La portada de mañana
Acceder
Una jueza plantea rechazar desahucios ante la “quiebra del mercado de la vivienda”
Aguirre, la presidenta del Gobierno más corrupto de la Comunidad de Madrid
Opinión - 'El claudicante Sémper', por Esther Palomera

Una sentencia anula el cese del jefe de la Policía Canaria en 2024 y censura que se le apartara sin motivación ni informes

Un juzgado de Santa Cruz de Tenerife ha anulado el cese de Luis Santos Jara como jefe de la Policía Canaria. En una sentencia firmada este miércoles y recurrible en apelación, la magistrada de la Plaza 4 de lo Contencioso-Administrativo reconoce el derecho del comisario principal a ser reincorporado, con efectos retroactivos, al puesto del que fue apartado formalmente en abril de 2024. 

La jueza reprocha a la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad que lidera Nieves Lady Barreto (Coalición Canaria), que adoptara esa decisión sin motivación suficiente y sin informes que la justificaran. La sentencia incide en que Santos Jara fue sustituido al día siguiente de reincorporarse a su puesto tras una baja laboral. La resolución también considera ilegal el nombramiento de Antonio Almenara, el actual jefe. 

La demanda se dirigía contra la resolución del director general de Seguridad, David del Pino (subcomisario en excedencia de la Policía Canaria), que desestimó el recurso contra el cese. 

El conflicto con la consejera

Santos Jara es el único comisario principal de la Policía Canaria, el escalafón más alto del cuerpo autonómico, que dirigió desde 2012. Ejercía la jefatura en comisión de servicios hasta que fue relevado formalmente en 2024 por Almenara tras un conflicto con la consejera.

El enfrentamiento con Nieves Lady Barreto arrancó en el verano de 2023. La consejera abrió una información reservada contra Santos Jara por un rumor que le hizo llegar Del Pino sobre supuestas críticas del alto mando a la gestión del Gobierno de un incendio forestal en Tenerife.

Tanto ese expediente como el posterior disciplinario acabarían siendo archivados y el comisario principal denunció a la consejera por seis presuntos delitos, entre ellos acoso laboral, prevaricación y falsedad documental.

Santos Jara fue relevado en la jefatura por Almenara, un subcomisario que fue ascendido de manera temporal a comisario y que, en el momento de su nombramiento, era el cuarto en la escala de mandos. Hasta entonces, el Gobierno siempre había respetado el escalafón. 

Un cese como “represalia o sanción”

En su demanda, firmada por la abogada Ángeles Padilla, el anterior jefe de la Policía Canaria deslizaba que su cese respondía a una “represalia o sanción” por ese enfrentamiento con la consejera. Según recoge la sentencia, Santos Jara se reincorporó tras una baja el 25 de abril de 2024 y al día siguiente la consejera dictó la orden que dejó la jefatura en manos de Almenara. El 10 de mayo se revocó la comisión de servicios del comisario principal con efectos retroactivos. 

A la jueza le llama “poderosamente” la atención de que Santos Jara no fue sustituido como jefe durante su incapacidad temporal, sino tras su regreso. “Por algún motivo, cuando no estaba, no importaba quién hiciera sus funciones. Sin embargo, cuando se reincorpora, no se quiere que las realice” el comisario principal, destaca la sentencia. 

La magistrada precisa que no le corresponde determinar si el cese de Santos Jara se acordó “como represalia, castigo o sanción”, pero sí que la decisión de la consejera no es ajustada a derecho y se adoptó “sin cumplir con las prescripciones legales para poder hacerlo, ni siquiera con algo tan básico como el motivo que estaba previsto para la revocación de la comisión (de servicios) y sin contar con informes que justifiquen esta actuación”. 

La resolución subraya que el expediente de información reservada abierto a Santos Jara fue archivado unos días antes de su cese como jefe de la Policía Canaria. Después, la Consejería le abrió un expediente disciplinario que también acabó en carpetazo. 

Solo la vuelta del titular de la plaza

La jueza remarca que solo había una causa para cesar a Santos Jara como comisario jefe: la incorporación de un nuevo titular. “No consta en el expediente administrativo, ni tampoco se ha manifestado en la contestación a la demanda” que Almenara “sea titular de la plaza”, sino “todo lo contrario, ejerce las funciones por el mismo sistema de comisión de servicios”. 

La sentencia destaca, además, que no hay ni un solo informe, expediente disciplinario o actuación de la Consejería de Seguridad que justifique que la comisión de servicios de Santos Jara hubiera finalizado por algún motivo. 

También descarta el argumento del director general de Seguridad sobre el Plan Estratégico 2024-2027. David del Pino lo había invocado para justificar la necesidad de una jefatura “plenamente activa y diferenciada de las tareas del comisario principal” con el objetivo de “contar con una policía de proximidad centrada en la excelencia”. 

Y es que, además de que ese plan fue firmado 14 días antes del nombramiento de Almenara, tampoco estaba contemplado entre los motivos para poner fin a la comisión de servicios. 

Un nombramiento contrario a la ley 

El fallo también analiza el nombramiento de Almenara como jefe de la Policía Canaria y concluye que no se ajustaba a la ley de creación del cuerpo autonómico. Según el expediente, es subcomisario y ejercía funciones de comisario en comisión de servicios. La norma obliga a elegir al suplente entre los comisarios principales o, en su defecto, entre los del empleo inmediatamente inferior, y no consta informe que justifique que no había otros mandos con un lugar superior en el escalafón para ocupar el puesto. 

La sentencia estima íntegramente la demanda de Santos Jara y condena a la administración al pago de las costas. Es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en un plazo de quince días.