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    <title><![CDATA[elDiario.es - Sentencia del Procés]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/temas/sentencia-del-proces/]]></link>
    <description><![CDATA[elDiario.es - Sentencia del Procés]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright El Diario]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Filmin responde a las quejas por la emisión de 'Ícaro: la semana en llamas', el documental alabado por Macarena Olona]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/filmin-contesta-quejas-emision-icaro-semana-llamas-documental-alabado-macarena-olona_1_12919467.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/7f0c18a8-21ba-454b-ac95-8b78c2d7c6da_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Filmin responde a las quejas por la emisión de &#039;Ícaro: la semana en llamas&#039;, el documental alabado por Macarena Olona"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La plataforma, tras publicar un comunicado firmado por su fundador, Jaume Ripoll, donde defiende la libertad artística y asegura que "no censura las películas por su orientación ideologica", ha sufrido pintadas en las puertas de su sede en Barcelona</p></div><p class="article-text">
        Filmin, a trav&eacute;s de sus redes sociales, ha emitido <a href="https://x.com/jaumerv/status/2013263284296720521?s=46" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un comunicado</a> donde defiende la inclusi&oacute;n del documental<em> </em><a href="https://www.filmin.es/pelicula/icaro-la-semana-en-llamas#extras" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"><em><strong>&Iacute;caro: la semana en llamas</strong></em></a> en su cat&aacute;logo. La plataforma incluye desde la pasada semana en su oferta este documental que narra c&oacute;mo vivieron diversos grupos de la&nbsp;Unidad de Intervenci&oacute;n Policial (UIP)&nbsp;de la polic&iacute;a espa&ntilde;ola, llegados de diversos puntos del Estado, los disturbios tras la sentencia del <em>Proc&eacute;s</em>. 
    </p><p class="article-text">
        Dirigida por&nbsp;Elena G. Cedillo y Susana Alonso, la cinta incluye im&aacute;genes in&eacute;ditas hasta ahora de los incidentes, grabadas por agentes de estas unidades y tambi&eacute;n por helic&oacute;pteros policiales, adem&aacute;s de im&aacute;genes grabadas por los medios de comunicaci&oacute;n que siguieron las protestas, si bien no se citan especificamente. La pel&iacute;cula tampoco incluye testimonios de Mossos D'esquadra, que junto a la Polic&iacute;a Nacional participaron en el operativo.
    </p><p class="article-text">
        Se acab&oacute; de editar en 2022, pero hasta ahora no se ha publicado en ninguna plataforma, y de hecho ha pasado fuera del radar de la opini&oacute;n p&uacute;blica hasta hace pocos d&iacute;as, cuando gracias a un tuit laudatorio de la exfundadora de Vox Macarena Olona la pol&eacute;mica se ha disparado en la red social conocida como X. 
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2012504968230494381?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        En su publicaci&oacute;n de Olona escribe: &ldquo;Qu&eacute; manera de llorar anoche viendo el documental. L&aacute;grimas de orgullo, respeto y mucha impotencia. &rdquo;Operaci&oacute;n &Iacute;caro&ldquo;, la historia de la semana que Barcelona ardi&oacute; en llamas tras la sentencia del proces, contada por los agentes de la UIP desplegados. Deber&iacute;a ser obligatorio que se exhibiera en todos los colegios y Academias policiales de Espa&ntilde;a. Pod&eacute;is verlo en Filmin. Fuerza y honor&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Las r&eacute;plicas en X no se han hecho esperar, a las que Olona ha respondido llamando a muchos de sus adversarios &ldquo;anormales con lazo amarillo&rdquo;.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2012857426286895183?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><h2 class="article-text">Comunicado de Filmin</h2><p class="article-text">
        Pero las protestas tambi&eacute;n han ido dirigidas hacia Filmin por incluir esta cinta en su oferta, a lo cual la plataforma ha respondido por boca de su fundador y m&aacute;ximo ejecutivo Jaume Ripoll con un comunicado tambien en X.
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En Filmin somos muy conscientes de que los hechos de octubre de 2019 siguen siendo una herida abierta para la sociedad catalana&rdquo;, comienza el comunicado. &ldquo;Por ello, entendemos el malestar y las cr&iacute;ticas que ha suscitado el estreno de &Iacute;<em>caro: la semana en llamas</em>. Somos una empresa con sede en Barcelona, fundada en 2007, y sabemos que este debate no es abstracto: atraviesa familias, c&iacute;rculos de amistades y entornos laborales&rdquo;, prosigue. 
    </p><p class="article-text">
        La plataforma asegura seguidamente que <em>Icaro: la semana en llamas </em>es un documental de 2022 que aporta una mirada concreta, de parte, sobre aquellos d&iacute;as, centrada &uacute;nicamente en el testimonio de agentes desplegados en Barcelona&ldquo;. &rdquo;Como cualquier obra, tiene un punto de vista y no pretende abarcar toda la complejidad de lo que ocurri&oacute;&ldquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Y advierte que &ldquo;programar una pel&iacute;cula en Filmin no equivale a suscribir su enfoque&rdquo; adem&aacute;s de dejar claro que no ha sido producida ni distribuida por Filmin; &ldquo;es una incorporaci&oacute;n por tiempo limitado que dejar&aacute; el cat&aacute;logo el 31 de enero&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        A continuaci&oacute;n Ripoll recuerda que &ldquo;Filmin no censura pel&iacute;culas por su orientaci&oacute;n ideol&oacute;gica; nuestro compromiso es con el cine y el documental como herramientas para entender, contrastar y debatir, siempre dentro del marco legal y creemos, adem&aacute;s, que la pluralidad no se proclama: se demuestra con un cat&aacute;logo tan diverso como el nuestro con m&aacute;s de 11.000 t&iacute;tulos&rdquo;. 
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2013263284296720521?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        &ldquo;Por eso&rdquo;, apostilla, &ldquo;en Filmin conviven obras muy vinculadas al debate pol&iacute;tico y cultural catal&aacute;n (entre otras, &laquo;<em>L'endem&agrave;</em>&raquo;, &laquo;<em>Catalu&ntilde;a- Espanya</em>&raquo;, &laquo;<em>Ciutat morta</em>&raquo; o &laquo;<em>Quatre d'onze, castell per l'independencia</em>&raquo;) con otros t&iacute;tulos con miradas diferentes sobre el Proc&eacute;s y su contexto&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El comunicado termina diciendo: &ldquo;Agradecemos sinceramente los mensajes que recibimos y los leemos con respeto, nos ayudan a pensar y a mejorar y si algo nos parece importante ahora mismo es recordar que el cine no debe servir para confirmar lo que ya pensamos, sino tambi&eacute;n para ayudarnos a mirar de frente aquello que nos incomoda, con esp&iacute;ritu cr&iacute;tico&rdquo;.
    </p><h2 class="article-text"><span id="sede"></span>Ataques a las oficinas de Filmin</h2><p class="article-text">
        Pero las explicaciones de Jaume Ripoll no han sido bienvenidas en X por parte de algunos usuarios, algunos de ellos con marcada relevacia pol&iacute;tica, que han promovido la cancelaci&oacute;n masiva de suscripciones a la plataforma por parte de los abonados. 
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2013393434141130994?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        A lo largo de la tarde de ayer se sucedieron en X las contestaciones al comunicado, y esta ma&ntilde;ana el propio Ripoll ha colgado una publicaci&oacute;n en esta red denunciando un ataque a las oficinas de la empresa, con pintadas que se pueden ver en las im&aacute;genes adjuntadas. En ellas se puede leer: &ldquo;Filmin colaborador con la represi&oacute;n espa&ntilde;ola&rdquo;. Tras los ataques, el dirigente de Filmin se ha declarado &ldquo;bastante hecho polvo&rdquo;.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/2013525029925851339?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Jordi Sabaté]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/filmin-contesta-quejas-emision-icaro-semana-llamas-documental-alabado-macarena-olona_1_12919467.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 19 Jan 2026 16:10:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:keywords><![CDATA[Procés,Cine documental,Macarena Olona,Fuerzas de seguridad del Estado,Barcelona,Sentencia del Procés,Libertad de expresión,Redes sociales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juicio aflora cómo la Guardia Civil siempre descartó cualquier hipótesis que no condujera al fiscal general]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/juicio-aflora-guardia-civil-descarto-hipotesis-no-condujera-fiscal-general_1_12763264.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/10f7eaee-e788-4870-879c-e26badf03d62_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juicio aflora cómo la Guardia Civil siempre descartó cualquier hipótesis que no condujera al fiscal general"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El teniente coronel Balas recurre erróneamente al concepto “dominio de la acción” para atribuir a Álvaro García Ortiz la filtración sobre la pareja de Ayuso; después reconoce que la UCO nunca investigó a un sospechoso fuera del ámbito de la Fiscalía General</p><p class="subtitle">La UCO insiste en apuntar al fiscal general por su “dominio” en la filtración del correo de la pareja de Ayuso</p></div><p class="article-text">
        Por una vez, la Guardia Civil no ten&iacute;a de su lado a la Fiscal&iacute;a y a la Abogac&iacute;a del Estado. La pen&uacute;ltima jornada del juicio al fiscal general incluy&oacute; un enfrentamiento entre aliados naturales, una muesca m&aacute;s que deja este in&eacute;dito procedimiento en la historia de la Justicia espa&ntilde;ola. El choque se resolvi&oacute; con un severo cuestionamiento a los m&eacute;todos utilizados por una unidad especializada en graves delitos a la que esta vez se le asign&oacute; investigar una supuesta revelaci&oacute;n de secretos.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Los agentes han actuado en el procedimiento contra el fiscal general como polic&iacute;a judicial, a las &oacute;rdenes del juez. La Fiscal&iacute;a pide la absoluci&oacute;n de su m&aacute;ximo responsable porque no aprecia un solo indicio de delito. Y la Abogac&iacute;a del Estado se encarga de su defensa, como funcionario p&uacute;blico.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        La declaraci&oacute;n del teniente coronel Balas y sus subordinados evidenci&oacute; que la Unidad Central Operativa ha priorizado investigar a un sospechoso, el fiscal general, sobre el esclarecimiento de los hechos que constituyeron el delito. Las preguntas del fiscal Francisco Javier Montero, pero, sobre todo, de Consuelo Torres, abogada del Estado que ejerce la defensa de &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz, ahondaron en ello.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Si Consuelo Torres hab&iacute;a arrancado el juicio cargando contra el juez &Aacute;ngel Hurtado por llevar a cabo <a href="https://www.eldiario.es/politica/abogacia-carga-juez-hurtado-investigacion-inquisitiva-sido-proceso-injusto_1_12735639.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una investigaci&oacute;n &ldquo;inquisitorial&rdquo;</a>, la &uacute;ltima sesi&oacute;n evidenci&oacute; qui&eacute;n y c&oacute;mo ha contribuido a desarrollarla. La defensa de Garc&iacute;a Ortiz siempre ha defendido que el objetivo del procedimiento que instruy&oacute; Hurtado fue el fiscal general. Desde el principio. Y las respuestas de los guardias civiles este mi&eacute;rcoles parecieron confirmarlo.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El concepto jur&iacute;dico que eligieron los mandos de la Unidad Central Operativa para enmarcar su tesis acusatoria son&oacute; rimbombante en la sala del Tribunal Supremo: &ldquo;Dominio de la acci&oacute;n&rdquo;. Con tal afirmaci&oacute;n, los agentes expon&iacute;an su convencimiento de que &Aacute;lvaro Garc&iacute;a Ortiz estuvo presente y dirigi&oacute; todas las acciones que ellos han podido acreditar. A saber, la recopilaci&oacute;n de documentaci&oacute;n para lanzar una nota de prensa que desmintiera la noticia de que la Fiscal&iacute;a hab&iacute;a ofrecido un pacto a Gonz&aacute;lez Amador, cuando hab&iacute;a sido al rev&eacute;s. 
    </p><p class="article-text">
        Y a falta de una sola prueba que demuestre que fue el fiscal general quien filtr&oacute; luego el correo a los periodistas, esas cuatro palabras de los guardias civiles&nbsp;&ndash;&ldquo;dominio de la acci&oacute;n&rdquo;&ndash; sirvieron para copar titulares durante la jornada e inflamar la tesis acusatoria. &ldquo;Tuvo todo el dominio de la acci&oacute;n&rdquo;, insist&iacute;an los agentes. &ldquo;Muestra un modus operandi de recabar informaci&oacute;n y luego presuntamente filtrarla&rdquo;, llegaron a decir los agentes en el juicio.
    </p><h2 class="article-text">&ldquo;Un comentario coloquial&rdquo; para una acusaci&oacute;n de c&aacute;rcel</h2><p class="article-text">
        Jos&eacute; Manuel G&oacute;mez Ben&iacute;tez es catedr&aacute;tico de Derecho Penal y autor en 1984 de <em>El dominio del hecho en la autor&iacute;a</em>, obra de referencia en la materia. &ldquo;Uno de los criterios para atribuir la autor&iacute;a de un delito es el &lsquo;dominio de la acci&oacute;n&rsquo;, efectivamente. Se refiere a quien realiza directamente la acci&oacute;n delictiva, el que ejecuta personalmente la acci&oacute;n: quien mata, el que roba&hellip; personalmente, no ordenando que otro lo haga. En el caso de revelaci&oacute;n de secretos es quien revela en persona el secreto o las actuaciones procesales, no el que ordena la revelaci&oacute;n por parte de otro, por ejemplo&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        La siguiente pregunta al catedr&aacute;tico es obligada: &iquest;qu&eacute; sentido tiene utilizar ese t&eacute;rmino si no hay una sola prueba de que el fiscal general entregara el correo? Y la respuesta de G&oacute;mez Ben&iacute;tez: &ldquo;Si han intentado atribuir al fiscal general el dominio de la acci&oacute;n no puede ser en sentido t&eacute;cnico-penal. Habr&aacute; sido un comentario coloquial&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Hay otro concepto en derecho penal que no utilizaron los agentes, pero que resume, seg&uacute;n fuentes de la defensa, su actuaci&oacute;n: &ldquo;sesgo de confirmaci&oacute;n&rdquo;. Consiste en seleccionar a un sospechoso y buscar indicios contra &eacute;l que confirmen ese prejuicio.
    </p><p class="article-text">
        Los guardias civiles no indagaron en el bulo lanzado por Miguel &Aacute;ngel Rodr&iacute;guez horas antes de que el fiscal recibiera el correo que fue luego filtrado, ni en otras informaciones period&iacute;sticas que no fueran las comentadas por los sospechosos en los mensajes intervenidos, ni tampoco los otros destinatarios de la informaci&oacute;n revelada que no eran el fiscal general.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        Consuelo Castro pregunt&oacute; sobre esta &uacute;ltima cuesti&oacute;n, el hecho de que el expediente de Gonz&aacute;lez Amador estuviera en poder de m&aacute;s de 500 personas cuando fue publicado por los medios. Seg&uacute;n Balas, haber explorado esa posibilidad hubiera supuesto incurrir en una &ldquo;investigaci&oacute;n prospectiva&rdquo;, prohibida por la ley. &ldquo;Nosotros no hacemos investigaciones prospectivas&rdquo;, remarc&oacute; el teniente coronel. Y en ese momento se escucharon unas risas en la sala, in&eacute;ditas durante toda la vista.&nbsp;
    </p><iframe src="https://geo.dailymotion.com/player/x8zbz.html?video=x9to718" allowfullscreen allow="fullscreen; picture-in-picture; web-share"></iframe><p class="article-text">
        La abogada del Estado sigui&oacute; tirando de ese hilo y rebaj&oacute; el campo de investigaci&oacute;n al oficial de la Guardia Civil. &ldquo;&iquest;Sab&iacute;a usted que ese correo [el de la confesi&oacute;n del abogado de Gonz&aacute;lez Amador] fue enviado a una cuenta gen&eacute;rica a la que ten&iacute;an acceso 16 personas?&rdquo;, pregunt&oacute; Castro. &ldquo;No me consta&rdquo;, respondi&oacute; Balas.&nbsp;
    </p><h2 class="article-text">Los adjetivos de la UCO</h2><p class="article-text">
        Los adjetivos son muy importantes en los informes de la UCO. No solo para lucir en titulares period&iacute;sticos. El propio juez Hurtado edific&oacute; su acusaci&oacute;n contra el fiscal general en el &ldquo;papel preeminente&rdquo; que le otorg&oacute; la Guardia Civil en la filtraci&oacute;n. Una tesis que los agentes volvieron a sustentar durante su declaraci&oacute;n del mi&eacute;rcoles. &ldquo;Se ve un dominio a todos los niveles del fiscal general del Estado. Tiene una serie de colaboradores, pero se ve el dominio. Es evidente&rdquo;, justific&oacute; Balas.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El teniente coronel explic&oacute; que las sospechas se centraron en cuatro miembros de la Fiscal&iacute;a, a lo que Castro pregunt&oacute; por qu&eacute; solo solicitaron la intervenci&oacute;n del tel&eacute;fono de uno solo de ellos. &ldquo;B&aacute;sicamente, es la persona sobre la que tenemos m&aacute;s indicios: toda la Fiscal&iacute;a est&aacute; jerarquizada, hay un dominio superior del fiscal general&hellip;&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        La jornada dej&oacute; varias dudas flotando en la sala. La primera es qu&eacute; ocurrir&iacute;a si en otros procedimientos los investigadores policiales tuvieran en frente al Ministerio P&uacute;blico y a la Abogac&iacute;a del Estado, y no de su lado, como suele ocurrir. 
