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Dichosas aguas

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Veo con asombro una noticia en la Tele pública canaria en la que se afirma sin rubor que alrededor de Canarias solo hay aguas territoriales. Y eso es absolutamente falso. Ay, si don Victoriano levantara la cabeza. Tantos años batallando para esto.

Esa metedura de pata de RTVC -aunque entiendo que es un tema muy complejo sobre el que se han vertido cantidad de barbaridades, como veremos- vino a cuento de la aprobación por parte del Parlamento de Canarias de una proposición no de ley (PNL) de Nueva Canarias, a instancias de la Plataforma Por el Mar Canario (que llevan 30 años bregando por nuestras aguas), en la que se insta al Gobierno de España “a continuar e intensificar las gestiones precisas ante los órganos correspondientes de la ONU (Naciones Unidas) a los efectos de defender el estatus que ya tiene reconocida la Comunidad Autónoma de Canarias en el Estatuto de Autonomía como archipiélago y así obtener el reconocimiento jurídico internacional de Canarias como un archipiélago con arreglo al artículo 46.b del Tratado Internacional del Mar de la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar (Convemar)”.

El artículo 46 alude a los archipiélagos, y su tenor literal es:

a) Por “Estado archipelágico” se entiende un Estado constituido totalmente por uno o varios archipiélagos y que podrá incluir otras islas;

b) Por “archipiélago” se entiende un grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las conectan y otros elementos naturales, que estén tan estrechamente relacionados entre sí que tales islas, aguas y elementos naturales formen una entidad geográfica, económica y política intrínseca o que históricamente hayan sido considerados como tal.

Es obvio que Canarias no es un estado archipelágico; es decir, es un archipiélago de la letra b) porque forma parte del Estado español, por lo que no necesita ningún “reconocimiento jurídico internacional como un archipiélago”. Lo es por descarte. O se es un estado archipelágico o, si se es como nosotros (es decir, un grupo de islas, incluidas las aguas que las conectan, que formamos una entidad geográfica, económica y política intrínseca históricamente considerados como tal) somos un archipiélago a secas.

Lo trágico es que el archipiélago de la letra b) del art. 46 ya no aparece más en la Convemar. Hay una gran laguna jurídica en torno a esta realidad, porque la Convemar solo se va a dedicar a regular a los estados archipelágicos.

La diferencia entre ambos archipiélagos es que el que es estado puede delimitar sus aguas conforme al art. 47 de la Convemar: trazando líneas de base archipelágicas rectas que unan los puntos extremos de las islas más alejados del archipiélago.

Precisamente esa falta de regulación específica a los archipiélagos que no son estado en el resto de la Convemar ha suscitado la polémica de si estos puede trazar líneas de bases archipelágicas como los estados archipelágicos. 

Pese a que la mayoría de la doctrina y los países entiende que no, hay otros que creen que sí. De hecho, por poner dos ejemplos -que no son lo únicos-, Azores y Madeira, esos otros archipiélagos macaronésicos de la UE, tienen conformadas su aguas de acuerdo con líneas de bases archipelágicas. 

Canarias, según su Estatuto de Autonomía -costó 36 años y mucho empeño de mucha gente-, también traza líneas de bases archipelágicas, aunque no las llame de esa manera, pero el art. 4 -imposición de la metrópoli- se apresura a matizar que “el trazado del contorno perimetral no alterará la delimitación de los espacios marítimos de las Islas Canarias tal y como están establecidos por el ordenamiento jurídico español en virtud del Derecho Internacional vigente”.

Un sí pero no. Nos llamamos archipiélago pero no dejamos de ser islas.

Pero volvamos a la fake new de la Tele canaria. Que para ser sinceros, no hace más que recoger un bulo asentado en el subconsciente colectivo canario -instado vete tú a saber por quien-, según el cual las islas solo tiene mar territorial; esto es, 12 millas alrededor de cada isla. El resto serían, según este mito imaginario -asumido tanto por independentistas irredentos como por españolistas nostálgicos- nada menos que aguas internacionales, cosa que jurídicamente no existe como tal -se llama “alta mar”-. Ese mito se vuelve aun más fantástico en la versión de que, como Marruecos ha extendido a 200 millas su Zona Económica Exclusiva, Canarias está rodeada de aguas marroquíes… Casi nada.

Como decía, nada más lejos de la realidad jurídica de la Convemar.

