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Don Pepito se hace cruces

Ya pueden respirar tranquilos los abogados de don José Rodríguez Ramírez, director y editor de El Día, porque su cliente ha respirado aliviado y hasta se ha hecho cruces tras haber ganado, al menos por la mínima, un pleito judicial. No lo podíamos creer cuando lo leimos en el editorial del sábado, titulado de manera harto reveladora “Una sentencia justa”, así que hicimos algunas llamadas de averiguación. Y sí, estamos en condiciones de informar a nuestros lectores que don Pepito ha ganado un pleito judicial, el que había interpuesto contra César Rodríguez Placeres y contra Joaquín Catalán, directores de Radio San Borondón y La Opinión de Tenerife, respectivamente, por una intromisión ilegítima en el honor del insigne editor independentista. No vamos a reproducir aquí los cariñosos epítetos que César Rodríguez Placeres dedicó a su admirado José Rodríguez Ramírez, probablemente mucho menos sonoros que los que el ganador del pleito profirió al conocer el montante de la condena: 3.000 euros a satisfacer entre los dos condenados. Cuando sea menester, que es sentencia de primera instancia y se puede recurrir.

Ya pueden respirar tranquilos los abogados de don José Rodríguez Ramírez, director y editor de El Día, porque su cliente ha respirado aliviado y hasta se ha hecho cruces tras haber ganado, al menos por la mínima, un pleito judicial. No lo podíamos creer cuando lo leimos en el editorial del sábado, titulado de manera harto reveladora “Una sentencia justa”, así que hicimos algunas llamadas de averiguación. Y sí, estamos en condiciones de informar a nuestros lectores que don Pepito ha ganado un pleito judicial, el que había interpuesto contra César Rodríguez Placeres y contra Joaquín Catalán, directores de Radio San Borondón y La Opinión de Tenerife, respectivamente, por una intromisión ilegítima en el honor del insigne editor independentista. No vamos a reproducir aquí los cariñosos epítetos que César Rodríguez Placeres dedicó a su admirado José Rodríguez Ramírez, probablemente mucho menos sonoros que los que el ganador del pleito profirió al conocer el montante de la condena: 3.000 euros a satisfacer entre los dos condenados. Cuando sea menester, que es sentencia de primera instancia y se puede recurrir.