El concejal de Ciudadanos que facilitó la vuelta de Coalición Canaria a Santa Cruz se queda sin su premio
El concejal de Ciudadanos que en 2020 facilitó la moción de censura por la que Coalición Canaria recuperó la alcaldía de Santa Cruz de Tenerife ha perdido su premio, el que le concedió el alcalde, José Manuel Bermúdez, colocándolo como director general de Transformación Urbana Santa Cruz Verde 2030 con un salario anual de más de 76.000 euros.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife ha anulado la resolución que tomó la Junta de Gobierno del consistorio el 29 de julio de 2024 por la que se nombró para ese cargo a Juan Ramón Lazcano de la Concha, el que fuera concejal de Ciudadanos entre 2019 y 2020, que dimitió en plena pandemia para ser sustituido por Evelin Alonso, que a la postre se convirtió en la concejala tránsfuga que votó a favor de la moción de censura que acabó con la alcaldía de Patricia Hernández (PSOE) y se la devolvió a Bermúdez (Coalición Canaria).
El fallo, suscrito por el magistrado-juez Roi López Encinas, estima el recurso presentado por la abogada Sandra Rodríguez en nombre del arquitecto Joaquín Mañoso Valderrama, ordenando que sea él quien ocupe el puesto y condenando al Ayuntamiento al pago de las costas procesales.
Vulneración del principio de mérito y capacidad
La resolución judicial sostiene que la motivación ofrecida por el consistorio para justificar la elección de Lazcano frente a Mañoso “resulta insuficiente” y “contraria a Derecho”, por basarse en argumentos vagos, genéricos y carentes de sustento jurídico.
Entre las razones que el Ayuntamiento alegó figuraban la existencia de un posible conflicto de intereses relacionado con un expediente urbanístico de 2014 relacionado con Mañoso, así como su edad, que, a juicio del tribunal, no puede ser considerada causa válida de exclusión.
El juez reprocha al Ayuntamiento que no se identificaran “las concretas circunstancias personales que desaconsejan la designación del recurrente” y que la Administración “no puede basar su decisión en valoraciones imprecisas o ajenas al principio de mérito y capacidad” recogido en el artículo 23 de la Constitución Española.
La sentencia recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, que exige que los nombramientos realizados por el sistema de libre designación estén debidamente motivados, explicando claramente las razones por las que un candidato es preferido a otro.
El magistrado subraya que, aunque la Administración goza de discrecionalidad para elegir entre varios aspirantes, esa discrecionalidad no puede degenerar en arbitrariedad, y debe sustentarse en criterios objetivos verificables.
En definitiva, la Justicia anula el nombramiento de Juan Ramón Lazcano de la Concha y, dado que el otro aspirante también reunía los criterios exigidos en la convocatoria del puesto, ordena la designación de Joaquín Mañoso Valderrama para el puesto de director general de Transformación Urbana Santa Cruz Verde 2030, al considerar vulnerado el principio constitucional de igualdad, mérito y capacidad.
El Ayuntamiento puede recurrir en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias para lo cual tiene un plazo de quince días.