audiencia interpret&oacute; claramente que el magistrado estaba revelando informaci&oacute;n internamente reservada sobre el estado de la deliberaci&oacute;n y la elaboraci&oacute;n de la sentencia&rdquo;. En ese momento no era p&uacute;blico que la primera ponente, la progresista Susana Polo, se hab&iacute;a quedado en minor&iacute;a con Ana Ferrer y hab&iacute;a cedido la ponencia a Mart&iacute;nez Arrieta. 
    </p><p class="article-text">
        El Supremo, con el apoyo de la Fiscal&iacute;a, ha rechazado tanto esta como otras alegaciones y ampliaciones de la querella contra el magistrado. &ldquo;La frase emitida por el querellado no conten&iacute;a una anticipaci&oacute;n del sentido condenatorio del fallo&rdquo;, explican los jueces. En la frase de Mart&iacute;nez Arrieta, a&ntilde;aden, &ldquo;no se revela una informaci&oacute;n, directa y un&iacute;voca&rdquo; y &ldquo;no se deduce necesariamente que con tal afirmaci&oacute;n se est&eacute; desvelando que ha habido un cambio en el magistrado ponente, ya que las sentencias en los &oacute;rganos colegiados son de todos sus miembros&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Tampoco acepta el Tribunal Supremo que se cuestione por v&iacute;a de esta querella la imparcialidad de sus jueces por haber participado <a href="https://www.eldiario.es/politica/tres-jueces-supremo-condenaron-fiscal-general-impartieron-juicio-curso-pagado-acusacion_1_12796151.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">de forma remunerada</a> en unos cursos del ICAM cuando este ejerc&iacute;a la acusaci&oacute;n popular del caso. &ldquo;El querellante se aparta del cauce contemplado legalmente para denunciar la falta de imparcialidad de jueces o magistrados&rdquo;. Ni la Fiscal&iacute;a ni la Abogac&iacute;a del Estado presentaron una recusaci&oacute;n en base a la participaci&oacute;n de los magistrados en estos cursos que solo fue hecha p&uacute;blica despu&eacute;s. 
    </p><h2 class="article-text">Los cursos del ICAM y la tesis de un abogado</h2><p class="article-text">
        El tribunal que juzg&oacute; a &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz estuvo formado por siete magistrados pero la sentencia condenatoria <a href="https://www.eldiario.es/politica/condena-supremo-dividido-ex-fiscal-general-anticipa-nueva-batalla-constitucional_1_12833032.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no fue un&aacute;nime</a>. Las progresistas Susana Polo y Ana Ferrer se quedaron en minor&iacute;a defendiendo que el entonces fiscal general no deb&iacute;a ser condenado y la ponencia pas&oacute; a manos de Andr&eacute;s Mart&iacute;nez Arrieta, que firm&oacute; la condena de <a href="https://www.eldiario.es/politica/son-cinco-jueces-han-condenado-fiscal-general-firman-votos-discrepantes_1_12784289.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">dos a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n y multa</a> junto con Juan Ram&oacute;n Berdugo, Antonio del Moral, Manuel Marchena y Carmen Lamela. El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) interpuso la primera querella relacionada con el correo de Alberto Gonz&aacute;lez Amador y ejerci&oacute; la acusaci&oacute;n popular durante el juicio, pidiendo cuatro a&ntilde;os de c&aacute;rcel para &eacute;l. 