    </p><p class="article-text">
        La segunda es si esa confusa alusi&oacute;n al &ldquo;dominio de la acci&oacute;n&rdquo; es a iniciativa propia o anticipa una tesis sobre la autor&iacute;a del delito que alg&uacute;n miembro del tribunal est&eacute; valorando utilizar para condenar al fiscal general. En ese caso deber&iacute;an haber aludido al &ldquo;dominio de la voluntad&rdquo;, una forma de atribuir el delito a los jefes de determinadas organizaciones criminales y que necesita de requisitos muy espec&iacute;ficos.&nbsp;La sentencia del proc&eacute;s conden&oacute; a aquellos &ldquo;acusados que, desde posiciones institucionales de m&aacute;xima responsabilidad, concibieron, promovieron y dirigieron la estrategia que culmin&oacute; en los episodios de los d&iacute;as 20 de septiembre y 1 de octubre&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Pedro Águeda]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/juicio-aflora-guardia-civil-descarto-hipotesis-no-condujera-fiscal-general_1_12763264.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 12 Nov 2025 20:49:43 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El juicio aflora cómo la Guardia Civil siempre descartó cualquier hipótesis que no condujera al fiscal general]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Guardia Civil,UCO - Unidad Central Operativa,Fiscal General del Estado,Tribunal Supremo,Código Penal,Sentencia del Procés]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Sancionado un policía por quejarse de los bocadillos que daban a los antidisturbios en Barcelona tras la sentencia del 1-O]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/sancionado-policia-quejarse-bocadillos-daban-antidisturbios-barcelona-sentencia-1_1_10331180.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5f622c87-bc17-4318-b604-f9cb093e0784_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Sancionado un policía por quejarse de los bocadillos que daban a los antidisturbios en Barcelona tras la sentencia del 1-O"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Tribunal Superior de Madrid avala la amonestación de 20 días impuesta a un agente por difundir críticas en Twitter al hotel en el que se alojaron policías nacionales de la Operación Ícaro de 2019 y la comida que recibían</p><p class="subtitle">Archivo - La Justicia confirma sanciones a un policía por pedir el voto para Vox y bromear con acuchillar a menores migrantes</p></div><p class="article-text">
        Los tribunales han confirmado la sanci&oacute;n de 20 d&iacute;as que la Polic&iacute;a Nacional impuso a un agente que critic&oacute; en Twitter el hotel en el que se alojaron los antidisturbios que fueron desplazados a Barcelona en 2019 en la operaci&oacute;n &Iacute;caro, el operativo policial para combatir l<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/jueces-rebajan-altas-penas-pide-fiscalia-disturbios-proces_1_8892080.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">as protestas contra la sentencia del proc&eacute;s independentista</a>. Los jueces critican que este agente se quejara del hotel o de unos bocadillos que, dec&iacute;a, &ldquo;hasta mis perros rechazar&iacute;an&rdquo; y reprochan que, si ten&iacute;a alguna observaci&oacute;n que hacer, lo hubiera planteado ante la Polic&iacute;a Nacional a trav&eacute;s de una queja formal. 
    </p><p class="article-text">
        La operaci&oacute;n &Iacute;caro fue el nombre con el que el Ministerio del Interior de Fernando Grande-Marlaska bautiz&oacute; el operativo de m&aacute;s de 1.500 agentes para hacer frente a los disturbios que ocurrieron en las calles de Barcelona y otros puntos de Catalunya tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo que conden&oacute; a los l&iacute;deres del proc&eacute;s independentista catal&aacute;n. Agentes antidisturbios que <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/manifestaciones-carreteras-cortadas-catalunya-condena_1_1313143.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">intervinieron en los operativos policiales</a> de manifestaciones que se saldaron con cargas, barricadas y destrozos por el centro de la capital catalana, especialmente en Urquinaona y puntos cercanos a la Jefatura de Polic&iacute;a. 
    </p><p class="article-text">
        El agente C&eacute;sar Alvarado, entonces en el sindicato Confederaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de Polic&iacute;a (CEP) y vocal suplente en el Consejo de la Polic&iacute;a Nacional, comparti&oacute; varias cr&iacute;ticas en su cuenta de Twitter en torno al &uacute;nico hotel que hab&iacute;a accedido a alojar a los polic&iacute;as y la comida que serv&iacute;a a los agentes. &ldquo;No desayunan ni dej&aacute;ndoles en recepci&oacute;n unos bocadillos que daban pena verlos&rdquo;, &ldquo;muchos pl&aacute;tanos de esos ven&iacute;an abiertos y madur&iacute;simos&rdquo;, &ldquo;el responsable del hotel quiere, adem&aacute;s, cobrar 5 euros por un bocadillo que hasta mis perros rechazar&iacute;an&rdquo;, dijo el agente en unos mensajes que acompa&ntilde;aba con fotos de la comida. 
    </p><p class="article-text">
        La Direcci&oacute;n General le sancion&oacute; con 20 d&iacute;as por una falta grave al entender que atac&oacute; injustificadamente la imagen del hotel: &ldquo;Rebasan claramente sus l&iacute;mites llegando a rayar la injuria al proferirse de manera infundada y da&ntilde;ando con ello la imagen&rdquo; del Hotel Nacional. El agente, ahora en el Sindicato Unificado de Polic&iacute;a (SUP), recurri&oacute; ante los tribunales alegando que sus cr&iacute;ticas hab&iacute;an sido realizadas como l&iacute;der sindical, que todo lo que dijo era verdad y que se hab&iacute;a llegado a disculpar personalmente con los responsables del hotel. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, seg&uacute;n ha sabido elDiario.es, decidi&oacute; confirmar la sanci&oacute;n hace unas semanas. En primer lugar porque considera &ldquo;excesivas&rdquo; las expresiones que us&oacute; en su cuenta de Twitter: &ldquo;Ha de subrayarse que en los mismos se llega a afirmar que la comida que se dispensaba a los Agentes ser&iacute;a incluso rechazada por los perros&rdquo;, destaca la sentencia.
    </p><p class="article-text">
        No acogen tampoco el argumento de que era una denuncia que realizaba en calidad de l&iacute;der sindical en la CEP. &ldquo;Tendr&iacute;a desde luego mecanismos o cauces m&aacute;s id&oacute;neos que la publicaci&oacute;n a trav&eacute;s de una red social, m&aacute;xime cuando todo apunta a que tal publicaci&oacute;n no vino precedida de un mesurado control previo de la informaci&oacute;n que al respecto se le suministraba&rdquo;, reprochan los jueces.
    </p><p class="article-text">
        No fue una denuncia &ldquo;formal&rdquo;, dicen los jueces, sino &ldquo;comentarios que iban innecesariamente m&aacute;s all&aacute; de una cr&iacute;tica seria y comedida actuada en el marco de una labor sindical que pudiera enderezarse a mejorar las condiciones de los agentes desplazados&rdquo;. Alvarado puede ahora recurrir esta sentencia ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/sancionado-policia-quejarse-bocadillos-daban-antidisturbios-barcelona-sentencia-1_1_10331180.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 27 Jun 2023 16:18:40 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Sancionado un policía por quejarse de los bocadillos que daban a los antidisturbios en Barcelona tras la sentencia del 1-O]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Policía Nacional,Sentencia del Procés,Libertad de expresión,Twitter]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez Llarena confirma el procesamiento de Puigdemont por malversación y desobediencia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/juez-llarena-confirma-procesamiento-puigdemont-malversacion-desobediencia_1_10051574.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a12df664-aa34-4f53-baee-b3b80df2a0c4_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez Llarena confirma el procesamiento de Puigdemont por malversación y desobediencia"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal italiano archiva el procedimiento de extradición del expresident tras la retirada de la euroorden por sedición acordada por el Supremo</p><p class="subtitle">Archivo - El juez Llarena retira el delito de sedición a Puigdemont pero le mantiene en búsqueda y captura por malversación y desobediencia</p></div><p class="article-text">
        El juez Pablo Llarena, del Tribunal Supremo, ha decidido <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/juez-llarena-retira-delito-sedicion-puigdemont-le-mantiene-busqueda-captura-malversacion_1_9859983.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">confirmar el procesamiento de Carles Puigdemont</a> por malversaci&oacute;n y desobediencia despu&eacute;s de la reforma del Gobierno que <a href="https://www.eldiario.es/politica/sanchez-reforma-delitos-sedicion-malversacion-convencido-catalunya-sera-principal-activo-electoral_129_9774432.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">derog&oacute; el delito de sedici&oacute;n</a> por el que fueron condenados los otros l&iacute;deres pol&iacute;ticos catalanes. El magistrado instructor de la causa ha decidido rechazar los recursos que la Fiscal&iacute;a, la Abogac&iacute;a del Estado, las acusaciones y las defensas presentaron contra su auto que imput&oacute; estos dos delitos al expresident y a Toni Com&iacute;n y Llu&iacute;s Puig, dejando la acusaci&oacute;n sobre Marta Rovira y Clara Ponsati en desobediencia. 
    </p><p class="article-text">
        En este nuevo auto, el juez reitera que esta reforma no implica que los delitos atribuidos a Puigdemont, Com&iacute;n y Puig puedan encajar en una versi&oacute;n atenuada de la malversaci&oacute;n y que lo que antes se consideraba sedici&oacute;n ahora se debe considerar desobediencia. Fiscal&iacute;a y Abogac&iacute;a del Estado <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/abogacia-suma-fiscalia-pide-puigdemont-sea-procesado-malversacion-desordenes-publicos_1_9876460.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ped&iacute;an que reconsiderara su decisi&oacute;n</a> y les acusara no de desobediencia sino de des&oacute;rdenes p&uacute;blicos agravados. 
    </p><p class="article-text">
        La reforma del ejecutivo central que derogaba la sedici&oacute;n, creaba un nuevo delito agravado de los des&oacute;rdenes p&uacute;blicos y modificaba tambi&eacute;n la malversaci&oacute;n tuvo una incidencia directa en la causa del proc&eacute;s. La Sala de lo Penal, por su parte, <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-confirma-junqueras-no-podra-presentar-elecciones-catalanas-2025-reforma-sedicion_1_9947860.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tuvo que adaptar su sentencia</a> que impuso hasta 13 a&ntilde;os de c&aacute;rcel a Oriol Junqueras y el resto de condenados por sedici&oacute;n, malversaci&oacute;n y desobediencia. 
    </p><p class="article-text">
        Oriol Junqueras, Ra&uuml;l Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa pasaron a estar condenados en desobediencia en concurso con malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos. Sus penas de c&aacute;rcel ya indultadas no se modificaron y tampoco su inhabilitaci&oacute;n, lo que mantiene la prohibici&oacute;n del l&iacute;der de ERC a presentarse a las elecciones en Catalunya en 2025. 
    </p><p class="article-text">
        En paralelo, el juez Llarena tambi&eacute;n tuvo que adaptar el procesamiento que pesa desde hace varios a&ntilde;os sobre Carles Puigdemont y el resto de pol&iacute;ticos catalanes en b&uacute;squeda y captura que abandonaron Espa&ntilde;a entre 2017 y 2018, que ya tuvo que ser rebajado de rebeli&oacute;n a sedici&oacute;n <a href="https://www.eldiario.es/escolar/golpe-secesion-violencia-organizada-rebelion_132_1163431.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">despu&eacute;s de que el Supremo dictara sentencia</a>. En esta segunda revisi&oacute;n entendi&oacute; que pod&iacute;an seguir acusados de malversaci&oacute;n pero que la sedici&oacute;n deb&iacute;a transformarse en desobediencia. 
    </p><p class="article-text">
        En este nuevo auto, el juez reitera que los ahora eurodiputados no se pueden ver protegidos por una inmunidad que obtuvieron un a&ntilde;o despu&eacute;s de su primer procesamiento, y que si en el futuro son encarcelados se les dejar&aacute; acudir a las sesiones del Parlamento Europeo. Tampoco ven una vulneraci&oacute;n de sus derechos en la causa que se sigue contra ellos, por la v&iacute;a contable, en el Tribunal de Cuentas. &ldquo;Los dos procedimientos se complementan&rdquo;, dice Llarena.
    </p><p class="article-text">
        La retirada de la sedici&oacute;n el pasado mes de enero ha provocado que el proceso de extradici&oacute;n abierto en Cerde&ntilde;a (Italia) contra el expresident se haya archivado. El expresident fue arrestado en el aeropuerto de Alguero en septiembre de 2021, pero a las pocas horas fue puesto en libertad. El tribunal italiano consider&oacute; que no pod&iacute;a decidir sobre la entrega de Puigdemont hasta que la Justicia europea decidiera sobre su inmunidad. 
    </p><p class="article-text">
        En un sentido parecido resolvi&oacute; el pasado mes de enero el juez Llarena, cuando constat&oacute; que debido a la reforma de C&oacute;digo Penal ya no pod&iacute;a reclamar a los independentistas por sedici&oacute;n, limitando las peticiones de extradici&oacute;n a los delitos de malversaci&oacute;n y desobediencia. El juez, sin embargo, dijo que no cursar&iacute;a una nueva petici&oacute;n de extradici&oacute;n hasta que la controversia sobre la inmunidad estuviera resuelta por los tribunales europeos, algo que pod&iacute;ra no ocurrir hasta finales de a&ntilde;o.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/juez-llarena-confirma-procesamiento-puigdemont-malversacion-desobediencia_1_10051574.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Mar 2023 11:09:36 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El juez Llarena confirma el procesamiento de Puigdemont por malversación y desobediencia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Carles Puigdemont,Toni Comín,Clara Ponsatí,Sedición,Pablo Llarena,Tribunal Supremo,Procés,Procés soberanista,Proceso independentista,Sentencia del Procés,Juicio del Procés]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Cuatro meses de cárcel para el exdiputado de la CUP Antonio Baños por no contestar a Vox en el juicio al procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/cuatro-meses-carcel-exdiputado-cup-antonio-banos-no-contestar-vox-juicio-proces_1_9614704.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/317ac6a0-3382-4866-919b-12d1400c2a81_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cuatro meses de cárcel para el exdiputado de la CUP Antonio Baños por no contestar a Vox en el juicio al procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Un juzgado de lo penal de Madrid condena a pena de prisión al exdiputado de la CUP por no contestar a Vox en el juicio al procés después de que el Supremo haya condenado a Eulália Reguant por lo mismo pero sólo a pagar una multa</p><p class="subtitle">El Supremo multa con 13.500 euros a la diputada de la CUP Eulàlia Reguant por no contestar a Vox en el juicio al procés</p></div><p class="article-text">
        Un juzgado de lo penal de Madrid ha condenado a Antonio Ba&ntilde;os, exdiputado de la CUP en el Parlament de Catalunya, a cuatro meses de c&aacute;rcel por desobedecer al Tribunal Supremo y no contestar a las preguntas de Vox en <a href="https://www.eldiario.es/temas/juicio-del-proces/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el juicio al proc&eacute;s</a> independentista de 2019. La condena de Ba&ntilde;os no implica su entrada en prisi&oacute;n y a&uacute;n puede ser recurrida pero llega apenas unos d&iacute;as despu&eacute;s de que el Supremo haya condenado <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-multa-13-500-euros-eulalia-reguant-no-contestar-vox-juicio-proces_1_9597049.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">a solo una multa a Eul&agrave;lia Reguant</a>, diputada del mismo partido, por los mismos hechos. La condena implica tambi&eacute;n la inhabilitaci&oacute;n para el derecho de sufragio pasivo, lo que implica que no podr&aacute; presentarse a unas elecciones mientras dure su condena. 
    </p><p class="article-text">
        Ba&ntilde;os compareci&oacute; como testigo en el juicio del proc&eacute;s y, como su compa&ntilde;era de partido Eul&agrave;lia Reguant, se neg&oacute; a contestar a las preguntas de la acusaci&oacute;n popular que ejerc&iacute;a el partido ultraderechista Vox. Los dos expresaron a Manuel Marchena, presidente del tribunal, que no quer&iacute;an contestar a las preguntas de la ultraderecha y el magistrado les comunic&oacute; las posibles consecuencias. 
