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Transparencia exige al Gobierno de Canarias que entregue los informes sobre la contaminación marina en Telde

La Comisionada de Transparencia de Canarias ha emitido dos resoluciones en las que da la razón a Canarias Ahora y exige al Gobierno regional que entregue la documentación que había denegado sobre el episodio de contaminación marina registrado en Telde a finales del año pasado, en el que murieron 2.500 toneladas de lubinas en las jaulas de Aquanaria.

En sendos escritos firmados recientemente, la Comisionada ha estimado parcialmente las reclamaciones de este periódico y ha requerido al Ejecutivo autonómico que facilite las actas e informes del PLATECA, activado el 6 de noviembre y desactivado el 19 de diciembre, así como los resultados de las inspecciones realizadas por la Dirección General de Pesca a las granjas marinas de Aquanaria.

Las resoluciones llegan la misma semana en que la Fiscalía de Medio Ambiente ha remitido a los juzgados de Telde su investigación sobre los vertidos en la costa del municipio, en la que aprecia “numerosas irregularidades” en la gestión de la depuradora de Silva.

La mortandad masiva de peces de acuicultura, calificada por el portavoz de Ben Magec, Eugenio Reyes, como probablemente “el atentado ambiental más importante en medio marino del planeta” en 2025, provocó el cierre de 17 playas del sureste de Gran Canaria. En el caso de Telde, sus zonas de baño permanecieron clausuradas durante meses.

El Gobierno de Canarias, integrado por Coalición Canaria (CC) y el Partido Popular (PP), había denegado el acceso a la información solicitada por esta redacción a través del Portal de Transparencia alegando que su difusión podía perjudicar la investigación abierta por la Fiscalía y el Seprona para depurar posibles responsabilidades.

Tanto la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas como la Dirección General de Pesca se ampararon en un informe del Ministerio Público que sostenía que, al haber sido requeridos para las diligencias en curso, esos documentos adquirían carácter “reservado” y, por tanto, no debían facilitarse a terceros.

Sin embargo, la Comisionada tumba ese argumento recordando que la jurisprudencia nacional y europea aclara que el secreto de sumario o de investigación solo protege la documentación elaborada de forma específica y exclusiva para el proceso judicial, como pueden ser informes periciales solicitados por la justicia o escritos de las partes.

Las inspecciones rutinarias de Pesca, las actas del PLATECA y los informes elaborados por la Administración durante el episodio son, por el contrario, documentos de naturaleza “claramente administrativa”, concluye la Comisionada. Se trata de información que “obra en poder de un organismo sujeto a la Ley de Transparencia” y que, por tanto, constituye “información pública accesible”. Los escritos

La Comisionada de Transparencia advierte asimismo al Ejecutivo regional de que no puede escudarse en la existencia de una investigación judicial para denegar información sin acreditar un perjuicio real. Para ello, debe ponderar los intereses en juego (el derecho de acceso a la información pública, por un lado, y el interés protegido por la limitación invocada, por otro) y demostrar que la entrega de los documentos ocasionaría un daño concreto, definido y evaluable.

Por otro lado, subraya que la información ambiental goza de una protección reforzada y de un régimen específico de acceso, amparado por el Convenio de Aarhus y la Ley 27/2006, que regula los derechos de acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente. “No es más que un instrumento al servicio de un bien superior, que es la protección del medio ambiente”, recoge la resolución.

En el caso concreto de las actas del PLATECA, la Comisionada aclara además que la doctrina del Tribunal Supremo establece que estos documentos no están amparados por el secreto de las deliberaciones, ya que recogen únicamente los acuerdos adoptados y los asuntos abordados, pero no las discusiones íntegras ni las opiniones expresadas por sus integrantes.

La Comisionada también afea al Gobierno de Canarias haber destacado la condición de periodista de Canarias Ahora de quien reclamó la documentación. La resolución recuerda que el acceso a la información pública es un derecho universal que puede ejercerse “sin necesidad de manifestar si es o no periodista, si trabaja o no para un medio de comunicación y sin tener que expresar cuál es el motivo de su solicitud”.

En el supuesto de ser periodista (como ocurre en este caso), “su derecho de acceso a la información podría verse reforzado por el efectivo ejercicio del derecho a la libertad de información”, destaca el texto.

La Comisionada de Transparencia concede al Gobierno de Canarias un plazo de 15 días hábiles para entregar la documentación requerida. De no hacerlo, el Ejecutivo podría incurrir en infracciones graves o muy graves previstas en la Ley de Transparencia.