IUC y NC denuncian que la capital no incorpora cláusulas sociales en los contratos públicos

La Palma Ahora

Santa Cruz de La Palma —

Izquierda Unida Canaria (IUC) y Nueva Canarias (NC) en el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma denuncian que el grupo de Gobierno (PSOE-CC) del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma no incorpora cláusulas sociales en los contratos públicos, informan en una nota de prensa. “A raíz de la noticia publicada en prensa de la adjudicación del servicio de limpieza viaria municipal en los barrios de la capital palmera  a la empresa Urbaser SA por 109.440 euros, denunciamos que en los pliegos de licitación se han omitido cláusulas sociales”, aseguran. 

Explican que “esta medida de valoración(cláusulas sociales) fue aprobada en febrero de 2015 en una moción presentada por Nueva Canarias para incorporarlas a los contratos públicos. Cláusulas que garanticen los derechos laborales y sociales de los trabajadores así como medioambientales”. 

La concejala de NC, Maeve Sanjuán Duque, lamenta que el equipo de Gobierno “haga oídos sordos a algo que se aprobó por unanimidad en sesión plenaria  y que he denunciado en reiteradas ocasiones”.

El concejal de IU, Antonio Érmetes Brito, considera que “dentro de estas cláusulas sociales existen consideraciones de tipo medioambiental que se tendrían que tener en cuenta,  máxime cuando dicha empresa, por sus tareas, aporta productos de limpieza y herbicidas para mantener limpio los espacios públicos de estos barrios”. 

Maeve Sanjuán Duque(NC) señala que “son momentos para vigilar los derechos laborales de los trabajadores, introduciendo en las cláusulas sociales la aplicación del convenio del sector  ya que hablamos de dinero público, y de cualquier otra medida de fomento de empleo de personas en situación de riesgo o promoción de la igualdad entre hombres y mujeres”. 

El concejal de IU y la concejala de NC, que forman parte del grupo Mixto, afirman que “no vamos a permitir ni un solo incumplimiento por  parte del equipo de Gobierno  en los  contratos públicos tanto de obras como de servicios que no incorporen en los pliegos de licitación cláusulas sociales, reservándose el derecho de ejercer cualquier acción legal (administrativa- contenciosa)”.

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