    </p><p class="article-text">
        Ambos fueron multados con 2.500 euros y ahora el juzgado de lo penal 30 de Madrid ha firmado una condena de cuatro meses de c&aacute;rcel para Ba&ntilde;os por un delito de desobediencia. La magistrada explica que el acusado &ldquo;no ten&iacute;a la menor intenci&oacute;n de responder <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-pertubardor-partidos-politicos-acusacion_1_1312360.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">a las preguntas de Vox</a>, mostr&aacute;ndose contumaz y obstinado en su negativa y adoptando una actitud de franca rebeld&iacute;a ante la orden del Alto Tribunal&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Da lo mismo, dice la sentencia condenatoria, que s&iacute; se ofreciera al resto de partes personadas. Y su desobediencia, a&ntilde;ade, &ldquo;no puede ampararse en supuestos motivos ideol&oacute;gicos. &rdquo;Resulta sorprendente, incluso fr&iacute;volo, que se aduzcan motivos pol&iacute;ticos o ideol&oacute;gicos para negarse a contestar a quien es parte en un procedimiento judicial cuando la libertad ideol&oacute;gica es un derecho fundamental reconocido a todos, no solo a quienes decida el acusado&ldquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Son argumentos similares a los utilizados recientemente por el Tribunal Supremo para condenar a la diputada Eul&agrave;lia Reguant por el mismo delito por hacer exactamente lo mismo. En su caso, el Supremo opt&oacute; por una multa de 13.500 euros al entender que una pena de c&aacute;rcel e inhabilitaci&oacute;n podr&iacute;a ser desproporcionada al implicar la p&eacute;rdida del esca&ntilde;o en la c&aacute;mara catalana. En el caso de Ba&ntilde;os la magistrada de lo penal explica por qu&eacute; opta por la prisi&oacute;n y no por la multa: por vulnerar &ldquo;el derecho de defensa&rdquo; de Vox en el juicio al proc&eacute;s, por desobedecer al m&aacute;s alto tribunal de nuestro pa&iacute;s, por hacerlo en un juicio con &ldquo;una gran repercusi&oacute;n&rdquo; como el del proc&eacute;s y por mantenerse en su negativa a pesar de ser sancionado. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;La pena de cuatro meses solicitada por el Ministerio Fiscal, pr&oacute;xima a la m&iacute;nima legal, se considera proporcionada&rdquo;, zanja la magistrada.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/cuatro-meses-carcel-exdiputado-cup-antonio-banos-no-contestar-vox-juicio-proces_1_9614704.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 11 Oct 2022 12:58:50 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Cuatro meses de cárcel para el exdiputado de la CUP Antonio Baños por no contestar a Vox en el juicio al procés]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sentencia del Procés,Antonio Baños,CUP,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Constitucional ordena investigar si una fotoperiodista recibió un pelotazo de los Mossos en las protestas de 2019]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/constitucional-ordena-investigar-si-fotoperiodista-recibio-pelotazo-mossos-protestas_1_9611786.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/98e3e15c-ebf2-4298-9c4f-e710642f6b19_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Constitucional ordena investigar si una fotoperiodista recibió un pelotazo de los Mossos en las protestas de 2019"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal de garantías ordena a un juzgado de Barcelona reabrir la investigación en torno a un pelotazo de foam que una fotoperiodista recibió, supuestamente de los Mossos d'Esquadra, en una pierna durante las protestas contra la sentencia del procés en 2019</p><p class="subtitle">Los jueces investigan a 19 mossos y policías nacionales por lesionar a manifestantes en las protestas tras la sentencia del procés</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Constitucional ha obligado a un juzgado de Barcelona a reabrir la investigaci&oacute;n en torno a si una fotoperiodista sufri&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/jueces-investigan-19-mossos-policias-nacionales-lesionar-manifestantes-protestas-sentencia-proces_1_6290328.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un pelotazo de 'foam' de los Mossos d'Esquadra</a> en la capital catalana durante las protestas posteriores a la sentencia del proc&eacute;s. Los magistrados entienden que las decisiones de los jueces catalanes que llevaron al archivo del caso vulneraron su derecho a no ser sometida a torturas y tambi&eacute;n su libertad de informaci&oacute;n y obligan a reabrir el caso. 
    </p><p class="article-text">
        Todo parte de una denuncia de la fotoperiodista <a href="http://www.siraesclasans.com/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Sira Esclasans</a>, que en octubre de 2019 trabajaba en las calles de Barcelona cubriendo las manifestaciones masivas en protesta contra la sentencia del Tribunal Supremo que conden&oacute; a los l&iacute;deres independentistas catalanes por delitos de desobediencia, sedici&oacute;n y malversaci&oacute;n. Unas concentraciones repartidas en varios puntos de la ciudad que <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/miedo-altas-penas-empuja-detenidos-altercados-sentencia-proces-negociar-fiscalia-evitar-carcel_1_6278435.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se tradujeron en graves disturbios</a>, sobre todo en las inmediaciones de la Pla&ccedil;a Urquinaona y la Jefatura Superior de Polic&iacute;a en la cercana v&iacute;a Laietana.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1184553249136939008?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        La propia Esclasans <a href="https://twitter.com/siraesca/status/1184553249136939008?ref_src=twsrc%5Etfw" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tuite&oacute; fotograf&iacute;as</a> en las que denunciaba haber sufrido lesiones por balas de foam de los Mossos y termin&oacute; denunciando un fuerte impacto de uno de estos proyectiles en el gemelo izquierdo. Primero un juzgado de Barcelona y despu&eacute;s la Audiencia Provincial, sin embargo, archivaron el caso. Los jueces entendieron que no hay pruebas suficientes para afirmar que esos disparos procedieran de la polic&iacute;a auton&oacute;mica, que aleg&oacute; no haber hecho ning&uacute;n disparo, o de la Polic&iacute;a Nacional. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;En su informe se sostiene que ese d&iacute;a no se efectu&oacute; ni un solo disparo con las lanzadoras por parte de dicho cuerpo policial&rdquo;, dijo la Audiencia de Barcelona. El proyectil que impact&oacute; en su pierna, explicaron los jueces, &ldquo;necesariamente no ten&iacute;a que proceder del grupo de agentes se&ntilde;alado por la recurrente, y que los equipos de protecci&oacute;n de los agentes dificultan distinguir su identidad&rdquo;. Proced&iacute;a archivar el caso, dijeron, hasta que aparecieran nuevas pruebas y las diligencias que ped&iacute;a la fotoperiodista, a&ntilde;adieron, &ldquo;no lograr&iacute;an el objetivo de toda instrucci&oacute;n penal que es la de averiguar el autor del hecho que podr&iacute;a ser constitutivo de infracci&oacute;n penal&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Es una decisi&oacute;n que ahora ha revocado el Tribunal Constitucional. Los magistrados han decidido estimar su recurso y, con ponencia de Mar&iacute;a Luisa Balaguer, anulan tanto los autos de la Audiencia Provincial como los del juzgado que cerraron el caso. Reconoce el Constitucional que &ldquo;se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva en relaci&oacute;n con su derecho a no ser sometido ni a torturas ni a tratos inhumanos o degradantes y el derecho a la libertad de informaci&oacute;n&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El Constitucional tambi&eacute;n explica que la causa en torno a estos pelotazos de foam debe volver al punto anterior al dictado del archivo. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/constitucional-ordena-investigar-si-fotoperiodista-recibio-pelotazo-mossos-protestas_1_9611786.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 10 Oct 2022 14:04:48 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Constitucional ordena investigar si una fotoperiodista recibió un pelotazo de los Mossos en las protestas de 2019]]></media:title>
      <media:thumbnail url="https://static.eldiario.es/clip/98e3e15c-ebf2-4298-9c4f-e710642f6b19_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675"/>
      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Constitucional,Mossos d'Esquadra,Protestas ciudadanas,Sentencia del Procés]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo multa con 13.500 euros a la diputada de la CUP Eulàlia Reguant por no contestar a Vox en el juicio al procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-multa-13-500-euros-eulalia-reguant-no-contestar-vox-juicio-proces_1_9597049.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/82939637-098e-434a-8ebe-b2fdec7c25a6_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo multa con 13.500 euros a la diputada de la CUP Eulàlia Reguant por no contestar a Vox en el juicio al procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La parlamentaria es condenada por desobediencia grave pero el Supremo rechaza imponer la pena de cárcel e inhabilitación que pedía la Fiscalía, por lo que no peligra su escaño en el Parlament de Catalunya</p><p class="subtitle">Reguant defiende su negativa a contestar a Vox en el juicio al procés: “El fascismo no puede tener cabida en una sociedad justa”</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha decidido condenar a <a href="https://www.eldiario.es/temas/eulalia-reguant/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Eul&agrave;lia Reguant</a>, diputada de la CUP en el Parlament de Catalunya, a pagar una multa de 13.500 euros. Los jueces consideran que la diputada catalana incurri&oacute; en un delito de desobediencia al negarse a contestar a las preguntas de Vox durante el juicio al proc&eacute;s soberanista, un juicio en el que el partido ultraderechista ejerci&oacute; la acusaci&oacute;n popular y en el que ella compareci&oacute; como testigo. 
    </p><p class="article-text">
        La sanci&oacute;n a Reguant es muy inferior a la solicitada por la Fiscal&iacute;a, que ped&iacute;a cuatro meses de c&aacute;rcel e inhabilitaci&oacute;n para ella. Explican los jueces que no optan por la prisi&oacute;n &ldquo;no solo porque la misma es una pena privativa de libertad, sino por las consecuencias accesorias que la misma lleva aparejada&rdquo;, ya que habr&iacute;a obligado a Reguant a dejar su esca&ntilde;o en el Parlament de Catalunya como pas&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/politica/condena-mes-medio-carcel-alberto-rodriguez-agredir-policia_1_8350486.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en el caso de Alberto Rodr&iacute;guez</a>. Una multa que suma 13.500 euros, entienden los jueces, es proporcionada y se ajusta &ldquo;a la capacidad econ&oacute;mica de la acusada&rdquo; por su sueldo de diputada auton&oacute;mica. 
    </p><p class="article-text">
        Para los jueces, Reguant no contest&oacute; a Vox sabiendo a lo que se expon&iacute;a y conociendo su obligaci&oacute;n de hacerlo. &ldquo;La actitud de la acusada neg&aacute;ndose a cumplir el mandato del tribunal ha sido evidente e inequ&iacute;voca, clara y patente&rdquo;, dice la sentencia, asegurando que la parlamentaria de la CUP actu&oacute; de manera &ldquo;obstinada, totalmente meditada y decidida&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        En su cuenta de Twitter, la parlamentaria ha denunciado haberse enterado de su condena a trav&eacute;s de los medios de comunicaci&oacute;n y ha afirmado que &ldquo;no contestar al fascismo nunca puede ser considerado un delito&rdquo;. 
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1578353311207411712?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        La diputada de la CUP en el Parlament catal&aacute;n fue juzgada <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/reguant-defiende-negativa-contestar-vox-juicio-proces-fascismo-no-cabida-sociedad-justa_1_9575668.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el pasado 28 de septiembre</a> ante la sala de lo penal del Tribunal Supremo. Reguant justific&oacute; ante los magistrados su negativa a contestar a las preguntas de Vox durante el juicio al proc&eacute;s independentista, donde la ultraderecha ejerci&oacute; la acusaci&oacute;n popular. Su actuaci&oacute;n, explic&oacute;, respondi&oacute; a &ldquo;la voluntad colectiva de se&ntilde;alar que aceptar la presencia de aquellos que niegan derechos fundamentales en el juicio era una declaraci&oacute;n de intenciones por parte del poder judicial, era imposible obtener Justicia en aquel tribunal y aquel procedimiento&rdquo;. 
    </p><h3 class="article-text">La libertad ideol&oacute;gica</h3><p class="article-text">
        El fiscal del caso, Carmelo Quintana, hizo firme su petici&oacute;n de cuatro meses de prisi&oacute;n e inhabilitaci&oacute;n por un delito de desobediencia al entender que nada justificaba su negativa a contestar a todas las preguntas como testigo, tal y como obliga la Ley. El abogado defensor de Reguant, Daniel Amelang, por su parte afirm&oacute; que ni la sala advirti&oacute; de forma correcta a la parlamentaria de las consecuencias de sus actos y que, adem&aacute;s, no contestar a las preguntas de Vox fue un ejercicio de &ldquo;libertad de expresi&oacute;n y conciencia&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Los jueces entienden que estos argumentos no sirven para su absoluci&oacute;n. &ldquo;Traspas&oacute; claramente los l&iacute;mites de su libertad ideol&oacute;gica y de conciencia, y no se estaba ante un ejercicio l&iacute;cito de la libertad de expresi&oacute;n&rdquo;, dice la sentencia. Adem&aacute;s, entienden los jueces por unanimidad que &ldquo;no existe un derecho general de desobediencia respaldado por disposici&oacute;n constitucional o legal alguna, por el contrario, el derecho vigente, legitimado democr&aacute;ticamente, tiene efecto obligatorio general y no s&oacute;lo respecto de quienes est&eacute;n de acuerdo con &eacute;l&rdquo;.&nbsp;Su condena, zanja el Supremo, no viene por su &ldquo;posicionamiento ideol&oacute;gico&rdquo; sino por &ldquo;el deber de colaboraci&oacute;n con la justicia, y de respeto al principio de autoridad y al orden p&uacute;blico&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        El proceso contra Reguant queda sentenciado en firme despu&eacute;s de <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-ordena-repetir-parte-proceso-reguant-no-contestar-vox-juicio-proces_1_8791497.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">varias idas y venidas por los tribunales</a> mientras que Antonio Ba&ntilde;os, otro testigo que se neg&oacute; a contestar preguntas de Vox en el juicio al proc&eacute;s, se sent&oacute; un d&iacute;a despu&eacute;s en el banquillo de los juzgados de lo penal de Madrid acusado del mismo delito. Ambos, adem&aacute;s, <a href="https://www.eldiario.es/politica/minuto-politico-campana-eclipsada-diputados_6_1538293_1013824.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">fueron multados con 2.500 euros</a> por negarse a contestar. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-multa-13-500-euros-eulalia-reguant-no-contestar-vox-juicio-proces_1_9597049.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 07 Oct 2022 11:47:47 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo multa con 13.500 euros a la diputada de la CUP Eulàlia Reguant por no contestar a Vox en el juicio al procés]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Procés,Procés independentista,Juicio del Procés,Sentencia del Procés,Eulalia Reguant,CUP,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez archiva la causa por el corte de la AP-7 en la Jonquera durante las protestas de la sentencia del procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/juez-archiva-causa-corte-ap-7-jonquera-durante-protestas-sentencia_1_9299860.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/5d695787-3e53-4735-b965-694e1548c1e3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez archiva la causa por el corte de la AP-7 en la Jonquera durante las protestas de la sentencia del procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Unos 200 manifestantes convocados por Tsunami Democràtic estaban imputados por manifestarse en la vía en otoño de 2019</p><p class="subtitle">Archivo - Tsunami Democràtic llama a mantener el corte de la AP-7 en la Jonquera tras más de doce horas</p></div><p class="article-text">
        El juzgado de instrucci&oacute;n n&uacute;mero 4 de Figueres ha archivado la causa a unas 200 personas por el corte de la AP-7 organizado por el Tsunami Democr&agrave;tic durante las protestas por la sentencia del proc&eacute;s en oto&ntilde;o de 2019. 
    </p><p class="article-text">
        En el escrito, el juez asegura que prevalece el derecho a la manifestaci&oacute;n en base a las resoluciones que hab&iacute;an presentado las defensas de la Corte Europea de los Derechos Humanos y tambi&eacute;n con el archivo de la causa que hizo la Audiencia de Girona por el corte que se hizo en la autopista en Salt (Giron&egrave;s). El juez s&iacute; que mantiene abierta las diligencias contra un investigado por atentar contra los agentes de la autoridad. 
    </p><p class="article-text">
        El corte de la v&iacute;a en El Pert&uacute;s, un municipio fronterizo pr&oacute;ximo a La Jonquera, reuni&oacute; a millares de manifestantes y logr&oacute; bloquear durante m&aacute;s de doce horas la conexi&oacute;n con Francia por la AP-7, generando grandes atascos y obligando a desviar el tr&aacute;fico por la carretera nacional. Los concentrados fueron finalmente desalojados por los Mossos.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Catalunya]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/juez-archiva-causa-corte-ap-7-jonquera-durante-protestas-sentencia_1_9299860.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 08 Sep 2022 14:47:54 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El juez archiva la causa por el corte de la AP-7 en la Jonquera durante las protestas de la sentencia del procés]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sentencia del Procés,Manifestaciones,Protestas,Tsunami Democràtic]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un relevo de juezas en el Supremo resucita los recursos contra los indultos del procés y da alas a las derechas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/relevo-juezas-supremo-resucita-recursos-indultos-proces-da-alas-derechas_1_9020060.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/efe9bd3f-c9be-435c-bfd9-32f78008e162_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un relevo de juezas en el Supremo resucita los recursos contra los indultos del procés y da alas a las derechas"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal, que inadmitió los recursos de PP, Vox y Ciudadanos contra los indultos, obliga ahora a dictar sentencia después de la salida de la magistrada Ángeles Huet y la entrada de Inés Huerta en la sección que ha estudiado el caso</p><p class="subtitle">El Supremo cambia de criterio y ordena ahora estudiar los recursos de PP, Vox y Ciudadanos contra los indultos del procés</p></div><p class="article-text">
        Los indultos del <a href="https://www.eldiario.es/temas/sentencia-del-proces/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">proc&eacute;s independentista</a> vuelven a estar sobre la mesa del Tribunal Supremo. Cuatro meses despu&eacute;s de inadmitir m&aacute;s de 60 recursos contra el perd&oacute;n que el Gobierno concedi&oacute; a los pol&iacute;ticos catalanes condenados por el desaf&iacute;o soberanista de 2017, la misma secci&oacute;n <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-cambia-criterio-ordena-ahora-estudiar-recursos-pp-vox-ciudadanos-indultos-proces_1_9017899.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ha cambiado su criterio</a> y ha decidido que los recursos de PP, Vox y Ciudadanos deben estudiarse y valorarse en la resoluci&oacute;n que deje el caso sentenciado en firme y no en un simple auto previo. Un cambio de parecer judicial que da alas a las derechas, que hicieron del rechazo a los indultos el puntal de su oposici&oacute;n al Gobierno, y que se produce tras el cambio en la composici&oacute;n del tribunal en los &uacute;ltimos meses: la magistrada &Aacute;ngeles Huet, que vot&oacute; a favor de la inadmisi&oacute;n en enero, ha sido sustituida por In&eacute;s Huerta, que este martes ha votado en sentido contrario. 
