Medio Ambiente ordena la demolición de dos construcciones ilegales en Tenerife

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) ha ordenado la demolición de unas obras en la Cruz de San Antonio, en el municipio tinerfeño de Arona, por estar construidas sin la pertinente calificación territorial previa a la licencia municipal.

Por este motivo, indica este martes la Agencia en un comunicado, se ha propuesto imponer al promotor de las obras una multa de 78.000 euros, ya que el carecer de calificación territorial está tipificada en la legislación urbanística canaria como una infracción grave.

La obra sancionada en concreto es una edificación, con posible destino a garaje, situada en suelo rústico no categorizado como asentamiento rural o agrícola, de aproximadamente 220 metros cuadrados de superficie, y tasada por la APMUN en más de 147.000 euros.

Según se anuncia este martes en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), el interesado tiene un plazo de quince días para alegar cuanto considere conveniente en su defensa ante la agencia, así como para presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.

En caso de que reponga los terrenos al estado anterior a la comisión de la infracción, añade el BOC, el infractor tendrá derecho a una reducción del 90% de la multa.

Sancionan a un promotor de una edificación en Las Galletas

Por otro lado, la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural ha abierto este martes un expediente sancionador al promotor de una edificación de una planta de altura y semisótano, de unos 162 metros cuadrados, construida en suelo rústico en Las Galletas, en el municipio tinerfeño de Arona, obras que carecían además de la calificación territorial previa a la licencia municipal de obras.

Estos hechos son presuntamente constitutivos de una infracción tipificada y calificada de grave, por lo que el promotor de las obras podía ser sancionado con multas que van desde los 6.010 a los 150.253 euros.

Según se ha publicado este martes en el BOC, la agencia ha establecido un plazo de quince días para que el infractor pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes.