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    <title><![CDATA[elDiario.es - Justicia]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/temas/justicia/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Justicia]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia ratifica la suspensión cautelar de la licencia de demolición de edificaciones en San Vicente de la Barquera]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/cantabria/ultimas-noticias/justicia-ratifica-suspension-cautelar-licencia-demolicion-edificaciones-san-vicente-barquera_1_13404854.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2f4c7cea-4eb2-43f4-b73f-ecb1328f4599_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia ratifica la suspensión cautelar de la licencia de demolición de edificaciones en San Vicente de la Barquera"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La resolución municipal, vinculada al estudio de detalle de los terrenos del antiguo Hotel Miramar, se ha ejecutado antes del pronuncimiento judicial </p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha ratificado la suspensi&oacute;n cautelar de la licencia de demolici&oacute;n de cinco edificaciones en el Paseo de la Barquera de la localidad de San Vicente de la Barquera, resoluci&oacute;n del Ayuntamiento vinculada al estudio de detalle de los terrenos del antiguo Hotel Miramar.
    </p><p class="article-text">
        La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha desestimado los recursos del Consistorio y de la mercantil promotora contra el auto dictado en noviembre de 2025 por el entonces Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n&uacute;mero 3 de Santander, que ya suspendi&oacute; cautelarmente la ejecutividad de la resoluci&oacute;n municipal de septiembre de ese a&ntilde;o que conced&iacute;a la licencia de obras de demolici&oacute;n, y que han sido ejecutadas antes de la ratificaci&oacute;n judicial.
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados del alto tribunal c&aacute;ntabro avalan la decisi&oacute;n del juez y la ponderaci&oacute;n realizada en primera instancia, y subrayan as&iacute; que la demolici&oacute;n pod&iacute;a impedir el control posterior de legalidad al desaparecer el elemento f&iacute;sico sobre el que deb&iacute;a recaer el examen judicial.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La demolici&oacute;n en s&iacute; misma, con independencia de sus consecuencias para personas concretas, impedir&iacute;a el control de la legalidad de la licencia, pues desaparec&iacute;a el elemento f&iacute;sico y, con &eacute;l, la posibilidad de verificar (con pruebas periciales, por ejemplo) algunos de los factores que pueden determinar -o no- la conformidad a Derecho de la licencia de demolici&oacute;n&rdquo;, argumentan en la sentencia, consultada por Europa Press, en la que dan especial valor al perjuicio asociado a la p&eacute;rdida de uso y a la eventual afectaci&oacute;n de derechos de terceros, mientras consideran que el da&ntilde;o invocado por la promotora era reparable econ&oacute;micamente.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la Sala no considera el inter&eacute;s p&uacute;blico en la prontitud de la demolici&oacute;n que trae a colaci&oacute;n la administraci&oacute;n demandada e impone las costas a las partes apelantes. El fallo, dictado el pasado 26 de junio y difundido este viernes, no es firme, ya que contra el mismo cabe interponer recurso de casaci&oacute;n ante el Tribunal Supremo.
    </p><p class="article-text">
        La parte vecinal que ha promovido este pleito lamenta que la demolici&oacute;n ya se hab&iacute;a ejecutado antes del pronunciamiento judicial definitivo, lo que a sus ojos constituye &ldquo;un precedente preocupante&rdquo; basado en la m&aacute;xima de que &ldquo;primero se derriba, despu&eacute;s se litiga&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        En un comunicado, han lamentado la &ldquo;secuencia&rdquo; de hechos orientados a &ldquo;consolidar una situaci&oacute;n irreversible antes de que la justicia pudiera pronunciarse en firme&rdquo;. Y han indicado que la actuaci&oacute;n no se ha limitado al derribo de las edificaciones en cuesti&oacute;n, pues durante la ejecuci&oacute;n de los trabajos &ldquo;se habr&iacute;an realizado obras de urbanizaci&oacute;n y dotaci&oacute;n de servicios en parcelas para las que no exist&iacute;a cobertura en la licencia de demolici&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Se trata de unos hechos &ldquo;grav&iacute;simos&rdquo; que, aseguran, han sido denunciados ante el Ayuntamiento, as&iacute; como tala de &aacute;rboles -acebos, avellanos, acacias, naranjos, arces y encinas- sin licencia, en una zona de especial protecci&oacute;n ambiental dentro del Parque Natural de Oyambre y en un &aacute;rea de anidaci&oacute;n y migraci&oacute;n de aves junto a la r&iacute;a de San Vicente. &ldquo;El caso no solo afecta a una operaci&oacute;n urban&iacute;stica concreta, sino a la credibilidad de la tutela cautelar y al respeto a la legalidad en un entorno de alto valor paisaj&iacute;stico y ecol&oacute;gico&rdquo;, concluyen.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Cantabria]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/cantabria/ultimas-noticias/justicia-ratifica-suspension-cautelar-licencia-demolicion-edificaciones-san-vicente-barquera_1_13404854.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 24 Jul 2026 13:00:21 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia ratifica la suspensión cautelar de la licencia de demolición de edificaciones en San Vicente de la Barquera]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Cantabria,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un voto particular de ocho vocales del CGPJ considera "injustificado" y "nulo de pleno derecho" el traslado de Luís Villares]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/voto-particular-ocho-vocales-cgpj-considera-injustificado-nulo-pleno-derecho-traslado-villares_1_13404779.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a34a1eb1-92f2-43c2-898b-c9dc7ec9f3f1_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1087y180.jpg" width="1200" height="675" alt="Un voto particular de ocho vocales del CGPJ considera &quot;injustificado&quot; y &quot;nulo de pleno derecho&quot; el traslado de Luís Villares"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El texto censura que la decisión del TSXG prescindió "total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido"</p><p class="subtitle">Jueces para la Democracia acusa al CGPJ de corporativismo por avalar por 11 votos contra 10 el traslado forzoso de Luís Villares </p></div><p class="article-text">
        Un total de ocho vocales del Consejo General del Poder Judicial consideran &ldquo;injustificado&rdquo; y &ldquo;nulo de pleno derecho&rdquo; el traslado forzoso del magistrado Lu&iacute;s Villares decidido por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) al apartarlo de la secci&oacute;n tercera de la Sala de lo Contencioso-Administratrivo, encargada de decidir sobre proyectos e&oacute;licos, para pasarlo a la secci&oacute;n cuarta. As&iacute; figura en un voto particular discrepante que firman a ra&iacute;z de que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) haya desestimado por solo un voto de diferencia los recursos de alzada del juez Lu&iacute;s Villares y Juezas y Jueces para la Democracia contra este traslado forzoso que afecta en total a cuatro magistrados que se intercambian entre las secciones tercera y cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
    </p><p class="article-text">
        La nueva presidenta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), Mar&iacute;a Azucena Recio Gonz&aacute;lez, decidi&oacute; en marzo, unos d&iacute;as despu&eacute;s de su llegada a este cargo, el traslado forzoso de quien fue portavoz de En Marea y de otros jueces entre las secciones tercera y cuarta. Sobre esta cuesti&oacute;n, los ocho vocales advierten en su voto particular que se trata de una decisi&oacute;n nula por &ldquo;haberse prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        De tal forma, cuestionan la propia forma en que se adopt&oacute; la decisi&oacute;n. Seg&uacute;n exponen sus firmantes, el traslado fue ejecutado de manera inmediata y los &oacute;rganos de gobierno llamados a intervenir tuvieron conocimiento de la medida cuando ya estaba plenamente en vigor, lo que supone &ldquo;apartarse del procedimiento legalmente previsto&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text">Justificaci&oacute;n &ldquo;insuficiente&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Asimismo, se&ntilde;alan que el recurso debi&oacute; ser estimado porque la decisi&oacute;n se adopt&oacute; sin seguir adecuadamente el procedimiento, pero tambi&eacute;n porque la justificaci&oacute;n ofrecida para acordar el traslado resulta insuficiente.
    </p><p class="article-text">
        Indican que laa presidenta de la Sala vincul&oacute; la reorganizaci&oacute;n de las secciones a varias sentencias del Tribunal Supremo relativas a la participaci&oacute;n previa de Villares en la actividad pol&iacute;tica y a posibles dudas sobre su imparcialidad en determinados procedimientos. Los firmantes del voto particular no cuestionan la relevancia de esas resoluciones ni la necesidad de preservar la imparcialidad judicial, pero consideran que no se explica de forma convincente &ldquo;por qu&eacute; dichas sentencias hac&iacute;an necesaria una reorganizaci&oacute;n de las secciones de la Sala ni por qu&eacute; la medida adoptada era la m&aacute;s adecuada para alcanzar ese objetivo&rdquo;. A su parecer, el acuerdo realiza un juicio anticipado sobre eventuales problemas de imparcialidad que podr&iacute;an producirse en el futuro, sin acreditar que esos riesgos justificaran una reorganizaci&oacute;n inmediata.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, advierten de que el cambio de secci&oacute;n no elimina necesariamente las situaciones que se invocan como fundamento de la medida. Y recuerdan que, en todo caso, el ordenamiento prev&eacute; mecanismos espec&iacute;ficos para afrontar posibles conflictos de imparcialidad en asuntos concretos, como la abstenci&oacute;n o la recusaci&oacute;n, respecto de los que la presidenta &ldquo;no explica por qu&eacute; ser&iacute;an insuficientes&rdquo;. El voto particular est&aacute; firmado por: Bernardo Fern&aacute;ndez P&eacute;rez, Ricardo Bodas Mart&iacute;n, &Aacute;ngel Arozamena Laso, Luis Mart&iacute;n Contreras, Esther Erice Mart&iacute;nez, Jos&eacute; Mar&iacute;a Fern&aacute;ndez Seijo, Argelia Queralt Jim&eacute;nez y Luc&iacute;a Avil&eacute;s Palacios
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Galicia]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/voto-particular-ocho-vocales-cgpj-considera-injustificado-nulo-pleno-derecho-traslado-villares_1_13404779.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 24 Jul 2026 12:09:01 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un voto particular de ocho vocales del CGPJ considera "injustificado" y "nulo de pleno derecho" el traslado de Luís Villares]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Galicia,Luís Villares,Justicia,CGPJ - Consejo General del Poder Judicial,Lawfare]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Zapatero reaparece en televisión para contar lo que ya se sabía]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/zapatero-reaparece-television-contar-sabia_129_13402291.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c5062f05-e97b-41c2-86e7-597ef9436674_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1063y373.jpg" width="1200" height="675" alt="Zapatero reaparece en televisión para contar lo que ya se sabía"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Zapatero cumple su promesa de mayo de dar explicaciones públicas, pero lo hace reiterando lo que ya contó al juez. Niega haber intervenido en el rescate de Plus Ultra y no da ningún dato convincente sobre las joyas que alguien le regaló</p><p class="subtitle">Caso Zapatero: explicaciones insuficientes contra una decepción</p></div><p class="article-text">
        Los socialistas necesitaban desesperadamente que Jos&eacute; Luis Rodr&iacute;guez Zapatero respondiera en p&uacute;blico a las graves acusaciones por las que se le investiga en la Audiencia Nacional. Su abogado prefer&iacute;a que se mantuviera callado y reservara sus explicaciones para el juez Jos&eacute; Luis Calama. Los penalistas se ponen nerviosos si su cliente empieza a hacer declaraciones sobre asuntos de los que no ha aportado informaci&oacute;n concreta al juzgado. Son prioridades diferentes que no es f&aacute;cil conciliar en el caso de los pol&iacute;ticos. Porque siempre se espera que una entrevista provoque titulares que aporten novedades sobre un caso de estas caracter&iacute;sticas.
    </p><p class="article-text">
        No fue eso lo que ocurri&oacute; en <a href="https://www.rtve.es/play/videos/mananeros-360/entrevista-completa-zapatero-rtve-video-completo/17166716/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la entrevista que Zapatero</a> concedi&oacute; al programa 'Ma&ntilde;aneros 360' de TVE. El expresidente repiti&oacute; durante 40 minutos todo lo que hab&iacute;a dicho en su declaraci&oacute;n ante el juez y en su comparecencia anterior en el Senado. Lo hizo con energ&iacute;a y a veces algo enfadado, pero no cerr&oacute; ninguna de las puertas abiertas por la investigaci&oacute;n, incluida la &uacute;ltima declaraci&oacute;n de su socio y amigo Julio Mart&iacute;nez, que no le dej&oacute; en muy buen lugar. Si su reputaci&oacute;n ha quedado malparada incluso entre sus antiguos votantes, la situaci&oacute;n contin&uacute;a siendo exactamente igual. Seguro que su abogado pensar&aacute; que se la pod&iacute;a haber ahorrado.
    </p><p class="article-text">
        Eso fue a&uacute;n m&aacute;s flagrante con el asunto de las joyas encontradas en la caja fuerte de su despacho y valoradas en m&aacute;s de un mill&oacute;n de euros. Zapatero no concret&oacute; casi nada, porque dijo que prefer&iacute;a reservar esa informaci&oacute;n para entreg&aacute;rsela al juez, que todav&iacute;a la est&aacute; esperando desde hace m&aacute;s de un mes. Las calific&oacute; de &ldquo;regalo de cortes&iacute;a, personal, de hace muchos a&ntilde;os&rdquo;. Ante la insistencia del presentador, Javier Ruiz, ni siquiera precis&oacute; de qu&eacute; pa&iacute;s proced&iacute;a el regalo. 
    </p><p class="article-text">
        La explicaci&oacute;n comenz&oacute; a desmoronarse cuando coment&oacute; que no ten&iacute;an &ldquo;uso ni destino&rdquo;. Ser&aacute; que quer&iacute;a decir que esas joyas no se las puso nunca nadie. Tampoco ten&iacute;an &ldquo;af&aacute;n patrimonial&rdquo;, una expresi&oacute;n que carece de sentido en este contexto. Si eso es as&iacute;, &iquest;por qu&eacute; no las entreg&oacute; a Patrimonio del Estado si las recibi&oacute; cuando era presidente? 
    </p><p class="article-text">
        Ruiz le record&oacute; el c&oacute;digo &eacute;tico aprobado por su Gobierno para los regalos institucionales. &ldquo;Eso ser&aacute; interpretable como todo&rdquo;, dijo en lo que no es la mejor respuesta de su carrera pol&iacute;tica. Luego pas&oacute; a dar una explicaci&oacute;n confusa de la que hay que deducir que aceptaba que quiz&aacute; no hab&iacute;a cumplido ese c&oacute;digo.
    </p><p class="article-text">
        Sobre el rescate de Plus Ultra, volvi&oacute; a negar haber intervenido en favor de su concesi&oacute;n o como intermediario entre la empresa y el Gobierno. <a href="https://www.eldiario.es/politica/zapatero-reaparece-niega-influencias-rescate-plus-ultra-conviccion-absoluta-inocencia_1_13400838.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;No es que no influyera,</a> es que no habl&eacute; con nadie&rdquo;. Ni con la SEPI ni con nadie del Gobierno. Eso es lo &uacute;nico que implica potencialmente al Gabinete de Pedro S&aacute;nchez. Afirm&oacute; que no tuvo informaci&oacute;n privilegiada de la concesi&oacute;n del cr&eacute;dito ni avis&oacute; a Mart&iacute;nez de la noticia. 
    </p><p class="article-text">
        Eso se contradice con el testimonio del socio, que comunic&oacute; al juez que fue Zapatero quien le dio la noticia varios d&iacute;as antes de que se hiciera p&uacute;blica. Todav&iacute;a m&aacute;s con el del presidente de Plus Ultra, Julio Mart&iacute;nez Sola, que dijo que el expresidente les reclam&oacute; una comisi&oacute;n de 530.000 euros por sus gestiones.
    </p><p class="article-text">
        Debi&oacute; de ser un shock para Zapatero saber que <a href="https://www.eldiario.es/politica/zapatero-propio-aldama_129_13396719.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hab&iacute;a aparecido </a><a href="https://www.eldiario.es/politica/zapatero-propio-aldama_129_13396719.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em>un Aldama</em></a><a href="https://www.eldiario.es/politica/zapatero-propio-aldama_129_13396719.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> en su caso</a> y que encima era su amigo, pero hizo todo lo posible para no darle importancia, lo que no quiere decir que resultara cre&iacute;ble. Posiblemente, su abogado le hab&iacute;a aconsejado que no entrara en televisi&oacute;n en una guerra con su socio. No le conven&iacute;a nada. &ldquo;No entro en otras estrategias de defensa&rdquo;, dijo. &ldquo;No entra en mi c&oacute;digo de conducta renegar de las amistades&rdquo;. Son&oacute; entra&ntilde;able, pero la declaraci&oacute;n de Mart&iacute;nez le coloca a los pies de los caballos judiciales. 
    </p><p class="article-text">
        Zapatero no tiene que demostrar que es inocente, aunque s&iacute; deber&iacute;a aportar documentaci&oacute;n que respalde su versi&oacute;n de los hechos. Si recibi&oacute; mucho dinero de los directivos de Plus Ultra, le interesa estar en condiciones de responder a cambio de qu&eacute;. No se paga medio mill&oacute;n de euros a cambio de informes verbales &ldquo;maquetados&rdquo; por sus hijas. 