    </p><p class="article-text">
        Tres de los magistrados que optaron por la condena &ndash;Mart&iacute;nez Arrieta, Del Moral y Berdugo&ndash; participaron por 90 euros a la hora en el curso 'Curso de casaci&oacute;n y turno especial', tal y como revel&oacute; elDiario.es. Protagonizaron varias ponencias en la formaci&oacute;n, coordinada desde hace a&ntilde;os por Del Moral, y tanto Mart&iacute;nez Arrieta como Berdugo se refirieron a la sentencia. En esos d&iacute;as el tribunal estaba sumido en las deliberaciones y a&uacute;n faltaban d&iacute;as para que se supiera que el sentido del fallo era condenatorio. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Concluyo, que tengo que poner la sentencia al fiscal general&rdquo;, dijo Mart&iacute;nez Arrieta al t&eacute;rmino de su ponencia. La querella entend&iacute;a que esa expresi&oacute;n daba a entender lo que ya hab&iacute;a pasado a puerta cerrada: la ponente original, Susana Polo, se hab&iacute;a quedado en minor&iacute;a defendiendo la absoluci&oacute;n y la redacci&oacute;n de la sentencia hab&iacute;a cambiado de manos. Berdugo, en su ponencia, tambi&eacute;n brome&oacute; con la sentencia cuya redacci&oacute;n estaba en marcha: &ldquo;Ma&ntilde;ana tenemos deliberaci&oacute;n, hemos dejado el fin de semana de reflexi&oacute;n. Pod&eacute;is decir que os he dado la conferencia entre deliberaci&oacute;n y deliberaci&oacute;n&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La 'Sala del 61' del Supremo, convocada cuando uno de los querellados es presidente de Sala como es el caso de Mart&iacute;nez Arrieta y compuesta por 12 magistrados de varias salas incluida Isabel Perell&oacute;, entiende que el cauce para cuestionar su imparcialidad no es una querella. Eso tendr&iacute;a que haber sucedido a trav&eacute;s de una recusaci&oacute;n que no se present&oacute;. Tal y como revel&oacute; este peri&oacute;dico, uno de estos tres magistrados, Antonio del Moral, dirigi&oacute; durante a&ntilde;os la tesis de Gabriel Rodr&iacute;guez-Ramos, abogado de la pareja de Isabel D&iacute;az Ayuso. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/supremo-rechaza-investigar-revelacion-secretos-presidente-tribunal-condeno-fiscal-general_1_12865090.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 22 Dec 2025 15:49:01 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo rechaza investigar por revelación de secretos al presidente del tribunal que condenó al fiscal general]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,Álvaro García Ortiz,Isabel Díaz Ayuso,Alberto González Amador,Fiscal General del Estado,Fiscalía General del Estado]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Entidades memorialistas firman un manifiesto contra la sentencia del fiscal general: "En democracia no se condena sin pruebas"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/entidades-memorialistas-firman-manifiesto-sentencia-fiscal-general-democracia-no-condena-pruebas_1_12855378.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/da88c9cc-38f0-4de8-b01c-239372416ded_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Entidades memorialistas firman un manifiesto contra la sentencia del fiscal general: &quot;En democracia no se condena sin pruebas&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Casi cincuenta organizaciones se unen para lamentar que la condena "abre una grieta" que hace "peligrar" la credibilidad de las instituciones democráticas</p><p class="subtitle">Fiscales progresistas piden a una relatora de la ONU que intervenga ante las “irregularidades” en la causa contra García Ortiz
</p></div><p class="article-text">
        Una cincuentena de entidades en defensa de la memoria democr&aacute;tica han firmado un manifiesto contra la sentencia del Tribunal Supremo que condena al fiscal general del Estado, &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz, porque &ldquo;en democracia no se puede condenar a ning&uacute;n ciudadano sin pruebas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Las entidades califican de &ldquo;ins&oacute;lito&rdquo; que el desarrollo de la sentencia se conociera casi tres semanas despu&eacute;s del fallo y lamentan la fecha en la que se conoci&oacute; su condena, el 20 de noviembre, aniversario de la muerte del dictador Francisco Franco. &ldquo;Resulta llamativo que una fecha revestida de una especial significaci&oacute;n emocional y simb&oacute;lica en la memoria democr&aacute;tica de este pa&iacute;s haya sido la elegida por el Tribunal para informar a la ciudadan&iacute;a de la condena impuesta al principal valedor de los derechos fundamentales de los espa&ntilde;oles y las espa&ntilde;olas&rdquo;, sostienen. 
