El TSJC decide archivar el 'caso salmón' y Justicia y Sociedad recurrirá el auto
La magistrada de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Margarita Varona, ha dictado un auto en el que se decreta el sobreseimiento de las diligencias previas y el archivo de las actuaciones en el llamado caso salmón, donde figura como imputado por presunto delito de cohecho el presidente del PP en las Islas, José Manuel Soria, además del también secretario general del partido, Manuel Fernández, como supuesto cooperador necesario de cohecho.
En un auto difundido por el Alto Tribunal canario se decreta el sobreseimiento de las diligencias previas y el archivo de las actuaciones, decisión contra la que cabe recurso. En esta causa se había personado, como acusación particular, la asociación Justicia y Sociedad, que ya ha informado a este periódico de que recurrirá el auto de Varona.
El caso salmón, que se inició a raíz de una denuncia del periodista Carlos Sosa, director del grupo de comunicación CANARIAS AHORA, investiga el viaje del también vicepresidente y consejero de Economía y Hacienda del Ejecutivo regional a Noruega y Austria en agosto de 2005, acompañado por el empresario turístico ya fallecido Björn Lyng, cuando Soria era presidente del Cabildo de Gran Canaria.
Soria hizo ese viaje meses antes de que el Cabildo informara a favor de la construcción de 3.600 camas turísticas en el establecimiento propiedad del empresario.
Aunque en el auto se recoge que Soria reconoció que viajó gratis con su familia a Noruega y Austria invitados por Björn Lyng, la magistrada considera que la invitación y aceptación del viaje no puede considerarse cohecho ni soborno porque “la invitación efectuada a Soria para que acompañara a Lyng en su avión no se acredita que constituyera un acto premeditado, sino que surgió como consecuencia de la invitación que trasladó Justus Franz a los señores Lyng y Soria y a sus respectivas esposas para que acudieran a presenciar el concierto que aquel iba a dirigir en la ciudad de Salzburgo”. Varona considera importante que “no es el que Lyng pusiera a disposición Soria su avión o acordara fletar el mismo para uso exclusivo del matrimonio Soria-Benítez, sino que lo que hizo fue invitarles a que lo acompañaran pues, independientemente de la aceptación o no de Soria, Bjorn Lyng iba a acudir al concierto desplazándose en el referido avión”.
Uno de los argumentos que recoge en el auto la magistrada para considerar acreditado que Soria pagaba sus vacaciones en Anfi es el testimonio de Nieves Monte Soto, directora del Hotel Club Gran Anfi desde el año 2006, “quien declaró expresamente que se constató el pago de las facturas porque si una persona se va sin pagar se lo comunican a la declarante, y entonces se pone la demanda correspondiente”.
En cuanto a las entregas de dinero en efectivo Margarita Varona considera que “las explicaciones dadas por José Manuel Soria son convincentes, a juicio de esta instructora, máxime si se toma en consideración que posee solvencia económica suficiente para afrontar el pagao de sus vacaciones, y en tal sentido manifestó que él y su esposa efectúan sus declaracions anuales de la renta por ingresos que oscilan entre los 150.000 y los 160.000 euros, que ambos obtienen ingresos en efectivo por su actividad profesional”.
Soria ya sabía que la causa iba a ser archivada
El máximo dirigente del PP en el Archipiélago prestó declaración el pasado 26 de noviembre y el 4 de mayo ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJC, aportando diversos certificados de sus pagos durante su viaje e hizo hincapié en que las facturas del citado viaje están “justificadas documental y fehacientemente”.
Así, al salir de su declaración como imputado por presunto cohecho, Soria aseguró haber acreditado “fehacientemente y documentalmente” que pagó más de 3.000 euros en su viaje invitado por el empresario ya fallecido. El líder de los populares canarios se mostró convencido de que la causa se iba a “archivar”, al tiempo que afirmó que a él “no sólo nadie” le ha pagado unas vacaciones, sino que aportó los “extractos bancarios” de su cuenta corriente.
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