    </p><p class="article-text">
        Se indign&oacute; cuando le preguntaron si sus hijas hicieron el papel de &ldquo;testaferros&rdquo;: &ldquo;Me parece una pregunta incre&iacute;ble&rdquo;. A ellas tambi&eacute;n les corresponde explicar por qu&eacute; recibieron centenares de miles de euros por un trabajo que no parece tener un valor tan extraordinario. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Quien insin&uacute;a, tiene que probarlo&rdquo;, dijo. Su problema es que no se enfrenta a insinuaciones, sino a acusaciones directas hechas por aquellos que le pagaban.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iñigo Sáenz de Ugarte]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/zapatero-reaparece-television-contar-sabia_129_13402291.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Jul 2026 19:50:59 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[José Luis Rodríguez Zapatero,PSOE,Justicia,Plus Ultra]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia Nacional abre juicio al capitán del 'Villa de Pitanxo' y dos directivos de la armadora por la muerte de 21 tripulantes]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/audiencia-nacional-abre-juicio-capitan-villa-pitanxo-directivos-armadora-muerte-21-tripulantes_1_13401954.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/fe48a113-4a17-4c8f-b697-7a3d1be686e7_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1053y224.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia Nacional abre juicio al capitán del &#039;Villa de Pitanxo&#039; y dos directivos de la armadora por la muerte de 21 tripulantes"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El juez requiere a los tres acusados para que depositen 44 millones de euros como fianza para garantizar las responsabilidades pecuniarias que se les pudieran imponer</p><p class="subtitle">Fiscalía pide nueve años de prisión para el capitán y los responsables de la armadora del 'Villa de Pitanxo'</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia Nacional (AN) ha acordado enviar a juicio a dos directivos de la empresa armadora del pesquero gallego <em>Villa de Pitanxo</em> y al capit&aacute;n de la embarcaci&oacute;n por la muerte de 21 tripulantes durante el naufragio en febrero de 2022 en aguas de Terranova (Canad&aacute;). 
    </p><p class="article-text">
        En un auto de este jueves y recogido por Europa Press, el juez del caso, Ismael Moreno, abre juicio al administrador de Pesquer&iacute;as Nores Mar&iacute;n, Jos&eacute; Antonio Nores; al director de Flota, Jos&eacute; Antonio Nores, y al capit&aacute;n del barco, Juan Enrique Pad&iacute;n, por presuntos delitos de homicidio por imprudencia grave y de lesiones imprudentes en concurso ideal con otro contra los derechos de los trabajadores. Y se&ntilde;ala como responsable civil subsidiario a la mercantil Pesquer&iacute;as Nores Mar&iacute;n y a la entidad aseguradora British Marine Luxembourg como responsable civil directo.
    </p><p class="article-text">
        El juez requiere a los tres acusados para que depositen 44 millones de euros como fianza para garantizar las responsabilidades pecuniarias que se les pudieran imponer, as&iacute; como reclama a la responsable civil subsidiaria, Pesquer&iacute;as Nores, que preste la misma cantidad de forma solidaria con los tres acusados, as&iacute; como a la responsable civil, la seguradora British Marine Luxembourg SA.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, cita a los tres acusados y al representante legal de Marisquer&iacute;as Nores el pr&oacute;ximo 28 de julio para entregarles el auto de apertura de juicio oral.
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a reclama nueve a&ntilde;os de c&aacute;rcel para los tres acusados por 21 presuntos delitos de homicidio por imprudencia grave y uno contra los derechos de los trabajadores, as&iacute; como la inhabilitaci&oacute;n por un periodo de 13 a&ntilde;os para la profesi&oacute;n de patr&oacute;n de barco para Pad&iacute;n y otros 13 a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n para administrar o dirigir empresas dedicadas a la pesca para ambos directivos de la armadora.
    </p><h2 class="article-text">Falta de medidas de precauci&oacute;n</h2><p class="article-text">
        El juez apunt&oacute; en otra resoluci&oacute;n, recogida por Europa Press, que el barco se hundi&oacute;, entre otras causas, por la sobrecarga no controlada, as&iacute; como por la falta de medidas de precauci&oacute;n ante la posibilidad de realizar una virada en condiciones meteorol&oacute;gicas muy adversas o la decisi&oacute;n del capit&aacute;n de continuar el giro con mal tiempo, en lugar de tomar otras posibles alternativas m&aacute;s seguras. De los 21 fallecidos, seg&uacute;n record&oacute;, 12 de ellos no han aparecido y el resto murieron por ahogamiento o hipotermia. Otros tres, entre ellos el capit&aacute;n, fueron rescatados con vida en el interior de una de las balsas salvavidas.
    </p><p class="article-text">
        El magistrado se&ntilde;al&oacute; que el barco no estaba autorizado para navegar en zonas de formaci&oacute;n de hielo y que sus tripulantes no ten&iacute;an formaci&oacute;n sobre los riesgos de hipotermia y tampoco estaban familiarizados con los medios de salvamento, los procedimientos de abandono y los riesgos espec&iacute;ficos de navegaci&oacute;n en aguas fr&iacute;as. Asimismo, indic&oacute; que el capit&aacute;n dio la orden de abandonar el buque demasiado tarde, cuando &ldquo;las posibilidades de salvarse eran muy reducidas&rdquo;, al no ser este consciente de la gravedad de la situaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        En un informe, la Fiscal&iacute;a asegur&oacute; que los tres acusados ten&iacute;an &ldquo;facultades de decisi&oacute;n, ejecuci&oacute;n y control&rdquo; y permitieron que se desempe&ntilde;ase el trabajo &ldquo;en condiciones inseguras, con inobservancia de medidas preventivas y con grosero desprecio para la vida y la integridad f&iacute;sica de los tripulantes del buque&rdquo;. Y resalt&oacute; que el buque estaba &ldquo;sobrecargado con tanques de combustible instalados sin autorizaci&oacute;n legal&rdquo;, lo que supuso un &ldquo;incumplimiento&rdquo; de los criterios de estabilidad reglamentarios.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, el Ministerio P&uacute;blico acus&oacute; a los armadores por &ldquo;incumplimiento&rdquo; de sus obligaciones en materia de salud y seguridad de los trabajadores al no configurar adecuadamente las v&iacute;as de evacuaci&oacute;n del barco ni cumplir con la exigencia de existencia de una escalera de estribor tal y como estaba prevista en el plano de salvamento del buque.
    </p><h2 class="article-text">Familiares: &ldquo;Se cierra una etapa de mucha lucha&rdquo;</h2><p class="article-text">
        Familiares de las 21 v&iacute;ctimas mortales del pesquero gallego <em>Villa de Pitanxo</em> han celebrado este jueves que la Audiencia Nacional haya acordado enviar a juicio a dos directivos de la armadora del barco y a su capit&aacute;n, Juan Pad&iacute;n: &ldquo;Se cierra una etapa de mucha lucha&rdquo;. En un audio enviado a los medios de comunicaci&oacute;n, la portavoz de las familias, Mar&iacute;a Jos&eacute; de Pazo, ha confirmado la noticia, esperando que sea una &ldquo;forma de avanzar&rdquo; hacia &ldquo;una futura sentencia justa&rdquo;. Ha subrayado que contin&uacute;an &ldquo;confiando en la justicia&rdquo; y desean que llegue la hora del juicio, tras una etapa de &ldquo;mucha lucha&rdquo; por parte de los familiares para conseguir &ldquo;todas las reivindicaciones&rdquo; que se propusieron.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Galicia]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/audiencia-nacional-abre-juicio-capitan-villa-pitanxo-directivos-armadora-muerte-21-tripulantes_1_13401954.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Jul 2026 12:07:16 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia Nacional abre juicio al capitán del 'Villa de Pitanxo' y dos directivos de la armadora por la muerte de 21 tripulantes]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Galicia,Justicia,Naufragios,Pesca]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Jueces para la Democracia acusa al CGPJ de corporativismo por avalar por 11 votos contra 10 el traslado forzoso de Luís Villares]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/jueces-democracia-acusa-cgpj-corporativismo-avalar-11-votos-10-traslado-forzoso-luis-villares_1_13401604.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/4b3d41bf-e391-411f-b884-5135d5e717e0_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x632y340.jpg" width="1200" height="675" alt="Jueces para la Democracia acusa al CGPJ de corporativismo por avalar por 11 votos contra 10 el traslado forzoso de Luís Villares"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El pleno del organismo judicial rechaza los recursos de uno de los cuatro afectados y de la propia asociación, que considera los hechos de "dudosa legalidad"</p><p class="subtitle">Hemeroteca - El juez Luís Villares, apartado de la sección que tramita casos de eólicos tras el señalamiento de Xunta y empresarios</p></div><p class="article-text">
        El pleno del Conssejo General del Poder Judicial ha decidido, por 11 votos contra 10, avalar el traslado forzoso de magistradas y magistrados, entre ellos Lu&iacute;s Villares, en su d&iacute;a l&iacute;der de En Marea -una alianza de formaciones pol&iacute;ticas soberanistas y de izquierdas. Seg&uacute;n la asociaci&oacute;n Juezas y Jueces para la Democracia, de la que Villares forma parte, la ajustada votaci&oacute;n &ldquo;evidencia las dudas sobre la legalidad del proceso&rdquo;. Tambi&eacute;n critica el corporativismo del &oacute;rgano judicial al respaldar &ldquo;la decisi&oacute;n arbitraria&rdquo; de la presidenta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y rechazar dos recursos contrarios, presentados por la asociaci&oacute;n y por Villares.
    </p><p class="article-text">
        Juezas y Jueces para la Democracia asegura adem&aacute;s que la mencionada presidenta, Azucena Recio Gonz&aacute;lez, &ldquo;obvio el procedimiento debido&rdquo; al apartar a los magistrados y magistradas -cuatro- sin ni siquiera darles audiencia. La asociaci&oacute;n progresista, que alerta contra el dominio conservador mayoritario del CGPJ, entiende que en los hechos relativos a este traslado forzoso se dirime tambi&eacute;n &ldquo;qu&eacute; &aacute;mbito de poder es atribuido a quien detenta las presidencias de sala precisamente por decisi&oacute;n del propio Consejo General&rdquo;. El rechazo a los recursos, a&ntilde;ade, busca &ldquo;evitar el control al poder interno que, en casos como este, se ejerci&oacute; de forma desp&oacute;tica&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Que la votaci&oacute;n saliese adelante por un voto de diferencia indica &ldquo;la solidez de los argumentos de los recursos&rdquo; y muestra &ldquo;la fractura del CGPJ&rdquo;. &ldquo;En un contexto como el actual, de creciente desconfianza en la Justicia, produce inquietud&rdquo;, concluye Juezas y Jueces para la Democracia en un comunicado, &ldquo;que el Consejo avale una decisi&oacute;n de dudosa legalidad que altera arbitrariamente la composici&oacute;n de un Tribunal (la Secci&oacute;n tercera de la Sala de lo C-A) cuyas resoluciones resultaban inc&oacute;modas a determinados intereses econ&oacute;micos y pol&iacute;ticos&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Galicia]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/jueces-democracia-acusa-cgpj-corporativismo-avalar-11-votos-10-traslado-forzoso-luis-villares_1_13401604.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Jul 2026 11:00:50 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Jueces para la Democracia acusa al CGPJ de corporativismo por avalar por 11 votos contra 10 el traslado forzoso de Luís Villares]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Galicia,Justicia,Luís Villares,Tribunal Superior de Justicia,Lawfare,Medio ambiente]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia condena a la TVG por vulnerar la libertad sindical al imponer un protocolo de conciliación sin negociar]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/justicia-condena-crtvg-vulnerar-libertad-sindical-imponer-protocolo-conciliacion-negociar_1_13399954.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/accf9bbf-8ab0-4a9a-b235-ef7b4670d218_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x547y325.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia condena a la TVG por vulnerar la libertad sindical al imponer un protocolo de conciliación sin negociar"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acusa a la empresa pública de saltarse la negociación colectiva, anula el documento y la obliga a indemnizar a los sindicatos</p><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Galicia condena a TVG por vulnerar derechos de los trabajadores y castigar a “Venres Negros” </p></div><p class="article-text">
        La Corporaci&oacute;n de Servizos Audiovisuais de Galicia, antigua CRTVG y que agrupa a la TVG y a la Radio Galega, intent&oacute; imponer al cuadro de personal un &ldquo;protocolo general que tiene como objeto la tramitaci&oacute;n de las medidas de conciliaci&oacute;n&rdquo; sin abrir negociaci&oacute;n con la representaci&oacute;n sindical. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha tumbado la iniciativa, condenado a la empresa p&uacute;blica por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical, anulado el documento y obligado a indemnizar a los sindicatos que hab&iacute;an presentado la demanda: CUT, UGT y Comisi&oacute;ns Obreiras.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la sentencia, dictada por la Sala de lo Social, &ldquo;cualquier documento de este tipo que afecte de forma colectiva a las condiciones de trabajo de la plantilla debe pasar obligatoriamente&rdquo; por la mesa de negociaci&oacute;n o el comit&eacute; intercentros &ldquo;en virtud del derecho a la negociaci&oacute;n colectiva&rdquo;. La c&uacute;pula de la compa&ntilde;&iacute;a quiso evitar el tr&aacute;mite al enviar un texto a las centrales, &ldquo;una propuesta de instrumento de ordenaci&oacute;n de las solicitudes de conciliaci&oacute;n de la vida personal, laboral y familiar&rdquo;, y conceder 15 d&iacute;as para presentar alegaciones. Los sindicatos se negaron, ampar&aacute;ndose en el Estatuto de los Trabajadores.
    </p><p class="article-text">
        La empresa insisti&oacute; en su t&aacute;ctica y el comit&eacute; intercentros -del que forman parte CUT con cinco delegados, CIG con tres, UGT con 2, USO y Comisi&oacute;ns uno cada uno- replic&oacute; con una propuesta de apertura de mesa de negociaci&oacute;n. La empresa se neg&oacute; y anunci&oacute; que aplicar&iacute;a unilateralmente el protocolo. Ahora el Tribunal Superior &ldquo;considera que no es legalmente posible que la CSAG imponga unilateralmente un protocolo de conciliaci&oacute;n sin abrir una negociaci&oacute;n colectiva con el comit&eacute; intercentros&rdquo;. &ldquo;Existe, por tanto, una vulneraci&oacute;n del derecho a la negociaci&oacute;n colectiva y del derecho a la libertad sindical&rdquo;, concluye.
    </p><p class="article-text">
        La sala deja sin efecto el mencionado documento y obliga a la CSAG a pagar 7.501 euros a cada uno de los tres sindicatos denunciantes en concepto de indemnizaci&oacute;n por da&ntilde;os y perjuicios. Contra la resoluci&oacute;n, cabe recurso de casaci&oacute;n ante el Tribunal Supremo.
    </p><p class="article-text">
        Este peri&oacute;dico ha solicitado una valoraci&oacute;n de la sentencia a la compa&ntilde;&iacute;a p&uacute;blica gallega, pero de momento no ha recibido respuesta.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Daniel Salgado]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/justicia-condena-crtvg-vulnerar-libertad-sindical-imponer-protocolo-conciliacion-negociar_1_13399954.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 22 Jul 2026 16:39:31 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia condena a la TVG por vulnerar la libertad sindical al imponer un protocolo de conciliación sin negociar]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Galicia,CRTVG - Corporación Radio y Televisión de Galicia,Justicia,Tribunal Superior de Justicia,Libertad sindical,Sindicatos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Zapatero ya tiene a su propio Aldama]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/zapatero-propio-aldama_129_13396719.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/40249a43-d614-482e-8a57-2aa07339643e_16-9-discover-aspect-ratio_default_1147872.jpg" width="3128" height="1760" alt="Zapatero ya tiene a su propio Aldama"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La declaración de Julio Martínez ante el juez cuestiona elementos básicos de lo que Zapatero testificó hace un mes en la Audiencia Nacional. El Gobierno mantiene su confianza en él, pero no sabe qué más puede aparecer en las próximas semanas o meses</p><p class="subtitle">Julio Martínez no aclara ante el juez con quién habría mediado Zapatero para salvar a Plus Ultra ni cuánto cobró</p></div><p class="article-text">
        Un amigo convertido en su delator. Zapatero ha comenzado a <a href="https://www.eldiario.es/politica/empresarios-caso-plus-ultra-entregan-juez-cabeza-zapatero-situarlo-centro-rescate_1_13394382.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sufrir las consecuencias</a> de que alguien cercano decida contar a un juez y una fiscal lo que sabe de &eacute;l. De alguna manera, ya tiene a su propio Aldama. Es lo peor que le puede pasar en estos primeros momentos de la instrucci&oacute;n judicial contra &eacute;l. No tiene que enfrentarse &uacute;nicamente a las preguntas y movimientos del juez instructor. Tambi&eacute;n a lo que ha empezado a revelar su amigo, Julio Mart&iacute;nez. &iquest;O habr&iacute;a que llamarle examigo?
