El Gobierno canario da el visto bueno al proyecto que regula la prestación económica por acoger menores tutelados

Europa press

9 de marzo de 2023 19:54 h

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El Consejo del Gobierno de Canarias ha dado el visto bueno al proyecto de decreto por el que se regula la prestación económica por acogimiento familiar de personas menores de edad tuteladas por la entidad pública con competencia en materia de protección de menores de Canarias y acuerda solicitar, por vía de urgencia, al Consejo Consultivo de Canarias, el preceptivo dictamen sobre el referido proyecto de decreto, para lo que se establece un plazo para su emisión de quince días.

El proyecto de decreto regula la prestación económica para las familias que tengan acogidas a personas menores bajo la tutela del Gobierno de Canarias, tanto en acogimiento en familia extensa como en familia ajena.

La prestación económica por acogimiento familiar es una compensación económica de carácter finalista que tiene por objetivo compensar a dichas personas o familias por los gastos en que incurren como consecuencia del acogimiento derivados de la alimentación, vestimenta, ocio educativo, movilidad, actividades físicas y práctica del deporte, asistencia médica y educación de la persona acogida, y en general, de las obligaciones alimenticias que se asumen por el acogimiento.

El proyecto de decreto distingue entre acogimiento en familia extensa (con lazos de consanguinidad) y en familia ajena (sin lazos de consanguinidad), y dentro de esta, entre acogimiento ordinario y especializado, entendiéndose como acogimiento en familia ajena especializado aquel que se desarrolle en una familia ajena en la que al menos una de las personas que integra la familia disponga de cualificación, experiencia y formación específica para desempeñar funciones de acogimiento respecto de personas menores de edad con necesidades o circunstancias especiales.

La cuantía total de la prestación económica a percibir por acogimiento familiar, vendrá determinado por una cuantía básica diaria. Así se establece, en el acogimiento en familia extensa y en familia ajena ordinario, una cuantía diaria básica de 20 euros y en el acogimiento en familia ajena especializado una cuantía diaria básica de 50 euros por cada menor a cargo. Además, cuando la persona menor de edad en situación de acogida tenga reconocido oficialmente un grado de discapacidad de al menos el 33%, se reconocerá una cuantía adicional diaria de siete euros.

Estructura del proyecto de decreto

El presente decreto se estructura en tres capítulos. El primero, de los artículos 1 a 3, establece las disposiciones generales del régimen de la prestación económica general definiendo su objeto, ámbito de aplicación y competencia orgánica.

El segundo capítulo, que abarca de los artículos 4 al 13, aborda la regulación de la prestación económica por acogimiento familiar, definiendo aspectos esenciales como su naturaleza jurídica, atributos jurídicos, cuantía, requisitos para su reconocimiento, obligaciones generales de las personas perceptoras, duración y devengo de la prestación, así como la posibilidad de reconocimiento del abono de gastos extraordinarios.

El tercer y último capítulo comprende los artículos 14 a 17, relativo a los procedimientos administrativos en materia de prestación económica por acogimiento, para el reconocimiento del derecho, su modificación o extinción, así como para el reconocimiento en su caso del derecho al abono de gastos extraordinarios.