    </p><p class="article-text">
        El Gobierno decidi&oacute; indultar a los nueve l&iacute;deres independentistas catalanes <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/presos-proces-reciben-indultos-sensacion-agridulce-saldran-carcel-miercoles_1_8064198.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en junio de 2021</a> y los portavoces de PP, Vox y Ciudadanos tardaban apenas unas horas en anunciar los recursos ante el Tribunal Supremo. Sus escritos fueron analizados junto con otras seis decenas de impugnaciones por la secci&oacute;n quinta de lo contencioso-administrativo y la respuesta de los jueces llegaba en enero de este a&ntilde;o: sus recursos quedaban rechazados en un auto porque, directamente, los magistrados consideran que los partidos pol&iacute;ticos no est&aacute;n legitimados para cuestionar ante los tribunales un indulto concedido por el Gobierno. Ese es territorio acotado, sobre todo, a las v&iacute;ctimas de los delitos. 
    </p><p class="article-text">
        Los jueces fueron bastante claros a la hora de rechazar los recursos de las derechas. Su jurisprudencia, dijeron entonces, era &ldquo;abrumadora&rdquo; y hab&iacute;a ejemplos de sobra para hacerlo en un auto y no en una sentencia sobre el fondo del asunto. El &ldquo;mero inter&eacute;s por la legalidad&rdquo; o la condici&oacute;n de representante p&uacute;blico, dijo el Supremo, no es una carta blanca para recurrir cualquier cosa ante los tribunales. Lo mismo que dijeron, esa vez en una sentencia y no en un auto, cuando rechazaron los recursos de las derechas contra <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-rechaza-recursos-pp-vox-nombramiento-dolores-delgado_1_8408994.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el nombramiento de Dolores Delgado</a> como fiscal general, o previamente en una decena de recursos interpuestos por PP y Vox contra otras decisiones del ejecutivo. En esas resoluciones, de hace apenas unos meses, el Supremo acusaba a los partidos de ejercer una &ldquo;acci&oacute;n popular de car&aacute;cter pol&iacute;tico&rdquo; contra el Gobierno en los tribunales. 
    </p><p class="article-text">
        La jurisprudencia del Supremo no ha cambiado desde entonces. Lo que ha provocado un cambio y la vuelta a la casilla de salida es la composici&oacute;n de la sala. La votaci&oacute;n de enero, que envi&oacute; los recursos al caj&oacute;n, fue muy ajustada: tres votos a favor y dos en contra. Desde entonces una de las magistradas que vot&oacute; a favor de la inadmisi&oacute;n, la progresista <a href="https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Portal-de-Transparencia/Biografias/Huet-de-Sande--Angeles" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&Aacute;ngeles Huet</a>, fue destinada en otra sala y entr&oacute; la conservadora <a href="https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Portal-de-Transparencia/Biografias/Huerta-Garicano--Ines-Maria" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">In&eacute;s Huerta</a>, que este martes ha votado en sentido contrario. Otro de los cambios que ha habido, por la jubilaci&oacute;n de Segundo Men&eacute;ndez, no ha tenido incidencia en la votaci&oacute;n al haber sido sustituido por otro magistrado, &Aacute;ngel Arozamena, que al igual que &eacute;l tambi&eacute;n ha apostado por inadmitir los recursos. 
    </p><p class="article-text">
        La rotaci&oacute;n y el cambio en la composici&oacute;n de la sala se ha traducido en un cambio en la decisi&oacute;n final, al haber tenido lugar cuando todav&iacute;a estaban pendientes de resolver los recursos de reposici&oacute;n. El resultado es que los escritos de los partidos volver&aacute;n a ser estudiados por la sala pero con una condici&oacute;n: que si los jueces vuelven a decidir que los partidos pol&iacute;ticos no est&aacute;n legitimados para recurrir un delito, tendr&aacute;n que decidirlo en sentencia y no en un auto previo a la resoluci&oacute;n del caso. Es decir, que la decisi&oacute;n conocida este martes no obliga a los jueces a entender que est&aacute;n legitimados o darles la raz&oacute;n, pero reabre un debate que la misma secci&oacute;n hab&iacute;a zanjado con especial contundencia. 
    </p><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n constituye un cap&iacute;tulo m&aacute;s de la turbulenta relaci&oacute;n entre las distintas salas del Tribunal Supremo y los indultos concedidos por el Gobierno a los presos del proc&eacute;s despu&eacute;s de ser condenados a penas de hasta 13 a&ntilde;os de c&aacute;rcel por sedici&oacute;n y malversaci&oacute;n. En el tr&aacute;mite de informes, la sala de lo penal que hab&iacute;a dictado la sentencia fue bastante clara a la hora de dar su opini&oacute;n: &ldquo;Se presenta como <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-opone-indulto-condenados-proces-falta-arrepentimiento_1_7917370.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una soluci&oacute;n inaceptable</a>&rdquo;, dijo la sala de Manuel Marchena un mes antes de que fueran indultados.
    </p><h3 class="article-text">Una victoria pol&iacute;tica para la derecha</h3><p class="article-text">
        Fuera de los muros del Tribunal Supremo, la decisi&oacute;n ha dado alas a los partidos de derechas en una cuesti&oacute;n que hab&iacute;a desaparecido del debate p&uacute;blico. &ldquo;A los golpistas hay que devolverlos al lugar de donde nunca debieron salir, la c&aacute;rcel&rdquo;, ha dicho Vox <a href="https://twitter.com/vox_es/status/1529140576028868608" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en un tuit</a>. &ldquo;Ojal&aacute; pronto la victoria sea completa y anulemos esta maniobra impresentable del Gobierno de S&aacute;nchez&rdquo;, ha dicho <a href="https://twitter.com/InesArrimadas/status/1529072954759421957" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">In&eacute;s Arrimadas</a>, l&iacute;der de Ciudadanos. &ldquo;S&aacute;nchez no est&aacute; por encima de la Justicia ni puede hacer lo que le d&eacute; la gana&rdquo;, ha dicho <a href="https://twitter.com/populares/status/1529106028356313095" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el Partido Popular</a> en su cuenta oficial en esta red social.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1529106028356313095?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        Los argumentos del Tribunal Supremo todav&iacute;a no se conocen. Por el momento el alto tribunal solo ha enviado un comunicado en el que ordena &ldquo;la continuaci&oacute;n de los procedimientos y pospone al tr&aacute;mite de sentencia el pronunciamiento sobre la falta de legitimaci&oacute;n de los recurrentes planteada por la Abogac&iacute;a del Estado en todos los recursos&rdquo;. La decisi&oacute;n, por tanto, no impide que una vez resuelto el caso en sentencia los jueces no puedan volver a establecer que los recursos de los partidos pol&iacute;ticos son inadmisibles. Aunque varios miembros de la sala, hasta la fecha, han dejado caer en sus escritos que s&iacute; merece la pena resolver el fondo del asunto y avalar o anular los indultos. 
    </p><h3 class="article-text">Delitos de &ldquo;excepcional gravedad&rdquo;</h3><p class="article-text">
        Wenceslao Olea y Fernando Rom&aacute;n son dos de los jueces que hoy han decantado la balanza a favor de los recursos de PP, Vox y Ciudadanos y que ya en enero votaron en ese sentido, dejando sus argumentos por escrito en varios votos particulares de m&aacute;s de 50 p&aacute;ginas. Unos votos particulares en los que criticaron que el asunto de la legitimaci&oacute;n de los partidos hubiera sido solucionado en un auto y no en sentencia, al final del proceso. &ldquo;Deben extremarse las precauciones para evitar que una interpretaci&oacute;n excesivamente rigurosa de los mismos en esta temprana fase procesal pueda conducir a un desproporcionado rechazo anticipado de la legitimaci&oacute;n activa de los recurrentes&rdquo;, dijeron en ese voto particular.
    </p><p class="article-text">
        Todav&iacute;a no se conocen los argumentos de la resoluci&oacute;n, pero estos argumentos fueron ya extensamente reproducidos por ambos jueces en sus votos particulares de enero. Y dejaron claro que, para ellos, estos no eran unos indultos sin m&aacute;s. &ldquo;Los delitos que han sido objeto del indulto revisten una excepcional gravedad&rdquo;, dijeron, para despu&eacute;s afirmar que la gravedad de estos delitos &ldquo;no es comparable con la que pudieran haber tenido los miles de delitos que han sido objeto de indulto en Espa&ntilde;a&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Frente a esto, los magistrados que este martes se han quedado en minor&iacute;a defendieron que un r&aacute;pido vistazo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este asunto no dejaba espacio para la duda: un partido pol&iacute;tico no puede recurrir cualquier cosa por el simple hecho de ser un partido pol&iacute;tico. La jurisprudencia, dijo entonces la sala, es &ldquo;abrumadora&rdquo; y no faltaban ejemplos: cuando inadmitieron los recursos de los mismos partidos contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general, el &uacute;ltimo. Pero tambi&eacute;n <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/76f1b0475d4e232e/20120723" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">un auto de 2012</a> firmado por Carlos Lesmes en el que se impidi&oacute; que Joan Coscubiela, entonces diputado, recurriera el indulto del banquero Alfredo S&aacute;enz. &ldquo;Su legitimaci&oacute;n no puede fundarse en el simple hecho del cargo p&uacute;blico que desempe&ntilde;an&rdquo;, dijo el Tribunal Supremo hace una d&eacute;cada. 
    </p><p class="article-text">
        En 2015 los jueces fueron un poco m&aacute;s flexibles y permitieron que Ecologistas en Acci&oacute;n recurriera el indulto del empresario Miguel &Aacute;ngel Ram&iacute;rez. El presidente de la UD Las Palmas hab&iacute;a sido condenado por <a href="https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/ramirez-cumplido-derribar-estipulado-indulto_1_2601797.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">levantar una construcci&oacute;n en terreno protegido</a> y los jueces concedieron que, al ser una asociaci&oacute;n de defensa del medio ambiente, pod&iacute;a combatir la concesi&oacute;n del indulto. Est&aacute; por ver si en el momento de estudiar de nuevo los recursos del proc&eacute;s esta puerta abierta a estudiar la legitimaci&oacute;n se extiende al fondo del asunto y los jueces llegan a estudiar los indultos en s&iacute; mismos. Sobre esto, el mismo Carlos Lesmes <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/fb24ba828c80c3d2/20140113" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">dijo en 2013</a> en un escrito que las razones del Gobierno para conceder indultos &ldquo;se sit&uacute;an extramuros del derecho&rdquo; y que permitir que los jueces revisaran las razones para conceder indultos ser&iacute;a &ldquo;tanto como reconocer al Gobierno el poder de revisar sentencias judiciales desde el Derecho&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/relevo-juezas-supremo-resucita-recursos-indultos-proces-da-alas-derechas_1_9020060.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 24 May 2022 20:40:08 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Un relevo de juezas en el Supremo resucita los recursos contra los indultos del procés y da alas a las derechas]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,Sentencia del Procés,Indultos,PP - Partido Popular,Vox,Cs - Ciudadanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo cambia de criterio y ordena ahora estudiar los recursos de PP, Vox y Ciudadanos contra los indultos del procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/supremo-cambia-criterio-ordena-ahora-estudiar-recursos-pp-vox-ciudadanos-indultos-proces_1_9017899.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/f14b23a6-bde7-449e-80a7-fb5c6bdffe00_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo cambia de criterio y ordena ahora estudiar los recursos de PP, Vox y Ciudadanos contra los indultos del procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La sección de lo contencioso-administrativo entiende que la decisión sobre si los tres partidos están o no legitimados para recurrir los indultos debe resolverse en la sentencia y no en un auto</p><p class="subtitle">Archivo - El Supremo rechaza los recursos contra los indultos del procés porque ni PP ni Vox ni Ciudadanos podían recurrir</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha devuelto los recursos sobre los indultos del proc&eacute;s a la casilla de salida. La sala de lo contencioso-administrativo ha estimado un recurso de reposici&oacute;n y ha decidido anular su propia decisi&oacute;n del pasado mes de enero, que declar&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-rechaza-recursos-indultos-proces-falta-legitimacion_1_8673403.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">directamente inadmisibles</a> los recursos de PP, Vox y Ciudadanos contra los indultos concedidos por el Gobierno a los l&iacute;deres pol&iacute;ticos catalanes condenados por sedici&oacute;n y malversaci&oacute;n. 
    </p><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n, que ha tenido votos particulares y por tanto no ha sido un&aacute;nime, implica que los recursos deben ser estudiados y la alegaci&oacute;n sobre su falta de legitimaci&oacute;n debe ser solucionada, en todo caso, en la sentencia sobre el fondo del asunto. &ldquo;El tribunal ordena la continuaci&oacute;n de los procedimientos y pospone al tr&aacute;mite de sentencia el pronunciamiento sobre la falta de legitimaci&oacute;n de los recurrentes planteada por la Abogac&iacute;a del Estado en todos los recursos&rdquo;, dice el Supremo en un comunicado.
    </p><p class="article-text">
        El resultado es que esta secci&oacute;n de lo contencioso-administrativo volver&aacute; a reunirse para estudiar los recursos que rechaz&oacute; de forma contundente hace unos meses, pero esta vez con la obligaci&oacute;n de deliberar para dictar una sentencia en la que, nuevamente, pueda rechazarlos por falta de legitimaci&oacute;n. El cambio de criterio por parte de esta secci&oacute;n ha venido de la mano de un cambio de composici&oacute;n en la sala que ha invertido la inicial votaci&oacute;n de 3 votos a favor de la inadmisi&oacute;n y 2 en contra.
    </p><p class="article-text">
        La ponente del caso, la magistrada &Aacute;ngeles Huet, fue trasladada a otra secci&oacute;n el pasado mes de enero y entr&oacute; en el tribunal In&eacute;s Huerta como nueva ponente. El Tribunal Supremo, por el momento, s&oacute;lo ha avanzado la decisi&oacute;n y no el contenido de los autos y los votos particulares. La decisi&oacute;n afecta a la mayor parte de los recursos que fueron inadmitidos en enero pero mantiene el rechazo al recurso de la asociaci&oacute;n Pro Ptrimonium Sijena. 
    </p><h3 class="article-text">La legitimaci&oacute;n de los partidos</h3><p class="article-text">
        La misma secci&oacute;n de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ya resolvi&oacute; <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-rechaza-recursos-indultos-proces-falta-legitimacion_1_8673403.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el pasado mes de enero</a> que los tres partidos de la derecha no estaban legitimados para recurrir esta decisi&oacute;n del ejecutivo. Ni PP ni Vox ni finalmente Ciudadanos pasaron el filtro aunque el Supremo resolvi&oacute; el caso en varios autos similares. Esas mismas resoluciones tambi&eacute;n rechazaron esta legitimaci&oacute;n para una asociaci&oacute;n y para la plataforma Convivencia C&iacute;vica Catalana. 
    </p><p class="article-text">
        Los autos constituyeron un alegato contra la judicializaci&oacute;n sistem&aacute;tica de decisiones pol&iacute;ticas. &ldquo;Ni esta jurisdicci&oacute;n ni esta Sala son el lugar adecuado para dirimir controversias suscitadas en la defensa de intereses de car&aacute;cter pol&iacute;tico, al margen de las reglas sobre la legitimaci&oacute;n establecidas por la ley con car&aacute;cter general&rdquo;, dijeron los jueces citando su propia sentencia que, unos meses antes, rechaz&oacute; tambi&eacute;n <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-rechaza-recursos-pp-vox-nombramiento-dolores-delgado_1_8408994.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el recurso del Partido Popular</a> contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general. 
    </p><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n sobre los indultos de enero, sin embargo, no fue un&aacute;nime. Los magistrados Wenceslao Olea y Fernando Rom&aacute;n emitieron un voto particular de medio centenar de folios en el que defendieron que no es necesario que alguien sea considerado legalmente v&iacute;ctima de un delito para poder recurrir un indulto. &ldquo;Ni la Constituci&oacute;n ni la ley imponen la limitaci&oacute;n de haber sido identificado nominalmente en la sentencia penal condenatoria como v&iacute;ctima, ofendido o perjudicado por el delito para ostentar legitimaci&oacute;n activa en orden a interponer recurso contencioso-administrativo contra el acto de concesi&oacute;n de indulto&rdquo;, dec&iacute;a ese voto particular. 
    </p><h3 class="article-text">El Gobierno defiende los indultos</h3><p class="article-text">
        La decisi&oacute;n del Tribunal Supremo ha sido hecha p&uacute;blica durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde la portavoz gubernamental Isabel Rodr&iacute;guez se ha referido a este asunto. &ldquo;El Gobierno defiende la legalidad de todas sus actuaciones y en el caso de los indultos no solo la legalidad sino la utilidad, en aras a la convivencia y la recuperaci&oacute;n de la normalidad en Catalunya. 
