La justicia reprende al equipo de gobierno de Santa Cruz de Tenerife (CC-PP) por negar información al PSOE
Un juzgado de lo contencioso de Santa Cruz de Tenerife ha dado la razón al grupo Socialista en el Ayuntamiento de la capital, que denunció que el Instituto Municipal de Atención Sociosanitaria (IMAS) se negó a darle la información que había requerido.
El expediente en cuestión se refería a la adjudicación del servicio de ayuda a la dependencia y contenía las solicitudes de posibles empresas licitadoras que aspiraban a hacerse con la prestación.
Tras la solicitud inicial de información, la Presidencia del IMAS tardó ocho meses en responder a la portavoz del grupo Socialista, Patricia Hernández, un plazo que según el Juzgado, “se antoja a todas luces excesivo y desproporcionado”.
Para añadir que haber sido finalmente remitida la documentación a instancias judiciales “resulta ineluctablemente improcedente” y supone “una gruesa falla” en los principios de transparencia y publicidad a la hora de garantizar la labor fiscalizadora de la oposición para cumplir la legalidad.
La oposición solicitó acceder al expediente en noviembre del pasado año y, ante la respuesta dilatoria del organismo autónomo, consideró que esta pasividad vulneraba su derecho fundamental, por lo que acudió a los tribunales.
Hernández apeló al derecho fundamental de conocer directamente esta información como cargo público y consideró que, tras transcurrir cinco días desde la fecha de la solicitud sin obtener respuesta, se estaba ante un silencio positivo.
La concejal sospecha que detrás de esta negativa se encontraba la divergencia entre el informe del IMAS del mes de enero de 2025 y el que finalmente se tomó como base para ser sometido a dictamen del Consejo rector a finales de ese año para realizar la adjudicación, que era el solicitado.
El Ayuntamiento consideró que la concejal ya había tenido acceso a esta información como miembro del órgano y entendía que el cauce al que recurrió Hernández no era el adecuado y que en todo caso se estaba ante una “infracción de legalidad ordinaria”.
El consistorio cuestionó que la concejal hubiese solicitado los documentos originales y no las copias, que según afirmaban eran “meros informes preliminares de contenido interno sin carácter oficial”.
El fiscal coincidió en que la demora en la entrega del expediente resultó “de todo punto injustificada”, supuso una infracción y que nunca existió una voluntad de estimación real de la solicitud.
El Juzgado reprocha que la concejal jamás accedió a la información hasta que acudió al tribunal, de manera que por un lado se negaba que fuera un expediente, sino sólo documentos internos y luego se dijera que al entregarlos habían cumplido con su obligación legal.
También apunta que existe copiosa jurisprudencia en la que se avala el derecho de los concejales a acceder a la documentación necesaria para desempeñar sus funciones, especialmente si están en la oposición.