Huelga general del 11N en Canarias: qué debes saber sobre los horarios, los servicios mínimos y tus derechos laborales

España ya se prepara para una nueva jornada de movilizaciones. La huelga general convocada para el próximo 11 de noviembre (11N) pretende poner sobre la mesa uno de los problemas que más preocupa a la ciudadanía: el acceso a una vivienda digna y el impacto que tiene el encarecimiento del alquiler y de la vida en la economía de los trabajadores.

Sindicatos como CCOO Canarias, UGT, CGT y CNT respaldan el llamamiento para responder a lo que consideran una “insaciable avaricia inmobiliaria”, denunciando la especulación con uno de los derechos fundamentales de la ciudadanía. La convocatoria tiene carácter nacional, por lo que Canarias también estará incluida en esta jornada de huelga.

El paro general, el primero apoyado por los grandes sindicatos de clase en 14 años, se llevará a cabo un miércoles, apenas dos semanas y media antes de las elecciones generales y su participacion es un derecho fundamental, reconocido en el articulo 28.2 de la Constitución Española y en el artículo 6.1 del Real Decreto-ley 17/1977 sobre relaciones de trabajo, por lo que la empresa no puede sancionar, despedir o adoptar represalias contra un trabajador únicamente por secundarla.

Pero, más allá de las reivindicaciones y de las movilizaciones previstas, existen dudas que preocupan a quienes se plantean secundar la huelga. Aquí te resolvemos algunas relacionadas con los horarios, los posibles cambios en los turnos y en la organización de las plantillas, los servicios mínimos y las consecuencias económicas.

¿En qué consiste la huelga general del 11N?

Durante la jornada de huelga en Canarias se interrumpe temporalmente la prestación de servicios por parte de las personas trabajadoras que voluntariamente decidan secundarla. Es decisión de cada trabajador participar en la huelga o acudir a trabajar con normalidad.

En caso de que el empleado la secunde, la relación laboral queda suspendida durante ese periodo. Eso no quiere decir que el vínculo laboral se rompa o se extinga, sino que las obligaciones principales de ambas partes quedan pausadas de forma temporal.

La empresa por su parte no puede sancionar ni despedir a un trabajador por ejercer legítimamente este derecho, ni adoptar represalias para hacerle cambiar de opinión. Pero la situación es diferente para quienes hayan sido designados válidamente para cubrir los servicios mínimos, que sí tendrán que cumplir con sus obligaciones.

¿Cuánto dura la huelga general del 11N?

La convocatoria está prevista para 24 horas, desde las 00.00 horas del miércoles 11 de noviembre hasta las 24.00 horas y podrá afectar a distintos sectores.

Aunque hay algunas excepciones a tener en cuenta.

En los centros de trabajo donde existan varios turnos, el paro podrá comenzar con el inicio del primer turno, aunque este arranque antes de la medianoche del día 11. Del mismo modo, la huelga se prolongará hasta que finalice el último turno, incluso si este termina después de las 00.00 horas del día 12.

Además, los trabajadores que participen en actividades relacionadas con la elaboración de productos, la prestación de servicios o el suministro de bienes que deban tener efectos inmediatos durante la jornada de huelga deberán cesar su actividad el 10 de noviembre.

¿Es obligatorio avisar a la empresa si vas a hacer huelga?

No es necesario comunicar previamente a la empresa que se va a secundar la huelga ni justificar la decisión. Los trabajadores no tienen esa obligación, al igual que la empresa tampoco puede exigir esta información, presionar a la plantilla o tomar represalias por el ejercicio de este derecho.

La decisión de participar o no en una huelga pertenece exclusivamente a cada trabajador. Por tanto, la empresa no puede obligar a sus empleados a revelar de antemano si se sumarán al paro.

Por otro lado, quienes decidan no hacer huelga tienen derecho a acudir a su puesto de trabajo con normalidad. La empresa no puede cerrar el centro de trabajo ni impedir el acceso a los empleados que quieran continuar prestando sus servicios.

De este modo, la compañía debe garantizar tanto el derecho a la huelga de quienes decidan secundarla como el derecho al trabajo de quienes opten por no participar.

¿Cuáles serán los servicios mínimos?

Por el momento se desconocen los porcentajes definitivos de servicios mínimos para la huelga general del 11 de noviembre, aunque CCOO y UGT propusieron al Ministerio de Transportes que tomara como referencia los paros de 2010 y 2012, que fue cuando se estableció un funcionamiento del 30% de los trenes de Cercanías.

En el ámbito sanitario, las urgencias y la atención primaria deberán quedar garantizadas, aunque podrían producirse retrasos o cambios en consultas y pruebas programadas. Lo mismo sucede con los centros educativos, donde su funcionamiento dependerá del seguimiento de la huelga y del personal asignado como servicio mínimo.

En cuanto a los servicios de seguridad y mantenimiento, su finalidad es garantizar la protección de las personas y los bienes, preservar los locales, la maquinaria y las instalaciones, así como asegurar que la actividad pueda reanudarse con normalidad una vez finalizada la huelga. No obstante, estos servicios deben limitarse exclusivamente a aquellas tareas que resulten imprescindibles para cumplir dichos objetivos.

Por otro lado, corresponde a la empresa negociar con los representantes legales de los trabajadores tanto el alcance de estos servicios como el número y la identidad de las personas que deberán prestarlos. Esta negociación debe llevarse a cabo de común acuerdo y respetando el principio de buena fe negociadora.

¿Cuánto dinero te descuentan de la nómina?

Quienes decidan secundar la huelga verán reducido su salario en la parte proporcional correspondiente al tiempo que no trabajen.

El descuento puede afectar a la retribución diaria, los complementos salariales y la parte proporcional de las pagas extraordinarias, así como a determinados conceptos vinculados al descanso semanal.

La cantidad exacta dependerá del sueldo y de las condiciones de cada trabajador. En cualquier caso, la empresa no puede imponer una penalización adicional por participar en la protesta.

Otro dato a tener en cuenta es que durante la huelga no se cotizará a la Seguridad Social. Al quedar el contrato de trabajo temporalmente suspendido, desparece tanto la obligación de trabajar como la obligación del empresario de pagarte el sueldo e ingresar las cuotas de cotización.

La huelga del 11 de noviembre será una jornada clave para visibilizar la grave crisis de vivienda que azota sobre todo a Canarias, con precios que superan casi tres veces al de los sueldos, el alto crecimiento de pisos turísticos, la negativa del Clavijo a declarar zonas tensionadas o la falta de construcción de vivienda protegida, entre otras.