Renta 2025: Esta es la fecha límite para presentar la declaración si el resultado es positivo
La campaña de la Renta 2025 ha llegado a su recta final. Han pasado dos meses desde la apertura del plazo para que los contribuyentes rindiesen cuentas con la Agencia Tributaria y, en estos momentos, queda menos de un mes para poder presentar la declaración. El próximo 30 de junio será el último día de la campana del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF). Aún queda margen, por lo que es tentador apurar los plazos a última hora, algo que puede ser arriesgado, especialmente para aquellos declarantes con un resultado positivo en su declaración.
El resultado de la declaración es la culminación del proceso de declaración de la renta que nos indica si el balance ha salido positivo (a pagar) o negativo (a devolver en nuestro favor). Esto se calcula aplicando la siguiente fórmula: casillas ([550] - [551] + [552] - [562] + [563] - [575] + [576] - [589] + [590] - [591] + [592]). Si el resultado es positivo, es necesario abonar este importe a la Agencia Tributaria. En el caso de que, por el contrario, salga negativo, Hacienda deberá ingresarnos esta cantidad.
En términos generales, la declaración suele salir a pagar porque Hacienda estima que el contribuyente ha pagado menos IRPF del que corresponde por sus ingresos totales. En consecuencia, hace una regularización y reclama el dinero. El cálculo del IRPF está sujeto a múltiples variables, puesto que afecta a numerosos tipos de ingresos:
- Ingresos del trabajo: salarios y sueldos
- Ingresos de capital: como intereses, dividendos y alquileres
- Ingresos de actividades económicas: como beneficios de emprendimientos y múltiples tipos de actividades profesionales
- Ganancias o pérdidas de bienes personales: como las ventas de propiedades o inversiones
El fenómeno más común que propicia que el IRPF salga a pagar es que no se han aplicado las tarifas que corresponden a la nómina que percibe el contribuyente. Otro error habitual es que el declarante no se sujete a deducciones a las que tiene derecho.
Fecha límite para presentar la declaración si el resultado es positivo
En general, el plazo para presentar la declaración finaliza el 30 de junio, pero para aquellos que les sale la declaración a pagar deberán presentarla algo antes. Y es que, para el 25 de junio, los contribuyentes deberán tener el pago domiciliado.
Más tarde de esa fecha, existen estos plazos por los que Hacienda reclamará el importe de la regularización, en función de si el pago está o no fraccionado y la proporción que se domicilie. Es posible fraccionar el pago en dos plazos de proporción de 60/40. En otras palabras, existe un primer pago del 60% del importe total a pagar, y un segundo pago del 40%.
Para optar a un fraccionamiento, la declaración debe presentarse dentro del plazo establecido y no debe tratarse de una autoliquidación complementaria. Además, en el momento en el que se confirma la declaración debe efectuarse el ingreso del 60% del importe resultante de la misma:
- Se domicilia el total a ingresar: si el pago se fracciona en dos plazos de 60/40 y se domicilia el total a ingresar, deberá el plazo para domiciliar termina el próximo 25 de junio y Hacienda se cobrará la primera fracción el 30 de junio y la segunda el 5 de noviembre. Si el pago no está fraccionado, la Agencia Tributaria se cobrará el monto total a día 30 de junio.
- Se domicilia solo el primer pago (60% del total a pagar): el contribuyente tendrá hasta el 25 de junio para domiciliar el primer pago, y hasta el 2 de noviembre para domiciliar el segundo. A la hora de que Hacienda retire el importe, retirará la primera fracción el 30 de junio y la segunda lo hará hasta el 5 de noviembre.
- Se domicilia solo el segundo pago (40% del total a pagar): la fecha para domiciliar el pago será hasta el 30 de junio, y Hacienda efectuará el cobro hasta el 5 de noviembre.
Podrán optar a domiciliar su declaración aquellos contribuyentes que confirmen su borrador a través de la sede online de la Agencia Tributaria, por teléfono, o por la aplicación de Hacienda. También en el caso de que la autoliquidación se efectúe a través de los servicios de ayuda prestados en las oficinas de la Agencia Estatal de la Agencia Tributaria.
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