    </p><p class="article-text">
        Las organizaciones firmantes, entre las que est&aacute;n la Asociaci&oacute;n Tri&aacute;ngulo Azul Stolpersteine de Andaluc&iacute;a y Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las v&iacute;ctimas del nazismo, critican la &ldquo;inapropiada elecci&oacute;n del Tribunal&rdquo; por su &ldquo;falta de sensibilidad democr&aacute;tica&rdquo; en medio de un escenario &ldquo;de creciente polarizaci&oacute;n pol&iacute;tica y de sospechas de lawfare&rdquo;. Y a&ntilde;aden: &ldquo;La perplejidad no abandona a quienes intentamos entender con imparcialidad un caso que comenz&oacute; con un bulo filtrado a los medios de comunicaci&oacute;n desde el gabinete de prensa de la presidenta de la Comunidad de Madrid para tapar una verdad inc&oacute;moda y vergonzosa que apuntaba a la pareja de esta&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, coinciden con la opini&oacute;n de las dos magistradas que han emitido los dos &uacute;nicos votos en contra de la condena de los siete integrantes que componen el Tribunal Supremo y consideran que no hay &ldquo;una sola prueba que demuestre, sin equ&iacute;vocos ni especulaciones, la participaci&oacute;n directa del fiscal general&rdquo;. Tambi&eacute;n critican el &ldquo;estupor&rdquo; que produce la escasa relevancia que dio el Supremo a las testificales de los periodistas, entre ellos de elDiario.es, que declararon conocer la fuente que filtr&oacute; el correo del abogado de Alberto Gonz&aacute;lez Amador antes de que llegara a manos del fiscal general.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Como parte de esa ciudadan&iacute;a sentimos que se ha abierto una grieta que hace peligrar la credibilidad de unas instituciones democr&aacute;ticas que tanto sufrimiento han costado alcanzar. Necesitamos jueces que apliquen las leyes para resolver conflictos, proteger los derechos de todos y todas y que garanticen el cumplimiento de la Constituci&oacute;n, no para crear en la ciudadan&iacute;a inseguridades, dudas y debates sobre la independencia y el papel del Poder Judicial, haciendo tambalear el Estado de derecho. La presunci&oacute;n de inocencia y la necesidad de aportar pruebas irrefutables antes de condenar a cualquier persona, garantizando la justicia y protegiendo los derechos individuales, son principios fundamentales de cualquier Estado de derecho democr&aacute;tico&rdquo;, a&ntilde;aden.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/entidades-memorialistas-firman-manifiesto-sentencia-fiscal-general-democracia-no-condena-pruebas_1_12855378.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 18 Dec 2025 11:20:52 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Entidades memorialistas firman un manifiesto contra la sentencia del fiscal general: "En democracia no se condena sin pruebas"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscal General del Estado]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La condena del fiscal general: una mancha que solo el Constitucional puede borrar]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/contracorriente/condena-fiscal-general-mancha-constitucional-borrar_132_12853850.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2c78bbc6-48db-4d5e-8bb6-042edc3c7bd8_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x2580y805.jpg" width="1200" height="675" alt="La condena del fiscal general: una mancha que solo el Constitucional puede borrar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Con la sentencia se ha producido la quiebra del principio de legitimación democrática, la sustitución de la “voluntad general” por las “voluntades particulares” de cinco jueces, que es el peor vicio que se puede cometer en el ejercicio de la función jurisdiccional</p><p class="subtitle">Una sentencia desgraciada</p></div><p class="article-text">
