Recelos sobre la reforma del decreto de interinos por la fecha de corte en diez años y la letra pequeña

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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Un acuerdo de última hora permitió al Gobierno salvar este miércoles en el Congreso la convalidación del decreto ley con el que pretende acabar con el abuso de la contratación temporal sucesiva en las administraciones públicas españolas y cumplir con el objetivo de reducir la tasa de temporalidad al 8% (actualmente se sitúa en torno al 28%) antes de 2025. La ministra de Función Pública, María Jesús Montero, anunció en esa sesión dos novedades que se incorporarán a la propuesta planteada por su antecesor en ese ámbito competencial, el también socialista Miquel Iceta, de cara a la tramitación parlamentaria. Los trabajadores interinos que hayan ocupado una plaza de manera ininterrumpida durante diez años sin que ese puesto haya sido sacado a concurso podrán consolidarla automáticamente, sin necesidad de opositar, mediante la valoración de los méritos. Además, da potestad a las comunidades autónomas para que puedan decidir que la fase de oposición no sea eliminatoria en los procesos de estabilización del personal que lleva más de tres años ocupando una plaza estructural. 

La reforma anunciada por la ministra ha suscitado recelos entre el personal afectado. Delia Déniz, portavoz de la Plataforma de Empleados Públicos en Fraude de Ley en Canarias (PEFRALCA) y miembro del comité de huelga en la administración general de la comunidad autónoma, no entiende por qué el Gobierno ha introducido la fecha de corte en diez años. “Los trabajadores que lleven más de tres años en esa situación (encadenando contratos temporales en el mismo puesto sin opción a consolidar la plaza) también están en fraude de ley. El Supremo lo ha dicho claramente”, señala la empleada pública en referencia a una sentencia dictada a finales de junio. El alto tribunal español rectificó su doctrina para alinearse con la jurisprudencia europea y determinar que los contratos de interinidad no pueden superar los tres años de duración, ni siquiera por razones de limitación presupuestaria, porque serían “injustificadamente largos”. 

Déniz señala que colectivos afectados por el abuso de la temporalidad pedirán a los partidos políticos introducir modificaciones en el proyecto de tramitación parlamentaria para que el decreto “recoja lo que dice la normativa, la jurisprudencia europea” y ahora, también, el Supremo. Es decir, que la fecha de corte para esa medida se fije en los tres años de interinidad y no en los diez. “¿Qué diferencia hay entre un temporal que lleve en el puesto diez años y otro que lleve nueve?”, se pregunta la portavoz de PEFRALCA. 

Gerardo Pérez, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de La Laguna (ULL) que ha asesorado jurídicamente a algunas plataformas de trabajadores públicos temporales, opina que el decreto-ley convalidado en el Congreso este miércoles no cumple con las exigencias de la directiva comunitaria CE/199//70 ni con la interpretación que a esa normativa ha dado de manera reiterada la justicia europea en la línea de prevenir y sancionar con medidas “eficaces y disuasorias” los abusos cometidos por la administración en la contratación temporal sucesiva de trabajadores sin convocar de manera periódica los preceptivos procesos selectivos para la provisión definitiva de plazas.

“El decreto-ley se ha convalidado y existe el compromiso de tramitarlo como proyecto de ley. Por tanto, como va a tener una tramitación parlamentaria, va a haber un trámite de enmiendas en donde, supuestamente, se va a modificar el decreto en el sentido anunciado de que si se lleva más de diez años se puede exonerar de la fase de oposición y una serie de medidas. Pero so está por ver, al igual que la letra pequeña. Es decir, que se puede establecer esa medida, pero con una serie de exclusiones que pueden desdibujarla”, advierte. 