    </p><p class="article-text">
        El testimonio de Mart&iacute;nez, por escrito y despu&eacute;s este martes en su declaraci&oacute;n en la Audiencia Nacional, es muy da&ntilde;ino para sus intereses con independencia de hasta d&oacute;nde llegue lo que a&uacute;n no ha contado y de lo que se pueda probar con lo que dice. El juez Calama ya tiene algo a lo que agarrarse para cuestionar la versi&oacute;n que Jos&eacute; Luis Rodr&iacute;guez Zapatero dio ante &eacute;l hace un mes. Antes, ten&iacute;a que limitarse a las contradicciones entre ese testimonio y la informaci&oacute;n que ha recibido de los informes policiales. Ahora, ya tiene una confirmaci&oacute;n obtenida de lo que ha afirmado el hombre que pagaba al expresidente. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Yo no gestionaba An&aacute;lisis Relevante. Yo trabajaba para An&aacute;lisis Relevante&rdquo;, dijo Zapatero ante Calama. Mart&iacute;nez ha declarado algo muy diferente: la empresa se cre&oacute; para que Zapatero fuera su &ldquo;principal consultor&rdquo; y extendiera sus &ldquo;relaciones internacionales&rdquo;. &ldquo;Era quien la lideraba y decid&iacute;a todas aquellas cuestiones de estrategia y captaci&oacute;n de clientes&rdquo;. La &uacute;nica justificaci&oacute;n de la existencia de la compa&ntilde;&iacute;a eran Zapatero y los ingresos que pudiera generar en su beneficio. Mal asunto si en tu primera declaraci&oacute;n judicial cuentas algo que te desmienten en cuesti&oacute;n de semanas.
    </p><p class="article-text">
        En el plano pol&iacute;tico, se puede decir que Zapatero conserva el apoyo de Pedro S&aacute;nchez y del Gobierno. <a href="https://www.eldiario.es/politica/portavoz-gobierno-defiende-inocencia-zapatero-yolanda-diaz-insiste-pedir-explicaciones_1_13396148.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;Seguimos defendiendo</a> la presunci&oacute;n de inocencia del expresidente Zapatero&rdquo;, dijo el martes la ministra portavoz del Gobierno, Elma Saiz. Es una frase clara y nada ambigua. Lo malo es que Saiz no quiso extenderse mucho en sus respuestas a las preguntas que recibi&oacute; en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Fueron afirmaciones breves y r&aacute;pidas sin entrar en muchos detalles. Cuando le interesa, por ejemplo para presentar un proyecto de ley, puede extenderse hasta el infinito. No era una buena idea hacerlo en este asunto. 
    </p><p class="article-text">
        No hab&iacute;a razones para explayarse, porque el Gobierno se encuentra en una de las peores situaciones que se pueden dar en pol&iacute;tica. No tiene toda la informaci&oacute;n sobre lo que le preguntan. No sabe qu&eacute; m&aacute;s datos o alegaciones pueden aparecer en las pr&oacute;ximas semanas o meses. Ante la duda, mejor no meterse en asuntos que no pintan nada bien. &ldquo;No voy a comentar ni a calificar ni a valorar las distintas declaraciones, las distintas estrategias de defensa&rdquo;, dijo Saiz en dos ocasiones. 
    </p><p class="article-text">
        Lo que s&iacute; hizo la ministra fue defender la decisi&oacute;n del Gobierno de aprobar el cr&eacute;dito concedido a Plus Ultra. Tampoco de forma muy extensa. Dijo que el rescate fue &ldquo;revisado&rdquo; por un juzgado, &ldquo;fiscalizado&rdquo; por el Tribunal de Cuentas y &ldquo;analizado&rdquo; por la Comisi&oacute;n Europea. 
    </p><p class="article-text">
        En un plano m&aacute;s visceral, Rafael Escuredo represent&oacute; a muchos de los votantes socialistas cuando mostr&oacute; su desaz&oacute;n por todo lo que se ha sabido. <a href="https://x.com/fuentedelrey/status/2079452486985830636" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;Me morir&eacute; sin entender</a> que compa&ntilde;eros y amigos m&iacute;os, como Rodr&iacute;guez Zapatero, se vean involucrados en delitos por la pasta. &iquest;Eres consciente del da&ntilde;o que nos haces?&rdquo;, escribi&oacute; el expresidente de Andaluc&iacute;a. Seguro que tambi&eacute;n estaba pensando en las joyas encontradas en la caja fuerte de su despacho. M&aacute;s de un mes despu&eacute;s de prometer que lo explicar&iacute;a todo, Zapatero sigue sin contar c&oacute;mo llegaron a sus manos.
    </p><iframe src="https://geo.dailymotion.com/player/x8zbz.html?video=xaqzslu" allowfullscreen allow="fullscreen; picture-in-picture; web-share"></iframe><p class="article-text">
        Zapatero era &ldquo;quien marcaba los pasos a seguir&rdquo; para la obtenci&oacute;n del rescate de Plus Ultra, declar&oacute; Mart&iacute;nez. Fue &eacute;l quien le comunic&oacute; que la ayuda hab&iacute;a sido concedida. Por esas gestiones, la aerol&iacute;nea se comprometi&oacute; a <a href="https://www.eldiario.es/politica/presidente-plus-ultra-implica-zapatero-cobro-comision-530-000-euros-rescate_1_13393979.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pagar el 1% de la financiaci&oacute;n</a> obtenida con el cr&eacute;dito p&uacute;blico a una sociedad relacionada con Zapatero. Ah&iacute; se acaba el rastro, porque Mart&iacute;nez no sabe si Zapatero hizo esas gestiones o con qui&eacute;n habl&oacute; para hacer posible el rescate. Obviamente, lo que s&iacute; se conoce es que la empresa termin&oacute; recibiendo el cr&eacute;dito y que se trataba de una cuesti&oacute;n de vida o muerte para la compa&ntilde;&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        En un plano no menos nocivo para Zapatero, aunque a&uacute;n sin consecuencias penales, Mart&iacute;nez declar&oacute; ante Calama que Zapatero le present&oacute; a la entonces vicepresidenta venezolana Delcy Rodr&iacute;guez. A partir de ese momento, Rodr&iacute;guez le dijo con qu&eacute; personas o autoridades ten&iacute;a que hablar para hacer negocios en Venezuela, una de las mejores cartas introductorias que pod&iacute;a imaginar. Solo Zapatero le pod&iacute;a haber facilitado un contacto de tan alto nivel en el Gobierno de Caracas. Rodr&iacute;guez es hoy la presidenta del pa&iacute;s despu&eacute;s de que Nicol&aacute;s Maduro fuera secuestrado por fuerzas militares norteamericanas en enero de este a&ntilde;o.
    </p><p class="article-text">
        Zapatero siempre ha defendido que su implicaci&oacute;n en Venezuela era &uacute;nicamente pol&iacute;tica, primero como mediador entre Gobierno y oposici&oacute;n y luego con el papel de intervenir para facilitar la liberaci&oacute;n de presos pol&iacute;ticos. El favor que le hizo a su amigo plantea la posibilidad de que como m&iacute;nimo permitiera a Julio Mart&iacute;nez ganar dinero en ese pa&iacute;s, lo que no es un detalle menor si el empresario tambi&eacute;n se ocupaba de pagarle a trav&eacute;s de diferentes sociedades. Si Mart&iacute;nez obten&iacute;a negocios y beneficios gracias al expresidente, estaba en deuda con &eacute;l. 
    </p><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n de Mart&iacute;nez de empezar a hablar con el juez y la Fiscal&iacute;a no le coloca a&uacute;n en un punto muy alto de la escala de Aldama. Se podr&iacute;a decir que est&aacute; en torno al 30% en esa medici&oacute;n. En su declaraci&oacute;n del martes, no cont&oacute; mucho m&aacute;s de lo que hab&iacute;a explicado en un escrito de seis folios presentado antes al juzgado. Se present&oacute; como un &ldquo;intermediario&rdquo; entre Zapatero y los clientes. &ldquo;&iquest;Un correveidile?&rdquo;, pregunt&oacute; el juez, no se sabe si con &aacute;nimo ir&oacute;nico. Mart&iacute;nez acept&oacute; esa palabra tan informal que en realidad tiene que ver m&aacute;s con chismes que con negocios. 
    </p><p class="article-text">
        Llegar&aacute; el momento en que Mart&iacute;nez deba aumentar la calidad de la informaci&oacute;n suministrada si quiere obtener beneficios similares a los de Aldama, aunque ya se sabe que eso es llegar muy alto. Ser&aacute; quiz&aacute; cuando la investigaci&oacute;n judicial est&eacute; mucho m&aacute;s avanzada y le requieran que entre al detalle en asuntos que ahora solo est&aacute;n perfilados. Cualquiera de las alternativas que se puedan dar son muy perjudiciales para Zapatero. El Gobierno ya debe de ser consciente de ello por mucho que no se vaya a salir de la presunci&oacute;n de inocencia, al menos mientras sea posible.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iñigo Sáenz de Ugarte]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/zapatero-propio-aldama_129_13396719.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Jul 2026 20:24:35 +0000]]></pubDate>
      <enclosure url="https://static.eldiario.es/clip/40249a43-d614-482e-8a57-2aa07339643e_16-9-discover-aspect-ratio_default_1147872.jpg" length="976615" type="image/jpeg"/>
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      <media:title><![CDATA[Zapatero ya tiene a su propio Aldama]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[José Luis Rodríguez Zapatero,Plus Ultra,Corrupción,Justicia,PSOE]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia ratifica que Jácome y Concello de Ourense deben indemnizar con casi 50.000 euros a una funcionaria por "daños morales"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/justicia-ratifica-jacome-concello-ourense-deben-indemnizar-50-000-euros-funcionaria-danos-morales_1_13396655.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a0157d06-ab97-4e98-922d-5d6e6df349fa_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1141y342.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia ratifica que Jácome y Concello de Ourense deben indemnizar con casi 50.000 euros a una funcionaria por &quot;daños morales&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia subraya que "la responsabilidad del Ayuntamiento sí es objetiva o de resultado en lo que se refiere a la protección de riesgos de los trabajadores"</p><p class="subtitle">Hemeroteca - El Juzgado condena a Jácome por acoso laboral al interventor del ayuntamiento de Ourense y declara nulo su cese </p></div><p class="article-text">
        La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado el fallo del Juzgado de lo Social N&uacute;mero 2 de Ourense que determina que el Ayuntamiento de Ourense y el alcalde, Gonzalo P&eacute;rez J&aacute;come (Democracia Ourensana), deber&aacute;n pagar &ldquo;de forma conjunta y solidaria&rdquo; a una funcionaria 30.000 euros en concepto de &ldquo;indemnizaci&oacute;n por da&ntilde;os morales&rdquo; y otros 18.685 euros como indemnizaci&oacute;n por su incapacidad temporal. As&iacute;, la Sala avala que J&aacute;come y Ayuntamiento infringieron la normativa en materia de prevenci&oacute;n de riesgos laborales en relaci&oacute;n con la exjefa de Negociado de Comercio, a la que deber&aacute;n pagar una indemnizaci&oacute;n de 48.685 euros por da&ntilde;os morales e incapacidad temporal. De esta forma, desestima los recursos presentados por el Ayuntamiento y el regidor.
    </p><p class="article-text">
        En la resoluci&oacute;n, el TSXG rechaza &ldquo;las profusas denuncias tendentes a la nulidad de actuaciones&rdquo;, as&iacute; como los motivos de modificaci&oacute;n planteados por los recurrentes. Los codemandados alegaron, entre otros, vicios procesales, falta de competencia del orden social, falta de legitimaci&oacute;n y carencia de prueba o nexo causal, as&iacute; como errores en la valoraci&oacute;n f&aacute;ctica y jur&iacute;dica. La Sala de lo Social subraya que &ldquo;la responsabilidad del Ayuntamiento s&iacute; es objetiva o de resultado en lo que se refiere a la protecci&oacute;n de riesgos de los trabajadores&rdquo;, as&iacute; como que &ldquo;el nexo causal entre el trabajo y la falta de protecci&oacute;n de un riesgo es evidente&rdquo;. Adem&aacute;s, en la resoluci&oacute;n, desestima las impugnaciones procedimentales por falta de concreci&oacute;n y por improcedencia de trasladar a suplicaci&oacute;n una revisi&oacute;n amplia de la valoraci&oacute;n de la prueba.
    </p><p class="article-text">
        En el fallo, el tribunal confirma la competencia del orden social para conocer de incumplimientos en materia de prevenci&oacute;n que afecten a la salud del personal, rechaza las pretensiones de modificaci&oacute;n de la mayor parte de los hechos probados, salvo una admisi&oacute;n parcial de una matizaci&oacute;n sobre la literalidad del informe pericial m&eacute;dico, y considera acreditado el nexo entre la falta de medidas preventivas y el da&ntilde;o sufrido por la demandante.
    </p><p class="article-text">
        El TSXG entiende probado el incumplimiento de los codemandados de sus deberes de prevenci&oacute;n de riesgos laborales. En consecuencia, desestima los dos recursos y confirma la sentencia de instancia, imponi&eacute;ndoles, adem&aacute;s, las costas. La sentencia no es firme, pues cabe interponer recurso de casaci&oacute;n.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Galicia]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/justicia-ratifica-jacome-concello-ourense-deben-indemnizar-50-000-euros-funcionaria-danos-morales_1_13396655.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Jul 2026 14:28:23 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia ratifica que Jácome y Concello de Ourense deben indemnizar con casi 50.000 euros a una funcionaria por "daños morales"]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/a0157d06-ab97-4e98-922d-5d6e6df349fa_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x1141y342.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Galicia,Justicia,Gonzalo Pérez Jácome,Ourense,Condenados]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Poder Judicial se divide sobre si archivar o no las quejas contra el juez Peinado por el caso de Begoña Gómez]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/judicial-divide-si-archivar-no-quejas-juez-peinado-caso-begona-gomez_1_13395621.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/05f89f1d-8c74-4249-a0f4-c029a8f771e9_16-9-discover-aspect-ratio_default_1118919.jpg" width="3223" height="1813" alt="El Poder Judicial se divide sobre si archivar o no las quejas contra el juez Peinado por el caso de Begoña Gómez"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Además de por la posible connivencia de los escoltas de la mujer de Sánchez en una hipotética huida de España, insinuada por Peinado en uno de sus autos, también están encima de la mesa del CGPJ otras quejas como la de Bolaños, a quien el juez quiso imputar en la causa, por el trato que le dio durante el interrogatorio que le realizó en la Moncloa</p><p class="subtitle">El juez Peinado acelera y da cinco días para presentar los escritos de acusación contra Begoña Gómez ante la decisión de la Audiencia Provincial</p></div><p class="article-text">
        El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se encuentra dividido sobre si debe archivar o no las quejas presentadas contra el juez Juan Carlos Peinado por sus pol&eacute;micas insinuaciones sobre la Polic&iacute;a cuando decidi&oacute; retirarle el pasaporte a Bego&ntilde;a G&oacute;mez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro S&aacute;nchez, a la que investiga por presunto tr&aacute;fico de influencias. La Comisi&oacute;n Permanente del m&aacute;ximo &oacute;rgano de gobierno de los jueces se ha reunido este martes para estudiar la propuesta del Promotor de la Acci&oacute;n Disciplinaria que pide archivar cinco diligencias informativas incoadas a ra&iacute;z de quejas recibidas contra el titular de la plaza n&uacute;mero 41 de la Secci&oacute;n de Instrucci&oacute;n del Tribunal de Instancia de Madrid. 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de la referida a la posible connivencia de los escoltas de la mujer de S&aacute;nchez en una hipot&eacute;tica huida de Espa&ntilde;a, insinuada por Peinado en uno de sus autos, tambi&eacute;n est&aacute;n encima de la mesa del CGPJ otras quejas como la del ministro de Justicia y de la Presidencia, F&eacute;lix Bola&ntilde;os, a quien Peinado quiso imputar en la causa, por el trato que le dio durante el interrogatorio que le realiz&oacute; en el Palacio de la Moncloa. 
    </p><p class="article-text">
        Pero seg&uacute;n han comunicado desde el CGPJ, las &ldquo;deliberaciones continuar&aacute;n en los pr&oacute;ximos d&iacute;as&rdquo; porque la reuni&oacute;n ha concluido &ldquo;sin alcanzar ning&uacute;n acuerdo&rdquo;. Los vocales conservadores apoyan la tesis del promotor de archivar las quejas, mientras los progresistas abogan porque se contin&uacute;e investigando para promulgar alguna sanci&oacute;n. Por tanto, la &uacute;ltima palabra podr&iacute;a estar en la presidenta del Poder Judicial, Isabel Perell&oacute;. 
    </p><p class="article-text">
        Cuando Peinado envi&oacute; a juicio a Bego&ntilde;a G&oacute;mez por cuatro delitos, fij&oacute; como medidas cautelares la retirada de su pasaporte, la prohibici&oacute;n de salir del territorio nacional y una comparecencia quincenal en el juzgado. El magistrado puso por escrito en su auto que los agentes que se ocupan de las tareas de escolta de la pareja del presidente del Gobierno podr&iacute;an &ldquo;bien por iniciativa propia o siguiendo &oacute;rdenes de sus superiores jer&aacute;rquicos&rdquo; colaborar &ldquo;en la acci&oacute;n o acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga&rdquo;. Lo hizo en medio de su argumentaci&oacute;n para imponer la retirada del pasaporte a la esposa del presidente como una medida cautelar para evitar que intente eludir la actuaci&oacute;n de la Justicia en el mismo auto en el que propone <a href="https://www.eldiario.es/politica/begona-gomez-recurrira-retirada-pasaporte-impuesta-juez-peinado_1_13320427.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la apertura de juicio oral contra ella</a>.
