Cárcel para un falso abogado y una agente inmobiliaria por vender un piso a espaldas de la dueña en Tenerife
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de cuatro años de cárcel para un falso abogado y para una agente inmobiliaria por quedarse con 105.000 euros de una clienta a la que vendieron un piso en Tegueste (Tenerife) que jamás recibió porque la operación se realizó a espaldas de la dueña, quien tampoco cobró dinero alguno.
El fallo, que ya es firme, obliga a la devolución conjunta de la cantidad estafada y pagar cada uno 2.200 euros de multa.
Ante el Supremo la denunciante solicitó, sin éxito, la condena de otra trabajadora de la inmobiliaria, a la que la acusada entregó 35.000 euros que fueron ingresados en la cuenta de su hija, porque la procesada se lo había pedido como un favor para eludir varios embargos.
La otra parte del recurso fue interpuesto por los condenados, quienes calificaban de “muy deficiente” la asistencia ofrecida por un abogado de oficio durante la tramitación de la causa, lo que el alto tribunal rechaza señalando que esta carencia debe ser “muy manifiesta” y demostrarse.
El Supremo indica que los recurrentes, en vez de refugiarse en una espera pasiva, como al parecer ocurrió, al no existir contacto entre ellos antes del juicio, tampoco hicieron “el más mínimo esfuerzo” para entablar relaciones con los profesionales que los defendieron.
En realidad, el primer letrado que habían contratado dejó de ejercer a mitad del procedimiento por lo que la mujer eligió uno de oficio, que luego cambió por otro particular, y el hombre también recurrió a uno de su confianza, y que según se constata defendieron su absolución en el juicio.
Por lo tanto, el fallo concluye con que “no puede estimarse que los recurrentes no hayan gozado de una defensa absolutamente digna, tanto en la instrucción, como en la fase intermedia y en el juicio oral”.
En febrero de 2020, la propietaria contactó con la agente para encomendarle la venta de la casa por 200.000 euros, pero poco después al ver que lo estaba anunciando por 180.000 optó por romper el acuerdo con la inmobiliaria y así se lo hizo saber.
Pese a ello, la procesada siguió adelante con la operación tras haber contactado con una compradora que empezó a ingresarle dinero en varias cuentas mientras que, de acuerdo con un falso abogado, la convencieron para desembolsar un total de 105.000 euros.
Las transferencias se quedaron en poder de los dos condenados y la compradora, al ver que no se formalizaba la operación y sólo le daban excusas, insistió en reunirse con el supuesto letrado, quien le dijo que no se preocupara que si no se confirmaba la compra le devolverían el dinero.
Al final la estafada fijó una fecha para acudir a un notario con el fin de formalizar la compra, después de que la verdadera propietaria no acudiera en otras dos ocasiones anteriores, advirtiéndole por burofax de que si no se presentaba tendrían que devolverle el doble del dinero recibido.
La dueña le contestó que ella no había autorizado la venta ni recibido dinero alguno, momento en el que la estafada se dio cuenta de lo que había ocurrido y presentó la denuncia.
El Tribunal Supremo concluye que no tiene duda alguna de la autoría de los dos procesados una vez que se llevó a cabo la correspondiente vista oral y las pruebas presentadas, pese a que ambos negaron haber engañado a la denunciante.
Durante la vista oral se intentó demostrar el delito con el anuncio de la venta o las transferencias a diversas cuentas de las cuales ninguna de ellas está a nombre de la propietaria, lo que la estafadora explicó porque quería el dinero en efectivo ya que tenía diversas deudas.
La Sala tuvo en cuenta que al contrario de lo que ocurre en este tipo de operaciones, no se dejó constancia documental de las operaciones pero sí se hizo un borrador en el que se reflejaba la intención de devolver el dinero, incluso las comisiones cobradas.
También se aportaron conversaciones por mensajería que demuestran la existencia de un pacto con la estafada que se rompe meses más tarde y la intervención del falso abogado, con el que la denunciante habló varias veces bajo la creencia de que era letrado, algo que nunca negó.