Ese decreto aprobado tras el acuerdo alcanzado entre los tres sindicatos nacionales mayoritarios en la Función Pública (CSIF, CCOO y UGT) y el entonces ministro del ramo, Miquel Iceta, plantea como solución la convocatoria de procesos de estabilización para el personal interino en los que la experiencia de los trabajadores pese un 40% y la fase de oposición, un 60%. Para las víctimas del abuso de la temporalidad que se queden sin plaza tras la celebración de esas pruebas prevé el pago de indemnizaciones equivalentes a 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

Gerardo Pérez recuerda, no obstante, que ese decreto ya incorporaba algunas salvedades que excluían a un número amplio de trabajadores temporales. Es el caso de todo el personal sanitario y de Educación. “Conforme a la disposición final segunda, queda fuera, al menos durante un año”, el periodo que el texto establece para adaptar la normativa del personal docente y estatutario o equivalente de los servicios de salud. Es decir, “la mayor parte de los afectados por el abuso de la temporalidad”. Tampoco estaban incluidas en la aplicación del decreto aquellas plazas que ya hubieran sido convocadas en los respectivos boletines oficiales. “Si eso continúa así, las exclusiones desdibujarían muchísimo cualquier medida, con independencia de que considero que esas medidas no están pensadas para dar cumplimiento a las exigencias que vienen de la UE”, advierte. 

El profesor de la ULL tampoco se explica el límite de los diez años. “No sé por qué diez y no nueve, siete o cinco. Desde luego, lo que establece el abuso de la temporalidad hasta ahora estaba vinculado a llevar más de tres años en el mismo puesto y, por lo tanto, lo de los diez años es arbitrario. Está por ver qué pasa en ese proceso legislativo, si esos son los cambios, si son otros, si son esos pero con muchas exclusiones... Está todo en el aire”. Pérez ve “evidente” que la ley, de aprobarse en los términos anunciados, termine en los juzgados, tanto por interinos que lleven menos de diez años en el puesto pero que estén en situación de abuso de temporalidad como otros colectivos que hayan sido excluidos de la aplicación del acuerdo y que, por lo tanto, se sientan discriminados y puedan reclamar. “Se lanzan titulares y hay que leer la letra pequeña, porque por la vía de las exclusiones, los titulares al final no son tales”, concluye. 

Negociación en Canarias

La ministra Montero anunció también este miércoles en el Congreso que la reforma del decreto da margen a las comunidades autónomas para decidir que la fase de oposición de los procesos de consolidación no sea eliminatoria y para habilitar el concurso de valoración de méritos como una posibilidad excepcional de acceso. Para la portavoz de PEFRALCA, esta medida tampoco resuelve la situación, puesto que se trata de concursos de libre concurrencia, no restringidos, y que, por lo tanto, no garantizan que los trabajadores afectados por el abuso, la mayoría de los cuales ya han superado un proceso selectivo, puedan conservar sus puestos. 

Delia Déniz señala que la plataforma aboga por la permanencia de los trabajadores víctimas del abuso de la temporalidad hasta la extinción de la plaza por jubilación o renuncia, una propuesta que fue planteada en un dictamen de María Emilia Casas, presidenta emérita del Tribunal Constitucional y catedrática de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social por la Universidad Complutense de Madrid (UCM). “Eso ocurrirá (la extinción de la plaza por jubilación) para la mayoría del personal de la administración general canaria en un plazo de diez o quince años, porque la media de edad está por encima de los 50 años”, dice. 

La también miembro del comité de huelga añade que, en cualquier caso, el decreto convalidado en el Congreso no afecta al acuerdo alcanzado con el Gobierno regional para tratar de encontrar una solución autonómica al problema, ya que la norma otorga “potestades” a las comunidades. Este miércoles, coincidiendo con el debate en la Cámara Baja, representantes de los trabajadores en huelga y el viceconsejero de Administraciones Públicas del Ejecutivo celebraron la primera reunión de una de las mesas de trabajo constituidas a tal efecto, la que tiene como objetivo identificar a los trabajadores en abuso de temporalidad. La segunda, aún no convocada, aspira a encontrar fórmulas que garanticen la permanencia en sus puestos de estos empleados públicos hasta su jubilación.  

“En este primer encuentro hemos decidido utilizar un listado ya existente que recoge a las personas en esta situación hasta el año 2014 para, posteriormente, proceder a la identificación desde dicho año en adelante y elaborar el listado definitivo”, ha señalado el viceconsejero de Administraciones Públicas del Gobierno canario, Manuel Martínez, que destaca la predisposición de ambas partes para “agilizar el trabajo”. “Nos hemos emplazado a una nueva reunión durante la próxima semana”, ha anunciado.