        El s&aacute;bado 13, Jordi Nieva, en un art&iacute;culo publicado en <em>El Pa&iacute;s</em> con el t&iacute;tulo 'Adi&oacute;s a las armas en la Justicia Espa&ntilde;ola', y tras afirmar que &ldquo;derrocar a un presidente es un objetivo leg&iacute;timo de la oposici&oacute;n, pero no debe alcanzar jam&aacute;s a los jueces&rdquo;, argumenta que esto &uacute;ltimo es lo que ha ocurrido en la sentencia mediante la que se ha condenado &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz. Se trata de una &ldquo;sentencia que pasar&aacute; a la historia como un esfuerzo sobrehumano para justificar lo injustificable&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El domingo 14, Jos&eacute; Antonio Mart&iacute;n Pall&iacute;n enumeraba y explicaba en <em>P&uacute;blico</em> las &ldquo;patolog&iacute;as constitucionales y legales&rdquo; que en ella se contienen, llegando a la conclusi&oacute;n de que existe una &ldquo;met&aacute;stasis generalizada en el cuerpo de la sentencia&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Y el lunes 15, Tom&aacute;s de la Quadra reprochaba en <em>El Pa&iacute;s</em> a los autores de la sentencia haber omitido en el relato de hechos probados la acusaci&oacute;n calumniosa por parte de Alberto Gonz&aacute;lez Amador y Miguel &Aacute;ngel Rodr&iacute;guez al fiscal general del Estado de haber cometido un delito de revelaci&oacute;n de secretos imposible, ya que en el momento en que se redacta la nota informativa por la Fiscal&iacute;a de Madrid con el aval del fiscal general del Estado, no hab&iacute;a secreto alguno que pudiera ser revelado. La conducta de &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz es un ejercicio de leg&iacute;tima defensa ante la falsedad, que no bulo, puesta en circulaci&oacute;n por Gonz&aacute;lez Amador y MAR, lo que excluye que pueda ser constitutiva de delito.
    </p><p class="article-text">
        Al haber omitido esta circunstancia, la sentencia no puede no ser considerada nula de pleno derecho.
    </p><p class="article-text">
        Si los magistrados que condenaron sin explicar por qu&eacute; condenaban pensaron que con dicha estratagema iban a anestesiar a la opini&oacute;n p&uacute;blica y conseguir apartar la mirada de la ignominia que hab&iacute;an cometido, estar&aacute;n comprobando que el tiro les ha salido por la culata.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Los tres art&iacute;culos a los que acabo de hacer referencia dejan meridianamente claro que la sentencia que condena al fiscal general del Estado supone un ejercicio tan desviado de la funci&oacute;n jurisdiccional que resulta imposible ver en ella &ldquo;el sometimiento &uacute;nicamente al imperio de la ley&rdquo;, que es lo que deben traslucir todas las decisiones judiciales. En lugar de acreditar el sometimiento al imperio de la ley, lo que acreditan es la sustituci&oacute;n de la voluntad del legislador por la de los propios jueces que la dictan.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Con la sentencia se ha producido la quiebra del principio de legitimaci&oacute;n democr&aacute;tica, la sustituci&oacute;n de la &ldquo;voluntad general&rdquo; por las &ldquo;voluntades particulares&rdquo; de los cinco jueces, que es el peor vicio que se puede cometer en el ejercicio de la funci&oacute;n jurisdiccional. Los jueces reciben su legitimaci&oacute;n democr&aacute;tica &ldquo;&uacute;nicamente de su sometimiento a la ley&rdquo;. Si no pueden justificar dicho sometimiento con las reglas de interpretaci&oacute;n com&uacute;nmente admitidas en el mundo del derecho, no estamos ante un ejercicio de la funci&oacute;n jurisdiccional, sino ante algo distinto.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Exactamente es lo que ha ocurrido con la sentencia mediante la que se condena al fiscal general del Estado. Por eso, su presencia resulta literalmente insoportable. S&eacute; que una querella por prevaricaci&oacute;n contra los cinco magistrados que han dictado la sentencia tendr&iacute;a muy poca posibilidad no ya de prosperar, sino ni siquiera de ser admitida a tr&aacute;mite. No se podr&aacute; pasar de la apariencia de prevaricaci&oacute;n que la sentencia trasluce.
