La portada de mañana
Acceder
La ultraderecha global se vuelca en las elecciones europeas
Las mujeres retrasan la maternidad por la economía y por no encontrar hombres
OPINIÓN | 'Una juventud frustrada', por Enric González

La Justicia exime a los veterinarios de denunciar a los dueños de animales peligrosos

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

0

Los veterinarios de Canarias no están obligados a denunciar a sus propios clientes ante las autoridades en los casos en los que éstos sean propietarios de animales potencialmente peligrosos y carezcan de la correspondiente autorización municipal o de cualquiera de los documentos necesarios para su obtención. Así ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) al estimar el recurso interpuesto por los dos colegios profesionales del Archipiélago.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dado la razón a los colegios de veterinarios de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife, que presentaron sendos recursos contencioso-administrativos impugnando dos artículos del citado decreto 30/2018, de 5 de marzo, de 2018, por el que se regula el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos en las Islas, declarándolos nulo por infringir el principio de reserva de ley y jerarquía normativa, al establecer “ex novo” una obligación carente de sustento legal.

La Ley estatal 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, ni tampoco la Ley autonómica 8/1991, de 30 de abril, de Protección de los animales, establecen ninguna obligación de denunciar para los veterinarios ante el incumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación sobre animales potencialmente peligrosos, y los reglamentos (como es el caso del reglamento recurrido), no pueden ir más allá de la Ley.

Dicha Sentencia, firmada el 8 de julio, que declara nulos dos artículos del mencionado decreto “por no ser conformes a derecho”, ha sido dictada por el presidente de la Sala y, a la sazón, del TSJC, Antonio Doreste, y por las magistradas María Mercedes Martín y Lucía Débora Padilla, siendo ésta última la ponente de la misma.

La sentencia no es firme, ya que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo por parte de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad del Gobierno de Canarias.

Apoya a Canarias Ahora

Necesitamos tu apoyo para poder seguir informándote. La crisis del coronavirus ha supuesto un duro golpe para todos los medios de comunicación, incluido este. Pretendemos evitar cualquier tipo de recorte que suponga una merma en la calidad de la información que nos demandas. Pero para eso, necesitamos tu respaldo.

Apoya a Canarias Ahora

Síguenos en Telegram para no perderte las últimas novedades de la crisis del coronavirus

Suscríbete a nuestro boletín para estar al día de lo que pasa