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Recurso al Constitucional por el real decreto 7/2013

Efe

El Gobierno de Canarias recurrirá ante el Tribunal Constitucional la disposición final segunda del real decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, sobre medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.

Esa disposición modifica el artículo 7 de la Ley General de Subvenciones y establece la competencia del Consejo de Ministros para resolver los procedimientos para la determinación y repercusión de la responsabilidad derivada del incumplimiento por parte de las administraciones públicas de las obligaciones establecidas en la normativa europea, explica el Gobierno canario.

El Consejo de Ministros se apoya para plantear ese cambio en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de 2012, que ya ha sido recurrida por la comunidad autónoma de Canarias ante el Tribunal Constitucional.

“Una norma remite a la otra, por lo que las dos tienen idéntico fundamento y contenido y, en consecuencia, las razones para la interposición de este nuevo recurso son las mismas que motivaron el presentado frente a la Ley Orgánica”, argumenta el Ejecutivo canario, en un comunicado difundido tras el Consejo de Gobierno. En ambos casos, se contempla el supuesto de incumplimiento de obligaciones de derecho comunitario y que, por tal causa, España haya sido sancionada por las autoridades comunitarias.

En tales supuestos, se atribuye la competencia para derivar la responsabilidad al Consejo de Ministros previa audiencia de las administraciones o entidades afectadas. Y esta derivación, explica el Gobierno canario, puede consistir en la compensación o retención de la deuda con las cantidades que el Estado deba transferir a la administración o entidad responsable por cualquier concepto.

El Ejecutivo de Paulino Rivero objeta que ese tipo de sanción se decide, así, en un procedimiento en el que la administración a la que se le imputa responsabilidad no ha sido oída, pero que permite actuar contra sus bienes y derechos, “violentándose el derecho a la tutela judicial efectiva”.

En segundo término, razona, “la competencia que se atribuye al Consejo de Ministros se desvía sustancialmente de lo establecido en la jurisprudencia constitucional, que defiende la idea de que la aplicación del derecho comunitario no puede alterar las competencias de las comunidades autónomas y que el Estado se puede dotar de instrumentos para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones supranacionales, pero sin amparar invasiones competenciales”.

El Gobierno canario sostiene que, de este modo, “la Administración del Estado pasa, en la práctica, de coordinadora a superior jerárquica de las comunidades autónomas, vulnerando la autonomía política de éstas y, en particular, su autonomía financiera”.

El Ejecutivo autonómico alega, asimismo, que el Consejo de Ministros ha recurrido a regular esa medida por real decreto-ley sin una situación de “extraordinaria y urgente necesidad” que lo justifique.