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El Supremo rechaza los recursos contra los indultos del procés porque ni PP ni Vox ni Ciudadanos podían recurrir

Siete de los indultados tras su salida de la prisión de Lledoners.

Alberto Pozas

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El Tribunal Supremo ha decidido rechazar todos los recursos interpuestos contra los indultos de los líderes independentistas condenados por el procés catalán. Los jueces han estimado las alegaciones de la Abogacía del Estado y entienden que ningún recurrente estaba legitimado para cuestionar la medida de gracia: ni representantes de PP, Vox y Ciudadanos ni tampoco una asociación ni finalmente Convivencia Cívica Catalana.

En un comunicado, el Supremo explica que la sala de lo contencioso ha estudiado hoy estas alegaciones de la Abogacía del Estado y ha decidido, por mayoría, darle la razón y entender que ninguno de los recurrentes tenía habilitación legal para recurrir los indultos. “La Sala ha decidido por mayoría estimar las referidas alegaciones previas en relación con la falta de legitimación activa en todos y cada uno de los recursos interpuestos”, explica el comunicado. Los autos completos, con los argumentos de los magistrados, se conocerán en los próximos días pero la decisión de esta sección de lo contencioso no ha sido unánime.

El Gobierno concedió indultos a los presos del procés condenados a penas de prisión el pasado mes de junio. El Tribunal Supremo impuso condenas de inhabilitación a tres de los políticos encausados por un delito de desobediencia y para el resto condenas de hasta 13 años de cárcel, en el caso de Oriol Junqueras, por sedición y malversación de caudales públicos. Recientemente el Tribunal Constitucional ha avalado la mayoría de las condenas de los líderes independentistas.

Varios partidos de la oposición así como distintas asociaciones decidieron recurrir los indultos por la vía contencioso-administrativa, una vez cerrada la vía penal contra el ejecutivo. El líder del PP, Pablo Casado, justificó el recurso de su partido en un “atropello democrático” a “millones de españoles”. Inés Arrimadas, líder de Ciudadanos, habló de “atropello al Estado de Derecho” y Santiago Abascal, acusó al ejecutivo central de dar “una puñalada por la espalda a los españoles y al Rey”.

Los dos primeros partidos recurrieron a través de diputados: Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa, José María Espejo-Saavedra, Alejandro Fernández, Santiago Rodríguez, Andrea Levy, Juan Bautista y Lorena Roldán. Recurrió también el exdelegado del Gobierno en Cataluña, Enric Millo así como Convivencia Cívica Catalana y la asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén. Ninguno estaba legitimado para interponer este recurso, según acaba de zanjar la sala tercera por mayoría de sus miembros aunque los argumentos del alto tribunal se conocerán en los próximos días.

En un tuit, la diputada de Vox Macarena Olona ha anunciado que la formación ultraderechista recurrirá esta decisión ante el Tribunal Constitucional. El partido de Santiago Abascal ejerció la acusación popular en el juicio contra los líderes independentistas, aunque no fueron considerados perjudicados o víctimas en la sentencia, y entienden que esa posición les permite poder cuestionar los indultos y que la sala entre a estudiar el fondo del asunto.

Los antecedentes

El Tribunal Supremo ya contaba con antecedentes sobre la legitimación de los partidos políticos y sus representantes para recurrir indultos sin ser parte del proceso judicial. En 2012, por ejemplo, la sala rechazó el recurso de Joan Coscubiela y Laia Ortiz (Iniciativa per Catalunya Verds) contra el indulto concedido al banquero Alfredo Sáenz. Los argumentos de este auto, que tuvo como ponente al hoy presidente del Supremo Carlos Lesmes, eran claros: “Su legitimación no puede fundarse en el simple hecho del cargo público que desempeñan, pues su campo de actuación propio es la representación política, pero no el de la genérica defensa de la legalidad ante los tribunales”, dijo entonces el Supremo.

Ya entonces los jueces advirtieron contra los peligros de permitir que los políticos recurrieran indultos sin formar parte del proceso judicial. “Produciría como inmediata consecuencia la apertura de la legitimación para recurrir a un innumerable número de personas y grupos que transformaría la legitimación en acción pública, lo que indudablemente no puede admitirse en los términos de la Ley para el presente caso”, zanjó la sala. Recientemente la misma sala rechazó por el mismo motivo los recursos de Partido Popular y Vox contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general del Estado.

En ese caso Vox y PP también recibieron una respuesta contundente del Supremo. Los jueces reprocharon a ambos partidos que intentaran ejercer una “acción popular de carácter político” inexistente en la Ley. En esa sentencia ya dejaron claro que su decisión sobre su falta de legitimación era previsible por su “abrumadora” jurisprudencia con varias decenas de casos resueltos en sentido similar en los últimos años.

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