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El Ayuntamiento de Adeje deberá indemnizar a una popular discoteca por ordenar su cierre durante 21 días

Efe

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Ayuntamiento de Adeje a indemnizar a los propietarios de la discoteca Monkey Beach Club por haber ordenado su clausura durante un total de 21 días porque supuestamente abrió sin haber concluido las obras de ampliación.

Los dueños de este negocio reclamaban casi 218.000 euros en concepto de compensación por los daños y perjuicios ocasionados por el cierre, que tuvo lugar entre el 25 de julio y el 15 de agosto de 2018.

La corporación local ordenó el cese temporal de la actividad del Monkey Beach Club, situado en la playa de Troya, a raíz del inicio de un expediente debido a que el local abrió sus puertas, supuestamente, sin haber concluido las obras de ampliación.

Una vez que se considera “incuestionable” que el local fue indebidamente clausurado, ahora se debe determinar la cantidad a pagar durante la ejecución del fallo. La cifra final se calculará basándose en el lucro cesante, ya que, según el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el prejuicio producido “es una consecuencia manifiesta y necesaria de la indebida paralización, al privar a la discoteca de la actividad económica”.

Los dueños del negocio tienen que demostrar el alcance de esta clausura temporal y el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ya fija que deberá basarse en las ganancias que hubiesen obtenido durante ese tiempo, prorrateadas y multiplicadas por los días en los que se produjo el cierre “indebido”.

El Ayuntamiento de Adeje compensará a los propietarios por el daño “real demostrable” que le supuso al contratista la orden municipal de paralización de las obras. El tribunal considera indemnizables los gastos salariales extraordinarios ocasionados por los sueldos del personal y el pago a la Seguridad Social.

El TSJC determina que la compensación tendrá en cuenta las facturas y contratos aportados, y abarcará el importe fijado por los 21 días de suspensión. Cuestiona tanto el Decreto de julio de 2018, por el que se ordenó la incoación de un expediente de disciplina urbanística, como la suspensión de las obras para adecuar el establecimiento a la licencia del proyecto y el consiguiente cese de actividad.

De hecho, el Ayuntamiento tuvo que emitir otro Decreto para anular los dos anteriores, lo que de por sí suponía el derecho a ser indemnizado cuando estas medidas tienen su origen en causas “espurias” imputables a la Administración.