La 'nueva' Audiencia de Cuentas continúa primando el “reconocido prestigio” sobre la cualificación

La modificación de la Ley de la Audiencia de Cuentas, con 28 años de vigencia, ha hecho caso omiso a las recomendaciones del Consejo Consultivo a la hora de establecer que la elección de los cinco consejeros auditores (que deberán ser renovados tras el paréntesis estival) no se basara meramente en su “reconocido prestigio”, sino que para ello se tuvieran en cuenta “requisitos técnicos, profesionales y de especialización”.

Una recomendación notoria si se tiene en cuenta que, según el nuevo texto legislativo, la Audiencia de Cuentas deberá “informar y recomendar buenas prácticas administrativas, contables y financieras como medio de prevención de la corrupción en el ámbito del sector púbico de la Comunidad Autónoma”.

Sin embargo, el Parlamento ha aprobado (con la abstención de Podemos), el texto que impulsaron CC, PSOE y PP en el que se obvia las recomendaciones del Consultivo, lo que ha llevado a la portavoz de la formación morada, Noemí Santana, a asegurar que “la modificación solo quiere parcherar la renovación de los puestos políticos, poniéndose de acuerdo los 3 partidos grandes para perpetuar las puertas giratorias”.

En este sentido, la enmienda a la totalidad, con texto alternativo, que presentó Podemos (y que fue rechazada por el resto del arco parlamentario) incidía en que el único auditor del órgano fiscalizador (pues la formación morada quería convertirlo en unipersonal y no colegiado) estuviera en “posesión de titulación universitaria superior, preferentemente en disciplinas jurídicas o económicas”, además de contar con “más de diez años de experiencia en las materias sobre las que versa la función del órgano fiscalizador”.

Asimismo, la formación morada establecía que no pudiese ser elegido nadie que “en los dos años inmediatamente anteriores haya tenido a su cargo la gestión, inspección o intervención de los ingresos y gastos del sector público de Canarias”, ni quienes “hayan sido perceptores de subvenciones o beneficiarios de avales o exenciones”.

Santana defendió “una Audiencia de Cuentas menos política y con más recursos” que no estuviera basada “en un reparto de sillones”, pero se quedó sola en la defensa de su texto alternativo.

Además, la formación morada , limitaba el mandato a “una duración de cinco años a contar desde el momento de efectividad de su elección” pudiendo “ser reelegido una sola vez”, mientras que el texto impulsado por CC, PSOE y PP no explicita ninguna cortapisa en este sentido.

“Hay algún alto cargo de la Audiencia de Cuentas que lleva más de 25 años en ese puesto”, insistió Santana.

Decisión arbitraria

Tampoco el nuevo texto acaba con la “decisión arbitraria”, tal y como aseguró la diputada de Nueva Canarias (NC) Esther González, de que los trabajadores de la Audiencia de Cuentas no sean considerados personal del Parlamento de Canarias, “con los mismos derechos, deberes e incompatibilidades”.

Tal y como recordó González en la tribuna de oradores, el personal de la Audiencia, órgano que depende del propio Parlamento, es el único que no es considerado como tal, mientras que sí lo son los de las instituciones del Diputado del Común, el Consejo Consultivo y el Comisionado de la Transparencia.

En este sentido, también la portavoz de Podemos puso de manifiesto que “el personal al servicio de la Audiencia de Cuentas deben tener la consideración de personal del Parlamento de Canarias”.

Al respecto, el portavoz del Grupo Socialista, Manuel Marcos, reconoció que aunque en un principio los socialistas defendían esta premisa, por lo que iban a enmendar la Ley en tal sentido, consideraron que “hay que acometer con seguridad y garantías, incluso presupuestarias, la equiparación de los trabajadores a personal del Parlamento, y creemos que hay que hacerlo con los consejeros auditores que sean próximamente elegidos”.