    </p><h2 class="article-text">Las quejas de los polic&iacute;as</h2><p class="article-text">
        A ra&iacute;z de este auto, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, elev&oacute; una queja ante la presidenta del CGPJ, Isabel Perell&oacute;, por el &ldquo;grave cuestionamiento de la profesionalidad de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado&rdquo; por parte del juez Peinado con estas palabras, algo que el titular de Interior considera &ldquo;un hecho de m&aacute;xima gravedad&rdquo;. Para el Ministerio del Interior, las &ldquo;sospechas injustificadas&rdquo; de Peinado alcanzan no solo a los agentes concretos que tienen asignado el servicio de acompa&ntilde;amiento de la esposa del presidente del Gobierno, &ldquo;sino tambi&eacute;n a sus superiores jer&aacute;rquicos, afirmando la posibilidad de que pudieran dictar &oacute;rdenes ilegales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        A esta queja de Interior se sum&oacute; otra del Sindicato Unificado de Polic&iacute;a (SUP). <a href="https://www.eldiario.es/politica/sindicatos-policiales-cargan-peinado-plantear-escoltas-ayudar-begona-gomez-fugarse-barbaridad_1_13320467.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Otros sindicatos policiales, como Jupol o la Confederaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de Polic&iacute;a (CEP)</a>, tambi&eacute;n criticaron a trav&eacute;s de redes sociales las afirmaciones de Peinado calific&aacute;ndolas de &ldquo;aut&eacute;ntica barbaridad&rdquo;, &ldquo;especialmente preocupante&rdquo; o &ldquo;una ofensa intolerable, escandalosa y miserable&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        A ra&iacute;z de estas quejas, Perell&oacute; decidi&oacute; incoar expediente disciplinario al magistrado por una posible infracci&oacute;n tipificada en el art&iacute;culo 418.5 de la LOPJ, es decir, por un &ldquo;exceso o abuso de autoridad o falta grave de consideraci&oacute;n&rdquo; respecto de, entre otros, instituciones, el resto del personal al servicio de la Administraci&oacute;n de Justicia o funcionarios de la Polic&iacute;a Judicial. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iñigo Aduriz]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/judicial-divide-si-archivar-no-quejas-juez-peinado-caso-begona-gomez_1_13395621.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Jul 2026 10:44:49 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Poder Judicial se divide sobre si archivar o no las quejas contra el juez Peinado por el caso de Begoña Gómez]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Juan Carlos Peinado,Begoña Gómez,Pedro Sánchez,CGPJ - Consejo General del Poder Judicial,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo anula la autorización de un eólico en Moeche (A Coruña) por defectos en el estudio de impacto ambiental]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/supremo-anula-autorizacion-eolico-moeche-coruna-defectos-estudio-impacto-ambiental_1_13394329.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/48dd44d9-bca5-4a51-bc5f-971fc9c4aad0_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo anula la autorización de un eólico en Moeche (A Coruña) por defectos en el estudio de impacto ambiental"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal indica que de la lectura del estudio de impacto ambiental no se concluye ni se infiere el oportuno análisis de los efectos sinérgicos y acumulativos del proyecto en su relación y repercusión con los parques e infraestructuras cercanas</p><p class="subtitle">Primera paralización en Galicia de un parque eólico por riesgo ambiental tras el traslado forzoso del juez Luís Villares</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha anulado la autorizaci&oacute;n administrativa del parque e&oacute;lico Moeche, en la provincia de A Coru&ntilde;a, de 50,4 MW de potencia instalada, por carecer su estudio de impacto ambiental del an&aacute;lisis de los efectos acumulativos y sin&eacute;rgicos que exige la ley, y en particular en relaci&oacute;n con los parques e infraestructuras cercanas. 
    </p><p class="article-text">
        La sala de lo contencioso-administrativo del tribunal estima el recurso presentado por la Asociaci&oacute;n Pet&oacute;n do Lobo contra la resoluci&oacute;n de agosto de 2024 por la que se otorgaba a Enel Green Power Espa&ntilde;a autorizaci&oacute;n administrativa previa de las modificaciones y autorizaci&oacute;n administrativa de construcci&oacute;n para el parque e&oacute;lico Moeche, de 50,4 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuaci&oacute;n, ubicados en los t&eacute;rminos municipales de Moeche, San Sadurni&ntilde;o y As Somozas. Entre otros argumentos, la sala indica que de la lectura del estudio de impacto ambiental no se concluye ni se infiere el oportuno an&aacute;lisis de los efectos sin&eacute;rgicos y acumulativos del proyecto en su relaci&oacute;n y repercusi&oacute;n con los parques e infraestructuras cercanas.
    </p><p class="article-text">
        Es decir, que no se realiza una identificaci&oacute;n, descripci&oacute;n, an&aacute;lisis y, si procede, cuantificaci&oacute;n de los posibles efectos significativos directos o indirectos, secundarios, acumulativos y sin&eacute;rgicos del proyecto, tal y como exige la ley y, en particular, en relaci&oacute;n y/o conjunci&oacute;n con los parques e infraestructuras cercanas.
    </p><p class="article-text">
        Insiste al respecto en que &ldquo;deben analizarse todos los aspectos y todos sus posibles efectos sin&eacute;rgicos y acumulativos del proyecto en s&iacute; y su interacci&oacute;n, y una vez analizados descartar expresa y motivadamente los no suficientemente significativos y valorar, cuantificar y proponer cuantas medidas se estimen oportunas de aquellos que puedan revestir incidencia acumulativa y/o sin&eacute;rgica en el proyecto en s&iacute; mismo y en relaci&oacute;n con los parques e infraestructuras cercanas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Resalta la sentencia que la ley de evaluaci&oacute;n ambiental es la que exige que en el procedimiento de evaluaci&oacute;n ambiental se tenga en cuenta el efecto derivado de la proximidad de otras instalaciones e infraestructuras mediante la presentaci&oacute;n de un estudio sobre los efectos sin&eacute;rgicos o acumulativos con otras instalaciones. Esto es, cuando los proyectos son independientes entre s&iacute;, la normativa ambiental no exige, l&oacute;gicamente, una &uacute;nica evaluaci&oacute;n ambiental conjunta, pero s&iacute; que prev&eacute; que se deban tener en consideraci&oacute;n los efectos sin&eacute;rgicos y/o acumulativos con otras instalaciones en las correspondientes evaluaciones.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Galicia]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/supremo-anula-autorizacion-eolico-moeche-coruna-defectos-estudio-impacto-ambiental_1_13394329.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 20 Jul 2026 16:37:17 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo anula la autorización de un eólico en Moeche (A Coruña) por defectos en el estudio de impacto ambiental]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Galicia,Justicia,Tribunal Supremo,Medio ambiente,Energía eólica,Xunta de Galicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia de Madrid completa el trabajo de Peinado contra Begoña Gómez]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/blog/politica-para-supervivientes/audiencia-madrid-completa-trabajo-peinado-begona-gomez_132_13388699.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/c4cef0b5-b3d7-4783-b46a-51eda03705ef_16-9-discover-aspect-ratio_default_1147693.jpg" width="3357" height="1888" alt="La Audiencia de Madrid completa el trabajo de Peinado contra Begoña Gómez"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">'Política para supervivientes' es una carta semanal de Iñigo Sáenz de Ugarte exclusiva para socios y socias de elDiario.es con historias sobre política nacional. Si tú también lo quieres leer y recibir cada domingo en tu buzón, hazte socio, hazte socia de elDiario.es</p></div><p class="article-text">
        Julio es un mes en que la pol&iacute;tica funciona a medio gas a la espera de que cierre por completo la ventanilla en agosto. Donde s&iacute; est&aacute;n trabajando a conciencia es en la justicia y ya sabemos que ese es uno de los escenarios fundamentales de la pol&iacute;tica espa&ntilde;ola. Es as&iacute; porque hay procedimientos judiciales muy importantes que afectan a los pol&iacute;ticos y porque las asociaciones judiciales y unos cuantos magistrados decidieron hace tiempo que ten&iacute;an derecho a intervenir en pol&iacute;tica. Para ellos, la separaci&oacute;n de poderes solo funciona en un sentido. Ellos s&iacute; creen tener derecho a <a href="https://www.eldiario.es/politica/encuestas-demuestran-coste-supone-jueces-conviertan-actores-politicos-legislatura_129_13362809.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">implicarse en la confrontaci&oacute;n pol&iacute;tica,</a> como hicieron al manifestarse contra la ley de amnist&iacute;a antes de que estuviera redactado el proyecto de ley.
    </p><p class="article-text">
        Pocos de ellos son m&aacute;s conocidos que el juez Juan Carlos Peinado, que ha protagonizado una instrucci&oacute;n en el caso de Bego&ntilde;a G&oacute;mez que ha sido demencial y ha estado repleta de errores jur&iacute;dicos, autos mal escritos y nada motivados y hasta un loco intento de implicar a un ministro (Bola&ntilde;os) que el Tribunal Supremo cort&oacute; de ra&iacute;z. La Audiencia de Madrid anul&oacute; muchos de sus autos en un porcentaje ins&oacute;lito y adem&aacute;s sobre asuntos clave, pero al final esta semana ha aceptado su decisi&oacute;n de llevar a juicio a la esposa de Pedro S&aacute;nchez, aunque solo por dos delitos,&nbsp;tr&aacute;fico de influencias y malversaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Frente a los que piensan que las decisiones de los jueces en casos que implican al Gobierno son sagradas, el an&aacute;lisis de autos y sentencias es un derecho en una sociedad democr&aacute;tica, incluso una necesidad. Curiosamente, los mismos que dicen que el Gobierno o la izquierda ponen en peligro la independencia judicial con sus cr&iacute;ticas son los que ahora rechazan el veredicto de la justicia europea, el TJUE, sobre la ley de amnist&iacute;a. Los hay que, como pla&ntilde;ideras interesadas, alegan que Espa&ntilde;a est&aacute; abandonada, que no tendr&aacute; ninguna ayuda exterior para salvarse y que nadie puede confiar en Europa. Han perdido tantas veces en las instancias judiciales europeas que no se dan cuenta de lo endebles que son sus argumentos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La Audiencia de Madrid <a href="https://www.eldiario.es/politica/audiencia-madrid-avala-peinado-ordena-juzgar-begona-gomez-tribunal-jurado-delitos_1_13380532.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ha completado el trabajo</a> de Peinado y confirmado que el juicio de G&oacute;mez ser&aacute; con jurado. Seg&uacute;n su relato, Bego&ntilde;a G&oacute;mez podr&iacute;a ser condenada por tr&aacute;fico de influencias porque oblig&oacute; a varias personas a colaborar para que prosperaran sus intereses econ&oacute;micos (y por malversaci&oacute;n por el trabajo de su asesora personal en Moncloa).&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Los jueces hablan de su &ldquo;privilegiada posici&oacute;n&rdquo;. Aqu&iacute; conviene reflexionar sobre ese concepto y su influencia en el caso. &iquest;Es un privilegio vivir en Moncloa? Desde luego, aunque no sea exactamente un palacio, sino una gran mansi&oacute;n. &iquest;Hay gente que puede estar interesada en conocerte porque eres la c&oacute;nyuge del presidente? Eso es muy probable. &iquest;Tienes una vida muy diferente a la de un ciudadano normal? Claro. Vives en una residencia pagada con fondos p&uacute;blicos, cuentas con protecci&oacute;n policial y asistes a muchos actos aburridos, pero tambi&eacute;n a otros excitantes.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En el plano especulativo en el que se mueven &uacute;ltimamente muchas decisiones judiciales, incluso en sentencias, los cinco jueces de Madrid alegan que el parentesco con el presidente &ldquo;puede comportar una presi&oacute;n moral eficiente a efectos de conformar el delito de tr&aacute;fico de influencias&rdquo;. Pero una investigaci&oacute;n de los indicios del caso deber&iacute;a haber encontrado ejemplos de esa presi&oacute;n irresistible que obligara a alguien a favorecer a G&oacute;mez en contra de sus primeras intenciones. No se ha hallado nada que pueda evocar una situaci&oacute;n de ese tipo.
    </p><p class="article-text">
        El auto plantea como precedente el caso N&oacute;os y la condena a I&ntilde;aki Urdangarin y la consideraci&oacute;n en esa sentencia de la influencia que ten&iacute;a este por el hecho de estar casado con la hija del rey. Desde luego, cualquier parecido entre las cantidades que obtuvo Urdangarin y las conocidas en el caso de Bego&ntilde;a G&oacute;mez es inexistente.
    </p><p class="article-text">
        Conceder a G&oacute;mez la direcci&oacute;n de una c&aacute;tedra extraordinaria podr&iacute;a haber sido un buen ejemplo de esa recompensa, pero nadie ha probado que el rector de la Complutense fuera obligado a hacer algo que no quer&iacute;a. Un vicerrector coment&oacute; en su declaraci&oacute;n que el proceso para la formaci&oacute;n de esa c&aacute;tedra fue m&aacute;s r&aacute;pido de lo normal, pero tambi&eacute;n dijo que en ning&uacute;n momento se viol&oacute; la ley.&nbsp;
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                Begoña Gómez en un mitin del PSOE en Benalmádena en 2024.                            </span>
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        En la Complutense de Madrid, hay registradas <a href="https://www.ucm.es/portaldetransparencia/catedras-extraordinarias" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">44 c&aacute;tedras extraordinarias</a> hasta marzo de este a&ntilde;o. Muchas de ellas est&aacute;n patrocinadas por empresas privadas que aportan dinero. La existencia de estas c&aacute;tedras es una forma que tiene la universidad de financiarse. Como curiosidad, hay una en la Facultad de Farmacia (&ldquo;c&aacute;tedra extraordinaria de bebidas fermentadas&rdquo;), apoyada econ&oacute;micamente por la Asociaci&oacute;n de Cerveceros de Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        La direcci&oacute;n de la c&aacute;tedra no le daba a G&oacute;mez la condici&oacute;n de catedr&aacute;tica, pero la Audiencia de Madrid afirma que s&iacute; le concedi&oacute; &ldquo;prestigio personal o reputacional de su carrera acad&eacute;mica con acceso a m&uacute;ltiples recursos y eventos&rdquo;. Seguro que fue bueno para su ego, adem&aacute;s de para seguir teniendo una actividad profesional &ndash;cierto que de no gran nivel&ndash; durante el tiempo en que su marido era el presidente. Para valorar ese prestigio, deber&iacute;amos meternos en un terreno bastante subjetivo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        En el tema de los ingresos econ&oacute;micos recibidos, la Audiencia ofrece la mayor perla de su auto. Sostiene que G&oacute;mez &ldquo;dispar&oacute; sus ingresos de forma exponencial&rdquo;, aunque de inmediato reconoce que con&nbsp;&ldquo;cifras muy moderadas&rdquo;. Vamos a ver, &iquest;es mucho dinero o poco? &iquest;Esos magistrados conocen el significado de la palabra 'exponencial'? Porque no lo parece.
    </p><p class="article-text">
        Recapitulando, G&oacute;mez cobr&oacute; cero euros por dirigir esa c&aacute;tedra. Cobr&oacute; cero euros por el software financiado por la aportaci&oacute;n de empresas privadas para su uso gratuito por otras compa&ntilde;&iacute;as. Cobr&oacute; una cantidad peque&ntilde;a de dinero por dirigir los m&aacute;sters integrados en esa c&aacute;tedra. Sus ingresos m&aacute;s altos fueron en 2022 con 14.900 euros anuales. 14.000 euros fue la cifra del salario m&iacute;nimo de ese a&ntilde;o.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        &iquest;Bego&ntilde;a G&oacute;mez utiliz&oacute; su &ldquo;privilegiada posici&oacute;n&rdquo; y la &ldquo;presi&oacute;n moral&rdquo; sobre otros que le daba el hecho de ser la mujer de S&aacute;nchez para &ldquo;disparar&rdquo; sus ingresos hasta recibir la escu&aacute;lida cantidad de 14.000 euros anuales en uno de esos a&ntilde;os?&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Los jueces de Madrid dejan claro un criterio para el futuro. Ning&uacute;n c&oacute;nyuge de un presidente deber&iacute;a plantearse trabajar por su cuenta. Aunque no haga nada ilegal, su parentesco seguir&aacute; causando una &ldquo;presi&oacute;n moral&rdquo; sobre las personas con las que se relacione si est&aacute;n en alg&uacute;n organismo p&uacute;blico, como una universidad. Y si no gana dinero (como por el uso del software para empresas) o gana muy poco dinero (por las cantidades percibidas por dirigir un m&aacute;ster), da completamente igual. Unos jueces dir&aacute;n que el beneficio es inmaterial o que se puede medir en t&eacute;rminos de prestigio social.&nbsp;Ser&aacute; mejor que tenga un hobby que llene su tiempo.
    </p><h2 class="article-text">Da igual lo que digan los testigos</h2><figure class="ni-figure">
        
                                            






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                David Sánchez en su declaración en el juicio.                            </span>
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        <a href="https://www.eldiario.es/politica/sentencia-medida-agatha-christie_129_13379830.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">El tribunal que conden&oacute;</a> a David S&aacute;nchez a nueve a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n por un delito de prevaricaci&oacute;n dej&oacute; una frase muy reveladora sobre sus intenciones. Despreci&oacute; no ya las declaraciones de los otros acusados, sino tambi&eacute;n de los testigos &ndash;directores de conservatorio&ndash; que declararon en el juicio que S&aacute;nchez estaba capacitado para el puesto y realiz&oacute; las funciones por las que fue contratado. Se atuvo a lo manifestado en la vista por el teniente coronel de la UCO Antonio Balas. La Diputaci&oacute;n de Badajoz es una instituci&oacute;n jer&aacute;rquica, como lo son todas y tambi&eacute;n las empresas privadas, por lo que no se puede creer a nadie que trabajara all&iacute;, fueran altos cargos o funcionarios. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Como ya hemos apuntado, dichas personas forman parte de una estructura fuertemente jerarquizada, con tintes pol&iacute;ticos, presidencialista, y dichas circunstancias conducen a que tengamos que poner en tela de juicio la credibilidad de los testimonios prestados por personas profesional y directamente relacionadas con los acusados cuando no dependientes de estos o militantes en el mismo partido&rdquo;, dice la sentencia.
