¿Dónde puedo aparcar mi autocaravana o camper? Esto dice la DGT

Raquel Sáez

3 de julio de 2025 09:08 h

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Ni avión ni tren. Muchos prefieren echar los bártulos a su vehículo, poner el navegador, arrancar y conocer varias ciudades por carretera, tranquilamente, a su ritmo y sin ataduras horarias. Eso explica el auge de medios como las autocaravanas y también de las campers, que se volvieron a poner de moda tras la pandemia, pero que siguen siendo un reclamo. Y muchos no piensan abandonar este hábito, hasta el punto de que apuestan por su compra o por construir su propia camper, adaptando una furgoneta.

Sin embargo, si vamos a ponernos al volante de una autocaravana o camper, debemos tener en cuenta ciertas cuestiones a la hora de viajar: la seguridad de los pasajeros, las limitaciones de velocidad o en qué zonas se puede aparcar, porque hay lugares habilitados para ello.

Aparcamiento limitado

Una autocaravana o una camper no puede aparcar en cualquier sitio, explica la Dirección General de Tráfico (DGT). Se considerará que está estacionada cuando esté aparcada en un lugar permitido, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiese.

No es relevante que sus ocupantes se encuentren en el interior del vehículo, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo, como tenderetes o toldos.

Además, Tráfico recuerda a los conductores de autocaravanas y campers que solo está permitido acampar en zonas habilitadas para ello, como campings o parkings, según la normativa de cada comunidad autónoma. Esto hace aún más imprescindible una buena planificación del viaje.

¿Es obligatorio el uso del cinturón?

De acuerdo con la DGT, en ambos casos, no hay ninguna limitación para que los pasajeros pueden viajar en el interior, salvo que sobrepasase el número de plazas permitidas en el permiso de circulación del vehículo. Es un error pensar que, como vamos con la casa a cuestas, podemos movernos con libertad en su interior. Al contrario, tanto en cabina como en el habitáculo, el uso de cinturón o de un sistema de retención homologado es obligatorio.

Respecto a la velocidad a la que pueden circular, siempre que estén homologadas como tal, tienen la misma limitación de velocidad que un turismo. A pesar de ello, Tráfico recomienda moderar la velocidad por su gran tamaño.