La Cámara tinerfeña asesora sobre las nuevas responsabilidades penales en las que pueden incurrir las empresas

Los Servicios Jurídicos de la entidad sostienen que la única forma de prevenir conductas delictivas pasa por establecer una clara cultura organizativa en el seno de la empresa

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 21 (EUROPA PRESS)

Este jueves entra en vigor la nueva reforma del Código Penal que contempla, por primera vez en el ordenamiento jurídico español, que cualquier empresa podrá ser declarada responsable penal de los delitos que cometan sus administradores, directivos y empleados; además, todas las empresas, con independencia de su tamaño, están obligadas a elaborar protocolos y planes de prevención de delitos.

Ante esta situación, desde los Servicios Jurídicos de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife se está asesorando gratuitamente a los empresarios canarios sobre las responsabilidades penales a las que se exponen ante el nuevo marco legal, así como sobre las consecuencias que tendría para su negocio no adoptar las medidas adecuadas para minimizar su impacto.

El catálogo de delitos que contempla el nuevo Código Penal y del que se pueden derivar responsabilidades penales para las empresas es amplio. En concreto, las sociedades y demás personas jurídicas responderán de forma directa por delitos tales como estafas, insolvencias punibles, daños a sistemas o datos informáticos, espionaje empresarial, publicidad engañosa, delitos de manipulación de mercados y de abuso de información privilegiada, delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, blanqueo de capitales, defraudaciones fiscales o de la Seguridad Social, fraudes de subvenciones, cohecho, tráfico de influencias, contra el medio ambiente, urbanísticos, entre otros.

Con el nuevo Código Penal esta responsabilidad penal se traduce en un catálogo de penas a imponer que pueden ir desde la multa hasta la clausura, suspensión e incluso disolución de la compañía, entre otras. Además de sanciones económicas de hasta 30.000 euros, el Código Penal establece como posibles penas para la empresa la inhabilitación para obtener ayudas y subvenciones públicas y ventajas fiscales, y también restricciones para acceder a contratos públicos. La clausura de locales e instalaciones de la empresa durante un período de hasta 5 años y la intervención judicial del negocio para salvaguardar los derechos de trabajadores y acreedores también figuran entre el catálogo de penas y medidas que establece la reforma.

PLANES DE PREVENCIÓN OBLIGATORIOS

Únicamente la elaboración y actualización de planes de prevención de delitos en la sociedad puede exculpar o reducir una posible pena ante el juez, según los Servicios Jurídicos de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife.

En este sentido, el responsable de los Servicios Jurídicos de la Cámara, Antonio Daroca, ha comentado que la única forma de prevenir estas conductas pasa por establecer una clara cultura organizativa en el seno de la empresa que se dé a conocer a todos los niveles, cuadros directivos y trabajadores, las conductas no toleradas y que imponga medidas disciplinarias si se materializa algún caso.

A su juicio, “las empresas canarias deben instaurar un plan de prevención y detección de delitos que esté suficientemente documentado y que pueda servir de prueba ante un tribunal, puesto que puede contribuir a eximir o atenuar la responsabilidad de la persona jurídica”.

DELITOS URBANÍSTICOS

El texto hace también especial incidencia en los delitos urbanísticos para dar respuesta a los escándalos destapados en los últimos años que afectan a todo el territorio nacional de forma generalizada. La redacción aprobada aumenta las penas a los denominados delincuentes urbanísticos e impide que sean delitos rentables privándoles de las ganancias. Contempla también el castigo por las obras de urbanización ilegales y se regula de forma más precisa la prevaricación urbanística.

Los jueces podrán imponer multas de hasta el triple de la cuantía del beneficio cuando la cuantía ordinaria no supere el importe de éste y las ganancias obtenidas por el delincuente se decomisarán siempre. También las autoridades y funcionarios serán castigados penalmente cuando amparen las obras ilegales incumpliendo intencionadamente sus obligaciones. Y, por si esto no fuera suficiente, se aumentan las penas de prisión, que podrán ser de hasta cuatro años por cada obra ilegal.

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