Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Las juezas que discrepan con la sentencia del fiscal general: “No queda acreditado que sea el autor de la filtración”

Susana Polo, una de las dos magistradas discrepantes, en el Tribunal Supremo

Elena Herrera / Alberto Pozas

9 de diciembre de 2025 12:53 h

14

Las dos magistradas del Tribunal Supremo discrepantes con la decisión de la mayoría conservadora de condenar al ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz han firmado un voto particular en el que piden su absolución. Las progresistas Ana Ferrer y Susana Polo consideran que no ha quedado probado que Álvaro García Ortiz “o su entorno” filtraran el correo en el que la defensa de la pareja de Isabel Díaz Ayuso reconocía el fraude fiscal. Tampoco ven delito en la difusión por parte de la Fiscalía de una nota de prensa sobre el caso.

Las magistradas sostienen que “no ha quedado acreditado que sea el autor de la filtración” con “intervención directa, o a través de un tercero, pero con pleno conocimiento y aceptación” del citado correo, tal y como sostiene la sentencia que firma la mayoría del tribunal. Esa resolución ha supuesto una condena de dos años de inhabilitación para que García Ortiz ejerza como fiscal general –cargo que ya ha abandonado para ser sustituido por Teresa Peramato–, además de una multa de 7.200 euros y la obligación de indemnizar con 10.000 euros al empresario Alberto González Amador.

Ambas magistradas cuestionan que la resolución de la mayoría afirme “categóricamente” la participación de García Ortiz en esa filtración a pesar de que “no se describe, ni cómo, ni dónde, ni a través de qué medios tiene lugar su ”intervención directa“ o su ”conocimiento y colaboración con tercero“. Y sostienen que tampoco se relata cómo el fiscal general ”pudo promover, realizar, ejecutar o llevar a efecto“ esa filtración o cómo pudo transmitir personalmente la información.

A juicio de las magistradas, las conclusiones alcanzadas por sus compañeros “implican una vulneración del derecho a la presunción de inocencia, ya que la inferencia resulta muy abierta, pues caben conclusiones alternativas, aunque no se den por probadas”.

La nota no es delito, según el voto discrepante

Las magistradas Ferrer y Polo piden la absolución también porque no ven delito en la difusión de una nota de prensa sobre el caso por parte de la Fiscalía, que es el segundo hecho que motiva la condena de García Ortiz. A su juicio, ese comunicado no contenía “información indebidamente revelada”, por lo que no puede ser delictivo.

“Cuando se publica la nota, toda la información que contiene la misma había resultado revelada”, sostienen las juezas, que añaden que esa nota obedeció a “un desmentido” pero no incorporó o reveló “dato alguno que no fuese ya conocido públicamente con generalidad, al haberse publicado en distintos medios informativos”.

El fallo condenatorio de la sentencia, adelantado ya por el Supremo el pasado 20 de noviembre, reveló la división interna del tribunal: dos magistradas progresistas, Susana Polo y Ana Ferrer, se habían quedado solas defendiendo la absolución de García Ortiz y la primera, incluso, había tenido que ceder la ponencia. Una división interna que llegó después de que la propia Sala de Apelaciones hubiera perdido la unanimidad para enviar a juicio al entonces fiscal general.

Polo y Ferrer son autoras de varios votos particulares en contra del criterio mayoritario de la Sala de lo Penal en asuntos relevantes: los ERE de Andalucía, la aplicación de la amnistía o la condena a Alberto Rodríguez. En varios de estos casos, el Tribunal Constitucional ha entendido que su opinión minoritaria era la correcta y han anulado o reducido condenas del Supremo reflejando los argumentos de estas dos juezas progresistas discrepantes.

stats