    </p><p class="article-text">
        Para justificar que no se condene a los acusados por tr&aacute;fico de influencias, el tribunal se ve obligado a reconocer que &ldquo;no sabemos, en suma, qui&eacute;n o qui&eacute;nes ejercieron presi&oacute;n o ascendencia sobre los responsables de realizar la tarea de torcimiento del Derecho, ni en qu&eacute; concretos actos se materializ&oacute; el influjo&rdquo;. Ni en la instrucci&oacute;n ni en el juicio aparecieron pruebas de que alguien diera las &oacute;rdenes en esa estructura tan jerarquizada para que se violara la ley. 
    </p><p class="article-text">
        Tanto tiempo escuchando que lo que cuenta de cara a la sentencia es lo que se diga y se pruebe en la vista y que la instrucci&oacute;n solo sirve para decidir si se debe celebrar un juicio y ahora llegamos a la conclusi&oacute;n de que las declaraciones de los testigos son irrelevantes si trabajan en una instituci&oacute;n. Lo que importa es la opini&oacute;n de los investigadores policiales y sus deducciones sobre el funcionamiento de una Diputaci&oacute;n en este caso, a pesar de que no se puede decir que sean expertos en Derecho Administrativo. Bajo estas condiciones, es dif&iacute;cil desechar la idea de que los jueces ten&iacute;an claro el veredicto antes de que empezara el juicio. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iñigo Sáenz de Ugarte]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/blog/politica-para-supervivientes/audiencia-madrid-completa-trabajo-peinado-begona-gomez_132_13388699.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sun, 19 Jul 2026 06:15:53 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia de Madrid completa el trabajo de Peinado contra Begoña Gómez]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Justicia,Juan Carlos Peinado,Begoña Gómez,David Sánchez]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La sola relación de parentesco]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/opinion/sola-relacion-parentesco_132_13388277.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/efcc6c09-eaea-44c9-b123-7fbcd7e54a4a_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La sola relación de parentesco"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Estoy convencido de que desde el lado de la defensa de la democracia, de la soberanía popular, de las libertades y garantías constitucionales “todo el que pueda hacer, que haga”. Pues hagamos</p></div><p class="article-text">
        Llevo demasiado tiempo leyendo<strong> resoluciones de</strong> <strong>la derecha judicial </strong>aplicando estrictamente las garant&iacute;as constitucionales cuando se trata de investigar o juzgar a personajes del PP y diluy&eacute;ndolas y pisote&aacute;ndolas cuando investigan o juzgan a pol&iacute;ticos de la izquierda; o a las personas con las que tienen &ldquo;la sola relaci&oacute;n de parentesco&rdquo;, como se ha atrevido a subrayar la <strong>Audiencia de Madrid </strong>que ha acabado respaldando la asquerosa &ldquo;instrucci&oacute;n&rdquo; del <strong>juez Peinado</strong>. Demasiado tiempo contemplando c&oacute;mo manejan los tiempos procesales para acomodarlos al calendario de La Contra pol&iacute;tica y empresarial, luego medi&aacute;tica. 
    </p><p class="article-text">
        Demasiado tiempo contemplando c&oacute;mo abusan del margen de apreciaci&oacute;n de las declaraciones de testigos de cargo, si juzgan a la izquierda, y desprecian todas las declaraciones de quienes las contradicen. &iquest;Recuerdan los periodistas que declararon ante notario y en el juicio conocer el &ldquo;secreto&rdquo; del <strong>novio de Ayuso</strong> antes que el <strong>Fiscal General del Estado</strong>? Luego ya no era un secreto. &iquest;Les han pasado inadvertidos las declaraciones testificales desmontando las <a href="https://www.eldiario.es/escolar/contradicciones-condena-david-sanchez_132_13380635.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">acusaciones contra David S&aacute;nchez</a>? &iquest;Y c&oacute;mo los jueces  tomaron en cuenta exclusivamente las apreciaciones del <strong>teniente coronel Balas</strong>?
    </p><p class="article-text">
        Tanto tiempo que ya casi no merece la pena detenerse en argumentos jur&iacute;dicos frente a ese pu&ntilde;ado de jueces, eso s&iacute; m&aacute;gicamente ubicados en los tribunales, los procedimientos y los momentos precisos. Ni frente a los de la <em>inmarchesible</em> <strong>Sala II del Tribunal Supremo</strong>, que ha llegado a condenar por co&hellip; al Fiscal General del Estado. Y, para boicotear la aplicaci&oacute;n de la <strong>Ley de Amnist&iacute;a</strong>, a desdecirse obscenamente de su propia Sentencia sobre el Proc&eacute;s, a cuyos responsables conden&oacute; por sedici&oacute;n, que es un delito contra el orden p&uacute;blico, y no por rebeli&oacute;n, que es un delito contra la Constituci&oacute;n. La propia Sala II que sentenci&oacute; que no se les pod&iacute;a condenar por rebeli&oacute;n, porque tratar de culminar  la intentona independentista era una &ldquo;enso&ntilde;aci&oacute;n&rdquo;, les ha llamado despu&eacute;s &ldquo;golpistas&rdquo; para aplicar una excepci&oacute;n a la aplicaci&oacute;n de la amnist&iacute;a. Pura obscenidad y sensaci&oacute;n absoluta de impunidad. 
    </p><p class="article-text">
        Por el camino quedan demasiados atropellos jur&iacute;dicos con la &uacute;nica finalidad de tumbarse al Gobierno leg&iacute;timo de Espa&ntilde;a. 
    </p><p class="article-text">
        Demasiados a&ntilde;os tiene uno ya y demasiadas horas dedicadas -en cumplimiento de mis deberes ejerciendo funciones de oposici&oacute;n al &ldquo;r&eacute;gimen&rdquo; de ATI/Coalici&oacute;n Canaria-  a estudiar casos, teor&iacute;a y jurisprudencia sobre prevaricaci&oacute;n, tr&aacute;fico de influencias o malversaci&oacute;n de dinero p&uacute;blico para no quedarme espantado con la manipulaci&oacute;n de estos conceptos por parte de los magistrados que han juzgado a David S&aacute;nchez;  o expandiendo el concepto y el tipo delictivo de malversaci&oacute;n para sentar a Bego&ntilde;a G&oacute;mez ante un Jurado; o ante el contorsionismo de Marchena (no se han enriquecido con los gastos del Proc&eacute;s pero han evitado tenerlos que pagar con su propio patrimonio, luego han malversado) para inaplicar la Amnist&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Lo de la malversaci&oacute;n de dinero p&uacute;blico por la colaboraci&oacute;n de la asistenta de Bego&ntilde;a es casi insuperable en cinismo y manipulaci&oacute;n. Pero es esa acusaci&oacute;n el &ldquo;fundamento&rdquo; de la entrada en escena del Jurado. Por eso la mantienen contra viento y marea. &iexcl;Ah, malversaci&oacute;n! 
    </p><p class="article-text">
        Quiero decirles que me he convertido en decidido partidario de que los casos de prevaricaci&oacute;n judicial y otros delitos que puedan haber cometido miembros del poder judicial, &ldquo;delitos en los que la acci&oacute;n t&iacute;pica carezca de excesiva complejidad o en los que los elementos normativos integrantes son especialmente aptos para su valoraci&oacute;n por ciudadanos no profesionalizados en la funci&oacute;n judicial&rdquo;, como dice la <strong>Ley Org&aacute;nica del Jurado</strong>, sean juzgados por un Jurado. Al menos as&iacute;, uno de los factores que les hacen sentirse impunes, el acendrado esp&iacute;ritu corporativo del estamento judicial, quedar&iacute;a atenuado.&iquest;Qui&eacute;n ver&iacute;a a Peinado ante el riesgo de acabar sentado ante un Jurado, o al Hurtado que instruy&oacute; salvajemente la causa contra el Fiscal General?
    </p><p class="article-text">
        No me puedo resistir a comentar las afirmaciones de la Audiencia Provincial de Madrid por su flagrante inconstitucionalidad. Y tan campantes: &ldquo;<strong>La sola relaci&oacute;n de parentesco</strong> por v&iacute;nculo matrimonial con la m&aacute;s alta autoridad del Gobierno de la Naci&oacute;n, en determinados contextos y circunstancias, como los aqu&iacute; analizados, puede comportar una presi&oacute;n moral eficiente a efectos de conformar el delito de tr&aacute;fico de influencias&rdquo;. O sea que la sola relaci&oacute;n de parentesco&hellip; puede comportar presi&oacute;n moral eficiente y, por tanto, &iexcl;es un indicio delictivo!. S&oacute;lo les faltaba decir si el parentesco corresponde a una mujer, que lo que debe hacer es quedarse con la pata quebrada y en casa. Mayor degradaci&oacute;n de las garant&iacute;as constitucionales y, perm&iacute;tanme, mayor machismo son inimaginables.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La Contra&rdquo;, tambi&eacute;n la judicial, est&aacute; dispuesta a todo con tal de tumbar al Gobierno progresista, que con la Constituci&oacute;n en la mano es el Gobierno leg&iacute;timo de Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        Y en un pa&iacute;s con una historia tan turbulenta como la de Espa&ntilde;a s&oacute;lo hay dos opciones: o plantarles cara o echarse a temblar.
    </p><p class="article-text">
        Por eso estoy convencido de que desde el lado de la defensa de la democracia, de la soberan&iacute;a popular, de las libertades y garant&iacute;as constitucionales &ldquo;todo el que pueda hacer, que haga&rdquo;. Pues hagamos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Santiago Pérez]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/opinion/sola-relacion-parentesco_132_13388277.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 17 Jul 2026 11:50:11 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La sola relación de parentesco]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Gobierno de España,Justicia,Begoña Gómez,Isabel Díaz Ayuso]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Lo que la sentencia europea nos dice de Marchena y del Tribunal Supremo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/sentencia-europea-dice-marchena-tribunal-supremo_129_13384744.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/80eff636-ee1f-4932-9cc5-5d3cd834e341_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x957y287.jpg" width="1200" height="675" alt="Lo que la sentencia europea nos dice de Marchena y del Tribunal Supremo"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La derecha judicial ha sufrido otra derrota en Europa, esta vez por la amnistía contra la que se manifestaron los jueces ante sus juzgados. No quiere renunciar a la victoria que supuso la decisión del Tribunal Supremo de olvidarse de la sentencia del procés para asumir todo el discurso del PP</p><p class="subtitle">Ni autoamnistía ni quiebra de la igualdad: el fallo del TJUE desecha el relato del Supremo y el PP contra la ley</p></div><p class="article-text">
        El Partido Popular se tom&oacute; con mucha calma la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) sobre la ley de amnist&iacute;a. Una nota de prensa para salir del paso y ya est&aacute;. Ninguna rueda de prensa convocada de urgencia para lanzar los misiles de costumbre contra el Gobierno. En las &uacute;ltimas semanas, hab&iacute;an hecho saber discretamente que el tema de la amnist&iacute;a estaba casi amortizado y que no merec&iacute;a la pena prestarle mucha m&aacute;s atenci&oacute;n. Y eso que antes sosten&iacute;an que esa ley casi hab&iacute;a puesto fin a la democracia en Espa&ntilde;a. Pod&iacute;an decir algo as&iacute; porque el Tribunal Supremo se hab&iacute;a ocupado del trabajo sucio. Su Sala de lo Penal fue el cooperador necesario para detonar la legislatura que hab&iacute;a comenzado en 2023.
    </p><p class="article-text">
        La ofensiva judicial contra la amnist&iacute;a se inici&oacute; incluso antes de que llegara al Congreso el proyecto de ley enviado por el Gobierno. Centenares de jueces se concentraron ante la puerta de sus juzgados para mostrar su rechazo al texto que a&uacute;n no conoc&iacute;an. Fue una iniciativa de clara intencionalidad pol&iacute;tica. Algunos magistrados, sin ninguna intenci&oacute;n de esconder sus prop&oacute;sitos, asistieron vestidos con sus togas y dieron as&iacute; a la protesta una mayor carga simb&oacute;lica. 
    </p><p class="article-text">
        El TJUE desactiv&oacute; todos los argumentos de la derecha pol&iacute;tica y judicial utilizados contra la amnist&iacute;a a los independentistas. Tanto sobre el sistema judicial como sobre la seguridad jur&iacute;dica y el impacto en las finanzas europeas. La amnist&iacute;a pod&iacute;a servir para facilitar &ldquo;un escenario de reconciliaci&oacute;n&rdquo;, como sosten&iacute;a el Gobierno, por lo que no era una simple concesi&oacute;n para ganarse el apoyo de Junts. No supon&iacute;a un peligro existencial para &ldquo;el buen funcionamiento del sistema judicial nacional&rdquo;. No quebr&oacute; la igualdad ni la seguridad jur&iacute;dica. Los intereses financieros de la Uni&oacute;n Europea no se vieron afectados por el proc&eacute;s. 
    </p><p class="article-text">
        El veredicto no implica que Carles Puigdemont y Oriol Junqueras vayan a recibir de inmediato <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/aval-europeo-no-implica-amnistia-inmediata-puigdemont-junqueras-deberan-esperar-constitucional_1_13384183.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">los beneficios de la amnist&iacute;a.</a> Eso tendr&aacute; que esperar a la decisi&oacute;n que tome en un sentido u otro el Tribunal Constitucional. Quienes s&iacute; salen beneficiados ahora son 35 antiguos altos cargos de la Generalitat encausados por el Tribunal de Cuentas y trece activistas de los CDR acusados de terrorismo. 
    </p><p class="article-text">
        El TJUE es claro sobre lo que deben hacer ahora los tribunales espa&ntilde;oles: &ldquo;La obligaci&oacute;n de los &oacute;rganos jurisdiccionales nacionales de dictar una resoluci&oacute;n de extinci&oacute;n de la responsabilidad sin valorar las alegaciones y las pruebas exculpatorias es consustancial al principio mismo de la amnist&iacute;a&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Es leg&iacute;timo dudar sobre este punto teniendo en cuenta decisiones anteriores del Tribunal Supremo. &iquest;Volver&aacute;n a ser tan <em>creativos</em> <a href="https://www.eldiario.es/politica/tribunal-supremo-sube-maquina-tiempo-reinventar-proces_129_11491870.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">como lo fueron hace dos a&ntilde;os?</a> Entonces, la Sala presidida por Manuel Marchena decidi&oacute; que la ley de amnist&iacute;a no cubr&iacute;a los delitos de malversaci&oacute;n cometidos por Puigdemont y los miembros de su Gobierno. La ley se hab&iacute;a escrito para que no afectara a los que se beneficiaron econ&oacute;micamente sabiendo que ese no era el caso de los condenados (o fugados). 
    </p><p class="article-text">
        El Supremo se invent&oacute; el argumento de que s&iacute; hubo ese beneficio, porque sin acceso a los fondos p&uacute;blicos esquilmados los autores del proc&eacute;s habr&iacute;an tenido que recurrir a su patrimonio. Eso fing&iacute;a ignorar que esos pol&iacute;ticos hab&iacute;an recibido donaciones privadas de correligionarios con las que afrontar gastos como el de compra de urnas y papeletas para el refer&eacute;ndum.
    </p><p class="article-text">
        A&uacute;n m&aacute;s estramb&oacute;tico fue su argumento de que la independencia de Catalunya, que nunca estuvo cerca de producirse, habr&iacute;a perjudicado a los intereses econ&oacute;micos de la UE. Catalunya habr&iacute;a tenido que abandonar la UE y la aportaci&oacute;n econ&oacute;mica de Espa&ntilde;a a los presupuestos comunitarios habr&iacute;a sido menor, dijeron. Dentro de los presupuestos de la UE, eso ser&iacute;a casi un error de redondeo. El TSJE resta valor a ese argumento. 
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados colmaron los deseos del PP con su auto. La oposici&oacute;n pens&oacute; que el cabreo de Puigdemont y Junts har&iacute;a que la legislatura terminara antes de que acabara 2024. Con el apoyo de los jueces, cre&iacute;an tenerlo al alcance de la mano. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo culmin&oacute; un giro de 180 grados perfectos al desmentir la sentencia original del proc&eacute;s que ese mismo tribunal hab&iacute;a dictado en 2019. Lo que unos a&ntilde;os antes hab&iacute;a sido un delito de sedici&oacute;n y la definici&oacute;n del desaf&iacute;o como una &ldquo;enso&ntilde;aci&oacute;n&rdquo; que no pod&iacute;a considerarse un delito de rebeli&oacute;n <a href="https://www.eldiario.es/politica/marchena-descubre-violencia-golpismo-proces-le-interesa_129_11546874.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pas&oacute; a ser algo m&aacute;s siniestro.</a> De repente, ve&iacute;an el golpe por todos los lados. En nueve ocasiones diferentes, mencionaban la palabra 'golpistas', como si quisieran certificar con retraso todos los an&aacute;lisis de la derecha pol&iacute;tica sobre el proc&eacute;s. 
