La Audiencia Nacional duplica las condenas del caso Arbistar por considerar la trama una organización criminal

Efe

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La sala de apelación de la Audiencia Nacional ha duplicado las penas de cárcel para los creadores de la plataforma de criptomonedas Arbistar, que estafaron entre 2019 y 2020 a unas 9.500 personas, al considerarlos una organización criminal, tal y como solicitaban la Fiscalía y las acusaciones.

En la sentencia, se eleva de 8 a 16,5 años de cárcel la pena para el principal encausado Santiago F.J. y de 6 a 11,5 años la de su socio Diego Felipe F.N. y el incremento de las penas también se justifica al entender que el fraude cometido es “singularmente grave”, dado que concurría una actividad defraudatoria prolongada y sistemática.

La sentencia apelada tipificó el delito como una estafa continuada pero rechazó aplicar el tipo agravado al no ver acreditado que alguna de las estafas por sí sola superara los 50.000 euros, pese a que reconocía decenas de miles de bitcoin defraudados y fijaba un perjuicio muy superior a 250.000 euros.

Ahora también se tiene en cuenta la captación de un número extraordinariamente elevado de inversores, un perjuicio patrimonial de magnitud excepcional y la utilización de una estructura organizada y estable con reparto funcional.

El Tribunal condena a los dos fundadores de Arbistar, empresa afincada en el sur de Tenerife, a indemnizar a las miles de personas que se incluyen en el listado aportado por la Fiscalía en las cantidades que se determinaran en la ejecución de la sentencia y mantiene la absolución de las cuatro acusados y tres sociedades.

De resto la sala de apelación asume íntegramente los hechos probados de la sentencia inicial, que considera probado que entre los años 2019 y 2020 los acusados junto con otras personas no identificadas, crearon y dirigieron un entramado societario encabezado por Arbistar “con la finalidad aparente de ofrecer servicios de inversión en criptomonedas, fundamentalmente mediante un supuesto sistema automatizado de arbitraje denominado Community Bot (CB)”.

Este sistema se presentaba públicamente como un software capaz de generar altas rentabilidades estables mediante operaciones automáticas de arbitraje entre distintos mercados de criptodivisas, lo que atrajo a decenas de miles de inversores, que transferían sus bitcoins (BTC) a direcciones controladas por Arbistar.

Los informes periciales y policiales demostraron que el sistema funcionaba, en realidad, como un esquema defraudatorio, en el que los fondos de nuevos inversores se utilizaban para aparentar pagos a inversores anteriores, sin respaldo en actividad económica real.

Así se produjo la captación masiva de inversores y engaño continuado mediante una intensa actividad de promoción comercial, eventos, redes sociales y líderes de captación, comunicaciones directas con los inversores, y la suscripción de contratos digitales que formalizaban la supuesta inversión.

“El fallo consideró probado que hubo una estafa continuada de carácter masivo, basada en un engaño mediante la oferta de un producto inexistente, con uso de contratos digitales, y con control de los fondos por parte de los acusados principales”, indica la Audiencia Nacional.

La abogada canaria Conchi Viera, que representa a casi 2.000 estafados, cree que el nuevo fallo supone “el reconocimiento judicial más claro hasta ahora de la gravedad del fraude que sufrieron personas que confiaron sus ahorros en un sistema que se presentaba como tecnológicamente sofisticado y seguro.”

La letrada destaca también la importancia práctica de la resolución respecto a la reparación en cuanto que se reiteran los criterios para calcular las indemnizaciones en función de los bitcoins entregados y su valoración, ya establecidos en la sentencia de primera instancia, y “sienta un precedente muy importante en estafas con criptoactivos”

Ahora el trabajo se centra en la ejecución y que esta resolución se traduzca en una reparación “real y efectiva para quienes perdieron su dinero”, añade la abogada.