El Supremo impide al Cabildo de Tenerife recuperar 800.000 euros de los swaps, la polémica operación de CC con la banca

El Tribunal Supremo ha puesto el epílogo a uno de los capítulos financieros más polémicos del Cabildo de Tenerife. En una reciente sentencia, la Sala de lo Civil corrige a la Audiencia Provincial y tumba el último intento de la corporación insular para recuperar los cerca de 800.000 euros que pagó entre el 30 de junio de 2014 y el 22 de diciembre de 2016 a Caixabank por los polémicos swaps, los contratos de permuta financiera que el gobierno de Coalición Canaria (CC) firmó en 2011 para tratar de blindarse ante una posible subida de los tipos de interés en los préstamos que en aquel momento tenía en vigor.

El origen de este largo litigio se sitúa a finales de 2010. El Cabildo de Tenerife, entonces presidido por el recientemente fallecido Ricardo Melchior (CC), firmó con varios bancos préstamos a tipo variable por valor de 62 millones de euros para financiar amortizaciones de deudas anteriores. Ante el riesgo de que el euríbor subiera y encareciese las cuotas anuales, la corporación contrató después un seguro de tipos de interés, los conocidos swaps. Entre ellos, uno de 11 millones de euros con La Caixa (luego Caixabank).

Ese swap o contrato de permuta financiera funcionaba de la siguiente manera. Si el euríbor estaba por encima de un tipo fijo pactado, el banco pagaba de más al Cabildo y ese dinero servía para compensar la subida de la cuota del préstamo. Si el euríbor estaba por debajo, era la corporación insular quien debía pagar la diferencia a la entidad financiera.

Tres años después de su firma, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló las operaciones originales de crédito porque el Cabildo de Tenerife había incumplido las normas en el proceso de licitación para contratar. Por tanto, para cumplir el fallo judicial, tuvo que cancelar y amortizar de forma anticipada todos los préstamos el 30 de junio de 2014.

En ese momento, el Cabildo se enfrentó a la disyuntiva de qué hacer con los swap contratados a Caixabank y a otra entidad financiera (el BBVA), que seguían vivos pero ya sin los préstamos a los que en teoría daban cobertura. En un primer momento, el gobierno insular se planteó cancelarlos e incluso preguntó a la entidad financiera cuánto le costaría salir del contrato. Sin embargo, no lo hizo, prefirió esperar hasta la ventana de salida gratuita que habían pactado para el 22 de diciembre de 2016. Calculó que le costaba menos seguir pagando cuotas que asumir el coste de cancelación.

Entre esas fechas, el 30 de junio de 2014 y el 22 de diciembre de 2016, el Cabildo de Tenerife acabaría pagando a Caixabank 791.710,16 euros porque el euríbor había bajado a mínimos históricos. Esa era la cantidad que ahora pretendía recuperar en los tribunales.

Ya había antecedentes en los juzgados. En 2018 había sido rechazada de manera definitiva la demanda que el Cabildo presentó contra otro banco, el BBVA, con quien había firmado un swap de mucho mayor importe. En aquella ocasión, el argumento que utilizó el gobierno insular era que el desplome del euríbor se debió a la intervención del Banco Central Europeo y que, por tanto, era una circunstancia “sobrevenida, extraordinaria e imprevisible” y que las restricciones presupuestarias de 2012 le habían obligado a aceptar una subida del tipo fijo impuesta por el banco. La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife no apreció esos requisitos de imprevisibilidad o desequilibrio y, por tanto, desestimó la demanda.

Cambio de tesis

En la causa contra Caixabank, el Cabildo cambió de tesis. Ya no alegó que esa bajada repentina del euríbor había sido inesperada, sino que el contrato del swap había perdido su razón de ser, y por tanto su eficacia, desde el momento en que se cancelaron los préstamos a los que daba cobertura. La corporación insular presentó la demanda en diciembre de 2020 (con el PSOE en el gobierno) y la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife le dio la razón hasta en dos ocasiones. El órgano provincial entendía que el préstamo y el swap formaban una única operación económica, lo que se conoce como “contratos coligados” y que, por tanto, extinguido el préstamo, el swap no tenía ninguna función, no había riesgo que cubrir.

En aquel momento, el Cabildo entonces presidido por el socialista Pedro Martín celebró la victoria y anunció que por esta vía se podrían recuperar unos seis millones de euros tras las millonarias pérdidas que había generado en intereses esa operación financiera del Gobierno de CC.

Sin embargo, Caixabank decidió elevar el asunto al Supremo, que admitió a trámite el recurso en noviembre de 2023. Dos años y medio después, el alto tribunal ha resuelto corrigiendo a la Audiencia Provincial, desmontando los argumentos del Cabildo de Tenerife y, por tanto, rechazando su pretensión de recuperar los cerca de 800.000 euros (más intereses) que abonó durante esos meses.

El primer argumento de la Sala es de fondo. El Supremo considera que el propósito de cobertura que perseguía el Cabildo al contratar el swap no era, en un sentido jurídico, la causa del contrato, sino un “motivo subjetivo propio” de la corporación. En otras palabras: que al Cabildo le interesara cubrirse no significaba que ese fuera el objeto legal del contrato.

Por otra parte, el tribunal incide en que aunque los préstamos se cancelaran, el Cabildo mantenía un elevado nivel de endeudamiento a interés variable (la corporación insular había vuelto a firmar otras operaciones de crédito tras la cancelación de 2014) y el swap seguía sirviendo de “cobertura genérica”. Por tanto, entiende que no se perdió la causa de ese contrato de permuta financiera ni tampoco se volvió especulativo.

La sentencia remarca que la administración tuvo la posibilidad de cancelar el swap en 2014, pero decidió mantenerlo, confiando en que el euríbor no bajara del tipo fijo pactado. Sólo lo canceló a finales de 2016, aprovechando la ventana sin coste que tenía pactada.

El Cabildo no pidió la nulidad

El Supremo destaca otro aspecto. Entre 2015 y 2017, durante el mandato de Carlos Alonso (CC), el Cabildo de Tenerife revisó los swaps y decidió no reclamar su nulidad. En este periodo, el presidente insular firmó un decreto de convalidación, el Consejo de Gobierno lo ratificó y, en un pleno celebrado el 30 de junio de 2017, Alonso manifestó que no se instaría la revisión de oficio de esos contratos firmados en la etapa de Melchior. El Consejo Consultivo de Canarias, órgano fiscalizador de la comunidad autónoma, avaló también los swaps en un dictamen emitido a finales de ese mismo año.

La Sala de lo Civil sostiene que la pérdida sobrevenida de la causa que alegaba el Cabildo no extingue de forma automática el contrato. Sólo faculta a la parte perjudicada (a la administración) a pedir la resolución mientras esté vigente. En 2020, el momento de reclamar había pasado.

La sentencia destaca, por otra parte, que esa pérdida de la causa del contrato de los swaps deriva de la propia conducta del Cabildo de Tenerife, que había cometido una serie de irregularidades administrativas al contratar los préstamos finalmente cancelados.

Por todo ello, la Sala entiende que “no se dan las circunstancias necesarias para apreciar la causa de extinción del swap” ni, por tanto, para que el Cabildo recupere esos 800.000 euros. El fallo impone a la administración el pago de las costas de primera instancia.