La constructora del muelle de enlace de Santa Cruz de Tenerife debe pagar 37.600 euros al año
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictaminado que la constructora del muelle de enlace de Santa Cruz de Tenerife, Construcciones Dique del Este SA, debe pagar 37.600 euros al año por ocupar los 4.651 metros cuadrados donde se ubicarán el puerto deportivo y edificio con centro comercial.
La empresa ha recurrido en varias ocasiones las certificaciones que emite el Tribunal Económico Administrativo de Canarias (TEAR), que fijó un valor de 37.600 euros al año, tal y como ha avalado el TSJC.
La entidad posee una concesión administrativa para ejecutar y explotar el edificio diseñado por los arquitectos suizos Herzog & DeMeuron y el muelle en la Dársena de Los Llanos, frente a la plaza de España, que servirá como nexo entre la ciudad y el litoral y donde se situarán una serie de comercios.
La empresa, sin embargo, considera que no existe un expediente que justifique cuál es la cuota líquida por las obras e instalaciones ni cómo se ha determinado el valor, y sostiene que la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife no ha aportado los documentos en el expediente sino que de forma global fija la cifra en 685.000 euros.
La respuesta del TEAR es que en su momento se dio a conocer una propuesta de liquidación y de la misma “se desprenden con claridad todos los elementos del tributo aplicado”, lo que ya se ha confirmado en otros recursos anteriores.
El TSJC responde que efectivamente ya han sido varios los litigios con idéntico contenido, argumentos y partes, de manera que se mantiene el mismo criterio, hasta que exista un pronunciamiento firme que vaya en otro sentido.
Por ello se indica que la empresa debe abonar por trimestres adelantados a Puertos hasta sumar los 37.700 euros al año, dado que el concesionario hasta ahora tampoco ha aportado un documento que implique la corrección de esta tasa.
El periodo de vigencia de la autorización abarca desde el 1 de marzo de 2022 hasta febrero de 2023 y consiste en los mencionados metros cuadrados de suelo y lámina de agua de titularidad pública en la zona de servicio del puerto tasados según la valoración hecha en su momento.
El TSJC considera que el expediente identifica la obligación de pagar y el montante y además la resolución del TEAR resultaría suficiente para desestimar la alegación y en la misma se recoge que el pavimento es el elemento objeto de ocupación, pese a que éste no se haya ejecutado.
La sentencia confirma que el valor del metro cuadrado es de 147 euros y el de las infraestructuras, superestructuras e instalaciones será aprobado por la Autoridad Portuaria y se mantendrá constante durante todo el período de concesión, tras una tasación oficial.
La actuación contempla una inversión total estimada de 80 millones de euros, que será aportada por las distintas administraciones, Puertos, Cabildo de Tenerife y Ayuntamiento de la capital, de acuerdo al convenio suscrito en su momento, y permitirá abordar de manera coordinada el desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas.