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La libertad de expresión de los funcionarios y la corrupción

Eustaquio Villalba

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En un país democrático la libertad de expresión es imprescindible para que merezca tal nombre y, por eso, está contemplada en la Constitución Española que reconoce y protege el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción sin más límites que el respeto a los derechos reconocidos en la propia constitución, al derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. Sin embargo es frecuente que los poderes públicos traten de limitar este derecho a sus trabajadores, y no me refiero al caso de los guardias civiles, sino al conjunto de los funcionarios. Esta situación es una de las razones, evidentemente no la única, que explican que el fenómeno de la corrupción se haya convertido en un mal que lleva muchos años enquistado en la sociedad española y que sus protagonistas hayan gozado de muchos años de impunidad. Aunque los medios de comunicación nacionales no presten mucha atención a lo que ocurre en Canarias, las islas encabezan el listado de casos de corrupción, incluso la condena por el caso de Las Teresitas -donde ha quedado claro la existencia de una trama de políticos y empresarios para saquear el dinero público- apenas ha merecido una gacetilla en las páginas interiores de la mayoría de los diarios de difusión nacional.

Un caso paradigmático de esta situación es lo que ha ocurrido con el funcionario del Gobierno de Canarias que se atrevió a hacer público lo que consideraba irregularidades y fue sancionado por una falta muy grave y dos graves. Las consecuencias fueron el traslado forzoso, cambio de residencia durante 18 meses y suspensión de funciones durante seis por haber facilitado y difundido en diversos medios de comunicación información relacionada con el trabajo que desempeñaba como Director de Obra. Esta resolución fue anulada por los jueces, pero los responsables de la consejería, en lugar de reconocer la injusticia de estas sanciones, conculcaron el derecho de este funcionario a la libertad de expresión y no investigaron que había de cierto en sus declaraciones. Por el contrario, optaron por volver a sancionarlo pero aumentado la sanción por los mismos hechos. Ante esta situación el funcionario recurre de nuevo a los tribunales y el Tribunal Superior de Justicia, Sala de los Contencioso-Administrativo en su sentencia anula la resolución y condena en costas a la Comunidad Autónoma. En sus fundamentos jurídico la sentencia es muy clara cuando dice que “el principio de autoridad, por su mera invocación sagrada no debe tener la capacidad de justificar el cese sin razonamiento alguno y máxime cuando este funcionario, según los jueces, habla con conocimiento de causa sin expresiones incorrectas, de modo objetivo y desapasionado, sin afectar al correcto funcionamiento del servicio y de tal manera que su opinión crítica puede ser combatida o desacreditada con hechos y argumentos contrarios y que el recurrente se ha limitado a trasladar a la opinión pública su razonada discrepancia con el contratista sobre hechos técnicos que luego causan el cese en relación con obras de indudable interés general por su presupuesto.” La opinión de Carlos Soler, así se llama este funcionario, no fue debatida ni refutada, simplemente lo sancionaron. Pero esta falta de transparencia, habitual en el gobierno de Canarias, es la que genera un ambiente de sospecha por corrupción en la ejecución de las obras públicas. En lugar de premiar a quienes denuncian posibles corrupciones, los responsables de las administraciones prefieren silenciarlos y, para que el ejemplo no se repita, sancionan a quienes ejercen su derecho constitucional a la libertad de expresión, a los que colaboran para que el dinero público sea correctamente administrado en beneficio del interés general y no para enriquecer a tramas corruptas.

Personalmente la sentencia me produjo una gran alegría, en primer lugar porque soy amigo de Carlos Soler desde hace muchos años, he colaborado con él en algunos trabajos y he podido apreciar su gran valía como profesional, su honestidad y su valentía que le han llevado a sufrir un calvario que, afortunadamente, esta sentencia ha puesto fin, aunque algunas de sus consecuencias, como la de trabajo como profesor asociado de la ULL, ya no tengan recuperación posible. En segundo lugar lo sucedido en este caso explica como ha sido posible que casos como lo de los hoyos de Güímar hayan ocurrido; desgraciadamente no hubo un Carlos Soler que se atreviera a salir a la opinión pública denunciando la ilegalidad de estas canteras y los responsables políticos miraran hacia otro lado par no ver lo evidente. Por eso los presidentes del Cabildo de Tenerife y el gobierno de Canarias se niegan a dar explicaciones públicas cuando los periodistas quieren conocer porqué no hicieron nada para detener el gravísimo delito ecológico y mantuvieron -y mantienen- un silencio cómplice. Tampoco han salido a la opinión pública a explicar porqué actuaron en este caso de la manera que lo hicieron, sancionando al funcionario y no investigando las posibles corruptelas y, como dice la sentencia: “la falta de transparencia administrativa es lo que genera un ambiente de sospechas por corrupción en la ejecución de la obra pública.”. Ahora el contribuyente tiene que pagar las costas de un juicio que jamás tenía que haberse celebrado, a ellos no les cuesta nada. ¿Y la oposición? En Belén con los pastores.

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