    </p><p class="article-text">
        Seg&uacute;n la portavoz del ejecutivo central, la situaci&oacute;n actual en Catalunya &ldquo;nada tiene que ver con la que se produc&iacute;a en 2017 o 2019&rdquo;. Ha esgrimido Rodr&iacute;guez los datos de la Fiscal&iacute;a sobre los delitos de odio en esta comunidad aut&oacute;noma, vinculados al proceso soberanista por los investigadores en muchos casos. &ldquo;Los delitos de odio han bajado 62%. Es incontestable que la situaci&oacute;n pol&iacute;tica hoy nada tiene que ver, se ha recuperado una normalidad gracias al dialogo, a la v&iacute;a de la pol&iacute;tica que es el camino a seguir. El Gobierno est&aacute; satisfecho. Uno de los problemas que tenia este pa&iacute;s era ese y hoy no lo es&rdquo;, ha dicho. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas, Irene Castro]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/supremo-cambia-criterio-ordena-ahora-estudiar-recursos-pp-vox-ciudadanos-indultos-proces_1_9017899.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 24 May 2022 12:01:28 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo cambia de criterio y ordena ahora estudiar los recursos de PP, Vox y Ciudadanos contra los indultos del procés]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Indultos,Tribunal Supremo,Oriol Junqueras,Sentencia del Procés]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El procés pone rumbo a Estrasburgo entre indultos y votos particulares]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/proces-pone-rumbo-estrasburgo-indultos-votos-particulares_1_8861074.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/e57e31e6-4011-4dbc-9356-e25ee279678f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El procés pone rumbo a Estrasburgo entre indultos y votos particulares"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Constitucional ha rechazado esta semana el último recurso de los condenados por el procés, que ya tienen vía libre para recurrir ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo</p><p class="subtitle">El Constitucional confirma la condena de 13 años de cárcel de Oriol Junqueras por el procés</p></div><p class="article-text">
        Casi un lustro despu&eacute;s de su punto &aacute;lgido, el <a href="https://www.eldiario.es/temas/proces-independentista/" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">proc&eacute;s independentista catal&aacute;n</a> est&aacute; del todo preparado para viajar a Estrasburgo. El Tribunal Constitucional ha rechazado en los &uacute;ltimos d&iacute;as los recursos de los &uacute;ltimos condenados que todav&iacute;a estaban a la espera de una decisi&oacute;n, y eso abre la puerta a que puedan acudir al <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/vulnero-supremo-derechos-independentistas-examen-caso-proces-vistas-estrasburgo_1_8199458.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tribunal Europeo de Derechos Humanos</a> (TEDH). El escenario, sin embargo, es poco habitual desde varios frentes: las sentencias del Constitucional han sido dictadas con votos particulares y los l&iacute;deres independentistas catalanes, adem&aacute;s, recurren condenas por las que ya han sido indultados por el Gobierno. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo dict&oacute; su sentencia el 14 de octubre de 2019. Por unanimidad, la sala de lo penal impuso penas de <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/politica/supremo-condena-proces-prision_1_1325154.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">hasta 13 a&ntilde;os de c&aacute;rcel</a> por delitos de desobediencia, sedici&oacute;n y malversaci&oacute;n a los 12 l&iacute;deres independentistas juzgados. Desde las condenas por desobediencia de Santi Vila, Meritxell Borr&agrave;s y Carles Mund&oacute; hasta las penas de prisi&oacute;n del resto de encausados por sedici&oacute;n &ndash;en solitario en el caso de Jordi S&agrave;nchez y Jordi Cuixart &ndash; y tambi&eacute;n malversaci&oacute;n de caudales p&uacute;blicos. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Constitucional empez&oacute; a resolver casos en febrero de 2021 y arranc&oacute; con una confirmaci&oacute;n de las condenas por desobediencia. Esas sentencias fueron las &uacute;nicas dictadas por unanimidad del tribunal de garant&iacute;as: a partir de ah&iacute; llegaron los casos de los condenados por sedici&oacute;n y con ellos los votos particulares de varios magistrados. Votos que no cuestionan que cometieran un delito pero s&iacute; que, por ejemplo, <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/presos-proces-confian-victoria-estrasburgo-gracias-voto-critico-jueces-constitucional_1_7879410.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">sus condenas de c&aacute;rcel por sedici&oacute;n fueron desproporcionadas.</a>
    </p><p class="article-text">
        Ha pasado m&aacute;s de un a&ntilde;o entre la primera y la &uacute;ltima sentencia del Constitucional as&iacute; que alguno de los presos del proc&eacute;s ya ha tenido tiempo para llevar su caso hasta el TEDH. El primero fue <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/jordi-cuixart-primer-preso-proces-recurre-tribunal-europeo-derechos-humanos_1_8020779.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Jordi Cuixart</a>, entonces l&iacute;der de &Ograve;mnium Cultural, que tard&oacute; apenas 24 horas en registrar su recurso en Francia despu&eacute;s de que el Constitucional confirmada su condena de nueve a&ntilde;os de prisi&oacute;n a mediados de 2021. Poco despu&eacute;s lo hac&iacute;a el exconseller <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/politica/puigdemont-justicia-europea-arbitros-no-comprados-terreno-juego-neutral_1_8023825.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Jordi Turull</a>, condenado a 12 a&ntilde;os por sedici&oacute;n y malversaci&oacute;n. El siguiente fue Josep Rull y despu&eacute;s Jordi S&agrave;nchez. 
    </p><p class="article-text">
        En los &uacute;ltimos d&iacute;as, el Constitucional ha confirmado el resto de condenas: Oriol Junqueras, Ra&uuml;l Romeva, Dolors Bassa y Joaquim Forn pueden ahora llevar sus sentencias hasta Estrasburgo. Ni ellos ni sus abogados escondieron en ning&uacute;n momento su intenci&oacute;n de someter todo el proceso judicial al criterio de los tribunales europeos con la esperanza puesta en que Estrasburgo enmendase de alguna manera, por peque&ntilde;a que sea, al juez Manuel Marchena y al instructor Pablo Llarena. 
    </p><p class="article-text">
        Conseguir que Estrasburgo estudie un caso no es nada f&aacute;cil. Seg&uacute;n los datos oficiales del tribunal, <a href="https://www.echr.coe.int/Documents/Stats_analysis_2021_ENG.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en 2021</a> recibieron m&aacute;s de 44.000 recursos y m&aacute;s de 30.000 fueron declaradas inadmisibles. Sucede lo mismo en el Tribunal Constitucional en Madrid, donde m&aacute;s de el 95% de las peticiones de amparo son directamente inadmitidas cada a&ntilde;o sin que los magistrados entren ni siquiera a estudiar el fondo del asunto. 
    </p><h3 class="article-text">Los votos particulares</h3><p class="article-text">
        Los condenados por el proc&eacute;s llegan a Estrasburgo en una situaci&oacute;n poco habitual. En primer lugar porque todas las sentencias sobre los nueve l&iacute;deres independentistas condenados por sedici&oacute;n han sido dictadas sin unanimidad y cuentan, por tanto, con votos particulares que cuestionan aspectos importantes de las penas que les impuso el Tribunal Supremo. Primero fueron los magistrados Juan Antonio Xiol y Mar&iacute;a Luisa Balaguer los que expresaron sus dudas y, tras la &uacute;ltima renovaci&oacute;n, el reci&eacute;n incorporado Juan Ram&oacute;n S&aacute;ez tambi&eacute;n ha presentado votos particulares en los casos de Oriol Junqueras, Ra&uuml;l Romeva y Dolors Bassa.
    </p><p class="article-text">
        Los votos particulares no dan la raz&oacute;n totalmente a los presos del proc&eacute;s. En su oposici&oacute;n a la sentencia de Jordi Turull, por ejemplo, Xiol y Balaguer fueron claros al expresar que act&uacute;an &ldquo;sin controvertir la relevancia penal de la conducta del recurrente&rdquo;. Pero tambi&eacute;n lo fueron al explicar por qu&eacute; consideran que su condena de 12 a&ntilde;os de prisi&oacute;n es desproporcionada: ni el delito de sedici&oacute;n es claro ni est&aacute; claro que fuera la opci&oacute;n m&aacute;s respetuosa con los derechos fundamentales de los l&iacute;deres independentistas. 
    </p><p class="article-text">
        Estos votos particulares hablan de unos &ldquo;rasgos de relativa incertidumbre para el ciudadano&rdquo; en el delito de sedici&oacute;n, una &ldquo;indeterminaci&oacute;n&rdquo; en sus l&iacute;mites y &aacute;mbito de aplicaci&oacute;n y los hechos, incluso, podr&iacute;an &ldquo;haber tenido un encaje natural en otros tipos penales como los des&oacute;rdenes p&uacute;blicos o la desobediencia&rdquo;. Por eso, entienden los discrepantes, no cuestionan que cometieran un delito pero s&iacute; que tuviera un castigo tan severo: &ldquo;El rigor de la respuesta penal, pudiendo haber sido ajustado cuantitativamente, resultaba contrario a las exigencias del principio de proporcionalidad penal&rdquo;, zanj&oacute; el voto particular. 
    </p><p class="article-text">
        El caso de S&agrave;nchez y Cuixart fue distinto y tambi&eacute;n encontraron argumentos distintos en sus votos particulares. Una condena de nueve a&ntilde;os de prisi&oacute;n por sedici&oacute;n, dijeron los dos discrepantes, &ldquo;frente a la mera convocatoria de actos que, aunque lo fueran para oponerse a la ejecuci&oacute;n de resoluciones judiciales, ten&iacute;an como objetivo &uacute;ltimo presionar al Gobierno en favor de una negociaci&oacute;n pol&iacute;tica que posibilitara abordar la cuesti&oacute;n de la independencia de Catalu&ntilde;a, supone una injerencia en el derecho de reuni&oacute;n&rdquo;. Una injerencia que tiene, seg&uacute;n los dos magistrados, &ldquo;un devastador efecto desaliento sobre este derecho, que amenaza con empobrecer nuestra democracia, con alinearnos con sociedades disciplinadas por el abuso del sistema penal en la represi&oacute;n de conductas que se desenvuelven en el &aacute;mbito material de derechos fundamentales&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Son argumentos que, una vez cerrada la puerta de los tribunales espa&ntilde;oles, estudiar&aacute;n ahora en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Est&aacute; por ver si la sentencia del Tribunal Supremo pasa el exigente filtro de Estrasburgo, en cuyo r&aacute;nking de varapalos Espa&ntilde;a ocupa puestos de la parte baja de la tabla. Seg&uacute;n <a href="https://www.echr.coe.int/Documents/Stats_violation_1959_2021_ENG.pdf" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">los datos oficiales</a> del TEDH, Espa&ntilde;a ha sido condenada en 134 ocasiones desde que empez&oacute; a ser fiscalizada en Estrasburgo. Muchas menos que, por ejemplo, Portugal (278), Reino Unido (363), Italia (1.890), Grecia (948), Austria (284) o B&eacute;lgica (198). 
    </p><p class="article-text">
        La inmensa mayor&iacute;a de esos reproches a Espa&ntilde;a, casi la mitad, han sido por vulnerar el derecho del condenado a tener &ldquo;un juicio justo&rdquo;. Un buen n&uacute;mero de estas condenas vienen por situaciones en las que alguien era condenado en segunda instancia, tras ser absuelto, sin ser escuchado por los jueces. Eso pas&oacute;, por ejemplo, con <a href="https://www.eldiario.es/euskadi/euskadi/estrasburgo-caso-atutxa-supremo-derechos-humanos-doctrina-botin_1_3345965.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Juan Mari Atutxa</a>. Otro caso de este grupo fue el de Arnaldo Otegi: el l&iacute;der de EH Bildu, seg&uacute;n Estrasburgo, no tuvo un juicio justo porque la magistrada ponente del '<a href="https://www.eldiario.es/politica/tribunal-europeo-derechos-humanos-batasuna_1_1858214.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">caso Bateragune</a>' hab&iacute;a mostrado claros signos de animadversi&oacute;n hacia &eacute;l. 
    </p><h3 class="article-text">Estrasburgo tras los indultos</h3><p class="article-text">
        La pelea judicial que los condenados por el proc&eacute;s empiezan en Estrasburgo arranca en un escenario muy distinto al que transitaban cuando fueron encarcelados, juzgados y condenados. En primer lugar porque ya ninguno de ellos est&aacute; cumpliendo condena entre rejas: en junio de 2021 el Gobierno de Pedro S&aacute;nchez <a href="https://www.eldiario.es/politica/gobierno-indulta-lideres-independentistas-1-328-dias-despues-entrada-prision_1_8060599.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">decidi&oacute; indultar</a> a todos los condenados a penas de prisi&oacute;n y los que por entonces estaban en la c&aacute;rcel quedaron en libertad. El Tribunal Supremo, adem&aacute;s, ha rechazado <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-rechaza-recursos-indultos-proces-falta-legitimacion_1_8673403.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">todos los recursos presentados</a> por la derecha contra estos indultos. 
    </p><p class="article-text">
        Lo que entre 2017 y 2019 fue el caso que acapar&oacute; casi en exclusiva la actualidad judicial &ndash;junto con <a href="https://www.eldiario.es/politica/audiencia-nacional-correa-barcenas_1_2109071.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el caso G&uuml;rtel</a>, <a href="https://www.eldiario.es/sociedad/manada_1_1456017.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">'la Manada' de Pamplona</a> y la <a href="https://www.eldiario.es/politica/supremo-exhumacion-franco-traslado-pardo_1_1344448.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">exhumaci&oacute;n de Franco</a>&ndash; no debuta ahora en Europa, aunque s&iacute; lo haga al poner el fondo del asunto en la mesa de los jueces de Estrasburgo. A lo largo de la fase de instrucci&oacute;n, por ejemplo, el Tribunal de Justicia de la Uni&oacute;n Europea (TJUE) <a href="https://www.eldiario.es/politica/justicia-sentencia-junqueras-inmunidad-eurodiputado_1_1162718.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">dio la raz&oacute;n a Oriol Junqueras</a> en su pleito con el Supremo por su condici&oacute;n de eurodiputado. Estrasburgo <a href="https://www.eldiario.es/politica/minuto-politico-juicio-proces-sentencia_6_1504408_1012579.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">inadmiti&oacute; un recurso</a> de Carme Forcadell contra su prisi&oacute;n provisional. 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, los fugados en 2017 con Carles Puigdemont siguen enzarzados con el juez Pablo Llarena en una compleja <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/puigdemont-vuelta-respuesta-llarena-clave-movimientos-expresident_1_8551323.html" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">pelea por su inmunidad y sus procesos de extradici&oacute;n</a> mientras que una de las exconselleras, Meritxell Serret, ha optado <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/exconsellera-meritxell-serret-vuelve-espana-entrega-supremo_1_7296678.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">por volver a Espa&ntilde;a</a> y enfrentarse a un proceso por desobediencia por el que, como mucho, ser&aacute; inhabilitada. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Alberto Pozas]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/politica/proces-pone-rumbo-estrasburgo-indultos-votos-particulares_1_8861074.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Sat, 26 Mar 2022 21:12:37 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El procés pone rumbo a Estrasburgo entre indultos y votos particulares]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Procés independentista,Tribunal Constitucional,Indultos,Sentencia del Procés,TEDH - Tribunal Europeo de Derechos Humanos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Absuelto tras cinco meses en prisión preventiva el sintecho acusado de quemar un contenedor]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/absuelto-cinco-meses-prision-preventiva-sintecho-acusado-quemar-contenedor_1_8514000.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b3d0aa89-ebce-4c47-99cf-1cfcceef5467_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Absuelto tras cinco meses en prisión preventiva el sintecho acusado de quemar un contenedor"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La jueza concluye que las declaraciones de los agentes de la Guardia Urbana de Barcelona son insuficientes para condenar al acusado</p><p class="subtitle">La Fiscalía pide 6 años de cárcel a un sintecho por intentar quemar un contenedor que no ardió</p></div><p class="article-text">
        Cinco meses en prisi&oacute;n provisional, petici&oacute;n de la Fiscal&iacute;a de seis a&ntilde;os de c&aacute;rcel... y absoluci&oacute;n. La jueza ha exculpado por falta de pruebas a Charles P., el sintecho estadounidense acusado de intentar quemar un contenedor que no ardi&oacute; en las protestas contra la sentencia del proc&eacute;s de 2019. 
    </p><p class="article-text">
        En su sentencia, la magistrada del juzgado penal 2 de Barcelona constata que las declaraciones de los agentes de la Guardia Urbana de Barcelona que declararon en el juicio no son suficientes para acabar con la presunci&oacute;n de inocencia de Charles P. Los tres agente que testificaron se&ntilde;alaron a Charles P. como autor del peque&ntilde;o incendio &ndash;<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/fiscalia-pide-6-anos-carcel-sintecho-quemar-contenedor-no-ardio_1_8431773.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&ldquo;llamita&rdquo;, en palabra de una de las uniformadas</a>&ndash; si bien reconocieron que no lo vieron directamente iniciar el fuego. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Existen dudas racionales en cuanto a que fuera el acusado quien prendiera fuego al contenedor&rdquo;, resuelve la jueza. La sentencia resalta que no puede descartarse la versi&oacute;n del acusado, defendido por el letrado David Aranda del colectivo Alerta Solid&agrave;ria, de que buscaba material para &ldquo;reciclar&rdquo; en el contenedor. 