    </p><p class="article-text">
        En el auto incluyeron valoraciones claramente pol&iacute;ticas, como las cr&iacute;ticas al Gobierno por pactar la amnist&iacute;a a cambio del apoyo parlamentario de los siete diputados de Junts, calcando de esta manera el argumentario del PP.
    </p><p class="article-text">
        En su decisi&oacute;n del jueves, los magistrados del TJUE no aceptan que la amnist&iacute;a fuera un simple producto de una negociaci&oacute;n con la que obtener la investidura de Pedro S&aacute;nchez. La conciben como &ldquo;un instrumento adecuado para apaciguar un conflicto pol&iacute;tico o social mayor&rdquo;. Es decir, una forma de hacer pol&iacute;tica para resolver un conflicto que desde luego es discutible o criticable, pero que no puede ser un delito. Es posible escuchar el rechinar de dientes de los jueces al leer esa frase. 
    </p><p class="article-text">
        El frenazo del Supremo a la amnist&iacute;a fue el momento clave de la legislatura. La posible vuelta de Puigdemont a Catalunya qued&oacute; congelada en el tiempo y las relaciones del PSOE con Junts nunca se recuperaron. Y por eso no se han aprobado presupuestos en estos cerca de tres a&ntilde;os. La derecha judicial sab&iacute;a que ten&iacute;a un papel que cumplir en esta confrontaci&oacute;n pol&iacute;tica y eso fue lo que ocurri&oacute;.
    </p><p class="article-text">
        Y lo que sigue ocurriendo. No importa cu&aacute;ntas derrotas judiciales sufran en Europa esos jueces (ah&iacute; quien ha encajado todas las goleadas ha sido Pablo Llarena). Siempre se puede afirmar que la guerra no ha terminado. La asociaci&oacute;n conservadora Francisco de Vitoria &ndash;que es de derechas, pero no tan de derechas como la APM&ndash; difundi&oacute; un comunicado para afirmar que <a href="https://x.com/JuecesAJFV/status/2077701177928511996" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;la sentencia no avala</a> una aplicaci&oacute;n autom&aacute;tica ni incondicionada de la amnist&iacute;a&rdquo; (el TJUE dice lo contrario). &ldquo;Los actos que hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos siguen quedando excluidos de la amnist&iacute;a&rdquo;, dicen en coherencia con su filosof&iacute;a de que el proc&eacute;s fue un golpe de Estado como nunca lo ha habido en Espa&ntilde;a.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la asociaci&oacute;n recuerda al Tribunal Constitucional que &ldquo;en ning&uacute;n caso puede actuar como una instancia de casaci&oacute;n del Tribunal Supremo&rdquo;. En otras palabras, que ni se le ocurra dictaminar que Puigdemont y Junqueras pueden ser amnistiados. La palabra del Supremo no se discute. La derecha judicial sabe que convirti&oacute; esta legislatura en una v&iacute;a muerta y de ning&uacute;n modo va a aceptar que los jueces de Luxemburgo o los miembros del Constitucional le arrebaten la victoria en el &uacute;ltimo minuto. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iñigo Sáenz de Ugarte]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/sentencia-europea-dice-marchena-tribunal-supremo_129_13384744.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Jul 2026 19:44:00 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Lo que la sentencia europea nos dice de Marchena y del Tribunal Supremo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Justicia,Amnistía,Tribunal Supremo,Manuel Marchena,Catalunya,TJUE - Tribunal de Justicia de la Unión Europea]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Comisión Europea llama la atención a España por los casos de corrupción]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/comision-europea-llama-atencion-espana-casos-corrupcion_1_13386038.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/abe7b621-5578-4178-af5f-4174fbc8d049_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x993y440.jpg" width="1200" height="675" alt="La Comisión Europea llama la atención a España por los casos de corrupción"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El informe sobre el Estado de Derecho de la Unión Europea pide al Gobierno español acelerar las reformas en la lucha contra la corrupción y para preservar la independencia judicial </p><p class="subtitle">La Audiencia de Madrid avala a Peinado y ordena juzgar a Begoña Gómez ante un jurado pero le devuelve el pasaporte
</p></div><p class="article-text">
        Llamada de atenci&oacute;n de la Comisi&oacute;n Europea a Espa&ntilde;a por los casos de corrupci&oacute;n y la independencia del poder judicial. En el informe anual que elabora la instituci&oacute;n europea sobre el Estado de Derecho, que va a ser presentado este viernes, se reprende al Gobierno de Pedro S&aacute;nchez por los limitados avances en la lucha contra la corrupci&oacute;n, seg&uacute;n ha adelantado Politico.  
    </p><p class="article-text">
        Para Bruselas, el proyecto de Ley de Integridad P&uacute;blica y el Plan Estatal contra la Corrupci&oacute;n no han tenido una aplicaci&oacute;n eficaz y se le pide al Ejecutivo que haga un esfuerzo por la implementaci&oacute;n de medidas para reducir los casos de corrupci&oacute;n. En este sentido se recuerda que es necesario la creaci&oacute;n de un organismo supervisor independiente con competencias efectivas de investigaci&oacute;n y sanci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Hace un mes, El <a href="https://www.eldiario.es/temas/tribunal-supremo/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Supremo</a> conden&oacute; a 24 a&ntilde;os y tres meses de c&aacute;rcel al exministro de Transportes y ex secretario de Organizaci&oacute;n del PSOE, <a href="https://www.eldiario.es/temas/jose-luis-abalos/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Jos&eacute; Luis &Aacute;balos</a>, por el conocido como 'caso Mascarillas' de corrupci&oacute;n. El tribunal tambi&eacute;n impone 19 a&ntilde;os y 8 meses de prisi&oacute;n a su antiguo asesor, <a href="https://www.eldiario.es/temas/koldo-garcia/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Koldo Garc&iacute;a</a>, y cuatro a&ntilde;os y medio a <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-justifica-suspension-pena-jefe-trama-victor-aldama-ano-servicios-comunidad-repara-mal-causado_1_13323142.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">V&iacute;ctor de Aldama</a>. 
    </p><p class="article-text">
        El informe sobre el Estado de Derecho hace una llamada especial para el endurecimiento de las normas sobre conflictos de intereses y de los requisitos de declaraci&oacute;n de bienes de los altos cargos p&uacute;blicos. 
    </p><p class="article-text">
        El an&aacute;lisis de la Comisi&oacute;n Europea llega la misma semana en la que un tribunal ha <a href="https://www.eldiario.es/extremadura/politica/audiencia-badajoz-condena-hermano-pedro-sanchez-nueve-anos-inhabilitacion-ejercer-cargo-publico-contrato-diputacion_1_13377235.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">condenado al hermano del presidente Pedro S&aacute;nchez a nueve a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n</a> al considerarlo autor de un delito de prevaricaci&oacute;n por su contrataci&oacute;n en la Diputaci&oacute;n en 2017 como coordinador de los conservatorios pacenses o cuando  la Audiencia Provincial de Madrid ha acordado avalar la decisi&oacute;n del juez Juan Carlos Peinado de que <a href="https://www.eldiario.es/politica/audiencia-madrid-avala-peinado-ordena-juzgar-begona-gomez-tribunal-jurado-delitos_1_13380532.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el caso abierto en 2024 contra Bego&ntilde;a G&oacute;mez, la esposa del presidente del Gobierno</a>, siga por el procedimiento de jurado popular para determinar si es culpable de tr&aacute;fico de influencias y malversaci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Tanto el presidente del Gobierno como varios ministros han comentado que los procedimientos judiciales en torno a los familiares de Pedro S&aacute;nchez tienen m&aacute;s que ver con motivaciones pol&iacute;ticas y actuaciones  de <em>lawfare</em> (utilizaci&oacute;n de la justicia con fines pol&iacute;ticos) por parte de los jueces.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, Bruselas respalda, como ha hecho la Comisi&oacute;n de Venecia (&oacute;rgano consultivo independiente del Consejo de Europa), que la elecci&oacute;n de los doce vocales del Consejo General del Poder Judicial sea por parte de los jueces, sin pasar por el Parlamento.
    </p><p class="article-text">
        Respecto a la independencia judicial, el informe destaca como positivo el proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal, que otorga al fiscal la instrucci&oacute;n de los delitos tal y como ocurre en la mayor&iacute;a de pa&iacute;ses europeos, y la limitaci&oacute;n de la acci&oacute;n popular, restringiendo los delitos que pueda ejercer esta acusaci&oacute;n, aunque esta norma sigue en la C&aacute;mara Baja sin posibilidad de aprobarse.
    </p><p class="article-text">
        En el informe tambi&eacute;n se&ntilde;ala que el proyecto de ley destinado a aumentar la transparencia de las actividades de <em>lobby</em> sigue sin ser aprobado por el Congreso y que, consecuentemente, no hay avances en en la reforma de la regulaci&oacute;n de los grupos de presi&oacute;n en Espa&ntilde;a. La Comisi&oacute;n Europea ya hab&iacute;a pedido a Espa&ntilde;a que era urgente la creaci&oacute;n de un registro p&uacute;blico de car&aacute;cter obligatorio para los lobistas.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rodrigo Ponce de León]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/comision-europea-llama-atencion-espana-casos-corrupcion_1_13386038.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Jul 2026 15:50:11 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Comisión Europea llama la atención a España por los casos de corrupción]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Comisión Europea,Pedro Sánchez,Justicia,Corrupción,Poder Judicial,Fiscales,Estado de derecho]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[A juicio un empresario por la difusión de un informe médico de la consejera de Turismo de El Hierro]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/juicio-empresario-difusion-informe-medico-consejera-turismo-hierro_1_13385023.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/2538e9cf-d076-425c-b52f-cbb8b1a1a229_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x364y145.jpg" width="1200" height="675" alt="A juicio un empresario por la difusión de un informe médico de la consejera de Turismo de El Hierro"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El acusado aportó un informe médico de la víctima a un escrito dirigido al Cabildo en el que pedía su dimisión </p></div><p class="article-text">
        La Plaza n.&ordm;1 del Tribunal de Instancia de Valverde, en El Hierro, ha acordado la apertura de juicio oral contra el empresario investigado desde el pasado mayo por la presunta revelaci&oacute;n de los datos m&eacute;dicos de la consejera de Turismo del Cabildo de El Hierro, Mar&iacute;a del Mar Su&aacute;rez Armas, despu&eacute;s de que la Fiscal&iacute;a presentara escrito de acusaci&oacute;n por un delito de revelaci&oacute;n de secretos.
    </p><p class="article-text">
        En el auto, fechado el 3 de julio, el juez Antonio Mazuecos -actualmente en otro destino, pues cubr&iacute;a la plaza temporalmente- se&ntilde;ala que el Ministerio Fiscal ha solicitado la apertura de juicio oral, acusando al investigado por un presunto delito de revelaci&oacute;n de secretos, y considera que &ldquo;las actuaciones ofrecen m&eacute;ritos suficientes para exigir responsabilidad a determinadas personas que se concretan en la acusaci&oacute;n&rdquo;, por lo que &ldquo;procede acordar dicha apertura&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La resoluci&oacute;n, fechada a 3 de julio, mantiene la situaci&oacute;n de libertad provisional del acusado y le requiere para que preste una fianza de 5.000 euros destinada a asegurar las eventuales responsabilidades pecuniarias que pudieran imponerle. Asimismo, determina que el &oacute;rgano competente para el enjuiciamiento ser&aacute; la Secci&oacute;n Penal del Tribunal de Instancia de Santa Cruz de Tenerife.
    </p><h2 class="article-text"><strong>Se querell&oacute; contra la consejera</strong></h2><p class="article-text">
        La causa tiene su origen en unos hechos ocurridos el pasado mes de mayo. Seg&uacute;n la investigaci&oacute;n judicial, el acusado, propietario de un conocido y emblem&aacute;tico hotel en la Isla, obtuvo un informe m&eacute;dico de la consejera que hab&iacute;a sido incorporado por ella a un procedimiento judicial relacionado con una querella por injurias y calumnias y, posteriormente, lo present&oacute; junto a una solicitud registrada en el Cabildo de El Hierro en la que ped&iacute;a la dimisi&oacute;n de la responsable insular.
    </p><p class="article-text">
        En el auto por el que el juez acord&oacute; transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado ya se recog&iacute;a de forma indiciaria que el investigado, &ldquo;lejos de hacer un uso responsable de la documentaci&oacute;n que le fue entregada, destin&aacute;ndola a la defensa de sus pretensiones en aquel procedimiento&rdquo;, la present&oacute; en el registro general del Cabildo, &ldquo;dejando as&iacute; al descubierto todos los datos m&eacute;dicos de las patolog&iacute;as que padece la denunciante&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La investigaci&oacute;n tambi&eacute;n concluy&oacute; que la solicitud fue registrada utilizando el certificado digital del investigado y que las diligencias practicadas permitieron vincular la direcci&oacute;n IP empleada con una l&iacute;nea telef&oacute;nica contratada a su nombre. Adem&aacute;s, el &oacute;rgano judicial apreci&oacute; indicios de que la documentaci&oacute;n m&eacute;dica pudo quedar al alcance de distintos empleados p&uacute;blicos del Cabildo, al incorporarse al expediente administrativo correspondiente. 
    </p><p class="article-text">
        Tras finalizar la instrucci&oacute;n, la autoridad judicial apreci&oacute; indicios suficientes de un presunto delito de revelaci&oacute;n de secretos y dio traslado de las actuaciones a la Fiscal&iacute;a, que finalmente interes&oacute; la apertura de juicio oral, ahora acordada por el instructor.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Canarias Ahora]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/juicio-empresario-difusion-informe-medico-consejera-turismo-hierro_1_13385023.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Jul 2026 11:03:04 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[A juicio un empresario por la difusión de un informe médico de la consejera de Turismo de El Hierro]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Justicia,El Hierro,Canarias]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Hallan cuatro cuerpos de represaliados por el franquismo en la fosa común de Beira, en Carral (A Coruña)]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/hallan-cuatro-cuerpos-represaliados-franquismo-fosa-comun-beira-carral-coruna_1_13383312.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/ec9c8f47-f284-49fb-9f71-7bfe077d3e50_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x861y255.jpg" width="1200" height="675" alt="Hallan cuatro cuerpos de represaliados por el franquismo en la fosa común de Beira, en Carral (A Coruña)"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Las investigaciones apuntan que fueron enterradas, como mínimo, 18 personas asesinadas en la zona</p><p class="subtitle">97 en Boisaca, 190 en Serantes, 18 en Beira: las tres fosas con víctimas del fascismo que investigará la Universidade de Santiago</p></div><p class="article-text">
        La intervenci&oacute;n en busca de v&iacute;ctimas del franquismo en la fosa com&uacute;n de Beira, en Carral (A Coru&ntilde;a), ha hallado un total de cuatro cuerpos. Esta actuaci&oacute;n, impulsada por la Diputaci&oacute;n de A Coru&ntilde;a en el marco de un convenio con el grupo Histagra de la Universidade de Santiago, ha presentado este mi&eacute;rcoles los resultados de la primera cata arqueol&oacute;gica en la que se han localizado los primeros restos humanos en estas fosas de la violencia franquista.
    </p><p class="article-text">
        La exhumaci&oacute;n del primer individuo ya ha sido realizada y presenta signos de violencia, a la espera del an&aacute;lisis forense y gen&eacute;tico que permitir&aacute; avanzar en la identificaci&oacute;n de v&iacute;ctimas. Las investigaciones hist&oacute;ricas indican que en el entorno de la iglesia de Beira fueron enterradas, como m&iacute;nimo, 18 personas asesinadas.
    </p><p class="article-text">
        Los hallazgos realizados son coherentes con la informaci&oacute;n recopilada en el estudio hist&oacute;rico previo, realizado por el historiador Xurxo Antelo, lo que refuerza la hip&oacute;tesis sobre la localizaci&oacute;n de la fosa. En esta fase de la investigaci&oacute;n se est&aacute; contando con la colaboraci&oacute;n de varios familiares de las v&iacute;ctimas, cuya participaci&oacute;n ser&aacute; fundamental para hacer posible la identificaci&oacute;n mediante la comparaci&oacute;n de las muestras de ADN.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Restituir la verdad y la dignidad&rdquo;</h2><p class="article-text">
        La diputada de Dereitos Civ&iacute;s, Sol Agra; el alcalde de Carral, Jos&eacute; Lu&iacute;s Fern&aacute;ndez Mouri&ntilde;o; el arque&oacute;logo forense Edgard Camar&oacute;s (USC-Cispac); el historiador Xurxo Antelo (USC-Cispac); miembros de familias de las v&iacute;ctimas y la asociaci&oacute;n Cultura Aberta de Carral han expuesto este mi&eacute;rcoles los detalles de la campa&ntilde;a arqueol&oacute;gica. Los trabajos est&aacute;n coordinados por el grupo Histagra que dirigen Lourenzo Fern&aacute;ndez Prieto y Antonio M&iacute;guez Macho. As&iacute;, Sol Agra subraya que &ldquo;la localizaci&oacute;n de estos primeros cuerpos representa un paso muy importante en un proceso que busca restituir la verdad y la dignidad de las personas que fueron asesinadas por el golpe de Estado fascista de 1936 y la posterior represi&oacute;n franquista y de sus familias&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No es posible hacer justicia con las v&iacute;ctimas porque nunca se pudo juzgar a los asesinos, pero encontrar los restos de los asesinados y devolv&eacute;rselos a sus familias para que puedan enterrarlos dignamente es un acto de reparaci&oacute;n. Es una anomal&iacute;a democr&aacute;tica que vivamos rodeados de fosas llenas de desaparecidos, que nunca se buscaron, cuando ya van all&aacute; m&aacute;s de 50 a&ntilde;os de la muerte del dictador Franco&rdquo;, advierte.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Galicia]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/galicia/hallan-cuatro-cuerpos-represaliados-franquismo-fosa-comun-beira-carral-coruna_1_13383312.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 15 Jul 2026 16:46:50 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Hallan cuatro cuerpos de represaliados por el franquismo en la fosa común de Beira, en Carral (A Coruña)]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Galicia,Fosas comunes,Memoria Histórica,Justicia,Franquismo,Fascismo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La condena a David Sánchez: ¿Qué broma es esta?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/condena-david-sanchez-broma_129_13380531.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e00c57c0-2216-4ef8-a7ae-a85cb8a9a80d_16-9-discover-aspect-ratio_default_1147442.jpg" width="4081" height="2296" alt="La condena a David Sánchez: ¿Qué broma es esta?"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Aplíquense el argumento: una administración pública saca un puesto de trabajo, se presentan y se lo dan, sin que hayan hecho uso de enchufes, influencias o favores. Luego resulta que el concurso es ilegal, o le faltaba un papel a la relación de puestos de trabajo y todo se anula. Vale, de acuerdo. ¿Pero condenarles a ustedes como delincuentes por haberse presentado?</p></div><p class="article-text">
        Resulta doloroso intentar leer la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Badajoz contra David S&aacute;nchez; no solo porque cuesta trabajo hilar el discurso de una resoluci&oacute;n tan triste sino, sobre todo, porque al profundizar en su lectura comienzan a entreverse las tensiones de un argumentario forzado que dif&iacute;cilmente se sostiene. 
