La Audiencia de Las Palmas ha condenado a 13 años de cárcel por un delito de asesinato al sobrino que apuñaló a su tía, una anciana de 84 años de la que cuidaba, el 20 de marzo de 2023 en el barrio de Pedro Hidalgo de la capital grancanaria, al concurrir las circunstancias atenuantes de alteración psíquica y obcecación.
La sentencia, facilitada este viernes a EFE, se produce después de que el Jurado de la Audiencia de Las Palmas emitiera, por unanimidad, un veredicto de culpabilidad en el que consideró probado que Sean Duane C.R. la asesinó y que cuando se produjeron los hechos padecía el síndrome del cuidador y que, por ello, tuvo dificultades para controlar sus impulsos.
La Fiscalía y la acusación particular ejercida por la familia de la fallecida solicitaban una condena de 15 años de cárcel menos un día, y la letrada de la defensa, Mónica Sánchez, 13 años de prisión, una pena que la magistrada presidenta del tribunal, María del Pilar Verastegui, ha considerado proporcional a los hechos juzgados y probados.
En los fundamentos de la sentencia, explica que rebaja la pena en un solo grado, en atención a la escasa entidad de las atenuantes que se aprecian, relacionadas ambas con un leve control de los impulsos por parte del acusado, y que entiende ajustada a derecho la petición interesada por la defensa.
El ataque se llevó a cabo sobre una persona “totalmente indefensa y desvalida”, lo que era perfectamente conocido por el acusado y por ello debe suponer un mayor reproche penal, señala la magistrada.
El acusado acabó con la vida de su tía de tres puñaladas que penetraron en el corazón de forma sorpresiva, sin mediar discusión y sin que pudiera reaccionar, cuando se encontraba en su casa y después de que le procesado le pusiera el desayuno.
La víctima era una persona de avanzada edad y totalmente dependiente y, además, tenía total confianza en el acusado, a quien había cuidado como su hijo y era el principal encargado de sus cuidados.
Según señala la sentencia, ese día su tía se quejaba un poco más y el procesado ya no sabía qué hacer para cuidarla mejor, por lo que comenzó a sentirse frustrado e impotente y a culparse de que no lo estaba haciendo bien.
El procesado no sabe lo que pasó, pese a hacer lo que hizo, sino que sostiene que “fue un impulso”, según declaró al Jurado, que entendió que su acción estaba relacionada con su sentimiento de culpabilidad por el estado en que se encontraba la víctima, a la que consideraba su madre porque le había criado desde los cinco años.