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¿España es ahora fiable?

José Carlos Gil Marín / José Carlos Gil Marín

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Los presupuestos del Estado son leyes en sentido pleno que encierran un sistema de autorización y reglas jurídicas para el manejo por el ejecutivo de los fondos públicos, reflejando asimismo, mas que una estricta separación de poderes, la puesta en juego de un poder financiero indiviso entre el legislativo y el ejecutivo por el que éste complementa, desarrolla y hasta en ocasiones altera las previsiones del primero. Pero que nunca se cumplen.

Desde 1978, sólo en tres años ha habido superávit. ¡Y no fue con Aznar! ¡Fue con Zapatero! La Historia hace que esta extraña cuadratura sucediese bajo un presidente que tendría que aprender economía en dos tardes, porque reconoció sotto voce a uno de sus ministros que no sabía de lo que estaba hablando.

En virtud del mandato del artículo 134 de la Constitución de 1978 y de su normativa de desarrollo, es obvio que los presupuestos deben presentar un contenido basado en cifras de ingresos y de gastos previsibles durante el ejercicio, ordenados de manera que puedan ser entendidos como expresión contable. La ley de presupuesto es precisamente una ley, es decir un mandato jurídico con carácter vinculante y de inexcusable cumplimiento por parte de aquellos a los que van dirigidos. La ley del presupuesto constituye un conjunto de normas jurídicas reguladoras de la actuación administrativa en la repartición del gasto. Se puede definir como la ley de ordenación jurídica del gasto público. No sólo se fijan en ella los diferentes créditos presupuestarios sino que se dictan reglas para el adecuado manejo de los mismos. En el texto articulado se encuentran cada año las modificaciones que se introducen en el sistema tributario, los criterios que deben regir la política de sueldos y salarios de funcionarios y empleados públicos, la cuantía de las pensiones, el montante y las condiciones de emisión de empréstitos públicos y en general, los aspectos más íntimamente ligados con la actuación económica del sector público. Todo ello debería hacer de los presupuestos un instituto jurídico capital del Estado contemporáneo, de cualquier administración territorial con capacidad jurídica propia convertida por nuestra Constitución en actor político.

Los principios presupuestarios clásicos, alumbrados siglos atrás pero que adquieren todo su significado en el marco de la separación de poderes, son: “Unidad presupuestaria: se aprobará un presupuesto único para todos los órganos del Estado. Universalidad: se incluirán en el presupuesto todos los gastos e ingresos estatales. Especialidad: los gastos consignados en el Presupuesto tienen destino específico, sin que el Gobierno pueda alterarlo ni destinarlo a otros fines. Equilibrio: habrá igualdad cuantitativa entre el total de ingresos y de gastos aprobados. Y temporalidad: la vigencia del presupuesto será de un año, sin poder excederlo”. Al que se le añade ulteriormente el de estabilidad presupuestaria, que nadie cumple. ¿Dónde queda el pacto de Maastricht?

¿Pero qué sucede cuando los principios se quedan en meros principios y la implementación práctica de los mismos vulnera todos los criterios de sostenibilidad, eficacia, eficiencia y promoción del bienestar de sus ciudadanos?

La reforma constitucional perpetrada con premeditación y nocturnidad en 2011 por el PP y el PSOE, exigiendo un déficit estructural de las cuentas públicas del 0,4% para el 2020, cuando para este año se ha fijado un déficit del 5,3%, prevé más recortes de gasto público hasta dicha fecha. ¿Es cumplir con lo prometido por el PP subir los impuestos en sus primeros presupuestos estatales y conceder ventajas a los defraudadores fiscales? Parece que, en política, una vez más, donde se dice digo se dice luego Diego.

Educación: disminución del gasto público en 2012 respecto a 2011 de un 21,2%. Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: disminución del gasto público en 2012 respecto a 2011 de un 13,7%. Fomento: disminución del gasto público en 2012 respecto a 2011 de más de un 34%. Inversiones reales del Estado: disminución real en 2012 respecto a 2011 en más de un 19%.¡Defensa: disminución del gasto público en 2012 respecto a 2011 en tan sólo un 8,8%! ¡Sólo defensa tiene más presupuesto público que educación y sanidad conjuntamente!

¿Pero de qué va la Historia? La Historia va de lo que va aunque se nos diga lo contrario.

Mientras no haya un cambio real de modelo productivo. Mientras no se produzca una apuesta efectiva por la educación y por la i+d+i, aumentando sus presupuestos aún en contextos recesivos, cosa que no han hecho ni el PP ahora ni el PSOE en su segunda legislatura bajo el ex presidente Zapatero. Mientras no se fortalezca la demanda generando líneas de crédito verdaderamente efectivas, será muy difícil que los números rojos económicos dejen de serlo. 32 años de 35 con déficit público no es un modelo de gestión pública para sentirse orgulloso por sus protagonistas pasados y presentes. Y lo que viene parece que no va a ser mejor desde este entrópico 2012, en el que la fiabilidad y viabilidad del Estado del bienestar son cada vez más quiméricas.

José Carlos Gil Marín

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