    </p><p class="article-text">
        Empezando por el final, el fallo estaba descontado de antemano. Despu&eacute;s de toda la tormenta y el estropicio medi&aacute;tico, puesta la UCO en la picota, era absolutamente imposible que la Audiencia dejara a David S&aacute;nchez sin condena; sin embargo, la falta de pruebas y la deriva de un proceso claramente dirigido han obligado a los magistrados a un ejercicio de contorsionismo procesal que lastra la coherencia del relato. 
    </p><p class="article-text">
        Qued&eacute;monos con los hechos declarados probados: la sentencia se centra en tres decisiones a las que otorga autonom&iacute;a jur&iacute;dica como delitos independientes, aunque en realidad parecen relativamente vinculadas entre s&iacute;. Ve&aacute;moslas brevemente. En primer lugar, tendr&iacute;amos la contrataci&oacute;n de David S&aacute;nchez como coordinador de actividades de los conservatorios de Badajoz; se saca la plaza, concurren diversas personas y termina adjudicada al acusado en mayo de 2017. Este es el hecho, puro y simple. Y aqu&iacute; viene la primera sorpresa: la sentencia descarta que David S&aacute;nchez o alguien de su entorno influyera en esta decisi&oacute;n, dejando en el aire que su contrataci&oacute;n fue un designio de favorecer a quien era el hermano de &ldquo;una figura pol&iacute;tica se&ntilde;era y futuro secretario general del PSOE&rdquo;. Se&ntilde;era, dicen; o sea, en aquel momento el hermano de nadie. La sentencia, de forma no necesariamente compatible con lo anterior, recordar&aacute; que Miguel &Aacute;ngel Gallardo hab&iacute;a apoyado a Susana D&iacute;az en el proceso de primarias del Partido Socialista, as&iacute; que ya ven ustedes el designio. Imaginen lo que hubiera pasado de haber apoyado, por casualidad, a Pedro S&aacute;nchez. 
    </p><p class="article-text">
        En fin, se descarta el tr&aacute;fico de influencias, y esto es fundamental. La ausencia de influencias il&iacute;citas condiciona decisivamente el resto del texto condenatorio, del que destacan evidencias de descargo. Por ejemplo, la sentencia no hace ni la menor menci&oacute;n a la posibilidad de que alguna otra de las personas que se presentaron a la plaza tuvieran un curr&iacute;culum igual o superior al presentado por David S&aacute;nchez, que acept&oacute; el puesto &ldquo;una vez terminado un m&aacute;ster en Mil&aacute;n tras una estancia en San Petersburgo&rdquo; para terminar en Badajoz. Bien pudo imaginar que ganar&iacute;a el concurso. La uni&oacute;n de estos dos datos (no hubo influencias externas y no consta que otro se mereciera el puesto por encima del acusado) deja la acusaci&oacute;n de prevaricaci&oacute;n en el aire. &iquest;Por qu&eacute; estuvo mal contratarlo? La sentencia se descuelga con argumentos de puro estropicio: chismes de gente y alg&uacute;n empleado que entend&iacute;a que era preferible ampliar el horario de la biblioteca que contratar a un director que ven&iacute;a de Rusia. Sostiene la sentencia que la plaza era &ldquo;innecesaria y vac&iacute;a de contenido&rdquo; porque esta labor de coordinaci&oacute;n la realizaba, no se lo pierdan, &ldquo;el propio profesorado de los conservatorios, en horas no lectivas sin cobrar emolumento alguno&rdquo; (sic). Este es el nivel. La sentencia reconoce que a&ntilde;os atr&aacute;s hab&iacute;a un funcionario que se ocupaba de estos menesteres pero era, dice, de &ldquo;inferior categor&iacute;a&rdquo;. Por cierto, la sentencia, con lo larga que es, no nos aclara el salario de David S&aacute;nchez; muy probablemente no ganaba m&aacute;s que los magistrados que lo han condenado. Pero no nos confundamos: aunque alguien crea mejor contratar a un bibliotecario, la decisi&oacute;n de qu&eacute; puestos p&uacute;blicos sacar es una opci&oacute;n de gesti&oacute;n pol&iacute;tica, donde la justicia penal no deber&iacute;a intervenir, cuando el candidato parece el mejor y nadie ha promovido con influencias il&iacute;citas su contrataci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El segundo hecho recogido en la sentencia es muy curioso: seg&uacute;n parece, David S&aacute;nchez no se qued&oacute; con los brazos cruzados cobrando su paguita por no hacer nada, sino que, fruto de sus &ldquo;inquietudes&rdquo; (t&eacute;rmino que se repite hasta cinco veces), se fue embarcando en un importante proyecto cultural de &oacute;pera en Badajoz, denominado &ldquo;&Oacute;pera Joven&rdquo;. De nuevo, la sentencia destaca por lo que no dice: no dice que este proyecto fuera un embuste ni un enga&ntilde;o, ni cuestiona su valor cultural. Por el contrario, se deduce que se trata de una iniciativa real que podr&iacute;a tener cierto inter&eacute;s, incluso para aquellos que sue&ntilde;an con bibliotecarios. Ante esta circunstancia, y de manera que parece correcta, la Diputaci&oacute;n decidi&oacute; incorporar esta iniciativa, vinculada a la &oacute;pera, al puesto de trabajo de David S&aacute;nchez y a las competencias que desempe&ntilde;aba. Visto desde fuera, y sin haber le&iacute;do m&aacute;s que la sentencia, no parece haber nada malo en ello. 
    </p><p class="article-text">
        La sentencia insistir&aacute;, de nuevo, en que para esta modificaci&oacute;n de competencias, con el cambio de nombre que llev&oacute; aparejado, no hay pruebas de que el acusado David S&aacute;nchez haya realizado ning&uacute;n tipo de prevalimiento sobre terceros. Tampoco hay tr&aacute;fico de influencias. De hecho, ni siquiera se dir&aacute; en ning&uacute;n lado de la sentencia que la idea del cambio de nombre de la plaza, para incluir lo que David S&aacute;nchez ya estaba haciendo, fuera del propio acusado. El delito est&aacute;, seg&uacute;n la sentencia, en que David S&aacute;nchez, llevado por sus inquietudes, empez&oacute; a hacer cosas que no se correspond&iacute;an con el puesto para el que le hab&iacute;an contratado. Hay cosas que en Espa&ntilde;a te matan. La sentencia no aclara, por fortuna, lo que deber&iacute;a haber hecho la Diputaci&oacute;n de Badajoz al advertir que un empleado suyo estaba gestionando llevar &oacute;pera a Badajoz. &iquest;Ser&iacute;a m&aacute;s propio despedirlo, tal vez decirle que no lo hiciera? &iquest;O no es m&aacute;s correcto, y en todo caso una opci&oacute;n de gesti&oacute;n p&uacute;blica, incorporar esa labor a su cometido profesional, sobre todo cuando, repito, no consta nadie mejor dotado para la labor y no consta prevalimiento de influencias? 
    </p><p class="article-text">
        Y el tercer hecho que la sentencia tiene por prevaricador es la contrataci&oacute;n por la Diputaci&oacute;n de un antiguo colaborador de David S&aacute;nchez en proyectos oper&iacute;sticos para que le ayudase en su labor. La sentencia reiterar&aacute;, por tercera vez, que tampoco en relaci&oacute;n con este puesto de trabajo se han acreditado presiones o influjos de nadie sobre los responsables de sacarlo a la luz. Y de nuevo, el contrato es real, con un cometido acreditado con documentaci&oacute;n y comunicaciones, que nos hablan de coordinaci&oacute;n de proyectos, planificaci&oacute;n y confecci&oacute;n de presentaciones; no consta que el colaborador se fuera a Badajoz a vivir de parranda. Tambi&eacute;n se aclara, por si las dudas, que sacada la plaza a concurso no se present&oacute; nadie m&aacute;s que este colaborador, a quien le adjudicaron el puesto y se puso a trabajar para la Diputaci&oacute;n. Francamente, no se termina de ver la prevaricaci&oacute;n por ning&uacute;n lado: no consta que nadie le haya enchufado, no consta que se haya aprovechado de alguna suerte de ventaja indebida frente a ning&uacute;n otro que se hubiera presentado. 
    </p><p class="article-text">
        Cuando la sentencia llega al fin, despu&eacute;s de repetir menudencias y contradicciones durante trescientos cincuenta folios, con p&aacute;ginas y p&aacute;ginas de jurisprudencia al uso, se da cuenta de algo grotesco: se han olvidado de David S&aacute;nchez. Porque, claro, si no hay influencia, si no hay prevalimiento, si nadie ha hablado con el presidente de la Diputaci&oacute;n para que saque el puesto al herman&iacute;simo, ni para que ampl&iacute;e sus competencias cambi&aacute;ndole el nombre al puesto, entonces &iquest;c&oacute;mo condenar a David S&aacute;nchez? Y aqu&iacute; viene el rel&aacute;mpago de la guinda, en apenas un folio: ha de ser condenado porque &ldquo;se present&oacute; a la convocatoria&rdquo;. &iquest;Qu&eacute; les parece? Es un delincuente porque se present&oacute; al puesto y, cuando se lo dieron, orient&oacute; &ldquo;sus inquietudes personales... a actividades oper&iacute;sticas&rdquo; con el programa &ldquo;&Oacute;pera Joven&rdquo;, &iquest;qui&eacute;n le mandar&iacute;a? Esta orientaci&oacute;n motiv&oacute; un cambio de nomenclatura en su puesto de trabajo; un cambio de nombre que el acusado no interes&oacute;, pero que &ldquo;consinti&oacute;&rdquo; il&iacute;citamente. Menudo atropello.  
    </p><p class="article-text">
        Apl&iacute;quense el argumento a ustedes mismos; una administraci&oacute;n p&uacute;blica saca un puesto de trabajo, se presentan y se lo dan, sin que hayan hecho uso de enchufes, influencias o favores. A&ntilde;adamos, por forzar el alegato, que ustedes ya imaginan que les van a dar la plaza porque no hay nadie con m&aacute;s curr&iacute;culum que el suyo. Luego resulta que el concurso es ilegal, o le faltaba un papel a la relaci&oacute;n de puestos de trabajo y todo se anula. Vale, de acuerdo. &iquest;Pero condenarles a ustedes como delincuentes por haberse presentado? &iquest;Qu&eacute; broma es esta? 
    </p><p class="article-text">
        En fin, la sentencia no da para mucho m&aacute;s. Por una parte, rezuma de su tenor un trasfondo oscuro de rencillas y puestos consolidados, de aroma antiguo, privilegios y rencores de negociado. Pero no solo eso: los magistrados son bien conscientes de lo que est&aacute; cayendo en Madrid, as&iacute; que dedicaron un cap&iacute;tulo, muy previsible, a glosar y gloriar lo &ldquo;sumamente ilustrativa para este Tribunal (que) fue la declaraci&oacute;n testifical-pericial del Teniente Coronel&rdquo;. Es curioso, aunque ya lugar com&uacute;n, tener a los miembros de la UCO por peritos, cuando la sentencia no se detiene en valorar qu&eacute; conocimientos especializados tendr&iacute;an sus miembros. Y m&aacute;s curioso cuando, a la hora de ningunear la pericia de la defensa, la sentencia se permite decir que no puede convertirse a un perito &ldquo;en una suerte de pseudoponente con capacidad decisoria para determinar de forma implacable el criterio judicial&rdquo;. Pues eso es precisamente lo que han hecho: advirtiendo que la UCO necesitaba en este momento un respaldo expl&iacute;cito, se lo han dado condenando a un inocente.
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
            <iframe src="https://omny.fm/shows/un-tema-al-dia/por-qu-han-condenado-exactamente-al-hermano-de-pedro-s-nchez/embed?media=audio&size=wide&style=cover" allow="autoplay; clipboard-write; fullscreen" allowfullscreen width="100%" height="180" frameborder="0" title="¿Por qué han condenado exactamente al hermano de Pedro Sánchez?"></iframe>
    </figure>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Carlos López-Keller]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/condena-david-sanchez-broma_129_13380531.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 14 Jul 2026 20:01:59 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La condena a David Sánchez: ¿Qué broma es esta?]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[David Sánchez,Corrupción,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Una sentencia a la medida de Agatha Christie]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/sentencia-medida-agatha-christie_129_13379830.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e00c57c0-2216-4ef8-a7ae-a85cb8a9a80d_16-9-discover-aspect-ratio_default_1147442.jpg" width="4081" height="2296" alt="Una sentencia a la medida de Agatha Christie"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los magistrados que condenan a David Sánchez por prevaricación no tienen problemas en confesar que también lo creían culpable por tráfico de influencias, pero que no encontraron las pruebas. Además, elogian al teniente coronel Antonio Balas por su aportación "sumamente ilustrativa"</p><p class="subtitle">Claves de una condena extraña a David Sánchez: inhabilitado por prevaricación sin pruebas sólidas de tráfico de influencias</p></div><p class="article-text">
        Todos los sospechosos eran culpables. Todos ten&iacute;an motivos para asesinar a Ratchett. Esa fue la conclusi&oacute;n a la que lleg&oacute; H&eacute;rcules Poirot en la novela <em>Asesinato en el Orient Express,</em> de Agatha Christie. No es probable que <a href="https://www.eldiario.es/extremadura/consulta-integra-sentencia-caso-david-sanchez-hermano-presidente_1_13378172.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la sentencia contra David S&aacute;nchez</a> alcance tal nivel de notoriedad. Lo que s&iacute; es cierto es que el tribunal de la Audiencia de Badajoz ha llegado a una conclusi&oacute;n no tan diferente. <a href="https://www.eldiario.es/extremadura/politica/audiencia-badajoz-condena-hermano-pedro-sanchez-nueve-anos-inhabilitacion-ejercer-cargo-publico-contrato-diputacion_1_13377235.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Todos los acusados son culpables</a> del delito de prevaricaci&oacute;n administrativa, con una pena de nueve a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n, en el caso del puesto de S&aacute;nchez, aunque no del delito de tr&aacute;fico de influencias. No hay pruebas de que nadie les presionara para tomar esas decisiones. Es algo que simplemente ocurri&oacute;. 
