El Poder Judicial admite la renuncia de una magistrada destinada a Canarias y deja sin efecto la plaza
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este miércoles por unanimidad estimar el recurso de alzada interpuesto por una magistrada destinada en Canarias contra el acuerdo adoptado por la Comisión Permanente el pasado 17 de febrero por el que se inadmitía su renuncia a la plaza obtenida en Galicia en un concurso de traslado, y ha dejado sin efecto la adjudicación de la plaza.
En un comunicado, el CGPJ explica que la magistrada, que participó voluntariamente en el concurso de traslado y obtuvo la plaza solicitada, pidió a la Comisión Permanente que, debido a circunstancias familiares sobrevenidas, se la tuviera por renunciada al destino, cuando la resolución del concurso ya había sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 20 de enero.
Entonces, la Comisión Permanente acordó no admitir su renuncia a una plaza obtenida en un concurso de traslado al considerar que la solicitud iba contra una obligación, la de tomar posesión de su cargo, establecida por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Ahora, el pleno estima el recurso de alzada interpuesto contra esa decisión y revoca el acuerdo recurrido al apreciar, “de forma estrictamente excepcional y no generalizable, la concurrencia de circunstancias que permiten declarar la ineficacia de la adjudicación de la plaza obtenida, al no haberse producido el cese ni la toma de posesión y no haberse generado perjuicio a terceros ni alteración del servicio público”, concluye el comunicado.
El CGPJ no da más detalles de cuáles son esas circunstancias sobrevenidas alegadas por la magistrada.
Sin embargo, según informa la Agencia EFE, estas figuran en un queja pública publicada el pasado 10 de marzo por la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE).
Este colectivo protestó por hecho de que la Comisión Permanente del Poder Judicial hubiera rechazado la solicitud de esta magistrada, a pesar de contar con un informe favorable de la Comisión de Igualdad y de que concurrían, a su entender, “poderosas y sobrevenidas razones de conciliación y protección de la infancia”.
El motivo de la magistrada, explicaba la AMJE, era que, con la plaza ya adjudicada y a 24 horas de que se publicase en el BOE, su exmarido se había negado a autorizar el cambio de domicilio de sus hijos, “que se encuentran bajo la guarda y custodia de la madre, llevando a esta a tomar la decisión de renunciar al traslado”.
Este colectivo ya argumentaba entonces que la petición de la magistrada no perjudicaba a nadie y que, en cambio, negarse a ella iba a tener graves consecuencias.
“La decisión que se ha adoptado (y que este miércoles ha revocado el propio CGPJ) deja a las juezas ante el trance de tener que decidir entre renunciar a la carrera judicial, única opción que se ofrece, o poner en riesgo el bienestar de sus hijos, en lo que viene siendo una clara revictimización de personas que deben ser protegidas”, apuntaba.