Ley de Segunda Oportunidad: un padre separado se libra de una deuda de más de 40.000 euros tras contraer préstamos para la manuntención de su hija
El Juzgado de la Plaza número 1 del Tribunal de Instancia (Sección Mercantil) de Las Palmas de Gran Canaria ha perdonado a un padre una deuda de 42.471 euros en aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, después de contraer préstamos para cubrir sus necesidades básicas y la manutención de su hija tras de su separación.
Según informa en un comunicado el despacho Bergadá Abogados, con sede en Lleida, el hombre se vio inmerso en una situación de insolvencia, consecuencia de una concatenación de circunstancias personales que lo pusieron en una situación de “absoluta vulnerabilidad”.
En este sentido, cuenta el despacho de abogados que tras más de 20 años de vida en pareja, hace aproximadamente unos 15 se produjo la ruptura definitiva de esa relación, que según detalla, “su expareja se quedó con los pocos ahorros existentes”, y asegura que “él era quien generaba los ingresos familiares”.
Las deudas comenzaron en ese momento, cuando, para poder cubrir gastos básicos, se vio en la necesidad de solicitar diversos préstamos, con la esperanza de poder remontar “poco a poco” su estado económico. “Fue una necesidad económica y los bancos me ofrecían préstamos. Todo eran facilidades para contratarlos, por lo que fui encadenando uno tras otro”, recuerda.
A pesar de sus limitados recursos, el despacho aclara que “fue cumpliendo con sus obligaciones financieras, además de abonar mensualmente la manutención de su hija”, pero hizo reducir “drásticamente” su capacidad económica.
La abogada que ha llevado el caso y socia fundadora de Bergadà Abogados, Marta Bergadà, explica que “se trataba de un claro supuesto de insolvencia sobrevenida. No actuó con irresponsabilidad ni con ánimo de eludir sus obligaciones, sino que llegó a esa situación tras una ruptura personal traumática que lo dejó sin ahorros, sin apoyo económico y con la responsabilidad exclusiva de sostener a su hija menor”.
Además, señala que “hizo todo lo que estaba en sus manos; pidió préstamos para cubrir necesidades básicas, cumplió con la manutención de su hija y destinó cada euro que ingresaba a intentar ponerse al día.”
En su intento por mejorar la situación y acceder a un trabajo mejor remunerado, incluso se trasladó temporalmente a Colombia, pero lejos de encontrar estabilidad, se endeudó más para cubrir los gastos de vivienda, manutención y desplazamiento. “Fueron años muy complicados y duros. Siempre intentaba pagar como fuera lo que debía y destapaba un agujero para cubrir otro. Era una lucha constante”, expresa el hombre.
Con el tiempo, las deudas superaron su capacidad de pago y la presión económica comenzó a afectar no sólo a su estabilidad financiera, sino también a su salud emocional. De hecho, cada ingreso que percibía lo destinaba prioritariamente al pago de las deudas, al sustento de su hija y a cubrir mínimamente las necesidades más elementales, quedando atrapado en un círculo de deudas sin salida.
De este modo, pese a su esfuerzo y voluntad de cumplir, llegó un punto en el que le resultó imposible afrontar sus obligaciones financieras. De hecho, Marta Bergadà indica que “estaba en una situación límite. Incluso, cabe remarcar que no generó deudas de forma temeraria, sino que priorizó siempre el sustento de su hija y el cumplimiento de sus obligaciones dentro de sus posibilidades”.
El punto de inflexión, cuenta Bergadá Abogados, se produjo en septiembre de 2025, cuando un familiar le habló de un conocido que había logrado cancelar sus deudas mediante la Ley de la Segunda Oportunidad. “Me explicó que ese amigo suyo había realizado todo el procedimiento, le habían concedido la exoneración del pasivo insatisfecho y ahora estaba bien”, comenta. Así, los dos se pusieron a buscar información y fue cuando dieron con el despacho de Bergadà Abogados.
La Abogada indica que “con la documentación que nos aportó vimos claramente que se trataba de un deudor de buena fe e iniciamos el procedimiento”.
Según el despacho, el hombre ha valorado el asesoramiento al estar “muy bien informado”. Incluso, puntualiza, que el despacho le explicó cómo afrontar la situación al recibir muchas llamadas por parte de las empresas de recobro de deudas y de las entidades bancarias, “llegando a escribir mensajes cuando no respondía al momento”.
La buena noticia se produjo recientemente, cuando el titular de la Plaza número 1 del Tribunal de Instancia (Sección Mercantil) de Las Palmas de Gran Canaria perdonó al cliente de Bergadà Abogados una deuda de 42.471 euros. “Cuando me llamaron para decirme que se me habían exonerado las deudas, fue como si volviera a nacer, porque pensaba que moriría endeudado y embargado”. Por esta razón, “ahora el futuro se ve diferente y con mucha más tranquilidad. Tengo una mayor paz y eso es lo mejor. Por ello, estoy muy agradecido al equipo de Bergadà Abogados por el trabajo que han hecho”, concluye.
Marta Bergadà argumenta que “esta sentencia envía un mensaje claro; la insolvencia no es un fracaso moral, sino una situación económica que puede y debe tener una solución legal cuando concurren los requisitos”.
Asimismo, remarca que “decisiones judiciales como ésta refuerzan la seguridad jurídica del mecanismo de Segunda Oportunidad y demuestran que los tribunales están aplicando la norma con sensibilidad hacia la realidad social que hay detrás de cada expediente. No se trata de premiar el impago, sino de proteger a quienes han actuado de forma responsable y han quedado atrapados en una situación que objetivamente no podían revertir”.