Arqueólogos, etnógrafos y expertos alertan al Gobierno canario del deterioro del patrimonio histórico

Casa Amarilla de Puerto de la Cruz, en Tenerife.

Álvaro Morales

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Diversos colectivos y asociaciones de arqueólogos, etnógrafos, expertos en patrimonio histórico y académicos han trasladado al Gobierno de Canarias su preocupación por la progresiva pérdida de protección del patrimonio etnográfico y arqueológico de las Islas desde hace años, lo que está haciendo que se pierdan o deterioren muchos elementos y se incumplan reiteradamente las normas, especialmente la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias.

La denuncia, además de su duro contenido, llama la atención por el método de firma escogido por sus promotores: se acompañan en un documento separado por temor a sufrir represalias. Este periódico tiene el ejemplar completo y ha verificado su autenticidad.

El escrito está dirigido al director de Cultura y Patrimonio Cultural del Gobierno canario, Miguel Ángel Clavijo, y a la dirección general de Patrimonio y Contratación, enclavada en la consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos. Lo suscriben, según detallan, “asociaciones y colectivos patrimoniales, culturales, vecinales, ecologistas y sociales (…) dedicados a la defensa, protección, estudio y difusión del patrimonio cultural de Canarias, así como a la promoción de los valores culturales, históricos y sociales de nuestro Archipiélago”.

En el texto recuerdan que la citada Ley de 2019 nace para fijar un marco jurídico de “protección, conservación, investigación y difusión del patrimonio cultural de nuestro Archipiélago” y, en su preámbulo, “la propia norma reconoce que la anterior ley de 1999 no había logrado superar la situación de inactividad en la protección patrimonial. Transcurridos más de seis años desde su entrada en vigor, las asociaciones firmantes constatamos con profunda preocupación que dicha situación no solo persiste, sino que se ha agravado”.

Esta involución la achacan, en gran medida, a la postura y actitud de los ayuntamientos, “pues la ley establece un claro reparto competencial que les atribuye obligaciones específicas e ineludibles en materia de protección patrimonial. El artículo 17 -recuerdan- detalla las competencias municipales, mientras que el 12, 16.b y 17.a imponen a cabildos y ayuntamientos la obligación de elaborar y gestionar catálogos insulares y municipales de bienes patrimoniales como instrumentos fundamentales de protección. Sin embargo, la realidad es demoledora, ya que la inmensa mayoría de los ayuntamientos canarios no dispone de catálogos de protección patrimonial actualizados ni, en muchos casos, de catálogo alguno”. 

Según denuncian, “esta situación supone un incumplimiento flagrante de la Disposición Transitoria Sexta de la propia ley, que fijaba un plazo máximo de tres años para la aprobación de dichos catálogos. Hoy, los cabildos y ayuntamientos acumulan más de seis años y medio de incumplimiento desde la entrada en vigor de la ley de 2019, sin que se haya producido reacción alguna por parte de la Administración autonómica para exigir su cumplimiento”.

Los colectivos y expertos que han presentado esta carta ponen mucho énfasis en este apartado, insistiendo en que no se trata de una cuestión “meramente formal o burocrática, sino de la causa directa de que bienes de incalculable valor histórico, arqueológico, etnográfico y arquitectónico estén siendo destruidos, alterados o abandonados sin control alguno. La ciudadanía tiene derecho a consultar estos instrumentos de protección conforme al artículo 48.3 de la ley, pero dicha búsqueda resulta inútil porque simplemente no existen”, alertan.

Afección a Bienes de Interés Cultural (BIC)

En el texto se hace hincapié a que el incumplimiento de la ley “no se limita a los bienes no catalogados, sino que incluso aquellos que gozan de la máxima protección legal, los declarados bienes de interés cultural (BIC), se encuentran en un estado de abandono alarmante. La ley exige que los BIC sean visitables al menos cuatro días al mes, pero numerosos ejemplos en todo el Archipiélago demuestran que esta obligación se incumple de manera sistemática: bienes cerrados permanentemente, sin horarios públicos, sin responsables visibles y sin gestión alguna”.

En este punto miran al Gobierno canario y remarcan que “no puede alegar desconocimiento de esta realidad. Son múltiples los casos documentados y denunciados públicamente de intervenciones realizadas sin la preceptiva autorización patrimonial, de obras ejecutadas sin control arqueológico, de vertidos en zonas protegidas y de demoliciones de inmuebles con valores patrimoniales. La propia dirección general ha tenido que intervenir en casos como el de Cuna del Alma, en Tenerife, imponiendo sanciones por daños arqueológicos irreversibles, lo que demuestra que, cuando existe voluntad política, los mecanismos legales funcionan. Pero estas actuaciones, siendo necesarias, resultan insuficientes si no van acompañadas de una acción preventiva y de una exigencia sistemática del cumplimiento de la legalidad por parte de todas las administraciones”, advierten.

En esta línea, ponen especial atención en lo que está haciendo, o más bien no haciendo, la Dirección General de Patrimonio, que cuenta con “competencias fundamentales en materia de protección, como la potestad de inspección, la incoación de procedimientos sancionadores, la adopción de medidas cautelares y, lo que es especialmente relevante para el caso que nos ocupa, la de velar por el cumplimiento de la legalidad por parte del resto de administraciones públicas canarias”. Por eso, recuerdan que “el artículo 60 de la ley regula específicamente la protección de la legalidad y el restablecimiento del orden jurídico perturbado. El artículo 58 establece el régimen aplicable al incumplimiento de las obligaciones de protección y conservación, y los artículos 59 y siguientes habilitan a esa dirección general para adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar la efectividad de la norma”.

