La Justicia anula la absolución de la propietaria de una vivienda vacacional en El Hierro acusada de construir una piscina en suelo protegido
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha estimado el recurso de la Fiscalía y ha anulado la absolución de una propietaria de una vivienda vacacional en El Hierro que construyó una piscina en suelo protegido al considerar que existen indicios de que es autora de un delito contra la ordenación del territorio.
Ahora el procedimiento regresa al Juzgado de instancia para que otro tribunal unipersonal proceda a la celebración de un nuevo juicio y además se limita la posibilidad de presentar un recurso ante el Tribunal Supremo (TS) que debe basarse en infracciones muy acotadas.
La acusada construyó en diciembre de 2022 una piscina con base de hormigón en forma de L, de unos 35 metros de superficie con zona de descanso, duchas, depuradora y apertura de acceso, todo ello en un suelo clasificado como rústico de protección ambiental paisajística y una parte cultural.
Un perito de la defensa y otro municipal coincidieron durante el juicio en que pese a carecer de licencia la obra sería autorizable si se vincula el uso de la piscina al turístico de la vivienda, lo que no se valoró en el fallo y por ello ahora es anulado.
La Audiencia reprocha al juzgado que justifique la absolución en “conjeturas y posibilidades” como es una posible legalización basándose en unos dictámenes inexistentes y sin tener en cuenta que la piscina se construyó antes de la vivienda vacacional y no consta en la licencia municipal.
Una inspección del Seprona en mayo de 2023 dio lugar al inicio del expediente por disciplina urbanística en el que la promotora pidió la legalización de la obra sin que nunca se llevara a cabo.
Pese a ello, en primera instancia la encausada quedó absuelta, por lo que el Ministerio Público presentó el recurso para que se anulara la sentencia, a lo que acaba de acceder la Audiencia Provincial por error en la valoración de la prueba, insuficiencia y falta de racionalidad en la motivación del fallo.
La procesada, por su parte, ahora propone una nueva prueba consistente en una imagen obtenida por Grafcan y acta notarial para demostrar que la piscina está vinculada a la casa rural, tal y como se anunciaba en varias plataformas.
La respuesta de la Audiencia en no aceptar en este momento esta prueba, aunque indica que si se demostrara esta relación con la explotación turística la piscina sería legalizable, siempre que contara con los informes preceptivos.