La asociación Fevitur aplaude el fallo sobre la vivienda vacacional porque “favorece a miles de familias”

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

El presidente de la Federación Española de Asociaciones de Viviendas de Uso Turístico y Apartamentos Turísticos (Fevitur), Pablo Zubicaray, ha considerado este miércoles que la sentencia sobre el decreto del Gobierno canario que regula el alquiler vacacional “favorece a miles de familias”.

En declaraciones a Efe, Zubicaray ha manifestado que la anulación de varios preceptos del decreto por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), tras el recurso presentado por Fevitur, es “tremendamente positiva” y es una muestra de que la Justicia les está dando la razón en cuanto a la regulación restrictiva que se pretende del alquiler vacacional de la vivienda.

La sentencia del TSJC estima los aspectos más importantes del decreto que fueron impugnados por la Federación, entre ellos el que excluía del alquiler vacacional las viviendas situadas en suelo turístico o mixto, que es donde están la mayoría, hasta el punto que considera una “falacia” el argumento defendido por el Gobierno canario para su exclusión.

Así mismo, es importante esta sentencia porque señala que el decreto infringe, entre otras normativas, la Ley de Turismo de Canarias, la libertad de empresa y de prestación de servicios reconocidas en la Unión Europea.

La Federación, no obstante, analiza la repercusión jurídica de la sentencia, pues todavía carece de una visión completa respecto a su repercusión y, además, deberá establecer conversaciones con la administración regional.

Zubicaray ha señalado que el fallo dictado por el TSJC no anula el decreto, sino varios de sus artículos, por lo que el resto sigue en vigor, con lo que entiende que se podría empezar a presentar la declaración responsable de inicio de actividad, preceptiva para este tipo de explotaciones, pues ello implicaría que la vivienda cumple con los requisitos exigidos.

Conforme a la sentencia, una vez que se efectúa la declaración responsable se puede empezar a operar sin esperar los quince días que se exigían en el artículo 13.3, anulado por el TSJC, ha explicado el presidente de Fevitur.

Zubicaray ha destacado que se trata de la segunda sentencia importante que gana la Federación, después de que el pasado mes de junio el Tribunal Superior de Justicia de Madrid fallara a su favor, en cuanto a la anulación del artículo que limitaba el alquiler de viviendas como uso vacacional en esa comunidad en un periodo inferior a cinco días.

Eso fue “una gran victoria”, ha subrayado Zubicaray, quien también ha aludido a que en fechas recientes en Berlín (Alemania) la Corte Superior de Brandemburgo ha declarado que la prohibición de usos turísticos es inconstitucional, pues, “aunque la administraciones están intentando imponer una restricción que no es justa, los tribunales nos están dando la razón”.