Sin embargo, y “ante el incumplimiento generalizado y sistemático que venimos denunciando, nos preguntamos por qué la Dirección General de Cultura y Patrimonio Cultural no ha ejercido sus potestades de inspección y control sobre los ayuntamientos que incumplen la ley?”. También se cuestionan el motivo por el que “no se han incoado expedientes sancionadores a aquellos municipios que, transcurridos más de seis años desde la entrada en vigor de la ley, ni siquiera han iniciado la tramitación de sus catálogos de protección, qué medidas concretas ha adoptado para exigir el cumplimiento de la Disposición Transitoria Sexta y por qué se permite que los ayuntamientos sigan concediendo licencias de obra sin exigir los informes preceptivos de patrimonio”. 

En su opinión, “la respuesta a estas preguntas es, lamentablemente, un silencio administrativo que roza la connivencia con el incumplimiento”.

Borrador para modificar la norma

Para estas asociaciones y particulares denunciantes, el borrador de modificación de la Ley de Patrimonio Cultural presentado por el Gobierno “con el objetivo de hacerla más operativa, incluyendo un endurecimiento del régimen sancionador”, no debe, sin embargo, servir de excusa. Aplauden ese intento por “mejorar la protección de nuestro patrimonio, pero advertimos, con toda firmeza, de que una futura reforma legal no puede servir de coartada para mantener la actual situación de impunidad”. De hecho, remarcan que la actual norma “contiene instrumentos suficientes para exigir su cumplimiento. El problema no es la falta de herramientas legales, sino de voluntad política para aplicarlas. Como ha reconocido el propio director general, ”cuando llegamos, apenas había estructura administrativa. Sin técnicos, no se pueden tramitar los expedientes ni cobrar sanciones“. Esta confesión, que agradecemos por su sinceridad, no hace sino confirmar la dejación de funciones que ha caracterizado la gestión patrimonial en Canarias durante décadas”.

Una situación que se ha traducido en la “destrucción de yacimientos arqueológicos por obras ejecutadas sin control, demolición de inmuebles con valores patrimoniales amparada en licencias municipales concedidas sin los preceptivos informes; abandono y deterioro progresivo de bienes etnográficos, arquitectónicos e históricos; pérdida de saberes y manifestaciones del patrimonio inmaterial por falta de documentación y protección, así como privatización y exclusión ciudadana de bienes que, por ley, deberían ser accesibles al público”.

Por ello, insisten en que “cada día que pasa sin que se adopten medidas efectivas supone una pérdida irreparable para nuestra memoria colectiva, nuestra identidad cultural y nuestro legado para las generaciones futuras”. Ante esto, piden que la dirección general “ejerza de manera efectiva, inmediata y contundente las competencias que le atribuye la Ley 11/2019 y que requiera formalmente a todos los ayuntamientos de Canarias para que, en el plazo improrrogable que se establezca, acrediten el cumplimiento de sus obligaciones legales en materia de patrimonio cultural, especialmente en lo relativo a la elaboración y aprobación de catálogos municipales de protección y también como la conformación de, según su artículo 20, los consejos y unidades municipales de patrimonio cultural”. 

Asimismo, les instan a incoar “expedientes sancionadores contra aquellos ayuntamientos que, transcurrido el plazo que se otorgue, persistan en el incumplimiento de sus obligaciones legales”. También a emitir “instrucciones vinculantes para que los ayuntamientos se abstengan de conceder licencias de obra o actividad que afecten a bienes con posibles valores patrimoniales sin contar previamente con los informes preceptivos de las administraciones competentes en materia de patrimonio, así como que refuerce los servicios de inspección con los medios personales y materiales necesarios para garantizar una vigilancia efectiva del cumplimiento de la legalidad en todo el territorio de la Comunidad”.

Otra de sus solicitudes consiste en que la dirección informe a las asociaciones firmantes, “en el plazo legalmente establecido, sobre el estado actual de cumplimiento de la obligación de elaborar catálogos municipales de protección, con indicación expresa de los ayuntamientos que han cumplido y los que no”. A su vez, de las actuaciones inspectoras y sancionadoras realizadas en los últimos cinco años en relación con el incumplimiento de la ley por parte de las administraciones locales, y de las medidas concretas que se van a adoptar para garantizar el cumplimiento efectivo de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 11/2019“.

Sus demandas se completan con que, “en ejercicio de las competencias de coordinación que corresponden a la administración autonómica, se convoque una reunión urgente con representantes de la Federación Canaria de Municipios (Fecam) y de los cabildos insulares para abordar de manera monográfica el incumplimiento generalizado de la Ley de Patrimonio Cultural y establecer un calendario vinculante de actuaciones”. También reclaman que se dé traslado de este escrito al Consejo del Patrimonio Cultural de Canarias y a las Comisiones Insulares de Patrimonio Cultural y que se le notifiquen todas las acciones que se deriven de este documento entregado. 

Además, y “de no obtener una respuesta satisfactoria en el plazo legalmente establecido”, avisan de que se reservan el derecho a ejercer “cuantas acciones legales y administrativas estén a nuestro alcance, incluyendo la interposición de los correspondientes recursos contencioso-administrativos y la formulación de denuncias ante la Diputación del Común y ante las instituciones europeas competentes en materia de protección del patrimonio cultural”.

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