Varapalo judicial para el Cabildo Insular de La Palma, con mayoría absoluta de Coalición Canaria (CC), debido a una convocatoria de ayudas directas vinculada al área insular de Agricultura, Ganadería, Pesca…, la que gestiona el consejero Alberto Paz, que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santa Cruz de Tenerife ha anulado (sentencia 917/2025) por no ajustarse a derecho al incluir una base de concesión de esas ayudas, la 20, que no está “motivada adecuadamente”. La sentencia podrá ser recurrida por la Corporación insular ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
Ese fallo ya ha sido notificado en un auto a la parte demandante, este 8 de octubre. El recurso judicial fue presentado por un grupo de ganaderos de ovino y caprino de la Isla Bonita contra la resolución de 3 de julio de 2024 de la Comisión de Agricultura del Cabildo de La Palma, la que daba respuesta al recurso de alzada, no aceptado, y dejaba así el camino abierto al Contencioso. En esta última resolución administrativa, ya se desestimaban las pretensiones de esos mismos titulares de explotaciones de ganado ovino y caprino y se aprobaban las bases reguladoras de las subvenciones -de las ayudas directas -. Se trata de una línea de apoyo público dotada con unos 700.000 euros anuales.
La sentencia, según se recoge en la notificación del juzgado a las partes, “estima el recurso interpuesto” y “anula los actos impugnados en los términos expresados en los fundamentos” del propio fallo. Además, obliga al Cabildo de La Palma a retrotraer “el procedimiento administrativo al momento de dictarse la resolución, con el fin de que el órgano de decisión motive adecuadamente la decisión que adopte, en el sentido que proceda (…), previa evaluación circunstanciada de todos los hechos incorporados al expediente o aquellos otros necesarios para mejor resolver”, se recoge en el mismo auto, que también condena en costas al Cabildo de La Palma.
Esa línea de ayuda, la de la convocatoria de 2024 (la primera del mandato actual con CC en el Gobierno insular), ya cuenta con resolución definitiva de reparto, aunque los apoyos a ingresar según beneficiarios se hallan actualmente en la última fase de abono. Según algunos ganaderos beneficiados por ellos, estos aún no se han realizado.
El argumento central del recurso presentado por ganaderos de ovino y caprino de La Palma tiene que ver con “la aplicación de una reducción a las unidades subvencionables de ovino y caprino en relación con las otras especies [ovino, porcino y cunicular] sin que tal merma aparezca motivada por causa justificada y objetiva en el acto impugnado”, la base 20. La redacción de esta base contribuye a una merma de las ayudas con destino a las ganaderías caprina y ovina.
Sobre ese extremo, la sentencia incide en que “la insuficiencia de motivación del acto administrativo dará lugar a su invalidez cuando carezca de los requisitos indispensables para alcanzar su fin o produzca indefensión de los administrados”, en este caso los beneficiarios potenciales de las ayudas directas del Cabildo de La Palma. Además, se indica que “la motivación del acto impugnado hurtaba al administrado el conocimiento de los fundamentos de sus sentidos, por adolecer de los elementos básicos que respaldaban sus conclusiones, generando con ello indefensión. Por tanto, estamos ante un vicio que genera la anulabilidad del acto”.
Y añade: “De ahí que lo pertinente sea la anulación del acto objeto de impugnación y la retroacción del procedimiento ordinario al momento de dictarse resolución, con el fin de que el órgano de decisión motive adecuadamente la decisión”.