    </p><p class="article-text">
        Charles P. ha resultado exculpado de unos hechos que no fueron ni mucho menos los m&aacute;s graves de los ocurridos en los disturbios, pese a lo cual lleg&oacute; a pasar cinco meses en prisi&oacute;n provisional por un supuesto riesgo de fuga incompatible con su falta de recursos econ&oacute;micos. Solo la llegada de la pandemia lo libr&oacute; de estar encarcelado sin sentencia.
    </p><p class="article-text">
        El juicio fue el primero celebrado en Barcelona por los disturbios tras la sentencia del proc&eacute;s. La Fiscal&iacute;a mantuvo su respuesta penal dura que ha llevado a otros acusados a alcanzar acuerdos con el Ministerio P&uacute;blico<a href="https://www.google.com/search?q=site%3Aeldiario.es+altas+penas+empujan&amp;oq=site%3Aeldiario.es+altas+penas+empujan&amp;aqs=chrome..69i57j69i58.6040j0j4&amp;sourceid=chrome&amp;ie=UTF-8" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">&nbsp;para evitar exponerse a altas penas de prisi&oacute;n.</a> 
    </p><p class="article-text">
        La jueza, tal y como alert&oacute; la defensa de Charles P., destaca que ninguno de los agentes que testific&oacute; vio a Charles P. con un mechero en la mano para prender fuego al interior del contenedor, y que al acusado tampoco le fue incautado ning&uacute;n mechero en las manos o los bolsillos en el momento de su detenci&oacute;n, que se produjo cuando ten&iacute;a medio cuerpo dentro del contenedor. 
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a reclamaba, adem&aacute;s de la pena de prisi&oacute;n, expulsar de Espa&ntilde;a al acusado por los delitos de des&oacute;rdenes p&uacute;blicos y da&ntilde;os, pero la jueza descarta ambos tipos: Charles P. estuvo solo buscando basura en el contenedor, algo incompatible con la actuaci&oacute;n en grupo que requiere el delito de des&oacute;rdenes. 
    </p><p class="article-text">
        Tampoco cabe una condena por da&ntilde;os porque no se present&oacute; prueba pericial alguna que acreditara &ldquo;el tiempo que se precisa para que las bolsa de basura que se depositan en los contenedores empiecen a quemar&rdquo;, agrega la jueza. En suma, <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/palabra-policia-suficiente-condenar-desmontable_1_8462124.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">no basta con la palabra</a> de los agentes de la Gu&agrave;rdia Urbana que vieron a Charles P. introducirse en el contenedor y le acusaron de intentar quemarlo. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/absuelto-cinco-meses-prision-preventiva-sintecho-acusado-quemar-contenedor_1_8514000.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 22 Nov 2021 15:46:11 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Absuelto tras cinco meses en prisión preventiva el sintecho acusado de quemar un contenedor]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Sentencia del Procés,Desórdenes públicos,Sin techo,Barcelona]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía pide 6 años de cárcel a un sintecho por intentar quemar un contenedor que no ardió]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/fiscalia-pide-6-anos-carcel-sintecho-quemar-contenedor-no-ardio_1_8431773.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b3d0aa89-ebce-4c47-99cf-1cfcceef5467_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía pide 6 años de cárcel a un sintecho por intentar quemar un contenedor que no ardió"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El Ministerio Público mantiene las altas penas de prisión en el primer juicio en Barcelona por los altercados tras la sentencia del procés de 2019</p></div><p class="article-text">
        &ldquo;<em>I recycle to make money and to live</em>&rdquo;. Reciclar (eufemismo para decir que busca en contenedores de basura) para vender lo que encuentra y poder vivir. As&iacute; se ha expresado Charles P., un estadounidense sin hogar que permanece en Barcelona desde hace cuatro a&ntilde;os, en el juicio al que se ha enfrentado este martes. La Fiscal&iacute;a le pide seis a&ntilde;os de prisi&oacute;n y su expulsi&oacute;n de Espa&ntilde;a por intentar quemar un contenedor en una manifestaci&oacute;n que sigui&oacute; a la sentencia del proc&eacute;s en 2019 y que no termin&oacute; en altercados como la mayor&iacute;a.
    </p><p class="article-text">
        Charles P. se ha sentado este martes en el banquillo de los acusados en el primer juicio celebrado en Barcelona por los disturbios tras la sentencia del proc&eacute;s. El juicio ha servido para comprobar que la Fiscal&iacute;a mantiene su respuesta penal dura que ha llevado a otros acusados a alcanzar acuerdos con el Ministerio P&uacute;blico<a href="https://www.google.com/search?q=site%3Aeldiario.es+altas+penas+empujan&amp;oq=site%3Aeldiario.es+altas+penas+empujan&amp;aqs=chrome..69i57j69i58.6040j0j4&amp;sourceid=chrome&amp;ie=UTF-8" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> para evitar exponerse a altas penas de prisi&oacute;n.</a>
    </p><p class="article-text">
        Los hechos enjuiciados no fueron ni mucho menos los m&aacute;s graves de los ocurridos en los disturbios, pese a lo cual Charles P. lleg&oacute; a pasar cinco meses en prisi&oacute;n provisional por un supuesto riesgo de fuga incompatible con su falta de recursos econ&oacute;micos. Solo la llegada de la pandemia lo libr&oacute; de estar encarcelado sin sentencia.
    </p><p class="article-text">
        Este joven sinhogar se enfrenta a pasarse m&aacute;s de un lustro entre rejas por un &uacute;nico hecho: intentar quemar un contenedor en la calle Pelayo, en pleno centro de Barcelona y a plena luz del d&iacute;a, en el trascurso de una manifestaci&oacute;n de protesta por la sentencia del proc&eacute;s que transcurr&iacute;a de forma totalmente pac&iacute;fica. Las &uacute;nicas pruebas en su contra son las declaraciones de los tres agentes de la Gu&agrave;rdia Urbana de Barcelona que lo arrestaron. 
    </p><p class="article-text">
        Tanto Charles P. como los agentes de la Urbana han mantenido un mismo relato. Solo han diferido en un hecho: mientras los uniformados han acusado a Charles P. de haber intentado quemar el contenedor, el sintecho ha negado que provocara incendio alguno y ha alegado que solo buscaba dentro del contenedor algo que &ldquo;reciclar&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        Una de las agentes se ha referido al incendio supuestamente provocado por Charles P. como &ldquo;una llamita&rdquo;, pero ha reconocido que no vio c&oacute;mo se empezaba a quemar. No fue necesario ni llamar a los bomberos, pues en menos de dos minutos se extingui&oacute; el fuego, que no lleg&oacute; a afectar al exterior del contenedor, solo a unos cartones de su interior.
    </p><p class="article-text">
        En el resto las versiones de testigos de cargo y acusado coinciden: Charles P. iba solo en todo momento, no formaba parte de ninguno de los grupos que se estaba manifestando y estuvo unos diez o quince segundos suspendido hacia el interior del contenedor, introduciendo la parte superior de su cuerpo pero sin llegar a saltar por completo dentro de &eacute;l. Seg&uacute;n el acusado, para buscar comida; seg&uacute;n la Fiscal&iacute;a y los agentes, para quemar el contenedor. 
    </p><p class="article-text">
        El abogado de Charles P., David Aranda, del colectivo Alerta Solid&agrave;ria, ha reclamado la absoluci&oacute;n del joven. En su informe final, Aranda ha hecho hincapi&eacute; en que los agentes no hallaron en la mano de Charles P. sino en su ri&ntilde;onera el mechero con el que supuestamente inici&oacute; el fuego. En consecuencia, argumenta la defensa, resulta imposible que en los quince segundos que pas&oacute; dentro del contenedor tuviera tiempo de prender fuego y luego guardarse el mechero. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Lo &uacute;nico que sabemos, es que Charles P. se mete en el contenedor y el agente lo saca&rdquo;, ha remarcado Aranda. El letrado ha sembrado la duda sobre si la identificaci&oacute;n que hicieron los agentes de Charles fue la correcta, pues seg&uacute;n ha lanzado, quiz&aacute;s lo confundieron con otra persona. El motivo de la duda: en instrucci&oacute;n el sargento dijo que Charles P. vest&iacute;a chaqueta verde y este martes ha dicho que iba con una camiseta de rallas lila. 
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s de los mecheros, los otros objetos que la Urbana incaut&oacute; a Charles P. al detenerle fueron un prensador de marihuana y media docena de jeringuillas. En la vista, el agente instructor del atestado no ha tenido reparos en reconocer que escribi&oacute; que las jeringuillas pod&iacute;an contener un acelerante de fuego sin haberlo comprobado. &ldquo;Digo acelerante como puede ser no acelerante&rdquo;, ha manifestado.
    </p><p class="article-text">
        La Fiscal&iacute;a se ha reafirmado en pedir seis a&ntilde;os de c&aacute;rcel para Charles P: cuatro a&ntilde;os por da&ntilde;os en bienes p&uacute;blicos mediante incendio y dos a&ntilde;os por des&oacute;rdenes p&uacute;blicos. La fiscal ha mantenido la acusaci&oacute;n por este &uacute;ltimo delito (que requiere una actuaci&oacute;n grupal o individual amparada en un grupo) pese a la claridad con la que sus testigos policiales han expresado que Charles P. iba solo y no interactu&oacute; con nadie. Seg&uacute;n la fiscal, Charles P. actu&oacute; &ldquo;amparado por una manifestaci&oacute;n&rdquo; y &ldquo;lleg&oacute; a poner en riesgo la paz p&uacute;blica en una &eacute;poca de manifestaciones y altercados&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo la fiscal ha omitido en su informe la acusaci&oacute;n de que Charles P. incendi&oacute; varias papeleras antes del episodio del contenedor despu&eacute;s de que la agente que lo ha explicado haya concretado que en realidad lo vio en v&iacute;deo y el autor de los grabaciones no haya aparecido en la causa porque la Urbana no le pidi&oacute; ning&uacute;n contacto.
    </p><p class="article-text">
        As&iacute; las cosas el contenedor ha quedado como el &uacute;nico hecho a valorar por parte de la jueza. La fiscal se ha expresado en estos t&eacute;rminos durante su informe final antes de elevar a definitiva la petici&oacute;n de seis a&ntilde;o de c&aacute;rcel y expulsi&oacute;n de Espa&ntilde;a: &ldquo;Es verdad que el contenedor no se quem&oacute; pero s&iacute; hubo humo y llama en su interior&rdquo;.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/fiscalia-pide-6-anos-carcel-sintecho-quemar-contenedor-no-ardio_1_8431773.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 26 Oct 2021 14:24:51 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía pide 6 años de cárcel a un sintecho por intentar quemar un contenedor que no ardió]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Protestas,Protestas sociales,Independencia de Catalunya,Sentencia del Procés]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Constitucional ordena reabrir la investigación por malos tratos a un menor detenido en las protestas del procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/tc-ordena-reabrir-investigacion-malos-tratos-menor-detenido-protestas-proces_1_8394879.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/efc9d74e-d3c3-4e8c-82fa-d7538e14f828_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Constitucional ordena reabrir la investigación por malos tratos a un menor detenido en las protestas del procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal de garantías revoca la decisión del juez de Barcelona que archivó la querella contra la Policía Nacional del joven, conocido por la sudadera naranja que llevaba en el momento de la detención</p></div><p class="article-text">
        El Tribunal Constitucional reabre una de las causas m&aacute;s conocidas de las protestas que se produjeron tras la sentencia del proc&eacute;s, en octubre de 2019. El tribunal ha revocado la decisi&oacute;n de un juez de Barcelona que archiv&oacute; una querella por malos tratos interpuesta por un menor detenido contra agentes de la Polic&iacute;a Nacional. Seg&uacute;n indica el auto, al que ha tenido acceso este diario, los magistrados consideran que no se ha respetado el derecho a la tutela judicial efectiva del demandante, Guillem S., conocido como &ldquo;el chico de la sudadera naranja&rdquo; por llevar ese atuendo en el momento de su detenci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos se remontan a hace dos a&ntilde;os, cuando el joven fue arrestado en el marco de las protestas en la zona de Via Laietana, cerca de la comisar&iacute;a de la Polic&iacute;a Nacional. Las im&aacute;genes de la detenci&oacute;n del joven se hicieron virales. En los v&iacute;deos se observa como, tras varios momentos de tensi&oacute;n entre manifestantes y agentes de la Polic&iacute;a, los antidisturbios deciden avanzar para dispersar a los centenares de j&oacute;venes que previamente hab&iacute;an lanzado varios objetos al cord&oacute;n policial y reducen a Guillem S. 
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1185233530609115136?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        El detenido, que fue conducido posteriormente a la comisar&iacute;a, denunci&oacute; malos tratos y torturas por parte de los agentes. En concreto, Gulliem S. relat&oacute; que un agente le &ldquo;abofete&oacute;&rdquo; en la nuca &ldquo;y lo hizo sentarse de rodillas mirando a la pared&rdquo;, adem&aacute;s de proferirle insultos y amenazas durante su detenci&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        El juez no menciona otra de las denuncias del joven, consistente en que una vez en el edificio de la Jefatura de Polic&iacute;a, un agente &ldquo;abofete&oacute;&rdquo; en la nuca al menor &ldquo;y lo hizo sentarse de rodillas mirando a la pared&rdquo;. &ldquo;'&iexcl;Qu&eacute; te calles la boca, ni&ntilde;ato!&rdquo;, le habr&iacute;a gritado otro antidisturbios, seg&uacute;n el menor.
    </p><p class="article-text">
        Sin embargo un juez de Barcelona <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/juez-archiva-querella-policia-menor-lesiones-compatibles-detencion-protestas-sentencia-1_1_6256644.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">cerr&oacute; el caso el a&ntilde;o pasado</a>, al considerar que las lesiones sufridas por el joven eran &ldquo;compatibles&rdquo; con su detenci&oacute;n por parte de los antidisturbios. Las &ldquo;leves lesiones&rdquo; del menor, consider&oacute; entonces el magistrado de instrucci&oacute;n, &ldquo;fueron consecuencia de la reducci&oacute;n realizada por la Polic&iacute;a&rdquo; en un contexto de &ldquo;extrema violencia&rdquo; por parte de los manifestantes.
    </p><p class="article-text">
        Posteriormente, la audiencia de Barcelona <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/jueces-avalan-detencion-menor-protestas-sentencia-1-no-desproporcionada_1_7388965.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">ratific&oacute; la decisi&oacute;n del juez,</a> al considerar que la detenci&oacute;n no fue desproporcionada y que los agentes vieron al joven &ldquo;arrojar objetos&rdquo; contra ellos, por lo que lo inmovilizaron, lo tumbaron al suelo de espalda y le pusieron los grilletes. &ldquo;Obviamente la acci&oacute;n es violenta porque el menor no quer&iacute;a ser detenido, pero no podemos tacharla de desproporcionada&rdquo;, resaltaron entonces los magistrados de la Audiencia.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/tc-ordena-reabrir-investigacion-malos-tratos-menor-detenido-protestas-proces_1_8394879.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 14 Oct 2021 11:06:06 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Constitucional ordena reabrir la investigación por malos tratos a un menor detenido en las protestas del procés]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Constitucional,Detenciones,Sentencia del Procés,Policía Nacional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Constitucional avala que la condena por sedición no vulneró los derechos de los 'Jordis']]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/constitucional-avala-condena-sedicion-no-vulnero-derechos-jordi-cuixart_1_7996299.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/b3854599-4e60-40eb-a3b5-a9db694b09be_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Constitucional avala que la condena por sedición no vulneró los derechos de los &#039;Jordis&#039;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">El tribunal vuelva a respaldar la sentencia del procés sin unanimidad después de que Amnistía Internacional reclamara la puesta en libertad de Sànchez y Cuixart</p><p class="subtitle">Los presos del procés confían en una victoria en Estrasburgo gracias al voto crítico de dos jueces del Constitucional</p></div><p class="article-text">
        Nuevo respaldo sin unanimidad del Tribunal Constitucional a la sentencia del proc&eacute;s. El tribunal ha avalado la condena dictada por el Supremo contra el l&iacute;der de &Ograve;mnium Cultural, Jordi Cuixart, y el exl&iacute;der de la ANC Jordi S&agrave;nchez, sentenciados a nueve a&ntilde;os de prisi&oacute;n sedici&oacute;n, al considerar que su participaci&oacute;n en el proc&eacute;s &ldquo;no constituy&oacute;&rdquo; el ejercicio leg&iacute;timo de los derechos a la libertad de expresi&oacute;n y reuni&oacute;n.