Si no podemos tratar líneas de base archipelágica, ¿cómo se deben delimitar los distintos espacios marítimos en torno a Canarias?. Pues según el artículo 121 de la Convemar, como cualquier isla, que es una extensión natural de tierra, rodeada de agua, siendo sus espacio el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que serán delimitados de conformidad con las disposiciones aplicables a otros espacios terrestres.

Las únicas islas que solo tienen mar territorial (y por tanto no zona económica exclusiva ni plataforma continental) son las llamadas rocas, que son, según la Convemar, islas no aptas para mantener habitación humana o vida económica propia.

Eso significa que, en puridad, la única diferencia que pudiera haber entre ser Estado Archipelágico (como es el caso de Cabo Verde) y Archipiélago de Estado (que es lo que es Canarias en la actualidad) está en cómo delimitar esos espacios, pero en ningún caso la diferencia es en qué espacios tienen: en ambos casos los espacios marítimos son los mismos; es decir, tanto los Estados archipelágicos como los archipiélagos de Estado tienen mar territorial y zona económica exclusiva; en un caso contados a partir del perímetro archipelágico (líneas de base rectas); en el otro, medidos desde la costa de cada isla. 

A lo sumo, lo que no tendríamos nosotros como archipiélago de estado y sí Cabo Verde como estado archipelágico sería las que se denominan aguas archipelágicas, que son las aguas encerradas dentro del perímetro que resulta de trazar las líneas de base rectas archipelágicas (que unen los puntos más alejados de las islas que componen esos estados archipelágicos). 

Insisto, porque este es el meollo de la cuestión: la única diferencia entre un estado archipelágico como Cabo Verde y un archipiélago de estado, como Canarias, es la forma de delimitar sus espacios. De esa forma nosotros no tenemos aguas archipelágicas porque los espacios se delimitan desde cada isla, no desde el perímetro archipelágico como en Cabo Verde. Pero ambos tenemos mar territorial, zona económica exclusiva y, en su caso, plataforma continental. Los únicos que solo tienen mar territorial son las rocas, que son islas sin posibilidad de ser habitadas con sus propios recursos, como, por ejemplo, para que se entienda bien, las Islas Salvajes.

Por eso, la PNL del Parlamento de Canarias es una obviedad, porque ya somos archipiélago del art. 46.b) de la Convemar. Otra cosa es que, pese a ser archipiélago, la Convemar establezca que debamos delimitar nuestras aguas según el régimen general de las islas, no como un estado archipelágico. Cambiemos la Convención.

Como también es distinto que Canarias, como archipiélago, pueda ser parte de la actual Convemar.

Y ello es posible, claro que lo es, y lo venimos defendiendo alguna gente desde hace mucho tiempo (incluso la Plataforma por el Mar Canario), entre quienes estaba el estimado Ángel Cuenca (QEPD). 

Ser parte de la Convemar es posible, de acuerdo con el art. 305, siendo un estado archipelágico, como cualquier estado ribereño, o teniendo el estatus de Plena Autonomía Interna (PAI), que no requiere más que el reconocimiento de que gozan de tal régimen por las Naciones Unidas, pero no hayan alcanzado  la plena independencia de conformidad con la resolución 1514 (XV) de  la Asamblea General, y que tengan competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas. Sobre la PAI volveremos en otro momento.

Será ese reconocimiento internacional el que persigue la PNL aprobada por el Parlamento de Canarias… 

Veo con asombro una noticia en la Tele pública canaria en la que se afirma sin rubor que alrededor de Canarias solo hay aguas territoriales. Y eso es absolutamente falso. Ay, si don Victoriano levantara la cabeza. Tantos años batallando para esto.

Esa metedura de pata de RTVC -aunque entiendo que es un tema muy complejo sobre el que se han vertido cantidad de barbaridades, como veremos- vino a cuento de la aprobación por parte del Parlamento de Canarias de una proposición no de ley (PNL) de Nueva Canarias, a instancias de la Plataforma Por el Mar Canario (que llevan 30 años bregando por nuestras aguas), en la que se insta al Gobierno de España “a continuar e intensificar las gestiones precisas ante los órganos correspondientes de la ONU (Naciones Unidas) a los efectos de defender el estatus que ya tiene reconocida la Comunidad Autónoma de Canarias en el Estatuto de Autonomía como archipiélago y así obtener el reconocimiento jurídico internacional de Canarias como un archipiélago con arreglo al artículo 46.b del Tratado Internacional del Mar de la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar (Convemar)”.