Calendario fiscal de 2026 en Las Palmas de Gran Canaria: plazos para pagar el IBI y otros impuestos sin recargo
El Órgano de Gestión Tributaria de la Concejalía de Presidencia, Hacienda, Modernización, Recursos Humanos y Aguas de Las Palmas de Gran Canaria abrirá el 24 de julio el segundo periodo voluntario de pago del calendario fiscal de 2026, que permanecerá vigente hasta el próximo 27 de noviembre.
En un comunicado, el Ayuntamiento ha señalado que durante este plazo, la ciudadanía podrá abonar sin recargo el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana, de características especiales y de naturaleza rústica, así como el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
Además, este segundo periodo voluntario incluye la tasa por ocupación del suelo y vuelo de la vía pública con instalaciones publicitarias, la tasa por ocupación del dominio público mediante cajeros automáticos, el segundo semestre de la tasa por ocupación del dominio público local correspondiente a puestos del rastro y feria y el segundo semestre de la tasa por ocupación de las playas con hamacas y embarcaciones.
El concejal del área, Francisco Hernández Spínola, ha recordado que “por segundo año consecutivo el Ayuntamiento mantiene la reducción del tipo impositivo del IBI, destacando que la reducción del tipo impositivo del IBI hasta el 0,62% supone un ahorro medio del 7,5% en los recibos respecto a ejercicios anteriores.
Asimismo, para los usos no residenciales también se mantiene, con carácter general, el tipo del 0,62%, si bien para el 10% de los inmuebles de mayor valor catastral, superior a 75.000 euros, para los que se conserva el tipo del 0,67%, conforme a la normativa vigente.
También ha señalado que “el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del periodo voluntario permite evitar recargos y contribuye a seguir prestando unos servicios públicos de calidad a la ciudadanía”.
Forma de pago
La ciudadanía podrá obtener la carta de pago (recibo) y realizar el abono de los tributos municipales por distintos canales: a través de la Oficina Virtual Tributaria por teléfono en el servicio 010 (o en el 928 446 000 desde fuera del municipio) y en los quiscos de las oficinas municipales.
El Pago podrá realizarse en cajeros automáticos mediante el código de barras del recibo o de forma presencial en las entidades bancarias colaboradoras, y a través de la Oficina Virtual Tributaria mediante tarjeta.
Asimismo, el Ayuntamiento mantiene disponible la domiciliación bancaria como forma de pago, que permite el cargo automático del recibo en cuenta.
Las solicitudes de alta o modificación de la domiciliación podrán realizarse hasta el 17 de septiembre de 2026, a través de la Oficina Virtual Tributaria o de forma presencial en la Oficina de Atención al Contribuyente (requiere concertar cita previa, que podrá solicitarse a través de la web municipal o mediante el Servicio de Atención Telefónica 010. Las llamadas realizadas desde fuera del municipio deberán efectuarse al número 928 446 000).
Para la domiciliación ha de aportar el formulario firmado y un documento que acredite la titularidad de la cuenta y el cargo de los recibos domiciliados se efectuará el 6 de octubre de 2026.
La domiciliación constituye una fórmula cómoda y segura que garantiza el pago dentro del periodo voluntario, evitando desplazamientos a las entidades financieras y facilitando el cumplimiento de las obligaciones tributarias recogidas en el calendario fiscal anual.
La ciudadanía podrá consultar y obtener sus recibos pendientes y realizar el pago de forma telemática a través de la Oficina Virtual Tributaria, utilizando certificado digital, DNI electrónico o sistema de identificación habilitado por el Ayuntamiento.
Finalmente, este 1 de julio se ha abierto el pago del tercer trimestre de la Tasa por Ocupación de la Vía Pública con Quioscos, que estará disponible hasta el 30 de septiembre; mientras que el cuarto será del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026, ambos inclusive en todos los casos.