    </p><p class="article-text">
        Las sentencias del Constitucional sobre Cuixart y S&agrave;nchez eran de las m&aacute;s esperadas. Ambos son los l&iacute;deres sociales independentistas que m&aacute;s tiempo llevan encarcelados (desde el 16 de octubre de 2017), y a diferencia del resto de condenados por sedici&oacute;n no formaban parte de las instituciones. Tambi&eacute;n son los &uacute;nicos respecto a los que<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/amnistia-internacional-reclama-libertad-jordis-acusa-supremo-perpetuar-situacion-injusticia_1_6481778.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> Amnist&iacute;a Internacional</a> ha reclamado en varias ocasiones su libertad inmediata, sin conseguirlo. 
    </p><p class="article-text">
        Los recursos de Cuixart y S&agrave;nchez se centraban especialmente en el derecho a la libertad de expresi&oacute;n y reuni&oacute;n, al considerar que el Supremo los vulner&oacute; por condenarlos a nueve a&ntilde;os de c&aacute;rcel por promover las movilizaciones del 20 de septiembre frente a la conselleria de Econom&iacute;a y del 1 de octubre. Cuixart iba m&aacute;s all&aacute; y<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/politica/cuixart-supremo-declarar-inconstitucional-sedicion_1_1040812.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link"> lleg&oacute; a pedir al tribunal que declarara inconstitucional</a> el delito de sedici&oacute;n por la &ldquo;limitaci&oacute;n&rdquo; que, a su juicio, comportaba respecto al ejercicio de derechos. 
    </p><p class="article-text">
        Como es habitual, el Tribunal Constitucional ha avanzado tan solo el sentido de la decisi&oacute;n de los magistrados, mientras que la sentencia completa se conocer&aacute; en los pr&oacute;ximos d&iacute;as. En una nota, el tribunal informa que la sentencia, cuyo ponente ha sido el presidente del Constitucional, Juan Jos&eacute; Gonz&aacute;lez Rivas, considera que Cuixart &ldquo;promovi&oacute; la oposici&oacute;n material a la ejecuci&oacute;n policial de las decisiones del Tribunal Constitucional y de otros tribunales&rdquo;, por lo que &ldquo;no constituy&oacute; ejercicio leg&iacute;timo&rdquo; de sus derechos fundamentales.
    </p><p class="article-text">
        En consecuencia, agrega la nota sobre Cuixart, la condena por sedici&oacute;n &ldquo;cumple con las normas constitucionales&rdquo; y &ldquo;no obedece a una finalidad espuria de persecuci&oacute;n o castigo por su posici&oacute;n pol&iacute;tica o ideol&oacute;gica&rdquo;. Como ya ocurriera con las sentencias de los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull, los dos fallos cuentan con los votos particulares de los magistrados progresistas Juan Antonio Xiol y Mar&iacute;a Luisa Balaguer, quienes en anteriores ocasiones <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/jueces-constitucional-critican-penas-sedicion-proces-desproporcionadas_1_7878587.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">tildaron de &ldquo;desproporcionada&rdquo; la pena por sedici&oacute;n.</a>
    </p><p class="article-text">
        Tras conocer la decisi&oacute;n, Cuixart ha considerado que &ldquo;los tribunales pol&iacute;ticos nunca sorprenden&rdquo;, y ha advertido de que &ldquo;seguir&aacute; utilizando la prisi&oacute;n como altavoz de denuncia internacional&rdquo;. &ldquo;Vamos a Estrasburgo a acusar al Estado&rdquo;, ha agregado, en referencia a que una vez agotada la v&iacute;a nacional los presos del proc&eacute;s ya tienen abierta la v&iacute;a para acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), ante el que tienen depositadas sus esperanzas de conseguir una condena a Espa&ntilde;a.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1400044295541952513?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        Sobre S&agrave;nchez, la nota del Constitucional explica que la sentencia, redactada por el magistrado Santiago Mart&iacute;nez-Vares, se&ntilde;ala que su participaci&oacute;n en el proc&eacute;s &ldquo;no constituye un mero exceso o extralimitaci&oacute;n en el ejercicio de los derechos fundamentales&rdquo;. El motivo es que la actuaci&oacute;n de S&agrave;nchez, agrega el Constitucional, era &ldquo;neutralizar&rdquo; sus decisiones y la de otros juzgados &ldquo;sirvi&eacute;ndose de la movilizaci&oacute;n ciudadana para la creaci&oacute;n de un Estado catal&aacute;n independiente en forma de rep&uacute;blica, prescindiendo de los procedimientos de reforma constitucional&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        &ldquo;Su actuaci&oacute;n desborda con claridad los l&iacute;mites de lo que puede considerarse un ejercicio leg&iacute;timo de aquellos derechos para exteriorizar la protesta o cr&iacute;tica por la actuaci&oacute;n de los poderes p&uacute;blicos&rdquo;, apostilla el Constitucional.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/constitucional-avala-condena-sedicion-no-vulnero-derechos-jordi-cuixart_1_7996299.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Jun 2021 11:46:07 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[El Constitucional avala que la condena por sedición no vulneró los derechos de los 'Jordis']]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Constitucional,Jordi Cuixart,Sentencia del Procés,Tribunal Supremo,Derechos fundamentales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenado por agredir a un mosso el neonazi acusado de apalizar a un independentista tras la sentencia del procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/condenado-agredir-mosso-neonazi-acusado-apalizar-independentista-sentencia-1_1_7896687.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/a4b7b3d6-0175-40f5-8e12-e1d8f82bddf2_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenado por agredir a un mosso el neonazi acusado de apalizar a un independentista tras la sentencia del procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia de Barcelona impone un año y diez meses de cárcel por atentado a la autoridad al manifestante de extrema derecha que espera otro juicio por golpear con palos y tubos metálicos a un joven</p><p class="subtitle">El fiscal pide cinco años de prisión a cuatro neonazis por agredir "despiadadamente" a un independentista</p></div><p class="article-text">
        Primera sentencia por los altercados que provoc&oacute; la extrema derecha tras la sentencia del proc&eacute;s. La Audiencia de Barcelona ha condenado al ultraderechista Marc R. a un a&ntilde;o y diez meses de c&aacute;rcel por agredir a un agente de los Mossos d'Esquadra durante la concentraci&oacute;n que varios grupos ultras y neonazis realizaron en la plaza Art&oacute;s de Barcelona. El joven tiene adem&aacute;s otro juicio pendiente, con <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/fiscal-pide-cinco-anos-prision-cuatro-neonazis-agredir-despiadadamente-independentista_1_7318043.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">una petici&oacute;n de cinco a&ntilde;os de c&aacute;rcel de la Fiscal&iacute;a</a>, por dar una paliza a un independentista la misma noche.
    </p><p class="article-text">
        Los hechos ocurrieron el 17 de octubre de 2019.&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/catalunya/politica/mossos-ultraderechistas-antifascistas-manifestacion-cdr_1_1303460.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Varios grupos de ultraderecha se reunieron en la plaza Art&oacute;s</a>, en la zona alta de Barcelona, donde se produjeron algunos momentos de tensi&oacute;n con una concentraci&oacute;n de los CDR. Despu&eacute;s el grupo decidi&oacute; dirigirse hacia el centro de la ciudad, donde se hab&iacute;an reunido grupos independentistas. Los Mossos d'Esquadra permitieron a los ultraderechistas marchar por Barcelona hasta llegar a la calle Balmes, donde los neonazis intentaron romper el cord&oacute;n policial para enfrentarse con los independentistas.
    </p><p class="article-text">
        En una sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, la secci&oacute;n 22a de la Audiencia de Barcelona condena al ultraderechista a un a&ntilde;o y diez meses de c&aacute;rcel por un delito de atentado contra los agentes de la autoridad, pero lo absuelve de los des&oacute;rdenes p&uacute;blicos de los que tambi&eacute;n estaba acusado. El propio joven reconoci&oacute; durante el juicio que golpe&oacute; al mosso en la barriga con el palo de una bandera con el &aacute;guila bic&eacute;fala que llevaba, pero que &ldquo;nunca&rdquo; tuvo la intenci&oacute;n de agredir al agente. &ldquo;Nunca habr&iacute;a pensado en agredir a un polic&iacute;a, pero me vi muy nervioso en esa situaci&oacute;n&rdquo;, apostill&oacute;. 
    </p><p class="article-text">
        Los magistrados concluyen que el ultraderechista &ldquo;propin&oacute; un golpe al agente con plena voluntad&rdquo;, una conducta que, al parecer de los togados, &ldquo;no tiene m&aacute;s finalidad que menoscabar la integridad&rdquo; del mosso as&iacute; como &ldquo;menospreciar a la autoridad&rdquo;. Descartan no obstante que el palo de la bandera pueda ser considerado un instrumento peligroso, circunstancia que agravar&iacute;a la pena. 
    </p><p class="article-text">
        En cambio los jueces absuelven al acusado del delito de des&oacute;rdenes del que le acusaba la Fiscal&iacute;a al no ver probado que la agresi&oacute;n al mosso &ldquo;produjera una alteraci&oacute;n de la paz p&uacute;blica&rdquo;. &ldquo;&Uacute;nicamente existe prueba de un acto violento, el ataque del acusado al agente de los Mossos d'Esquadra, pero dif&iacute;cilmente se puede afirmar que como consecuencia de ese ataque se haya producido una alteraci&oacute;n de la paz p&uacute;blica&rdquo;, argumenta la sentencia. 
    </p><p class="article-text">
        Si bien la condena por la agresi&oacute;n al mosso no implica su ingreso inmediato en prisi&oacute;n, el ultraderechista condenado tiene otro juicio pendiente con una petici&oacute;n de c&aacute;rcel m&aacute;s grave por parte de la Fiscal&iacute;a. Se trata de la paliza en grupo que varios ultras dieron a un independentista despu&eacute;s de que los j&oacute;venes de extrema derecha bajaran desde la plaza Art&oacute;s para enfrentarse a los CDR. El fiscal describe la agresi&oacute;n como &ldquo;despiadada&rdquo;.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1184929424388562944?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        Pasadas las 22:00h. de la noche, Marc R. y otros tres acusados armados con palos, tubos met&aacute;licos, piedras y banderas con mango de madera, &ldquo;abatieron de forma r&aacute;pida y conjunta&rdquo; a un joven al que consideraron &ldquo;enemigo&rdquo; por vincularlo con la ideolog&iacute;a independentista, expone el fiscal. El escrito de acusaci&oacute;n se&ntilde;ala que los cuatro acusados, m&aacute;s un menor que tambi&eacute;n particip&oacute; en la agresi&oacute;n, actuaron como &ldquo;una aut&eacute;ntica masa de acoso&rdquo;, haciendo perder el equilibrio a la v&iacute;ctima tras recibir un golpe de uno de los acusados con el tubo met&aacute;lico que llevaba. Ya con la v&iacute;ctima en el suelo, contin&uacute;a el fiscal, los neonazis continuaron agredi&eacute;ndole &ldquo;despiadadamente&rdquo; con los objetos que llevaban y le propinaron patadas y pu&ntilde;etazos. Solo cesaron la agresi&oacute;n cuando otras personas acudieron en auxilio de la v&iacute;ctima. Este juicio todav&iacute;a no tiene fecha.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/condenado-agredir-mosso-neonazi-acusado-apalizar-independentista-sentencia-1_1_7896687.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 05 May 2021 20:23:58 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Condenado por agredir a un mosso el neonazi acusado de apalizar a un independentista tras la sentencia del procés]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ultraderecha,Sentencia del Procés,Independentismo,Mossos d'Esquadra,Tribunal Superior de Justicia,TSJC - Tribunal Superior de Justicia de Catalunya]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los jueces avalan la detención de un menor en las protestas de la sentencia del 1-O: "No fue desproporcionada"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/jueces-avalan-detencion-menor-protestas-sentencia-1-no-desproporcionada_1_7388965.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/690a076c-27a8-43bf-b2ea-705cf54aa6ae_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los jueces avalan la detención de un menor en las protestas de la sentencia del 1-O: &quot;No fue desproporcionada&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Los agentes, destaca el tribunal, vieron al joven "arrojar objetos" contra ellos, por lo que lo inmovilizaron, lo tumbaron al suelo de espalda y le pusieron los grilletes</p></div><p class="article-text">
        Carpetazo definitivo a la investigaci&oacute;n de las lesiones sufridas por un menor de edad, Guillem S., en su detenci&oacute;n por parte de la Polic&iacute;a Nacional en las protestas contra la sentencia del proc&eacute;s. La Audiencia de Barcelona ha confirmado <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/juez-archiva-querella-policia-menor-lesiones-compatibles-detencion-protestas-sentencia-1_1_6256644.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">la decisi&oacute;n del juez instructor de archivar la querella</a> por torturas y lesiones del joven contra la Polic&iacute;a al concluir que las contusiones que sufri&oacute; son &ldquo;derivadas&rdquo; de una detenci&oacute;n que no fue &ldquo;desproporcionada&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        En un auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, la secci&oacute;n 10a de la Audiencia de Barcelona considera que las contusiones que presentaba el menor fueron consecuencia de la reducci&oacute;n realizada por la Polic&iacute;a para arrestarle frente a la jefatura superior de la V&iacute;a Layetana de Barcelona el 18 de octubre, horas antes que se desataran los graves altercados en la plaza Urquinaona. Los agentes, destaca el tribunal, vieron al joven &ldquo;arrojar objetos&rdquo; contra ellos, por lo que lo inmovilizaron, lo tumbaron al suelo de espalda y le pusieron los grilletes. &ldquo;Obviamente la acci&oacute;n es violenta porque el menor no quer&iacute;a ser detenido, pero no podemos tacharla de desproporcionada&rdquo;, resaltan los togados.
    </p><blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><a href="https://twitter.com/X/status/1185233530609115136?ref_src=twsrc%5Etfw"></a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script><p class="article-text">
        La detenci&oacute;n del joven devino viral. En las im&aacute;genes se observa como tras varios momentos de tensi&oacute;n entre manifestantes y agentes de la Polic&iacute;a Nacional en V&iacute;a Laietana, los antidisturbios deciden avanzar para dispersar a los centenares de j&oacute;venes que previamente hab&iacute;an lanzado varios objetos al cord&oacute;n policial y reducen a Guillem S. El menor adem&aacute;s afronta una petici&oacute;n de un a&ntilde;o de libertad vigilada por parte de la Fiscal&iacute;a como presunto autor de los disturbios. 
    </p><p class="article-text">
        Frente a las alegaciones de la defensa del joven de que los polic&iacute;as practicaron la detenci&oacute;n sin motivo, los jueces destacan que hab&iacute;a lanzamientos de objetos a los polic&iacute;as y que se empezaban a producir incidentes. &ldquo;Mantener que se trataba de una reuni&oacute;n pac&iacute;fica y que el menor estaba tranquilamente ejerciendo su derecho de protesta es camuflar a realidad de lo que sucedi&oacute; y que adem&aacute;s est&aacute; grabado&rdquo;, zanja el tribunal. 
    </p><p class="article-text">
        El joven denunci&oacute; adem&aacute;s haber sido torturado en la Jefatura de Via Laietana y en la comisar&iacute;a de La Verneda, extremo que tambi&eacute;n descarta el tribunal al no apoyarse la versi&oacute;n del menor en ninguno de los reconocimientos m&eacute;dicos a los que se someti&oacute; en las 24 horas que dur&oacute; su arresto. &ldquo;El informe no establece que el menor tuviera indicio alguno de haber sido golpeado en la cara como se relata&rdquo;, exponen los magistrados, que destacan adem&aacute;s que el menor no manifest&oacute; las torturas que denunci&oacute; despu&eacute;s cuando fue entrevistado por el equipo t&eacute;cnico del juzgado de menores. En suma, el tribunal concluye que &ldquo;no existen realmente indicios de lo relatado por el menor, ninguna corroboraci&oacute;n perif&eacute;rica que en su caso pueda mantener su relato&rdquo;. 
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[Oriol Solé Altimira]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/jueces-avalan-detencion-menor-protestas-sentencia-1-no-desproporcionada_1_7388965.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 08 Apr 2021 13:50:27 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Los jueces avalan la detención de un menor en las protestas de la sentencia del 1-O: "No fue desproporcionada"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Policía,Proceso soberanista,Sentencia del Procés,Menores,Policía Nacional,Antidisturbios]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Junqueras se suma a Puigdemont y pide recusar al magistrado del TC Conde-Pumpido para la causa del procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/puigdemont-condenados-1-quieren-apartar-magistrado-constitucional_1_7332644.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d378ab30-0f3c-4df8-9195-50676f8e25fb_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Junqueras se suma a Puigdemont y pide recusar al magistrado del TC Conde-Pumpido para la causa del procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">Alega que la intervención del juez en una conferencia en 2017 le "priva de cualquier apariencia de imparcialidad" para resolver los recursos de amparo en el Constitucional</p><p class="subtitle">Puigdemont recusa al magistrado del TC Conde-Pumpido</p></div><p class="article-text">
        El exvicepresident de la Generalitat, Oriol Junqueras, <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/puigdemont-pide-recusar-magistrado-constitucional-decisiones-proces_1_7322253.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">se ha sumado a Carles Puigdemont</a> y ha pedido la recusaci&oacute;n del magistrado del Tribunal Constitucional C&aacute;ndido Conde-Pumpido para apartarlo de los procedimientos relacionados con el proc&eacute;s. Junto al l&iacute;der de ERC, y adem&aacute;s del caso del expresident, tambi&eacute;n han presentado indicentes los exconsellers Ra&uuml;l Romeva, Antoni Com&iacute;n, Clara Ponsat&iacute; y Lluis Puig, si bien es posible que en las pr&oacute;ximas horas se sumen otros condenados por el 1-O que est&aacute;n en prisi&oacute;n, seg&uacute;n han apuntado fuentes jur&iacute;dicas a Efe.