    </p><p class="article-text">
        En la novela, los responsables ten&iacute;an un m&oacute;vil que explicaba sus actos, la venganza contra Ratchett. La sentencia sostiene que el m&oacute;vil consist&iacute;a en favorecer al principal acusado. Los jueces llegan a esa conclusi&oacute;n citando a los agentes de la UCO que declararon en el juicio, encabezados por el teniente coronel Antonio Balas: &ldquo;De todo lo anterior, deducen inequ&iacute;vocamente que la plaza fue creada para una persona determinada: Don David S&aacute;nchez P&eacute;rez-Castej&oacute;n&rdquo;. Otro juicio en que las deducciones del jefe de la unidad de delitos econ&oacute;micos de la UCO acaban incorporadas a la sentencia, como sucedi&oacute; en el del fiscal general. El tribunal quiso remarcarlo escribiendo que la aportaci&oacute;n de Balas fue &ldquo;sumamente ilustrativa&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los jueces de Badajoz optaron por una decisi&oacute;n que quiere ser vista como salom&oacute;nica. En su relato de los hechos que considera probados, pr&aacute;cticamente suscriben la versi&oacute;n de las acusaciones populares y la que ha mantenido el Partido Popular en los &uacute;ltimos dos a&ntilde;os al utilizar la investigaci&oacute;n en sus discursos en el Parlamento y en m&iacute;tines. Incluso en detalles que son escasamente relevantes, pero que aparecieron en muchos titulares, como el hecho de que S&aacute;nchez tuviera su residencia en Portugal desde 2021, y que no son delito. Pero no se atreven a condenar al acusado por tr&aacute;fico de influencias e imponerle una pena de prisi&oacute;n. Por el peque&ntilde;o detalle de que no tienen pruebas para dictar ese castigo. Nunca las hubo ni en la instrucci&oacute;n ni en la vista. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No ha quedado probado, por tanto, que persona o personas determinadas ejercieran presi&oacute;n o influencia sobre los acusados primeramente filiados, prevali&eacute;ndose del ejercicio de las facultades de un cargo o de cualquier otra situaci&oacute;n derivada de una relaci&oacute;n personal o jer&aacute;rquica con aquellos&rdquo;, dice la sentencia. A la vista de la sentencia, es un misterio por qu&eacute; nueve de los acusados &ndash;dejando a un lado a S&aacute;nchez y el presidente de la Diputaci&oacute;n, Miguel &Aacute;ngel Gallardo&ndash; tomaron unas decisiones que ahora les han costado una pena de nueve a&ntilde;os de inhabilitaci&oacute;n. Si fracasan sus recursos, perder&aacute;n sus empleos en la instituci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        Para los jueces, no hay dudas de que todos los funcionarios son culpables. Son m&uacute;ltiples los indicios, afirma la sentencia, que muestran &ldquo;con arreglo a las reglas de la l&oacute;gica y de la raz&oacute;n, que ninguno de los acusados era ajeno al plan delictivo ideado por las m&aacute;s altas instancias de la Diputaci&oacute;n de Badajoz y que actuaron de consuno, en connivencia, en ejecuci&oacute;n de un plan preconcebido&rdquo;. Su objetivo era crear &ldquo;en expresi&oacute;n castiza, un traje a medida al beneficiario de la plaza&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Si hab&iacute;a un plan ideado desde arriba con el que se orden&oacute; a tantos funcionarios que cumplieran &oacute;rdenes, es dif&iacute;cil explicar por qu&eacute; no se condena a Gallardo por tr&aacute;fico de influencias. Parece que &ldquo;la l&oacute;gica y la raz&oacute;n&rdquo; permiten trazar el retrato de un grupo dispuesto a delinquir, pero no condenar sin pruebas a su responsable. Una cosa es la literatura de una sentencia y otra, el C&oacute;digo Penal.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia dice que los condenados pusieron en marcha &ldquo;una plaza de empleo p&uacute;blico innecesaria y vac&iacute;a de contenido&rdquo;. Para justificar esta valoraci&oacute;n, se basan por ejemplo en la opini&oacute;n de un director de conservatorio que no cre&iacute;a necesario que se creara un puesto de coordinador que se ocupara de los dos conservatorios de Badajoz. Pocos funcionarios aceptan de buena gana que les pongan un jefe m&aacute;s por encima, al menos cuando reciben la primera comunicaci&oacute;n. Sin embargo, y para afirmar que S&aacute;nchez no realiz&oacute; las funciones por las que le pagaban, los magistrados no dan ning&uacute;n valor a las declaraciones como testigos de los tres directores en la primera jornada de la vista en las que defendieron la capacidad y el trabajo del m&uacute;sico. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La ayuda del coordinador vino muy bien&rdquo;, dijo Yolanda S&aacute;nchez (sin parentesco con el hermano del presidente). &ldquo;Estaba muy bien formado y capacitado para la plaza&rdquo;, continu&oacute;. En su momento, parec&iacute;a que ese primer d&iacute;a del juicio <a href="https://www.eldiario.es/extremadura/politica/primera-jornada-testigos-desmorona-relato-amano-plaza-hermano-sanchez_1_13266583.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hab&iacute;a sido muy malo para los intereses</a> de las acusaciones. No es as&iacute; si el tribunal decide ignorar esos testimonios, porque no sirven para condenar al acusado. 
    </p><p class="article-text">
        Los jueces admiten que hay un margen para la duda sobre si alguien presion&oacute; para que David S&aacute;nchez consiguiera ese puesto, si fue &eacute;l mismo, alguien de su entorno &ldquo;o si tal decisi&oacute;n se realiz&oacute; 'motu proprio' con el designio de favorecer al Sr. S&aacute;nchez P&eacute;rez-Castej&oacute;n por su relaci&oacute;n de parentesco con quien era una figura pol&iacute;tica se&ntilde;era y futuro Secretario General del PSOE, por reelecci&oacute;n en el cargo, a la saz&oacute;n D. Pedro S&aacute;nchez P&eacute;rez-Castej&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Resulta gracioso, quiz&aacute; hasta revelador, que los magistrados coloquen al presidente del Gobierno en este contexto. Las fechas no cuadran del todo. Cuando se cre&oacute; la plaza, noviembre de 2016, Pedro S&aacute;nchez ya no era secretario general del PSOE por su dimisi&oacute;n el 1 de octubre anterior. No present&oacute; su candidatura hasta el 28 de enero de 2017, cuando no era precisamente el favorito, tampoco para el PSOE extreme&ntilde;o que apoyaba a Susana D&iacute;az. Las primarias no se celebraron hasta mayo de 2017. El tribunal viaja al pasado porque sabe qui&eacute;n gan&oacute; esas primarias, lo que es una informaci&oacute;n que no ten&iacute;an en 2016 los responsables de convocar la plaza que finalmente cay&oacute; en manos del hermano del presidente.
    </p><p class="article-text">
        Puestos a lanzar hip&oacute;tesis o &ldquo;contrahip&oacute;tesis&rdquo;, como dice el texto &ndash;una decisi&oacute;n ins&oacute;lita en una sentencia que debe mostrar hechos probados y asignar penas en funci&oacute;n de ellos&ndash;, los jueces plantean que los acusados pudieron haber intentado &ldquo;congraciarse&rdquo; con Pedro S&aacute;nchez con el nombramiento de su hermano al haber apoyado antes a Susana D&iacute;az en las primarias. Y con esa sugerencia dan argumentos a los que quieran utilizar la sentencia para atacar al Gobierno. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;No sabemos, en suma, qui&eacute;n o qui&eacute;nes ejercieron presi&oacute;n o ascendencia sobre los responsables de realizar la tarea de torcimiento del Derecho, ni en qu&eacute; concretos actos se materializ&oacute; el influjo&rdquo;, dice la sentencia en el p&aacute;rrafo anterior a esa referencia a la contrahip&oacute;tesis. No lo saben, por eso no condenan por tr&aacute;fico de influencias, pero dan por hecho que esa presi&oacute;n existi&oacute;. Alg&uacute;n catedr&aacute;tico de Derecho Penal podr&iacute;a animarse a explicar a este tribunal que todo lo que no son hechos en una sentencia, no pasan de ser simples especulaciones.
    </p><p class="article-text">
        Todo esto no dejan de ser elementos secundarios en la mente de los jueces. No tienen problemas en se&ntilde;alar que existe &ldquo;la convicci&oacute;n de este Tribunal de que la prevaricaci&oacute;n cometida obedec&iacute;a al designio de favorecer por razones espurias a don David y don Luis Mar&iacute;a&rdquo;. Estaban seguros de que David S&aacute;nchez era culpable, quiz&aacute; incluso desde antes de que comenzara el juicio, de que exist&iacute;a un &ldquo;designio&rdquo;, un plan, destinado a beneficiarle. Desgraciadamente para sus convicciones, no encontraron pruebas con las que condenarle por esa conspiraci&oacute;n, es decir, por tr&aacute;fico de influencias. No fue porque no lo intentaran. 
    </p><figure class="embed-container embed-container--type-embed ">
    
            <iframe src="https://omny.fm/shows/un-tema-al-dia/por-qu-han-condenado-exactamente-al-hermano-de-pedro-s-nchez/embed?media=audio&size=wide&style=cover" allow="autoplay; clipboard-write; fullscreen" allowfullscreen width="100%" height="180" frameborder="0" title="¿Por qué han condenado exactamente al hermano de Pedro Sánchez?"></iframe>
    </figure>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Iñigo Sáenz de Ugarte]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/sentencia-medida-agatha-christie_129_13379830.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 14 Jul 2026 20:01:52 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Una sentencia a la medida de Agatha Christie]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[David Sánchez,Justicia,Badajoz]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Subijana inicia un segundo mandato al frente del Superior vasco y promete una Justicia más cercana]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/euskadi/subijana-inicia-segundo-mandato-frente-superior-vasco-promete-justicia-cercana_1_13379835.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/bcd9c423-3491-4c08-aafa-1657cdcad8f4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x427y168.jpg" width="1200" height="675" alt="Subijana inicia un segundo mandato al frente del Superior vasco y promete una Justicia más cercana"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Desea mejorar "de forma significativa" la accesibilidad del sistema de justicia, especialmente a las personas con diversidad funcional, la tercera edad y los niños y adolescentes</p><p class="subtitle">El Supremo da luz verde a la demolición del chalé de Aia de 11 habitaciones y 11 baños propiedad de una exedil del PNV</p></div><p class="article-text">
        El magistrado I&ntilde;aki Subijana ha tomado este martes posesi&oacute;n de su segundo mandato al frente del Tribunal Superior de Justicia del Pa&iacute;s Vasco (TSJPV). Y ha afirmado que el &ldquo;mayor reto&rdquo; para los siguientes cinco a&ntilde;os es mejorar &ldquo;de forma significativa&rdquo; la accesibilidad del sistema de justicia, especialmente a las personas con diversidad funcional, la tercera edad y los ni&ntilde;os y adolescentes.
    </p><p class="article-text">
        El acto ha contado con la presencia del lehendakari, Imanol Pradales, de la vocal territorial del Consejo General del Poder Judicial, Esther Erice, de la presidenta del Parlamento Vasco, Bakartxo Tejer&iacute;a, de la fiscal superior, Carmen Ad&aacute;n, de la delegada del Gobierno de Espa&ntilde;a, Marisol Garmendia, as&iacute; como de los consejero de Justicia y Derechos Humanos, Mar&iacute;a Jes&uacute;s San Jos&eacute;, y de Seguridad, Bingen Zupiria, del alcalde de Bilbao, Juan Mari Aburto, del titular del Ararteko, Mikel Mancisidor, y del recto de la EHU, Joxerramon Bengoetxea.
    </p><p class="article-text">
        En su discurso tras prometer su cargo, Subijana ha recordado que la actuaci&oacute;n de los jueces debe regirse &ldquo;siempre&rdquo; por la &ldquo;independencia, imparcialidad, mesura y responsabilidad&rdquo; para garantizar la &ldquo;confianza&rdquo; de las personas en la justicia. &ldquo;La justicia no puede ser ajena a las personas. Debe construirse desde, con y para las personas&rdquo;, ha descrito, informa Europa Press.
    </p><p class="article-text">
        El presidente del TSJPV ha resumido las l&iacute;neas maestras de su plan de actuaci&oacute;n y ha indicado que su &ldquo;mayor reto&rdquo; en el nuevo mandato ser&aacute; mejorar la accesibilidad al sistema judicial, especialmente de las personas con diversidad funcional, la tercera edad y los ni&ntilde;os/as y adolescentes. Subijana, que ha reiterado su apuesta por una justicia &ldquo;cercana y eficiente al servicio de las personas&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Asimismo, ha afirmado que es conveniente promover la elaboraci&oacute;n y la difusi&oacute;n de una gu&iacute;a sobre los derechos ling&uuml;&iacute;sticos de las personas en su relaci&oacute;n con la Administraci&oacute;n de Justicia &ldquo;conforme a las previsiones contenidas en la legalidad vigente&rdquo;. Ha considerado conveniente &ldquo;facilitar el impulso de las actuaciones en euskera en las oficinas de justicia municipal en los t&eacute;rminos previstos en la legislaci&oacute;n vigente, con especial referencia a las localidades con mayor presencia del euskera atendiendo al mapa socioling&uuml;&iacute;stico existente&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Euskadi]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/euskadi/subijana-inicia-segundo-mandato-frente-superior-vasco-promete-justicia-cercana_1_13379835.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 14 Jul 2026 19:46:12 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Subijana inicia un segundo mandato al frente del Superior vasco y promete una Justicia más cercana]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Euskadi,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Prisión provisional para un hombre por violar a una mujer semiinconsciente en Pamplona durante los Sanfermines]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/navarra/prision-provisional-hombre-violar-mujer-semiinconsciente-pamplona-durante-sanfermines_1_13380179.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/355d4f10-59eb-4685-8055-d459bcfd9fdd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0_x931y842.jpg" width="1200" height="675" alt="Prisión provisional para un hombre por violar a una mujer semiinconsciente en Pamplona durante los Sanfermines"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 10 de julio en un portal de la calle Estafeta</p><p class="subtitle">También se encuentra en prisión provisional el detenido por otra agresión sexual en Pamplona durante las fiestas</p></div><p class="article-text">
        El titular de la plaza n&uacute;mero 2 de la Secci&oacute;n de Violencia sobre la Mujer de Pamplona ha decretado este martes el ingreso en prisi&oacute;n provisional, comunicada y sin fianza de un hombre que fue detenido por la supuesta violaci&oacute;n a una mujer en estado de semiinconsciencia la madrugada del pasado d&iacute;a 10 de julio, durante los Sanfermines, en un portal de la calle Estafeta de la capital navarra.
    </p><p class="article-text">
        En la resoluci&oacute;n judicial, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial, el magistrado considera que existe riesgo de fuga por la pena contemplada en el C&oacute;digo Penal para este delito, entre 6 y 12 a&ntilde;os de prisi&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        La denunciante ha descrito c&oacute;mo esa madrugada, junto con un primo suyo y otro var&oacute;n que solo conoc&iacute;a de vista, estuvieron consumiendo alcohol, as&iacute; como &ldquo;una sustancia estupefaciente &mdash;tres rayas&mdash; que estos le ofrecieron&rdquo;. Seg&uacute;n ha relatado, adem&aacute;s de &ldquo;m&uacute;ltiples cervezas&rdquo;, consumieron una botella de Licor 43 a lo largo de su desplazamiento por el Casco Viejo de Pamplona.
    </p><p class="article-text">
        Una vez en las inmediaciones de un bar situado al final de la calle Estafeta, la mujer ha manifestado no recordar &ldquo;absolutamente nada&rdquo;. Fue encontrada en estado de semiinconsciencia sobre las 4:30 horas, postrada en las escaleras de acceso a la primera planta del portal n&ordm; 81 de esta calle.
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n el examen forense citado en el auto, la v&iacute;ctima arroj&oacute; a las 8:10 horas una tasa de alcoholemia de 2,21 g/l, &ldquo;con evidencia asimismo de restos de coca&iacute;na en orina&rdquo;. La facultativa interviniente, seg&uacute;n indica la resoluci&oacute;n judicial, apreci&oacute; &ldquo;malestar psicof&iacute;sico en la v&iacute;ctima, esto es, una circunstancia de caracter&iacute;sticas reactivas y congruentes con la situaci&oacute;n relatada&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Por su parte, el investigado ha declarado que, una vez en el interior del portal, fue la mujer quien le propuso mantener las relaciones. &ldquo;Le pregunt&eacute; si &iacute;bamos a hacerlo all&iacute;, le dije que ten&iacute;a novia, pero me dijo que lo hici&eacute;ramos all&iacute;&rdquo;, ha manifestado ante el magistrado.
    </p><p class="article-text">
        El imputado, seg&uacute;n reza la resoluci&oacute;n judicial, &ldquo;ha mantenido en todo momento que las relaciones sexuales subsiguientes fueron completas y consentidas por ambos, as&iacute; como que la [mujer] estuvo en todo momento consciente, conocedora y consentidora de las relaciones&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo, el juez sostiene que &ldquo;estas manifestaciones del investigado, quien abandon&oacute; el lugar mientras se hallaba semidesnuda la v&iacute;ctima, no resultan consistentes con el acreditado estado que esta presentaba, habiendo manifestado la [denunciante] no recordar momento alguno de la secuencia de los hechos investigados, lo cual ciertamente aparece corroborado por el examen m&eacute;dico practicado a la v&iacute;ctima unas horas despu&eacute;s&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Tras la declaraci&oacute;n del investigado, el magistrado ha emplazado a las partes a una comparecencia para la adopci&oacute;n de medidas cautelares. As&iacute;, la fiscal&iacute;a y la acusaci&oacute;n particular han solicitado el ingreso en prisi&oacute;n sin fianza, mientras que la defensa ha interesado la libertad provisional, con la adopci&oacute;n de medidas cautelares alternativas y menos gravosas.
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, el juez subraya que la gravedad de los hechos investigados, presuntamente constitutivos de una agresi&oacute;n sexual con penetraci&oacute;n, castigada con arreglo a los art&iacute;culos 178 y 179 del C&oacute;digo Penal con penas de 6 a 12 a&ntilde;os de prisi&oacute;n, determinan &ldquo;la pertinencia de la excepcional medida&rdquo; solicitada por las acusaciones, &ldquo;al objeto de conjurar el riesgo de fuga ante el horizonte penol&oacute;gico descrito, as&iacute; como de reportar tranquilidad y seguridad a la v&iacute;ctima&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Rodrigo Saiz]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/navarra/prision-provisional-hombre-violar-mujer-semiinconsciente-pamplona-durante-sanfermines_1_13380179.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 14 Jul 2026 15:34:28 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Prisión provisional para un hombre por violar a una mujer semiinconsciente en Pamplona durante los Sanfermines]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Agresiones sexuales,Violaciones,Justicia,Pamplona,Navarra,San Fermín,Sanfermines]]></media:keywords>
    </item>
  </channel>
</rss>