    </p><p class="article-text">
        Afortunadamente, la Constituci&oacute;n en el art&iacute;culo 123.1 dispone que el &ldquo;Tribunal Supremo&hellip; es el &oacute;rgano jurisdiccional superior en todos los &oacute;rdenes, salvo lo dispuesto en materia de garant&iacute;as constitucionales&rdquo;. Ser&aacute;, en consecuencia, el Tribunal Constitucional el que borre la mancha, ya que &uacute;nicamente &eacute;l puede hacerlo.
    </p><p class="article-text">
        Para la justicia espa&ntilde;ola y para la sociedad en su conjunto ser&iacute;a terrible que tuviera que hacerlo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Javier Pérez Royo]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/contracorriente/condena-fiscal-general-mancha-constitucional-borrar_132_12853850.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 17 Dec 2025 21:05:33 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La condena del fiscal general: una mancha que solo el Constitucional puede borrar]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Álvaro García Ortiz,Fiscal General del Estado,Tribunal Constitucional,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El artículo 417 Código Penal y el fiscal general]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/articulo-417-codigo-penal-fiscal-general_129_12849631.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/627c6187-c7db-49c6-99ad-c1770602b0a7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El artículo 417 Código Penal y el fiscal general"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio Fiscal cuenta con un régimen estatutario para sancionar infracciones de confidencialidad. Si ese régimen es insuficiente o presenta huecos, la respuesta coherente es legislativa: reformarlo con precisión. Lo incoherente —y constitucionalmente arriesgado— es usar el Derecho penal como sistema de repuesto</p><p class="subtitle">Condena sin pruebas, punto para el 'lawfare'</p></div><p class="article-text">
        Hay leyes que castigan conductas. Y hay interpretaciones que, sin cambiar una coma, terminan castigando algo distinto. Eso es lo que est&aacute; en juego cuando se pretende encajar al fiscal general del Estado en el art&iacute;culo 417 del C&oacute;digo Penal, el precepto que sanciona a la autoridad o funcionario que revela secretos o informaciones reservadas. No es un pleito de nombres propios ni un debate de bandos. Es una cuesti&oacute;n m&aacute;s sobria: qu&eacute; l&iacute;mites mantiene el Derecho penal cuando un caso es pol&iacute;ticamente inflamable y el marco normativo no est&aacute; dise&ntilde;ado para resistir la presi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El problema no empieza en el verbo &ldquo;revelar&rdquo;. Empieza antes, en el lugar donde el legislador situ&oacute; la norma. El art. 417 est&aacute; en el T&iacute;tulo XIX, bajo una r&uacute;brica nada inocente: &ldquo;Delitos contra la Administraci&oacute;n P&uacute;blica&rdquo;. La sistem&aacute;tica del C&oacute;digo no es decoraci&oacute;n; orienta el sentido del tipo y su fundamento. Un delito ubicado ah&iacute; se legitima, ante todo, por la protecci&oacute;n de la Administraci&oacute;n como organizaci&oacute;n llamada a actuar con objetividad y sometimiento pleno a la ley y al Derecho, conforme al art&iacute;culo 103 de la Constituci&oacute;n. Si lo que se castiga no es materialmente administrativo, la invocaci&oacute;n de ese bien jur&iacute;dico se vuelve discutible.
    </p><p class="article-text">
        Aqu&iacute; aparece la dificultad central: el Ministerio Fiscal no es Administraci&oacute;n P&uacute;blica en sentido constitucional. La Constituci&oacute;n lo define en el art&iacute;culo 124 como &oacute;rgano de relevancia constitucional encargado de promover la acci&oacute;n de la justicia y defender la legalidad y los derechos de los ciudadanos. Su l&oacute;gica es la del sistema de justicia, no la de la gesti&oacute;n administrativa. Cuando el fiscal general act&uacute;a en el n&uacute;cleo de esa funci&oacute;n, resulta forzado sostener que se lesiona el bien jur&iacute;dico &ldquo;Administraci&oacute;n P&uacute;blica&rdquo; como tal.
