Condenado por apropiación indebida el ex administrador de Seguridad Integral Canaria Héctor de Armas

Canarias Ahora

10 de junio de 2026 14:15 h

0

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a año y medio de prisión al que fuera administrador único de la empresa Seguridad Integral Canaria, Héctor de Armas, por un delito continuado de apropiación indebida, cometido cuando ordenó al personal encargado de la custodia de dinero en las cajas fuertes de la compañía que le entregaran determinadas sumas de dinero que empleó en gastos personales. De Armas deberá indemnizar a esos clientes, seis entidades bancarias, la cantidad que se apropió, 83.000 euros.

La sentencia da por probado que en el período comprendido entre el 29 de enero de 2018 y el 26 de junio de 2018, Héctor de Armas dio órdenes en siete ocasiones distintas al personal de las cámaras de seguridad de Seguridad Integral Canaria “para que le entregasen dinero en efectivo, mediante la firma del correspondiente resguardo,

recibiendo la cantidad total de 83.000 euros“. Se trataba de cantidades depositadas por las diversas entidades bancarias: CaixaBank, Bankia, Cajasiete, BBVA, Banco Santander, Bankinter y Banco de Crédito Social Corporativo.

También se ha concluido como probado que De Armas “dispuso libremente de ese importe y no procedió a su devolución pese a que en varias ocasiones fue requerido a ello por los empleados de Seguridad Integral Canaria a través de los cuales había gestionado la retirada de ese dinero”.

El tribunal, del que ha sido ponente la magistrada Inocencia Eugenia Cabello Díaz, rechazó el delito de administración desleal que promovió el BBVA por considerar que “el dinero objeto de apropiación no pertenecía a la entidad Sociedad Integral Canaria, de la que el acusado era administrador único, sino a terceros que tenía contratada con ella la custodia, depósito y transporte, por lo que, en definitiva”. 

Aunque la defensa del acusado no lo pidió durante la vista oral, el tribunal ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido desde la incoación de la causa (febrero de 2019) hasta la celebración del juicio, con diversas incidencias en la instrucción, conducida por el Juzgado de Instrucción 6 de Las Palmas de Gran Canaria.

Sí que fueron desestimadas por el tribunal las alegaciones del acusado respecto a la nulidad de actuaciones por defectos formales durante la instrucción de la causa referidas a prórrogas anómalas del procedimiento y la presencia como acusación particular de una empleada de Seguridad Integral Canaria y de esta misma empresa en esa misma condición y como responsable civil subsidiaria.

La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Puestos en contacto con Héctor de Armas, este ha manifestado a este periódico su intención de recurrir “hasta la última instancia” por estar “convencido” de su inocencia.