    </p><p class="article-text">
        Los incidentes se basan en una conferencia pronunciada en el Congreso de los Diputados el 23 de noviembre de 2017 por Conde-Pumpido, seg&uacute;n consta en los escritos de los independentistas. Aquel d&iacute;a, el magistrado afirm&oacute;: &ldquo;Lo que me preocupa es, concretamente, la pretensi&oacute;n de subvertir el Estado social y democr&aacute;tico de Derecho utilizando fraudulentamente la propia bandera de la democracia (...). En resumen, me preocupa que se invoque la democracia &ndash;en concreto, la democracia directa&ndash; para derrocar la Constituci&oacute;n&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s se&ntilde;al&oacute; el magistrado que &ldquo;disponen por ello de la preeminencia, de los medios y de los instrumentos que les proporciona el propio marco constitucional para garantizar el autogobierno de su comunidad, incluida la disposici&oacute;n de cantidades relevantes de dinero p&uacute;blico o incluso la disposici&oacute;n de armas proporcionadas a sus fuerzas de seguridad (...) Unos instrumentos que pueden, en determinados casos, desviarse de su finalidad esencial&rdquo;.
    </p><p class="article-text">
        Los l&iacute;deres independentistas argumentan que &ldquo;Conde-Pumpido, en su intervenci&oacute;n, se aline&oacute; plenamente con todas y cada una de las tesis del Ministerio Fiscal en su querella de 30 de octubre de 2017&rdquo;, con alusiones a la malversaci&oacute;n, a un alzamiento y a los Mossos. En base a ello, alegan que su intervenci&oacute;n le &ldquo;priva de cualquier apariencia de imparcialidad&rdquo; para resolver los recursos de amparo en el Constitucional e invocan no solo el derecho a un juez imparcial sino tambi&eacute;n el derecho a la igualdad en la aplicaci&oacute;n de la Ley porque su situaci&oacute;n es &ldquo;an&aacute;loga&rdquo; a la de otro magistrado del TC. 
    </p><p class="article-text">
        Al respecto, el escrito se&ntilde;ala que este discurso fue pronunciado en &ldquo;circunstancias semejantes&rdquo; al del magistrado Antonio Narv&aacute;ez, quien <a href="https://www.eldiario.es/politica/magistrado-narvaez-aparta-recursos-proces-constitucional-decida-recusacion_1_7223424.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">recientemente decidi&oacute; apartarse voluntariamente de participar en las resoluciones del proc&eacute;s</a> en el tribunal de garant&iacute;as tras una avalancha de recusaciones de todos los implicados en los hechos. Es por ello que los condenados y procesados buscan repetir la misma jugada que contra Narvaez, por lo que en caso de que los incidentes de recusaci&oacute;n se admitan a tr&aacute;mite se paralizar&aacute;n nuevamente todos los procedimientos en los que interviene el magistrado mientras se resuelven las recusaciones. Y eso implica, en caso de tramitarse, que la resoluci&oacute;n de los recursos de amparo pendientes de resolver contra la sentencia del Supremo se dilate al menos un par de meses, que es el tiempo medio que se tardan en resolver los incidentes presentados.
    </p><p class="article-text">
        Solo que en este caso, las recusaciones apuntan m&aacute;s alto porque C&aacute;ndido Conde-Pumpido, por su dilatada experiencia en asuntos de derecho penal, coordina al equipo de letrados que ha revisado hasta la fecha todos los recursos del proc&eacute;s durante la instrucci&oacute;n de la causa, una tarea en la que estuvo acompa&ntilde;ado por otro penalista Antonio Narv&aacute;ez, hasta que este se apart&oacute; del procedimiento por esas mismas recusaciones que ahora se dirigen hacia G&oacute;mez-Pumpido.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Catalunya]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/puigdemont-condenados-1-quieren-apartar-magistrado-constitucional_1_7332644.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 22 Mar 2021 10:57:50 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Junqueras se suma a Puigdemont y pide recusar al magistrado del TC Conde-Pumpido para la causa del procés]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Oriol Junqueras,Procés,Sentencia del Procés,Tribunal Constitucional,Carles Puigdemont]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Condenado a cuatro años y medio de prisión un joven por los altercados en Madrid tras la sentencia del procés]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/condenado-cuatro-anos-medio-prision-joven-altercados-madrid-sentencia-proces_1_6510650.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/d9501437-1415-4074-802f-a04d223f18ad_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenado a cuatro años y medio de prisión un joven por los altercados en Madrid tras la sentencia del procés"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La Audiencia de Madrid considera probado que Dani Gallardo participó en los disturbios y golpeó con un palo a agentes de la Policía Nacional</p></div><p class="article-text">
        La Audiencia de Madrid ha condenado a cuatro a&ntilde;os y medio de c&aacute;rcel al joven de 23 a&ntilde;os Dani Gallardo por los disturbios en las protestas en la capital de Espa&ntilde;a contra la sentencia del 1-O. El tribunal considera probado que Gallardo particip&oacute; en los altercados y golpe&oacute; con un palo a agentes de la Polic&iacute;a Nacional.
    </p><p class="article-text">
        En su sentencia, el tribunal impone a Gallardo un a&ntilde;o de prisi&oacute;n por el delito de des&oacute;rdenes p&uacute;blicos y tres y medio por el de atentado a los agentes de la autoridad y lesiones leves a un polic&iacute;a, al que el condenado deber&aacute; indemnizar con 2.100 euros. Respecto a la segunda acusada, los jueces la condenan a un a&ntilde;o de prisi&oacute;n por des&oacute;rdenes p&uacute;blicos, y junto a Gallardo deber&aacute;n indemnizar al Ayuntamiento de Madrid con 3.500 euros. 
    </p><p class="article-text">
        Gallardo era el &uacute;nico detenido por los altercados del pasado mes de octubre que permanec&iacute;a en prisi&oacute;n provisional antes del juicio, pues los m&aacute;s de 200 arrestados en Catalunya fueron puestos en libertad provisional o, como <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/justicia-absuelve-acusados-altercados-sentencia-proces-escasa-calidad-investigacion-mossos_1_6120700.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">en el caso de los primeros j&oacute;venes juzgados en Girona, absueltos.</a> El tribunal dej&oacute; en libertad a Gallardo el 17 de noviembre, tras m&aacute;s de un a&ntilde;o en prisi&oacute;n preventiva. Adem&aacute;s de estos dos primeros casos que han llegado a juicio otros se han saldado con condenas de conformidad por <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/miedo-altas-penas-empuja-detenidos-altercados-sentencia-proces-negociar-fiscalia-evitar-carcel_1_6278435.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">el miedo de los j&oacute;venes acusados a las altas penas que pide la Fiscal&iacute;a.</a>
    </p><p class="article-text">
        <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/juicio-joven-altercados-madrid-sentencia-proces-ano-prision-preventiva_1_6392044.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">El tribunal no da credibilidad al alegato de Gallardo</a>, que neg&oacute; que participara tanto en la concentraci&oacute;n en favor de los presos del proc&eacute;s en Madrid como en los disturbios que tuvieron lugar en la plaza Santa Ana y afirm&oacute; que estaba tomando unas cervezas cuando ocurrieron los incidentes. Por contra, los polic&iacute;as testificaron avalaron el relato acusatorio de la Fiscal&iacute;a, que ped&iacute;a hasta seis a&ntilde;os de c&aacute;rcel para el joven, y explicaron que Gallardo agredi&oacute; a un agente &ldquo;con una estaca con clavos&rdquo;, lo que describieron como &ldquo;un golpe brutal&rdquo;. &ldquo;Si no lleva casco, lo mata&rdquo;, dijo un agente que presenci&oacute; los hechos.
    </p><p class="article-text">
        La sentencia da por probado que Gallardo particip&oacute; en un grupo de unas 80 personas que portaban palos y adoquines que causaron desperfectos tras una manifestaci&oacute;n en favor de los presos del 1-O, increparon a viandantes y &ldquo;alteraron injustificadamente la paz social y el orden p&uacute;blico&rdquo;. El grupo, contin&uacute;an los jueces, se dispers&oacute; y realiz&oacute; por las calles del centro de Madrid diversas barricadas para entorpecer el trabajo policial destinado a disolver los disturbios. 
    </p><p class="article-text">
        Tras llegar a la Plaza de la Villa &ldquo;la tomaron&rdquo; y ah&iacute; es donde Elsa V.E., la segunda condenada a un a&ntilde;o de c&aacute;rcel, fue alcanzada en su huida por los agentes al ser identificada como una de las personas que particip&oacute; en &ldquo;la masa violenta&rdquo;. Al ver que su compa&ntilde;era era reducida, Gallardo y &ldquo;le golpe&oacute; s&uacute;bitamente por la espalda y de manera violenta con un palo de unos 90 cent&iacute;metros de largo y 7 cent&iacute;metros de ancho atravesado por seis clavos&rdquo;, remarca la sentencia. 
    </p><p class="article-text">
        El agente recibi&oacute; hasta dos golpes en la cabeza, que ten&iacute;a cubierta por un casco de protecci&oacute;n, y se libr&oacute; de un tercero porque otro agente logr&oacute; llegar a tiempo. &ldquo;No se trata de una acci&oacute;n defensiva, es un evidente acometimiento que tuvo consecuencias que sin duda dado el medio empleado pudieron provocar da&ntilde;os de mayor entidad, lo que no ocurri&oacute; debido al material de protecci&oacute;n que utilizaba el agente&rdquo;, se&ntilde;alan los magistrados.
    </p><p class="article-text">
        Adem&aacute;s, la sentencia recoge que el agente, que tuvo que ser atendido por el Samur, sufri&oacute; lesiones sin p&eacute;rdida de conocimiento , una contusi&oacute;n en el hombro izquierdo con eritema y dolor que precis&oacute; para su curaci&oacute;n una sola asistencia sanitaria pero que le mantuvo 21 d&iacute;as impedido.
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Catalunya]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/condenado-cuatro-anos-medio-prision-joven-altercados-madrid-sentencia-proces_1_6510650.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 16 Dec 2020 17:20:12 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Condenado a cuatro años y medio de prisión un joven por los altercados en Madrid tras la sentencia del procés]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Disturbios,Proceso soberanista,Sentencia del Procés,Policía Nacional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Amnistía Internacional reclama la libertad de los 'Jordis' y acusa al Supremo de "perpetuar una situación de injusticia"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/amnistia-internacional-reclama-libertad-jordis-acusa-supremo-perpetuar-situacion-injusticia_1_6481778.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.eldiario.es/clip/8de19e53-d237-4680-b24f-f75dbea4adfc_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Amnistía Internacional reclama la libertad de los &#039;Jordis&#039; y acusa al Supremo de &quot;perpetuar una situación de injusticia&quot;"></p><div class="subtitles"><p class="subtitle">La organización reclama al Congreso que avance "sin demora" en una reforma del delito de sedición que evite la imposición de penas "desproporcionadas" por actos de desobediencia</p><p class="subtitle">El Supremo revoca el tercer grado de los presos del procés avalado por los jueces penitenciarios</p></div><p class="article-text">
        Amnist&iacute;a Internacional ha vuelto a cargar contra el encarcelamiento del exl&iacute;der de la ANC, Jordi S&agrave;nchez, y el presidente de &Ograve;mnium Cultural, Jordi Cuixart. <a href="https://www.eldiario.es/catalunya/supremo-revoca-tercer-grado-presos-proces-avalado-jueces-penitenciarios_1_6452160.html" target="_blank" data-mrf-recirculation="links-noticia" class="link">Tras revocar el Tribunal Supremo el tercer grado para todos los presos del proc&eacute;s</a>, la organizaci&oacute;n ha emitido un comunicado en el que reclama la libertad de ambos y considera que la decisi&oacute;n del Alto Tribunal &ldquo;perpet&uacute;a una situaci&oacute;n de injusticia&rdquo;.&nbsp;
    </p><p class="article-text">
        El director de Amnist&iacute;a Internacional Espa&ntilde;a, Esteban Beltr&aacute;n, ha reiterado que Cuixart y S&aacute;nchez &ldquo;nunca deber&iacute;an haber entrado en prisi&oacute;n&rdquo; y que la condena por sedici&oacute;n &ldquo;constituye una restricci&oacute;n indebida de sus derechos a la libertad de expresi&oacute;n y de reuni&oacute;n pac&iacute;fica&rdquo;. Desde que ambos activistas entraron en la c&aacute;rcel, esta organizaci&oacute;n ha pedido su puesta en libertad. En esta ocasi&oacute;n, reclaman adem&aacute;s al Congreso que avance &ldquo;sin demora&rdquo; en la reforma del delito de sedici&oacute;n en el C&oacute;digo Penal, para que &ldquo;no criminalice indebidamente&rdquo; las manifestaciones ni sirva para imponer penas que considera &ldquo;desproporcionadas&rdquo; ante actos de &ldquo;desobediencia civil&rdquo;. 
    </p><p class="article-text">
        El Tribunal Supremo ha resuelto este viernes revocar el tercer grado &ndash;equivalente a la semilibertad&ndash; que las prisiones catalanas y los jueges de vigilancia penitenciaria hab&iacute;an concedido a los nueve presos independentistas. Los jueces han considerado &ldquo;prematura&rdquo; esa autorizaci&oacute;n. A efectos pr&aacute;cticos, los siete hombres presos en Lledoners ya hab&iacute;an vuelto al segundo grado desde julio &ndash;la jueza de vigilancia suspendi&oacute; la semilibertad por un recurso de la Fiscal&iacute;a&ndash;, mientras que las dos mujeres, Carme Forcadell y Dolors Bassa, s&iacute; estaban ya en tercer grado.
    </p><h3 class="article-text">Oriol Junqueras: &ldquo;El Supremo dicta venganza de nuevo&rdquo;</h3><p class="article-text">
        Los pol&iacute;ticos independentistas encarcelados han coincidido en considerar &ldquo;previsible&rdquo; y sin &ldquo;sorpresas&rdquo; la decisi&oacute;n del  Supremo. El exvicepresidente de la Generalitat y l&iacute;der de ERC, Oriol Junqueras, ha considerado que el Supremo &ldquo;dicta venganza de nuevo&rdquo; y ha criticado haber conocido la revocaci&oacute;n por los medios de comunicaci&oacute;n. &ldquo;Es vergonzosa la falta de respeto hacia nosotros y las nuestras familias&rdquo;, ha publicado.&nbsp;El exconseller de Territorio y Sostenibilidad Josep Rull ha asegurado que &ldquo;al Supremo no le preocupa ni la justicia ni los derechos civiles, s&oacute;lo el escarmiento&rdquo; y que la revocaci&oacute;n del tercer grado &ldquo;es un castigo pol&iacute;tico&rdquo; por su ideolog&iacute;a &ldquo;
    </p><p class="article-text">
        El exconseller de Presidencia, Jordi Turull, ha afirmado en Twitter que &ldquo;el escarmiento, la venganza de Estado y la aplicaci&oacute;n del derecho penitenciario del enemigo no deja ning&uacute;n margen para las sorpresas&rdquo; y el exconseller de Asuntos Exteriores Ra&uuml;l Romeva ha afirmado que era &ldquo;el m&aacute;s previsible de los escenarios&rdquo;.&nbsp;&ldquo;El Supremo ha vuelto a dictar sentencia. Poco a poco ese Estado va convirti&eacute;ndose en una gran prisi&oacute;n, una democracia fallida que est&aacute;n creando ellos mismos&rdquo;, ha a&ntilde;adido.
    </p><p class="article-text">
        Cuixart, por su parte, ha subrayado que los presos y exiliados no son &ldquo;la visualizaci&oacute;n de una derrota&rdquo; y ha reivindicado la amnist&iacute;a para ellos y la autodeterminaci&oacute;n de Catalunya &ldquo;hoy m&aacute;s que nunca&rdquo;.&nbsp;S&aacute;nchez ha criticado &ldquo;la tenacidad del Estado y del Tribunal Supremo&rdquo; por &ldquo;ahogar&rdquo; a los dirigentes soberanistas y ha lamentado la situaci&oacute;n en la que se encuentra el independentismo: &ldquo;Todav&iacute;a buscamos el hilo perdido que nos hizo ser tan fuertes del 1-O&rdquo;.&nbsp;
    </p>]]></description>
      <dc:creator><![CDATA[elDiario.es Catalunya]]></dc:creator>
      <guid isPermaLink="true"><![CDATA[https://www.eldiario.es/catalunya/amnistia-internacional-reclama-libertad-jordis-acusa-supremo-perpetuar-situacion-injusticia_1_6481778.html]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 04 Dec 2020 11:12:42 +0000]]></pubDate>
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      <media:title><![CDATA[Amnistía Internacional reclama la libertad de los 'Jordis' y acusa al Supremo de "perpetuar una situación de injusticia"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Procés,Sentencia del Procés,Independentismo,Tribunal Supremo,Jordi Cuixart,Oriol Junqueras]]></media:keywords>
    </item>
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