    </p><p class="article-text">
        Se suele replicar con un atajo: &ldquo;es autoridad a efectos penales&rdquo;. Es cierto que el C&oacute;digo Penal define qui&eacute;n es autoridad y funcionario p&uacute;blico. Pero ese punto de partida no resuelve el problema, lo desplaza. Que alguien sea autoridad no autoriza a borrar las fronteras entre t&iacute;tulos del C&oacute;digo. Si bastara con afirmar &ldquo;es autoridad&rdquo;, el T&iacute;tulo XIX acabar&iacute;a funcionando como un contenedor capaz de absorber conflictos constitucionales con solo encontrar un deber y su incumplimiento.
    </p><p class="article-text">
        El riesgo aumenta cuando se sustituye el bien jur&iacute;dico por una finalidad abierta. Se dice: aunque el precepto est&eacute; en delitos contra la Administraci&oacute;n, aqu&iacute; lo relevante es proteger derechos fundamentales. La finalidad puede ser leg&iacute;tima; el m&eacute;todo es peligroso. Si el criterio de aplicaci&oacute;n deja de ser la lesi&oacute;n de la Administraci&oacute;n como organizaci&oacute;n administrativa y pasa a ser una noci&oacute;n amplia de &ldquo;protecci&oacute;n de derechos&rdquo; o de &ldquo;credibilidad institucional&rdquo;, el art. 417 deja de funcionar como tipo tasado y empieza a operar como cl&aacute;usula de conveniencia. En ese tr&aacute;nsito, el principio de legalidad del art&iacute;culo 25.1 de la Constituci&oacute;n se erosiona: la previsibilidad del castigo depende menos del texto legal y m&aacute;s de una reconstrucci&oacute;n funcional que var&iacute;a con el caso.
    </p><p class="article-text">
        Hay, adem&aacute;s, una frontera que conviene no cruzar a la ligera: la que separa lo penal de lo disciplinario. El Ministerio Fiscal cuenta con un r&eacute;gimen estatutario para sancionar infracciones de confidencialidad. Si ese r&eacute;gimen es insuficiente o presenta huecos, la respuesta coherente es legislativa: reformarlo con precisi&oacute;n. Lo incoherente &mdash;y constitucionalmente arriesgado&mdash; es usar el Derecho penal como sistema de repuesto. Esa l&oacute;gica invierte la idea de &uacute;ltima ratio y convierte el castigo penal en instrumento para suplir defectos de dise&ntilde;o institucional.
    </p><p class="article-text">
        En un Estado constitucional, el C&oacute;digo Penal deber&iacute;a funcionar como un mapa: fija fronteras y permite anticipar consecuencias. Cuando se decide que el mapa estorba y que el rumbo puede improvisarse, el coste es estructural: la previsibilidad se degrada y el control del poder punitivo se debilita.
    </p><p class="article-text">
        Aquellos que defienden que el art. 417 no puede aplicarse de manera autom&aacute;tica al Fiscal General en el n&uacute;cleo de su funci&oacute;n constitucional no es pedir impunidad. Es exigir que no se castigue en nombre de un bien jur&iacute;dico que no se ha lesionado: el correcto funcionamiento de la Administraci&oacute;n P&uacute;blica y su dimensi&oacute;n prestacional (servicio p&uacute;blico). Si el legislador quiere tipificar penalmente determinadas revelaciones en el &aacute;mbito del Ministerio Fiscal &mdash;y, especialmente, del fiscal general&mdash; debe hacerlo delimitando sujetos, conductas y bienes jur&iacute;dicos, y encaj&aacute;ndolo coherentemente con el r&eacute;gimen disciplinario. Lo contrario equivale a expandir el tipo para resolver el caso, y despu&eacute;s llamar &ldquo;bien jur&iacute;dico&rdquo; al resultado.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Ana Isabel Pérez Cepeda]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/articulo-417-codigo-penal-fiscal-general_129_12849631.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 16 Dec 2025 20:39:30 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El artículo 417 Código Penal y el fiscal general]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscal General del Estado,Álvaro García Ortiz,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
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