Los afectados por la Ley Turística piden que se debata en el Parlamento canario la propuesta del PSOE: “Pedimos que se respete nuestra vivienda”
Los afectados por la Ley Turística piden que se debata en el Parlamento canario la propuesta del PSOE para poner solución a las personas que residen en zonas turísticas o no quieren ceder sus apartamentos a la explotación turística: “Pedimos que se respete nuestra vivienda”.
La PALT manifiesta su apoyo a que esta Proposición de Ley sea “tramitada, debatida y mejorada por el conjunto del Parlamento de Canarias”, porque considera que “introduce en el debate una cuestión que para miles de propietarios resulta esencial: diferenciar jurídicamente lo que es una vivienda o un apartamento de lo que es un establecimiento turístico y una unidad alojativa”.
La plataforma entiende que esta iniciativa “puede y debe ser enriquecida durante su tramitación parlamentaria”, con las aportaciones de todos los grupos políticos y, también, con la participación de la sociedad canaria. Porque asegura que “lo que está en juego no es una cuestión menor. Estamos hablando del modelo turístico, territorial y residencial de Canarias. Y una cuestión de esta trascendencia merece un debate parlamentario completo, transparente y democrático”, apunta la PALT.
Asimismo, los afectados y afectadas inciden en que no están pidiendo una casa, sino que no les quiten las que ya tienen.
La PALT denuncia que el problema surgió cuando, “mediante una evolución legislativa e interpretativa posterior, se pretende atribuir a esas propiedades una naturaleza distinta de aquella con la que fueron adquiridas”. Eso, afirma, es lo que hace tanto la Ley 2/2013 como la de vivienda vacacional aprobada en diciembre de 2025. La de vivienda vacacional subraya que establece que los edificios divididos en división horizontal serán considerados establecimientos turísticos y sus apartamentos y bungalows unidades alojativas con destino turístico.
“Propiedades que sus titulares adquirieron bajo el régimen de propiedad horizontal y conforme a la publicidad registral y a los títulos constitutivos como viviendas, en un edificio inmobiliario donde si así lo decidía su legítimo propietario, podían explotarse turísticamente, y durante el periodo que acordaron las partes”, apunta la PALT.
Ahora, pueden terminar siendo consideradas, décadas después, como “unidades alojativas” integradas en establecimientos turísticos cuyo uso exclusivo y obligatorio para siempre sea el turístico. Esto es “la expropiación encubierta del uso sin las garantías constitucionales respetadas”, afirman los afectados y afectadas.
La PALT insiste en que no está contra el turismo, pero “una cosa es proteger una actividad económica y otra muy distinta es convertir las propiedades de los ciudadanos en instrumentos necesarios para el desarrollo de esa actividad”.