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El Supremo se opone al indulto a los condenados por el procés ante su falta de “arrepentimiento”

El magistrado Manuel Marchena durante el juicio del procés

Oriol Solé Altimira

26 de mayo de 2021 11:52 h

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Los indultos a los presos del procés ya están en manos del Gobierno de Pedro Sánchez con un duro informe del Tribunal Supremo en contra de su concesión. El tribunal que sentenció a los independentistas, presidido por el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, se ha opuesto a la medida de gracia ya que los condenados no han contribuido a justificar las “razones de justicia, equidad o utilidad pública” que la justificarían ni han mostrado “el más débil indicio de arrepentimiento”. El informe del Supremo es preceptivo, aunque no vinculante, para el Gobierno, y al ser negativo impide un indulto total.

Solo 24 horas después de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, allanara el camino a los indultos con el objetivo de contribuir a la “convivencia” y el “reencuentro”, el Supremo le responde con los mismos términos, pero para oponerse a la medida de gracia. Destaca el tribunal que los condenados por sedición consumaron un “ataque a la paz pública y a la resoluciones judiciales como fundamento de la convivencia” del que no solo no se arrepienten, sino que proclaman que “lo volverían a hacer”. Según el Supremo, los presos quieren “reincidir en el ataque a los pilares de la convivencia” y no presentan “una voluntad de reencuentro con el orden jurídico” que menoscabaron, lo que convierte el indulto en una “solución inaceptable” para extinguir sus penas de cárcel.

Más allá de rechazar el indulto, el Supremo se adentra en defender el cumplimiento de las penas de prisión que impuso a los líderes soberanistas. “Una sociedad pluralista, inspirada en valores democráticos, puede exigir mediante la imposición de una pena que la ruptura de las bases de la convivencia nunca sea el fruto de una decisión unilateral, apoyada en la engañosa movilización de una ciudadanía a la que irresponsablemente se empuja a construir un nuevo Estado que solo existe en la imaginación de sus promotores”, razona la Sala.

Además de las veladas críticas al Gobierno, el informe del Supremo contiene contundentes ataques contra los presos, las cárceles catalanas y los particulares que solicitaron el indulto, como el sindicato UGT o el letrado Francesc Jufresa. E incluye una respuesta a los dos magistrados del Tribunal Constitucional que criticaron por “desproporcionadas” las altas penas de cárcel en su voto particular contrario a la mayoría de togados que sí avalaron la condena por sedición. Según el Supremo, el argumento de que la sedición no puede ser sentenciado con penas tan altas “conduce al absurdo” ya que es un delito grave que no solo castiga el “desbordamiento de los límites el orden público” sino un “ataque” a la “solidez de los que se asienta la convivencia democrática”.

Crítica a Jordi Cuixart y a los presos

Solo el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, respondió la petición que hizo al Supremo sobre si quería el indulto para decir que priorizaba la amnistía y que “lo volvería a hacer”. Los presos de Junts y ERC dieron la callada por respuesta al entender que el Supremo realizaba con su pregunta una maniobra política. Para el tribunal, las palabras de Cuixart expresan “una actitud antidemocrática” en la que “la propia conciencia” de cada ciudadano “autorizaría a pulverizar las bases de la convivencia”. El Supremo tilda de “grave” la reivindicación de Cuixart de que volvería a llamar a manifestarse ante la conselleria de Economía y a defender los colegios el 1-O, pues recuerda el tribunal que las movilizaciones del otoño soberanista de 2017 “ni fueron pacíficas ni fueron democráticas”.

Respecto a los condenados que guardaron silencio, el Supremo critica que su “indolencia o indiferencia, aparente y puramente fingida o real” les sitúa “a las antípodas” de la actitud que “cabría esperar” de alguien que aspira a ser indultado. Les afea además que se presenten como “presos políticos” cuando llamaron a una “movilización encaminada a subvertir unilateralmente el orden constitucional, voltear el funcionamiento de las instituciones e imponer la propia conciencia frente a las convicciones del resto de sus ciudadanos”. Ante su falta de respuesta, agrega el tribunal, las razones de justicia o equidad que respaldarían extinguir parcial o totalmente las penas de prisión “pierden cualquier justificación”.

En línea con las críticas a la administración penitenciaria catalana de anteriores resoluciones, el Supremo arremete contra las cárceles donde cumplen condena los líderes soberanistas, que expresaron el progreso favorable de los presos del procés ante el indulto. Acusa el tribunal a las cárceles de unificar “de forma contumaz” el tratamiento penitenciario a todos los presos, cuando lo pertinente hubiera sido individualizarlo por cada penado, lo que “ha entorpecido de forma notable el cumplimiento de los fines de la pena, alimentando la ficción de un sujeto colectivo que sería titular del derecho al indulto”. Y a los particulares que solicitaron el indulto el Supremo les reprocha que plantearan sus peticiones como una vía para “corregir la injusticia” de la sentencia del procés, un motivo que no contempla la ley para conceder la medida de gracia.

La ley impide las “medidas de autoindulto”

Con el informe del Supremo, la pelota de los indultos vuelve al tejado del Gobierno nueve meses después de que el Ejecutivo iniciara su tramitación. Al igual que el tribunal, la Fiscalía lo rechazó de plano, con la misma dureza que ha mostrado a lo largo de toda la causa del procés. El Supremo se refiere al informe de los fiscales en un aspecto que puede tener trascendencia ante los recursos en contra de su concesión anunciados por el PP y la extrema derecha. Argumentó la Fiscalía la ley del indulto prohíbe concederlo a los ministros del Gobierno, algo que el Ministerio Público creía extendible a los exconsellers de la Generalitat. El Supremo “coincide” con los fiscales en que la ley impide “medidas de autoindulto” a los miembros del Ejecutivo, aunque también “constata” que la analogía entre ministros y consellers que hace el Minsiterio Público “podrían ser valoradas desde la singular perspectiva” del caso del procés, en el que algunos de los aspirantes al indulto, recuerda el tribunal, son líderes políticos de partidos que “hoy por hoy garantizan la estabilidad del Gobierno llamado al ejercicio de la medida de gracia”.

En cambio la Sala de lo Penal del Alto Tribunal no hace mención alguna al informe de la Abogacía del Estado, perjudicada por el delito de malversación al que fueron condenados el exvicepresident Oriol Junqueras y los exconsellera Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull. Antes de emitir su dictamen la Abogacía pidió al Supremo que reclamara un informe al Tribunal de Cuentas para certificar algo conocido públicamente desde el año pasado, esto es, que los presos depositaron una fianza de 4,1 millones de euros para afrontar su eventual condena ante ese órgano por los gastos del 1-O, lo que alargó todavía más los trámites.

El Tribunal de Cuentas confirmó al Supremo el pasado 16 de marzo que la fianza estaba depositada. La Abogacía del Estado, que depende del Gobierno, emitió el 30 de marzo su informe, en el que rechazó pronunciarse a favor o en contra del indulto alegando que de hacerlo se estaría “anticipando” a una decisión que corresponde al Gobierno. Con el trámite del Supremo completado corresponde ahora al Ministerio de Justicia elevar al Consejo de Ministros una propuesta sobre el indulto sobre los condenados, que llevan ya más de tres años en prisión.

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