La Ley de Puertos prohíbe las pretensiones de Sánchez-Simón

La Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante no permite las pretensiones del actual presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Javier Sánchez-Simón, de separar a los actuales representantes de la Confederación Canaria de Empresarios en el consejo de administración del organismo ni que esa organización proponga una terna de la que el Gobierno escoja a los consejeros.

El artículo 40 de la Ley de Puertos, de 1992, modificada en 2003, dice en su punto 2 que “la separación de los vocales del consejo será acordada por el órgano competente de la Comunidad Autónoma [en el caso de Canarias, la Consejería de Infraestructuras] a propuesta de las organizaciones, organismos y entidades a que aquéllos representen”. Esto significa que los actuales representantes de la Confederación Canaria de Empresarios no pueden ser separados del consejo por decisión unilateral del Gobierno, salvo que la patronal lo solicite formalmente al Ejecutivo.

Del mismo modo, es el Gobierno quien nombra a esos representantes, siempre a propuesta de sus organizaciones: “La designación de los vocales deberá hacerse necesariamente a propuesta de las Administraciones públicas y entidades y organismos representados en el consejo de administración”, dice el mismo artículo 40.

La Ley recoje también que la duración del mandato de consejero de las Autoridades Portuarias elegidos por las Comunidades Autónomas, como es el caso, será de cuatro años renovables.

La Ley de Puertos prevé que un 24% de los miembros de los consejos de administración portuarios sean designados “en representación de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, organizaciones empresariales y sindicales y sectores económicos relevantes del ámbito portuario”.

Sebastián Grisaleña, Félix Santiago y Ángel Luis Tadeo y fueron designados por la Confederación de Empresarios, en el caso de los dos primeros, y por la Cámara de Comercio, en el caso del último. El Gobierno aceptó esas designaciones y los nombró consejeros de la Autoridad Portuaria de Las Palmas mediante acuerdo del Consejo de Gobierno y su posterior publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

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